1355 ORDEN 350/2003, de 26 de marzo, de la Consejería de

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "1355 ORDEN 350/2003, de 26 de marzo, de la Consejería de"

Transcripción

1 Pág. 26 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 B.O.C.M. Núm. 89 N o exp. Apellidos y nombre NIF Área 0495 Manotas Cabeza, Sonsoles V Ciencia y Tecnología de los Materiales 0168 Ruiz García, Ana Isabel T Ciencia y Tecnología de los Materiales 0491 González Toril, Elena R Biología Vegeral y Animal. Ecología 0188 Regidor Cerrillo, Javier E Ganadería y Pesca 0490 Rivas González del Rey, Blanca delas F Ciencia y Tecnología de los Alimentos Suplente 0493 Cañón Sánchez, Susana J Biología Molecular. Celular y Genética Consejería de Sanidad (03/9.315/03) 1354 ORDEN 201/2003, de 12 de marzo, del Consejero de Sanidad, por la que se delegan determinadas competencias en materia presupuestaria en la ilustrísima señora Directora General de Régimen Económico, Infraestructuras y Recursos Humanos. La Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, ha venido a establecer un nuevo modelo sanitario basado fundamentalmente en la autonomía de gestión de los diversos entes y organismos implicados en la gestión de la asistencia sanitaria de la Comunidad de Madrid, con el fin de procurar un servicio más directo y eficiente al ciudadano. Por otro lado, el artículo 12 del Decreto 1/2002, de 17 de enero, por el que se establece la Estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, atribuye a la Dirección General de Régimen Económico, Infraestructuras y Recursos Humanos, competencias en la planificación, determinación y evaluación de los créditos, a fin de agilizar el ejercicio de las funciones atribuidas a esta Dirección General, se hace necesario delegar las competencias en materia presupuestaria a dicha Dirección General. En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas, DISPONGO Primero Delegar en la Directora General de Régimen Económico, Infraestructuras y Recursos Humanos de esta Consejería el ejercicio de las siguientes funciones: a) La autorización de las redistribuciones de crédito que se tramiten como consecuencia de la necesidad de variación en la cuantía de los créditos en los Centros Presupuestarios 101 Servicio Madrileño de Salud y 118 Instituto Madrileño de la Salud que no supongan alteración de las dotaciones en el nivel de vinculación jurídica, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de la Hacienda y en las Leyes Anuales de Presupuestos. b) La solicitud de todas aquellas transferencias de crédito, generaciones de crédito y en general todas las modidicaciones presupuestarias, que afecten a los créditos de los centros 101 Servicio Madrileño de Salud y 118 Instituto Madrileño de la Salud, cuya competencia corresponda al Consejero de Hacienda, de acuerdo a lo establecido en la Ley Reguladora de la Hacienda y en las Leyes Anuales de Presupuestos. Segundo En este sentido la Dirección General funcionará como ente asimilado a Oficina Presupuestaria para los centros 101 Servicio Madrileño de Salud y 118 Instituto Madrileño de la Salud de acuerdo a las funciones que les asigna la Orden de 4 de julio de 2000, del Consejero de Presidencia y Hacienda, reguladora de la tramitación y documentación de las modificaciones de crédito y otras operaciones sobre presupuestos. Tercero La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dado en Madrid, a 12 de marzo de El Consejero de Sanidad, JOSÉ IGNACIO ECHÁNIZ Consejería de Servicios Sociales (03/9.361/03) 1355 ORDEN 350/2003, de 26 de marzo, de la Consejería de Servicios Sociales, por la que se convoca subvenciones a Instituciones sin fines de lucro para el año 2003, en concepto de inversiones para la prestación de servicios sociales especializados al sector de: Personas en situación de exclusión y/o discriminación social. El artículo 4 de la Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece que las subvenciones que se concedan por la Comunidad de Madrid lo serán con arreglo a criterios de publicidad, concurrencia y objetividad. El Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas, aprobado por Decreto 76/1993, de 26 de agosto, recoge, entre otros extremos, el procedimiento que ha de seguirse en la concesión de ayudas y subvenciones públicas por la Comunidad de Madrid. El artículo 12 del Decreto 2/1990, de 26 de enero, regulador del régimen jurídico aplicable a los conciertos, subvenciones y ayudas en materia de servicios sociales, establece que: La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Integración Social (hoy Consejería de Servicios Sociales) y del Servicio Regional de Bienestar Social, podrá, dentro de los límites de los créditos presupuestarios que se habiliten a tal fin y con arreglo a criterios de publicidad, concurrencia y objetividad, conceder subvenciones a entidades públicas y privadas sin fin de lucro, con objeto de promocionar y fomentar acciones que se consideren de interés para el desarrollo de la política de acción social y servicios sociales. Dichas subvenciones serán objeto de convocatoria anual, y no generarán ningún derecho de continuidad en la asignación de financiación a las entidades destinatarias. Por otra parte el artículo 8, apartados1y2,delaorden 38/1990, de 8 de febrero, de desarrollo del Decreto citado, establece que las subvenciones que se conceden con cargo a los presupuestos de la Consejería de Integración Social (hoy Consejería de Servicios Sociales), serán objeto de convocatoria anual, en la que se especificarán los criterios de concesión para cada ejercicio, en razón de las prioridades que pueda establecer dicha Consejería, los plazos y lugar de presentación de solicitudes y la documentación complementaria que se considere necesaria en razón de dichos criterios. El Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, que desarrolla parcialmente la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece el contenido que deben tener las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones y ayudas públicas. Para dar cumplimiento a lo establecido, en virtud de las competencias que me confiere la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y a fin de promover las actuaciones de las Instituciones sin fines de lucro en la prestación de Servicios Sociales Especializados, DISPONGO Artículo primero Objeto de la convocatoria El objeto de la presente Orden es convocar las subvenciones que se concedan a Instituciones sin fines de lucro para la prestación

