BANCO MARE NOSTRUM, S.A. INFORME DE LOS ADMINISTRADORES SOBRE EL PROYECTO DE CESIÓN PARCIAL DE ACTIVOS Y PASIVOS A FAVOR DE BANCO DE SABADELL, S.A.

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1 BANCO MARE NOSTRUM, S.A. INFORME DE LOS ADMINISTRADORES SOBRE EL PROYECTO DE CESIÓN PARCIAL DE ACTIVOS Y PASIVOS A FAVOR DE BANCO DE SABADELL, S.A. En Madrid, a 20 de marzo de 2013

2 1. INTRODUCCIÓN De conformidad con lo establecido en el artículo 85 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ( LME ), por remisión expresa de la Disposición Adicional Tercera de la misma ley, el consejo de administración de Banco Mare Nostrum, S.A. ( BMN ) en sesión celebrada en el día de hoy, 20 de marzo de 2013, ha aprobado por unanimidad un proyecto de cesión parcial de activos y pasivos (el Proyecto ), el cual ha sido suscrito por todos los administradores de BMN. A los efectos de lo previsto en el artículo 86 y concordantes de la LME, el consejo de administración de BMN, ha elaborado y procede a aprobar el preceptivo informe de administradores sobre el Proyecto por el que explica y justifica los aspectos jurídicos y económicos de éste (el Informe ). 2. JUSTIFICACIÓN DE LA CESIÓN Como se indica en el Proyecto, el plan de reestructuración y recapitalización de BMN aprobado por el Banco de España y por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria el 19 de diciembre de 2012 y por la Comisión Europea el 20 de diciembre de 2012 (el Plan de Reestructuración ) contempla la transmisión de las oficinas bancarias y de determinados activos, pasivos y demás elementos (incluyendo relaciones contractuales) que conforman el negocio bancario de la dirección territorial de Cataluña y Aragón (la Dirección Territorial ) de BMN a Banco de Sabadell, S.A. ( BS ). Al objeto de regular esta transmisión, BMN y BS suscribieron, con fecha 18 de diciembre de 2012, un contrato de cesión de activos y pasivos (el Contrato ), en virtud del cual las partes acordaron estructurar la referida transmisión mediante una cesión parcial de activos y pasivos conforme a lo previsto en el párrafo segundo de la disposición adicional tercera de la LME (la Cesión ). Por tanto, la transmisión de la Dirección Territorial a BS forma parte de las actuaciones previstas en el Plan de Reestructuración de BMN, aprobado en virtud de lo previsto en la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. Está previsto que la ejecución de esta operación permitirá a BMN reducir su tamaño, en línea con los objetivos marcados en el Plan de Reestructuración, así como cumplir con sus necesidades de capital derivadas de los requerimientos de solvencia exigidos por la normativa vigente. En consecuencia, la finalidad de la Cesión es dar cumplimiento tanto a lo previsto en el Plan de Reestructuración, como en el Contrato. 3. ASPECTOS JURÍDICOS DEL PROYECTO 3.1 Estructura de la Cesión Conforme se indica en el apartado 2 anterior, la estructura elegida para llevar a cabo la transmisión de la Dirección Territorial por parte de BMN a BS es la cesión parcial de activos y pasivos, en los términos previstos en la disposición adicional tercera de la LME y en sus artículos concordantes. La Cesión se llevará a cabo mediante el traspaso por sucesión universal del Perímetro de la Cesión (según éste se define en el apartado posterior) por 2/11

