TEMUCO, 2 9 JUL?015. VISTOS; estos antecedentes: 1.- Resolución Exenta N 2711, de fecha 01 de junio de 2015, de la Dirección del Servicio
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- Julián Soriano Robles
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1 1 REF.: ADJUDICA LICITACION N , DENOMINADA "SERVICIO DE RETIRO, TRANSPORTE Y DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN GENERAL DESDE LA DSSAS" Y ESTABLECE TÉRMINOS DE CONTRATACIÓN. RESOLUCION EXENTA N 3758 TEMUCO, 2 9 JUL?015 EVS/FRH/MTTA VISTOS; estos antecedentes: 1.- Resolución Exenta N 2711, de fecha 01 de junio de 2015, de la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Sur, que aprueba las bases administrativas de la Licitación N , denominada "SERVICIO DE RETIRO, TRANSPORTE Y DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN GENERAL DESDE LA DSSAS". 2.- Resolución Exenta N 2967, de fecha 12 de junio de 2015, de la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Sur, que declara desierta la Licitación N , denominada "SERVICIO DE RETIRO, TRANSPORTE Y DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN GENERAL DESDE LA DSSAS" por falta de oferentes. 3.- Resolución Exenta N 3175, de fecha 23 de junio de 2015, de la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Sur, que aprueba las bases administrativas de la Licitación N , denominada "SERVICIO DE RETIRO, TRANSPORTE Y DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN GENERAL DESDE LA DSSAS". 4.- Constancia de haberse publicado la licitación en el portal con el N L Resolución Exenta N 3220, de fecha 26 de junio de 2015, del Jefe del Departamento de Recursos Físicos (por delegación de facultades), que designa Comisión de Evaluación; 6.- Acta de Apertura Electrónica y acta de verificación de documentos ingresados de fecha 03 de julio de 2015; 7.- Informe de Evaluación de fecha 09 de julio de Certificado de disponibilidad presupuestaria de fecha 10 de julio 2015 emitido por el Jefe del Depto. de Finanzas del S.S.A.S. 9.- Memorándum N 1770, de fecha 10 de julio de 2015, del Jefe del Subdepto. de Abastecimiento al Jefe del Depto. de Asesoría Jurídica, mediante el cual se remite carpeta de antecedentes y se solicitar formalizar la adquisición correspondiente Certificado de inscripción en Chileproveedores. CONSIDERANDO: l.-que, conforme al Art. 9 de la Ley , Bases Generales de la Administración del Estado, los contratos Administrativos se celebrarán, previa Propuesta Pública en conformidad a la Ley. MHUL.a
2 2 2.-Que, conforme a lo dispuesto en el art. 18 de la ley , de Bases sobre contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios, los organismos públicos regidos por esta ley deberán cotizar, licitar, contratar, adjudicar etc., utilizando solamente los sistemas electrónicos o digitales que establezca al efecto la Dirección de Compras y Contratación Pública. 3.- Que, conforme el acta de apertura electrónica a la licitación de la especie presentaron sus ofertas los siguientes oferentes: 1 PABLO HERNAN SANHUEZA CRISTOBAL (MASTER RUT N : HOME) 2 PROCESOS SANITARIOS S A RUT N : Que, la Comisión procede a efectuar el examen de admisibilidad estableciendo finalmente lo siguiente: Los documentos solicitados en las bases y que fueron enviados por el oferente son los que a continuación se detallan: 1 PABLO HERNAN SANHUEZA CRISTOBAL (MASTER HOME) RUT N : 2 PROCESOS SANITARIOS S A RUT N : N 1 N 2 DOCUMENTOS Anexo 1: Identificación del proveedor. V V Anexo 2: Declaración jurada simple. V V Documento QUE SEÑALE LAS CONDICIONES LOGISTICAS Y DE APOYO PARA ENTREGAR EL SERVICIO REQUERIDO (personal, vehículos, lugar de acopio, incineradores, otros) V V Anexo 3 oferta económica con características de lo ofertado. V V Observaciones: V: Se presenta o presenta documentos. X: No se presenta o no presenta documentos. 5.- Que, conforme al Art. 9 o de la Ley N , el órgano contratante declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases Administrativas correspondientes. Declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos, la declaración deberá efectuarse mediante Resolución fundada. 6.- Que, la Comisión designada por Resolución evaluó las ofertas presentadas y declaradas admisibles, ponderando los factores señalados en las bases administrativas de la licitación, concluyendo que:
3 3 CUADRO DE EVALUACIÓN: OFERENTES PRECIO IMPUESTOS INCLUIDOS 70% REAJUSTE DE PRECIO 10% PLAZO PUESTA EN MARCHA 20% PTJE. TOTAL PABLO HERNAN SANHUEZA CRISTOBAL (MASTER HOME) PRECI O 450 NOTA 70% SI/NO NOTA 10 % 10 7 NO 10 1 DIAS NOTA 20% % 10 PROCESOS SANITARIOS S.A NO Que, de la revisión la Comisión, se determinó adjudicar la propuesta por obtener mejor evaluación global a PABLO HERNAN SANHUEZA CRISTOBAL (MASTER HOME); Rut N, por cumplir con todos los requisitos exigidos tantos técnicos, económicos y administrativos, por lo que le sugiere al Director del Servicio Salud Araucanía Sur adjudicar la licitación N : "SERVICIO DE RETIRO, TRANSPORTE Y DESTRUCCION DE DOCUMENTACIÓN EN GENERAL DESDE LA DSSAS", según el siguiente detalle: Precio NETO por kilo de documentación a destruir, por cada vez que el servicio se requiera De 200 a 500 kilos: $ 450 De 501 a Kilos: $ 450 De a kilos: $ 450 De o más kilos: $ 450 Precio por kilo, cantidad menor de 200 kilos (indicar la cantidad mínima): $ 450, Cantidad mínima: 150 Kilos Reajuste de precios: No habrá reajuste durante todo el contrato Plazo de puesta en marcha del servicio: Días hábiles de lunes a viernes, contados desde el día hábil siguiente de formalizada la adjudicación en o desde el día hábil siguiente de hecho el primer requerimiento: 2 días. Plazo para realizar el servicio, durante el desarrollo del contrato (día hábil siguiente de recibido el requerimiento vía e mail: 2 días Contacto para fines operacionales del contrato Nombre completo: Pablo Sanhueza Cristóbal Teléfono(s): pablosanhuezacristobal@hotmail.com Datos del oferente
4 4 Nombre: Pablo Sanhueza Cristóbal Rut: Domicilio: Imperial N 505 Ciudad: Nueva Imperial Teléfono: Mail: pablosanhuezacristobal@hotmail.com TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en: 1.- D.F.L N 1/05 que fija texto refundido del DL /79 que crea los Servicios de Salud y otros; 2.- D.S. 140/04 del Ministerio de Salud que reglamenta los Servicios de Salud; 3.- D.F.L. 1/19.414/97 del Ministerio de Salud; que separa los Servicios de Salud en Araucanía Norte y Sur; 4.- Decreto Supremo N 254/10 del Ministerio de Salud, que establece orden de subrogancia. 5.- Ley N de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 6.- Decreto N 250, de 2004, del M. de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley N Resolución N 1600/08 de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente: RESOLUCION 1.- ACÉPTASE la oferta presentada por PABLO HERNAN SANHUEZA CRISTOBAL (MASTER HOME); Rut N con domicilio en calle Imperial N 84, Población Diego Portales, comuna de Nueva Imperial, en la Licitación N 183/2015, denominada "SERVICIO DE RETIRO, TRANSPORTE Y DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN GENERAL DESDE LA DSSAS" Y ADJUDÍCASELE la licitación señalada para proveer el producto que se menciona por haber obtenido mejor evaluación global en los ítem señalados, cumplir las especificaciones técnicas solicitadas y por ende, considerarse conveniente para los intereses del Servicio de acuerdo al siguiente detalle: Precio NETO por kilo de documentación a destruir, por cada vez que el servicio se requiera: De 200 a 500 kilos: $ 450 De 501 a Kilos: $ 450 De a kilos: $ 450 De o más kilos: $ 450 Precio por kilo, cantidad menor de 200 kilos (indicar la cantidad mínima): $ 450, Cantidad mínima: 150 Kilos Reajuste de precios: No habrá reajuste durante todo el contrato Plazo de puesta en marcha del servicio: Días hábiles de lunes a viernes, contados desde el día hábil siguiente de formalizada la adjudicación en o desde el día hábil siguiente de hecho el primer requerimiento: 2 días.