2 B.O.C.M. Núm. 89 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 Pág. 27 de Servicios Sociales Especializados, en el sector de: Personas en situación de exclusión y/o discriminación social, con cargo al ejercicio Las finalidades de las subvenciones que se convocan son las relacionadas en el artículo 3, apartado a), de la Orden 38/1990, de 8 de febrero, de la Consejería de Integración Social (hoy Consejería de Servicios Sociales): Inversiones destinadas a la reforma y al equipamiento de centros y servicios. Se excluyen de esta convocatoria los centros y servicios de las áreas de atención al SIDA e inmigrantes. Artículo segundo Imputación presupuestaria Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, se imputarán a la partida del programa 907 del presupuesto de ingresos y gastos de 2003 de la Consejería de Servicios Sociales, con un importe de euros. Artículo tercero Requisitos de las Instituciones solicitantes Las Instituciones solicitantes deberán reunir los requisitos generales establecidos en el artículo 5 de la Orden 38/1990, de 8 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de febrero), acreditándose de oficio los contemplados en los apartados1y3delcitado artículo. Artículo cuarto Solicitudes, documentación y plazo de presentación 1. Las Instituciones que soliciten subvenciones con cargo a esta convocatoria deberán aportar, en duplicado ejemplar, la documentación que se señala en el artículo 7, apartados 1 y 2, de la Orden 38/1990, modificada por las Órdenes 672/1990, de 20 de noviembre, y 664/1993, de 26 de mayo. 2. Salvo que haya variado su situación o se haya modificado cualquier aspecto de su organización, objetivo, campo de actuación o cualquier otro similar, las Instituciones que solicitaron subvención en los ejercicios 2001 y 2002 estarán exentas de presentar la documentación prevista en el artículo 7, apartados 1.3 y 1.4 (Memoria General de la entidad y Memoria General de cada centro o servicio) de la Orden 38/ El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días naturales, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Artículo quinto Forma de concesión de las subvenciones y órgano instructor del expediente La forma de concesión de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria será la de concurrencia no competitiva. El órgano instructor de los expedientes correspondientes a estas subvenciones será la Dirección General de Servicios Sociales. Artículo sexto Criterios de evaluación de las solicitudes Los criterios de prioridad en la evaluación de las solicitudes y en la concesión de subvenciones con cargo a la presente convocatoria, son los siguientes: 1. Reforma de inmuebles para la creación de centros, priorizándose, dentro de cada una de las categorías, las reformas imprescindibles en materia de adaptación a la normativa vigente sobre seguridad, higiene y eliminación de barreras arquitectónicas: a) Centros residenciales. b) Centros de día. c) Pisos tutelados. 2. Reforma de centros en funcionamiento en la fecha de finalización del período de presentación de solicitudes, priorizándose, dentro de cada una de las categorías, las reformas imprescindibles en materia de adaptación a la normativa vigente sobre seguridad, higiene y eliminación de barreras arquitectónicas: a) Centros residenciales. b) Centros de día. c) Pisos tutelados. 3. Equipamiento de centros de nueva creación, cuya construcción o reforma esté finalizada a 31 de octubre de 2003: a) Centros residenciales. b) Centros de día. c) Pisos tutelados. 4. Equipamiento de centros en funcionamiento en la fecha de finalización del período de presentación de solicitudes: a) Centros residenciales. b) Centros de día. c) Pisos tutelados. 5. Equipamiento de servicios dirigidos a la atención de personas en situación de discriminación social, en funcionamiento en la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Artículo séptimo Criterios de propuesta de las cantidades a conceder Los criterios de propuesta de las cantidades a conceder son los siguientes: 1. Se atenderán las solicitudes por riguroso orden de prioridad hasta el agotamiento de los créditos disponibles. 2. En concepto de reforma el importe de la cantidad subvencionada no podrá exceder de: Reforma de inmuebles para creación de centros: Centros residenciales: euros. Centros de día: euros. Pisos tutelados: euros. Reforma de centros en funcionamiento: Centros residenciales: euros. Centros de día: euros. Pisos tutelados: euros. 3. El importe de las cantidades a conceder en concepto de equipamiento inicial se fijarán en función del considerado, por parte de la Consejería, como necesario para su puesta en funcionamiento, no pudiendo exceder el importe de la cantidad subvencionada de: Equipamiento de centros de nueva creación: Centros residenciales: euros. Centros de día: euros. Pisos tutelados: euros. Para el resto de los equipamientos se tendrá en cuenta el tipo de centro, los servicios que se prestan y el volumen de población atendida, no pudiendo exceder el importe de la cantidad subvencionada de: Equipamiento de centros en funcionamiento: Centros residenciales: euros. Centros de día: euros. Pisos tutelados: euros. Equipamiento de servicios en funcionamiento: euros. 4. Con carácter general, y para todas las subvenciones: No se tendrá en cuenta como gasto imputable a la subvención el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que será excluido de la cuantía de subvención propuesta. En los casos en que una Entidad solicite reforma y equipamiento para el mismo centro, la subvención de equipamiento quedará condicionada a la terminación de la citada reforma a 31 de octubre de A la vista de las solicitudes presentadas, la Comisión de Valoración podrá establecer porcentajes sobre las cantidades a conceder. La suma de las aportaciones de los beneficiarios, de las ayudas de entidades particulares, y las subvenciones privadas que se hayan otorgado para la misma finalidad, no podrá ser superior al total del gasto producido por la inversión a realizar. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión, y en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier Entidad pública o privada, nacional o internacional podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada. Artículo octavo Procedimiento 1. La entidad solicitante cumplimentará una única solicitud para la finalidad de inversiones (reforma y equipamiento), que

