Uruguay - Employment Law Class 101.
|
|
- Sara Giménez Ramírez
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Uruguay - Employment Law Class 101. En el Uruguay no existe un Código de Trabajo, así como tampoco existe una legislación sistemática y orgánica de todos y cada uno de los institutos del Derecho individual y colectivo del trabajo.. Las regulaciones del derecho laboral nacional están diseminadas en la Constitución, leyes, decretos y resoluciones por lo que no están consolidadas en un solo instrumento legal (H&H). A su vez, nuestro país cuenta con una amplia doctrina y jurisprudencia y una extensa red de laudos y convenios colectivos que regulan y limitan los poderes del empleador... CADE CASTELLO ADAPTADO MATI La mayoria de las regulaciones y decisiones judiciales que se toman en nuestro país se toman en concordancia con las convenciones adoptadas en el ámbito del a Organización Internacional de Trabajo OIT donde se establecen entandares mínimos que no pueden ser reducidos ni ignorados por los empleadores. (H&H) 1. REQUISITOS Y FORMALIDADES PARA CONTRATAR PERSONAL EN EL URUGUAY. En nuestro país no se requieren formalidades particulares para celebrar un contrato de trabajo entre el empleador y el empleado, por tanto el contrato de trabajo puede ser verbal o escrito. En la actualidad, la mayoría de las empresas optan por la suscripción de un contrato escrito a los efectos de lograr mayor transparencia en la contratación y permitir el conocimiento y principalmente la prueba de todos los elementos que conforman el mismo. L&S En principio los contratos de trabajo se consideran por un tiempo indeterminado, por lo que sin no se establece nada se entenderá que estamos ante un contrato de duración indefinida. Si las partes acuerdan otra cosa pueden pactarlo libremente como por ejemplo contrato a prueba, o contrato a término.
2 La ley en forma expresa establece que no se pueden contratar menores de quince años salvo cuando se solicite autorización expresa a los organismos competentes. Es obligatorio inscribir en el Banco de Previsión Social (BPS) y registrar en la Planilla de Trabajo expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a todo empleado que sea contratado por un empleador. A su vez todo empleado debe estar asegurado en el Banco de Seguros del Estado (BSE) a los efectos de cubrir los daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. 2. BENEFICIOS A LOS QUE TIENEN DERECHO LOS TRABAJADORES EN EL URUGUAY. Mientras se encuentra vigente la relación de trabajo, los trabajadores tendrán derecho a los siguientes beneficios legales Pago del salario. Todo trabajador tiene derecho al cobro de su salario en retribución de su trabajo. El salario debe ser pagado básicamente en dinero, aunque se puede pagar una parte del salario en especie. Está prohibido pagar íntegramente el salario en especie. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social fija un salario mínimo nacional y adicionalmente cada rama de actividad tiene fijado un salario mínimo para cada una de las categorías de trabajadores que componen la misma. Los salarios mínimos para cada categoría laboral (y sus reajustes) se acuerdan en Convenios Colectivos negociados en el ámbito de los Consejos de Salarios. Estos Convenios Colectivos tienen efecto obligatorio para todas las empresas que componen esa rama de actividad. No se pueden pagar salarios inferiores a los salarios mínimos pactados en los Convenios Colectivos. Los salarios se pueden fijar por meses (sueldo mensual) por día (jornal) o por horas trabajadas. Horario de trabajo. Limitación de la jornada y descanso semanal. En Uruguay existe una doble limitación en el horario de trabajo.
3 El límite diario de la jornada de trabajo es de 8 horas por día El límite semanal es diferente para la industria que para el comercio. Para la industria el límite máximo de trabajo es de 48 horas semanales El descanso para la industria es en día domingo o se descansa un día cada 6 días de trabajo (descanso rotativo). Para el comercio el límite máximo te trabajo es de 44 horas semanales. El descanso en el comercio es de 36 horas semanales. En general es a partir del mediodía del día sábado y todo el domingo (semana inglesa). Se pueden autorizar regímenes de descanso especiales, consistentes en descanso el dia domingo y mediodía del dia lunes o descanso en forma rotativa y continuada de 36 hs en cualquier momento de la semana (rotativo). Si el empleador y el trabajador se ponen de acuerdo se puede reducir el horario de trabajo. Horas extras. Ley Las horas extras son aquellas que excedan el límite legal o convencional aplicable a la actividad y categoría laboral. Estas horas se pagaran con el 100% de recargo sobre el valor de la hora simple siempre y cuando se realicen en días hábiles. Si no se tratase de días hábiles el recargo será de 150%. El régimen de horas extras es aplicable a aquellos trabajadores con jornada laboral limitada, que trabajen horas que excedan su limite horario. El decreto 611/80 establece cuales son aquellos trabajadores que quedan excluidos de este régimen. Pago del sueldo anual complementario o aguinaldo.
4 El aguinaldo es un pago en dinero que deben recibir los trabajadores dependientes en determinadas épocas del año (junio y diciembre) Equivale a la doceava parte del total de los salarios pagados en dinero al trabajador por su empleador correspondiente a los periodos de Junio Noviembre, y Diciembre Mayo Vacaciones anuales pagas. Ley Todo trabajador contratado por particulares o por empresas privadas, tiene derecho a una licencia anual remunerada de 20 días como mínimo por cada año civil trabajado en su totalidad. Los trabajadores con más de 5 años de servicios en la misma empresa, tienen derecho a 1 día complementario de licencia por cada 4 años de antigüedad, que se acumulará al período ordinario de vacaciones. Los 20 días de vacaciones se gozan dentro del año civil inmediato siguiente a aquel en que se generó el derecho. En caso de que el trabajador no haya trabajado el año civil en su totalidad, el trabajador tendrá derecho a un período de licencia proporcional al tiempo trabajado. La licencia se goza en un solo período continuado, dentro del que no se computan ni los domingos ni los feriados, sin perjuicio de que mediante convenio colectivo debidamente aprobado se autorice el fraccionamiento la misma en períodos de 10 días cada uno. Para tener derecho a la licencia anual integra, el trabajador deberá haber computado un año de trabajo, o 24 quincenas o 52 semanas de trabajo. A los empleados mensuales les corresponde percibir en pago por la licencia, 1/30 del ultimo sueldo mensual por cada día de licencia. A los empleados jornaleros les corresponde percibir en pago por la licencia, su jornal diario vigente por la cantidad de días de licencia que les corresponda. A los trabajadores con remuneración variable se les calcula el jornal de licencia dividiendo el monto total de los salarios percibidos en el año anterior al goce de la licencia por el numero de las jornadas trabajadas en igual periodo.
