EVALUACIÓN DEL PLAN DE EMPLEO COMUNIDAD DE MADRID 2013

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1 Co m isión Ejecut iva Region al EVALUACIÓN DEL PLAN DE EMPLEO COMUNIDAD DE MADRID 2013 En Madrid el paro registrado al finalizar el año 2012 se eleva ya a madrileños lo que supone nada menos que una subida del 11,4% durante el último año del paro en nuestra Comunidad. Las cifras interanuales del paro nos sitúan en unos niveles de incremento del desempleo similares a los peores momentos de la crisis, y con una evolución del mercado de trabajo en nuestra región peor que la del conjunto del Estado. Todo ello fruto de una política de empleo inexistente y de una política económica inadecuada. Una política económica que nos está llevando a una situación muy difícil de sostener. Los datos de la EPA demuestran que las políticas de recorte y la reforma laboral, están acelerando la destrucción de empleo y ahondan en la recesión. No se puede abandonar a los que han perdido su puesto de trabajo y, por el continuo empeoramiento de la situación económica, no pueden encontrar un empleo. Seguimos destruyendo empleo a un ritmo más elevado debido a la recaída incesante de la actividad económica. La reforma laboral no sólo destruye empleo, sino que empeora las condiciones para los que no ven destruido su puesto de trabajo, pero sí modificado y con salarios reducidos. Los datos de la EPA del 2012, son francamente negativos para el mercado de trabajo madrileño. La cifra de parados en la Comunidad queda en personas, lo que supone un 6.74% más que hace un año. Hoy hay parados más en la Comunidad que hace doce meses. La destrucción de puestos de trabajo sigue inexorable en la Comunidad, en el último año se han destruido en la Comunidad de Madrid un total de empleos. La ocupación se ha resentido especialmente en el sector público, del que dependen servicios como la educación o la sanidad: se han perdido un 11% de los empleos del sector público en nuestra Comunidad en 2012 (frente a un 0.57% en el sector privado). El porcentaje de hogares en Madrid con todos sus miembros en paro es del 9.19%. Una estimación prudente habla de / y más de personas en desempleo no cobran ningún tipo de prestación económica. Y sigue aumentado el paro de larga duración. 1

2 Además, uno de los peores datos nos lo ofrece el análisis por edad, del que únicamente destacar una cifra, por sí sola explicativa de lo que está ocurriendo en miles de hogares en nuestra región: el número de parados madrileños mayores de 45 años subió en 2012 un 23.11%, superando la barrera de los Contexto presupuestario de la Comunidad de Madrid para el 2013 El Programa de Empleo disminuye en 152 millones de euros, un 62% (94 millones de euros para el 2013) y el programa de Formación se ha reducido en un 43%. Madrid es la única Comunidad Autónoma que no ha establecido medidas propias de Políticas Activas de Empleo financiadas con fondos de la Comunidad Autónoma. Únicamente las medidas de políticas activas son las que solicitaron al Estado en la Conferencia Sectorial. Comunidad Medidas con Medidas con Medidas Totales Autónoma fondos propios Fondos Estatales Andalucía Aragón Asturias Baleares Canarias Cantabria Castilla-La Mancha Castilla y León Cataluña Valencia Extremadura Galicia C. de Madrid Murcia Navarra La Rioja Además la distribución de los fondos van dirigidos fundamentalmente a la Formación con millones de euros y a los programas de emprendedores con millones de euros que se llevan cerca del 98% de los fondos solicitados. 2

3 Consecuente con el desinterés mostrado por el Gobierno de la Comunidad de Madrid por la situación de los desempleados madrileños, la partida económica destinada a Políticas Activas de Empleo, en los Presupuesto Generales de la Comunidad, disminuyen un 80%. Valoración del Plan de Empleo 2013 El Plan que nos presentan contiene fundamentalmente las medidas de Políticas Activas de Empleo que solicito la Comunidad de Madrid al Estado (dentro del Plan anual de Políticas de Empleo) en la Conferencia Sectorial sin añadir medidas con fondos propios para afrontar la elevada situación del desempleo en nuestra Comunidad. El Plan es una mera recopilación de las medidas que solicitaron. 1. Mejora de la intermediación laboral. Se plantean dos actuaciones con la red de Oficinas de Empleo y una actuación con las agencias de colocación. a) Programa piloto en cuatro Oficinas de Empleo. Plantean reforzar la plantilla de estas Oficinas con técnicos para realizar prospección de empresas para la captación de ofertas de trabajo y efectuar intermediación personalizada. Hay que decir que la prospección para la captación de ofertas y la intermediación personalizada no son actuaciones novedosas como para plantear un programa piloto, pues se llevan haciendo en las Oficinas de Empleo desde antes de la transferencia de las políticas activas a la Comunidad de Madrid. Es más, el 30 de junio de 2012 no se renovaron los contratos de 88 Promotores de empleo destinados en toda la red de oficinas y en septiembre no se renovaron los contratos de los 88 Orientadores con la consecuente movilización y encierros por parte de los sindicatos del ámbito de la Consejería de Empleo. Hasta dicha fecha la prospección de empresas se realizaba en toda la red de Oficinas. Si bien es cierto que los promotores de empleo y orientadores estaban financiados con fondos estatales, la Comunidad de madrid no ha hecho ningún esfuerzo por la continuidad de los mismos, un colectivo muy 3