3 Pág. 28 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 B.O.C.M. Núm. 89 se formalizará en el modelo que figura como Anexo 1 a esta Orden a la que se acompañarán los Anexos que en cada caso correspondan. Dicha solicitud se formalizará en el Anexo 1 de la Orden 38/1990, de 8 de febrero. 2. Los impresos y cuanta información se precise para formular las solicitudes y su cumplimentación serán facilitados por el Servicio de Prevención de la Exclusión y Rentas Mínimas, ubicado en la planta cuarta de la calle Alcalá, 63, Madrid. 3. Las solicitudes debidamente cumplimentadas acompañadas de la documentación correspondiente, se presentarán en el Registro de la Consejería de Servicios Sociales o a través de cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38, apartado 4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 ( Boletín Oficial del Estado de 14 de enero de 1999). En caso de que éstas resultasen incompletas o defectuosas, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez días, aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados, haciéndole saber que, en caso contrario, su solicitud será archivada, previa resolución expresa, conforme se establece en el artículo 42 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 4. El procedimiento para la concesión de subvenciones con cargo a la presente convocatoria será el establecido en el Capítulo II del Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas aprobado por el Decreto 76/1993, de 26 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de agosto de 1993), a excepción de lo previsto en el artículo 6.3. Artículo noveno Propuesta La propuesta de concesión o denegación de subvenciones se realizará al órgano concedente por una Comisión de Valoración compuesta por los miembros que se indican a continuación: La Técnico coordinadora de actuaciones de la Dirección General de Servicios Sociales, que actuará como Presidenta. La Jefa del Servicio de Prevención de la Exclusión y Rentas Mínimas. La Jefa de la Sección de Seguimiento de la Inserción del Servicio de Prevención de la Exclusión y Rentas Mínimas. Un Técnico del Servicio de Prevención de la Exclusión y Rentas Mínimas, que actuará como Secretaria. Un Técnico del Servicio de Coordinación Territorial. Artículo décimo Resolución 1. Las solicitudes se resolverán en función de los criterios establecidos en los artículos 6y7deesta Orden, hasta agotar los créditos destinados a este fin. 2. El plazo de resolución será de tres meses contados desde el día siguiente al de finalización para la presentación de solicitudes. 3. Las solicitudes sobre las que no haya recaído resolución expresa en el plazo señalado en el apartado anterior se entenderán desestimadas. Artículo undécimo Justificación y pago de las subvenciones La justificación y pago de las subvenciones concedidas se realizará en la forma que se establece en el artículo 11, apartado 1, de la Orden 38/1990, de 8 de febrero, modificada por las Órdenes 672/1990, de 20 de noviembre, y 646/1993, de 26 de mayo. El plazo para la justificación de las subvenciones que puedan concederse al amparo de esta convocatoria finalizará el 31 de octubre de Artículo duodécimo Delegación Se delega la resolución de la presente convocatoria y de cuantas incidencias se produzcan en la aplicación de esta Orden en la Directora General de Servicios Sociales. Artículo decimotercero Recursos Contra las resoluciones recaídas en los expedientes de subvención tramitados al amparo de esta convocatoria, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el órgano que las dictó en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro que estimen oportuno para la mejor defensa de sus derechos. Artículo decimocuarto Obligaciones de las entidades subvencionadas 1. Las entidades a quienes se conceda subvención con cargo a esta convocatoria deberán cumplir las obligaciones señaladas en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y la efectividad de su concesión quedará condicionada al cumplimiento de las obligaciones generales contempladas en el artículo 6 de la Orden 38/1990, de 8 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de febrero de 1990), modificada por las Órdenes 672/1990, de 20 de noviembre, y 646/1993, de 26 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de noviembre de 1990 y de 15 de junio de 1993, respectivamente). 2. Asimismo vendrán obligados a poner en conocimiento de la Consejería de Servicios Sociales el importe de las subvenciones o ayudas, tanto públicas como privadas que reciban o puedan recibir, durante el año 2003, para las finalidades y centros para los que soliciten o se les haya concedido subvenciones con cargo a la presente convocatoria. Artículo decimoquinto Control 1. La Intervención General de la Comunidad de Madrid y la Consejería de Servicios Sociales podrán realizar, mediante los procedimientos legales pertinentes, las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de las subvenciones concedidas. Las entidades beneficiarias se obligan a facilitar cuanta información les sea requerida por la Consejería de Servicios Sociales, por la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Cámara de Cuentas u otros organismos competentes y, en particular, en lo que se refiere a lo dispuesto en el apartado cuarto del artículo duodécimo de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el régimen de control interno y contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de abril de 1997). 2. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria estarán sometidas, por lo que se refiere a los reintegros, revocación, infracciones administrativas y sanciones, a lo dispuesto en los artículos 11, 14 y 15 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Podrá concederse subvención a aquellas Instituciones que, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, no reúnan, por causas no imputables a ellas, los requisitos establecidos en los apartados 1y3delartículo 5 de la Orden 38/1990, de 8 de febrero, de la Consejería de Integración Social, hoy Consejería de Servicios Sociales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de febrero de 1990), condicionando su pago al previo cumplimiento de dichos requisitos. DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 27 de marzo de La Consejera de Servicios Sociales, PILAR MARTÍNEZ

4 B.O.C.M. Núm. 89 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 Pág. 29 ANEXO 1 SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA INVERSIONES

5 Pág. 30 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 B.O.C.M. Núm. 89 ANEXO 4 CERTIFICACIÓN OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS SIN FIN DE LUCRO

6 B.O.C.M. Núm. 89 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 Pág. 31 ANEXO 5 MEMORIA GENERAL DE LA ENTIDAD

7 Pág. 32 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 B.O.C.M. Núm. 89 ANEXO 6 MEMORIA GENERAL DEL CENTRO O SERVICIO

