Procedimiento de Actuación marco. en el ámbito de protección civil SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Procedimiento de Actuación marco. en el ámbito de protección civil SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN"

Transcripción

1

2 Procedimiento de Actuación marco en el ámbito de protección civil SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN 2. OBJETO, AMBITO Y ACTIVACIÓN DEL PLAN 2.1. Objeto 2.2. Ambito y activación del Plan 3. LA COORDINACIÓN Y DIRECCIÓN DE LA EMERGENCIA 4. FUNCIONES DE LOS CENTROS DE COORDINACIÓN 4.1. C.C.E. Provincial 4.2. C.C.E. Autonómico 4.3. C.I.C.U. Provincial 4.4..Centro Gestor de la Información 5. LA ACTUACIÓN EN EL TERRENO 5.1. El director del PMA 5.2. Las Unidades Básicas de Intervención 5.3. Funciones de las Unidades Básicas de Intervención 6. LA INFORMACIÓN DE LA EMERGENCIA 6.1. Introducción 6.2. Sobre el flujo de la información 6.3. Criterios generales. sumario

3 1. INTRODUCCIÓN La Ley 2/85, de 21 de enero, sobre Protección Civil, establece en su artículo 8º la existencia de dos tipos de planes, los territoriales (de Comunidad Autónoma, Provinciales, Supramunicipales, Insulares y Municipales) y los especiales, por sectores de actividad, tipos de emergencia o actividades concretas. La Norma Básica de Protección Civil, aprobada mediante el Decreto 407/92, de 24 de abril, establece en su artículo 3.2. que los Planes Territoriales de Comunidad Autónoma podrán tener carácter de Plan Director, estableciendo el marco organizativo general de forma que permita la integración de los Planes de ámbito inferior. El Plan Territorial de Emergencia de la Comunidad Valenciana (en adelante PTE), aprobado mediante el Decreto 243/93, de 7 de diciembre, se constituye (punto 4.4.) en Plan Director y establece que se elaborarán Procedimientos de Actuación frente a aquellos riesgos con incidencia en la Comunidad Valenciana que no dispongan de directriz básica para su elaboración, de este modo, en la Comunidad Valenciana, se ha abordado la elaboración de diversos Procedimientos de Actuación frente a riesgos no incluidos en el artículo 6º de la Norma Básica, como: Procedimiento de Actuación frente al riesgo de Nevadas. Procedimiento de Actuación de Seguridad Externa de la empresa CLH (Alicante). Plan de Emergencia Exterior de la Autoridad Portuaria de Valencia. De acuerdo con el PTE, los Procedimientos de Actuación entran en vigor con el informe favorable de la Comisión de Protección Civil de la Comunidad Valenciana. Asimismo, el punto 7.4 del PTE, establece las actuaciones generales a desarrollar por los Centros Provinciales de Coordinación de Emergencias en aquellas emergencias genéricas frente a las cuales no exista planificación específica. El punto 8º del PTE regula las actuaciones genéricas a desarrollar en aquellos accidentes en los que haya que abordar el rescate y salvamento de personas. La experiencia adquirida en los últimos años, demuestra que existe un abanico de emergencias (frente a las cuales no existe planificación específica), en las que se requiere la constitución de un Puesto de Mando Avanzado, que garantice que en el terreno se efectúe la adecuada coordinación de los recursos movilizados. Por otra parte, la existencia de varios centros de coordinación para la movilización de los servicios operativos, hace necesario establecer un procedimiento marco que defina las funciones de cada uno de ellos en estas situaciones y las interrelaciones entre los mismos. Si bien el PTE puede ser activado para la resolución de cualquier emergencia, es aconsejable la redacción de un nuevo procedimiento de actuación que articule la coordinación de los recursos públicos y privados frente a aquellas emergencias que no dispongan de planificación específica, desarrollando los criterios generales de planificación establecidos en el PTE. pág.: 1

4 2. OBJETO, ÁMBITO Y ACTIVACIÓN DEL PLAN 2.1. Objeto El presente procedimiento de actuación, regula las acciones a desarrollar por los distintos servicios intervinientes, en aquellas emergencias que provoquen situaciones de grave riesgo, gran número de víctimas o graves daños materiales o medioambientales, frente a las cuales no exista planificación específica de la Comunidad Autónoma, completando las directrices establecidas en el punto 7.4. del PTE. A su vez, el presente procedimiento será complementario de los planes territoriales, especiales y procedimientos de actuación actualmente en vigor en lo referente a la información a facilitar a los medios de comunicación y al público en general, en las actuaciones médico-legales, en la atención psicológica en la emergencia y en materia de la participación del personal voluntario. En especial, el presente procedimiento será de aplicación en las siguientes emergencias: Accidentes en el transporte de viajeros (carretera, ferrocarril, aire) que involucren a numerosas víctimas o a medios de transporte colectivo (no será de aplicación en los accidentes aéreos en las zonas de influencia de los aeropuertos, que vienen contempladas en los Planes de Emergencia Exterior de los mismos). Operaciones de rescate y salvamento en tierra, aguas continentales y medio subterráneo (el rescate y salvamento marítimo está regulado en el convenio de colaboración para el salvamento de vidas humanas en el mar y la lucha contra la contaminación marina). Derrumbamiento de viviendas y grandes incendios urbanos con gran número de víctimas. Accidentes industriales en empresas no afectadas por el artículo 6º del Real Decreto 886/88, con gran número de víctimas, que afecten al exterior de la industria o que provoquen alarma social Ambito y activación del Plan. De acuerdo con el PTE, la Generalitat Valenciana ostenta la competencia en la dirección de las emergencias que sucedan en el ámbito de la Comunidad Valenciana, salvo en aquellas cuya aplicación venga exigida por el interés nacional. El presente Procedimiento se aplicará en todos los municipios de la Comunidad Valenciana, salvo en aquellos que exista un Plan de Actuación Municipal concreto para este tipo de emergencias, anexo a su Plan Territorial Municipal, que deberá haber sido aprobado por el Pleno de la Corporación y homologado por la Comisión de Protección Civil de la Comunidad Valenciana. pág.: 2

5 De este modo, en los municipios que no dispongan de Plan de Actuación Municipal, el presente procedimiento se activará a criterio del Director del mismo o a petición del Alcalde del municipio afectado cuando las consecuencias de la emergencia así lo justifiquen. El procedimiento no se activará en aquellas urgencias / emergencias "cotidianas", que se resolverán con la movilización de los recursos habituales. En dichas emergencias, no se justifica la necesidad de constitución del Puesto de Mando Avanzado, por lo que la coordinación de las actuaciones a desarrollar por los diferentes servicios movilizados será efectuada por el mando de cada servicio en el terreno. El mando del Servicio operativo que se encuentre en el lugar de la emergencia y que por su gravedad considere la necesidad de activación del Procedimiento, lo solicitará a través del CCE Provincial. En los municipios que dispongan de Plan de Actuación Municipal, el Centro Provincial de Coordinación de Emergencias y, en su caso, el Centro de Coordinación de Emergencias Autonómico, colaborarán con el Centro de Coordinación Municipal aportando los recursos que desde éste se soliciten. No obstante lo anterior, dependiendo de la gravedad de la emergencia y el volumen real o previsible de llamadas de afectados, familiares y medios de comunicación social, el Director del presente procedimiento, a requerimiento del director del Plan de Actuación Municipal, podrá efectuar la activación parcial del procedimiento, con el objeto de asumir, por parte del Centro de Coordinación de Emergencias (Provincial o Autonómico) ciertas funciones asignadas por el Plan de Actuación Municipal al CECOPAL como: el establecimiento del teléfono de atención a víctimas o familiares y la información a los medios de comunicación. 3. LA COORDINACIÓN Y DIRECCIÓN DE LA EMERGENCIA Para hacer frente a las emergencias participan (en la coordinación y dirección de las mismas) los siguientes centros: Los Centros Provinciales de Coordinación de Emergencias de la Generalitat Valenciana (CCE Provincial) Los Centros de Información y Coordinación de Urgencias (CICU), de la Conselleria de Sanidad, de ámbito provincial. El/los Centros de Coordinación Operativa Municipal (en caso de disponer el/los municipio/s afectados de Plan Territorial de Emergencia). El CCE ubicado en L'Eliana actuará como CCE Provincial (para la provincia de Valencia) y como CCE Autonómico. La coordinación de la emergencia será asumida por el CCE Provincial correspondiente. El CCE Autonómico actuará como órgano de apoyo del mismo, movilizando los recursos solicitados por éste y desarrollando las funciones que se le asignan en el presente procedimiento. pág.: 3