4 necesario para mejorar la inserción laboral de los desempleados y para acercar a los empresarios al servicio público de empleo. Se podía haber disminuido la partida destinada a la bonificación de las empresas o reducir alguna de las partidas destinadas a formación o emprendedores para garantizar los puestos de trabajo y dar continuidad a la labor que se venía realizando. b) Colaboración público-privada. Se fomenta la privatización de la intermediación frente a su realización con medios propios, posibilitando así que las agencias privadas de colocación hagan negocio con los desempleados. Con esta medida se da una transferencia de rentas al sector privado con el riesgo de estar fomentando que el Servicio Público de Empleo deje de realizar determinadas actividades delegándolas en las agencias privadas. Debe rechazarse que los escasos fondos públicos con los que se cuenta para las políticas activas y para reforzar la intermediación pública se utilicen para promover las agencias privadas de colocación en lugar de fortalecer el sistema público. Además en el documento plantean que esta colaboración con las agencias privadas se realizará mediante contrato, sistema que bordea la legalidad pues la Ley que regula las agencias de colocación plantea que la configuración como agencia de colocación colaboradora de los Servicios Públicos de Empleo se realizara mediante Convenio de Colaboración. Aquí parece que se pretende realizar mediante un contrato de servicios o contrato de gestión de servicios públicos regulados por la Ley de Contratos del Sector Público, lo que sería progresar en una posible externalización futura de los servicios públicos de intermediación que realizan las oficinas de empleo. Riesgo más leve, aunque existente, con un convenio de colaboración pues el objeto es la colaboración, el complementar la actividad del Servicio Público de Empleo. 4

5 Asimismo, el sistema establecido para la contraprestación económica por el servicio o colaboración establece un modulo fijo por cada desempleado que se le deriva y uno variable en función de la inserción laboral con un contrato de duración de al menos seis meses. Aquí lo determinante en el pago de una determinada cantidad debiera ser el resultado alcanzado, la contratación del desempleado, no por la actividad que realice, no se debe separar la gestión de los frutos obtenidos por ella. Lo lógico sería supeditar la percepción del pago al éxito de la mediación, lo que además, estimularía la eficacia de la gestión de la agencia de colocación. También es necesario controlar el tipo de colectivos de desempleados destinatarios; los llamados paquetes de desempleados que va a mandar el servicio público a las agencias privadas de forma que no se deriven básicamente perceptores de prestaciones por desempleo. El colectivo de desempleados de larga duración (suelen tener edades más altas y se da una correlación positiva entre mayor edad y mayor tiempo de permanencia en el desempleo) debieran ser uno de los colectivos prioritarios, sobre todo los no perceptores de prestaciones. Igualmente, es necesario velar por el respeto a la no discriminación y la igualdad de acceso al empleo por parte de las agencias privadas de colocación y con qué agencias se van a realizar los convenios o contratos, el tipo de contratación de los desempleados si es que la hubiera, el grado de eficacia, así como una evaluación continua de la medida. c) Reorganización de la red de oficinas de empleo. No se dice nada sobre cuál sería la reorganización que se pretende realizar. No se aporta ningún informe sobre qué reorganización de la actividad es la que se pretende hacer. Se precisa una mayor concreción de esta medida pues los indicios establecidos en el análisis de la medida anterior no son nada tranquilizadores para el Servicio Público. Parece que se pretende privatizar la intermediación o segmentar el colectivo de los desempleados repartiendo a las agencias aquellos que les generen mayor rentabilidad económica o en todo caso relegar las oficinas de 5