8 B.O.C.M. Núm. 89 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 Pág. 33

9 Pág. 34 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 B.O.C.M. Núm. 89

10 B.O.C.M. Núm. 89 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 Pág. 35

11 Pág. 36 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 B.O.C.M. Núm. 89

12 B.O.C.M. Núm. 89 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 Pág. 37 ANEXO 9 MEMORIA PARA REFORMA

13 Pág. 38 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 B.O.C.M. Núm. 89

14 B.O.C.M. Núm. 89 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 Pág. 39 ANEXO 10 MEMORIA EQUIPAMIENTOS

15 Pág. 40 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 B.O.C.M. Núm. 89

16 B.O.C.M. Núm. 89 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 Pág. 41

17 Pág. 42 MARTES 15 DE ABRIL DE 2003 B.O.C.M. Núm. 89 ANEXO 16 DATOS DE LA ENTIDAD BANCARIA DONDE SE DESEA QUE SE TRANSFIERA EL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN QUE PUEDA CONCEDERSE (03/9.309/03) D) Anuncios Consejería de Economía e Innovación Tecnológica Notificación de 6 de marzo de 2003, de la comunicación de la suspensión del procedimiento sancionador de la Dirección General de Turismo, en relación al expediente sancionador número 02S/0483 por infracción en materia de espectáculos y actividades recreativas. Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de su destinatario de la Suspensión de Expediente Sancionador en materia de espectáculos y actividades recreativas, que se relaciona en Anexo Único. Procede ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ( Boletín Oficial del Estado del 27 de noviembre). Lo que se comunica al interesado, el cual dispone de un plazo de quince días, a partir de la publicación de la presente notificación, para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime procedentes en defensa de sus derechos, disponiendo, asimismo, del derecho a la vista del expediente de referencia en las oficinas del Servicio de Espectáculos y Actividades Recreativas de la Dirección General de Turismo, sito en la calle Príncipe de Vergara, número 132, sexta planta, de Madrid, pudiendo retirar el original del acto que se notifica en la citada dirección, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas. Madrid, a 8 de abril de El Jefe del Servicio de Espectáculos y Actividades Recreativas, Antonio Piñol Caballol. ANEXO ÚNICO Acto que se notifica: Comunicación de Suspensión de Procedimiento Sancionador. Infractor: Don Taurino Vasco Sayal. Procedimiento número: 02S/0483. Establecimiento: Asociación Cultural La Fe. Instructor designado: Don Valentín Monjas Galán. Competencia: Es competente para resolver el presente procedimiento sancionador el excelentísimo señor Consejero de Economía e Innovación Tecnológica, a tenor de lo establecido en el artículo 43 y Disposición Adicional Cuarta de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de julio), en relación con el Decreto 2391/2001, de 11 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica. (03/10.514/03)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 147 Miércoles 18 de junio de 2014 Sec. III. Pág. 46201 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL 6441 Acuerdo de 10 de junio de 2014, de la Comisión Permanente del Consejo General

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 24607 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Agricultura y Agua 7387 Orden de 4 de junio de 2015, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se aprueban las bases reguladoras

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 34943 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Universidades y Empleo 13003 Orden de 4 de septiembre de 2013, de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo,

Más detalles

REGISTRO GENERAL Salida Nº 201500100009167 Presentación:

REGISTRO GENERAL Salida Nº 201500100009167 Presentación: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN FUERA DE ESPAÑA DE LAS PRACTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN ENSEÑANZAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA, CURSO 2014 2015. UNIVERSIDAD

Más detalles

46 Viernes, 1 de febrero 2008 Suplemento n.º 2 al Núm. 22

46 Viernes, 1 de febrero 2008 Suplemento n.º 2 al Núm. 22 46 Viernes, 1 de febrero 2008 Suplemento n.º 2 al Núm. 22 ORDEN MAM/125/2008, de 31 de enero, por la que se convocan ayudas para paliar los daños producidos en Castilla y León por lobos y perros asilvestrados

Más detalles

CONVOCATORIA CURSO 2013 2014

CONVOCATORIA CURSO 2013 2014 AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN FUERA DE ESPAÑA DE LAS PRACTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN ENSEÑANZAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA. UNIVERSIDAD DE MÁLAGA REGISTRO GENERAL Salida

Más detalles

14116 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 15-VII-2006

14116 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 15-VII-2006 14116 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 15-VII-2006 puesto por don Abelardo Colunga Alvarez contra el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Gijón, versando el recurso sobre la aprobación

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 135 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 70 MADRID RÉGIMEN ECONÓMICO Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad Coordinación General de Movilidad Dirección General de Movilidad Subdirección General

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 182 Viernes 31 de julio de 2015 Sec. III. Pág. 66071 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 8604 Orden HAP/1596/2015, de 28 de julio, por la que se convocan becas

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles

DISTRIBUCIÓN DE LA AYUDA TOTAL POR INVESTIGADOR Y POR ANUALIDADES (información desglosada en Anexo I)

DISTRIBUCIÓN DE LA AYUDA TOTAL POR INVESTIGADOR Y POR ANUALIDADES (información desglosada en Anexo I) RESOLUCIÓN DE LA, POR LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE DOCTORES POR CENTROS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (PROGRAMA RAMÓN Y CAJAL) Por Orden CTE/351/2004 de 10 de febrero del Ministerio

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 13477 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad 2231 Dirección General de Personal.- Resolución de 14 de mayo de 2014, por la que se convocan licencias por estudios

Más detalles

13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Propuesta Concejalía Delegada de Bienestar Social Expte. Área de Bienestar Social Asunto: BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS SOCIALES PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL

Más detalles

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ROTULOS EXTERIORES Y PAGINAS WEB EN EUS- KERA. 2014

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ROTULOS EXTERIORES Y PAGINAS WEB EN EUS- KERA. 2014 CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ROTULOS EXTERIORES Y PAGINAS WEB EN EUS- KERA. 2014 Publicación en el B.O.B: 27 de mayo de 2014 (nº 99) Plazo de presentación de solicitudes: último día, 31 de octubre

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 98 LUNES 27 DE ABRIL DE 2015 Pág. 37 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 8 ORDEN 1153/2015, de 20 de abril, de la Consejera de Educación,

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 8655 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Presidencia y Empleo 2483 Orden de 19 de febrero de 2015 de la Consejería de Presidencia y Empleo por la que se establecen las bases

Más detalles

El texto de la convocatoria, según el BOPB, es el siguiente:

El texto de la convocatoria, según el BOPB, es el siguiente: La Gerencia del Área Metropolitana de Barcelona, en fecha 13 de febrero de 2015, ha resuelto aprobar la Convocatoria del año 2015 para la concesión de subvenciones para la rehabilitación de edificios de

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 41592 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones 14490 Orden de 11 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades por la que se convocan los Premios Extraordinarios

Más detalles

Núm. 79. Boletín Oficial de Aragón DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO

Núm. 79. Boletín Oficial de Aragón DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO ORDEN de 27 de marzo de 2014, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se convocan para el año 2014 las subvenciones reguladas en el Decreto 111/2012, de 24 de abril,

Más detalles

La Diputació de València, convoca las ayudas que se indican de acuerdo con las siguientes BASES

La Diputació de València, convoca las ayudas que se indican de acuerdo con las siguientes BASES BASES DE CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS (CON NÚMERO DE HABITANTES HASTA 15.000), MANCOMUNIDADES Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE VALENCIA, PARA LLEVAR A CABO

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 22793 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones 6858 Orden de 27 de mayo de 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades por la que se convocan los Premios Extraordinarios de

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 218 de 19-IX-2015 1/9 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones UNIVERSIDAD DE OVIEDO Resolución de 1 de septiembre de 2015, de la Vicerrectora de Investigación y Campus de Excelencia Internacional

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 14578 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 12 de junio de 2012 por la que se convoca el proceso de admisión en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de programas de cualificación profesional

Más detalles

ANUNCIO BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, ANUALIDAD 2012.

ANUNCIO BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, ANUALIDAD 2012. ANUNCIO Por Decreto de esta Presidencia 28/12, de fecha 24 de mayo de 2012, he resuelto aprobar las Bases que han de regir en la convocatoria pública para concesión de subvenciones a asociaciones y entidades

Más detalles

15010 13 Septiembre 2007 D.O.E. Número 106

15010 13 Septiembre 2007 D.O.E. Número 106 15010 13 Septiembre 2007 D.O.E. Número 106 ORDEN de 27 de agosto de 2007 por la que se convocan ayudas para la realización, durante el curso escolar 2007/2008, de cursos en el extranjero destinados a la

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 13112 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio B.O.C.M. Núm. 265 VIERNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2014 Pág. 25 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio 7 ORDEN 2168/2014, de 27 de octubre, de la

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 19057 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 7 de julio de 2010 por la que se convoca la selección de centros de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial para el desarrollo de las prácticas

Más detalles

Orden Foral 339/2006, de 30 de octubre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

Orden Foral 339/2006, de 30 de octubre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación. 8.5.3.07. ORDEN FORAL 259/2006, de 18 de julio, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a las explotaciones ganaderas

Más detalles

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL AYUNTAMIENTO DE GETAFE, PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES PARA 2012

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL AYUNTAMIENTO DE GETAFE, PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES PARA 2012 CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL AYUNTAMIENTO DE GETAFE, PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES PARA 2012 Primera. Objeto de la Convocatoria La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones

Más detalles

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO ORDEN EIE/514/2016, de 19 de mayo, por la que se convocan para el año 2016 las subvenciones para proyectos generadores de empleo reguladas en la Orden EIE/282/2016,

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO RESOLUCION Nº Resolución: 74/2013 Fecha: 20/11/2013 Sig: MJGM Nº Expediente: Asunto: Resolución definitiva de concesión de subvenciones en el marco de la convocatoria de fomento de la actividad emprendedora

Más detalles

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO:

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO: 13734 RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2015, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por el alumnado

Más detalles

Boletín Oficial de Canarias núm. 251, martes 18 de diciembre de 2007 27473

Boletín Oficial de Canarias núm. 251, martes 18 de diciembre de 2007 27473 Boletín Oficial de Canarias núm. 251, martes 18 de diciembre de 2007 27473 tirá el acceso de la entidad a los datos del fichero correspondiente del Servicio Canario de Empleo, con la finalidad de gestionar

Más detalles

TORRECILLA DE ALCAÑIZ Plaza de España, 1 Tfno. y Fax 978 85 21 27 NIF P-4423400-C Cod. Postal 44640 (Teruel)

TORRECILLA DE ALCAÑIZ Plaza de España, 1 Tfno. y Fax 978 85 21 27 NIF P-4423400-C Cod. Postal 44640 (Teruel) BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIIPIO DE TORRECILLA DE ALCAÑIZ (TERUEL) Primera: Objeto, condiciones y finalidad de la subvención.

