Libre elección Normativa de créditos de libre elección

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Libre elección Normativa de créditos de libre elección"

Transcripción

1 Libre elección Normativa de créditos de libre elección (Aprobada por la Junta de Gobierno de la UAB el , modificada en fecha , modificada en fecha ) Índice Título I. Disposiciones generales Título II. Configuración de los créditos de libre elección Título III. Requisitos Título IV. Asignaturas ofertadas por la UAB Título V. Créditos reconocidos como libre elección Capítulo I. Reconocimiento como créditos de libre elección de asignaturas superadas previamente o simultáneamente. Capítulo II. Reconocimiento como créditos de libre elección para la equiparación a planes de estudios nuevos. Capítulo III. Reconocimiento como créditos de libre elección para la adaptación de alumnos que acceden a la UAB por la vía de traslado de expediente. Capítulo IV. Reconocimiento como créditos de libre elección de actividades no incluidas en la programación académica de los estudios oficiales de la UAB. Capítulo V. Reconocimiento de asignaturas de estudios oficiales superadas en otra universidad en el marco de un programa de intercambio. Título VI. Convocatoria de incorporación en el expediente. Disposición transitoria. Disposición derogatoria. Disposición final. Enmienda en el apartado b) del punto 7 del artículo 3, aprobada por la Comisión de Ordenación Académica de la UAB el Modificación del artículo 5.1 y derogación de la Disposición Transitoria, aprobado por el Consejo de Gobierno de la UAB el Reconocimiento de créditos a deportistas de alto nivel Título I. Disposiciones generales Artículo 1 La presente normativa será de aplicación a los alumnos que cursan los estudios de primer y/o segundo ciclo en los centros propios y en los centros adscritos de la UAB a los que se refiere en los artículos 84 y 85 de los Estatutos. Artículo 2 El alumno podrá aplicar las materias, seminarios y otras actividades académicas que la UAB oferta cada curso académico, como vía para completar los créditos de libre elección incluidos en el plan de estudios que el interesado cursa, teniendo en cuenta las limitaciones incluidas en la presente normativa. Título II. Configuración de los créditos de libre elección Artículo 3 Los créditos de libre elección exigidos en el plan de estudios que curse el alumno podrán completarse escogiendo entre: 1. Asignaturas ofertadas por la UAB:

2 a) Asignaturas optativas del plan de estudios que cursa el alumno. b) Asignaturas fundamentales, obligatorias y optativas de otros planes de estudios de la UAB. (De conformidad con el acuerdo de la Comisión Académica del Consejo de Universidades, con fecha 25 de marzo de 1997) c) Asignaturas de universidad ofertadas por la UAB, aprobadas cada curso académico por la Comisión de Ordenación Académica. 2. Asignaturas de otros estudios oficiales superadas previamente o simultáneamente en otra universidad o en la UAB. 3. Asignaturas de estudios propios de primer o segundo ciclo de la UAB superadas previamente o simultáneamente. 4. Asignaturas superadas en planes de estudios antiguos que no tengan equivalencia con asignaturas del plan de estudios nuevos en el que se equiparan. 5. Asignaturas superadas previamente por alumnos que accedan a la UAB por la vía del traslado de expediente que no tengan equivalencia con asignaturas del plan de estudios de la UAB. 6. Asignaturas o actividades reconocidas como créditos de libre elección que consten en el expediente académico de los alumnos que accedan a la UAB por la vía de traslado de expediente. 7. Actividades no incluidas en la programación académica de los estudios oficiales de la UAB: a) Actividades aprobadas cada curso académico por la Comisión de Ordenación Académica, de acuerdo con los criterios que fije. b) Actividades organizadas por una Facultad o Escuela, aprobadas por la Junta de la Facultad o del Centro, de acuerdo con los criterios que fije la Comisión de Ordenación Académica, hasta un máximo de seis créditos por curso académico, que podrán ser reconocidas como créditos de libre elección sólo a los alumnos del centro correspondiente. El centro deberá comunicar a la Comisión de Ordenación Académica las actividades aprobadas para su conocimiento. c) Actividades organizadas por otras instituciones, aprobadas por la Junta de la Facultad o del Centre, de acuerdo con los criterios que fije la Comisión de Ordenación Académica, hasta un máximo de tres créditos por curso académico, que podrán ser reconocidas como créditos de libre elección sólo para los alumnos del centro correspondiente. El centro deberá comunicar a la Comisión de Ordenación Académica las actividades aprobadas para su conocimiento. d) Prácticas en empresas, trabajos profesionales académicamente dirigidos, o estudios realizados en el marco de convenios internacionales suscritos por la universidad, siempre que el plan de estudios establezca su valoración como créditos de libre elección del currículum del alumno. 8. Actividades de estudios oficiales superadas en otra universidad en el marco de un programa de intercambio y que no tengan equivalencias con el plan de estudios que cursa el alumno. Título III. Requisitos Artículo 4 Los créditos que el alumno tiene que superar como libre elección, tendrán que cumplir los requisitos siguientes: a) Las asignaturas escogidas como de libre elección incluidas en el apartado 1 del artículo 3 y el resto de actividades recogidas en los apartados 7 y 8 del mismo artículo, se tienen que realizar simultáneamente dentro del mismo periodo en que se cursan los estudios.

3 b) No incurrir en incompatibilidades y cumplir los prerrequisitos que se establezcan en cada caso, tanto para las asignaturas que el alumno escoja del plan de estudios que cursa como de otros planes de estudios. c) Las asignaturas que el alumno escoja de fuera de su plan de estudios no podrán tener un contenido idéntico al de las ya cursadas por el alumno en su plan de estudios, de acuerdo con las propuestas formuladas por los centros. d) No se podrán cursar créditos de programas de tercer ciclo o estudios de postgrado como créditos de libre elección. Artículo 5 1. Para la superación de los créditos de libre elección exigidos en el plan de estudios que curse, el alumno deberá escoger como mínimo 1/3 parte entre asignaturas ofertadas por la UAB. 2. No obstante, los alumnos que hayan accedido a la UAB por la vía de traslado de expediente podrán completar la totalidad del número de créditos de libre elección exigido en el plan de estudios que sigan en la UAB con asignaturas de libre elección o actividades reconocidas que consten en su expediente académico. Título IV. Asignaturas ofertadas por la UAB Artículo 6 La matrícula de las asignaturas ofertadas por la UAB que el alumno curse como créditos de libre elección se formalizará en el mismo centro donde el alumno esté cursando sus estudios, tanto si este centro las imparte como si no, dentro de los plazos fijados por el calendario académico establecido. Artículo 7 Los centros deberán reservar un 10% del número de plazas de cada grupo programado, con un máximo de 10 plazas, de todas las asignaturas que la Universidad imparte, excepto aquellas que eventualmente determine, para que los alumnos puedan escogerlas como créditos de libre elección. Artículo 8 1. El precio del crédito de las asignaturas escogidas por el alumno como créditos de libre elección será el que fije el Decreto de precios públicos de la Generalitat de Catalunya para los estudios a los cuales pertenece la asignatura escogida, o el precio que determine el Consejo Social para asignaturas de estudios propios de primer y segundo ciclo de la UAB, independientemente de que la asignatura mencionada esté asignada a un grado de experimentalidad diferente al del plan de estudios que cursa el alumno. 2. El precio del crédito de las asignaturas de universidad ofertadas por la UAB será el que fije el Decreto de precios públicos de la Generalitat de Catalunya de acuerdo con el grado de experimentalidad que fije la Comisión de Ordenación Académica. Artículo 9 1. Los alumnos matriculados en estudios impartidos en centres propios de la UAB podrán cursar como créditos de libre elección asignaturas ofertadas por los centros adscritos y vinculados de la UAB en función de su disponibilidad de plazas. 2. Los alumnos matriculados en estudios oficiales o estudios propios de la UAB, de primer y segundo ciclo, de centros adscritos o centros vinculados a la UAB, podrán cursar como créditos de libre elección asignaturas ofertadas por los centros propios de la UAB. Artículo El precio del crédito de las asignaturas de los centros adscritos y vinculados de la UAB será el que fije el centro para sus alumnos.