5 5 Plazo para realizar el servicio, durante el desarrollo del contrato (días hábil siguiente de recibido el requerimiento vía e mail: 2 días 2.- DÉJASE EXPRESAMENTE ESTABLECIDO que las condiciones esenciales a que se sujetan las contrataciones de acuerdo a las Bases Administrativas, Anexos, oferta, y aclaraciones, son las siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES GENERALES. La Dirección del Servicio de Salud Araucanía Sur, requiere en, forma regular y periódica, eliminar diferente documentación, archivos, carpetas, porque ya no se justifica mantenerlos en custodia. Con este objetivo se convocó a la presente licitación invitando a los oferentes del área que estén en condiciones de satisfacer la demanda a presentar ofertas, dejando constancia que el servicio licitado no se encuentra en hoy en el Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública.- SEGUNDO: MARCO REG U LATO RIO. La Licitación 183/15, denominada SERVICIO DE RETIRO, TRANSPORTE Y DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN GENERAL DESDE LA DSSAS se regirá por las normas y condiciones que expresamente se señalen en estas Bases Administrativas y Técnicas, en adelante, Bases. Serán, por tanto, el instrumento oficial que regule todo el Proceso de Contrato de Suministro materia de la presente licitación. Además, le son aplicables las disposiciones de la Ley , de compras y contratación pública y por su Reglamento contenido en el DS. 250/04, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones. Está prohibido aceptar, en beneficio del Servicio, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. Forman parte de estas bases: Anexo N 1, Identificación del Proveedor; Anexo N 2, Declaración Jurada simple, Inhabilidades; Anexo N 3, Oferta económica y características de lo ofertado; Preguntas, respuestas, aclaraciones. TERCERO: OBJETO DE LA CONTRATACION. Se requiere contratar servicio para el retiro, transporte y DESTRUCCIÓN de documentación en general de la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Sur, con oficinas en A. Prat 969 y Andrés Bello 636, Temuco. En la actualidad la documentación a eliminar es de (dos mil) kilos, aproximadamente, siendo esas cantidad lo que se podría generar en un año. El contrato se cursará por veinticuatro meses, a contar del día hábil siguiente de publicada en mercadopublico.cl la resolución, totalmente, tramitada, que lo apruebe. Condiciones generales del servicio a contratar: - El proveedor deberá disponer del apoyo logístico necesario para el retiro, transporte y DESTRUCCIÓN de la documentación que le indique, (personal, vehículo, balanza, bolsas, cajas, lugar de acopio, incinerador, otros) La documentación a eliminar será papelería, carpetas de cartón y de plásticos, archivadores de palanca, catálogos, fichas técnicas y otros artículos propios del trabajo de oficinas.
6 6 Dentro de la forma de destrucción deberá considerar el incinerado y el picado de los documentos. La técnica emplear, será especificada por el Servicio, dependiendo de lo que se esté eliminado. - Tanto el medio de transporte a utilizar, como el personal que realizará el retiro, deberán garantizar adecuadas medidas de seguridad para lo requerido. - El proveedor deberá disponer, sea propio contratado, de equipos para incinerar, así como del lugar para el acopio transitorio de la documentación. - Por regla general, la documentación a eliminar se le entregará en un solo lugar dentro de cada edificio. Cada requerimiento de servicio será hecho al proveedor, vía e mail, por la Coordinación del contrato y los plazos se empezarán a contar a partir del día hábil siguiente de hecha la petición. CUARTO: DE LOS PRECIOS Y CARACTERÍSTICAS DE LO OFERTADO. El precio por kilogramo de documentación, independiente del material que se deba destruir. Debe incluir el servicio integral, es decir, pesaje, carga, transporte, almacenaje temporal y destrucción total. Según el siguiente detalle: Precio NETO por kilo de documentación a destruir, por cada vez que el servicio se requiera: De 200 a 500 kilos: $ 450 De 501 a Kilos: $ 450 De a kilos: $ 450 De o más kilos: $ 450 Precio por kilo, cantidad menor de 200 kilos (indicar la cantidad mínima): $ 450, Cantidad mínima: 150 Kilos Reajuste de precios: No habrá reajuste durante todo el contrato Plazo de puesta en marcha del servicio: Días hábiles de lunes a viernes, contados desde el día hábil siguiente de formalizada la adjudicación en o desde el día hábil siguiente de hecho el primer requerimiento: 2 días. Plazo para realizar el servicio, durante el desarrollo del contrato (día hábil siguiente de recibido el requerimiento vía e mail: 2 días QUINTO: ADJUDICACIÓN, INADMISIBILIDAD O DESERCIÓN. Adoptada la decisión por la Dirección del Servicio, se procederá, dictar Resolución que apruebe la adjudicación en un plazo aprox. de 30 días contados desde el cierre de la licitación, la que hará las veces de resolución-contrato para todos los efectos legales. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación,
