REGLAMENTO DE USUARIOS DEL PRIMER CORREDOR SEGREGADO DE BUSES DE ALTA CAPACIDAD-COSAC I
|
|
- Virginia Ferreyra San Martín
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO DE USUARIOS DEL PRIMER CORREDOR SEGREGADO DE BUSES DE ALTA CAPACIDAD-COSAC I CAPITULO I.- DEL OBJETIVO Y DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1.- Objetivo El objetivo del presente Reglamento es establecer las condiciones generales para la utilización por parte de público usuario del servicio de transporte público de pasajeros brindado en el primer Corredor Segregado de Buses de Alta Capacidad- COSAC I, también conocido como el Metropolitano. Artículo 2.- Marco Normativo El presente Reglamento se dicta en atención a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 682, que declaró la intangibilidad y reserva de las áreas encargadas al Programa de Transporte Urbano de Lima; en la Ordenanza Nº 732, de creación del Instituto Metropolitano Protransporte de Lima, y sus modificatorias; en la Ordenanza Nº 873, que aprobó el Reglamento de Operación del Sistema de Corredores Segregados de Alta Capacidad a cargo del Instituto Metropolitano Protransporte de Lima, y su modificatorias; en la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa al Consumidor; y, en los Contratos de Concesión suscritos para la operación del servicio de transporte de pasajeros a través de buses troncales y buses alimentadores, así como para la operación de la Unidad de Recaudo del COSAC I. CAPITULO II.- DEL ACCESO Y DE LA UTILIZACIÓN DE LAS ESTACIONES, TERMINALES Y BUSES DEL COSAC I Artículo 3.- Estaciones Las Estaciones del COSAC I son los puntos o lugares de ingreso, salida y/o conexión de pasajeros al COSAC I, ubicadas en los corredores o ejes viales troncales, con mecanismos de control, así como facilidades para la venta y validación de las Tarjetas Inteligentes Sin Contacto. Artículo 4.- Terminales Los Terminales del COSAC I son los puntos o lugares de ingreso, salida y/o conexión de pasajeros al COSAC I, con facilidades para que los usuarios realicen intercambio entre buses troncales y buses alimentadores y/u otros medios de transporte. Cuentan con mecanismos de control, así como con facilidades para la venta y validación de las Tarjetas Inteligentes Sin Contacto. Artículo 5.- Acceso a la Estaciones y Terminales Todas las Estaciones y Terminales del COSAC I permiten su accesibilidad al público en general, estando especialmente diseñadas y habilitadas para permitir el ingreso, salida y tránsito de las personas con discapacidad.
2 Artículo 6.- Utilización de la Estaciones y Terminales Sin perjuicio de lo indicado en el Capítulo IV del presente Reglamento, referido a los derechos y obligaciones de los usuarios del COSAC I, las Estaciones y Terminales del COSAC I están destinados para el embarque, desembarque y trasbordo de los usuarios del COSAC I, permitiendo además el traslado del personal a cargo de dicha infraestructura, de su mantenimiento, así como del personal de los Operadores del COSAC I. En caso de la Estación Central, en atención a la zona comercial con la que cuenta, podrán acceder a la misma inclusive personas que no necesariamente utilicen el COSAC I. Cuando existan escaleras, fijas o mecánicas, los usuarios deberán circular por su derecha, permitiendo el pase de otras personas por el lado izquierdo. Cuando se viaje con niños, éstos deben estar en todo momento sujetados de la mano o cargados. Para poder utilizar el servicio de transporte de pasajeros prestado dentro del COSAC I, se deberá validar la Tarjeta Inteligente Sin Contacto antes de ingresar a los buses. Los validadores se encuentran ubicados en los torniquetes de los Terminales y Estaciones, para el caso de los buses articulados, mientras que pare el caso de los buses alimentadores se encuentran dentro el mismo bus. Artículo 7.- Acceso, permanencia y salida de los buses El acceso, permanencia y la salida de los buses del COSAC I se hará respetando las siguientes normas: 1. Antes de entrar a los buses los usuarios deberán esperar de manera ordenada a que primero haya salido los pasajeros del bus a abordar. 2. La entrada y la salida de los buses se hará de manera rápida y ordenada, sin atropellar ni empujar a los demás usuarios. 3. Una vez que las señales hayan indicado el cierre de las puertas de los buses, no se podrá salir ni acceder a los mismos. 4. En el supuesto que se produjera cualquier incidente al subir o bajar de los buses, los usuarios deben comunicarlo al chofer del bus o al Gestor de Estación 5. Una vez dentro de los buses se ocuparan asientos vacios, en caso los haya, debiendo respetarse, de ser el caso, los asientos o lugares reservados para personas con discapacidad, adultos mayores y/o mujeres gestantes o personas con niños en brazos. 6. Las personas que viajen de pie deben utilizar las agarraderas instaladas para el efecto. 7. Si se accede a los buses con choches para niños, se deberá llevarlos plegados. Artículo 8.- Acceso a otras instalaciones El acceso a otras instalaciones del COSAC I, tales como oficinas administrativas, patios, talleres, entre otros, quedará restringido para las personas que trabajen o presten servicios en los mismos, o cuenten con un permiso especial.