5 Otras licencias especiales pagas. Los empleados tienen derecho a las siguientes licencias especiales pagas que se adicionan a la licencia común a. Licencia especial por maternidad- 12 semanas b. Licencia por paternidad- Tres días de licencia. c. Licencia por Adopcion y Legitimacion adoptiva- Tres días de licencia al padre. d. Licencia por matrimonio-tres días de licencia e. Licencia por estudio- Un mínimo de seis días anuales, para aquellos que trabajen hasta 36 horas semanales; de 9 días anuales, para aquellos que trabajen más de 36 y menos de 48 horas semanales; y 12 días anuales, para aquellos que trabajen 48 horas semanales f. Licencia por Duelo- Tres días hábiles por fallecimiento del padre madre hijos padres adoptantes concubinos y hermanos. g. Licencia por actividad sindical-el periodo de licencia depende de lo pactado en el Convenio Colectivo respectivo. Pago del salario vacacional. Ley Decreto reglamentario 615/89 Todos los trabajadores de la actividad privada y de las personas públicas no estatales tienen derecho a percibir además del monto que reciben por concepto de licencia, un monto complementario que se denomina salario vacacional el cual equivale al 100% del jornal liquido de la licencia. El jornal liquido es el resultado de descontarle al jornal común las contribuciones a la seguridad social y el impuesto a las retribuciones. El salario vacacional debe ser abonado antes del inicio de la licencia y en proporción a los días de licencia. Goce de feriado. Existen tres tipos de feriados: Feriados comunes: Cuando el trabajador tanto mensual como jornalero trabaja en un feriado común no recibirá pago especial.
6 Feriados pagos: Los feriados pagos en el Uruguay son en las siguiente fechas: 1º de enero 1º de mayo 18 de julio 25 de agosto 25 de diciembre. El trabajador mensual que no trabaje en las fechas referidas, percibirá remuneración como si trabajara. Para el caso en que el trabajador lo trabaje efectivamente la remuneración percibida será el doble. 3 FORMAS DE FINALIZACION DE LA RELACION LABORAL. Fuera de los casos en los que el contrato de trabajo es a término, en nuestro país, tanto el empleador como el empleado pueden dar por finalizada la relación de trabajo en forma unilateral, el empleado mediante renuncia y el empleador mediante el despido. No se requieren formalidades particulares para despedir o renunciar Cuando la relación laboral finaliza por despido, dicha ruptura trae la obligación legal por parte del empleador de indemnizar al trabajador con el pago de la Indemnización por despido (IPD). Esto siempre y cuando el despido no se deba a notoria mala conducta. a. Indemnización por despido común. En términos generales el monto base de la indemnización en el caso de los trabajadores mensuales es el equivalente al importe de un salario mensual por cada año o fracción trabajado, con un límite máximo de 6 mensualidades. Se debe considerar dentro del monto base de cálculo: el ultimo sueldo nominal vigente, una doceava parte del aguinaldo, salario vacacional y licencia correspondiente a un mes de trabajo, las comisiones e incentivos si corresponden, el promedia mensual de horas extras comisiones o incentivos pagados en el ultimo año de trabajo. No tienen derecho a percibir la IPD los trabajadores que sean despedidos por notoria mala conducta, los trabajadores contratados a plazo o para obra determinada, los trabajadores zafrales, los trabajadores suplentes y los que son contratados a prueba.
7 b. Indemnización por despido especial Existen algunas situaciones particulares de despido en las cuales el empleador debe pagar indemnizaciones especiales. Trabajador con enfermedad común. La ley establece un período de estabilidad para el trabajador que estuvo amparado por seguro de enfermedad de 30 días. En dicho plazo el trabajador no puede ser despedido y en caso de serlo deberá abonarse una indemnización especial correspondiente al doble de la indemnización. Despido de la trabajadora grávida o que ha dado a luz. El despido ocurrido desde el momento que el empleador toma conocimiento del embarazo y hasta los 180 dias posteriores al nacimiento genera al empleador la obligación de pagar un despido especial equivalente a 6 veces la suma correspondiente a un mes sueldo (esta indemnización se adiciona a la indemnización por despido común) Despido del trabajador que ha sufrido un accidente de trabajo. Si no se reinstala al trabajador a su posición habitual luego de que sea dado de alta por el BSE, se debe abonar una indemnización por despido equivalente al triple de la indemnización por despido común. Si se lo reinstala a su posición pero se lo despide dentro de un plazo de 180 días desde que retomo sus actividades, tendrá derecho a los salarios que hubiera percibido hasta el término de los 180 días mas la indemnización por despido común. GRAVAMENES SOBRE LOS SALARIOS.