6 empleo y disminuir el papel de lo público en la colocación con el consiguiente riesgo de destrucción de empleo público. En todo caso si se afronta una reorganización de las actividades de las oficinas de empleo, esta debiera ser previamente informada y negociada con las secciones sindicales y las Federaciones de Servicios Públicos de UGT y CCOO al afectar a la plantilla. 2. Fomento de la Contratación. A. Fomento del contrato en prácticas. El contrato en prácticas tiene una duración que no puede ser inferior a seis meses ni superior a dos años y puede realizarse a jornada completa o a tiempo parcial. La ayuda económica que se plantea es de 500 por cada año de duración (42 euros al mes) prorrateada por meses si la duración fuera inferior. Esto es, 250 si la duración es la mínima legalmente establecida y 1000 si la duración es la máxima. El contrato en prácticas tiene una escasa incidencia como modalidad de contratación en nuestro mercado de trabajo, representa el 0,62% del total de la contratación realizada en el año 2012 en la Comunidad de madrid. La cuantía de la subvención de 42 mes no consideramos que vaya a tener una incidencia significativa en el fomento de este tipo de contrato. Además, este tipo de contrato se puede realizar a jornada completa o parcial y nada se especifica en el documento de que la ayuda sea para contratos a tiempo completo, pudiéndose realizar el parcial. B. Contratación a tiempo parcial de mayores de 45 años. Se plantea una ayuda a la contratación indefinida a tiempo parcial para mayores de 45 años. La ayuda será de si la jornada es de al menos el 50% de la jornada y una reducción proporcional en caso de ser inferior. 6

7 Como ya hemos comentado el número de desempleados madrileños mayores de 45 años superan los y el incremento del desempleo en este colectivo es del 23% en el Un colectivo que carece de ofertas de empleo, a pesar de tener mayor experiencia laboral que otros con edades inferiores. Además, es un colectivo con muchas responsabilidades a su cargo, suelen tener responsabilidades familiares, están hipotecados, tienen que afrontar pagos diversos, tienen personas a su cargo que dependen económicamente de ellos, etc. y por tanto tienen gran urgencia de ingresos. Pero la medida planteada fomentaría ingresos reducidos los convertiría en perceptores del salario mínimo interprofesional o en el mejor de los casos en mileuristas. Además, la medida planteada en lo que realmente incide es en la precarización de sus condiciones laborales al fomentar la contratación parcial e incluso por horas y es una medida más de reparto de trabajo que de creación de empleo. La novedad de esta medida es la propuesta por parte de la Comunidad de Madrid de crear mini-jobs para mayores de 45 años. 3. Refuerzo de la formación de los desempleados. La mayor parte de los presupuestos destinados a las Políticas Activas para el año 2013 se centran en los programas de formación. La formación profesional para el empleo junto con las medidas destinadas a los llamados emprendedores son las únicas políticas activas que quedan después de la supresión de la mayoría de los programas de políticas activas. Se plantean reforzar la formación ocupacional mientras suprimen los conciertos en la Formación Profesional de Grado Superior cuando está constatado que estos estudios son una excelente opción para acceder al mercado laboral. Conciertos que deberían restituirse. a. Programa de empleo seguro. Se subvencionarán a las empresas financiando la formación impartida con las que se establezcan convenios de formación con compromisos de contratación. Este sistema de formación se viene realizando desde hace tiempo con escasos resultados pues únicamente se presentan las 7

8 empresas que ya tenían idea de contratar para que se les pague la formación como ha ocurrido con la contratación de cajeras/os del grupo Corte Inglés. b. Nuevo Programa de formación ocupacional. Se plantean tres modalidades de formación con prácticas profesionales: La Formación con prácticas remuneradas. Debería concretarse en qué consiste el programa y el sistema y cuantía de la remuneración. En todo caso los programas de escuelas taller y casas de oficios dirigido a jóvenes menores de 25 años junto con el programa de Talleres de Empleo para desempleados mayores de 25 años, que se venían realizando y no se convocaron en el año 2012 son programas mixtos de empleo y formación reconocidos como exitosos dentro de los programas de políticas activas. En el año 2011 participaron alumnos en programas de escuelas taller y casas de oficio y en el 2012 aunque no hubo convocatoria alumnos se beneficiaron de este programa a través de las convocatorias iniciadas en el 2011 con proyección temporal al Igualmente en talleres de empleo se beneficiaron desempleados en el 2011 y en el 2012 que al igual que en escuelas taller participaron en convocatorias iniciadas en el 2011 con proyección temporal al Se deberían recuperar estos programas que han demostrado su eficacia en la inserción laboral frente a las medidas que nos plantean. Programas que tienen una fase de formación y una de contratación y por lo tanto de cotización frente a una beca o subvención para las prácticas que no conllevaría contratación. Formación de certificados de profesionalidad. Se nos presenta un programa como nuevo que lo único que cambia es de nombre pasando de llamarse plan de formación e inserción profesional Plan FIP a denominarse formación de certificados de profesionalidad. El FIP va dirigido a desempleados y se fundamenta en la obtención de certificados de profesionalidad. 8