3 CAPITULO III.- DE LAS TARJETAS INTELIGENTES SIN CONTACTO Artículo 9.- Tarjetas Inteligentes Sin Contacto Las Tarjetas Inteligentes Sin Contacto son los medios de validación que permiten el acceso al COSAC I. Existen cuatro (04) tipos de Tarjetas Inteligentes Sin Contacto, según el usuario del sistema COSAC I: 1. Tarjeta General. Esta tarjeta puede ser nominada o innominada. 2. Tarjeta para Estudiante Escolar. En este caso, los usuarios con dicha calidad cuentan con una tarifa diferenciada. 3. Tarjeta para Estudiante Universitario. En este caso, los usuarios con dicha calidad cuentan con una tarifa diferenciada, Se incluye a los estudiantes de Institutos Superiores. 4. Tarjeta Gratuita. Los portadores de esta tarjeta no pagan por utilizar el servicio del COSAC I. Gozan de este beneficio los miembros de la Policía Nacional del Perú en servicio activo (no en retiro), los miembros del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú y los trabajadores del COSAC I debidamente acreditados y listados por el Instituto Metropolitano Protransporte de Lima. Estas tarjetas podrán ser administradas temporalmente por PROTRANSPORTE y/o los operadores, hasta que éstas se emitan a sus respectivos titulares. Para el caso de usuarios que requieren servicios especiales, éstos deberán tramitar el registro de dicha condición de un campo de su tarjeta, lo que se efectúa en los Centro de Atención al Usuario ubicados e la Estación Central, Terminales Naranjal y Matellini del COSAC I. Los portadores de esta tarjeta pueden utilizar los ascensores y torniquetes especiales. Las características técnicas de las Tarjetas Inteligentes Sin Contacto, así como el diseño de las mismas, son establecidos por el Instituto Metropolitano Protransporte de Lima. Artículo 10. Obligatoriedad de la utilización de la Tarjeta Inteligente Sin Contacto Las personas que deseen utilizar el servicio de transporte de pasajeros brindado en el COSAC i, sin importar su condición deberá acceder al mismo empleando la Tarjeta Inteligente Sin Contacto correspondiente, validando la misma. A través de una mima Tarjeta Inteligente Sin Contacto General se podrá validar el pasaje de una o más personas. Aquellas personas que ingresen al COSAC I sin haber validado previamente la Tarjeta Inteligente Sin Contacto, serán retiradas, y solo podrán ingresar a éste luego de efectuada la correspondiente validación. En caso el usuario emplee para acceder al COSAC I una Tarjeta Inteligente Sin Contacto de una categoría que no pertenece, según lo establecido en el artículo 9º del presente Reglamento, o pretenda hacerse pasar por estudiante escolar, universitario o
4 de Instituto Superior, por miembro del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú, por miembro de la Policía Nacional del Perú o por trabajador del COSAC I, cuando no tenga tal calidad, el Gestor de Estación o quien haga su veces pasará a decomisar la Tarjeta Inteligente Sin Contacto empleada y a retirar a la persona del COSAC I, requiriendo apoyo policial de ser necesario. Para que la persona a la cual le ha sido decomisada una Tarjeta Inteligente Sin Contacto pueda acceder al COSAC I, deberá emplear aquella que le corresponda según la categoría de usuario a la que pertenezca. El decomiso implica el retiro de la Tarjeta Inteligente Sin Contacto del sistema, perdiendo su titular todo derecho obrante en la misma, salvo que se acredite que fue robada o perdida previamente al mal uso, en cuyo caso deberá seguir el procedimiento indicado en el artículo siguiente. Para el caso de decomiso de Tarjetas Inteligentes Sin Contacto de Estudiantes Escolares y Universitario por uso indebido de las mismas, siempre y cuando no se trate de pérdida o robo y se cuente con la denuncia policial correspondiente, el usuario registrado no podrá volver a solicitar una nueva Tarjeta Inteligente Sin Contacto con dicha categoría preferencial durante el periodo académico en que ocurrió el decomiso por mal uso de la misma, pudiendo hacerlo únicamente en los Centros de Atención al Usuario en el siguiente periodo académico (que para efectos del presente Reglamento se inicia en el mes de marzo para los Estudiantes Escolares, y en los meses de marzo y agosto para los Estudiantes Universitarios y de Institutos), debiéndose cumplir estrictamente con los requisitos establecidos para la emisión de dicho tipo de tarjetas preferenciales, por lo que se debe presentar, según sea el caso, la constancia de ser Estudiante Escolar, el carné universitario vigente o el carné de Instituto Superior vigente para el nuevo periodo académico. Para poder solicitar la nueva Tarjeta Inteligente Sin Contacto se debe pagar el importe del valor de la misma. Para el caso de decomiso de Tarjetas Inteligentes Sin Contacto de miembros la Policía Nacional del Perú o de miembros del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú, por uso indebido de las mismas, siempre y cuando no se trate de pérdida o robo y se cuente con la denuncia policial, se procederá a comunicar el hecho a la Insectoría General de la Policía o a la Comandancia del Cuerpo General de Bomberos correspondiente, según sea el caso, a fin que se apliquen las sanciones correspondientes. Para solicitar la emisión de una nueva Tarjeta Inteligente Sin Contacto, el usuario debe acercarse a un Centro de Atención al Usuario acreditando haber sido sancionado y contando con la autorización de la autoridad correspondiente de su Institución, y debe cumplir con los requisitos establecidos para la emisión de la respectiva tarjeta preferencial, además de pagar el importe del valor de la misma. Esto estará en función a que se emita Tarjetas Inteligentes Sin Contacto a dichas personas. Artículo 11.- Normas de conservación de las Tarjetas Inteligentes Sin Contacto. 1. Los Usuarios deberán conservar las Tarjetas Inteligentes Sin Contacto en buen estado, evitando doblarlas, romperlas o efectuar sobre las mismas cualquier acto que imposibilite su uso o genere su inoperabilidad.
5 2. En caso el usuario reporte una Tarjeta Inteligente Sin Contacto como dañada, perdida o robada (adjuntando para el efecto la denuncia policial correspondiente), podrá obtener otra previo pago del costo de la misma. Solo procederá el rembolso de los créditos de viaje restantes en caso se trate de un usuario registrado para protección de balances. 3. En caso la Tarjeta Inteligente Sin Contacto resulte defectuosa debido a fallas de diseño o fabricación, la misma será repuesta por el Operador de la Unidad de recaudo sin costo alguno, quien será deberá comprobar que efectivamente la referida tarjeta era defectuosa. En este caso, el Operador de la Unidad de Recaudo deberá procederá a rembolsar los créditos de viaje confirmados restantes en la tarjeta defectuosa. 4. Cuando el usuario cargue su Tarjeta Inteligente Sin Contacto deberá comprobar si se efectuó la carga, así como si la misma corresponda con el monto depositado o cancelado. En caso se trate de una carga efectuada por una maquina de venta de créditos de viaje (PVA), si el usuario considera que ha habido un error en el monto cargado por la máquina o que no se efectuó la carga, y cuente con el voucher de la operación, debe ponerlo en conocimiento del personal de la Estación, para ser atendido en la taquilla de la misma. Si en la Estación no hubiera taquilla, se deberá acercar a una Estación que cuente con ésta. En caso el usuario no tenga el voucher de la operación, se deberá acercar a los Centros de Atención al Usuario (CAUS), ubicados en la Estación Central y en los Terminales, quienes se llevarán a cabo las diligencias pertinentes para la aclaración de la incidencia reportada y actuarán de acuerdo con el resultado obtenido. CAPITULO IV.- DE LOS DERECHOS Y DE LA OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DEL COSAC I. Artículo 12.- Derechos del Usuario Son derechos del usuario: 1. Al ingresar a las Estaciones y Terminales del COSAC I y ser transportado en los buses luego de haber validado la Tarjeta Inteligente Sin Contacto. 2. A no ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. 3. A ser transportado con los objetos y/o paquetes que lleve, siempre que no suponga molestias o peligro para los otros usuarios y que se respete las normas establecidas en este Reglamento. 4. En este caso de suspensión del servicio por causas imputables al COSAC I, podrá renunciar a seguir el viaje y a que se le entregue un vale por el servicio suspendido, siempre y cuando el servicio no sea restablecido en un plazo máximo de treinta minutos de producida la interrupción del mismo. 5. A ser tratado correctamente por las personas encargadas de la operación del COSAC I, así como a ser atendidos en las peticiones de ayuda e información que soliciten.