8 A. Contribuciones a la seguridad social. Los sueldos de los empleados se encuentran gravados por una serie de contribuciones a la seguridad social que se enumeran a continuación. 1 Aportes a cargo del empleador. Los aportes patronales que deben realizar aquellos empleadores que contratan trabajadores dependientes comprenden: Aporte jubilatorio: es el equivalente al 7.5% del sueldo nominal del trabajador hasta un máximo de $ Aporte al Fondo Nacional de Salud (FONASA): es el equivalente al 5% del sueldo nominal del trabajador. Aportes para el fondo de reconversión laboral: Es el equivalente al 0.125% del sueldo nominal del trabajador. 2 Aportes a cargo del trabajador.. Aporte jubilatorio. 15% del sueldo nominal hasta un máximo de $ Aportes para el Seguro por enfermedad. 3%, 4.5 % o 6% del sueldo nominal dependiendo de la situación familiar del trabajador (si tiene hijos a cargo etc). Aportes para el fondo de reconversión laboral % del sueldo nominal. B. Impuesto a la renta de las personas físicas.(irpf) Los salarios están gravados por dicho impuesto a diferentes tasas dependiendo del monto de la remuneración. Los montos se modifican anualmente de acuerdo a la variación de las Base de Prestacion y Contribución (BPC). TENGO QUE REVISAR LO QUE SIGUE LOS MONTOS ETC BPC Salario Mínimo Salario Máximo Tasa
9 Hasta % 7 a 10% % 10 a % 15 a % 30 a % 50 a % 75 a % Más de BPC Año 2017 = $ LO QUE SIGUE A PARTIR DE AHORA ESTA SIN MUCHO DESARROLLO. HABRIA QUE TRABAJARLO MAS 5. REGIMEN JUBILATORIO. Para acceder a la jubilación se requiere tanto para el hombre como para la mujer 60 años de edad 30 años de servicios. 6. SINDICATOS Y DERECHO DE HUELGA. Los trabajadores tienen derecho a organizar e integrar sindicatos (derecho constitucional).. Los trabajadores tienen derecho a participar en acciones colectivas incluyendo la huelga (derecho constitucional). Los trabajadores tienen derecho a convertirse en dirigentes sindicales. Los trabajadores tienen derechos a participar en las asambleas sindicales.
10 Los empleadores deben abstenerse de tomar acciones destinadas a que un empleado no se afilie a un sindicato o deje de ser miembro de un sindicato. Los empleadores no pueden despedir o perjudicar a sus empleados a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales. 6.PROCESOS JUDICIALES DE NATURALEZA LABORAL. La resolución de los conflictos individuales de trabajo se dirimen en Juzgados especializados en Derecho Laboral y a través de un proceso judicial especial. Se trata de un proceso abreviado cuyo objetivo es obtener sentencias en plazos más cortos en comparación con los procesos comunes. La resolución de los conflictos colectivos no cuenta con un Juzgado especializado ante el cual dirimir las controversias En caso de conflicto colectivo la ley permita a l MTSS intentar la mediación. La ley también admite la posibilidad que tanto los empleadores como los trabajadores soliciten la mediación del MTSS La solicitud de mediación debe realizarse con una antelación razonable a la adopción de medidas colectivas de fuerza, salvo ante el inminente cierre de la empresa, o cuando el empleador se haya ido del país si dejar representante legal. 7.TERCERIZACIONES. RESPONSABILIDAD POR SUBCONTRATACION. Las empresas comitentes (o principales) son responsables solidarios por las deudas laborales y previsionales que sus empresas contratadas incurran con el personal dependiente durante la prestación del servicio o la ejecución de la obra contratada, siempre y cuando:
11 1. La obra o los servicios encomendados sean parte de la actividad principal de la empresa comitente o esté integrados en la organización de la empresa comitente o, 2. Se trate de servicios de limpieza, mantenimiento, vigilancia o seguridad. La responsabilidad será subsidiaria, si la empresa comitente controla que la empresa contratada esté cumpliendo las obligaciones laborales previsionales del personal dependiente destinado a cumplir la obra o servicio contratado.
INTRODUCCIÓN PRÁCTICA AL RÉGIMEN LABORAL URUGUAYO
RÉGIMEN LABORAL URUGUAYO Este documento ha sido preparado por el Departamento Laboral de Hughes & Hughes con el propósito de brindar una mirada general sobre las principales reglas que regulan las relaciones
Más detallesAsesoramiento para la inserción laboral
Seminario - Taller Asesoramiento para la inserción laboral Dr. Pittamiglio - Dr. Courtoisie mayo - junio 2007 JORNADA DE TRABAJO DOBLE LIMITACION se limita la jornada se limita la duración de la semana
Más detallesLegislación Laboral y Seguridad Social. Extinción del contrato de Trabajo Despido
Legislación Laboral y Seguridad Social Extinción del contrato de Trabajo Despido EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Contrato de duración determinada Contrato de duración indeterminada Cumplimiento del contrato
Más detalles1 - SALARIOS. Formas de fijación El Salario se puede fijar: Oportunidad de pago La norma que establece los plazos para el pago del salario,
1 1 - SALARIOS La Ley ha de reconocer la justa remuneración a quien se hallare en una relación de trabajo o servicio, como obrero o empleado, (art. 54 de la Constitución.). El salario es la remuneración
Más detallesNuevos beneficios para el servicio doméstico. Dr. Martín Montoro.
Nuevos beneficios para el servicio doméstico Dr. Martín Montoro www.jimenez.com.uy Informe legal sobre Servicio Doméstico El Servicio Doméstico está sujeto a todos los beneficios generales consagrados
Más detalles7 HORAS EXTRAS. FUENTE:
7 HORAS EXTRAS FUENTE: http://www.mtss.gub.uy/web/mtss/horas-extras 2 DEFINICIÓN (LEY N. 15.996, DECRETO N. 550/89): se consideran horas extras las que excedan el límite horario aplicable a cada trabajador.
Más detallesUnidad 7 REMUNERACIONES
Unidad 7 REMUNERACIONES 7 Remuneraciones EL SALARIO: Concepto: La Ley ha de reconocer a quien se hallare en una relación de trabajo o servicio, como obrero o empleado, la justa remuneración (art. 54 de
Más detallesUnidad 5 NORMAS DE LICENCIAS
Unidad 5 NORMAS DE LICENCIAS LA LICENCIA ORDINARIA FORMA DE LIQUIDACIÓN CÁLCULO DE VACACIONES LICENCIAS ESPECIALES FERIADOS Y DÍAS NO LABORABLES LICENCIA POR MATERNIDAD ACCIDENTES Y ENFERMEDADES 1 Tema
Más detallesEmplear trabajadores en la Argentina
1 Tipos de contratos laborales La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) N 20744 establece el marco para la contratación de empleados. Contratos por tiempo indefinido Los contratos laborales en la Argentina
Más detallesANTECEDENTES VACACIÓNES
VACACIÓNES ANTECEDENTES Ley Nº 7505. 15 días de vacaciones. 1932 Ley Nº 8563. 30 días de vacaciones Empleados. 1937 Ley Nº 13693. 30 días de vacaciones Obreros. 1961 VACACIÓNES Decreto Legislativo N 713
Más detallesCASOS PRÁCTICOS. Gratificación por Fiestas patrias Régimen general
CASOS PRÁCTICOS Gratificación por Fiestas patrias Régimen general voces: computable Gratificación legal Gratificación proporcional. En este informe especial desarrollamos casos prácticos de la gratificación
Más detallesRégimen Laboral y de Seguridad Social
Capítulo 7 Régimen Laboral y de Seguridad Social Características principales - Los salarios son fijados en cada caso con el trabajador o, en algunos casos, en acuerdos negociados con los sindicatos, no
Más detallesA) Constitución de la República, artículos 7, 36, 53, 54, 55, 56, 57, 67, 332. C) Decreto reglamentario 647/978, del 21 de noviembre de 1978.