9 En el año 2012 se abandona la formación destinada a desempleados impartida a través de los centros colaboradores y no se realiza convocatoria del Plan FIP con lo que muchos centros colaboradores de formación han tenido que cerrar y muchos desempleados se han quedado sin ofertas de formación. Ahora parece que van a corregir el error aunque con menor presupuesto. Este programa habría que complementarlo y sincronizarlo con un procedimiento de certificación de la experiencia profesional que en Madrid nunca se ha convocado y ahora está en revisión. De esta forma, muchos de los desempleados no tendrían la necesidad de cursar un certificado entero, sino que tendrían ya parte de la formación acreditada-cuando no toda- y un itinerario marcado por los expertos. Colaboración Social. La verdadera novedad de esta medida es que lo pretendan hacer pasar como un programa de formación ocupacional y que desarrollarán en los Ayuntamientos de la Comunidad. El servicio autonómico de empleo puede exigir a los trabajadores desempleados perceptores de prestación o subsidio por desempleo la realización de trabajos de colaboración social regulado en el art ), referido a la extinción de las prestaciones por desempleo del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. La principal característica es que su realización es obligatoria, bajo sanción de extinguir la prestación o subsidio de no aceptarlos, y que no supone relación laboral por lo que no les es aplicable el contenido de los convenios colectivos ni tampoco el conjunto de la legislación laboral. La duración máxima será igual al tiempo de prestación que le falte al trabajador por percibir de la prestación reconocida. Los desempleados reciben durante la realización de los trabajos de colaboración social por un lado la prestación o subsidio que tuvieran reconocido por la cuantía que corresponda en cada momento y por otro con cargo a la Administración contratante un complemento fijado en la diferencia entre la citada prestación o subsidio y el importe total de la base reguladora correspondiente a la prestación que estuviere percibiendo o que hubiera agotado antes de percibir el subsidio. 9

10 El servicio de empleo puede promover la celebración de conciertos con Administraciones Públicas y entidades sin ánimo de lucro en los que se identifiquen los trabajos de colaboración social a realizar por los desempleados. El supuesto objeto de este programa es el de contribuir a la adquisición de experiencia laboral, pero en numerosas ocasiones se han utilizado para cubrir actividades normales y permanentes de las Administraciones públicas, Universidades, Organismo público y realizan trabajos estructurales que debieran realizarse con plantilla propia. Con esta medida se está sustituyendo el Programa de Colaboración con las Corporaciones Locales que es uno de los programas de fomento de empleo de las políticas activas por un proyecto que obliga a los desempleados a realizar trabajos de colaboración social sin contratación en los Ayuntamientos. Con las siguientes diferencias y perjuicios tanto para la Corporación Local como para el trabajador en desempleo: En el Programa de Colaboración con las Corporaciones Locales (PCCL) los trabajadores tienen un contrato de trabajo con todos sus derechos laborales y cotizan a desempleo. Por el contrario en la Colaboración Social (CS) el trabajador consume su prestación su por desempleo y no tiene derechos laborales ni cotiza a desempleo. En el PCCL la Comunidad de Madrid subvenciona el 100% de los costes salariales de los trabajadores y el la CS es el Ayuntamiento el que tendría que aportar económicamente la diferencia hasta la base reguladora. Están los Ayuntamientos como para asumir ese gasto. En el PCCL el trabajador cobra un salario en función de la categoría profesional y por tanto del trabajo que realicen mientras que en la CS lo que cobran los trabajadores no depende del trabajo que realizan sino de lo que cobraran antes de quedarse en paro. Pudiéndose dar la circunstancia que ante el mismo trabajo y la misma jornada haya trabajadores que no cobren lo mismo. 10