4 2. El precio del crédito de las asignaturas ofertadas por la UAB que escojan los alumnos de los centres adscritos y vinculados de la UAB será el que fije el Decreto de precios públicos de la Generalitat de Catalunya para los estudios a los cuales pertenece la asignatura escogida, o el precio que determine el Consejo Social para asignaturas de estudios propios de primer y segundo ciclo de la UAB. Título V. Créditos reconocidos como de libre elección Capítulo I. Reconocimiento como créditos de libre elección de asignaturas superadas previamente o simultáneamente Artículo El alumno que haya superado asignaturas de estudios oficiales previamente o simultáneamente en otra universidad o en la UAB, y también estudios propios de primer o de segundo ciclo de la UAB, y que quieran que les sean reconocidas como créditos de libre elección, presentará la solicitud en su centro, la cual será resuelta por el decano o por el director del centro. 2. En el caso que se trate de asignaturas superadas en otra universitat el alumno deberá presentar la certificación acreditativa de su superación. Artículo 12 Aceptado el reconocimiento de créditos de libre elección, y haciendo efectivo el pago correspondiente por el interesado, se procederá a su incorporación en el expediente del alumno, manteniendo el nombre de la asignatura de origen y la calificación obtenida. Artículo 13 El precio del reconocimiento de las actividades reconocidas como créditos de libre elección será el que fije el Decreto de precios públicos para la prestación de servicios académicos universitarios de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el grado de experimentalidad asignado a la titulación que cursa el alumno. Capítulo II. Reconocimiento como créditos de libre elección para equiparación a planes de estudios nuevos Artículo 14 El alumno que se equipare a un plan de estudios nuevo y que quiera reconocer como créditos de libre elección asignaturas superadas en el plan de estudios antiguo no equiparables a asignaturas del plan de estudios nuevo, presentará la solicitud en su centro, la cual será resuelta por el decano o por el director del centro. Artículo 15 Aceptado el reconocimiento de créditos de libre elección, se procederá a su incorporación en el expediente del alumno, manteniendo el nombre de la asignatura de origen y la calificación obtenida. Artículo 16 Será gratuito el reconocimiento de les asignaturas cursadas en planes de estudios no reformados y reconocidas como créditos de libre elección en el plan de estudios nuevo de acuerdo con los artículos precedentes. Capítulo III. Reconocimiento como créditos de libre elección para adaptación de alumnos que acceden a la UAB por la vía del traslado de expediente. Artículo 17 El reconocimiento de las asignaturas superadas previamente por alumnos que acceden a la UAB por la vía de traslado de expediente que no tengan equivalencia con asignaturas del plan de estudios de la UAB o de asignaturas y actividades reconocidas como créditos de libre elección por la universitat de origen se hará simultáneamente a la adaptación del expediente por el vocal de convalidaciones del centro.

5 Artículo 18 Se podrán reconocer la totalidad de los créditos de libre elección exigidos en el plan de estudios que curse el alumno con asignaturas y actividades incluidas en el artículo anterior. Artículo 19 Aceptado el reconocimiento de créditos de libre elección para adaptación de alumnos que acceden a la UAB por la vía de traslado de expediente, y habiendo hecho efectivo el pago correspondiente por el interesado se procederá a su incorporación en el expediente del alumno, manteniendo el nombre de la asignatura de origen y la calificación obtenida. Artículo 20 El precio del reconocimiento de las actividades reconocidas como créditos de libre elección será el que fije el Decreto de precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el grado de experimentalidad asignado a la titulación que cursa el alumno. Capítulo IV. Reconocimiento como créditos de libre elección de actividades no incluidas en la programación académica de los estudios oficiales de la UAB Artículo 21 El alumno que haya realizado alguna de las actividades incluidas en el punto 7 del artículo 3, y que quiera que li sea reconocida como créditos de libre elección, presentará la solicitud en su centro acompañada de la certificación acreditativa de su superación, la cual será resuelta por el decano o el director del centro. Artículo 22 Aceptado el reconocimiento de créditos de libre elección, habiendo hecho efectivo el pago correspondiente por el interesado, se procederá a su incorporación en el expediente del alumno, con la calificación que conste en la certificación acreditativa de la superación. En el supuesto de que la actividad reconocida no tenga calificación en el expediente del alumno se hará constar el nombre de la actividad y el número de créditos reconocidos. Artículo 23 El precio del reconocimiento de las actividades reconocidas como créditos de libre elección será el que fije el Decreto de precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el grado de experimentalidad asignado a la titulación que cursa el alumno. Capítulo V. Reconocimiento de asignaturas de estudios oficiales superadas en otra universidad en el marco de un programa de intercambio Artículo 24 El alumno que haya superado asignaturas de estudios oficiales en otra universitat en el marco de un programa de intercambio que no tengan equivalencias con el plan de estudios que cursa y que quiera que li sean reconocidas como créditos de libre elección, presentará la solicitud en su centro acompañada de la certificación acreditativa de su superación, la cual será resuelta por el decano o el director del centro con el informe favorable del coordinador de los programas de intercambio correspondiente. Artículo 25 Aceptado el reconocimiento de créditos de libre elección, y habiendo hecho efectivo el pago correspondiente por parte del interesado, se procederá a su incorporación en el expediente del alumno, con la misma denominación y calificación que conste en la certificación acreditativa de la superación. Artículo 26 El precio del reconocimiento de las asignaturas mencionadas reconocidas como créditos de libre elección será el que fije el Decreto de precios públicos por la prestación de servicios académicos