3 parte de BMN a favor de BS, a cambio de una contraprestación dineraria que será satisfecha por BS a BMN en la fecha de otorgamiento de la escritura de cesión. 3.2 Análisis de los distintos aspectos jurídicos del Proyecto Identificación de las entidades participantes en la cesión El apartado 3 del Proyecto identifica a cada una de las entidades participantes en la Cesión, incluyendo los datos mínimos exigidos por el artículo ª de la LME; esto es, denominación social completa, tipo social, domicilio social, datos identificadores de su inscripción en el Registro Mercantil y en el Registro Oficial de Entidades del Banco de España y el número de identificación fiscal Fecha de los efectos contables de la Cesión De conformidad con lo establecido en el artículo ª de la LME, el apartado 4 del Proyecto fija la fecha del asiento de presentación de la escritura de cesión en el Registro Mercantil de Madrid como fecha a partir de la cual las operaciones de BMN se considerarán realizadas a efectos contables por BS (la Fecha de Cierre ) Información sobre la designación del activo y del pasivo cedido De conformidad con lo establecido en el artículo ª de la LME, el apartado 6 del Proyecto establece que el patrimonio objeto de la Cesión son determinados activos, pasivos y demás elementos de la red de oficinas y del negocio de clientes de la Dirección Territorial (el Perímetro de la Cesión ). El apartado 6 incluye, además, una descripción de las partidas más relevantes que integran el Perímetro de la Cesión y que son las siguientes: Activo a) Liquidez, saldo contable de efectivo del Perímetro de la Cesión. b) Inversión Crediticia bruta (tanto dispuesto como disponible y formalizado), incluyendo sus derechos accesorios y garantías (en particular, prendas, hipotecas, fianzas o privilegios). Se incluyen igualmente las acciones judiciales interpuestas contra deudores del Perímetro de la Cesión en recuperación de créditos incluidos en el Perímetro de la Cesión. c) Inmovilizado material (correspondiente a las oficinas e instalaciones). d) Otros activos que incluye: 1) Otros créditos que forman parte de cuentas no inventariables. Estos conceptos incluyen: (i) Factoring, (ii) créditos subordinados de titulizaciones, (iii) créditos vencidos de leasing, remesas documentarias, préstamos en moneda extranjera y otros, y (iv) anticipos. 2) Resto de activos que incluyen otros ajustes por valoración del crédito a la clientela, otros valores representativos de deuda, derivados de negociación, periodificaciones, operaciones en camino y otros conceptos como: cheques a cargo de entidades de crédito, operaciones financieras pendientes de liquidar, fianzas dadas en efectivo y comisiones por garantías financieras y otras cuentas. 3/11

4 Pasivo a) Depósitos de entidades de crédito. b) Depósitos de Clientes. c) Financiación del Instituto de Crédito Oficial (ICO) comercializada a través de líneas ICO concedidas a clientes del Perímetro de la Cesión. d) Las cédulas hipotecarias, cuyo desglose se contiene en el Anexo 1 del Proyecto. e) Titulizaciones. f) Otros pasivos. 1) Otros depósitos institucionales asignados al Perímetro de la Cesión incluidos los depósitos institucionales que se declaran en el estado de liquidez LQ2.1, en el apartado 1.3 ( depósitos de otras instituciones financieras y organismos internacionales ). 2) Resto de pasivos: Ajustes por valoración de todas las partidas anteriores del pasivo, derivados de negociación, periodificaciones, operaciones en camino, otras provisiones y otros conceptos como: acreedores por factoring, fianzas recibidas, cuentas de recaudación y especiales y otras cuentas. Otros elementos: a) Provisiones por Inversión Crediticia por un importe de 408,50 millones de euros. b) La titularidad (de dominio o en condición de arrendatario o concesionario, según el caso) de los inmuebles afectos al Perímetro de la Cesión, que incluyen 462 oficinas operativas de BMN según el desglose que se describe en el Anexo 2 del Proyecto. Se incluye asimismo el mobiliario, instalaciones, equipos y demás activos adscritos a las mencionadas oficinas del Perímetro de la Cesión. c) Otros elementos fuera de balance tales como: (i) (ii) toda la documentación (escrituras, archivos, contratos, notas, etc.), incluida la información histórica del Perímetro de la Cesión, en formato escrito o informático relativa a los elementos incluidos en el Perímetro de la Cesión; la información necesaria sobre las posiciones de clientes del Perímetro de la Cesión en productos de seguros y pensiones comercializados por BMN; (iii) la gestión y depositaría de los fondos de inversión de derecho español que se relacionan en el Anexo 3 del Proyecto ( FidDE Cedidos ); (iv) la información necesaria sobre las posiciones de clientes del Perímetro de la Cesión en los FidDE Cedidos y el resto de fondos de inversión de derecho español gestionados por el grupo BMN distintos de los FidDE Cedidos; 4/11