6 6. A formular las reclamaciones que crea conveniente en relación con la prestación del servicio, lo que podrá hacerse en el libro de reclamaciones que deberá estar a sus disposición en todas las Estaciones y Terminales del COSAC I, de conformidad con lo establecido en el Código de Protección y Defensa al Consumidor y en le Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor. 7. A recibir respuesta por su reclamaciones o quejas formuladas, en los plazos y condiciones determinadas por la norma de la materia. 8. En el caso de los adultos mayores, las mujeres gestantes, personas con niños en brazos y de las personas con discapacidad, a utilizar los asientos o espacios de uso preferente, los mismos que se encuentran debidamente señalizados. 9. En el caso de las personas invidentes, a ir acompañados de perros lazarillos, siempre y cuando los mismos cuenten con bozal y no genere molestias a los demás usuarios, lo que será apreciado por los Gestores de Estación o quienes hagan sus veces. 10. A transportar accesorios como cochecitos para niños, siempre y cuando no generen molestias a los demás usuarios, lo que será apreciado por los Gestores de Estación o quienes hagan sus veces. Artículo 13.- Obligaciones del usuario Son obligaciones del usuario: 1. Validar la Tarjeta Inteligente Sin Contacto para hacer uso del COSAC I. 2. Emplear la Tarjeta Inteligente Sin Contacto que le corresponde según la categoría de usuario a la que pertenezca. 3. Atender a las indicaciones que formulen los trabajadores del COSAC I en orden a la correcta prestación y utilización del servicio, así como también a las indicaciones que resulten de elementos de señaletica y accesorios colocados a la vista o emitidos por megafonía. 4. Circular por las Estaciones y Terminales del COSAC I de manera ordenada sin correr y procurando no ocasionar ninguna molestia al resto de usuarios. 5. Comunicar a los trabajadores del COSAC I sobre cualquier irregularidad que pueda observar dentro de la Infraestructura y buses del COSAC I. 6. Mantener un comportamiento correcto y respetuoso con el resto de usuarios, así como con el personal del COSAC I. 7. Evitar cualquier acción que pueda implicar deterioro o daño de la infraestructura o buses del COSAC I. 8. Conservar limpia la infraestructura y los buses del COSAC I.
7 9. Respetar los espacios y asientos destinados a los adultos mayores, mujeres gestantes, personas con niños en brazos y personas con discapacidad. 10. Cuidar sus objetos personales. Ni el Instituto Metropolitano Protransporte de Lima ni los demás operadores del COSAC I serán responsables por las perdidas que los usuarios pueden sufrir. Artículo 14.- Prohibiciones al Usuario Al Usuario se le prohíbe: 1. Fumar, comer o tomar bebidas en las Estaciones, Terminales y buses del COSAC I. Únicamente se podrá comer o tomar bebidas en los lugares destinados para el efecto en la zona comercial existente en la Estación Central. 2. Ingresar a las Estaciones y Terminales del COSAC I y /o abordar los buses del Sistema bajo la influencia de sustancias estupefacientes, en estado de ebriedad o llevando consigo armas de fuego o punzo cortantes, o cualquier elemento que ponga en riesgo la tranquilidad, la salud y seguridad de los demás usuarios del COSAC I. 3. Viajar con animales, con la excepción de perros lazarillo, o de aquellos animales domésticos que puedan ser transportados en receptáculos convenientemente acondicionados y seguros para que no incomoden al resto de usuarios y no causen daños ni ensucien la infraestructura y buses del COSAC I. 4. Circular sobre patines, patinetas, bicicletas o similares dentro de las Estaciones, Terminales o buses del COSAC I. 5. Utilizar de manera injustificada los aparatos de alarma y/o de parada de emergencia de los buses del COSAC I. 6. Utilizar de manera indebida las escaleras mecánicas y ascensores. 7. Permanecer en las Estaciones, Terminales o buses del COSAC I fuera de su horario de funcionamiento. 8. Asomar cualquier parte del cuerpo por las ventanas o puertas de los buses, de las Estaciones o Terminales del COSAC I. 9. Recostarse en las puertas de vidrio de las Estaciones y en las puertas de los buses, de las Estaciones o Terminales del COSAC I. 10. Interferir con las labores del conductor del bus. 11. Ingresar a las instalaciones reservadas para uso exclusivo de los empleados del COSAC I o de personal autorizado. 12. Bajar a las vías por donde circulan los buses del COSAC I.
8 13. Impedir o forzar la apertura o el cierre de las puertas de acceso a los buses o manipular los mecanismos de funcionamiento previstos para ser utilizados exclusivamente por el personal encargado. 14. Manipular las puertas de vidrio ubicadas en las dársenas que permiten la entrada y salida a los buses del COSAC I. 15. Distribuir publicaciones, publicidad, pegar carteles, efectuar encuesta, mendigar, organizar sorteos, apuestas o juegos de azar y/o vender bienes o servicios en las Estaciones, Terminales o buses del COSAC I sin autorización expresa del Instituto Metropolitano Protransporte de Lima. 16. Manipular, destruir, o deteriorar cualquier elemento de la infraestructura o de los buses del COSAC I. 17. Tirar o depositar objetos de cualquier naturaleza o realizar vertidos en los buses del COSAC I, o en cualquier punto de la vía, de las Estaciones de los Terminales o de sus alrededores. 18. Introducir objetos o materiales que puedan ser peligrosos o representar molestias para lo usuarios. 19. Intentar entrar o salir de los buses luego de que haya sonado la señal que avisas del cierre de las puertas. 20. Llevar a cabo cualquier otra actuación que pueda representar peligro para la seguridad de los buses, de sus usuarios, empleados, medios o instalaciones de cualquier tipo. 21. Emplear una Tarjeta Inteligente Sin Contacto que no corresponda con su categoría de usuario. 22. Realizar, dentro de los buses, Estaciones o Terminales del COSAC I, actos contrarios a la moral y a las buenas costumbres. Artículo 15.- Libro de Reclamaciones Las Estaciones y Terminales del COSAC I contarán con libro de reclamaciones a disposición de los usuarios, conforme a las disposiciones legales vigente. CAPITULO V.- DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 16.- Infracciones y Sanciones Los usuarios que incumplan con alguna (s) de las obligaciones y/o prohibiciones establecidas en el presente Reglamento podrán ser retirados de las Estaciones, Terminales o buses del COSAC I por personal del Instituto Metropolitano Protransporte de Lima o de los operadores del COSAC I, quienes podrán requerir el apoyo policial. En el caso de utilización indebida de Tarjetas Inteligentes Sin Contacto, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 10º del presente Reglamento.