ESTATUTO DEL TRABAJADOR RURAL.- NORMATIVA VIGENTE. A) Constitución de la República, artículos 7, 36, 53, 54, 55, 56, 57, 67, 332. B) Decreto-ley 14.785, del 19 de mayo de 1978. C) Decreto reglamentario
Más detallesPROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LAS RELACIONES LABORALES. REFERENCIAL IRAM Nº 9. Agosto 2013 Jornada de Trabajo. Audit Tax Advisory
PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LAS RELACIONES LABORALES. REFERENCIAL IRAM Nº 9 Agosto 2013 Jornada de Trabajo Marco normativo JORNADA DE TRABAJO Jornada de Jornada de Elemento esencial del
Más detallesDESCANSOS REMUNERADOS
DESCANSOS REMUNERADOS Base Legal: Decreto Legislativo N 713 de 7.11.1991 Decreto Supremo N 012-92 92-TR de 2.12.1992 Ley N 26331 de 17.07.1994 Derechos que comprende: Descanso Semanal Obligatorio Descanso
Más detallesPautas legales En cuanto a la cantidad de días de vacaciones, vale tener presente:
Vacaciones 2007: claves para su correcta liquidación Entre el 1º de octubre y el 30 de abril los empleadores deben otorgar el descanso anual. Cómo computar los plazos, formalidades, fraccionamiento y otros
Más detallesPOLÍTICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS POLITICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS. Régimen general - LCT
POLÍTICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS Emisión: Octubre 2012 Área Responsable: Recursos Humanos POLITICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS Régimen general - LCT Artículo 150: Licencia ordinaria. - El trabajador
Más detallesUnidad Temática 6 Recibo de Sueldos y Jornales 2017
Unidad Temática 6 Recibo de Sueldos y Jornales 2017 6.1 Nociones sobre remuneraciones EL SALARIO: Concepto La Ley ha de reconocer a quien se hallare en una relación de trabajo o servicio, como obrero o
Más detallesPago de gratificación por Navidad: régimen general
Pago de gratificación por Navidad: régimen general Voces: Remuneración Remuneración computable Gratificación legal Gratificación proporcional. I. GRATIFICACIÓN ORDINARIA 1. Trabajadores remunerados mensualmente
Más detallesA. LEY 8-90 B. SALARIO MINIMO Y BENEFICIOS MARGINALES
ASPECTOS LABORALES EN ZONAS FRANCAS A. LEY 8-90 La Ley 8-90 que regula y fomenta el establecimiento de empresas y parques de zonas francas, establece en el capítulo 10 y sus artículos, entre otros, los
Más detallesArtículo 2. Modificación de los artículos 3 y 6 del Decreto Legislativo Artículo 3. Definción del Contrato Administrativo de Servicios
Ley 29849 Ley 29849 Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales (Publicado el viernes 06 de abril del 2012) Publicado : 06/04/2012
Más detallesPago de gratificación por Navidad
ECB LABORAL Pago de gratificación por Navidad I. GRATIFICACIÓN ORDINARIA 1. TRABAJADOR DE REMUNERA- CIÓN MENSUAL En el presente caso un trabajador con carga familiar cuenta con más de 6 meses de servicios
Más detallesSECRETARIADO ADMINISTRATIVO
Clase 6 y 7 (Módulo Liq. Sueldos) VACACIONES Es un derecho asignado por la LCT al trabajador, de dispensar de todo trabajo durante cierto periodo, en cada año, determinados en función de la antigüedad.