7 7 el Servicio deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación. Considerando lo señalado por la Comisión de Evaluación se podrán declarar inadmisible las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases y se declarara desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada. El resultado de la Propuesta se comunicará a todos los oferentes una vez cumplido el trámite administrativo de los antecedentes a través del Portal Mercado Público. SEXTO: RESPONSABLE DEL PROCESO DE LICITACIÓN y DE RESPONDER LAS CONSULTAS POR LA ADJUDICACIÓN O DESERCIÓN. Manuel Valenzuela Daza, manuele.valenzuela@redalud.gov.el o quien lo subrogue. SEPTIMO: CONDICIONES DE CONTRATACION. Una vez adjudicada la Licitación, el adjudicatario o entidad contratista deberá firmar la resolución-contrato, que hará las veces de contrato para todos los efectos legales, dentro de los 10 días corridos contados desde la notificación de la Adjudicación efectuada a través del Portal del Mercado Público. Dentro del mismo plazo deberá ingresar certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales. La citada resolución - contrato, será redactada por el Servicio tomando como base el texto de las presentes Bases de Licitación, y los gastos en que se incurra con ocasión de la suscripción del mismo serán de cargo exclusivo del adjudicatario. La no presentación de este documento se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Servicio para adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere (Art. 71 del Decreto 250), siempre y cuando dicha oferta sea conveniente a los intereses del Servicio. El contrato se cursará por veinticuatro meses, a contar del día hábil siguiente de publicada en mercadopublico.cl la resolución, totalmente, tramitada, que lo apruebe. En el evento que el oferente seleccionado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o bien no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte, conforme a lo dispuesto en el 6 de la ley N sobre Presupuesto de la Nación año 2015 OCTAVO: DE LA RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR O ADJUDICATARIO. Se deja expresamente establecido que el Servicio de Salud Araucanía Sur no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto del personal que el Prestador contrate o destine para el otorgamiento de las Prestaciones materia de esta Propuesta Pública, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Prestador, quien otorgará las Prestaciones bajo su propia responsabilidad y riesgo. El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El
8 8 Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus trabajadores, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en las disposiciones pertinentes del Código Civil. NOVENO: DE LA COORDINACIÓN DEL CONTRATO. La coordinación y la responsabilidad de la parte operacional del contrato coordinación y responsabilidad operacional del contrato de parte de la Dirección del Servicio, será la jefatura del Sub Depto. de Administración Interna, o de quien la subrogue. DECIMO: MULTA por atraso en la puesta en marcha o Plazo para realizar el servicio: El atraso en la puesta en marcha dará origen a que el Servicio de Salud aplique multa equivalente 0,5 UTM, por cada día hábil, de lunes a viernes, de atraso. El plazo se empezará a contar desde el día hábil siguiente de la publicación en el portal mercadopublico.cl de la resolución -contrato, o bien desde el día hábil siguiente de requerido el primer servicio por la coordinación contrato.- El atraso en el plazo para realizar el servicio dará origen a que el Servicio de Salud aplique multa equivalente 0,5 UTM, por cada día hábil, de lunes a viernes, de atraso. El plazo se empezará a contar desde el día hábil siguiente de requerido el servicio por la coordinación contrato.- La multa se cursará administrativamente, a requerimiento de la jefatura de Administración interna Abastecimiento de la Dirección del Servicio de Salud, una vez resuelta la posible apelación, la que se podrá hacer dentro de los cinco días de notificada, sin forma de juicio, y se pagará con cheque nominativo a nombre del SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA SUR. En casos justificados, no pago oportuno, se podrán deducir de la factura pendiente de pago. No se dará curso al pago de ninguna factura si hay pago de multa pendiente. UNDECIMO: DEL FINANCIAMIENTO. El financiamiento de este servicio será con cargo al presupuesto de la Dirección del Servicio Salud Araucanía Sur, ítem , otros servicios. DUODECIMO: DE LA