6 La relación existente entre los distintos centros de coordinación en cuanto a solicitud de movilización de recursos será la siguiente. (* ) CICU Provincial (* ) CCE Autonómico CCE Provincial CECOPAL/ES Municipal Otros centros de coordinación de carácter autonómico como: Puesto de Mando de RENFE Centro de Gestión de Tráfico Otros centros de coordinación de carácter provincial como: Central Comunicaciones Cio. Valencia Delegación / Subdelegación del Gobierno. Jefatura Provincial de Tráfico COS /COTA de la Guardia Civil Jefatura Provincial del Cuerpo Nacional de Policía CPC Cruz Roja (**) C.C.E. Autoridad Portuaria de Valencia, Castellón y Alicante Puesto de Mando Metro de Valencia Gabinetes Circulación FGV (Valencia-Alicante) (*) El CICU se relacionará con el centro que coordine la emergencia. Por norma general, este centro será el CCE Provincial, pero pueden darse casos en que dicha coordinación sea asumida por el CCE Autonómico o, en caso de disponer el municipio de Plan de Actuación Municipal específico, por el CECOPAL. (**) El CPC Cruz Roja, cuando realice tareas sanitarias, evacuación de heridos o primeros auxilios, se relacionará directamente con el CICU, sin menoscabo de su relación con el CCE Provincial. Por delegación del Conseller de Justicia y Administraciones Públicas, el Director del presente Procedimiento será el Director General de Interior, que en caso de ausencia, será sustituido por el Jefe del Área / Servicio del Servicio de Emergencias de la Generalitat. El máximo responsable del CCE Provincial efectuará la activación del presente procedimiento, previa notificación y visto bueno del Director del Procedimiento, salvo que la gravedad de la emergencia aconseje la activación inmediata y posterior notificación. Cuando la repercusión de la emergencia, las consecuencias de la misma o la disponibilidad de recursos a movilizar, requieran una dirección a nivel Autonómico, el Director del Procedimiento, a iniciativa propia o a requerimiento del responsable del CCE Provincial, podrá establecer que el CCE Autonómico asuma la coordinación de la emergencia. Asimismo, en situaciones de especial gravedad, en las que se requiera la constitución del CECOPI, el Director del Procedimiento en coordinación con el Delegado / Subdelegado del Gobierno, valorará la necesidad de la activación del Plan Territorial de Emergencia de la Comunidad Valenciana. pág.: 4

7 ORGANIGRAMA DE COORDINACIÓN Y MANDO DEL PROCEDIMIENTO Director del Procedimiento Conseller de Justicia y AA.PP. Director General de Interior Jefe de Servicio del Área de Emergencias C.C.E. Provincial - Castellón Director Técnico del Consorcio Provincial de Bomberos de Castellón. C.C.E. Autonómico / Provincial - Valencia Jefe de Servicio del Área de Emergencias. C.C.E. Provincial - Alicante Director Técnico del Consorcio Provincial de Bomberos de Alicante. DIRECTOR DEL P.M.A. Mando de Bomberos Mando de la Guardia Civil tráfico en accidentes en vías interurbanas Coord. G. Interv. Mando de bomberos (según ámbito territorial) Coord. G. Seguridad Mando G. Civil/ Policía Nacional/ Policía Local (según ámbito territorial y Coord. G. Sanitario Médio del SAMU (designado por el CICU) Coord. G. Judicial Médico Forense (designado por el Director del IML de la provincia) ESCENARIO DE LA EMERGENCIA 4. FUNCIONES DE LOS CENTROS DE COORDINACIÓN Los Centros de Comunicaciones de cualesquiera de los servicios de emergencia que pudieran recibir la noticia de un accidente de los regulados en este procedimiento, pondrán en comunicación de inmediato la noticia al CCE Provincial el cual procederá a la puesta en marcha del presente procedimiento en coordinación con el CCE Autonómico. pág.: 5

8 4.1. Centro de Coordinación de Emergencias Provincial Notificación/movilización de los recursos necesarios para el control de la emergencia. Activación de todos los Centros de coordinación necesarios para el control de la emergencia. Seguimiento de las actuaciones de los servicios intervinientes en el siniestro, a través del Director del PMA Facilitar toda la información sobre el estado y evolución del incidente al CCE Autonómico. Recabar del CICU toda la información relacionada con el número de accidentados, estado de los mismos, filiación y hospitales a los que hayan sido evacuados, así como de la evolución de su estado. Recabar del COS o del COTA (en Valencia y Alicante en caso de accidentes de Tráfico en carretera)/ Cuerpo Nacional de Policía, el listado de fallecidos. Movilización de los Grupos de Rescate disponibles en su provincia. Solicitar al CCE Autonómico, los recursos complementarios que considere necesarios para la resolución de la emergencia. Prever y alertar sobre posibles necesidades de activar Planes Sectoriales y la asistencia psicológica a las personas relacionadas con el incidente que no hayan resultado directamente afectadas. Articular los medios para su traslado definitivo. Prever la necesidad, cuando existan numerosos fallecidos, del establecimiento de tanatorios y la movilización de servicios funerarios así como de otros medios especiales (vehículos frigoríficos, tienda móvil para labores médico-forenses). Prever la necesidad de movilización de intérpretes cuando en la emergencia se vean involucradas personas de nacionalidad extranjera. Informar del accidente a los ayuntamientos/cecopales de los municipios afectados Centro de Coordinación de Emergencias Autonómico Notificación/movilización de los recursos necesarios para el control de la emergencia, solicitados desde el CCE Provincial Recibir del CCE Provincial toda la información relacionada con el accidente. Movilización del Helicóptero de emergencias y P. Civil y del Sanitario. Movilización de los Grupos de Rescate. Solicitar, en caso necesario, a la Delegación del Gobierno la movilización del EMAT (Escalón Médico Avanzado del Ejército de Tierra). Movilización del grupo de psicólogos expertos en catástrofes, a través del Colegio de Psicólogos de la Comunidad Valenciana, a solicitud del Coordinador de la Unidad Básica Sanitaria o del CICU correspondiente. El CCE Autonómico asumirá: La información sobre la emergencia a los centros de coordinación de emergencias de otras comunidades autónomas, cuando se confirme la existencia de víctimas con residencia en las mismas. pág.: 6

9 Si en la emergencia hubiesen personas de nacionalidad extranjera, se procederá a informar del hecho a la Delegación del Gobierno. El CCE Autonómico en coordinación con el CCE Provincial asumirá las labores complementarias que surjan en el transcurso de la emergencia hasta que la misma haya finalizado CICU Provincial Activación, movilización y coordinación de los recursos sanitarios necesarios para la atención a las víctimas en la primera fase de la emergencia. Establecimiento de los dispositivos sanitarios necesarios en las siguientes fases de la emergencia en coordinación con el resto de grupos operativos. Designación del Coordinador de la Unidad Básica Sanitaria en el PMA Contacto con hospitales para organización de recepción de múltiples víctimas. Seguimiento del estado de los accidentados a través del Coordinador de la Unidad Básica Sanitaria en el PMA, indicando al mismo sobre el traslado de los heridos a los Centros Hospitalarios. Solicitar al Coordinador de la Unidad Básica Sanitaria los datos de filiación de los viajeros heridos por el accidente y trasladar dicha información al CCE Provincial. Confirmar la llegada y el estado de los accidentados con los responsables de los hospitales receptores. Proporcionar periódicamente al centro que gestione la información de la emergencia, el listado de accidentados tal y como se describe en el punto 5º. En definitiva, asegurar el cumplimiento de los objetivos definidos en el Plan Sanitario de Emergencia Centro Gestor de la Información Tal y como se describe en el apartado 6º, el C.C.E. Provincial o el C.C.E. Autonómico, si así lo decide el Director del Procedimiento, coordinará la información a suministrar a los medios de comunicación social y al público en general. Esta coordinación puede resumirse en las siguientes funciones: Establecer el teléfono de información a víctimas o familiares de los posibles afectados por el accidente / emergencia. Establecer el Gabinete de Información, que asumirá la información oficial a los medios de comunicación, desarrollando las funciones establecidas en el punto 6.1. Proporcionar información de retorno al resto de centros de coordinación. pág.: 7

10 5. LA ACTUACIÓN EN EL TERRENO El Director del PMA En el lugar donde ocurra la emergencia se constituirá el Puesto de Mando Avanzado (PMA), que estará a cargo del mando de mayor rango del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento competente en el lugar del accidente, salvo, en los accidentes de tráfico en vías interurbanas, en los que la citada dirección será asumida por el mando de mayor rango del cuerpo de la Guardia Civil (Agrupación de Tráfico). Los accidentes en el transporte de mercancías peligrosas quedan fuera del ámbito de este procedimiento estando regulados mediante Plan Especial según el decreto 132/98, en el que se define que la dirección del PMA será asumida por el Mando de mayor rango del Servicio de Bomberos. El Director del PMA (Mando de Bomberos / Mando de la Guardia Civil), deberá nombrar un coordinador para la Unidad Básica de Intervención Directa / Unidad Básica de Seguridad Las Unidades Básicas de Intervención Los recursos movilizados por los distintos centros de coordinación, se organizarán en el terreno en las siguientes Unidades Básicas de Intervención: UNIDAD BÁSICA SANITARIA: formado por los recursos sanitarios asistenciales, de transporte sanitario y equipo de asistencia psicológica. UNIDAD BÁSICA DE INTERVENCIÓN DIRECTA (o de RESCATE Y SALVAMENTO): formado por los recursos pertenecientes al Servicio de Extinción de Incendios competente en el lugar del accidente así como, otros especialistas en rescate y salvamento movilizados. UNIDAD BÁSICA DE SEGURIDAD: formado por el personal de las Fuerzas del Orden (Guardia Civil, Policía Local, Policía Nacional y Policía Autonómica). En aquellas emergencias en las que se produzcan fallecidos y se desplace al lugar de la misma el/los médico/s forense/s, la policía científica y judicial y, en su caso, la autoridad judicial, se podrá constituir la Unidad Básica Judicial con las funciones descritas en el punto 5.3. pág.: 8

