Carta de Servicios de Multas de Circulación

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1 Fecha de aprobación: 18 de febrero de 2016 Fecha de la última evaluación: 21 de marzo de 2017 Carta de Servicios de Multas de Circulación 1. Introducción El Ayuntamiento de Madrid pretende implantar un modelo de gestión de multas de circulación que ponga en el centro de atención a la ciudadanía, prestándole unos servicios de calidad, estimulando su participación en los asuntos de la ciudad, administrando eficientemente los recursos mejorando la calidad de vida de sus habitantes. La Carta de Servicios de Multas de Circulación se enmarca dentro del Objetivo Estratégico de desarrollo de una política de movilidad eficiente y sostenible, incluido en el Plan de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, y en el marco de las actuaciones tendentes a lograr una Ciudad cercana, cohesionada y habitable, teniendo el propósito de servir de canal de información sobre el conjunto de servicios que presta el Ayuntamiento de Madrid en materia de multas de circulación, desde el momento inmediatamente posterior a que se produce la denuncia, independientemente de la forma que sea (a través de agentes de Policía Municipal, Agentes de Movilidad, controladores del Servicio de Estacionamiento Regulado, Servicio de Apoyo de Control de Estacionamiento, radares fijos o móviles, cámaras de las Áreas de Prioridad Residencial, etc), hasta la resolución definitiva que ponga fin al expediente sancionador y, en caso de imponerse una sanción, al periodo voluntario del pago de la misma. Con la elaboración y aprobación de la Carta de Servicios de Multas de Circulación, se pretende: Dar a conocer detalladamente a la ciudadanía los diferentes servicios que se prestan en materia de multas de circulación, así como la existencia de distintos canales de acceso a la información. Dar a conocer la responsabilidad y compromiso que adquiere la Corporación de prestar los servicios de manera uniforme y con unos determinados niveles de calidad. Dar a conocer los derechos de la ciudadanía en relación con los servicios de multas. Mejorar la calidad de los servicios prestados, así como aumentar el grado de satisfacción de la ciudadanía respecto a los mismos. Aportar transparencia en la prestación del servicio. Poner de manifiesto el valor del trabajo de las personas que prestan el servicio y su constante esfuerzo en mejorarlo.

2 La Carta de Servicios de Multas de Circulación, se aprobó por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid el 18 de febrero de Este texto corresponde a la evaluación anual realizada en marzo de 2017; con ella, el Ayuntamiento de Madrid manifiesta nuevamente su compromiso con la calidad y la mejora continua de sus servicios. 2. Datos de carácter general Órgano Directivo El órgano directivo responsable de esta Carta de Servicios es la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, adscrita al Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Según el artículo 11 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 29 de octubre de 2015, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y se delegan competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos corresponden a esta Dirección General, entre otras, en materia de sanciones y multas coercitivas de tráfico y circulación, la siguiente competencia: Incoar, tramitar y resolver los expedientes por infracción de las normas de tráfico y circulación, con la imposición de las sanciones a que, en su caso, hubiera lugar; el trámite y resolución de los recursos administrativos interpuestos con relación a los mismos; las facultades de revisión de oficio y, en general, todas las derivadas de la potestad sancionadora que se desprendan del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y de las demás disposiciones concordantes, que corresponden a este Ayuntamiento. Unidad prestadora del servicio La Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación es la dependencia responsable de la prestación del servicio, y la encargada de consolidar con la ciudadanía una relación accesible y proactiva en materia de multas de circulación, actuando para la continua mejora de la calidad de los servicios prestados en tres áreas principales: Mayor simplificación e información sobre los trámites y procedimientos. Mayor cercanía a la ciudadanía Ampliación de los servicios de Administración electrónica y telemática.