FACTURACIÓN. El proveedor deberá emitir las facturas a nombre del Servicio Salud Araucanía Sur, RUT , Arturo Prat 969, Temuco. A cada factura deberá adjuntar el detalle de los kilos de documentos eliminados, detalle que tendrá que estar suscrito, además, por un (una) responsable de la Dirección del Servicio de Salud. DECIMO TERCERO: DEL PAGO. El pago se hará al contado, por cada servicio entregado y recibido conforme por la coordinación del contrato, debiendo adjuntar un certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales como requisito para cursar el pago. No se dará curso al pago de ninguna factura si hay pago de multa pendiente o se constata que el adjudicatario se encuentra incorporado en algún registro por incumplimientos laborales, de remuneraciones o previsionales.- DECIMO CUARTO: CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO. En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio de Salud dentro de un plazo de 48 Horas siguientes de su celebración y ampliar hasta 30 días corridos el plazo para reclamar del contenido de la factura, según el
9 9 artículo 3 o NÚMERO 2 DE LA Ley Asimismo, la unidad Técnica deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la DECIMO QUINTO: DE LA CONFIDENCIALIDAD: Atendida la naturaleza de los trabajos que se otorgarán, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Prestador son confidenciales por estar cautelados por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la que el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir, o difundir, o reproducir cualquier información que en ellos se contenga a toda persona, natural o jurídica, que no sea el Servicio de Salud. El Adjudicatario se asegurará que sus trabajadores cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá al término del CONTRATO respectivo. DECIMO SEXTO: INTERPRETACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS. Cualquier diferencia en la interpretación de estas Bases Administrativas será resuelta por el Servicio de Salud Araucanía Sur a través del Depto. Asesoría Jurídica de la Dirección del Servicio. DECIMO SEPTIMO: MODIFICACION Y TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO. Se deja expresa constancia que el presente contrato tiene el carácter de administrativo, y que por lo mismo podrá modificarse o terminarse anticipadamente por resolución fundada del Servicio de Salud, COMO LO ESTABLECE EL ART. 13 DE LA LEY sin perjuicio de los casos señalados en las Bases Administrativas, en los siguientes causas: a.- Que el proveedor atrase más de 5 días hábiles en poner en marcha el servicio, de acuerdo al plazo ofertado. Esto, independiente de la multa. b- Que el Proveedor fuere declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia. c.- Si el proveedor incumpliere gravemente, cualquiera de sus obligaciones contempladas en el contrato, por ejemplo, no tomar los debidos resguardo de seguridad para la entrega del servicio, disponer de vehículo u otro apoyo logístico de menor calidad al ofertado. d.- Terminación de común acuerdo. e.- Otras causales de término de contrato, establecidas en el Art. 13 de la ley , de compras públicas o en su reglamento. Con relación a la resolución fundada de terminación o de modificación se deberá cumplir con lo establecido en el art. 79 del DS. 250/04 del Ministerio de Hacienda. Si la causa por la cual se da por terminado unilateralmente el contrato, es imputable al CONTRATISTA el Servicio dejará constancia del hecho en mercadopúblico.cl y lo calificará con la nota mínima en el sistema que tiene, para el efecto, dicho portal web.
10 10 DECIMO OCTAVO: DE LOS PLAZOS: se entienden corridos salvo mención expresa en orden a ser Hábiles. DECIMO NOVENO: PRORROGA DE LA COMPETENCIA. Las partes prorrogan la competencia para la ciudad de Temuco. 3.- IMPÚTESE el gasto que origina la adquisición con cargo al presupuesto de la Dirección del Servicio Salud Araucanía Sur, ítem , otros sen/icios. 4.-DÉJASE EXPRESAMENTE ESTABLECIDO que el presente instrumento cumple las veces de una orden de compra, y Resolución contrato para los efectos de materializar la adquisición que se adjudica. 5.- FORMAN PARTE DE ESTA RESOLUCIÓN, las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, oferta y aclaraciones presentadas por cada proveedor. 6.- NOTIFÍQUESE, la presente Resolución al proveedor adjudicado, entregando (2) copias íntegra de la misma para su suscripción ante Notario, en señal de aceptación de sus estipulaciones, debiendo devolverse una a nombre del Director del Servicio de Salud Araucanía Sur y PUBLÍQUESE en el portal. ANÓTESE Y COMUNÍQUESE No 1186/ Distribución: Interesado (2) Subdepto. de Abastecimiento Depto. de Finanzas Depto. Jurídico Depto. de Auditoría Archivo
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