5 (v) los acuerdos y la documentación relativos a la comercialización de las instituciones de inversión colectiva de derecho extranjero de clientes del Perímetro de la Cesión; (vi) la información necesaria sobre las posiciones de clientes del Perímetro de la Cesión en fondos y planes de pensiones gestionados por BMN; (vii) la posición contractual de BMN bajo los contratos de custodia, depositaría o intermediación de valores firmados con clientes en el marco de su relación con las oficinas del Perímetro de la Cesión y, en caso de que existan, bajo los contratos de carteras de gestión discrecional firmados con dichos clientes; (viii) la posición contractual de arrendador financiero o propietario respecto de los bienes muebles o inmuebles cedidos en leasing a clientes del Perímetro de la Cesión; (ix) la posición contractual de arrendatario de los cajeros automáticos del Perímetro de la Cesión que fueron objeto de una operación de sale and lease back; (x) los instrumentos financieros derivados firmados con clientes en el marco de su relación con las oficinas del Perímetro de la Cesión (excepto los vinculados a activos que no formen parte del Perímetro de la Cesión); Asimismo, conjuntamente con las operaciones de tesorería, se ceden igualmente a BS las garantías reales que estén colateralizando riesgos de clientes del Perímetro de la Cesión en cualquiera de dichas operaciones. En caso de que tales garantías estén materializadas en activos emitidos por BMN deberán ser sustituidas por activos emitidos por BS; (xi) los avales otorgados por BMN en garantía de obligaciones de clientes en el marco de su relación con las oficinas del Perímetro de la Cesión; (xii) la utilización del código de identificación bancaria (CIB) número 2081 correspondiente a Caixa d Estalvis del Penedès, en los mismos términos en los que BMN viene utilizando dicho código a la fecha de formulación del Proyecto y del presente Informe, y todo ello en la medida que sea legalmente posible; (xiii) los BIN de tarjetas utilizados por Caixa d Estalvis del Penedès que están en circulación dentro de la red SERVIRED. d) La marca y demás derechos de propiedad industrial y nombres de dominio utilizados por BMN en el Perímetro de la Cesión para uso y disfrute exclusivo de BS. En el Proyecto se adjunta como Anexo 4 una relación de los derechos de propiedad industrial y nombres de dominio incluidos en el Perímetro de la Cesión. e) La provisión asociada al valor de los puntos devengados por clientes del Perímetro de la Cesión por el programa de puntos regalo por utilización de tarjetas en comercios ( Puntos Penedès ). 5/11