11 La coordinación de estas Unidades Básicas será ejercida desde el Puesto de Mando Avanzado por los siguientes responsables: UNIDAD BÁSICA SANITARIA: el médico del equipo SAMU. En caso de haber más de un equipo, el CICU de la provincia afectada designará el médico del SAMU que realizará las tareas de coordinación. UNIDAD BÁSICA DE INTERVENCIÓN DIRECTA (o de RESCATE Y SALVAMENTO): mando del Servicio de Extinción de Incendios competente en el lugar del accidente. UNIDAD BÁSICA DE SEGURIDAD: Mando del Cuerpo Nacional de Policía / Guardia Civil / Policía Local, de acuerdo con las competencias según donde se produzca la emergencia. UNIDAD BÁSICA JUDICIAL: La coordinación de esta Unidad, en las funciones médico-forenses, será asumida por el Médico Forense que designe el Director del Instituto Médico Legal de la provincia afectada. No obstante lo anterior, y en función del tipo de emergencia o la presencia en el terreno de personal no descrito anteriormente, el Director del PMA podrá establecer la constitución de otras Unidades Básicas (Asistencia Técnica, Apoyo Logístico,...), designando el responsable, que se integrará en el PMA y se hará cargo de la coordinación de las actuaciones del personal adscrito a la Unidad. Participación de personal voluntario: Los colectivos de voluntarios que acudan al lugar del accidente se encuadrarán en la Unidad Básica Sanitaria o en la Unidad Básica de Seguridad (según el tipo de colectivo voluntario que se trate). Cuando se encuadren dentro de la Unidad Básica Sanitaria, su participación en la emergencia se entiende en dos vertientes: como personal auxiliar sanitario y en labores de transporte sanitario. A su llegada al lugar de la emergencia, se pondrán a la orden del Coordinador Sanitario, actuando siempre y sea cual sea la tarea encomendada bajo la dirección del personal sanitario. Mención especial merece el transporte sanitario, en la que la evacuación de los accidentados por parte de este personal se realizará siguiendo de forma estricta las indicaciones del responsable sanitario en el centro / noria de evacuación y en su defecto por el Coordinador Sanitario. Cuando desarrollen funciones dentro de la Unidad Básica de Seguridad, será necesario que un responsable del personal voluntario esté en contacto directo con el Coordinador de la citada Unidad, a efectos del establecimiento y seguimiento de funciones a desarrollar por el citado colectivo. Se recuerda, que este dispositivo, como todos los dispositivos de emergencia, representa una responsabilidad plena para los mandos intervinientes, que deben asegurar la dirección sobre el terreno de los recursos asignados a cada Unidad, independientemente de su origen público o privado y de la administración que los detente. Dicha responsabilidad deberá ser ejercida, si fuese necesario, con el apoyo de las fuerzas del orden en el terreno. pág.: 9

12 5.3. Funciones de las Unidades Básicas de Intervención Funciones del Director del PMA: Constituir el PMA En la fase inicial, asumir funciones y agrupar componentes de todas las Unidades Básicas de Intervención. Dirigir y coordinar in situ las actuaciones de las diferentes Unidades Básicas, para hacer frente a la emergencia, con el fin de optimizar los recursos humanos y materiales disponibles. Solicitar al CCE Provincial los recursos necesarios para la atención de la emergencia. Recabar y canalizar la información entre el lugar de la emergencia y el CCE Provincial. En aquellos accidentes en que se hayan producido fallecidos, se llevarán a cabo las siguientes actuaciones complementarias: Para proceder al levantamiento de cadáveres, previamente se procederá a dar aviso a la autoridad judicial a través del Servicio de Orden competente en la zona del siniestro. A la llegada de la autoridad judicial, el Director del PMA facilitará los medios necesarios para el establecimiento de la zona de ubicación de fallecidos y seguirá sus instrucciones para la preservación de pruebas y escenarios. En caso de accidentes que por su gravedad se estime oportuno, el Director del presente Procedimiento podrá estimar la conveniencia de desplazar un responsable del Área de Emergencias, que actuará en el terreno como representante de la Dirección General de Interior apoyando al Director del PMA en aquellas tareas que éste considere. En estos casos, el Director del Procedimiento comunicará dicha movilización al responsable del CCE Provincial. Funciones del Coordinador de la Unidad Básica de Intervención Directa: Coordinar la actuación de los recursos adscritos a su Unidad en el lugar del accidente. Establecer la zonificación de seguridad. Establecer, con la colaboración del resto de coordinadores de las Unidades Básicas, las medidas de protección a la población y al medio ambiente. Funciones del Coordinador de la Unidad Básica Sanitaria Establecer, en coordinación con el Director del PMA, el puesto de asistencia sanitaria Dirigir y coordinar la actuación de todo el personal sanitario en el lugar de la emergencia. pág.: 10

13 Dirigir y coordinar la evacuación de los heridos en el lugar del siniestro, según instrucciones del CICU. Para esta función se contará con el auxilio de la Policía a fin de asegurar la evacuación ordenada y en el medio de transporte más adecuado. Dirigir y coordinar la actuación de los colectivos voluntarios en las tareas sanitarias. Informar al CICU y al director del PMA sobre el estado y filiación de los heridos. Una vez solucionada la respuesta inmediata a la emergencia, asistencia in situ y evacuación de los heridos, el coordinador de la Unidad Sanitaria junto con el coordinador forense y el responsable de los piscólogos, establecerán la infraestructura para la resolución de las fases posteriores de la emergencia, así como la distribución del personal voluntario destinado a tareas socio-sanitarias. Valorar la necesidad de la atención psicológica en la emergencia y activar al grupo de psicólogos a través del CCE. A solicitud del Coordinador de la Unidad Sanitaria, se movilizará un grupo de psicólogos expertos en catástrofes que efectuará las siguientes funciones: 1. En el lugar del siniestro: Atención a víctimas y familiares. Atención al personal de las Unidades Básicas y voluntarios Preparación psicológica de familiares para el reconocimiento de cadáveres 2. En el tanatorio o zona habilitada para el reconocimiento de cadáveres: Apoyo y acompañamiento a familiares para el reconocimiento de cadáveres 3. Actuaciones posteriores: Se elaborarán unas fichas con el diagnóstico inicial y las técnicas de apoyo psicológico adoptadas para cada persona atendida. Dichas fichas se trasladarán a los psicólogos de las Unidades de Salud Mental de la Conselleria de Sanidad, como documentación de referencia para el seguimiento psicológico de dichas personas Funciones del Coordinador de la Unidad Básica de Seguridad: Coordinar las actuaciones de todo el personal adscrito a su Unidad Básica, de modo que se aseguren en todo momento: Hasta la llegada de los recursos sanitarios auxiliarán a los heridos, con la ayuda e indicaciones del Médico Coordinador del CICU. Seguridad Ciudadana y Orden Público. Control del tráfico, señalización y acordonamiento de la zona, cortes y desvíos. Control de accesos, facilitando el paso a los servicios de emergencia. pág.: 11

14 Evitar la pérdida de pruebas, huellas y vestigios. La protección de las propiedades. En caso de que hayan fallecidos dará aviso a la autoridad judicial. Custodia de la zona habilitada para depósito de cadáveres Habilitación de una zona para los medios de comunicación. En el caso de accidentes de tráfico por carretera, el coordinador de la Unidad Básica de seguridad, obtendrá la información que a continuación se relaciona, transmitiéndola al director del PMA y éste al CCE Provincial: Empresa transportista Organismo responsable que ejecuta el traslado Responsable (en su caso) de la contratación del trayecto Origen y destino del/los vehículo/s siniestrado/s Recabar los datos de los afectados no heridos Los miembros de esta Unidad asumirán las funciones generales descritas en el apartado siguiente, referentes a la Policía Judicial en base al R.D. 769/87. Funciones del Coordinador de la Unidad Básica Judicial: Coordinar las actuaciones de todo el personal adscrito a su Unidad, de modo que se aseguren en todo momento: Labores de identificación de heridos y fallecidos en colaboración con el Coordinador de la Unidad Básica Sanitaria, para el caso de los heridos. Habilitación de una zona para depósito y custodia de cadáveres. En caso necesario solicitará la movilización del equipo IVD (Identificación de víctimas). Investigación de causas y origen del siniestro. Instrucción de las primeras diligencias. Realizadas las labores de identificación y reconocimiento pertinentes, se elaborará el listado de personas fallecidas, que será transmitido al Centro que gestione la información. 6. LA INFORMACIÓN DE LA EMERGENCIA Introducción La información a facilitar sobre la emergencia, puede clasificarse en dos tipos: A) Información a los medios de comunicación social. B) Información a la población afectada. Esta información incluye la información sobre la situación real o previsible de la emergencia, medidas de autoprotección personal e información sanitaria sobre el estado y hospitales de destino a los que han sido evacuados los heridos, así como el establecimiento de un teléfono de atención a víctimas o familiares. pág.: 12