9 Asimismo, el personal del Instituto Metropolitano Protransporte de Lima o de los operadores del COSAC I, con apoyo de la Policía Nacional del Perú, podrá impedir el ingreso a las Estaciones, Terminales o buses del COSAC I, cuando determinen que el mismo podría poner en riesgo la tranquilidad y seguridad de los demás usuarios. En atención a la naturaleza y gravedad del (los) incumplimiento (s) de las obligaciones y/o prohibiciones establecidas en el presente Reglamento, se podrán iniciar las acciones civiles y/o penales correspondientes ante las autoridades competentes. DISPOSICIONES COMPLMENTARIAS FINALES Primera.- Programación y horario de funcionamiento del COSAC I La programación y el horario de función del COSAC I serán establecidos por el Instituto Metropolitano Protransporte de Lima, a través del Centro de Gestión y Control. Segunda.- Publicidad del Reglamento El Instituto Metropolitano Protransporte de Lima colocará el texto de este Reglamento o un extracto del mismo en un lugar visible de las Estaciones y Terminales del COSAC I, así como en la página web del Metropolitano ( a fin que pueda ser conocido por el público usuario. Tercera.- Comportamiento en paraderos y buses alimentadores del COSAC I. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento resultan también aplicables a los usuarios de los buses alimentadores, quienes acceden a los mismos a través de los paraderos instalados para el efecto, en lo que corresponda.
Reglamento de viajeros de los servicios de transporte público de superficie del ámbito de la entidad metropolitana del transporte
Reglamento de viajeros de los servicios de transporte público de superficie del ámbito de la entidad metropolitana del transporte Artículo 1. Objeto del Reglamento El objeto de este reglamento es determinar
Más detallesREGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA EN EL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA, APLICABLE A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MÓVILES
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA EN EL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA, APLICABLE A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MÓVILES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto
Más detallesDECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB
DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB Fonoweb se compromete a respetar su privacidad y la confidencialidad de su información personal, los datos de las comunicaciones y el contenido de las comunicaciones
Más detallesDerechos y deberes de los usuarios del servicio publico de transporte
Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI) Derechos y deberes de los usuarios del servicio publico de transporte Los Derechos de los consumidores en El Ferrocarril
Más detallesInstructivo Servicios de Celular
1. Objeto Dar a conocer las políticas de manejo de la comunicación móvil en la SOCIEDAD NACIONAL DE LA CRUZ ROJA para los usuarios que por razón de su función, cargos o lineamientos de la Institución requieren
Más detallesNORMAS Y PROCEDIMIENTO DE ACCESO Y USO AL SERVICIO DE PRÉSTAMO DE BICICLETAS EN ALCALÁ DE HENARES
NORMAS Y PROCEDIMIENTO DE ACCESO Y USO AL SERVICIO DE PRÉSTAMO DE BICICLETAS EN ALCALÁ DE HENARES 1. Acceso al Servicio de Préstamo de bicicletas El Ayuntamiento de Alcalá de Henares pone a disposición
Más detallesINSTRUCCIONES DEL PROCEDIMIENTO REGULADOR DE LA ACTIVIDAD DE ALQUILER DE VEHÍCULOS PARA EMPRESAS NO CONCESIONARIAS EN AEROPUERTOS ESPAÑOLES.
INSTRUCCIONES DEL PROCEDIMIENTO REGULADOR DE LA ACTIVIDAD DE ALQUILER DE VEHÍCULOS PARA EMPRESAS NO CONCESIONARIAS EN AEROPUERTOS ESPAÑOLES. 1. OBJETO La presente instrucción tiene por objeto dar las pautas
Más detallesANTEPROYECTO INSTRUCTIVO PARA EL USO DE LOS ESTACIONAMIENTOS
ANTEPROYECTO INSTRUCTIVO PARA EL USO DE LOS ESTACIONAMIENTOS DE LA UNIDAD AZCAPOTZALCO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La creación del presente Instructivo responde a la necesidad de regular el uso de los estacionamientos
Más detallesDisposición preliminar.- Para efectos de la presente norma entiéndase por:
SISTEMA DE TARIFAS QUE SE APLICARA A LAS COMUNICACIONES CURSADAS ENTRE USUARIOS DEL SERVICIO DE TELEFONIA FIJA Y USUARIOS DEL SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL CELULAR Disposición preliminar.- Para efectos de
Más detallesI. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO
COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES
Más detallesBiblioteca. escueladeartenúmerodiez NORMATIVA DE FUNCIONAMIENTO 05 06. www.artediez.com
Biblioteca NORMATIVA DE FUNCIONAMIENTO 05 06 1 Biblioteca NORMATIVA DE FUNCIONAMIENTO 05-06 PRESENTACIÓN La biblioteca de la escuela pone a disposición de alumnos y profesores un fondo de 5.000 títulos
Más detallesQue, la Única Disposición Transitoria de la citada Ley, encarga al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y al OSIPTEL, su reglamentación;
Aprueban el Reglamento de la Ley N 28774, Ley que crea el Registro Nacional de Terminales de Telefonía Celular, establece prohibiciones y sanciones DECRETO SUPREMO N 023-2007-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL
Lineamientos para la Asignación, Uso, Mantenimiento y Resguardo de los Vehículos Asignados a Funcionarios y Servicios de la Universidad Autónoma del Estado de México. Lineamientos para la Asignación, Uso,
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD. Responsable de la Protección de sus datos personales. Qué datos personales recabamos de usted?
