ESTRATEGIAS DE INVESTIGACIÓN N EN CASOS DE LAVADO DE ACTIVOS: UNA EXPERIENCIA REAL
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- Lorena Páez Araya
- hace 8 años
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1 ESTRATEGIAS DE INVESTIGACIÓN N EN CASOS DE LAVADO DE ACTIVOS: UNA EXPERIENCIA REAL FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA UNIDAD DE INVESTIGACION FINANCIERA EL SALVADOR, C.A.
2 LAVADO DE DINERO Y CRIMEN ORGANIZADO La moderna criminalidad organizada, y en particular la que se conoce como delincuencia institucionalizada (mafias, cártels, etc.) distinta y distinta de la delincuencia tradicional en planteamientos, formas de actuación, objetivos y fines, desarrolla a gran escala, con criterios empresariales y en un ámbito de actuación n supranacional, todo un catálogo de múltiples actividades delictivas productores de fabulosos beneficios económicos que necesitan ser reciclados e introducidos en los circuitos comerciales y financieros legales. ( Narcotráfico, Política y Corrupción - Javier Alberto Zaragoza Aguado, Fiscal Especial Antidroga)
3 LAVADO DE DINERO Y CRIMEN ORGANIZADO Los instrumentos penales tradicionales y las clásicas técnicas t de investigación n no sirven para hacer frente a fenómeno criminal de estas características y de estas dimenciones,, y que son necesarias nuevas respuestas de los estados y de la comunidad internacional en el orden penal, en el orden financiero o y en el marco de la cooperación n internacional. De esta manera se justifica la utilización n de todo un conjunto de mecanismos legales de excepción, tales como: -Imposibilidad de obtener la libertad provisional -La limitación n de los recursos contra las decisiones judiciales -Los períodos excepcionales de prisión n preventiva -El Tratamiento previlegiado de los inculpados que colaboran con la justicia -La infiltración n policial como medio de investigación -Las normas de protección n a testigos -La admisibilidad de los testimonios anónimos nimos y de las pruebas oídaso -La intervención n de jueces sin rostro -Las restricciones de derechos fundamentales sin autorización n judicial -La inversión n de la carga de la prueba -La tipificación n penal de conductas como el enriquecimiento ilícito, etc. ( Narcotráfico, Política y Corrupción - Javier Alberto Zaragoza Aguado, Fiscal Especial Antidroga)
4 LAVADO DE DINERO Y CRIMEN ORGANIZADO La criminalidad de base o de frente: esta noción abarca, el trafico ilegal de estupefacientes, el robo organizado de vehículos, la industria del secuestro y otros delitos. Estos actos delictivos se cometen en gran escala y el negocio criminal esta en manos de malhechores fuertemente vinculados u organizados; La inversión en la economía legal de los fondos provenientes de las anteriores actividades criminales: este circulo es de suma importancia para los delincuentes ya que los puntos de unión entre criminalidad de base y la economía constituyen una zona gris en la que se desarrollan negocios legales e ilegales. (El lavado de dinero se sitúa en esta zona); y La creación de una atmósfera favorable para alcanzar sus fines. Las organizaciones criminales, tales como la mafia, las bandas organizadas, y otras recurren a la violencia y a la corrupción. Los directivos de los estados y de la sociedad se tornan dóciles por la corrupción o intimidación, creándose así el grupo criminal su atmósfera favorable de temor y de amenaza permanente. Atmósfera que no podrían lograr al privárseles de las cuantiosas fortunas adquiridas ilícitamente y de las que disponen una vez legitimadas. ( Narcotráfico, Política y Corrupción -Carla Del Ponte, Procurador General de la Confederación Suiza- Ponencia: Crimen Organizado y Lavado de Dinero )