3 La Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación, pone a disposición de la ciudadanía los servicios de gestión, instrucción y resolución de recursos en materia de tráfico y circulación, a través de los siguientes Departamentos: Departamento de Gestión: asume las tareas que implican la relación directa con la ciudadanía, tanto presencial como telefónicamente o a través de medios telemáticos. Es el elemento conductor de los procesos necesarios para la tramitación de los expedientes sancionadores, con la permanente colaboración de otras dependencias municipales tales como Informática de Ayuntamiento de Madrid (I.A.M.), Servicio de Estacionamiento Regulado (S.E.R.), Servicio de Apoyo de Control de Estacionamiento (S.A.C.E.), Policía Municipal, Agentes de Movilidad y Línea Madrid de cada uno de los Distritos. Departamento de Instrucción: inicia, instruye y elabora las propuestas de resolución en los distintos expedientes sancionadores, encargándose del reparto de los escritos presentados por la ciudadanía a los distintos Negociados que, a su vez, mecanizan y distribuyen los mismos para su oportuno trámite. Asimismo solicita los informes previos necesarios para la elaboración de la propuesta de resolución. Departamento de Recursos: realiza el estudio y propuesta de resolución de los distintos recursos administrativos que se presenten en el curso de la tramitación de los expedientes sancionadores en materia de tráfico, asumiendo también la relación con los Juzgados y Tribunales, así como la tramitación de los expedientes de devolución de ingresos indebidos en el ámbito de su competencia. 3. Normativa Además de la normativa general relativa al régimen local, procedimiento administrativo, régimen jurídico de las Administraciones Públicas, atención a la ciudadanía, transparencia, participación ciudadana, protección de datos, etc, la normativa específica relativa a los servicios objeto de esta Carta es: Ley Orgánica 10/1995, del Código Penal, de 23 de noviembre. Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. R.D. 818/2009, de 8 de mayo, Reglamento General de Conductores. R.D. 1428/2003, de 21 de noviembre.- Reglamento General de Circulación. Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos R.D. 320/1994, de 25 de febrero.- Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

4 R.D.L. 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 29 de octubre de 2015, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y se delegan competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos. Ordenanza de movilidad para la ciudad de Madrid, de 26 de septiembre de Ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de Madrid. Instrucción de 25 de mayo de 2016, del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, para el establecimiento de un periodo de aviso previo a la tramitación de denuncias generadas a partir de la utilización de nuevos dispositivos de captación de infracciones de tráfico. 4. Derechos y responsabilidades Derechos de la ciudadanía La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recoge el catálogo de derechos de la ciudadanía en el que se incluyen, entre otros, los siguientes: A comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración. A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en esta Ley y en el resto del ordenamiento jurídico. Al acceso a la información pública, archivos y registros, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el resto del Ordenamiento Jurídico. A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y autoridades, cuando así corresponda legalmente. A la obtención y utilización de los medios de identificación y firma electrónica contemplados en esta Ley. A la protección de datos de carácter personal, y en particular a la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas. A que las personas físicas puedan elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios

5 electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento. A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados; el sentido del silencio administrativo que corresponda, en caso de que la Administración no dicte ni notifique resolución expresa en plazo; el órgano competente para su instrucción, en su caso, y resolución; y los actos de trámite dictados. Asimismo, también tendrán derecho a acceder y a obtener copia de los documentos contenidos en los citados procedimientos. En caso de relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, tendrán derecho a consultar la información a la que se refiere el párrafo anterior, en el Punto de Acceso General electrónico de la Administración que funcionará como un portal de acceso. A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos. A no presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar un documento original, tendrán derecho a obtener una copia autenticada de éste. A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas. A formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución. A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar. A actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses. A cumplir las obligaciones de pago a través de los medios electrónicos previstos en el artículo Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes. Responsabilidades de la ciudadanía Mantener siempre una actitud correcta y de respeto hacia los demás usuarios/as y hacia el personal de la Administración. Hacer adecuado uso de las instalaciones y respetar el material y los equipamientos, colaborando en su mantenimiento y limpieza. Acudir a la cita concertada comprometiéndose a ser puntual, para no perjudicar a otras personas.