15 El centro que se responsabilizará de facilitar a los medios de comunicación social y a la población en general la información antes aludida será el CCE Provincial. No obstante lo anterior, en función de la gravedad y tipo de emergencia así como del número de llamadas estimadas y de las infraestructuras necesarias para el establecimiento del teléfono de atención a víctimas o familiares, el director del procedimiento, podrá decidir, por sí mismo o a requerimiento del responsable del CCE Provincial, que dicha gestión de información se efectúe (total o en parte) desde el CCE Autonómico. La información a transmitir a los medios de comunicación social y a la población en general, será elaborada de forma consensuada entre el CCE Provincial y el CCE Autonóm ico. El Centro Gestor de la Información proporcionará la información de retorno al resto de centros de coordinación y a la Delegación / Subdelegación del Gobierno, así como a cuantas autoridades / organismos autorizados lo soliciten. Para el desarrollo de las misiones a realizar, en el centro que gestione la información se establecerá un Gabinete de Información con las siguientes funciones: Difundir las órdenes, consignas y recomendaciones dictadas por el Director del Procedimiento, a través de los medios de comunicación social. Centralizar, coordinar y preparar la información general sobre la emergencia y facilitarla a los medios de comunicación social. Informar sobre la emergencia a cuantas personas u organismos lo soliciten. Obtener, centralizar y facilitar toda la información relativa a los posibles afectados, facilitando los contactos familiares y la localización de personas. Preparar la intervención de las autoridades en cualquier momento de la emergencia. El resto de centros de coordinación como el CICU, el COS o COTA de la Guardia Civil, la Jefatura Provincial del Cuerpo Nacional de Policía, el Centro de Control de Tráfico (teléfono de información de tráfico), Puesto de Mando de RENFE, Gabinete de Circulación de FGV, etc., evitarán dar información sobre la emergencia y en especial sobre el número de afectados por la misma, remitiendo a los solicitantes de la misma al Gabinete de Información establecido al efecto. El Centro de Gestión de tráfico, facilitará de acuerdo con sus competencias, la información que les sea requerida por la población, sobre el estado de las vías de comunicación e itinerarios alternativos, remitiendo a los solicitantes de la misma al Gabinete de Información para datos sobre víctimas (heridos y/o fallecidos). pág.: 13

16 6.2. Sobre el flujo de la información Para garantizar que todos los organismos con competencias en la materia están informados sobre la emergencia, el flujo que ha de seguir la información será el siguiente: COORDINADOR Unidad Básica de Seguridad COORDINADOR Unidad Básica de Intervención Directa COORDINADOR Unidad Básica Judicial (en caso de constituirse) COORDINADOR Unidad Básica Sanitario COS/COTA/ CNP/ C.G. Tráfico Director PMA CICU Provincial C.C.E. Provincial C.C.E. Autonómico Centro Gestor de la información CECOPAL Municipal / Ayuntamientos afectados informa Delegación / Subdelegación del Gobierno establece Teléfono de atención a víctimas o familiares Gabinete de información Consulados / Embajadas Otros centros de coord. de la Ad. Estado Medios de comunicación social 6.3. Criterios generales El Director del PMA recopilará de todos los Coordinadores de las Unidades Básicas de Intervención la información disponible en el lugar de la emergencia y la facilitará al CCE Provincial. pág.: 14

17 El Coordinador de la Unidad Básica Sanitaria, facilitará al CICU de la provincia afectada toda la información sanitaria sobre el estado y situación de los accidentados, filiación de los heridos, etc. Como regla general en el terreno no se dará información sobre la emergencia a los medios de comunicación social. En todo caso, si ello es conveniente, la competencia para dar la información sobre las actuaciones realizadas, la movilización de unidades y los recursos intervinientes, corresponderá al Director del PMA. Si dicho hecho se produce, el Director del PMA lo comunicará de forma inmediata al CCE Provincial, indicando la información facilitada a estos medios. El CICU de la provincia donde ha sucedido la emergencia, tras contacto con los hospitales de destino de las víctimas y en comunicación directa con el Coordinador de la Unidad Básica Sanitaria en el terreno, recapitulará toda la información sanitaria disponible y la transmitirá al centro de coordinación que se responsabilice de centralizar la información a facilitar a los medios de comunicación social. La Información a facilitar por el CICU Provincial al centro que gestione la información de la emergencia contendrá como mínimo un listado de las personas afectadas (sanitariamente) por la emergencia, dicho listado contendrá la siguiente información: nombre (si está identificado) o en su defecto sexo y edad aproximada estado (herido leve o grave) hospital de destino. La información sobre los fallecidos será facilitada por el COS o COTA de la Guardia Civil / Jefatura Provincial del Cuerpo Nacional de Policía. La información sanitaria que deba difundir el Gabinete de Información será únicamente la facilitada por el CICU provincial y la información sobre fallecidos será únicamente la facilitada por el COS o COTA/ CNP, tras los trámites pertinentes a efectuar por la autoridad judicial. La información sobre el estado de los accidentados cumplirá los requisitos establecidos en la legislación (*) vigente en cuanto a confidencialidad de datos médicos. El CCE Provincial recopilará y transmitirá al CCE Autonómico y a los ayuntamientos afectados toda la información sobre la génesis, situación y evolución de la emergencia. (*) Constitución Española, art. 18 apartado 3 y 4 Código Deontológico Médico, Capítulo IV artículos 16, 17, 18 y 19 Guía de Ética Médica Europea, artículo 7 y 8 Código Penal, Título X, capítulo primero, artículos 197, 198, 199, 200, 201 Ley de enjuiciamiento criminal, Título VII, artículos 579, 583 y 584 Ley Orgánica 3/86, de medidas especiales en materia de Salud Pública. Ley Orgánica 14/1986, Ley General de Sanidad. Ley 25/90, del medicamento Recomendación R(89)4, sobre recogida de datos epidemiológicos relativos a la atención sanitaria de carácter primario Recomendación R(97)5, relativa a la protección de datos médicos Ley Orgánica 5/92, sobre regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal. pág.: 15

18 La información a facilitar a los medios de comunicación social seguirá las siguientes normas: El contenido de la citada información será único y elaborado por el Gabinete de Información. El resto de centros de coordinación remitirán a los medios de comunicación social al Gabinete de Información, y las llamadas de familiares o público en general al teléfono de información habilitado al efecto. En ningún caso, la información a facilitar a los medios de comunicación contendrá listados de fallecidos o heridos que incluya los datos de filiación de los mismos. En todo caso, si se considera necesario, se dará información sobre el número total de heridos/fallecidos que la emergencia haya ocasionado. Todas las características descritas en cuanto a la información de la emergencia se mantendrán desde la activación del procedimiento o plan hasta que se declare el fin de la emergencia. pág.: 16

EL MODELO ESPAÑOL DE RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS QUIMICAS

EL MODELO ESPAÑOL DE RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS QUIMICAS EL MODELO ESPAÑOL DE RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS QUIMICAS Sonia Román Fernández Dirección General de Protección Civil y. SISTEMA ESPAÑOL DE PROTECCION CIVIL El Sistema Nacional de Protección Civil está

Más detalles

SIMULACRO. Accidente en el Transporte de Mercancías. Peligrosas por Carretera

SIMULACRO. Accidente en el Transporte de Mercancías. Peligrosas por Carretera SIMULACRO Accidente en el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera 2 y 3 de Octubre de 2013 Villalpando (Zamora) 1 Documento elaborado por el Servicio de Protección y Asistencia Ciudadana de la

Más detalles

ESTA EL VOLUNTARIO PREPARADO PARA LO QUE LA SOCIEDAD ESPERA DE ÉL?.