11 Se mandarán a la CS trabajadores que están cobrando el desempleo pero no aquellos que lo han agotado o no han tenido derecho, dándose la paradoja de que quien más lo puede necesitar no pueda beneficiarse de un programa de políticas activas. En el año 2012 no se realizó convocatoria del Programa de Colaboración con las Corporaciones Locales pero los datos de trabajadores desempleados participantes en años anteriores indican el éxito de este tipo de programa pues se contrataron una media de desempleados. Con esta medida se pretende proporcionar a los Ayuntamientos mano de obra barata a costa del daño que se ocasiona al trabajador que consume sus prestaciones por desempleo. Por ello debemos rechazar la sustitución del Programa de Corporaciones Locales por la colaboración social y exigir que se convoque en Formación Continua y Formación en los cinco Centros Propios. Los fondos asignados a la formación continua en los Presupuestos Generales de la Comunidad para el 2013 han tenido un recorte importante. Además, debería negociarse la convocatoria para, entre otras cosas, no ser discriminados en la asignación de cursos como nos pasó en la convocatoria anterior. Respecto de la formación en centros propios, después del abandono que han tenido durante años, estamos de acuerdo con que se les recupere. No obstante, habrá que concretar la formación que se pretende impartir en los centros propios, que nos aporten los estudios de necesidades del tejido productivo madrileño y las necesidades que se dice que han puesto de manifiesto empresas concretas. Qué empresas? Y Cuáles son esas necesidades?, Cuáles son los sectores y ámbitos formativos detectados como prioritarios? 5. Programa de Emprendimiento. En primer lugar el programa que plantean incluye, dentro del emprendimiento, a empresarios con menos de 50 trabajadores en sus empresas, más del 90% de las empresas españolas. 11

12 Los fondos destinados a empresarios emprendedores junto a los destinados a la formación se llevan la mayor parte de lo presupuestado en programas de políticas activas para el año Las medidas de información, tutorías y la formación al emprendimiento no son nuevas, se venían realizando en el área encargada del emprendimiento en el extinto Servicio Regional de Empleo con empleados públicos hasta que se externalizó y se encargó a una empresa este asesoramiento. Hay que resaltar que detrás de la exagerada publicidad que se ha dado en la Comunidad de Madrid al programa de emprendimiento de la Dirección General de Empleo no existían medidas reales de apoyo para crear un negocio durante estos años, ha sido un programa vacío, se ha vendido humo. Ahora las nuevas medidas, que no novedosas, son la utilización de locales del IVIMA para la creación de una red de locales de emprendedores (en el Ayuntamiento de Madrid son los llamados incubadoras y viveros de empresas que gestiona Madrid Emprende), la utilización de recursos ociosos de maquinaria, materiales y espacios de otros empresarios, y el acuerdo con la Caixa para la financiación de los proyectos más viables. La medida de contactar con empresas con recursos ociosos nos parece que va a tener escaso éxito pues difícilmente un empresario va a poner a disposición su maquinaria para que otro empresario le haga la competencia. Además habría que ver qué contraprestación le dará la Comunidad de Madrid a esos empresarios con recursos ociosos. El problema de los créditos de las entidades privadas siempre ha sido las garantías que exigen para darlos. Cuestión de la que no dice nada para solucionar esta circunstancia el Plan de Empleo. Por último en el punto segundo del Programa de Emprendimiento se plantean la convocatoria de una Orden de subvención de los costes de Seguridad Social de las contrataciones que realicen las empresas de menos de 50 trabajadores (emprendedores). Sería una segunda Orden pues en noviembre de 2012 ya convocaron otra idéntica. Decir que la citada Orden rompe con los principios de las medidas de fomento de empleo pues se subvenciona no solo las nuevas contrataciones de desempleados sino también las prórrogas de contratos realizados antes de la publicación de la Orden (igual que nos plantean en esta medida). Subvencionar contrataciones ya realizadas no fomenta nada, sino que es un reparto de dinero a los empresarios, un regalo económico, Qué emprendimiento se está fomentando? 12

13 Además, sin medidas de estímulo económico el emprendimiento va a tener obstáculos importantes en esta situación de crisis. Los proyectos tienen poca viabilidad en una crisis de demanda. Además, Cómo pueden unos pocos emprendedores tener éxito cuando numerosas empresas están fracasando? Si no hay dinamización de la actividad económica difícilmente va haber emprendimiento. El empleo por cuenta propia en España y en nuestra Comunidad tiene el peso que tiene y fomentar salidas individuales a la crisis no sería la solución, es más necesario impulsar el empleo por cuenta ajena. 6. Actuaciones sectoriales. Desconocemos los estudios en los que se basan para seleccionar estos dos sectores y se echa en falta una apuesta por sectores industriales apoyados por cluster en nuestra región como el aeroespacial o el sector biosanitario. Habría que recuperar la participación de los agentes sociales en el Observatorio de empleo y la formación. Más que formar a desempleados sería conveniente que recuperaran el Programa de Agentes de Desarrollo Local que no figura en la planificación para el En el año 2011 se subvencionaron con este programa 300 Agentes de empleo y desarrollo local y 200 en el Atención a las personas con discapacidad. De nuevo se nos presenta un programa que ya se venía realizando, salvo que en este caso con una reducción presupuestaria. Tampoco se hace referencia al empleo en empresas ordinarias y a la exigencia de cumplir con la cuota de la LISMI. 13