Más detallesDERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL 2012
Trabajo Práctico Nro. 2 Tema: CONCEPTOS DE LIQUIDACIÓN REMUNERACION: CONCEPTO CONTRAPRESTACION QUE DEBE PERCIBIR EL TRABAJADOR COMO CONSECUENCIA DEL CONTRATO DE TRABAJO. (ART. 103 LCT.). FORMAS CONCEPTOS
Más detallesINDICE 1. Evolución Histórica del Derecho del Trabajo 2. Conceptos Generales 3. El Contrato de Trabajo 4. La Jornada de Trabajo
INDICE 1. Evolución Histórica del Derecho del Trabajo 1 Qué es el trabajo Derecho del trabajo Comienzo y evolución de Derecho del Trabajo Evolución del Derecho del Trabajo en Venezuela Ley del Trabajo
Más detallesINDICE 1. Evolución Histórica del Derecho del Trabajo 2. Conceptos Generales 3. El Contrato de Trabajo 4. La Jornada de Trabajo
INDICE 1. Evolución Histórica del Derecho del Trabajo 1 Qué es el trabajo Derecho del trabajo Comienzo y evolución de Derecho del Trabajo Evolución del Derecho del Trabajo en Venezuela Ley del Trabajo
Más detallesInstituto de Educación Superior Tecnológico Público: Villa María
3ra. Clase JORNADA LABORAL Es el tiempo de duración de la prestación de la actividad del trabajador como contraprestación de la remuneración que recibe de su empleador. En el Perú la jornada diaria normal
Más detallesCALCULO DE LA INCIDENCIA DE LAS CARGAS SOCIALES SOBRE LA MANO DE OBRA DIRECTA DE LOS OBREROS DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
Industria de la Construcción Trabajo Técnico Nº 163 Incidencia de las Cargas Sociales sobre la Mano de Obra Directa de los obreros del sector (Actualización del Trabajo Nº 161 - Sep 2012) VALIDO PARA CAPITAL
Más detallesGRATIFICACIONES. Ley Nº y Decreto Supremo Nº TR Ley Nº y Ley Nº 29714
GRATIFICACIONES Ley Nº 27735 y Decreto Supremo Nº 005-2002-TR Ley Nº 29351 y Ley Nº 29714 las gratificaciones son aquellas sumas de dinero que el empleador otorga al trabajador en forma adicional a la
Más detallesNormativa laboral y de organización de las relaciones laborales en la empresa
MF0980_2 Gestión auxiliar de personal Normativa laboral y de organización de las relaciones laborales en la empresa 1 Qué? Antes de comenzar cualquier procedimiento de gestión, ya sea de personal o de
Más detallesDECRETO LEGISLATIVO 713
Calle Las Garzas 250, San Isidro Telefax (511) 222-3815 93501119 93501120 93501122-93501123 central@galvezconsultores.com www.galvezconsultores.com DECRETO LEGISLATIVO 713 Consolida Legislación sobre Descansos
Más detallesAuditores, Asesores y Consultores
V A D E M É C U M L A B O R A L 2 0 1 4 www.urg.auren.com Auditores, Asesores y Consultores MODALIDADES DE CONTRATACION MODALIDAD OBJETO DURACION PRORROGA PERIODO DE PRUEBA FORMA DERECHOS DEL TRABAJADOR
Más detallesALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Reglamento del Decreto Legislativo Nº 713 sobre los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada DECRETO SUPREMO Nº 012-92-TR (Publicado: 03.12.1992) EL
Más detallesGESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS (RRHH)
GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS (RRHH) 1. GESTIÓN DEL PERSONAL 2. EL CONTRATO DE TRABAJO 1. Definición y elementos 2. Tipos 3. Modificación, suspensión y extinción 3. DERECHOS Y OBLIGACIONES LABORALES 4. SALARIO,
Más detallesCONTADOR PÚBLICO. Plan 2013
CONTADOR PÚBLICO Plan 2013 262- DERECHO LABORAL Curso: 2º - 1º semestre Carga horaria semanal: 4 horas OBJETIVOS 1. Analizar la legislación argentina en materia de derecho laboral. 2. Comprender los derechos
Más detallesAnalista en Gestión Humana & RL
Analista en Gestión Humana & RL ESCUELA FRANCESA DE NEGOCIOS AV. 18 DE JULIO 1324 PISO 3 ESQ. EJIDO - T. 2902 50 94 2903 28 27 info@efn.edu.uy www.efn.edu.uy Asistente en RRHH y Técnica Laboral. Objetivos:
Más detallesEL SALARIO Y LA NÓMINA. Por Ana Pérez para CFGM. FOL.
EL SALARIO Y LA NÓMINA Por Ana Pérez para CFGM. FOL. En esta unidad vamos a ver: Definición de salario. Clases de salario. Estructura del salario. El Salario Mínimo Interprofesional. Pagas extraordinarias.
Más detallesBENEFICIOS A EMPLEADOS
BENEFICIOS A EMPLEADOS BENEFICIOS A EMPLEADOS Comprende todos los tipos de contrapestaciones que la entidad proporciona a los trabajadores a cambio de sus servicios: BENEFICIOS A CORTO PLAZO son aquellos
Más detallesEl empleado interno dispone de dos horas de descanso para las comidas principales, no computable como tiempo de trabajo.
CONTRATACIÓN ESCRITA La contratación será escrita siempre que el contrato tenga una duración superior a 4 semanas. Si no hay contrato escrito, la contratación se entenderá efectuada por tiempo indefinido
Más detallesDECRETO SUPREMO N TR
Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 713 sobre los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada DECRETO SUPREMO N 012-92-TR CONCORDANCIA: R.
Más detallesCONTRATO DE TRABAJO DEL SERVICIO DEL HOGAR FAMILIAR
CONTRATO INDEFINIDO O TEMPORAL DEL SERVICIO DEL HOGAR FAMILIAR CONTRATO DE TRABAJO DEL SERVICIO DEL HOGAR FAMILIAR CONTRATACIÓN El acceso al empleo en el hogar familiar se realizará mediante contratación
Más detallesINDICE GENERAL Fundamento legal del ingreso mínimo Concepto Origen del ingreso mínimo mensual... 16
EL INGRESO MINIMO MENSUAL INDICE INDICE GENERAL EL INGRESO MINIMO MENSUAL Fundamento legal del ingreso mínimo... 15 Concepto... 15 Origen del ingreso mínimo mensual... 16 Trabajadores excluidos del ingreso
Más detallesASIMET A.G. FLEXIBILIDAD LABORAL MAYO 2006
ASIMET A.G. FLEXIBILIDAD LABORAL MAYO 2006 FLEXIBILIDAD LABORAL I. CONCEPTO La flexibilidad laboral puede ser definida como aquel instrumento en virtud del cual se pretenden establecer nuevas normas sobre
Más detalles8. GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD
8. GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD - Ley Nº 27735 (El Peruano: 28.05.02) - D.S. Nº 005-2002-TR (El Peruano: 04.07.02) 8.1 ALCANCES BÁSICOS DE LA LEY 8.1.1 TIENEN DERECHO A LA GRATIFICACIÓN
Más detallesGuía de Maternidad y Paternidad
Guía de Maternidad y Paternidad Embarazo Maternidad Biológica Ausencia remunerada para realizar exámenes médicos, previo aviso y justificación de hacerse en horario laboral 16 semanas de permiso de maternidad