ESTA EL VOLUNTARIO PREPARADO PARA LO QUE LA SOCIEDAD ESPERA DE ÉL?. La sociedad actual nos obliga cada día a ser más competitivos en los distintos cometidos que debemos realizar, esto obliga a que nos hagamos la siguiente reflexión: ESTA EL VOLUNTARIO PREPARADO PARA LO

Más detalles

BÚSQUEDA Y SALVAMENTO EN MEDIO ACUÁTICO. Sistemática de Actuación

BÚSQUEDA Y SALVAMENTO EN MEDIO ACUÁTICO. Sistemática de Actuación BÚSQUEDA Y SALVAMENTO EN MEDIO ACUÁTICO Sistemática de Actuación OBJETIVOS El ERIE de Búsqueda y Salvamento Acuático tiene como principal tarea la localización y puesta en condiciones de seguridad de personas

Más detalles

INUNcyl ANEXO IX. PLANES DE ACTUACIÓN DE ÁMBITO LOCAL

INUNcyl ANEXO IX. PLANES DE ACTUACIÓN DE ÁMBITO LOCAL INUNcyl Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad Autónoma de Castilla y León ANEXO IX. PLANES DE ACTUACIÓN DE ÁMBITO LOCAL marzo 2010 índice anexo IX IX.1 INTRODUCCIÓN 5

Más detalles

Comunidad Autónoma de Galicia; Farmacovigilancia. DECRETO 170/2002, de 2 de mayo, de la Consellería de Sanidad de la Junta de Galicia

Comunidad Autónoma de Galicia; Farmacovigilancia. DECRETO 170/2002, de 2 de mayo, de la Consellería de Sanidad de la Junta de Galicia Comunidad Autónoma de Galicia; Farmacovigilancia DECRETO 170/2002, de 2 de mayo, de la Consellería de Sanidad de la Junta de Galicia por el que se crea la Red Gallega de Alerta sobre Riesgos Relacionados

Más detalles

EL CENTRO DE EMERGENCIAS Aragón. Manuel Goñi i Mascaraque

EL CENTRO DE EMERGENCIAS Aragón. Manuel Goñi i Mascaraque EL CENTRO DE EMERGENCIAS 112 SOS-Arag Aragón Manuel Goñi i Mascaraque GOBIERNO DE ARAGON Departamento de Presidencia Dirección n General de Justicia e Interior Servicio de Seguridad y Protección n Civil

Más detalles

GESTIÓN EMERGENCIAS EXTREMADURA Y PROTECCIÓN CIVIL DEL GOBIERNO DE EXTREMADURA SITUACIÓN EXTRAORDIANARIA POR INUNDACIONES EN LA CAEX

GESTIÓN EMERGENCIAS EXTREMADURA Y PROTECCIÓN CIVIL DEL GOBIERNO DE EXTREMADURA SITUACIÓN EXTRAORDIANARIA POR INUNDACIONES EN LA CAEX PROTECCIÓN CIVIL DEL GOBIERNO DE EXTREMADURA SITUACIÓN EXTRAORDIANARIA POR Dirección General de Administración Local, Justicia e Interior Consejería de Administración Pública ÍNDICE ACTIVIDAD CENTRO DE

Más detalles

TÉCNICO PROTECCIÓN CIVIL

TÉCNICO PROTECCIÓN CIVIL TÉCNICO PROTECCIÓN CIVIL 1. Según el Plan de Emergencia Municipal, en la elaboración del mismo, se ha tenido en cuenta: a) El Real Decreto 407/1992 b) El Plan Territorial de Protección Civil de la Junta

Más detalles

Guías Tácticas Cuerpo de Bomberos GUÍA TÁCTICA TRABAJOS EN ALTURA. Abril 2013 Edición Nº 1. Índice: Situaciones. Riesgos

Guías Tácticas Cuerpo de Bomberos GUÍA TÁCTICA TRABAJOS EN ALTURA. Abril 2013 Edición Nº 1. Índice: Situaciones. Riesgos Índice: Abril 2013 Edición Nº 1 Guías Tácticas Situaciones Riesgos Equipos de protección personal Materiales y equipos Intervención GUÍA TÁCTICA TRABAJOS EN ALTURA BOMBERS CONSORCI VALENCIA Camí de Moncada,

Más detalles

Ayuntamiento de Alicante

Ayuntamiento de Alicante Indice Organización de la Introducción Presentación Misión Organigrama Localización, Telefonos, web, etc Relación con resto Ayuntamiento Compromiso Personal del Responsable del Organo Procedimiento de

Más detalles

1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo?

1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo? Tema 1 (medidas generales) Las respuestas correctas se encuentran marcadas al final 1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo? a) La Constitución Española

Más detalles

Aspectos relevantes Carácter: Fecha: Hora: Sismo: Clasificación emergencia: Daños previstos Escenarios:

Aspectos relevantes Carácter: Fecha: Hora: Sismo: Clasificación emergencia: Daños previstos Escenarios: Torrevieja - 2013 Aspectos relevantes Carácter: Simulacro, práctica y exhibición Fecha: 5 de marzo (martes) Hora: de 9:30 a 15:00 horas Sismo: magnitud 5.5 intensidad VII Clasificación emergencia: Situación

Más detalles

Sistema Vasco de Atención de Emergencias

Sistema Vasco de Atención de Emergencias Sistema Vasco de Atención de Emergencias Constituido por los diferentes equipos que actúan en la gestión de las emergencias. La gestión de las emergencias cuenta con cuatro partes: Planificación Coordinación

Más detalles

actuación en emergencias y planes de evacuación Juan Sanmartín - Técnico S. en P.R.L.

actuación en emergencias y planes de evacuación Juan Sanmartín - Técnico S. en P.R.L. Nociones básicas de actuación en emergencias y planes de evacuación DEFINICIÓN SITUACIÓN DE EMERGENCIA Circunstancias inesperadas y súbitas que tengan como consecuencia la aparición de situaciones de peligro

Más detalles

(Elaboración y puesta en marcha del Plan de Evacuación en el Parque Natural Lagunas de Ruidera)

(Elaboración y puesta en marcha del Plan de Evacuación en el Parque Natural Lagunas de Ruidera) AGENDA 21 LOCAL Ossa de Montiel PROYECTO DE LA ACCIÓN 2.5.1. DEL PLAN DE ACCIÓN Ampliar y reforzar los recursos humanos en medio ambiente y sostenibilidad que dispone el Ayuntamiento (Elaboración y puesta

Más detalles

Plan Especial ante el riesgo de

Plan Especial ante el riesgo de Plan Especial ante el riesgo de inundaciones en la Comunitat Valenciana Protección Civil Es un servicio público queseorientaalestudio al estudio yprevenciónde las situaciones de grave riesgo colectivo,

Más detalles

El objetivo de los primeros auxilios es el de limitar las

El objetivo de los primeros auxilios es el de limitar las EUROFIET_ES 5/1/01 11:00 am Page 55 El objetivo de los primeros auxilios es el de limitar las consecuencias de un accidente o asegurarse de que las lesiones corporales no se agraven. El empresario deberá

Más detalles

RESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN

RESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN Pág. 1 de 13 CAPÍTULO 5: RESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN 5.0. ÍNDICE 5.1. COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN 5.2. ENFOQUE AL CLIENTE 5.3. POLÍTICA DE LA CALIDAD Y DEL 5.4. PLANIFICACIÓN 5.4.1. Aspectos Medioambientales

Más detalles

MENORES DE EDAD Y OTRAS DESAPARICIONES DE ALTO RIESGO SOBRE LA ACTUACIÓN POLICIAL ANTE LA DESAPARICIÓN DE DE SEGURIDAD. Instrucción 1/2009

MENORES DE EDAD Y OTRAS DESAPARICIONES DE ALTO RIESGO SOBRE LA ACTUACIÓN POLICIAL ANTE LA DESAPARICIÓN DE DE SEGURIDAD. Instrucción 1/2009 Instrucción 1/2009 SECRETARÍA DE ESTADO SOBRE LA ACTUACIÓN POLICIAL ANTE LA DESAPARICIÓN DE MENORES DE EDAD Y OTRAS DESAPARICIONES DE ALTO RIESGO 1 01 RECEPCIÓN DE LA DENUNCIA POR DESAPARICIÓN La unidad

Más detalles

Modificación de las medidas de control de accidentes graves

Modificación de las medidas de control de accidentes graves Modificación de las medidas de control de accidentes graves REAL DECRETO 119/2005, de 4 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control

Más detalles

PROGRAMA DE CURSO DE FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL

PROGRAMA DE CURSO DE FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL PROGRAMA DE CURSO DE FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL AYUDANTE TÉCNICO EN PROTECCIÓN CIVIL DATOS GENERALES DEL CURSO 1.- FAMILIA PROFESIONAL: SEGURIDAD Y MEDIOAMBIENTE ÁREA PROFESIONAL: PROTECCIÓN CIVIL

Más detalles

7.1. PROTOCOLOS DE NOTIFICACIÓN DE LA EMERGENCIA

7.1. PROTOCOLOS DE NOTIFICACIÓN DE LA EMERGENCIA 7 CAPÍTULO 7 INTEGRACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN EN OTROS DE ÁMBITO SUPERIOR 7.1. PROTOCOLOS DE NOTIFICACIÓN DE LA EMERGENCIA La notificación de las emergencias se puede proyectar en varias direcciones

Más detalles

(BOE núm. 134, de 5 de junio de 2003)

(BOE núm. 134, de 5 de junio de 2003) Real Decreto 605/2003, de 23 de mayo, por el que se establecen medidas para el tratamiento homogéneo de la información sobre las listas de espera en el Sistema Nacional de Salud. Última actualización:

Más detalles

PLAN DE EMERGENCIAS MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL

PLAN DE EMERGENCIAS MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA PLAN DE EMERGENCIAS MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL CAPÍTULO : 9 PLAN DE TRANSMISIONES Edición Nº Revisión Fecha Capítulo Idioma B 1.0 20.12.2011 9 ES 20.12.2011

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO. CAPÍTULO I Denominación, sede, ámbito territorial y fines Artículo 1. Denominación y objeto

Más detalles

CONSERVACIÓN N DE LA HISTORIA CLÍNICA

CONSERVACIÓN N DE LA HISTORIA CLÍNICA CONSERVACIÓN N DE LA HISTORIA CLÍNICA EN CENTROS PÚBLICOS P Y PRIVADOS Cristina Gómez Piqueras Antigua, 25 de febrero de 2008 1 Normativa sobre Ensayos clínicos y Protección de Datos Ley Orgánica 15/1999,