6 Mantener actualizados los datos de carácter personal y facilitarlos cuando sean necesarios para realizar gestiones o trámites. Realizar los trámites respetando los plazos legalmente previstos. Formular sus sugerencias y reclamaciones de forma concreta y proporcionando los datos necesarios para su examen, evaluación y, en su caso, toma en consideración. Estar debidamente informado sobre sus posibles denuncias que consten en los medios de publicación edictal. 5. Mecanismos y modalidades de participación El Ayuntamiento de Madrid realiza una apuesta fuerte por el desarrollo y puesta en marcha de los procesos participativos, que garanticen el derecho de la ciudadanía a participar en la toma de decisiones junto con los poderes públicos, de manera que el sentir de la totalidad de la población se tenga en cuenta con carácter previo a la adopción de decisiones que puedan afectar a un Distrito concreto o a la totalidad de la Ciudad. De acuerdo a la normativa de aplicación establecida por el Ayuntamiento de Madrid en el ámbito de la Participación Ciudadana, destacan los siguientes mecanismos, instrumentos y órganos de participación: Las propuestas ciudadanas: la ciudadanía realiza propuestas de actuación en asuntos de competencia municipal o interés local. Cuando alcanzan los apoyos requeridos, pueden someterse a debate y votación final, decidiendo entre todas y todos las que se llevan a cabo (mayoría simple de los participantes). Las audiencias públicas: el Ayuntamiento invita a la ciudadanía a participar en cuestiones especialmente significativas de la acción municipal y lo que se decida mayoritariamente, definirá las actuaciones a realizar. Las iniciativas populares: iniciativas normativas e iniciativas ciudadanas para promover actividades de interés público. Las proposiciones al Pleno y a las Juntas de Distrito y los ruegos y preguntas en las sesiones plenarias del Distrito correspondiente. Las sugerencias y reclamaciones: la ciudadanía ejerce su derecho a presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid; reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias o cualquier otra anomalía en su funcionamiento y felicitaciones, sobre los servicios prestados por el Ayuntamiento. El Consejo Director de la Ciudad, los Consejos Sectoriales y los Foros Locales. Los sondeos de opinión, encuestas de satisfacción, consejos y foros temáticos, y paneles ciudadanos. Entre ellos destaca la Encuesta de Calidad de Vida y Satisfacción con los Servicios Públicos, encuesta presencial de carácter bienal que tiene por objetivo analizar el grado de satisfacción de la ciudadanía madrileña con los servicios públicos

7 municipales, así como conocer su opinión ciudadana respecto a la calidad de vida en la ciudad. Para avanzar de un modo decidido hacia las fórmulas reales de participación de la ciudadanía que profundicen y den sentido al compromiso de lograr un gobierno abierto, se ha puesto en marcha la web de gobierno abierto del Ayuntamiento de Madrid, destinada a que la ciudadanía pueda promover propuestas de actuación municipal de forma libre y transparente. En ella, a través de la plataforma de participación decide.madrid se pueden presentar propuestas, someter a audiencia pública las cuestiones más relevantes del gobierno de la Ciudad y participar en la elaboración de los Presupuestos del Ayuntamiento. Además, se realizan trimestralmente encuestas de satisfacción con el fin de poder conocer el grado de satisfacción de la ciudadanía respecto a la información y a la atención recibida. 6. Sistema de Sugerencias y Reclamaciones El Ayuntamiento de Madrid cuenta con un Sistema de Sugerencias y Reclamaciones a través del cual la ciudadanía e instituciones públicas o privadas pueden ejercer su derecho a presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid; reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias o cualquier otra anomalía en su funcionamiento y felicitaciones relacionadas con la atención recibida. Este canal, sin embargo, no es el adecuado para la presentación de: alegaciones, recursos de reposición o recursos extraordinarios de revisión respecto de expedientes sancionadores en tramitación, en periodo voluntario o de apremio; identificaciones de conductores o solicitudes de devolución de ingresos indebidos. Las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones pueden ser presentadas por la ciudadanía a través de alguno de los siguientes canales: El Teléfono 010. Las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid Las Oficinas de Registro. El Registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid. El correo postal dirigido al órgano directivo responsable o unidad prestadora del servicio, cuyos datos de localización y contacto se recogen en el apartado 9 de esta Carta.