Más detallesPROGRAMA PREPARATORIO DERECHO LABORAL
PROGRAMA PREPARATORIO DERECHO LABORAL A. LABORAL INDIVIDUAL PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL Principios legales Principios típicamente laborales Principios constitucionales CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO
Más detallesLiquidación de Sueldos y Jornales
Liquidación de Sueldos y Jornales Horas Extras: Concepto: Son aquellas que el trabajador dedica al servicio del empleador máximo previsto para la jornada. La ley vigente es la 15.996 de 1988, ordena pagar
Más detallesLegislación Laboral y Seguridad Social
Legislación Laboral y Seguridad Social GUIA DE LECTURA Despidos Especiales Despidos Especiales Qué es un despido especial? Para qué se crean los despidos especiales? Por qué no surgen con las leyes de
Más detallesUnidad 8 REGLAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Unidad 8 REGLAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO CAUSAS DE EXTINCIÓN RÉGIMEN LEGAL DEL DESPIDO INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO DESPIDO POR FUERZA MAYOR O FALTA DE TRABAJO LIQUIDACIÓN DE INDEMNIZACIONES EGRESO POR JUBILACIÓN
Más detallesCORRECTO MANEJO 1º DE MAYO
BOL E TÍ N E XT R AO R D IN A R IO CORRECTO MANEJO 1º DE MAYO ÍN DI C E GUATEMALA Pág. 1 EL SALVADOR Pág. 2 HONDURAS Pág. 3 NICARAGUA Pág. 4 COSTA RICA Pág. 5 PANAMÁ Pág. 6 REP. DOMINICANA Pág. 7 GUATEMALA
Más detallesAsistente en RRHH y Técnica Laboral
Asistente en RRHH y Técnica Laboral ESCUELA FRANCESA DE NEGOCIOS AV. 18 DE JULIO 1324 PISO 3 ESQ. EJIDO - T. 2902 50 94 2903 28 27 info@efn.edu.uy www.efn.edu.uy Asistente en RRHH y Técnica Laboral. Objetivos:
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SECCIONAL MEDELLIN FACULTAD DE MINAS DEPARTAMENTO DE SISTEMAS 1. OBJETIVOS:
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SECCIONAL MEDELLIN FACULTAD DE MINAS DEPARTAMENTO DE SISTEMAS Programa: Código: Carrera: LEGISLACION LABORAL SA-210 CONSTRUCCIÓN 1. OBJETIVOS: Que los estudiantes conozcan,
Más detallesSueldos y Jornales. Remuneraciones
Remuneraciones Sueldos y Jornales EL SALARIO: Concepto La Ley ha de reconocer a quien se hallare en una relación de trabajo o servicio, como obrero o empleado, la justa remuneración (art. 54 de la Constitución)
Más detallesI. PAGO DE GRATIFICACIÓN DE NAVIDAD. En este caso consideramos a un trabajador que cuenta con más de 6 meses de
CASOS PRÁCTICOS PAGO DE GRATIFICACIONES Los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, tienen derecho a percibir dos gratificaciones en el año, una por Fiestas Patrias y otra por
Más detallesCONFERENCIA. OPORTUNIDADES DE NEGOCIO E INVERSIÓN EN EL PERÚ Expone: Santiago Montt Vicuña Mayo 2014
CONFERENCIA OPORTUNIDADES DE NEGOCIO E INVERSIÓN EN EL PERÚ Expone: Santiago Montt Vicuña Mayo 2014 1. SISTEMA SOCIETARIO EN PERU CONSTITUCION DE EMPRESA FORMAS SOCIETARIAS Existe varias formas societarias
Más detallesNOVEDADES WEB. Pago de gratificación por Navidad: I. Gratificación Ordinaria. f. Total a pagar S/.3684,20
NOVEDADES WEB Pago de por Navidad: RÉGIMEN GENERAL Voces: Gratificación Proporcional Aguinaldo Gratificaciones. I. Gratificación Ordinaria 1. Trabajadores remunerados mensualmente 1.1. Trabajadores que
Más detallesEDUJURIDICA S.A.S. Asesores Jurídicos Instituciones Educativas
1. 2 DERECHOS, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE DOCENTES DESDE LA LEGISLACIÓN LABORAL Y EDUCATICA 3 PRINCIPALES FUNDAMENTOS JURÍDICOS DESDE LA CONSTITUCION, LA LEJISLACIÓN LABORAL Y EDUCATIVA El concepto
Más detallesClotilde Atahuaman Sumarán
ESSALUD ASEGURADOS REGULARES ACREDITACIÓN CONYUGE ALTA BAJA ACREDITACIÓN CONCUBINA ESCRITURA PÚBLICA DE UNIÓN DE HECHO RESOLUCIÓN JUDICIAL RECONOCIMIENTODE UNIÓN DE HECHO ACREDITACIÓN HIJO MENOR DE EDAD
Más detallesJornada de Trabajo JORNADA DE TRABAJO CLASE 3 02/03/2017
JORNADA DE TRABAJO CLASE 3 Jornada de Trabajo Jornada de Trabajo Art. 14 bis CN Otorga protección al trabajo y garantiza la jornada limitada, el descanso y las vacaciones pagas. - La extensión de la jornada
Más detallesMODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
http://www.mtin.es/es/guia/texto/guia_6/index.htm MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO http://www.mtin.es/es/guia/texto/guia_6/index.htm MODIFICACIÓN = CAMBIOS SUSPENSIÓN = INTERRUPCIÓN
Más detallesLA JORNADA LABORAL Y EL SALARIO
TEMA 3 LA JORNADA LABORAL Y EL INDICE: 1.- La jornada laboral, horario de trabajo y trabajo nocturno. 2.- Las horas extraordinarias. 3.- Los periodos de descanso. 4.- El descanso laboral. 5.- El calendario
Más detallesÍNDICE SUMARIO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
ÍNDICE SUMARIO PRÓLOGO 7 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 1. Derecho del Trabajo. Objeto 2. Caracteres del Derecho del Trabajo 9 11 2.1. Es un derecho nuevo 1 1 2.2. Es un derecho tuitivo 1 1 2.3. Es
Más detalles1 Mano de obra y tablas salariales 2016
1 Mano de obra y tablas salariales 2016 El cálculo del coste horario de la mano de obra para cada ámbito considerado se ha realizado siguiendo los siguientes criterios: Comunitat Valenciana Conselleria
Más detallesENFERMEDAD COMÚN. Dra. Ana Laura Gandini 2017
ENFERMEDAD COMÚN Dra. Ana Laura Gandini 2017 Repaso de conceptos ya vistos en el curso: A qué área de estudio pertenece el tema: derecho individual/colectivo/ seguridad social? Cuál entiende que sería
Más detallesLIQUIDACION PRESTACIONES SOCIALES EMPLEADOS PUBLICOS
LIQUIDACION PRESTACIONES SOCIALES EMPLEADOS PUBLICOS BONIFICACION POR SERVICIOS PRESTADOS (Decr.1042/78 Arts.45-48, Acuerdo 178/79, Acdo.06/98, Decr.1031 de 2011 Art.9o) Bonif. Bienest.Universitario El
Más detallesAuxiliar en Administración
Auxiliar en Administración Presentación: El curso de Auxiliar Administrativo de INFA brinda una capacitación integral y actualizada para desempeñarse con eficiencia en una empresa o entidad económica:
Más detallesLos tiques de alimentación, deben incluirse en el recibo de sueldo?