Más detalles

INSTRUCCIÓN DE TRABAJO

INSTRUCCIÓN DE TRABAJO PAUTAS DE ACTUACION EN CASO DE ACCIDENTE Y/O AVERÍA OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN El objeto de la presente instrucción es definir la sistemática de actuación de los conductores del GRUPO AVANT, en situaciones

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. Presidencia del Gobierno «BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2012 Referencia: BOE-A-2012-527 TEXTO CONSOLIDADO

Más detalles

Elaboración de un Plan de Seguridad

Elaboración de un Plan de Seguridad Elaboración de un Plan de Seguridad Elaboración de un Plan de Seguridad Definición Es un documento que debe establecer escenario y objetivos específicos que deriven de la asignación de tareas, responsabilidades

Más detalles

Gestión de las Emergencias en el Ayuntamiento de Madrid

Gestión de las Emergencias en el Ayuntamiento de Madrid Dirección General Emergencias y Protección Civil. Gestión de las Emergencias en el Ayuntamiento de Madrid Virginia Torres Lirola. Directora General de Emergencias y Protección n Civil Mayo 2016 Dirección

Más detalles

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA INGRESO INVOLUNTARIO EN UNIDADES DE PSIQUIATRÍA

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA INGRESO INVOLUNTARIO EN UNIDADES DE PSIQUIATRÍA PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA INGRESO INVOLUNTARIO EN UNIDADES DE PSIQUIATRÍA 2009 Secretaría Autonómica de Sanidad Dirección General de Asistencia Sanitaria Página 2 Principio general El ingreso en Unidades

Más detalles

PLANES DE AUTOPROTECCION CONTRA INCENDIOS FORESTALES

PLANES DE AUTOPROTECCION CONTRA INCENDIOS FORESTALES Página 1 de 5 0 CONTROL DE CAMBIOS... 2 1 OBJETO Y ALCANCE... 2 2 REFERENCIAS... 2 3 DEFINICIONES... 2 4 ABREVIATURAS... 3 5 PROCEDIMIENTO... 3 5.1 NORMAS DE ACTUACIÓN GENERAL... 3 5.2 PLANES DE AUTOPROTECCIÓN...

Más detalles

REGLAMENTO DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN

REGLAMENTO DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN REGLAMENTO DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN ANEXO IV Anexo B: CONTENIDO INDICATIVO DEL PLAN DE EMERGENCIAS DE LAS EMPRESAS DE DISTRIBUCION DE ENERGÍA ELECTRICA NOVIEMBRE DE 2009 Anexo al Título VII Página

Más detalles

Sistema de Comando de Incidentes

Sistema de Comando de Incidentes Sistema de Comando de Incidentes Comandante del Incidente Obtener y analizar información del incidente Informar a sus grupos de intervención las condiciones del evento Establecer con sus grupos las estrategias

Más detalles

PARAJE NATURAL MUNICIPAL Una figura de protección endémica de la Comunitat Valenciana

PARAJE NATURAL MUNICIPAL Una figura de protección endémica de la Comunitat Valenciana Una figura de protección endémica de la Comunitat Valenciana Salvador Palop Guillem Técnico de Gestión de Espacios Naturales protegidos. CITMA Paraje Natural Municipal (PNM): es una de las 7 Figuras de

Más detalles

inundables en Catalunya

inundables en Catalunya La gestión n de las áreas inundables en Catalunya Las áreas inundables se gestionan a través s del PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS PARA INUNDACIONES EN CATALUNYA (INUNCAT): Informado favorablemente por la

Más detalles

Dossier Informativo 19 Farmacias

Dossier Informativo 19 Farmacias Dossier Informativo 19 Farmacias En base a normativa vigente a fecha de 28 de mayo de 2003. 1. INSTALACIÓN DE UNA OFICINA DE FARMACIA 1.1 Documentación a presentar 1.2 Requisitos de los locales - requisitos

Más detalles

Autorización de Centros de Formación de Conductores

Autorización de Centros de Formación de Conductores Autorización de Centros de Formación de Conductores Documentación a presentar Sólo será válida la presentación de fotocopias a una cara y en tamaño din-a4, acompañadas de los correspondientes originales

Más detalles

BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 9/2003, DE 8 DE ABRIL, DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE CASTILLA Y LEÓN

BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 9/2003, DE 8 DE ABRIL, DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE CASTILLA Y LEÓN BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 9/2003, DE 8 DE ABRIL, DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE CASTILLA Y LEÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución Española en su artículo

Más detalles

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN CONTRA LOS MALOS TRATOS EN EL AMBITO FAMILIAR EN ALMANSA. Participan: -Concejalía de la Mujer del Ayuntamiento de Almansa.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN CONTRA LOS MALOS TRATOS EN EL AMBITO FAMILIAR EN ALMANSA. Participan: -Concejalía de la Mujer del Ayuntamiento de Almansa. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN CONTRA LOS MALOS TRATOS EN EL AMBITO FAMILIAR EN ALMANSA Participan: -Concejalía de la Mujer del Ayuntamiento de Almansa. -Centro de la mujer de Almansa. -Policía Local de Almansa.

Más detalles

Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA

Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA 1 ESQUEMA DE CONTENIDO I. Función General 3 II. Funciones Específicas 3 III. Organigrama

Más detalles

ESTATUTO DE AUDITORÍA INTERNA DE BANCA MARCH

ESTATUTO DE AUDITORÍA INTERNA DE BANCA MARCH ESTATUTO DE AUDITORÍA INTERNA DE BANCA MARCH (Aprobado por la Comisión Delegada en su reunión de 23 de Julio de 2013) ÍNDICE 1.- INTRODUCCIÓN 2.- DEPENDENCIA, OBJETIVOS Y ALCANCE 3.- RESPONSABILIDAD 4.-

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA OFICINA DE ACCESO A LA INFORMACION

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA OFICINA DE ACCESO A LA INFORMACION MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA OFICINA DE ACCESO A LA INFORMACION Introducción: La Oficina de Acceso a la Información Pública (OAI) es un órgano de apoyo a las entidades públicas y privadas que reciben contribuciones

Más detalles

INTERVENCIÓN SANITARIA EN SITUACIONES DE RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA

INTERVENCIÓN SANITARIA EN SITUACIONES DE RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA INTERVENCIÓN SANITARIA EN SITUACIONES DE RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA Aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de 18 de Diciembre de 2013 INTRODUCCIÓN El derecho a la protección

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE GASTROENTEROLOGIA

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE GASTROENTEROLOGIA MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE GASTROENTEROLOGIA APROBADO POR: R.D.Nº 158-2008-SA-HCH/DG FECHA DE APROBACIÓN: 22-05-2008 1 INDICE CAPITULO

Más detalles

AJUNTAMENT DE PATERNA (VALENCIA)

AJUNTAMENT DE PATERNA (VALENCIA) Garantía Social Y Empleo Sanidad Clasificación: 2.4.7 Expt.: 25/16 PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL SERVICIO AMBULANCIA Y ASISTENCIA SANITARIA PARA LAS FIESTA MAYORES 2016, MEDIANTE CONTRATO MENOR 1.- OBJETO

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO Núm. 12 Sábado 14 de enero de 2012 Sec. I. Pág. 2066 I. DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 527 Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia A propuesta

Más detalles

VIII ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN

VIII ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN P L A N I N F O C A VIII ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN PLAN INFOCA Con el objeto de garantizar el correcto funcionamiento del Plan INFOCA, la Consejería de Medio Ambiente cuenta con una organización jerárquica

Más detalles

Juan Manuel Sanz. Sacristán

Juan Manuel Sanz. Sacristán Euroestudios Juan Manuel Sanz Ingenieros de consulta Sacristán Jefe Sección Instalaciones del Transporte j.m.sanz@euroestudios.es ÍNDICE -FIGURA DEL RESPONSABLE DE SEGURIDAD SEGÚN RD 635/2006 -FUNCIONES

Más detalles

CURSO DE FORMACIÓN BÁSICA PARA ASPIRANTES A VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL

CURSO DE FORMACIÓN BÁSICA PARA ASPIRANTES A VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA Y SEGURIDAD CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO CURSO DE FORMACIÓN BÁSICA PARA ASPIRANTES A VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL (Primer Semestre de 2016)

Más detalles

MUNICIPIO LA PLAYA DE BELEN COMITÉ LOCAL DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES PLAN DE COTINGENCIA ACCIDENTE DE TRANSITO

MUNICIPIO LA PLAYA DE BELEN COMITÉ LOCAL DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES PLAN DE COTINGENCIA ACCIDENTE DE TRANSITO MUNICIPIO PYA DE BELEN COMITÉ LOCAL DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES PN DE COTINGENCIA ACCIDENTE DE TRANSITO 2010 Descripción: Accidente de tránsito, accidente automovilístico o siniestro de tráfico

