CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS CON LA SALUD LABORAL, CON LAS PERSONAS CONTIGO
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- Sofia Ferreyra Sáez
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1 CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS CON LA SALUD LABORAL, CON LAS PERSONAS CONTIGO
2 2... CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS En MC MUTUAL te ponemos al corriente de cúales son las coberturas de las que ahora puedes beneficiarte como trabajador autónomo. Somos la Mutua número 1, llevamos más de 100 años acumulando conocimiento y experiencia y los ponemos a tu servicio. Para ayudarte a mejorar tu salud. De esta forma estarás protegido en el caso de cualquier contingencia que pudiera producirse en el desarrollo de tu actividad económica o profesional. Disponemos de una amplia infraestructura con más de 100 centros propios repartidos por todo el territorio español, 2 clínicas propias y centros intermutuales de referencia. Además de la cobertura económica por incapacidad temporal, te ofrecemos la posibilidad de mejorar tus prestaciones cubriendo las contingencias profesionales. De este modo contarás con mayor seguridad en tu profesión puesto que tendrás acceso también a la asistencia sanitaria en caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional. PODEMOS AYUDARTE A MEJORAR TUS PRESTACIONES COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO Te protegemos cuando más lo necesitas. Tendrás acceso a la prestación por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural y prestación por cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave. Si además cubres con nosotros el cese de actividad, tendrás acceso a esta prestación, si cumples los requisitos que marca la normativa. Recuerda que si deseas ampliar tus coberturas, debes hacerlo antes del 1 de octubre de cada año, con efectos 1 de enero del año siguiente.
3 3 POR QUÉ ELEGIR A MC MUTUAL? Adaptaremos al máximo nuestros servicios a tu ámbito de actuación, teniendo en cuenta tus necesidades específicas, con la intención de mejorar tus condiciones de trabajo y salud laboral. Tendrás acceso a prestaciones especiales en caso de situaciones concretas de necesidad, tras sufrir un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Si lo deseas, te haremos llegar vía diariamente, cualquier novedad legislativa que se produzca y que te interese para el desarrollo de tu profesión. Contamos con el Campus MC: plataforma de formación online en gestión y prevención de riesgos laborales. Organizamos jornadas y seminarios técnicos sobre temas laborales y de Seguridad Social y relacionados con el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales. Y además, te ofrecemos un portal pensado exclusivamente para ti en el que encontrarás información acerca de cuáles son tus derechos y deberes como autónomo, cómo puedes darte de alta, cuáles son las prestaciones que puedes solicitar, qué hacer si te quedas en paro e incluso cómo gestionar los riesgos laborales en función de si eres trabajador autónomo empresario o no. A través de autonomos.mc-mutual.com podrás acceder a distintos recursos que te resultarán útiles en tu día a día: Calculador de cuotas, para que puedas conocer el coste de tu cotización como trabajador autónomo, las bonificaciones de las que puedes beneficiarte, etc.
4 4... CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS Buzón del autónomo, para cualquier consulta o sugerencia que quieras hacernos llegar, estudiaremos el caso y te responderemos de forma personalizada. Documentación administrativa: donde podrás consultar los principales formularios que necesitarás en tu relación con la mutua, para descargarlos siempre que lo necesites. Acceso al Prontuario MC MUTUAL, herramienta de consulta permanentemente actualizada sobre normativa relacionada con el Derecho del Trabajo y la Seguridad Social. Materiales de prevención de riesgos laborales como carteles, trípticos o manuales que te ayudarán a tener presente una auténtica cultura preventiva. Escuela de la Espalda online que te enseña a mantener tu columna joven y sana, o la aplicación web para dejar de fumar: Tu puedes. NUESTRO EQUIPO DE PROFESIONALES TE PRESTARÁ ASESORAMIENTO INTEGRAL PARA QUE PUEDAS DESEMPEÑAR TU PROFESIÓN CON MAYOR SEGURIDAD
5 5 COBERTURA ECONÓMICA EN SITUACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL POR CONTINGENCIAS COMUNES Nos encargaremos de la prestación económica que te corresponde y realizaremos visitas de seguimiento de tu caso. PRESTACIÓN ECONÓMICA En caso de baja médica por incapacidad temporal, te corresponderán las siguientes prestaciones económicas según la normativa vigente: Del 4º al 20º día de baja, cobrarás un 60% de la base reguladora. A partir del 21º día de baja, percibirás el 75%. También podemos ayudarte durante el proceso de baja, evaluando los informes y diagnósticos del Servicio Público de Salud. DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN La duración máxima de la prestación económica de la incapacidad temporal es de 12 meses, ampliable a 6 meses más cuando se prevé la curación en ese período. INCAPACIDAD PERMANENTE En caso de incapacidad permanente, derivada de un accidente no laboral o de una enfermedad común, el Instituto Nacional de Seguridad Social te abonará la pensión que te corresponda. El personal administrativo de MC MUTUAL te informará de todos los trámites a seguir para la solicitud de la prestación.