AVISO DE PRIVACIDAD ESTE AVISO DE PRIVACIDAD, ELABORADO PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES Y SU REGLAMENTO, TIENE COMO FINALIDAD INFORMARLE
Más detallesGuión. 1.- Ámbito de aplicación y autorizaciones de transporte. 2.- Antigüedad y características técnicas de los vehículos.
TEMA 9 TRANSPORTE ESCOLAR Y DE MENORES Guión. 1.- Ámbito de aplicación y autorizaciones de transporte 2.- Antigüedad y características técnicas de los vehículos. 3.- Conductores y acompañantes. 4.- Itinerario,
Más detallesREGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS
REGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS Ripley Puntos es un programa diseñado por Ripley Compañía de Financiamiento ( Ripley ) para fidelizar a sus clientes, otorgándoles incentivos por su preferencia y frecuencia
Más detallesREGLAMENTO PARA EL USO DE LABORATORIOS Y TALLERES CAPITULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO PARA EL USO DE LABORATORIOS Y TALLERES CAPITULO I GENERALIDADES Artículo 1. El presente reglamento establece las bases generales para el uso de los laboratorios y talleres de la Universidad
Más detallesMONITOREO REMOTO DE ALARMAS Y SISTEMA ELECTRÓNICO DE SEGURIDAD
REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MONITOREO REMOTO DE ALARMAS Y SISTEMA ELECTRÓNICO DE SEGURIDAD El Concejo Municipal del Cantón Central de San José, con fundamento en los artículos 50, 169
Más detallesREGLAMENTO DE USO DE MARCA DEL ÁREA DE CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE SIGE, S.C. REGLAMENTO
REGLAMENTO 1. A través del certificado de Sistemas de Calidad, legitima que el sistema de gestión de la Organización IRRITEC MÉXICO SISTEMAS DE RIEGO, S.A. DE C.V. es conforme con la norma NMX-CC-9001-IMNC-2008
Más detallesBASES Y CONDICIONES DEL SORTEO DE CARUSO SEGUROS SA:
BASES Y CONDICIONES DEL SORTEO DE CARUSO SEGUROS SA: CARUSO SEGUROS S.A. (en adelante el Organizador ) con domicilio en la Av. Marcelo T. de Alvear 328 de la Ciudad de Córdoba, organiza la presente promoción
Más detallesReglamento del Laboratorio de Bolsa de Valores
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento del Laboratorio de Bolsa de Valores Coordinación de Laboratorios!" Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO
Más detallesEl ámbito del servicio queda limitado al casco urbano de Cieza y su extrarradio, éste con un máximo de 5 km.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. Objeto 1.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas a que deberá ajustarse el usuario del servicio municipal de préstamo de bicicletas
Más detallesPOLITICAS GENERALES ALTA DE CLIENTES
POLITICAS GENERALES Grupo Loma del Norte S.A de C.V. se reserva el derecho de modificar en cualquier momento: términos, precios, condiciones y descuentos en cualquier producto, así como en promociones,
Más detallesManual del Usuario. Sistema de Help Desk
Manual del Usuario Sistema de Help Desk Objetivo del Manual El siguiente manual tiene como objetivo proveer la información necesaria para la correcta utilización del sistema Help Desk. Describe los procedimientos
Más detallesVicerrectoría Administrativa-Financiera
Directivos Fr. Aldemar VALENCIA HERNÁNDEZ, O.P. Rector Fr. José Antonio GONZÁLEZ CORREDOR, O.P. Vicerrector Académico Fr. José Bernardo VALLEJO MOLINA, O.P. Vicerrector Administrativo y Financiero Vicerrectoría
Más detallesDECISION 393. VISTOS: El Capítulo XI del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 331 de la Comisión y la Propuesta 288 de la Junta;
Septuagesimonoveno Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión 09 de julio de 1996 Lima - Perú DECISION 393 Modificación de la Decisión 331 "Transporte Multimodal" LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA FACULTAD DE INFORMÁTICA MAZATLÁN Reglamento Interno de Sala Audiovisual ÍNDICE CAPÍTULO I.DE SU FINALIDAD, ALCANCES Y FUNCIONES. CAPÍTULO II.DE LAS ACTIVIDADES QUE AHÍ SE
Más detallesREGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA
REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA Los derechos de los accionistas a hacerse representar por medio de otra persona y a ejercer su derecho al voto
Más detallesGUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO
GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO I. TEXTO DEL ARTÍCULO 19 DEL DECRETO EJECUTIVO NO. 84 DE 26 DE AGOSTO DE 2005, CON TODAS SUS MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS ACUERDO No. 7-2003 (de 16 de octubre de 2003) LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales; y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los numerales 1
Más detallesÍNDICE. Del uso de estacionamientos
REG-051-03 USO DE ESTACIONAMIENTOS PAG. 1/15 ED. 1.1 ÍNDICE Preámbulo Título I: Título II: Título III: Título IV: Disposiciones Generales Del uso de estacionamientos Del pago del servicio De las faltas
Más detallesSOLICITUD DE ADICIÓN DE SERVICIOS PRESTAMO DE EQUIPO PARA REDES GSM (ROAMING) CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DEL PRESTAMO DE EQUIPO PARA REDES GSM
SOLICITUD DE ADICIÓN DE SERVICIOS PRESTAMO DE EQUIPO PARA REDES GSM (ROAMING) CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DEL PRESTAMO DE EQUIPO PARA REDES GSM La presente Solicitud de Adición de Servicios para el Préstamo
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE COMPUTO DEL INSTITUTO AMERICANO
REGLAMENTO DEL CENTRO DE COMPUTO DEL INSTITUTO AMERICANO DEL OBJETIVO GENERAL Art. 1. El Reglamento del Centro de Computo del Instituto Americano tiene como objetivo primordial normar el uso y el funcionamiento
Más detallesPROTOCOLO DE SEGURIDAD JARDÍN INFANTIL
PROTOCOLO DE SEGURIDAD JARDÍN INFANTIL Directivas del Jardín Infantil que autorizan la entrada y salida de personas vinculadas y de eventuales visitantes: Directora: Coordinadora: Secretaria: Objetivo
Más detallesReglamento de Uso de Laboratorios de la Escuela de Informática.
Reglamento de Uso de Laboratorios de la Escuela de Informática. Preparado para: Alumnos de Escuela de Informática Santo Tomás, Concepción Preparado por: Pedro Pablo Pinacho Davidson, Jefe de Carrera Escuela
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD. Encargado del Área de Protección de Datos Personales: LUCINDA TOVAR LOERA
AVISO DE PRIVACIDAD PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES INSTITUTO DE EDUCACION NACIONES UNIDAS, S.C., con domicilio en la AVE. CUMBRES ELITE 200, COL. CUMBRES ELITE-SECTOR VILLAS, MONTERREY, N.L. MEXICO, es
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD. Datos la empresa recaba.