6 universitarios de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el grado de experimentalidad asignado a los estudios que el alumno cursa. Título VI. Convocatoria de incorporación en el expediente Artículo 27 Los créditos reconocidos como créditos de libre elección se incorporarán en el expediente del alumno dentro de los plazos para la realización de las evaluaciones que aquel curso académico fije el calendario académico administrativo aprobado por la Junta de Gobierno. Disposición transitoria Los alumnos matriculados en la UAB antes del curso académico , podrán reconocer la totalidad de los créditos de libre elección fijados en el plan de estudios que cursan por asignaturas superadas en estudios universitarios homologados, o propios de la UAB, de primer o de segundo ciclo, cursados con anterioridad, de acuerdo con la normativa sobre los créditos de libre elección aprobada por la Comisión de Ordenación Académica con fecha 28 de junio de Disposición derogatoria En la entrada en vigor de esta normativa quedará derogada la Normativa sobre créditos de libre elección aprobada por la Junta de Gobierno con fecha 20 de mayo de Disposición final Esta normativa entrará en vigor a partir del curso académico Enmienda en el apartado b) del punto 7 del artículo 3, aprobada por la Comisión de Ordenación Académica de la UAB el La Universidad Autónoma de Barcelona, ha creado la figura del estudiante asesor, la cual tiene como objetivo ayudar a los nuevos estudiantes en todo lo que tenga que ver con su vida académica y social en la universidad. Esta figura dará soporte a los alumnos de nuevo ingreso. La compensación que recibirá el estudiante - asesor será tres créditos de libre elección. Hasta ahora, los centros, de acuerdo con lo que regula la normativa sobre créditos de libre elección, pueden organizar actividades dirigidas a los alumnos de su centro por un valor máximo de tres créditos. La actividad que desarrolla el estudiante - asesor estará comprendida dentro de este tipo de actividad. Para que los centros que decidan contar con estudiantes - asesores puedan otorgarles los tres créditos y al mismo tiempo estén en situación de organizar otras actividades que tengan un interés para un sector más amplio del alumnado del centro, se ha procedido a mencionar la Normativa ampliando a seis el número de créditos que el centro puede dar mediante actividades propias. Si el centro no cuenta con estudiantes-asesores, dispondrá de seis créditos para organizar las actividades que crea oportunas. En sesión ordinaria de la Comisión de Ordenación Académica celebrada ayer día 23 de julio de 2002, se aprobó la enmienda correspondiente de la cual os adjuntamos copia. Para cualquier clarificación al respecto de esta cuestión, dirigirse al/a vuestro/a coordinador/a. Aurora Contreras Cossín Jefa del Área de Asuntos Académicos Bellaterra (Cerdanyola del Vallés), 24 de julio de 2002 Enmienda en el apartado b) del Punto 7 del artículo 3 de la Normativa sobre créditos de libre elección, aprobada por la Comisión de Ordenación Académica de la UAB el Con el objetivo de ayudar a los nuevos estudiantes en todo aquello que tendrá que ver con su futura vida académica y social en la Universidad y también con la idea de reducir el impacto del

7 alumnado de nuevo ingreso y consolidar la solidaridad entre los compañeros de primer y penúltimo o último curso, la UAB crea la figura del estudiante - asesor. Estos alumnos tendrán que ser estudiantes de segundo ciclo de una Licenciatura o Ingeniería o de último curso de una Diplomatura. La actividad que desarrollen estos alumnos - asesores será compensada por tres créditos de libre elección por curso académico de colaboración. Para su aplicación, será necesario que la Junta de Facultad o de Centro apruebe cada curso académico esta actividad. Es por todo lo dicho que se propone la modificación del artículo 7 de la Normativa sobre créditos de libre elección de acuerdo con los términos siguientes: b) Actividades organizadas por una Facultad o Escuela, aprobadas por la Junta de la Facultad o del Centro, de acuerdo con los criterios que fije la Comisión de Ordenación Académica, hasta un máximo de seis créditos por curso académico, que podrán ser reconocidos como créditos de libre elección sólo para los alumnos del centro correspondiente. El centro deberá comunicar a la Comisión de Ordenación Académica las actividades aprobadas para su conocimiento. Bellaterra (Cerdanyola del Vallés), 23 de julio de 2002 Modificación del artículo 5.1 y derogación de la Disposición Transitoria, aprobada por el Consejo de Gobierno de la UAB el El Consejo de Gobierno, en la sesión del día 8 de julio de 2004, acordó: 1.- Modificar el redactado del artículo 5.1 de la Normativa de créditos de libre elección, aprobada por la Junta de Gobierno con fecha 26 de octubre de 2000, que queda redactado de la manera siguiente: Los alumnos podrán reconocer un máximo de 2/3 partes de los créditos de libre elección exigidos en el plan de estudios que cursa entre actividades incluidas en el apartado 7 del artículo 3. (Actividades no incluidas en la programación académica de los estudios oficiales de la UAB) 2.- Dejar sin efectos la Disposición Transitoria de la Normativa antes mencionada. Reconocimiento de créditos a deportistas de alto nivel La Universidad Autónoma de Barcelona, al frente del fomento del deporte entre sus estudiantes, ha venido desarrollando diferentes programas para el propósito de tal de favorecer la compatibilidad entre el esfuerzo y la exigencia diaria que supone ser un/a deportista de alto nivel y el seguimiento regular de una titulación universitaria. Con el objetivo de ampliar este tipo de acciones, facilitar la superación de sus estudios y atraer a estudiantes reconocidos como deportistas de alto nivel, la UAB reconocerá, en forma de créditos de libre elección, la tarea desarrollada por este colectivo fuera de les aulas, con independencia de si el deportista consigue o no un lugar destacado en las competiciones en las que participe. Así, se propone que, a estos estudiantes deportistas de alto nivel que cada año aparecen en las listas oficiales del BOE y del DOG, se les reconozca 5 créditos de libre elección por curso académico, hasta a un máximo de 2/3 sobre el total de créditos de libre elección del Plan de Estudios que esté siguiendo el deportista. Este reconocimiento no es hará efectivo cuando, por las razones que sean, el nombre del estudiante deje de constar en las mencionadas listas. Esta acción entrará en vigor el curso 2004/2005 y, en ningún caso, tendrá efectos retroactivos. Bellaterra (Cerdanyola del Vallès), 15 de junio de 2004

REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (aprobado por Comisión de Gobierno de fecha 30 de marzo de 2007) La Universidad de

Más detalles

NCG48/1: Reglamento sobre traslados y de admisión por haber superado estudios universitarios extranjeros no homologados, en las Enseñanzas de Grado

NCG48/1: Reglamento sobre traslados y de admisión por haber superado estudios universitarios extranjeros no homologados, en las Enseñanzas de Grado Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 48. 4 de octubre de 2011 NCG48/1: Reglamento sobre traslados y de admisión por haber superado estudios universitarios extranjeros no homologados, en las

Más detalles

NORMATIVA DE CONVALIDACIÓN Y ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA. (Aprobada en Consejo de Gobierno de 26 de mayo de 2005)

NORMATIVA DE CONVALIDACIÓN Y ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA. (Aprobada en Consejo de Gobierno de 26 de mayo de 2005) NORMATIVA DE CONVALIDACIÓN Y ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA. (Aprobada en Consejo de Gobierno de 26 de mayo de 2005) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 36.1 de la Ley Orgánica 6/2001,

Más detalles

NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE LLEIDA ESTUDIOS DE GRADO Y MÁSTER

NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE LLEIDA ESTUDIOS DE GRADO Y MÁSTER NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE LLEIDA ESTUDIOS DE GRADO Y MÁSTER Acuerdo número 98/2017 del Consejo de Gobierno de 25 de abril de 2017, por el cual se aprueba la modificación de la Normativa

Más detalles

REGLAMENTO PARA ACCESO A ESTUDIOS DE SEGUNDO CICLO MOTIVACIÓN

REGLAMENTO PARA ACCESO A ESTUDIOS DE SEGUNDO CICLO MOTIVACIÓN REGLAMENTO PARA ACCESO A ESTUDIOS DE SEGUNDO CICLO (Aprobado por el Consejo de Gobierno de fecha 8 de abril de 2003, BOCYL nº 84, de 6 de mayo, modificado por la Comisión Permanente de Consejo de Gobierno

Más detalles

NORMATIVA SOBRE PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTADO CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES PARCIALES

NORMATIVA SOBRE PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTADO CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES PARCIALES NORMATIVA SOBRE PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTADO CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES PARCIALES (Aprobado por el Consejo de Gobierno nº 5, de 22 de abril de 2015) ÍNDICE Exposición

Más detalles

II.14 ADMISIÓN DE ESTUDIANTES CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES INICIADOS.