Más detalles

INCENDIOS FORESTALES DE INTERFASE

INCENDIOS FORESTALES DE INTERFASE INCENDIOS FORESTALES DE INTERFASE LA INTERFASE URBANO-FORESTAL. INCIDENCIA EN LA ESTRATEGIA DE LUCHA CONTRA EL FUEGO: AUTOPROTECCIÓN, EVACUACIÓN Y CONFINAMIENTO. Jornadas Técnicas Incendios Forestales

Más detalles

INTERVENCIÓN SANITARIA EN SITUACIONES DE RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA

INTERVENCIÓN SANITARIA EN SITUACIONES DE RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA INTERVENCIÓN SANITARIA EN SITUACIONES DE RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA Noviembre 2013 DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA, CALIDAD E INNOVACIÓN Intervención Sanitaria en Situaciones de riesgo para la Salud

Más detalles

DIRECTORIO DE COMUNICACIONES

DIRECTORIO DE COMUNICACIONES Página 1 de 7 A1 ANEXO 1 DIRECTORIO DE COMUNICACIONES ANEXO I. DIRECTORIO DE COMUNICACIONES Directorio telefónico Teléfono de Emergencias 112 Urgencias Sanitarias 061 Protección Civil 952 79 14 12 Policía

Más detalles

Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria

Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria PREÁMBULO La sociedad actual demanda la implantación de una nueva cultura orientada a satisfacer

Más detalles

MINISTERIO DE JUSTICIA

MINISTERIO DE JUSTICIA MINISTERIO DE JUSTICIA Organización Orden JUS/634/2015, de 6 de abril, por la que se crean la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación del Ministerio de Justicia y se regulan su composición y funciones.

Más detalles

La ley y las competencias profesionales en atletismo.

La ley y las competencias profesionales en atletismo. La ley y las competencias profesionales en atletismo. La ley 10/1990, de 15 de octubre. del Depone en su título VII sobre investigación y enseñanzas deportivas dice en su artículo 55 que: l. El Gobierno.

Más detalles

DEBER GENERAL DE SUPERVISIÓN Y RESPONSABILIDAD PROGRESIVA DEL RESIDENTE

DEBER GENERAL DE SUPERVISIÓN Y RESPONSABILIDAD PROGRESIVA DEL RESIDENTE DEBER GENERAL DE SUPERVISIÓN Y RESPONSABILIDAD PROGRESIVA DEL RESIDENTE Protocolo para graduar la supervisión de las actividades asistenciales de los residentes Comisión de Docencia Hospital Universitari

Más detalles

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE GRADO MEDIO Técnico en Emergencias y Protección Civil GRADO SUPERIOR Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil Técnico Superior en Educación y Control Ambiental Página 1 de 5 TÉCNICO

Más detalles

Jornadas Técnicas de Evaluación de la Campaña de Incendios Forestales de Del 22 al 23 de noviembre de 2012

Jornadas Técnicas de Evaluación de la Campaña de Incendios Forestales de Del 22 al 23 de noviembre de 2012 Jornadas Técnicas de Evaluación de la Campaña de Incendios Forestales de 2012 Del 22 al 23 de noviembre de 2012 Tras el verano con más superficie quemada por incendios forestales de la última década y

Más detalles

Protección anti-incendios en los establecimientos sanitarios

Protección anti-incendios en los establecimientos sanitarios Protección anti-incendios en los establecimientos sanitarios Orden de 24 de octubre de 1979 sobre protección anti-incendios en los establecimientos sanitarios. BOE número 267 de 7 de noviembre de 1979

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE MEDICINA INTERNA

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE MEDICINA INTERNA MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE MEDICINA INTERNA APROBADO POR: R.D.Nº 154-2008-SA-HCH/DG FECHA DE APROBACIÓN: 22-05-2008 1 INDICE CAPITULO

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERIA APROBADO POR: R.D.Nº SA-DS-HNCH-DG

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERIA APROBADO POR: R.D.Nº SA-DS-HNCH-DG MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERIA APROBADO POR: R.D.Nº 322-2009-SA-DS-HNCH-DG FECHA DE APROBACIÓN: 23-06-2009 1 INDICE CAPITULO

Más detalles

SIMULACRO ACTUACIÓN DESPRENDIMIENTO CON SEPULTADOS RESCATE EN PARED DÍA EUROPEO DE

SIMULACRO ACTUACIÓN DESPRENDIMIENTO CON SEPULTADOS RESCATE EN PARED DÍA EUROPEO DE HERRIZAINGO SAILA Herrizaingoko Sailburuordetza Larrialdiei Aurre Egiteko eta Meteorologia Zuzendaritza DEPARTAMENTO DE INTERIOR Viceconsejería de Interior Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología

Más detalles

Decreto 93/1982, de 26 de octubre

Decreto 93/1982, de 26 de octubre Decreto 93/1982, de 26 de octubre (Disposición Vigente) Decreto 93/1982, de 26 de octubre LARG 1982\1066 TRANSPORTES POR CARRETERA Y FERROCARRIL. Distribución de competencias transferidas por el Estado

Más detalles

PLAN DE EMERGENCIA Y SIMULACROS 2014

PLAN DE EMERGENCIA Y SIMULACROS 2014 Página: 1 PLAN DE EMERGENCIA Y SIMULACROS 2014 Página: 2 PLAN DE EMERGENCIA Y SIMULACROS El proceso descrito en esta sección está en conformidad con OHSAS 18.001:2007 cláusula 4.4.7. Se sigue este proceso

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES TITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Artículo 1. El presente

Más detalles

PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO. Código SB-XI-01-1 Edición 0

PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO. Código SB-XI-01-1 Edición 0 Índice 1. TABLA RESUMEN... 2 2. OBJETO... 2 3. ALCANCE... 2 4. RESPONSABILIDADES... 3 5. ENTRADAS... 3 6. SALIDAS... 3 7. PROCEDIMIENTOS VINCULADOS A ESTA/S ACTIVIDAD/ES... 3 8. DIAGRAMA DE FLUJO... 4

Más detalles

1. Diseñar, establecer, ejecutar, regular y controlar como autoridad de Movilidad y Tránsito.

1. Diseñar, establecer, ejecutar, regular y controlar como autoridad de Movilidad y Tránsito. Página 1 de 2 Denominación del Empleo Código Grado Nivel Dependencia Naturaleza del cargo Jefe Inmediato MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Director

Más detalles

Tratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales. Informe 434/2004

Tratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales. Informe 434/2004 Tratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales. Informe 434/2004 Tratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales La consulta plantea dudas sobre el consentimiento

Más detalles

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades

Más detalles

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Diciembre 2010 Oficina de Desarrollo Organizacional Gabinete 136-029/10 21/12/2010 Página 1 de 11 ÍNDICE Página Misión, Visión, Valores

Más detalles

Emergencias Brigadas de Emergencia ARL

Emergencias Brigadas de Emergencia ARL Emergencias Brigadas de Emergencia ARL Índice Cómo se estructura una brigada? Quiénes conforman la brigada de emergencia? Jefe de brigada Brigadista Funciones de las brigadas Organización y distribución

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO Núm. 175 Lunes 23 de julio de 2012 Sec. I. Pág. 52757 I. DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 9816 Real Decreto 1119/2012, de 20 de julio, de modificación del Real Decreto 83/2012, de 13 de

Más detalles

PROCEDIMIENTO OPERATIVO ELABORACION DE LAS FICHAS DE SEGURIDAD DE LOS PUESTOS DE TRABAJO DPMPO06

PROCEDIMIENTO OPERATIVO ELABORACION DE LAS FICHAS DE SEGURIDAD DE LOS PUESTOS DE TRABAJO DPMPO06 Página: 1 PROCEDIMIENTO OPERATIVO SEGURIDAD DE LOS PUESTOS DE TRABAJO Página: 2 Edición Motivo cambio Firma Fecha 0 Edición Inicial 6.05.2002 Página: 3 I N D I C E 1. OBJETO 4 2. AMBITO DE APLICACION 4

Más detalles

NORMA INTERNA DE SUMINISTROS DE COMBUSTIBLES A INSTALACIONES EN TIERRA DEL PUERTO DE MARÍN

NORMA INTERNA DE SUMINISTROS DE COMBUSTIBLES A INSTALACIONES EN TIERRA DEL PUERTO DE MARÍN NORMA INTERNA DE SUMINISTROS DE COMBUSTIBLES A INSTALACIONES EN TIERRA DEL PUERTO DE MARÍN 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. REQUISITOS PREVIOS 2 4. SOLICITUD DE SUMINISTRO 3 5. NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD

Más detalles

Catálogo de publicaciones de la Administración General del Estado

Catálogo de publicaciones de la Administración General del Estado Catálogo de publicaciones de la Administración General del Estado http://publicacionesoficiales.boe.es EDITA: SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA. MINISTERIO DEL INTERIOR Dirección General de Protección Civil y

Más detalles

UNIDAD DIDACTICA 1. LA ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA. LECCION 4. ESPAÑA.