AVISO DE PRIVACIDAD Con fundamento en los artículos 15 y 16 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, hacemos de su conocimiento que la empresa CAFÉ DE TACUBA CENTRO,
Más detallesCAMARA DE COMERCIO DE LA DORADA REGLAMENTO GENERAL DE USO DE AUDITORIOS Y SALONES
CAMARA DE COMERCIO DE LA DORADA REGLAMENTO GENERAL DE USO DE AUDITORIOS Y SALONES PRESENTACION DEL REGLAMENTO El presente reglamento de auditorios y salones define y regula su alquiler o préstamo y la
Más detallesPROCEDIMIENTO. GASTOS DE VIAJE DE EMPRESA SUPERVISORAS Revisado por: Isaac Maguiña Soriano
Elaborado por: José Chang Romero PROCEDIMIENTO GASTOS DE VIAJE DE EMPRESA Revisado por: Isaac Maguiña Soriano : 023 Página : 1 de 9 Aprobado por: Julio Salvador Jácome «jsalvador» Gerente de Administración
Más detallesINSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION
INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION OBJETIVO GENERAL Organizar un mercado eficiente, asegurando el cumplimiento por parte de los Puestos de Bolsa, de los compromisos que hayan adquirido en
Más detallesPLAN PRELIMINAR DE QUEJAS Y RECLAMOS DE USUARIOS DE SETEL S. A. CONTENIDO:
PLAN PRELIMINAR DE QUEJAS Y RECLAMOS DE USUARIOS DE SETEL S. A. CONTENIDO: 1 INTRODUCCIÓN... 2 2 DEFINICIONES, PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS PARA PRESENTAR RECLAMOS Y QUEJAS... 2 2.1 QUIÉN PUEDE PRESENTAR QUEJAS
Más detallesb. Para transporte internacional, (artículo 26
RECUERDE RECUERDE RECUERDE Talón de equipaje El transportador deberá entregarle como constancia uno o varios talones que permitan determinar el número de piezas, su peso y destino. Tenga en cuenta que
Más detallesNORMAS USUARIOS. Podrán acceder a los servicios prestados por el Telecentro las siguientes personas:
NORMAS USUARIOS Podrán acceder a los servicios prestados por el Telecentro las siguientes personas: a) Socios: Podrán tener condición de socios todas las personas que así lo soliciten mayores de 16 años.
Más detallesNormas Generales de uso de las Salas y Aulas de Informática de la Universidad de Cantabria.
Normas Generales de uso de las Salas y Aulas de Informática de la Universidad de Cantabria. I. DEFINICIONES. Sala de Informática: Se denomina Sala de Informática al conjunto de ordenadores situados en
Más detallesCondiciones del contrato y otros avisos importantes
Condiciones del contrato y otros avisos importantes CONDICIONES DEL CONTRATO Y OTROS AVISOS IMPORTANTES SE INFORMA A LOS PASAJEROS QUE REALICEN VIAJES EN LOS QUE EL PUNTO DE DESTINO O UNA O MAS ESCALAS
Más detallesUNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA CENTRO UNIVERSITARIO DE PAYSANDU BIBLIOTECA
UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA CENTRO UNIVERSITARIO DE PAYSANDU BIBLIOTECA REGLAMENTO DE PRESTAMO Art. 1.- La Biblioteca del Centro Universitario de Paysandú a través de su Servicio de Préstamo ofrecerá los
Más detallesREGLAMENTO GENERAL PROGRAMA DE PUNTOS REALES
REGLAMENTO GENERAL PROGRAMA DE PUNTOS REALES El presente Reglamento rige la relación entre CITI, (en adelante denominadas como LAS EMPRESAS ) y sus clientes respectivos en lo referente a la tarjeta de
Más detallesReglamento de la Promoción Compras a tasa diferenciada vivienda
A.- SOBRE LA PROMOCIÓN: Reglamento de la Promoción Compras a tasa diferenciada vivienda 1. Patrocinador: La presente promoción es patrocinada por el Banco Nacional de Costa Rica, a través de comercios
Más detallesPreguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país.
Preguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país. Atención al Cliente Septiembre de 2012 Comisión de Regulación de Comunicaciones
Más detallesORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR
ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR FICHA RESUMEN...2 EXPOSICION DE MOTIVOS...3 Artículo 1...3
Más detallesADIESTRAMIENTO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Folleto Informativo
ADIESTRAMIENTO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS Folleto Informativo ASPECTOS GENERALES Dónde está regulado el adiestramiento de animales potencialmente peligrosos La Ley 50/1999, de 22 de diciembre,
Más detallesNormativa de Seguridad de los Usuarios de los Recursos Informáticos de la EUSS
Normativa de Seguridad de los Usuarios de los Recursos Informáticos de la EUSS Aprobada por el Consejo Mixto en la reunión del 17 de diciembre de 1997 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Los recursos informáticos
Más detallesSistema de Acreditación del Personal (SAP)
Sistema de Acreditación del Personal (SAP) CONDICIONES GENERALES PARA EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS COMERCIALES O QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES INDUSTRIALES, COMERCIALES O DE OTRA NATURALEZA EN EL DOMINIO
Más detallesEnseguida se menciona en qué consisten cada una de las siguientes facilidades:
Facilidades de pago Existen facilidades de reducción de multas, aplicación de la tasa de recargos por prórroga, así como de condonación de multas, que se otorgan a aquéllos contribuyentes que ya tienen
Más detallesPOLÍTICAS DE ACCESO, CONTROL DE VISITANTES Y MOVIMIENTO DE PERSONAL INTERNO DE LA DIGEIG
POLÍTICAS DE ACCESO, CONTROL DE VISITANTES Y MOVIMIENTO DE PERSONAL INTERNO DE LA DIGEIG Noviembre, 2012 INDICE INTRODUCCION 1. ASPECTOS GENERALES:... 4 1.1 OBJETIVOS:... 4 1.2 ALCANCE... 4 1.3. FINALIDAD...