II.14 ADMISIÓN DE ESTUDIANTES CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES INICIADOS. II.14 ADMISIÓN DE ESTUDIANTES CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES INICIADOS. NORMATIVA SOBRE TRASLADOS (Aprobada en Consejo de Gobierno de 28 de junio de 2010 y modificada en Consejo de Gobierno de 17

Más detalles

REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS CONVALIDACIONES, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS UNIVERSITARIOS

REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS CONVALIDACIONES, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS UNIVERSITARIOS REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS CONVALIDACIONES, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS UNIVERSITARIOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 36 de la Ley Orgánica 6/2001,

Más detalles

NORMATIVA QUE REGULA LOS TRASLADOS DE EXPEDIENTE EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN, ECONOMÍA Y TECNOLOGÍA DE CEUTA (UNIVERSIDAD DE GRANADA)

NORMATIVA QUE REGULA LOS TRASLADOS DE EXPEDIENTE EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN, ECONOMÍA Y TECNOLOGÍA DE CEUTA (UNIVERSIDAD DE GRANADA) NORMATIVA QUE REGULA LOS TRASLADOS DE EXPEDIENTE EN LA FACULTAD DE EDUCACIÓN, ECONOMÍA Y TECNOLOGÍA DE CEUTA (UNIVERSIDAD DE GRANADA) Aprobado en Junta de Facultad el 9 de mayo de 2014 La presente normativa

Más detalles

REGLAMENTO 4/2008, de 18 de julio, DE ADAPTACIONES, CONVALIDACIONES Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN

REGLAMENTO 4/2008, de 18 de julio, DE ADAPTACIONES, CONVALIDACIONES Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN REGLAMENTO 4/2008, de 18 de julio, DE ADAPTACIONES, CONVALIDACIONES Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Primero. El art. 7.1.c del Real Decreto 1497/1987, de 27 de

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN PROGRAMAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN PROGRAMAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN PROGRAMAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN Preámbulo La Universidad de Jaén mantiene una continuada colaboración con universidades

Más detalles

REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE

REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN Aprobado

Más detalles

LIBRE CONFIGURACIÓN CURRICULAR

LIBRE CONFIGURACIÓN CURRICULAR LIBRE CONFIGURACIÓN CURRICULAR El R.D. 1497/1987, de 27 de noviembre, por el que se establecen las Directrices Generales Comunes de los Planes de Estudios y de los Títulos Universitarios de carácter oficial

Más detalles

REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA

REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Aprobado por Consejo de Gobierno de 15/12/2008 La Universidad de Huelva tiene previsto implantar en el curso académico

Más detalles

VII ORDENACIÓN ACADÉMICA Y FORMACIÓN PERMANENTE

VII ORDENACIÓN ACADÉMICA Y FORMACIÓN PERMANENTE 24.- NORMATIVA PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO POR LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS, CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN.

Más detalles

Aprobado por Consejo de Gobierno 21 de febrero de Página 1

Aprobado por Consejo de Gobierno 21 de febrero de Página 1 REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO, POR ESTUDIOS UNIVERSITARIOS NO OFICIALES (TÍTULOS PROPIOS) Y EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL Aprobado por Consejo de Gobierno 21

Más detalles

NORMAS BÁSICAS SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

NORMAS BÁSICAS SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA NORMAS BÁSICAS SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA INTRODUCCIÓN El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas

Más detalles

Vicerrectorado de Estudiantes

Vicerrectorado de Estudiantes NORMATIVA DE ACCESO A LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA DE LOS ESTUDIANTES QUE HAYAN INICIADO CON ANTERIORIDAD ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y QUIEREN CAMBIAR DE TITULACIÓN Y/O UNIVERSIDAD

Más detalles

NORMATIVA SOBRE EVALUACIÓN CURRICULAR MEDIANTE COMPENSACIÓN DE CALIFICACIONES DEL ALUMNADO DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

NORMATIVA SOBRE EVALUACIÓN CURRICULAR MEDIANTE COMPENSACIÓN DE CALIFICACIONES DEL ALUMNADO DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE NORMATIVA SOBRE EVALUACIÓN CURRICULAR MEDIANTE COMPENSACIÓN DE CALIFICACIONES DEL ALUMNADO DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La existencia de la evaluación curricular por

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA GOBIERNO de CANTABRIA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Orden EDU/32/2011, de 18 de abril, por la que se determinan las concreciones y el procedimiento de convalidación

Más detalles

NORMATIVA SOBRE ASIGNATURAS OPTATIVAS Y DE LIBRE CONFIGURACIÓN

NORMATIVA SOBRE ASIGNATURAS OPTATIVAS Y DE LIBRE CONFIGURACIÓN NORMATIVA SOBRE ASIGNATURAS OPTATIVAS Y DE LIBRE CONFIGURACIÓN La presente normativa tiene por objeto regular la oferta y programación de las materias optativas y de libre configuración en los Planes de

Más detalles

CRITERIOS ESPECÍFICOS PARA LA CONFECCIÓN DE LOS ACUERDOS DE ESTUDIO Y SU RECONOCIMIENTO

CRITERIOS ESPECÍFICOS PARA LA CONFECCIÓN DE LOS ACUERDOS DE ESTUDIO Y SU RECONOCIMIENTO CRITERIOS ESPECÍFICOS PARA LA CONFECCIÓN DE LOS ACUERDOS DE ESTUDIO Y SU RECONOCIMIENTO PREÁMBULO La creciente interrelación entre las Instituciones de Educación Superior, las implantación de un mayor

Más detalles

Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM

Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM 1. Objeto y ámbito de aplicación El objeto de esta normativa es regular la transferencia y el reconocimiento de créditos en

Más detalles

Centro de Magisterio Sagrado Corazón

Centro de Magisterio Sagrado Corazón (Aprobado en sesión ordinaria de Junta de Facultad de de 14/02/2013 y aprobado en sesión ordinaria de Junta de de 15/02/2013 El Espacio Europeo de Superior (EEES) tiene como uno de sus fines principales

Más detalles

INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS PARA SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN ENSEÑANZAS DE MÁSTER

INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS PARA SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN ENSEÑANZAS DE MÁSTER INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS PARA SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN ENSEÑANZAS DE MÁSTER QUÉ ES EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS? De acuerdo con el RD1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece

Más detalles

Convocatoria 2016 de admisión de estudiantes con estudios universitarios iniciados