Más detalles

D.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155

D.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155 D.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155 ORDEN de 31 de agosto de 2006 por la que se convocan ayudas para la realización de prácticas reconocidas en los planes de estudios conducentes a la obtención de

Más detalles

Número 112 / Viernes 12 de Junio de 2015 Página 11. Instituto Municipal de Asuntos Sociales

Número 112 / Viernes 12 de Junio de 2015 Página 11. Instituto Municipal de Asuntos Sociales Número 112 / Viernes 12 de Junio de 2015 Página 11 Instituto Municipal de Asuntos Sociales EDICTO. Bases Becas Escolares 2015/16 Aprobadas por Resolución de la Presidencia del Instituto Municipal de Asuntos

Más detalles

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER Y POLÍTICAS SOCIALES

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER Y POLÍTICAS SOCIALES 7095 CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER Y POLÍTICAS SOCIALES ORDEN de 4 de marzo de 2015 por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al primer trimestre natural de 2015 para presentación de solicitudes

Más detalles

ANUNCIO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS,

ANUNCIO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS, ANUNCIO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS, Con la finalidad de dar cobertura a la convocatoria de subvenciones realizada por Excma Diputación

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MAMPARAS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTO-TAXIS.

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MAMPARAS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTO-TAXIS. BOP 264 de 15/11/11 La Excma. Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla en sesión celebrada el día 7 de octubre de 2011, a propuesta del señor Delegado de Movilidad, adoptó el siguiente acuerdo: Acuerdos:

Más detalles

AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO.

AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO. AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO. 1 Os comunicamos en el día de hoy, el ACUERDO de 5 de mayo de 2011, del Consejo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA Núm. 70 Lunes 22 de marzo de 2010 Sec. III. Pág. 27676 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE JUSTICIA 4723 Resolución de 5 de marzo de 2010, del Centro de Estudios Jurídicos, por la que se convocan becas

Más detalles

A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes:

A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes: Folio 1/5 UNIVERSITARIOS EN EL CURSO ACADÉMICO 2015/2016, SE DENIEGAN LAS QUE NO En relación al procedimiento tramitado por esta Dirección General referente a la convocatoria de becas para la realización

Más detalles

En particular, la concesión de ayudas y subvenciones irá dirigida a los siguientes fines y actuaciones:

En particular, la concesión de ayudas y subvenciones irá dirigida a los siguientes fines y actuaciones: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON DESTINO A ASOCIACIONES, COLECTIVOS Y PARTICULALES QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES DE ÁMBITO CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE GRANADILLA DE ABONA, AÑO 2013. 1.-

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 4723 III. Otras Resoluciones Otras Administraciones Públicas Universidad de La Laguna 735 RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2014, por la que se convocan Bolsas de Viaje para movilidades vinculadas a Convenios

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 4672 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente y de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, por

Más detalles

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA 27418 Jueves 20 julio 2006 BOE núm. 172 de La Coruña remitirá a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación, mediante medios telemáticos, y preferentemente informáticos o electrónicos,

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN AJUDA BEBÉ

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN AJUDA BEBÉ BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN AJUDA BEBÉ Siendo uno de los objetivos de este Ayuntamiento favorecer la proximidad a los ciudadanos de Torrent y propiciar las medidas políticas y administrativas

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 25452 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2011, de la Consejera, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades públicas para financiar el funcionamiento

Más detalles

AYUDAS PARA OBRAS DE ACCESIBILIDAD PARA COLOCACION DE ASCENSORES y PLATAFORMAS ELEVADORAS

AYUDAS PARA OBRAS DE ACCESIBILIDAD PARA COLOCACION DE ASCENSORES y PLATAFORMAS ELEVADORAS AYUDAS PARA OBRAS DE ACCESIBILIDAD PARA COLOCACION DE ASCENSORES y PLATAFORMAS ELEVADORAS Publicación B.O.B.: nº 250, de 31/12/2014 Ayudas para Obras de accesibilidad para colocación de ascensores y plataformas

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 156 VIERNES 3 DE JULIO DE 2015 Pág. 15 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Economía y Hacienda 1 RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2015, del Secretario eneral Técnico

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 22533 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 13 de septiembre de 2013 por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas

Más detalles

CONSEJERIA DE AGRICULTURAYPESCA CONSEJERIA DE EDUCACIONYCIENCIA

CONSEJERIA DE AGRICULTURAYPESCA CONSEJERIA DE EDUCACIONYCIENCIA Página núm. 1.045 CONSEJERIA DE AGRICULTURAYPESCA ORDEN de 30 de diciembre de 2002, por la que se regulan las ayudas Superficies para la campaña 2003/2004, las primas ganaderas para el año 2003, la indemnización

Más detalles

Convocatoria de becas de excelencia para estudiantes de Másteres Oficiales de la Universidad de Castilla-La Mancha

Convocatoria de becas de excelencia para estudiantes de Másteres Oficiales de la Universidad de Castilla-La Mancha Convocatoria de becas de excelencia para estudiantes de Másteres Oficiales de la Universidad de Castilla-La Mancha La Universidad de Castilla-La Mancha convoca becas de excelencia para estudiantes procedentes

Más detalles

FICHA RESUMEN... 2 EXPOSICION DE MOTIVOS... 2 Primero... 3 Segundo... 5 Tercero... 5. Pág 1-5

FICHA RESUMEN... 2 EXPOSICION DE MOTIVOS... 2 Primero... 3 Segundo... 5 Tercero... 5. Pág 1-5 RESOLUCIÓN DE 31 DE OCTUBRE DE 2000, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 9 DE JULIO DE 1996, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA COMERCIAL

Más detalles

1. Disposiciones generales

1. Disposiciones generales Núm. 213 página Boletín Oficial de la Junta de Andalucía 31 de octubre 2014 1. Disposiciones generales Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural Orden de 21 de octubre de 2014, por la que se

Más detalles

Primero.- Objeto de la convocatoria.