Más detallesTérminos y condiciones de Europeanwebhost S.L ver: 1.0
Términos y condiciones de Europeanwebhost S.L ver: 1.0 Los siguientes términos y condiciones se aplican a Europeanwebhost S.L a partir del 30 de noviembre de 2014. 1. Suscripción: Las suscripciones de
Más detallesPROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10
Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10 Elaborado por: Antonio Jesús Peñalver García Revisado por: Aprobado por: Fecha: 4 de Abril de 2013 Fecha: Fecha: Firma Firma Firma Procedimiento PROCEDIMIENTO
Más detallesReglamento de Uso de Laboratorios de Software Operaciones & Soporte
Reglamento de Uso de Laboratorios de Software Operaciones & Soporte Dirigido a: Estudiantes Aprobado por: Edmundo Leiva Lobos Edición: Juan Ignacio Iturbe A., Coordinador de Recursos Computacionales. Colaboradores:
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES. El propietario de una vivienda debe pagar las cuentas de servicios que dejen los arrendatarios sin pagar?
PREGUNTAS FRECUENTES El propietario de una vivienda debe pagar las cuentas de servicios que dejen los arrendatarios sin pagar? Según la Ley 142, las empresas de servicios públicos pueden cobrar las deudas
Más detallesDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA DEPARTAMENTO DE TESORERÍA SISTEMA DE REINTEGROS DE HABERES CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTARIA DEPARTAMENTO DE TESORERÍA SISTEMA DE REINTEGROS DE HABERES CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN PROCEDIMIENTOS DE REINTEGROS.- Se implementa un procedimiento de Reintegros
Más detallesLIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO
LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO TITULO XII.- DE LA INFORMACION Y PUBLICIDAD CAPITULO II.- NORMAS PARA LA CONSERVACION DE LOS ARCHIVOS
Más detallesREGLAMENTO DEL USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS SEDE CENTRAL INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA
REGLAMENTO DEL USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS SEDE CENTRAL INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA Capítulo 1 DEL OBJETIVO Y DEFINICION Artículo 1 Se establece el presente reglamento para regular el uso y
Más detallesEquipos a Presión. Condiciones de Seguridad Industrial y Laboral. Marco Normativo. Calderas. Lugo, 25 de octubre de 2011 1 CAMPAÑA EUROPEA SOBRE MANTENIMIENTO SEGURO Principales Objetivos: Sensibilizar
Más detallesNormativa de uso. Normativa de uso y mantenimiento de los laboratorios de la Escuela Politécnica Superior
Normativa de uso Normativa de uso y mantenimiento de los laboratorios de la Escuela Politécnica Superior Exposición de motivos El objetivo principal de los laboratorios de la Escuela Politécnica Superior
Más detallesEl libro deberá contar con los apartados siguientes:
LA COMISION NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LOS ARTICULOS 11 Y 22 DEL REGLAMENTO PARA LA ATENCIÓN DE RECLAMOS Y QUEJAS DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA. RESOLUCIÓN
Más detallesDIRECTIVA SOBRE LA ATENCIÓN PREFERENCIAL A MUJERES EMBARAZADAS, LAS NIÑAS, NIÑOS, LOS ADULTOS MAYORES EN LOS LUGARES DE ATENCIÓN AL PÚBLICO
DIRECTIVA SOBRE LA ATENCIÓN PREFERENCIAL A MUJERES EMBARAZADAS, LAS NIÑAS, NIÑOS, LOS ADULTOS MAYORES EN LOS LUGARES DE ATENCIÓN AL PÚBLICO Junio 2009 INDICE I. PRESENTACIÓN.... 3 II. OBJETIVO... 4 III.
Más detallesInformación de interés para Corredores de Seguros que comercialicen. Planes de Pensiones.
Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen Planes de Pensiones. -Novedades introducidas por la recién aprobada Ley de Economía Sostenible- Desde FECOR se ha realizado el presente
Más detallesBASES Y CONDICIONES DEL SORTEO DE CARUSO SEGUROS SA:
BASES Y CONDICIONES DEL SORTEO DE CARUSO SEGUROS SA: CARUSO SEGUROS S.A. (en adelante el Organizador ) con domicilio en la Av. Marcelo T. de Alvear 328 de la Ciudad de Córdoba, organiza la presente promoción
Más detallesGESTIÓN DE ARCHIVO, CUSTODIA Y CONSULTA DE LA DOCUMENTACION DE LOS CENTROS DEL IMAS.
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. GESTIÓN DE ARCHIVO, CUSTODIA Y CONSULTA DE LA DOCUMENTACION DE LOS CENTROS DEL. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS: 1. OBJETO DE LA CONTRATACION: Los centros del, debido al volumen de documentación
Más detallesCONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales )
CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) En..., a......, entre CORP BANCA, Rol Unico Tributario Nº 97.023.000-9, representado por don..., cédula nacional
Más detallesLo que necesito saber de mi Cuenta Corriente
Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Cuenta Corriente? 1 2 3 Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un
Más detallesLo que necesito saber de mi Cuenta Corriente
Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco y una persona, en
Más detallesLineamientos del Departamento de Psicometría y Medición de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos del Departamento de Psicometría y Medición de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DEL DEPARTAMENTO
Más detallesLo que necesito saber de mi Cuenta Corriente
Lo que necesito saber de mi Cuenta Corriente Informativo cuenta corriente bancaria (persona natural) Cómo abrir Mi Cuenta Corriente? 1 Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco
Más detallesTransporte Escolar Seguro
www.conaset.cl www.convivenciaescolar.cl link Seguridad Escolar www.escuelasegura.mineduc.cl Transporte Escolar Seguro A fines de febrero y comienzos de marzo, los escolares de nuestro país vuelven a clases.
Más detallesSección 2. Derechos básicos de los usuarios de servicios financieros.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CREDITO, A LAS CAJAS DE CREDITO COOPERATIVAS (LEY 26.173): Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo las hojas
Más detallesLINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN
LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO DE CHIAPAS. CONSIDERANDO 1.