Convocatoria 2016 de admisión de estudiantes con estudios universitarios iniciados Convocatoria 2016 de admisión de estudiantes con estudios universitarios iniciados Por esta vía pueden acceder a los estudios de Grado en Enfermería de l Escola Superior d Infermeria del Mar, adscrita

Más detalles

ORDENACIÓN ACADÉMICA FACULTAD DE ENFERMERÍA

ORDENACIÓN ACADÉMICA FACULTAD DE ENFERMERÍA ORDENACIÓN ACADÉMICA FACULTAD DE ENFERMERÍA Normativa especifica para la organización y el reconocimiento de créditos de actividades universitarias culturales formativas. (Aprobada en Junta de Centro de

Más detalles

NORMATIVA DE TRALADOS DE EXPEDIENTES DE LA FACULTAD DE ENFERMERÍA DE MELILLA DE LA UGR Aprobado en Junta de Centro de 09/10/

NORMATIVA DE TRALADOS DE EXPEDIENTES DE LA FACULTAD DE ENFERMERÍA DE MELILLA DE LA UGR Aprobado en Junta de Centro de 09/10/ NORMATIVA DE TRALADOS DE EXPEDIENTES DE LA FACULTAD DE ENFERMERÍA DE MELILLA DE LA UGR Aprobado en Junta de Centro de 09/10/2012 1. DEFINICIÓN Se entiende por traslado de expediente, el cambio del Centro

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS En su reunión del 26 de octubre de 2009 el Patronato de la Fundación Universidad Internacional de Valencia, a propuesta del Rector de la VIU, y de

Más detalles

FACULTAD DE CIENCIAS DEL TRABAJO REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN

FACULTAD DE CIENCIAS DEL TRABAJO REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN FACULTAD DE CIENCIAS DEL TRABAJO REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN Aprobado por la Junta de Centro en sesión celebrada el 27 de febrero de 2007 ÍNDICE PREÁMBULO.......................................................

Más detalles

NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSITAT INTERNACIONAL VALENCIANA

NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSITAT INTERNACIONAL VALENCIANA NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSITAT INTERNACIONAL VALENCIANA TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto La presente normativa tiene por objeto regular el régimen de permanencia de los

Más detalles

El uso genérico del masculino en este documento se asume como una característica de la lengua castellana.

El uso genérico del masculino en este documento se asume como una característica de la lengua castellana. El uso genérico del masculino en este documento se asume como una característica de la lengua castellana. Denominación del curso Curso de Adaptación del Título de Maestro Especialidad de Educación Infantil

Más detalles

PLAZO: los estudiantes realizarán la matrícula en los plazos siguientes, según el listado en el que se les adjudique plaza:

PLAZO: los estudiantes realizarán la matrícula en los plazos siguientes, según el listado en el que se les adjudique plaza: INSTRUCCIONES DE MATRÍCULA Y ADAPTACIONES, CONVALIDACIONES Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS PARA LOS TÍTULOS OFICIALES IMPARTIDOS EN MODALIDAD NO PRESENCIAL CURSO ACADÉMICO

Más detalles

EXPOSICIÓN DE HECHOS Y MOTIVACIÓN

EXPOSICIÓN DE HECHOS Y MOTIVACIÓN PROGRAMA CONJUNTO PARA LA OBTENCIÓN DE LOS TÍTULOS DE MÁSTER EN PROFESORADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZA DE IDIOMAS Y DE MÁSTER EN MATEMÁTICAS EXPOSICIÓN

Más detalles

ITINERARIO DE ADAPTACIÓN GRADO EN TURISMO TITULADOS ANTERIORES ORDENACIONES CURSO ACADÉMICO (2017/2018)

ITINERARIO DE ADAPTACIÓN GRADO EN TURISMO TITULADOS ANTERIORES ORDENACIONES CURSO ACADÉMICO (2017/2018) ITINERARIO DE ADAPTACIÓN GRADO EN TURISMO TITULADOS ANTERIORES ORDENACIONES CURSO ACADÉMICO (2017/2018) 1. TIPO DE ENSEÑANZA. El itinerario de adaptación al Grado en Turismo (IAGT) tiene carácter semipresencial.

Más detalles

8. TRASLADO DE EXPEDIENTE

8. TRASLADO DE EXPEDIENTE 8. TRASLADO DE EXPEDIENTE 8.1. DEFINICIÓN Se entiende como traslado de expediente el cambio de centro donde se realizan los estudios para continuar cursando las mismas enseñanzas en el centro de destino.

Más detalles

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.1. CONSEJO DE GOBIERNO I.1.5. Vicerrectorado de Estudiantes Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 26 de enero de

Más detalles

El uso genérico del masculino en este documento se asume como una característica de la lengua castellana.

El uso genérico del masculino en este documento se asume como una característica de la lengua castellana. El uso genérico del masculino en este documento se asume como una característica de la lengua castellana. Denominación del curso Curso de Adaptación de los Títulos de Maestro Especialidad de Audición y

Más detalles

La presente normativa tiene el objeto de identificar algunos trámites académicos y

La presente normativa tiene el objeto de identificar algunos trámites académicos y Normativa de Ordenación Académica 06 TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES PARA CAMBIOS La presente normativa tiene el objeto de identificar algunos trámites académicos y administrativos del alumnado relacionada

Más detalles

RECOMENDACIONES DE MATRÍCULA CURSO

RECOMENDACIONES DE MATRÍCULA CURSO RECOMENDACIONES DE MATRÍCULA Antes de efectuar la matrícula se recomienda lo siguiente: 1. Consultar el expediente académico a fin de evitar errores de matrícula: Consulta del expediente académico 2. Consultar

Más detalles

FACULTAD DE ENFERMERÍA, FISIOTERAPIA Y PODOLOGÍA: CURSO:

FACULTAD DE ENFERMERÍA, FISIOTERAPIA Y PODOLOGÍA: CURSO: FACULTAD DE ENFERMERÍA, FISIOTERAPIA Y PODOLOGÍA UCM FACULTAD DE ENFERMERÍA, FISIOTERAPIA Y PODOLOGÍA: CURSO: 2015-16 DISPOSICIONES SOBRE LA MATRICULACIÓN DE ESTUDIANTES (Aprobadas por Junta de Facultad

Más detalles

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA VICERRECTORADO DE INTERNACIONALIZACIÓN Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA VICERRECTORADO DE INTERNACIONALIZACIÓN Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO NORMAS BÁSICAS PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO EN LOS PROGRAMAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Las NORMAS BÁSICAS PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO EN LOS INTERCAMBIOS ERASMUS aportaron

Más detalles

REGLAMENTO PRÁCTICAS EN EMPRESAS FACULTAD DE CIENCIAS

REGLAMENTO PRÁCTICAS EN EMPRESAS FACULTAD DE CIENCIAS REGLAMENTO PRÁCTICAS EN EMPRESAS FACULTAD DE CIENCIAS (Aprobado na Xunta de Facultade do día 07 de febreiro de 2013 e modificado na Xunta de Facultade do día 12 de marzo de 2014) PREÁMBULO Las Prácticas

Más detalles

NORMATIVA DE CONVALIDACIONES Y ADAPTACIONES APROBADA POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA CON FECHA

NORMATIVA DE CONVALIDACIONES Y ADAPTACIONES APROBADA POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA CON FECHA El Acuerdo de 25 de octubre de 2004, del Consejo de Coordinación Universitaria, por el que se establecen los criterios generales a que habrán de ajustarse las Universidades en materia de convalidación

Más detalles

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES 3 tudiantes podrán obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. I.