Primero.- Objeto de la convocatoria. RESOLUCIÓN DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, DE 9 DE ENERO DE 2015, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS ECONÓMICAS A LOS ESTUDIANTES MATRICULADOS EN ENSEÑANZAS DE PRIMER, SEGUNDO CICLO O GRADO EN

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 100 MIÉRCOLES 17 DE JUNIO DE 2015 B.O.C.M. Núm. 142 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Empleo, Turismo y Cultura 33 ORDEN 3601/2015, de 7 de mayo, de la Consejera de Empleo,

Más detalles

Convocatoria de ayudas a PYMES y autónomos para el desarrollo de planes de apoyo tutorizado a la innovación sostenible.

Convocatoria de ayudas a PYMES y autónomos para el desarrollo de planes de apoyo tutorizado a la innovación sostenible. Convocatoria de ayudas a PYMES y autónomos para el desarrollo de planes de apoyo tutorizado a la innovación sostenible. 1. CONTEXTO La Cámara de Comercio de España, junto con la Cámara de Comercio de Alicante,

Más detalles

a) Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas: c) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención:

a) Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas: c) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención: CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS MUNICIPALES A PERSONAS INMIGRANTES, PARA FACILITAR EL PAGO DE FIANZA EN ALQUILER DE VIVIENDA EN EL EJERCICIO 2010. Por la presente convocatoria se inicia el procedimiento

Más detalles

Artículo 2º.- Ámbito de aplicación.

Artículo 2º.- Ámbito de aplicación. Pág: 1 de 1 ORDENANZA DEL AYUNTAMIENTO DE CALAHORRA POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDA ECONOMICA PARA LA FINANCIACION DE LOS GASTOS DE NOTARIA Y REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Más detalles

IV. Anuncios. 12820 Boletín Oficial de Canarias núm. 134, sábado 5 de julio de 2008

IV. Anuncios. 12820 Boletín Oficial de Canarias núm. 134, sábado 5 de julio de 2008 12820 Boletín Oficial de Canarias núm. 134, sábado 5 de julio de 2008 de la actividad subvencionada que está supeditada en cuanto a su abono a la paralización definitiva del barco donde el beneficiario

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 8626 III. Otras Resoluciones Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas 1707 ORDEN de 31 de marzo de 2015, por la que se convocan, para el ejercicio 2015, subvenciones destinadas a la suscripción

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 6 de 10-i-2012 1/6 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Economía y Empleo Resolución de 23 de diciembre de 2011, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se convocan

Más detalles

4. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes se establece del 2 al 27 de febrero de 2009.

4. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes se establece del 2 al 27 de febrero de 2009. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE QUART DE POBLET PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS PARA JÓVENES DURANTE EL EJERCICIO 2009 1. OBJETO Es objeto

Más detalles

"BASE PRIMERA.- OBJETO Y ÁMBITO DE LA CONVOCATORIA:

BASE PRIMERA.- OBJETO Y ÁMBITO DE LA CONVOCATORIA: En la Villa de Calp, RESULTANDO que el vigente presupuesto municipal, contempla la existencia de crédito presupuestario con la finalidad de ayudar a aquellos alumnos que cursan sus estudios en Centros

Más detalles

BASES PARA SUBVENCIONAR EL MANTENIMIENTO DE LAS VARIEDADES LOCALES DE CAÑA DE AZUCAR

BASES PARA SUBVENCIONAR EL MANTENIMIENTO DE LAS VARIEDADES LOCALES DE CAÑA DE AZUCAR EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA BASES PARA SUBVENCIONAR EL MANTENIMIENTO DE LAS VARIEDADES LOCALES DE CAÑA DE AZUCAR 1.- OBJETO Las presentes Bases tienen por objeto establecer las normas que han de

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Pág. 61822 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO ORDEN EYE/1126/2010, de 28 de julio, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones

Más detalles

Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS.

Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS. Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS. Recogida en el DECRETO 2/2015 DE 3 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES PARA FAVORECER LA INSERCIÓN LABORAL, LA ESTABILIDAD

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE BIENESTAR SOCIAL, ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

ORDENANZA REGULADORA DEL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE BIENESTAR SOCIAL, ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ORDENANZA REGULADORA DEL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE BIENESTAR SOCIAL, ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ARTÍCULO 1.- OBJETO.- TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Es objeto

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE MEDIDAS DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS EN EL ÁREA DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DE BINÉFAR.

ORDENANZA REGULADORA DE MEDIDAS DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS EN EL ÁREA DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DE BINÉFAR. INDICE ORDENANZA REGULADORA DE MEDIDAS DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS EN EL ÁREA DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DE BINÉFAR. Artículo 1.- OBJETO Artículo 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 76 LUNES 31 DE MARZO DE 2014 Pág. 131 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Sanidad 16 ORDEN 222/2014, de 13 de marzo, del Consejero de Sanidad, por la que se regula

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE RED.ES POR LA QUE SE APRUEBAN LAS CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA LA CONCESIÓN DE ACCESO A LA REUTILIZACIÓN DE LA BASE DE DATOS DE DOMINIOS.ES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 31324 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 5610 ORDEN de 10 de diciembre de 2014, por la que se establece la domiciliación bancaria como forma de pago obligatoria de

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 17381 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2011, de la Dirección General de Política Educativa, por la que se convoca la selección de centros de formación en prácticas y maestros tutores

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 14424 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 12 de mayo de 2009 por la que se convoca la selección de centros de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, para el desarrollo de las prácticas

Más detalles

ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL 123/ 2ª CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES Y SALUD. 2015. La Junta de Gobierno Local teniendo en cuenta: 1. Las Bases Reguladoras

Más detalles

IV. OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS

IV. OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS 2 Lunes, 9 de enero 2006 Suplemento al N.º 5 IV. OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ORDEN FAM/1814/2005, de 29 de diciembre, por la que se convocan subvenciones

Más detalles

REGLAMENTO REGULADOR DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA TRATAMIENTO DE DROGODEPENDENCIAS Y OTRAS ADICCIONES PSICOLÓGICAS