14 VALORACIÓN FINAL Debemos rechazar el Plan de Empleo que nos presentan por ser insuficiente presupuestariamente y por su desacierto en los contenidos que no afrontan de manera adecuada la elevada situación del desempleo en la Comunidad de Madrid. El Plan es una mera recopilación de las medidas de Políticas Activas de Empleo que la Comunidad de Madrid propuso realizar, sin diálogo ni concertación social, con cargo a los fondos distribuidos por el Servicio Público de Empleo Estatal, dentro del Plan Anual de Política de Empleo. Pretenden que avalemos el recorte en las Políticas Activas que revelan el abandono que durante años se mantiene de los desempleados madrileños. Es el Plan de Empleo de los recortes y las restricciones presupuestarias. Un Plan que prescinde de los programas de empleo y formación al reducir los presupuestos para el 2013 y dedica los escasos presupuestos destinados a las Políticas Activas de Empleo destinadas a los desempleados para potenciar a las Agencias privadas de Colocación y subvencionar las cuotas de la seguridad social que tienen que pagar los empresarios. Además, el Plan no afronta el problema del elevado porcentaje de hogares madrileños con todos sus miembros en paro y de las personas en desempleo que no cobran ningún tipo de prestación económica. No da respuesta a las necesidades más imperiosas de las personas desempleadas y sus familias. Por ello, con este objetivo del mantenimiento de ingresos para los colectivos más perjudicados por la crisis y de manera integral con las Políticas Activas es necesario la creación de Plan de Choque para el mantenimiento de rentas para aquellas personas que han perdido el empleo y han agotado las prestaciones y ayudas. La puesta en marcha de un Plan Regional para la contratación de personas en desempleo por las corporaciones locales y organismos públicos, recuperando el Programa de Colaboración de las Corporaciones Locales para la contratación de desempleados en obras y servicios de interés general y social y el Programa de contratación de desempleados por parte de Organismos e Instituciones sin ánimo de lucro. Con el objeto de reforzar los equipos y medios técnicos de los servicios municipales y otros organismos públicos, contribuyendo con ello a la prestación de un mejor servicio al ciudadano. 14

15 Establecer un acuerdo con las Corporaciones Locales para el establecimiento de planes territoriales de empleo y el desarrollo de un Plan Regional de Inversiones Públicas, en cooperación con las entidades locales y el gobierno central. Desarrollar unas adecuadas políticas de inserción en el mercado de trabajo, recuperando e incrementando aquellos programas de políticas activas que impliquen la creación de puestos de trabajo y que por tanto favorezcan la actividad económica, como son los programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Colaboración con Organismos y Corporaciones Locales, adecuando estos programas a las nuevas realidades productivas y de los sectores. Para la implementación de la Formación Profesional en nuestra Comunidad es importante que se creen los espacios de participación, debate y coordinación entre la Administración y los Agentes Sociales. Igualmente, consideramos urgente impulsar el funcionamiento del Consejo Regional de la Formación Profesional como espacio de participación institucional para el impulso y desarrollo de la formación profesional. Además, es necesario incrementar los recursos de los servicios públicos de empleo que deben tener un papel más activo, dinámico y eficaz en la respuesta a los problemas del desempleo. Para ello debe haber una mayor transparencia en su gestión, incrementar su presupuesto y crear un órgano de participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. El Plan de Empleo deberá contar con una financiación adecuada y planificarse a partir de la inversión y el estímulo de la actividad económica, no de los recortes. Una de las propuestas, entre otras, para conseguir mayores fondos para la realización del Plan de Empleo, seria solicitar al Fondo Social Europeo políticas activas de empleo y formación dentro de la convocatoria para el sexenio Solicitud que no se realizó en el 2012 pero que aún estamos en plazo de hacerlo. Madrid 27 de febrero de

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