Más detalles

OPOSICIONES 2010 SECUNDARIA

OPOSICIONES 2010 SECUNDARIA OPOSICIONES 2010 SECUNDARIA II. Formación académica y permanente (Hasta un máximo de cuatro puntos). 2.1. Expediente académico en el título alegado. (Hasta un máximo de 1,5000 puntos). Por este apartado

Más detalles

DOCUMENTO DE POLÍTICA SOBRE LOS ITINERARIOS EN LENGUAS EXTRANJERAS EN GRADOS Y MÁSTERES

DOCUMENTO DE POLÍTICA SOBRE LOS ITINERARIOS EN LENGUAS EXTRANJERAS EN GRADOS Y MÁSTERES DOCUMENTO DE POLÍTICA SOBRE LOS ITINERARIOS EN LENGUAS EXTRANJERAS EN GRADOS Y MÁSTERES La incorporación de las diferentes directrices autonómicas, nacionales y europeas sobre enseñanza en lenguas extranjeras,

Más detalles

DISPONGO. Capítulo I Disposiciones generales

DISPONGO. Capítulo I Disposiciones generales ORDEN SOBRE CONVALIDACIONES ENTRE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA Y DANZA Y LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y EL BACHILLERATO, ASÍ COMO LOS EFECTOS QUE SOBRE LA MATERIA DE EDUCACIÓN FÍSICA DEBEN

Más detalles

TITULO VII Se aplicará el concepto y el procedimiento de CONVALIDACIÓN A:

TITULO VII Se aplicará el concepto y el procedimiento de CONVALIDACIÓN A: TITULO VII CONVALIDACIONES 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.- Se entiende por convalidación de estudios el reconocimiento por comparación de contenidos o de horas lectivas en créditos de asignaturas o materias,

Más detalles

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA EL GRADO EN TURISMO DE LA EUTL

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA EL GRADO EN TURISMO DE LA EUTL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA PARA EL GRADO EN TURISMO DE LA EUTL Aprobado por la Junta de Escuela de 28 de mayo de 2015 La Ley Orgánica 6/2001 de Universidades y sus posteriores modificaciones

Más detalles

Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7

Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7 Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7 I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La presente normativa, acorde con la legislación universitaria vigente, tiene el objetivo de hacer efectiva la movilidad de estudiantes

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS DE CLASE Y LOS CALENDARIOS DE EXÁMENES EN LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UEx

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS DE CLASE Y LOS CALENDARIOS DE EXÁMENES EN LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UEx PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS DE CLASE Y LOS CALENDARIOS DE EXÁMENES EN LA Elaborado por: Vicedecana de Ordenación Académica Responsable del SGIC Revisado y aprobado por: Comisión de

Más detalles

TRIBUNAL DE COMPENSACIÓN

TRIBUNAL DE COMPENSACIÓN TRIBUNAL DE COMPENSACIÓN Reglamento de evaluación por el tribunal de compensación de la URJC Normativa aprobada por Comisión Gestora del 24 de septiembre de 2002 Ante la aprobación de los Estatutos de

Más detalles

Procedimiento de matrícula de titulaciones de la Universidad Pontificia de Salamanca. Secretaría General

Procedimiento de matrícula de titulaciones de la Universidad Pontificia de Salamanca. Secretaría General Procedimiento de matrícula de titulaciones de la Universidad Pontificia de Salamanca Secretaría General I. DISPOSICIONES GENERALES Primero. Ámbito de aplicación 1. El presente procedimiento regula las

Más detalles

TITULO I ESTUDIANTES SOCRATES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA QUE CURSAN ESTUDIOS EN OTRAS UNIVERSIDADES EUROPEAS

TITULO I ESTUDIANTES SOCRATES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA QUE CURSAN ESTUDIOS EN OTRAS UNIVERSIDADES EUROPEAS REGLAMENTO DEL PROGRAMA SOCRATES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA (Aprobado en Junta de Gobierno del 24 de abril de 1997) (Modificado en Junta de Gobierno de 31 de enero de 2000) (Modificado en Junta de

Más detalles

FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE LEÓN NORMATIVA PARA EL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN LOS ESTUDIOS DE GRADO

FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE LEÓN NORMATIVA PARA EL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN LOS ESTUDIOS DE GRADO FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE LEÓN NORMATIVA PARA EL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN LOS ESTUDIOS DE GRADO Aprobado por acuerdo de la Junta de Facultad celebrada el 11 de Junio

Más detalles

FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS LICENCIADO EN FILOLOGÍA INGLESA PRIMER CICLO

FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS LICENCIADO EN FILOLOGÍA INGLESA PRIMER CICLO FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS LICENCIADO EN FILOLOGÍA INGLESA PRIMER CICLO PRIMER CURSO: 101 - Fonética fonología de la lengua inglesa 10 102 - Introducción histórica a la lengua inglesa 9 103 - Lengua

Más detalles

1.1.- Actividades (cursos, jornadas, congresos, seminarios, etc.)

1.1.- Actividades (cursos, jornadas, congresos, seminarios, etc.) REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL DEPORTE SOBRE CONCESIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS OPTATIVOS SOBRE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS NO OFICIALES Y EXPERIENCIA PROFESIONAL O LABORAL(aprobado

Más detalles

TÍTULO XIV: CALIFICACIONES, ACTAS Y CERTIFICADOS

TÍTULO XIV: CALIFICACIONES, ACTAS Y CERTIFICADOS TÍTULO XIV: CALIFICACIONES, ACTAS Y CERTIFICADOS 1. CALIFICACIONES El Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en

Más detalles

ANEXO II BAREMO DE MÉRITOS. 1. Por cada año de servicios prestados como funcionario interino o contratado laboral:

ANEXO II BAREMO DE MÉRITOS. 1. Por cada año de servicios prestados como funcionario interino o contratado laboral: ANEXO II BAREMO DE MÉRITOS I. EXPERIENCIA DOCENTE. Máximo 8 puntos. 1. Por cada año de servicios prestados como funcionario interino o contratado laboral: 1.1. En Centro Públicos: 1, 00 puntos. 1.2. En

Más detalles

ANEXO I. Méritos Puntos Documentos Justificativos. No se podrá alcanzar más de 10 puntos por la valoración de los méritos

ANEXO I. Méritos Puntos Documentos Justificativos. No se podrá alcanzar más de 10 puntos por la valoración de los méritos ANEXO I BAREMO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA DESEMPEÑAR PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERNIDAD EN CENTROS Y PROGRAMAS DE LA ACCIÓN EDUCATIVA ESPAÑOLA EN EL EXTERIOR CURSO 2015/2016 Méritos Puntos Documentos

Más detalles

NORMATIVA DE HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS A TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER Y DE DOCTOR EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA

NORMATIVA DE HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS A TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER Y DE DOCTOR EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA NORMATIVA DE HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS A TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER Y DE DOCTOR EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA (Aprobada por Consejo de Gobierno del 28 de junio de 2010, modificado el artículo