6 A fin de evitar cualquier género de duda, se hace constar expresamente que los siguientes elementos están excluidos del Perímetro de la Cesión y por tanto serán retenidos por BMN o por el tercero que corresponda, no teniendo ninguno de tales elementos la condición de necesario para el funcionamiento autónomo e independiente del Perímetro de la Cesión y no afectando la exclusión, por tanto, a la condición de unidad económica de éste: a) Los activos y demás elementos transferidos por BMN a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, Sociedad Anónima (SAREB), así como cualesquiera otros activos y elementos de clientes tales como garantías y coberturas vinculadas a tales activos. b) Los servicios corporativos de BMN (ya estén ubicados en Cataluña y Aragón o fuera de estos territorios) que no estén afectos a la Dirección Territorial. c) Ningún call center de BMN. d) Los compromisos de distribución de seguros y pensiones asumidos por o en los que se haya subrogado BMN, así como la cartera de pólizas de seguros y pensiones correspondiente a los clientes del Perímetro de la Cesión. e) Cualesquiera emisiones de pagarés, participaciones preferentes, obligaciones subordinadas y obligaciones convertibles comercializadas, distribuidas y/o emitidas por BMN o por entidades de crédito respecto de las cuales BMN haya devenido sucesora universal de su negocio bancario. f) Los acuerdos de patrocinio suscritos por BMN que utilicen derechos de propiedad industrial de los identificados en el Anexo 4 del Proyecto. g) Las obligaciones, responsabilidades, contingencias o procedimientos excluidos conforme a los términos acordados por la Entidad Cedente y la Entidad Cesionaria. h) Cualesquiera instrumentos financieros derivados que cubrieran o estuvieran afectos a operaciones de cualquiera de los elementos excluidos del Perímetro de la Cesión Posibles consecuencias de la Cesión en el empleo El apartado 8 del Proyecto recoge las consecuencias de la Cesión sobre el empleo, cumpliendo así con lo dispuesto en el artículo ª de la LME. En el apartado 5 de este Informe se analizan las implicaciones para los accionistas, los acreedores y trabajadores de BMN Otras menciones del Proyecto Además de las menciones mínimas exigidas por la LME, el Proyecto aborda las siguientes cuestiones cuya inclusión obedece a un criterio de relevancia o transcendencia a juicio de los administradores de BMN: (A) Régimen fiscal aplicable a la Cesión: El apartado 9 del Proyecto establece que de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Decimoctava del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 marzo, según redacción dada por la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, la Cesión se acoge al régimen tributario establecido en el Capítulo VIII del Título VII y en el 6/11

7 (B) apartado 3 de su Disposición Adicional Segunda, así como en el artículo 45, párrafo I.B) del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. A tal efecto, dentro de los tres meses siguientes a la inscripción de la escritura de cesión en el Registro Mercantil de Madrid, se comunicará a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria la opción por dicho régimen fiscal, en los términos reglamentariamente establecidos. Por otro lado, de conformidad con el contenido del artículo 7 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, la presente Cesión Parcial de Activo y Pasivo no se encuentra sujeta al IVA, por suponer la transmisión de un conjunto de elementos corporales y, en su caso, incorporales que, formando parte del patrimonio empresarial de la Entidad Cedente, constituyen una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad empresarial por sus propios medios. Condiciones suspensivas: La efectividad de la Cesión, tal y como recoge el apartado 10 del Proyecto, está sujeta a la aprobación de la Cesión por parte del consejo de administración de BS. 3.3 Desarrollo del procedimiento legal de Cesión Para una mejor comprensión del desarrollo del proceso de la operación proyectada, resulta conveniente identificar y exponer sus principales hitos, en orden cronológico Aprobación y firma del Proyecto El punto de partida del proceso es la aprobación y suscripción por parte de los administradores de BMN del Proyecto en el día de hoy, en cumplimiento de los artículos 85 y concordantes de la LME Informe de administradores sobre el Proyecto Siguiendo el mandato del artículo 86 de la LME, los administradores de BMN han redactado y aprobado este Informe en el día de hoy Convocatoria de la junta general de accionistas de BMN El consejo de administración de BMN ha acordado en el día de hoy convocar una Junta General Extraordinaria de Accionistas para aprobar la Cesión, delegando en el Presidente del consejo de administración la facultad para fijar su fecha de celebración mediante la publicación del correspondiente anuncio de convocatoria a la mayor brevedad posible una vez (a) se haya publicado el Proyecto en la página web corporativa de BMN y este hecho se haya publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y (b) se haya depositado un ejemplar del Proyecto en el Registro Mercantil de Madrid. El orden del día de la Junta General de Accionistas de BMN incluye los siguientes puntos: 7/11