Elecciones: Cuál es el tiempo permitido para concurrir a votar? Para votar donde se está radicado, caso contrario realizar el traslado correspondiente. De acuerdo a la Ley 17.113, de fecha 9 de junio de
Más detallesPROGRAMA PREPARATORIO DERECHO LABORAL
PROGRAMA PREPARATORIO DERECHO LABORAL A. LABORAL INDIVIDUAL PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL Principios legales Principios típicamente laborales Principios constitucionales CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO
Más detallesFACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y DE ADMINISTRACIÓN
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y DE ADMINISTRACIÓN LEGISLACIÓN LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL REPARTIDO PRÁCTICO 2017 MÓDULO 1 Salarios Jornada de Trabajo Feriados y Descansos Horas Extras 1 MÓDULO 1 Temática
Más detallesEMPLEADAS DEL HOGAR TRABAJADORAS DE HECHO Y CON DERECHOS
EMPLEADAS DEL HOGAR TRABAJADORAS DE HECHO Y CON DERECHOS El Acuerdo de Integración en el Régimen General de la Seguridad Social firmado por el Gobierno, CCOO y UGT es la culminación de un largo y dificultoso
Más detallesDepto. Relaciones Laborales
Depto. Relaciones Laborales Regularización del Trabajo BLANQUEO Período 12 meses - Primeros 6 Meses: Costo CERO (Condonación del 100% de la Deuda) - Los Restantes 6 Meses: Costo 30 % (Condonación del 70%
Más detallesCOMPETENCIA No 1: CONTABILIZARLOS RECURSOS DE OPERACIÓN, INVERSION Y FINANCIACION DE ACUERDO CON LAS NORMAS Y POLITICAS ORGANIZACIONALES.
TARAZA GRUPO MAÑANA Pág. 1 de 7 COMPETENCIA No 1: CONTABILIZARLOS RECURSOS DE OPERACIÓN, INVERSION Y FINANCIACION DE ACUERDO CON LAS NORMAS Y POLITICAS ORGANIZACIONALES. LAJISLACION LABORAL El sustento
Más detallesCÁLCULO DE REMUNERACIÓN
CÁLCULO DE REMUNERACIÓN UNIDAD II GRATIFICACIONES Y FERIADO ANUAL. CALCULO DE REMUNERACIONES EJERCICIOS 1.-Calcular la indemnización por años de servicios de un trabajador que fue contratado en abril del
Más detallesPrestaciones Vacaciones anuales, por cada año de trabajo y proporcionalmente por fracción, les corresponde 15 días hábiles consecutivos de descanso
Prestaciones Vacaciones anuales, por cada año de trabajo y proporcionalmente por fracción, les corresponde 15 días hábiles consecutivos de descanso remunerado con el salario que esté devengando (en dinero
Más detallesCOMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS. Clotilde Atahuaman Sumarán
COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS CASO Nº 1 Juan tiene una jornada de 3 horas y media diaria, de lunes a viernes. Nos consulta si tiene derecho a la CTS. La empresa Multirex S.A.A. tiene trabajadores
Más detallesModulo 3. Sistema de relaciones laborales y Derecho del Trabajo: cambios y tendencias.
Modulo 3. Sistema de relaciones laborales y Derecho del Trabajo: cambios y tendencias. Sesión 2 (13 y 14.12.07) Cambios en la legislación sobre relaciones colectivas de trabajo: Consejos de Salarios, Ley
Más detallesAGUINALDO 2017 DISPOSICIONES LEGALES Y FISCALES I N D I C E
Aguinaldo 2017 AGUINALDO 2017 DISPOSICIONES LEGALES Y FISCALES I N D I C E PÁGINA PRESENTACIÓN... 3 I. DISPOSICIONES LEGALES DEL AGUINALDO TRABAJADORES DE EMPRESAS PRIVADAS (Apartado A Art. 123 Constitucional)...
Más detallesPAGUE BIEN EL AGUINALDO!
BOL E TÍ N E XT R AO R D IN A R IO PAGUE BIEN EL AGUINALDO! ÍN DI C E GUATEMALA Pág. 1 EL SALVADOR Pág. 2 HONDURAS Pág. 4 NICARAGUA Pág. 5 COSTA RICA Pág. 6 PANAMÁ Pág. 7 REP. DOMINICANA Pág. 8 GUATEMALA
Más detallesCURSO. PRÁCTICO DETERMINACION Y CALCULO DE REMUNERACIONES. 16 hrs. cronológicas. Código Sence y 19 de agosto de 2017.
Organismo Técnico de Capacitación Servicios de Capacitación Creacción Ltda. Punta Arenas. Región de Magallanes y Antártica Chilena. CURSO PRÁCTICO DETERMINACION Y CALCULO DE REMUNERACIONES. 16 hrs. cronológicas.
Más detallesLas leyes económicas tratan de explicar las variaciones de los salarios: a. Por qué los salarios están más altos en un país que en otro.