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS GRADO EN INGENIERÍA EN TECNOLOGÍAS INDUSTRIALES

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS GRADO EN INGENIERÍA EN TECNOLOGÍAS INDUSTRIALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS GRADO EN INGENIERÍA EN TECNOLOGÍAS INDUSTRIALES 1. Objeto y régimen jurídico El objeto de este reglamento es regular el otorgamiento de los créditos por prácticas externas

Más detalles

Reglamento para la concesión de premios extraordinarios de Fin de Titulación de la Universidad de La Laguna

Reglamento para la concesión de premios extraordinarios de Fin de Titulación de la Universidad de La Laguna Reglamento para la concesión de premios extraordinarios de Fin de Titulación de la Universidad de La Laguna (Aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno celebrada el 26 de noviembre de 2014)

Más detalles

INFORMACION GENERAL FACULTAD BELLAS ARTES

INFORMACION GENERAL FACULTAD BELLAS ARTES INFORMACION GENERAL FACULTAD BELLAS ARTES ANULACIÓN DE CONVOCATORIA DE EXAMEN Según lo aprobado por la Junta de Facultad del 28 de marzo de 2007 la calificación de NO PRESENTADO equivale a anulación de

Más detalles

Vista la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril;

Vista la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; Acuerdo de aprobación de la modificación de la Normativa para la Creación, Modificación o Supresión de los Departamentos de la Universidad Miguel Hernández. Vista la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,

Más detalles

REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA EN ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO (Adaptado RD 861/2010)

REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA EN ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO (Adaptado RD 861/2010) REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA EN ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO (Adaptado RD 861/2010) Aprobado por Consejo de Gobierno de 21 de febrero de 2012 La nueva

Más detalles

Instrucciones de Matrícula curso GRADO EN BELLAS ARTES

Instrucciones de Matrícula curso GRADO EN BELLAS ARTES Instrucciones de Matrícula curso 2017 2018 - GRADO EN BELLAS ARTES * Dirección electrónica UCM: Los estudiantes obtendrán la dirección electrónica de UCM que da acceso, como usuario, a los servicios académicos

Más detalles

REGLAMENTO 1/2017 DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU PARA EL RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS Y MÁSTERES UNIVERSITARIOS

REGLAMENTO 1/2017 DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU PARA EL RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS Y MÁSTERES UNIVERSITARIOS REGLAMENTO 1/2017 DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU PARA EL RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN GRADOS Y MÁSTERES UNIVERSITARIOS 0 REGLAMENTO 1/2017 DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU PARA EL RECONOCIMIENTO

Más detalles

VÍAS DE ACCESO. Al no exigirse formación previa específica para el ingreso en el Grado de RRLL y RRHH, podrán acceder a los títulos de Grado

VÍAS DE ACCESO. Al no exigirse formación previa específica para el ingreso en el Grado de RRLL y RRHH, podrán acceder a los títulos de Grado VÍAS DE ACCESO Al no exigirse formación previa específica para el ingreso en el Grado de RRLL y RRHH, podrán acceder a los títulos de Grado - El acceso a la titulación se rige por lo establecido en el

Más detalles

Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos para los Títulos de Grado y Máster: Secretaría General - Secretaría Técnica

Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos para los Títulos de Grado y Máster: Secretaría General - Secretaría Técnica Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos para los Títulos de Grado y Máster: Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOE 30/10/2007), modificado por Real Decreto

Más detalles

Evaluación, Promoción y Titulación en Ciclos Formativos

Evaluación, Promoción y Titulación en Ciclos Formativos Pag 1 de 5 Preguntas Frecuentes www.simondecolonia.net/fp/faq/ciclos-formativos Evaluación, Promoción y Titulación en Ciclos Formativos Cuáles son las normas legales que regulan la evaluación y acreditación

Más detalles

ANTECEDENTES. El Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, distingue entre:

ANTECEDENTES. El Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, distingue entre: PROCEDIMIENTO DE HOMOLOGACIÓN DEL GRADO EN DERECHO Y DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS DEL GRADO EN LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (Aprobado en Junta de Facultad, sesión celebrada el 27 de junio de 2016) ANTECEDENTES

Más detalles

1,000 0,500 0,500 0,250

1,000 0,500 0,500 0,250 10301 ANEXO VI BAREMO DE MÉRITOS PARA INGRESO POR EL TURNO LIBRE Y RESERVA DE DISCAPACIDAD I. EXPERIENCIA DOCENTE PREVIA (Máximo 5 puntos) JUSTIFICATIVOS 1.1. Por cada año de experiencia docente en especialidades

Más detalles

NORMATIVA DE CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS

NORMATIVA DE CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS NORMATIVA DE CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS La convalidación de estudios universitarios en Facultades y Escuelas Técnicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, diferentes de la Facultad de Ciencias

Más detalles

Preámbulo: PwyFEFgcLA7x4NAvC/eDmw==

Preámbulo: PwyFEFgcLA7x4NAvC/eDmw== RESOLUCIÓN RECTORAL DE 15 DE JUNIO DE 2011, DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS Y SE REGULA EL CÁLCULO DE LA MEDIA DEL EXPEDIENTE ACADÉMICO.

Más detalles

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA 20522 UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2017, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo Social, por el que se aprueba la normativa reguladora del progreso

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA

UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA 2 UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA http://www.uco.es/derechoyccee/ 3 SECRETARIA En ella podemos encontrar diversos impresos y solicitudes entre los que destacan: - TRASLADO DE EXPEDIENTES, INCORPORACIÓN DE CLC,

Más detalles

Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015

Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015 NORMATIVA PARA LA DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL NIVEL ACADÉMICO DE DOCTOR EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015 Esta normativa

Más detalles

NORMATIVA DE COMPENSACIÓN (DIPLOMATURAS, LICENCIATURAS E INGENIERÍAS)

NORMATIVA DE COMPENSACIÓN (DIPLOMATURAS, LICENCIATURAS E INGENIERÍAS) NORMATIVA DE COMPENSACIÓN (DIPLOMATURAS, LICENCIATURAS E INGENIERÍAS) (Aprobada en la sesión número 4 del Consejo de Gobierno Provisional del día 28 de noviembre de 2002, modificada en el acuerdo del Equipo

Más detalles

NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LOS ESTUDIANTES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN ANTONIO

NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LOS ESTUDIANTES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN ANTONIO NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LOS ESTUDIANTES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN ANTONIO Preámbulo La implantación en nuestra Universidad de títulos oficiales de grado y máster adaptados al

Más detalles

NORMATIVA DE PERMANENCIA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD CAMILO JOSÉ CELA

NORMATIVA DE PERMANENCIA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD CAMILO JOSÉ CELA NORMATIVA DE PERMANENCIA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD CAMILO JOSÉ CELA (PC-005: Selección, Admisión y Matriculación de Estudiantes) RESUMEN DE REVISIONES Edición Fecha Naturaleza

Más detalles

MÁSTER EN ABOGACÍA POR LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PERFIL DE INGRESO

MÁSTER EN ABOGACÍA POR LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PERFIL DE INGRESO ILUSTRE COLEGIO ABOGADOS MÁSTER EN ABOGACÍA POR LA UNIVERSIDAD LAS PALMAS GRAN CANARIA PERFIL INGRESO 1. Perfil general de ingreso al Máster 2. Requisitos de acceso al Máster 3. Criterios de selección