REGLAMENTO REGULADOR DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA TRATAMIENTO DE DROGODEPENDENCIAS Y OTRAS ADICCIONES PSICOLÓGICAS REGLAMENTO REGULADOR DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA TRATAMIENTO DE DROGODEPENDENCIAS Y OTRAS ADICCIONES PSICOLÓGICAS NOTA: Este documento está realizado con fines meramente informativos. Únicamente tendrán

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones TÍTULO PRIMERO:

Más detalles

5.2.1. DECRETO 32/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas.

5.2.1. DECRETO 32/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas. 5.2.1. DECRETO 32/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas. El Estatuto de Autonomía para Cantabria atribuye a esta Comunidad

Más detalles

BOLETÍN Nº 245-17 de diciembre de 2014

BOLETÍN Nº 245-17 de diciembre de 2014 BOLETÍN Nº 245-17 de diciembre de 2014 RESOLUCIÓN 2534/2014, de 4 de diciembre, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del coste salarial

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 726 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 43 ORDEN de 30 de diciembre de 2014, por la que se regulan los anticipos reintegrables para el personal al servicio del sector

Más detalles

IV. Administración Local

IV. Administración Local Pág. 46 IV. Administración Local Diputación Provincial de Salamanca Cultura Turismo y Patrimonio CONVOCATORIA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y VISITAS A LOS CASTROS DEL TERRITORIO VETÓN,

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT

AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES FESTIVAS DESTINADAS A LA REALIZACION DE ACTOS FESTIVOS PARA EL AÑO 2012 PRIMERA.- OBJETO BASES La presente convocatoria tiene como finalidad contribuir,

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

de noviembre, de protección a las familias numerosas, y ello con la finalidad de ayudar

de noviembre, de protección a las familias numerosas, y ello con la finalidad de ayudar CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONOMICAS DESTINADAS A FAMILIAS NUMEROSAS DE CATEGORIA ESPECIAL DEL MUNICIPIO DE GETAFE PARA EL AÑO 2013. (Aprobada por Junta de Gobierno el 4 de junio de 2013) La protección a

Más detalles

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76. C) Otras Disposiciones

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76. C) Otras Disposiciones Página 1 de 10 B.O.C.M. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76 Sección 1.3.130: Consejería de Familia y Asuntos Sociales C) Otras Disposiciones Consejería de Familia y Asuntos Sociales 1289

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Núm. 123 Martes 24 de mayo de 2011 Sec. III. Pág. 51706 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 9048 Orden EDU/1345/2011, de 17 de mayo, por la que se convocan becas para la participación en un

Más detalles

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO CREVILLENT 13002 BASES CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE VECINOS DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL AÑO 2015 En cumplimiento

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Pág. 43416 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/493/2013, de 20 de junio, por la que se modifican las Órdenes EDU/1061/2008, de 19 de junio, por

Más detalles

RESOLUCION DE 5 DE AGOSTO DE 2002, DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES, POR LA QUE SE CONVOCAN CINCO BECAS DE FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR

RESOLUCION DE 5 DE AGOSTO DE 2002, DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES, POR LA QUE SE CONVOCAN CINCO BECAS DE FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR RESOLUCION DE 5 DE AGOSTO DE 2002, DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES, POR LA QUE SE CONVOCAN CINCO BECAS DE FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR El Real Decreto 63/2001 de 26 de enero, por el que se aprueba

Más detalles

DISPOSICIONES COMUNES

DISPOSICIONES COMUNES RESOLUCIÓN DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID, DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 2014, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE CONGRESOS Y REUNIONES CIENTÍFICAS (WORKSHOPS, SEMINARIOS

Más detalles

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE ARGAMASILLA DE ALBA (CULTURALES, SOCIALES, EDUCATIVAS, BENÉFICAS, RELIGIOSAS, ETC.), PARA EL EJERCICIO 2015 1. Objeto.- En

Más detalles

Proyecto de decreto por el que se regula el procedimiento de registro de facturas en el Sistema de Información Contable de Castilla y León.

Proyecto de decreto por el que se regula el procedimiento de registro de facturas en el Sistema de Información Contable de Castilla y León. Proyecto de decreto por el que se regula el procedimiento de registro de facturas en el Sistema de Información Contable de Castilla y León. La Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 210 Miércoles 2 de septiembre de 2015 Sec. III. Pág. 77915 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 9547 Orden AAA/1770/2015, de 28 de agosto, por la que se

Más detalles

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EMPRENDEDORES, EMPRESAS Y AUTÓNOMOS.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EMPRENDEDORES, EMPRESAS Y AUTÓNOMOS. BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EMPRENDEDORES, EMPRESAS Y AUTÓNOMOS. Primera.- Objeto y ámbito 1. El objeto de las presentes bases es la regulación de la convocatoria y concesión, en régimen de

Más detalles

BASES DE LA CONVOCATORIA

BASES DE LA CONVOCATORIA AYUNTAMIENTO DE ALICANTE Participación Ciudadana CONVOCATORIA de SUBVENCIONES para PROYECTOS de las Entidades inscritas en el Registro Municipal de Entidades, para el fomento de la Participación Ciudadana.

Más detalles

INSTRUCCIONES. Primera. Objeto

INSTRUCCIONES. Primera. Objeto Ref: 49/054368.9/14 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN

Más detalles

SUBVENCION DE AUTOEMPLEO CON RESOLUCION ÚNICA DEL AYUNTAMIENTO DE

SUBVENCION DE AUTOEMPLEO CON RESOLUCION ÚNICA DEL AYUNTAMIENTO DE SUBVENCION DE AUTOEMPLEO CON RESOLUCION ÚNICA DEL AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO 1. Aprobar las Bases y Convocatoria de Subvenciones de Autoempleo para el año 2011, por una cuantía total de 30.000,00

Más detalles