UNIDAD V: REMUNERACIONES 1. LEYES ECONOMICAS Las leyes económicas tratan de explicar las variaciones de los salarios: a. Por qué los salarios están más altos en un país que en otro. b. Por qué los salarios
Más detallesFACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y DE ADMINISTRACION Relaciones Laborales (Curso 2007)
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y DE ADMINISTRACION Relaciones Laborales (Curso 2007) MÓDULO 2-?? Temática vinculada a este Módulo: Aguinaldo, Licencia y Salario Vacacional?? Bibliografía básica: Tomo
Más detallesLEGISLACIÓN LABORAL Y CÁLCULO DE REMUNERACIONES
LEGISLACIÓN LABORAL Y CÁLCULO DE REMUNERACIONES CURSO. LEGISLACIÓN LABORAL Y CÁLCULO DE REMUNERACIONES. OBJETIVO. Al término del curso el participante demostrará las siguientes competencias adquiridas
Más detallesINSIDE / BY Escencial Consultora
SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO INSIDE / BY Escencial Consultora Introducción CPN Colque Maria Laura / BY ESCENCIAL El objeto del presente trabajo es definir los conceptos básicos que conciernen al cálculo
Más detallesREMUNERACIONES Y BENEFICIOS SOCIALES. Tema 7
REMUNERACIONES Y BENEFICIOS SOCIALES Tema 7 Concepto de Remuneración Contraprestación percibida por el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo y por haber puesto su fuerza de trabajo a disposición
Más detallesARIEL NICOLIELLO CURSO DE DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL CAPÍTULO IX SUBSIDIOS POR MATERNIDAD, PATERNIDAD, ADOPCIÓN Y CUIDADOS
CAPÍTULO IX SUBSIDIOS POR MATERNIDAD, PATERNIDAD, ADOPCIÓN Y CUIDADOS IX.1. Subsidio por maternidad. La gravidez y la maternidad suponen gastos suplementarios que se generan por los cuidados de salud que
Más detallesCAPÍTULO VIII SUBSIDIO POR ENFERMEDAD
CAPÍTULO VIII SUBSIDIO POR ENFERMEDAD VIII.1. Noción. La enfermedad causa una incapacidad laboral temporaria, además de requerir la asistencia médica, y la provisión de lentes, prótesis, y otros implementos.
Más detallesRÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL COTIZACIÓN 1 Es una actividad en virtud de la cual los sujetos obligados aportan recursos económicos al Sistema de la Seguridad Social SUJETOS OBLIGADOS A COTIZAR
Más detallesPROGRAMA DETALLADO VIGENCIA TURNO UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA DE LA FUERZA ARMADA 2009 DIURNO
PROGRAMA DETALLADO VIGENCIA TURNO UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA DE LA FUERZA ARMADA 2009 DIURNO INGENIERÍA SEMESTRE ASIGNATURA - DERECHO LABORAL (ELECTIVA NO TÉCNICA) CÓDIGO HORAS ENT -31313
Más detallesCONTRATACIÓN ESCRITA. Un trabajador que presta servicios por horas en varios hogares debe tener tantos contratos como casas en las que trabaja.
CONTRATACIÓN ESCRITA La contratación será escrita siempre que el contrato tenga una duración superior a 4 semanas. Si no hay contrato escrito, la contratación se entenderá efectuada por tiempo indefinido
Más detallesCómo calcular el depósito de CTS del primer período anual 2015? ( al ) c. Información adicional (1) e. Importe a depositar
Práctica Laboral Cómo calcular el depósito de CTS del primer período anual 2015? (01.11.2014 al 0.04.2015) CASO N 1 DEPÓSITO POR SEMESTRE COMPLETO -TRABAJADOR CON REMUNERACIÓN FIJA- Procederemos a realizar
Más detallesLa vida en el campo al norte de nuestro país
La vida en el campo al norte de nuestro país En los últimos años han ocurrido muchos cambios dentro de la economía uruguaya, la cual se da principalmente en el sector agropecuario. En esta última década
Más detallesCONTRATO INDEFINIDO. Cláusulas específicas. IRYNA TSUPRA ANA TAMARIT
CONTRATO INDEFINIDO. Cláusulas específicas. IRYNA TSUPRA ANA TAMARIT SERVICIO DEL HOGAR FAMILIAR CONTRATACIÓN Se realizará mediante contratación directa o a través de los servicios públicos de empleo o
Más detallesReglamento de Seguridad y Salud Ocupacional y otras medidas complementarias en minería (Decreto Supremo Nº EM): Artículos 163º y 183º
Consolidan la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada DECRETO LEGISLATIVO Nº 713 (Publicado: 08.11.1991) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesLEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio)
LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE (dada por el RDL 16/2013, de 20 de diciembre) Artículo 109. Base de cotización.
Más detallesReducción n de jornada laboral. Por José S Romero
Reducción n de jornada laboral. Por José S Romero Nuestros representantes políticos están realizado una ardua labor en quitar derechos a los ciudadanos. La legislación laboral cambia a ritmo vertiginoso.
Más detallesMANUAL PRÁCTICO DE LA CONSTRUCCIÓN
MANUAL PRÁCTICO DE LA CONSTRUCCIÓN MANUAL PRÁCTICO DE LA CONSTRUCCIÓN Régimen laboral Registro de obras Régimen de seguridad social Fondos sociales Seguridad e higiene 3ª edición Ampliada y Actualizada
Más detallesCOTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL
COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL 1 Qué es la cotización? Es una actividad en virtud de la cual los sujetos obligados aportan recursos económicos al Sistema de la Seguridad Social. cuota. Sus elementos
Más detallesCIRCULAR Nº 0013 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA
CIRCULAR Nº 0013 DE: DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA PARA: JEFES DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR CENTRAL Y DESCENTRALIZADO DE LA RAMA EJECUTIVA DE LOS NIVELES DEPARTAMENTAL, DISTRITAL Y MUNICIPAL,
Más detallesPRIMA DE SERVICIO. Salario base de liquidación x días trabajados durante el semestre 180 x 2
PRIMA DE SERVICIO Corresponde al pago de dos quincenas de salario durante cada año a todos los empleados que laboren al servicio de una empresa, independientemente del tiempo de servicio en el respectivo
Más detalles