5 ESTRUCTURA DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS.
6 Continua... BIEN JURIDICO PROTEGIDO: Salud PúblicaP Protección n de la Estructura Económica Nacional Administración n de Justicia
7 Continua... OBJETO MATERIAL: Lo constituye el capital procedente de la actividad criminal. Dentro del concepto amplio de capital se incluye las sumas monetarias, objetos, títulos, t tulos, etc., recibidos directamente como contraprestación n de las actividades criminales, y también, otros bienes o efectos que hayan sido producto de la transformación n (mediante los mas diversos negocios jurídicos) de los beneficios directos. ** Por capital debe entenderse como el conjunto de bienes que sirven para producir otros bienes, se toma en cuenta el concepto amplio de Capital que esta formado por el capital financiero (dinero) y el capital físicof sico (conjunto de bienes). Art. 1 inciso primero literal q) de la Convención n de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas picas. Lic. Nelson Rodolfo Mena Rosales
8 Continua... ELEMENTOS SUBJETIVOS DEL TIPO: En ciertas figuras delictivas existen una serie de términos t típicos t que reflejan ciertos componentes subjetivos y que constituyen especiales momentos anímicos que confieren trascendencia jurídico penal a la actuación n del agente, que carecería a de ella si no fueren exigidos y comprobados. El sujeto conoce conoce que existe un delito previo, aunque carezca de conocimiento pormenorizado del mismo; sís sabe esencialmente que los elementos patrimoniales tienen su origen en una acción n de tal índole.
9 Continua... La Convención n de las Naciones Unidad Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, en su Art. 3.3 remite a las circunstancias objetivas del caso para la aprehensión n de ese elemento subjetivo. La irregularidad o atipicidad respecto a la práctica financiera o mercantil de la forma de llevar a cabo el propio comportamiento o contemplar el de los demás s será buena guía a de referencia.
10 Continua... Ejemplo: Uso de identidades supuestas: La realización n de movimientos de dinero sin el sustento de relaciones comerciales que los justifiquen; El empleo de personas interpuestas en las operaciones económicas, sin que éstas tengan en real disponibilidad económica sobre los bienes o dinero que en las mismas se maneja; La realización n de actividades económicas a través s de países o lugares con regímenes fiscales especialmente opacos o irregulares respecto al ámbito local; Las falsedades documentales que las más m s de las veces acompañan an necesariamente estas actividades; El enmascaramiento de la cuantía a total de la disponibilidad económica del sujeto a través s de una pluralidad injustificada de depósitos bancarios; La disponibilidad de dinero efectivo cuyo origen no esta determinado ni aparece relacionado con actividades del sujeto que puedan propiciarlo; etc.
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15 TIPOS PENALES ESPECIALES: DELITOS Y SANCIONES EN LOS QUE PODRIAN INCURRIR LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LOS ORGANISMOS PUBLICOS DE FISCALIZACION Y DE LOS SUJETOS OBLIGADOS POSICIÓN DE GARANTE : Consiste en el deber que tienen algunas personas de asumir un papel garantizador de que el resultado típico (delito) no se produzca. Requisito necesario para que se pueda apreciar la comisión por omisión es que el sujeto al que se le va a imputar el resultado tenga ese especial deber jurídico de impedirlo. Quiénes tienen Posición de Garante en el ámbito del delito de lavado de dinero? hay que recurrir necesariamente a la Ley y su Reglamento: normas de carácter administrativo-preventivo, en las que se contienen una serie de medidas para prevenir y dificultar el blanqueo de bienes. Estas normas imponen obligaciones administrativas de información y de colaboración y los procedimientos para prevenir e impedir la utilización del sistema financiero u otros sectores de la actividad económica para el blanqueo de bienes.
16 TIPOS PENALES ESPECIALES: DELITOS Y SANCIONES EN LOS QUE PODRIAN INCURRIR LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LOS ORGANISMOS PUBLICOS DE FISCALIZACION Y DE LOS SUJETOS OBLIGADOS ART si el encubrimiento se produjere por negligencia, impericia o ignorancia inexcusable en las atribuciones de los funcionarios o empleados de las instituciones a que se refiere el Artículo 2 de esta Ley, o de los organismos fiscalizadores o de supervisión n en que se produce,, la sanción n será de dos a cuatro años. os.
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18 Muchas Gracias
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