UNIDAD DIDACTICA 1. LA ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA. LECCION 4. ESPAÑA. UNIDAD DIDACTICA 1. LA ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA. LECCION 4. ESPAÑA. La ley 11/2001, de 5 de julio, por la que se crea la Agencia Española de seguridad Alimentaria, instituye dicho organismo

Más detalles

GUIA PARA COMPLETAR EL FORMATO PARA ELABORAR EL PLAN DE CONTINGENCIAS PARA EVENTOS DE CONCENTRACIÓN MASIVA DE PERSONAS

GUIA PARA COMPLETAR EL FORMATO PARA ELABORAR EL PLAN DE CONTINGENCIAS PARA EVENTOS DE CONCENTRACIÓN MASIVA DE PERSONAS GUIA PARA COMPLETAR EL FORMATO PARA ELABORAR EL PLAN DE CONTINGENCIAS PARA EVENTOS DE CONCENTRACIÓN MASIVA DE PERSONAS El presente formato debe ser completado por los promotores que desarrollen actividades

Más detalles

EL FUTURO DE LA GESTIÓN SANITARIA DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN Bilbo 10/10/2014

EL FUTURO DE LA GESTIÓN SANITARIA DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN Bilbo 10/10/2014 EL FUTURO DE LA GESTIÓN SANITARIA DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN Bilbo 10/10/2014 Tres años de RD 843/2011: reflexiones Visión de los servicios de Prevención y las Sociedades Científicas RD 843/2011- Objeto

Más detalles

MANEJO DE OPERACIONES EN EMERGENCIAS CON VÍCTIMAS MASIVAS COSTA RICA 1

MANEJO DE OPERACIONES EN EMERGENCIAS CON VÍCTIMAS MASIVAS COSTA RICA 1 MANEJO DE OPERACIONES EN EMERGENCIAS CON VÍCTIMAS MASIVAS COSTA RICA 1 MARCO LEGAL 2 LOS INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA Vinculada al Plan Nacional de Desarrollo 1. El Sistema Nacional de Gestión del Riesgo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 223 Viernes 16 de septiembre de 2011 Sec. I. Pág. 98660 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO 14783 Real Decreto 1149/2011, de 29 de julio, por el que se

Más detalles

GUÍA PARA ATENCION DE DESASTRES

GUÍA PARA ATENCION DE DESASTRES GUÍA PARA ATENCION DE DESASTRES Presidente de la República 1. Apreciar la situación. Donde y como ir. 2. Recibir información inicial del o la PCM y/o Jefe del INDECI sobre la magnitud del desastre y las

Más detalles

Tema 15. Distribución farmacéutica. Legislación y deontología farmacéutica

Tema 15. Distribución farmacéutica. Legislación y deontología farmacéutica Tema 15. Distribución farmacéutica Legislación y deontología farmacéutica 1 LEGISLACIÓN ESTATAL DISPOSICIONES LEGALES Real decreto 2259/1994 por el que se regula los almacenes farmacéuticos y la distribución

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA INDICE DEL MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES

Más detalles

8. COMPETENCIAS 8. B) MATERIAS DE LAS COMPETENCIAS 8. B) 53 SEGURIDAD PUBLICA, Y POLICIA AUTONOMICA. TÍTULO IV: Las Competencias

8. COMPETENCIAS 8. B) MATERIAS DE LAS COMPETENCIAS 8. B) 53 SEGURIDAD PUBLICA, Y POLICIA AUTONOMICA. TÍTULO IV: Las Competencias 8. COMPETENCIAS 8. B) MATERIAS DE LAS COMPETENCIAS 8. B) 53 SEGURIDAD PUBLICA, Y POLICIA AUTONOMICA COMUNITAT VALENCIANA L.O.1/2006, de 10 de abril, de reforma de la L.O.5/1982, de 1 de julio, de Estatuto

Más detalles

SISTEMA DE TESORERIA

SISTEMA DE TESORERIA Aprobado mediante: Resolución Ministerial 011 de 11 enero de 2013 SISTEMA DE TESORERIA REGLAMENTO ESPECÍFICO TITULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Concepto y Objeto del Sistema de Tesorería

Más detalles

Curso Online Prevención de Riesgos Laborales en Construcción para Fábricas de Albañilería

Curso Online Prevención de Riesgos Laborales en Construcción para Fábricas de Albañilería Curso Online Prevención de Riesgos Laborales en Construcción para Fábricas de Albañilería Curso Online Prevención de Riesgos Laborales en Construcción para Fábricas de Albañilería, destinado a aprender

Más detalles

IMPLICANCIAS DE NO IMPLEMENTAR LA LEY LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TRABAJO EN EQUIP

IMPLICANCIAS DE NO IMPLEMENTAR LA LEY LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TRABAJO EN EQUIP IMPLICANCIAS DE NO IMPLEMENTAR LA LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TRABAJO EN EQUIP Seguridad y Salud en el Trabajo Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo La preocupación del estado y las

Más detalles

FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL

FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL Funciones públicas necesarias Ejercicio de las funciones de tesorería tras la modificación del artículo 92 bis de la Ley de Bases del Régimen local en

Más detalles

PLAN DE AUTOPROTECCIÓN

PLAN DE AUTOPROTECCIÓN PLAN DE AUTOPROTECCIÓN PLAN DE AUTOPROTECCIÓN JEFE DE EMERGENCIA (J.E.) RESPONSABLE OPERATIVO POLICÍA JEFE DE INTERVENCIÓN (J.I.) JEFE DE SERVICIO. PROTECCIÓN CIVIL E.A.E. PROTECCIÓN CIVIL / PERSOAL CASETAS

Más detalles

Unidad Estatal de Protección Civil Puebla Catálogo de Capacitación 2009

Unidad Estatal de Protección Civil Puebla Catálogo de Capacitación 2009 CURSO: BÁSICO DEL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL (SINAPROC) Este curso le proporciona al participante la información elemental sobre el Sistema Nacional de Protección Civil. En él se explican los

Más detalles

SUBCONTRATAS, PROVEEDORES: BUENAS PRACTICAS MEDIOAMBIENTALES

SUBCONTRATAS, PROVEEDORES: BUENAS PRACTICAS MEDIOAMBIENTALES Página 1 de 7 PORTADA Este procedimiento es propiedad de PENTIA INGENIEROS, S.A. y podrá ser modificado, por las personas autorizadas, siempre que se estime conveniente. No genera ningún derecho de cliente,

Más detalles

Ley sobre Control Integrado de la Contaminación

Ley sobre Control Integrado de la Contaminación Ley sobre Control Integrado de la Contaminación Ley 16/2002, de 1 de julio de Prevención y Control Integrados de la contaminación (BOE 2 de julio de 2002). Modificada por la Ley 27/2006, de 18 de julio,

Más detalles

MANUAL DEL SGC CAPÍTULO 3: Estructura del Centro para el desarrollo del Sistema de Garantía de la Calidad

MANUAL DEL SGC CAPÍTULO 3: Estructura del Centro para el desarrollo del Sistema de Garantía de la Calidad INDICE 3.1. OBJETO 3.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3.3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3.4. DESARROLLO 3.4.1. Equipo de Dirección 3.4.2. Coordinador de 3.4.3. Comisión de Garantía de la del Centro 3.4.4. Grupos

Más detalles

MCA-01-D-10 GESTION ESTRATEGICA FECHA VERSIÓN MATRIZ DE AUTORIDADES Y RESPONSABILIDADES 12/10/ MANUAL DE GESTION

MCA-01-D-10 GESTION ESTRATEGICA FECHA VERSIÓN MATRIZ DE AUTORIDADES Y RESPONSABILIDADES 12/10/ MANUAL DE GESTION MATRIZ DE ES Y 12/10/2012 3 DIRECTOR GENERAL Definir y actualizar cuando sea necesario la política de gestión integral HSEQ Garantizar el cumplimiento Aprobar el manual de Gestión de requisitos legales

Más detalles

MANUAL DEL SGIC Capítulo 3. Estructura de los Centros para el desarrollo del SGIC

MANUAL DEL SGIC Capítulo 3. Estructura de los Centros para el desarrollo del SGIC Página 1 de 8 INDICE 1. OBJETO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 4. DESARROLLO 4.1. Funciones de los órganos del SGIC 4.1.1. Junta de Escuela 4.1.2. Equipo de Dirección 4.1.3. Coordinador

Más detalles

EMPRESAS DE BUSES HUALPEN

EMPRESAS DE BUSES HUALPEN Rev.0 Pág. 1 de 7 EMPRESAS DE BUSES HUALPEN Rev.0 Pág. 2 de 7 INDICE 1 HOJA CONTROL DE CAMBIOS... 3 2 PROPOSITO... 4 3 ALCANCE... 4 4 REFERENCIAS... 4 5 DEFINICIONES... 4 6 MATERIALES Y EQUIPOS... 5 7

Más detalles

PORTUGAL. Servicio de Adopción y Protección. Actualización: Agosto 2010 I. REQUISITOS LEGALES. 1.- Legislación de referencia ( )

PORTUGAL. Servicio de Adopción y Protección. Actualización: Agosto 2010 I. REQUISITOS LEGALES. 1.- Legislación de referencia ( ) Servicio de Adopción y Protección Actualización: Agosto 2010 PORTUGAL I. REQUISITOS LEGALES 1.- Legislación de referencia ( ) Titulo IV Código Civil, modificado por ley 31/2003, de 22 de agosto. Decreto

Más detalles