8 a) Aprobación, en su caso, de la cesión parcial de activos y pasivos, así como el traspaso en bloque del patrimonio afecto por la cesión a favor de Banco de Sabadell, S.A., que lo adquirirá por sucesión a título universal. Aprobación del proyecto de cesión parcial de activos y pasivos entre BMN (como entidad cedente) y BS (como entidad cesionaria). b) De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Decimoctava del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 marzo, acogimiento de la Cesión al régimen fiscal establecido en el Capítulo VIII del Título VII y en el apartado 3 de la Disposición Adicional Segunda del referido texto legal, así como en el artículo 45, párrafo I.B) del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. c) Delegación de facultades para la formalización y ejecución de todos los acuerdos adoptados en la Junta General de Accionistas, para su elevación a instrumento público y para su interpretación, subsanación, complemento o desarrollo e inscripción Aprobación de la Cesión por parte del Consejo de Administración de BS Está previsto que el Consejo de Administración de BS adopte aquellos acuerdos que sean precisos o convenientes a efectos de ejecutar la Cesión de acuerdo con los términos del Proyecto Acuerdos de cesión y publicación de anuncios De conformidad con el artículo 87 de la LME, la Cesión deberá ser acordada por la Junta General de Accionistas de BMN, ajustándose estrictamente al Proyecto. Una vez que, en su caso, se adopte el acuerdo de cesión por BMN, su texto será publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en un diario de gran circulación de la comunidad de Madrid, con expresión de la identidad del cesionario. En estos anuncios se hará constar: (a) el derecho que asiste a los accionistas de BMN y a los acreedores de BMN y BS a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como (b) el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de BMN y BS. De acuerdo con el artículo 44 de la LME, con la publicación del último de los anuncios se abrirá el preceptivo plazo de un mes para que puedan oponerse a la Cesión los acreedores y los titulares de obligaciones de BMN y BS cuyos créditos hubieran nacido antes de la fecha de la inserción del Proyecto en la página web corporativa de BMN y no hubieran vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, siempre y cuando, en el caso de los obligacionistas, la Cesión no haya sido aprobada por la correspondiente asamblea de obligacionistas. No gozarán de derecho de oposición los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados. 8/11

9 3.3.6 Otorgamiento e inscripción de la escritura de cesión Una vez adoptado el correspondiente acuerdo de cesión, publicados los anuncios y cumplido el trámite al que se refiere el artículo 44 de la LME, se procederá a otorgar la escritura de cesión por parte de BMN y BS. 3.4 Información sobre la Cesión De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de la LME, antes de la publicación de la convocatoria de la Junta General de Accionistas de BMN, se insertarán en la página web corporativa de BMN, con posibilidad de descargarlos e imprimirlos, los siguientes documentos relativos a la Cesión: a) el Proyecto; b) este Informe sobre el Proyecto; c) las cuentas anuales individuales y consolidadas, así como los informes de gestión de BMN de los ejercicios 2010 y 2011, junto con los informes de los auditores de cuentas correspondientes. Se pone de manifiesto que: (1) BMN se constituyó el 22 de diciembre de 2010 y, por ello, actualmente sólo es posible insertar en la página web corporativa la información financiera referida en este apartado relativa a los ejercicios 2010 y 2011; y (2) en la fecha de formulación del Proyecto y del presente Informe no se han formulado y auditado todavía las cuentas anuales individuales y consolidadas correspondientes al ejercicio 2012 y se desconoce si estarán formuladas y auditadas en la fecha en que se publique la convocatoria de la Junta General de Accionistas, en cuyo caso no sería posible insertarlas en la página web corporativa antes de la publicación de la convocatoria de la Junta General de Accionistas. d) los estatutos sociales vigentes de BMN, así como los estatutos con las modificaciones acordadas en la Junta General de Accionistas celebrada el 18 de febrero, que se encuentran pendientes de autorización por el Ministerio de Economía y Competitividad; y e) la identidad de los administradores de BMN y la fecha desde la que desempeñan sus respectivos cargos. 4. ASPECTOS ECONÓMICOS DE LA CESIÓN 4.1 Unidad económica Conforme a lo establecido en el apartado (A) del presente Informe, la Cesión supone la transmisión de un conjunto de elementos corporales y, en su caso, incorporales que, formando parte del patrimonio empresarial de la Entidad Cedente, constituyen una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad empresarial por sus propios medios. 4.2 Valoración de los activos y pasivos del patrimonio cedido El apartado 5 del Proyecto recoge la valoración sobre los activos y pasivos que integran el Perímetro de la Cesión, cumpliendo así con lo dispuesto en el artículo ª de la LME. La valoración es la que resulta del balance relativo al Perímetro de la Cesión que se incluye en el Proyecto, el cual refleja los valores de los elementos del Perímetro de la Cesión a 28 de 9/11