6 6... CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS COBERTURA ASISTENCIAL Y ECONÓMICA EN CASO DE CONTINGENCIAS PROFESIONALES En MC MUTUAL tenemos un concepto global de la prestación sanitaria: Urgencia ambulatoria. Diagnóstico por la imagen. Consulta médica y traumatológica. Tratamiento médico. Rehabilitación funcional. Hospitalización e intervenciones quirúrgicas. ASISTENCIA SANITARIA Una cobertura integral, desde la asistencia médica que precises en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional hasta la rehabilitación, en los casos que sea necesario. Abono del coste de los desplazamientos. Nuestro equipo de profesionales sanitarios te informará, en todo momento, de la evolución de tu proceso y de los pasos necesarios para que recuperes tu salud lo antes posible. Agilizaremos los trámites y las esperas, porque queremos que dispongas de una atención eficaz, que garantice de forma segura tu bienestar.
7 7 Además, te facilitaremos las sesiones de rehabilitación que sean necesarias según indicaciones médicas para que tu recuperación y reincorporación al trabajo se den en excelentes condiciones y cuanto antes, porque sabemos lo importante que es para ti. PRESTACIÓN ECONÓMICA POR INCAPACIDAD TEMPORAL Cobrarás una prestación equivalente al 75% de tu base de cotización a partir del día siguiente al de la baja médica. PRESTACIÓN ECONÓMICA Nos haremos cargo de la prestación económica que te corresponda si tu dolencia te incapacita, temporal o permanentemente, para realizar tu trabajo, así como de las indemnizaciones en caso de lesiones permanentes no invalidantes e incapacidad permanente. En caso de muerte por causas laborales, tus familiares serán los beneficiarios. Nuestro personal administrativo te informará de los trámites a seguir para la solicitud del abono en cada caso. PRESTACIÓN ECONÓMICA POR INCAPACIDAD PERMANENTE A consecuencia de las secuelas derivadas de un accidente de trabajo, puedes quedar incapacitado en diferentes grados para ejercer tu profesión habitual. Te explicamos las prestaciones que se generan: LESIONES PERMANENTES NO INVALIDANTES, se indemnizan con una cantidad según el baremo que establece la Ley General de la Seguridad Social. INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL, la prestación consiste en una cantidad equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora. INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, tendrás derecho a una pensión vitalicia del 55% de tu base reguladora anual. INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA, recibirás una pensión vitalicia del 100% de tu base reguladora anual. GRAN INVALIDEZ, genera una pensión equivalente a la de incapacidad permanente absoluta más un complemento.
8 8... CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS PRESTACIONES DE VIUDEDAD Y ORFANDAD En caso de fallecimiento del trabajador autónomo, su cónyuge e hijos pueden tener derecho a diversas prestaciones (pensión de viudedad, de orfandad, auxilio por defunción... ). PRESTACIONES ESPECIALES En caso necesario tendrás acceso a nuestro fondo de prestaciones especiales, que aprueba la Comisión de Prestaciones Especiales (CPE) de MC MUTUAL. Estas ayudas están destinadas a cubrir situaciones especiales de necesidad de trabajadores que hayan sufrido un accidente o enfermedad profesional. Ayuda social para trabajadores autónomos Si te encuentras en situación de baja médica por contingencia profesional y en estado de necesidad, ponemos a tu disposición una ayuda social para que puedas hacer frente a la contratación de una persona que pueda ayudarte al mantenimiento de tu actividad y poder afrontar los gastos esenciales de la unidad familiar. Otras ayudas que otorga la CPE: Eliminación de barreras arquitectónicas en la vivienda y adaptaciones técnicas especiales. Adaptación de vehículos. Prótesis especiales (deportivas, acuáticas...). Ayudas a domicilio y familiares (cuidado personal, contribución gastos de alquiler/ hipoteca...). Formación y reinserción laboral. Ayudas a viudas/os y huérfanos....