Más detallesContrato de Prestación del Servicio de Acceso a Internet. Contrato Nº
Contrato de Prestación del Servicio de Acceso a Internet Contrato Nº Condiciones Generales del Servicio de Acceso a Internet Contrato Nº 1. El Servicio Constituye objeto del presente contrato la prestación
Más detallesCAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014
CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014 Bankia va a llevar a cabo una acción comercial específica con la finalidad de conseguir aportaciones periódicas en planes de pensiones, o incrementar
Más detallesREGLAMENTO INTERNO PARA USO DE TARJETAS DE ACCESO A LAS INSTALACIONES INSTITUTO DE INVESTIGACIONES BIOMÉDICAS UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
REGLAMENTO INTERNO PARA USO DE TARJETAS DE ACCESO A LAS INSTALACIONES INSTITUTO DE INVESTIGACIONES BIOMÉDICAS UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO 1 REGLAMENTO INTERNO PARA USO DE TARJETAS DE ACCESO
Más detallesREGLAMENTO SUPERPUNTOS (Vigente a partir de 1 de Septiembre de 2005)
REGLAMENTO SUPERPUNTOS (Vigente a partir de 1 de Septiembre de 2005) 1. DESCRIPCION DEL PROGRAMA SUPERPUNTOS SUPERPUNTOS es un Programa de acumulación de puntaje (denominados superpuntos ) y otorgamiento
Más detallesEXPOSICION DE MOTIVOS
EXPOSICION DE MOTIVOS ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA ATENCIÓN PREFERENTE A LAS MUJERES EMBARAZADAS, NIÑOS, ADULTOS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y LA ADECUACION ARQUITECTÓNICA DE LAS EDIFICACIONES I.
Más detallesFecha: 02/08/2012 Página 1 12
PROCEDIMIENTOS 1 12 PROCEDIMIENTOS DEL FONDO DE GASTOS DE VIAJES, Y PROCEDIMIENTOS 2 12 INTRODUCCION El propósito del presente Manual, es definir las Políticas, Normas y Procedimientos para el Control
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD. Datos Personales que se recaban
AVISO DE PRIVACIDAD VFS México, S.A. DE C.V. SOFOM E.N.R. (en adelante VFS ) con domicilio en Avenida Santa Fe No. 495, Mz B Lt B1 20, Col. Cruz Manca, C.P. 05349, Mexico, D.F., es responsable del tratamiento
Más detallesMANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA.
MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA. Gerencia Selecta Ltda. (En adelante Gerencia Selecta), en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 de
Más detallesResumen de las disposiciones relativas a los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables 1
Resumen de las disposiciones relativas a los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables 1 El Reglamento (UE) nº 1177/2010 sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL. Fundamento y Régimen Jurídico
ORDENANZA REGULADORA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL. Artículo 1º Fundamento y Régimen Jurídico El tráfico de vehículos se ha penalizado y al efectuarse éste de forma masiva,
Más detallesArtículo 1.- Introdúcense, en el Código Aeronáutico, las siguientes modificaciones:
Ley Chile Nº 20831 Título: Modificación del Código Aeronáutico en materia de Transporte de Pasajeros y sus Derechos Sanción: 17-04-2015 Publicación: 30-04-2015 Publicación: Revista Latino Americana de
Más detallesINDICE ORDENANZA REGULADORA DEL USO DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL LOS OLMOS
INDICE ORDENANZA REGULADORA DEL USO DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL LOS OLMOS Artículo 1.- Ámbito de aplicación Artículo 2.- El polideportivo municipal Los Olmos es bien de dominio público destinado al servicio
Más detallesCómo abrir Mi Cuenta Corriente?
Cómo abrir Mi Qué es una cuenta corriente bancaria? Es un contrato entre un banco y una persona, en el que el cliente se compromete a depositar dinero en la cuenta y el banco a cumplir sus órdenes de pago
Más detallesBANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ
CIRCULAR No. 004-2003-EF/90 Lima, 19 de febrero del 2003 Ref.: Medios de pago distintos al dinero en efectivo Con la finalidad de contar con estadísticas de los medios de pago distintos al dinero en efectivo
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 29 de junio de 2015
Circular 1/2003, de 22 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se desarrollan los requisitos especiales exigibles a los miembros industriales de los mercados secundarios oficiales
Más detallesProcedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad
Página: 1/17 Procedimiento para la para la coordinación Índice 1. OBJETO... 2 2. CLIENTES / ALCANCE... 2 3. NORMATIVA... 2 4. RESPONSABLES... 3 5. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO... 3 6. DIAGRAMA DE FLUJO... 13
Más detallesDIRECTIVA DE ATENCIÓN PREFERENTE
JUNIO 2014 Está terminantemente prohibida la reproducción parcial o total del contenido del presente documento sin autorización expresa de la CMAC CUSCO S.A. CONTENIDO 1. GENERALIDADES 3 1.1 Objetivos..
Más detallesEstado: Aprobación Versión: 2.0 Fecha: 04/11/2009 Página 1 de 9 Documento: A5_Politica_Seguridad_V2
Estado: Aprobación Versión: 2.0 Fecha: 04/11/2009 Página 1 de 9 INDICE 1. DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN... 3 2. POLÍTICA DE SEGURIDAD... 4 2.1. OBJETIVOS... 4 2.2. ALCANCE...
Más detallesINFORME UCSP Nº: 2011/0070
MINISTERIO DE LA POLICÍA CUERPO NACIONAL DE POLICÍA COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2011/0070 FECHA 07/07/2011 ASUNTO Centro de control y video vigilancia integrado en central
Más detallesFI-Factura Inteligente ATENCIÓN AL CLIENTE
FACTURA INTELIGENTE r Autor edo iz ve o ad P ro FI-Factura Inteligente ATENCIÓN AL CLIENTE F Versión 3.0 Contenido 1 2 SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE SERVICIO DE RESOLUCIÓN 3 TICKETS DE SOPORTE 4 SOLICITUD
Más detallesBASES PROGRAMA CÍRCULO SALCOBRAND
BASES PROGRAMA CÍRCULO SALCOBRAND El presente documento fija los términos y condiciones del Programa Círculo Salcobrand. Estos términos y condiciones son obligatorios para los Clientes Círculo Salcobrand
Más detallesCETYS UNIVERSIDAD REGLAMENTO PARA VIAJES NACIONALES E INTERNACIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE MEDIA SUPERIOR
EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR CETYS UNIVERSIDAD REGLAMENTO PARA VIAJES NACIONALES E INTERNACIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE MEDIA SUPERIOR PROPÓSITO DEL REGLAMENTO Unificar la normatividad, políticas y procesos
Más detallesSISTEMA DE GESTION DE CALIDAD Fecha: 31/08/2015 MANUAL DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Página 1 de 9 TABLA DE CONTENIDO 1. PRESENTACIÓN... 2 2. OBJETO... 3 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y BASES DE DATOS... 3 4. ALCANCE... 3 5. FINALIDAD DE LA BASE DE DATOS... 4 6. TRATAMIENTO DE... 4 7. DERECHOS
Más detalles