Más detalles

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS CURSO DE ADAPTACIÓN AL GRADO DE RELACIONES LABORALES Y EMPLEO DE LA UNIVERSITAT ROVIRA I VIRGILI

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS CURSO DE ADAPTACIÓN AL GRADO DE RELACIONES LABORALES Y EMPLEO DE LA UNIVERSITAT ROVIRA I VIRGILI FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS CURSO DE ADAPTACIÓN AL GRADO DE RELACIONES LABORALES Y EMPLEO DE LA UNIVERSITAT ROVIRA I VIRGILI EN QUÉ CONSISTE EL CURSO? La Facultad de Ciencias Jurídicas y la titulación

Más detalles

NORMATIVA PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD ACADÉMICA EN PROGRAMAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL DE ESTUDIANTES

NORMATIVA PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD ACADÉMICA EN PROGRAMAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL DE ESTUDIANTES ESCUELA UNIVERSITARIA DE INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL NORMATIVA PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD ACADÉMICA EN PROGRAMAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL DE ESTUDIANTES Aprobada en Junta de Escuela el

Más detalles

ARTÍCULO 1. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS ACADÉMICOS POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS.

ARTÍCULO 1. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS ACADÉMICOS POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS. CRITERIOS GENERALES PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO EN CRÉDITOS ECTS POR LA PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS

Más detalles

SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Reconocimiento de créditos cursados en enseñanzas superiores oficiales no universitarias: mínimo 0 / máximo 36 Reconocimiento de créditos cursados

Más detalles

ITINERARIO ESPECÍFICO DE ADAPTACIÓN

ITINERARIO ESPECÍFICO DE ADAPTACIÓN ITINERARIO ESPECÍFICO DE ADAPTACIÓN OFERTA PARA TITULADOS DIPLOMADOS EN GESTION Y ADMINISTRACIÓN PUBLICA QUE DESEEN OBTENER EL TITULO DE GRADO EN GESTIÓN Y ADMINISTRACION PUBLICA. JUSTIFICACIÓN A los Diplomados

Más detalles

Contiene la modificación aprobada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de junio de 2010.

Contiene la modificación aprobada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de junio de 2010. Reglamento para el reconocimiento de estudios universitarios de carácter oficial, de primer y/o segundo ciclo, por convalidación, adaptación o equivalencia Contiene la modificación aprobada por el Consejo

Más detalles

NORMATIVA DE ADMISIÓN A ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE GRADO

NORMATIVA DE ADMISIÓN A ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE GRADO NORMATIVA DE ADMISIÓN A ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE GRADO Elaborado por: Servicio de Acceso y Gestión de Estudios de Grado Revisado por: Vicerrector de Estudiantes y Empleo Aprobado por: Consejo de Gobierno

Más detalles

ANEXO I. Méritos Puntos Documentos Justificativos. No se podrá alcanzar más de 10 puntos por la valoración de los méritos

ANEXO I. Méritos Puntos Documentos Justificativos. No se podrá alcanzar más de 10 puntos por la valoración de los méritos ANEXO I BAREMO DE VALORACION DE MERITOS PARA DESEMPEÑAR PUESTOS EN REGIMEN DE INTERNIDAD EN CENTROS Y PROGRAMAS DE LA ACCION EDUCATIVA ESPAÑOLA EN EL EXTERIOR CURSO 2017/2018 Méritos Puntos Documentos

Más detalles

SOLICITUD DE ADAPTACIÓN PARA ALUMNOS PROVENIENTES DE INGENIERÍA INFORMÁTICA DE OTRAS UNIVERSIDADES

SOLICITUD DE ADAPTACIÓN PARA ALUMNOS PROVENIENTES DE INGENIERÍA INFORMÁTICA DE OTRAS UNIVERSIDADES SOLICITUD DE ADAPTACIÓN PARA ALUMNOS PROVENIENTES DE INGENIERÍA INFORMÁTICA DE OTRAS UNIVERSIDADES DATOS GENERALES PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE DNI O PASAPORTE DOMICILIO MUNICIPIO PROVINCIA

Más detalles

Junta de Castilla y León

Junta de Castilla y León En virtud de lo dispuesto en los Anexos I a III, ambos inclusive, de la Orden EDU/2273/2009, de 11 de diciembre, por la que se establecen las convalidaciones entre asignaturas de las enseñanzas profesionales

Más detalles

ANEXO I BAREMO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA DESEMPEÑAR PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD. Convocatoria interinos ALCE de Bélgica - Curso 2016/2017

ANEXO I BAREMO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA DESEMPEÑAR PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD. Convocatoria interinos ALCE de Bélgica - Curso 2016/2017 ANEXO I BAREMO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA DESEMPEÑAR PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD Convocatoria interinos ALCE de Bélgica - Curso 2016/2017 No se podrá alcanzar más de 10 puntos por la valoración

Más detalles

NORMAS ACADÉMICAS DE MÁSTER UNIVERSITARIO

NORMAS ACADÉMICAS DE MÁSTER UNIVERSITARIO NORMAS ACADÉMICAS DE MÁSTER UNIVERSITARIO (Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 25 de mayo de 2015) (Normas Académicas Generales adaptadas al RD 1393/2007, de 29 de octubre, modificado

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LOS GRADOS DE LA FACULTAD DE DERECHO. (Aprobado por la Junta de Facultad en su sesión del 3 de febrero de 2016)

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LOS GRADOS DE LA FACULTAD DE DERECHO. (Aprobado por la Junta de Facultad en su sesión del 3 de febrero de 2016) REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LOS GRADOS DE LA FACULTAD DE DERECHO (Aprobado por la Junta de Facultad en su sesión del 3 de febrero de 2016) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El objeto principal de esta norma

Más detalles

ANEXO I. Méritos Puntos Documentos Justificativos

ANEXO I. Méritos Puntos Documentos Justificativos EMBAJADA DE ESPAÑA EN ALEMANIA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN ALEMANIA, DINAMARCA, FINLANDIA, NORUEGA Y SUECIA ANEXO I BAREMO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA DESEMPEÑAR PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD EN CENTROS

Más detalles

Becas Excelencia Información General. Estado. Plazo de presentación de solicitudes. Orden. Objeto. Cuantía de las becas ABIERTA

Becas Excelencia Información General. Estado. Plazo de presentación de solicitudes. Orden. Objeto. Cuantía de las becas ABIERTA Becas Excelencia. 2014 Información General Estado ABIERTA Plazo de presentación de solicitudes Del 1 al 17 de septiembre (ambos inclusive) Orden En el caso de entrega presencial o telemático, el día que

Más detalles

ARTÍCULO 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 2. ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN

ARTÍCULO 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 2. ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN NORMATIVA PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN PARA ESTUDIOS DE GRADO (Aprobada por Consejo

Más detalles

I. GRADO, MÁSTER, Y ESTUDIOS LRU

I. GRADO, MÁSTER, Y ESTUDIOS LRU I. GRADO, MÁSTER, Y ESTUDIOS LRU El presente Calendario se establece en aplicación de lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento General de Actividades Docentes, aprobado por Acuerdo del Claustro de

Más detalles