10 febrero de 2013 (la Fecha de Referencia ). La valoración obtenida es equivalente a valorar los activos y pasivos traspasados a 1,0 veces su valor neto contable. Así, el valor total de los activos y pasivos objeto de la Cesión es de 336,6 millones de euros (según resulta de restar millones de euros total activo menos 9.613,4 millones de euros total pasivo ). 4.3 Contraprestación De conformidad con lo establecido en el artículo ª de la LME, el apartado 7 del Proyecto establece que la contraprestación que recibirá BMN asciende a 336,6 millones de euros (la Contraprestación ). Esta cifra se corresponde con el valor neto contable del Perímetro de la Cesión en la Fecha de Referencia. Posteriormente, y en cumplimiento de lo acordado por las partes, una vez satisfecha la Contraprestación por parte de BS a BMN en los términos establecidos en el Proyecto y una vez se haya producido la integración del Perímetro de la Cesión en la estructura de BS, se calculará el valor neto contable del Perímetro de la Cesión en la Fecha de Cierre que equivale al diferencial existente entre activos y pasivos a dicha fecha y se determinará la diferencia respecto de la Contraprestación satisfecha por BS a BMN para, en su caso, proceder al ajuste de la Contraprestación con la consiguiente compensación entre la Entidad Cedente y la Entidad Cesionaria. 5. IMPLICACIONES DE LA CESIÓN PARA LOS ACCIONISTAS, LOS ACREEDORES Y LOS TRABAJADORES 5.1 Implicaciones para los accionistas Dado que la Cesión proyectada se trata de una cesión parcial del patrimonio de BMN y que la Contraprestación es satisfecha por BS a BMN y no a sus socios, no existen implicaciones que puedan derivarse para los accionistas de BMN por razón de la Cesión. 5.2 Implicaciones para los acreedores La Cesión implicará el traspaso en favor de BS, a título universal y en un solo acto, de todos los bienes, derechos y obligaciones que conforman el Perímetro de la Cesión. Así, las relaciones jurídicas de BMN incluidas en el Perímetro de la Cesión, que engloban aquellas que haya contraído con sus acreedores, se mantendrán vigentes si bien habrán cambiado su titular, pasando éste a ser BS. Por consiguiente, BS pasará a ser parte deudora en las obligaciones que BMN hubiera contraído con sus acreedores integrados en el Perímetro de la Cesión antes de la Fecha de Cierre. De conformidad con lo establecido en el artículo 88 de la LME, tras la publicación de los anuncios del acuerdo de Cesión, los acreedores de BMN y de BS cuyos créditos reúnan los requisitos previstos en el artículo 44 de la LME podrán, durante el plazo de un mes, ejercer su derecho de oposición en los términos regulados en el citado artículo Implicaciones para los trabajadores En relación con el impacto de la Cesión sobre el empleo, el apartado 8 del Proyecto prevé que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, BS se subrogará en los derechos y obligaciones laborales de los trabajadores de las oficinas cedidas que forman parte del Perímetro de la Cesión, así como los 10/11

11 empleados de los servicios centrales adscritos a la Dirección Territorial, y que ascienden a 2019 empleados (los Empleados Cedidos ) Se manifiesta que BMN notificará la Cesión a los representantes legales de los Empleados Cedidos, conforme a lo dispuesto en la normativa laboral. Asimismo, la Cesión proyectada se notificará a los organismos públicos a los que resulte procedente, en particular a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Servicio Público de Empleo Estatal. * * * Este informe ha sido elaborado por los administradores de BMN de conformidad con el artículo 86 de la LME. 11/11

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