9 9 PRESTACIÓN POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO Y LA LACTANCIA NATURAL Te encuentras al corriente del pago de las cuotas a la Seguridad Social. Nos has solicitado previamente la certificación médica sobre la existencia del riesgo durante el embarazo o la lactancia natural. que debe emitir un médico de mutua, si cumples con los requisitos. Y cumples con los requisitos que marca la normativa. PRESTACIÓN ECONÓMICA Tendrás derecho a estas prestaciones cuando existan riesgos en tu actividad profesional que puedan influir negativamente en tu salud o la del bebé, tanto durante el embarazo como en el periodo de lactancia natural de un menor de 9 meses. Podrás ser beneficiaria de estas prestaciones si: Has interrumpido tu actividad profesional. Cobrarás en cada caso el 100% de tu base reguladora por incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales o, en su caso, incapacidad temporal. Te informaremos de la documentación que debes obtener previamente a la solicitud y los requisitos necesarios para obtener el reconocimiento a la prestación que corresponda. Estás afiliada y de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
10 10... CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS PRESTACIÓN POR CUIDADO DE MENORES CON CÁNCER U OTRA ENFERMEDAD GRAVE A esta prestación pueden tener derecho tanto los progenitores, como los adoptantes o acogedores de carácter preadoptivo o permanente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación. Las enfermedades que se contemplan son un total de 109. Puedes consultar el detalle de estas enfermedades así como más información de la prestación en cualquiera de nuestras oficinas o en nuestra página web. Esta prestación está pensada para proteger la situación que se produce cuando debes dedicar parte de tu jornada de trabajo al cuidado de un hijo menor que padece cáncer o una enfermedad grave (según catalogación normativa), lo que supone que debe permanecer largo tiempo hospitalizado y con necesidad de cuidado permanente y continuo. La ayuda económica consistirá en un subsidio del 100% de la base reguladora equivalente a la establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales y será proporcional a la reducción que experimente la jornada de trabajo. Esta reducción deberá ser de, al menos, un 50% de su duración.
11 11 PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD Colaboraremos con los servicios públicos de empleo, en la adopción de medidas de formación y orientación profesional que te ayuden a incorporarte de nuevo al mercado laboral. Contacta con nosotros y te informaremos ampliamente del funcionamiento de esta prestación. Si tienes cubierto el cese de actividad con nosotros, podrás acceder también a esta prestación. De esta forma, te protegeremos en caso de que hayas debido cesar en tu actividad profesional, por alguna de las causas previstas en la Ley y cumplas con los requisitos que marca la normativa: Concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos. Fuerza mayor. Pérdida de licencia administrativa. Violencia de género. Divorcio o separación. Además, la ley contempla otros motivos adicionales para los trabajadores económicamente dependientes y para el caso de socios y trabajadores de cooperativas de trabajo asociado. QUÉ HARÁ MC MUTUAL POR TI?: Te abonaremos una prestación del 70% de tu base de cotización durante un determinado periodo de tiempo que variará en función de los meses que hayas cotizado por cese de actividad. Nos encargaremos de la cotización a la Seguridad Social por incapacidad temporal, durante el periodo que dure la prestación. MÁS INFORMACIÓN Si deseas más información consulta el portal del trabajador autónomo: autonomos.mc-mutual.com Para cualquier consulta o sugerencia que quieras hacernos llegar puedes utilizar el Buzón del autónomo o dirigirte a cualquiera de nuestros centros. Puedes consultar nuestra red de oficinas y asistencial en el portal del autónomo o en nuestra web Estaremos encantados de atenderte.
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