8 Las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones se contestarán de forma adecuada y con la mayor celeridad posible, cumpliendo los compromisos asumidos en la Carta de Servicios de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid, aprobada el 10 de mayo de Servicio: Presencial Por correo postal Por teléfono 010 En la web 7. Servicios prestados Los servicios prestados a la ciudadanía son variados, abarcando tanto temas de carácter e interés general, como otros de marcado carácter personal por cuanto afectan de forma directa a los/as usuarios/as que se encuentren involucrados en la tramitación de un expediente sancionador y que, por ese preciso motivo, demandan y se les brinda una atención personalizada. Los servicios abarcan materias que van desde la simple información sobre trámites y normativa en vigor, hasta la recepción de comunicaciones o documentación presentada por la ciudadanía, y su estudio técnico y jurídico de cara a la resolución de los expedientes sancionadores en tramitación. Los servicios prestados son fundamentalmente los siguientes: 1. Información general: este servicio va dirigido a todas aquellas personas que deseen acceder a la información general sobre multas de circulación. 2. Información específica: Este servicio incluye como principales actividades: Facilitar información actualizada y resolver dudas sobre: o Relación de multas de la persona interesada. o La existencia y estado de tramitación de expedientes relacionados con multas de circulación en los que ostenten la condición de persona interesada. o Estado del expediente de devolución de ingresos indebidos y sobre la denegación de iniciación del expediente de devolución. o Expedientes que han sido recurridos en vía contencioso administrativa en Tribunales. Facilitar la vista del expediente a las personas interesadas (con o sin expedición de copias). Expedir documentos de pago, exclusivamente en periodo voluntario, así como el cobro de los mismos mediante pago telemático con tarjeta bancaria.

9 3. Estudio y tramitación de reclamaciones, alegaciones, recursos o escritos: Este servicio incluye como principales actividades: Estudio y tramitación de las reclamaciones, alegaciones, recursos o escritos presentados por la ciudadanía. Notificar a la persona interesada la incoación de los procedimientos sancionadores, así como las distintas fases procedimentales subsiguientes. Estudiar los escritos presentados por las personas interesadas en relación a los procedimientos sancionadores. Habilitación de un sistema de identificación de conductor a través de la web municipal, de forma que se eviten desplazamientos físicos a la persona interesada. Tramitar las identificaciones de conductor/a responsable de la infracción. Admitir y practicar las pruebas solicitadas o acordar su inadmisión. Pedir informes complementarios para la tramitación del expediente. Elaborar las propuestas de resolución. Notificar la resolución a la persona interesada. Tramitar los expedientes de devolución de ingresos indebidos. 8. Compromisos de calidad Mediante esta Carta de Servicios de Multas de Circulación del Ayuntamiento de Madrid, se adquieren los siguientes compromisos: 1. Se prestará un servicio de calidad, logrando que el tiempo de espera presencial para recibir información general no supere los 5 minutos en el 50% de los casos, no sea superior a 10 minutos en el 70% de los casos, ni superior a los 30 minutos en el 90% de los casos. Indicadores asociados: 1.1. Porcentaje de atenciones de información general con tiempo de espera inferior o igual a 5 minutos Porcentaje de atenciones de información general con tiempo de espera inferior o igual a 10 minutos Porcentaje de atenciones de información general con tiempo de espera inferior o igual a 30 minutos. 2. Todos los/as usuarios/as que soliciten cita previa para una información específica de sus expedientes, serán atendidos/as en un tiempo inferior o igual a 5 minutos en el 80% de los casos, y nunca superior a 10 minutos.

10 Indicadores asociados: 2.1. Porcentaje de atenciones de información específica con tiempo de espera inferior o igual a 5 minutos Porcentaje de atenciones de información específica con tiempo de espera inferior o igual a 10 minutos 3. La información facilitada a través de los responsables del servicio de atención telefónica de multas de circulación será clara y coherente, suministrando información correcta y actualizada, y realizando las gestiones que se le soliciten, de forma que la satisfacción de la ciudadanía con la claridad de la información facilitada sea como mínimo de 7 en una escala de 0 a 10. Indicador asociado: 3.1. Satisfacción de la ciudadanía con la claridad de la información que se le ha facilitado desde el servicio de atención telefónica de multas. 4. Se ofrecerá a la ciudadanía una atención presencial personalizada, clara, precisa, actualizada y coherente de forma que la satisfacción de la ciudadanía con la claridad de la información facilitada sea como mínimo de 7 en una escala de 0 a 10. Indicador asociado: 4.1. Satisfacción de la ciudadanía con la claridad de la información que se le ha facilitado desde el servicio de atención presencial de multas. 5. Se contactará telefónicamente en un plazo máximo de dos días hábiles con todas aquellas personas que, habiendo acudido previamente a una oficina de Línea Madrid, en la misma no se haya podido resolver su consulta. Indicador asociado: 5.1. Porcentaje de ciudadanos/as contactados telefónicamente en un plazo máximo de 2 días hábiles. 6. Los ciudadanos y ciudadanas que soliciten información a través de la dirección de correo electrónico gesmultas@madrid.es, serán contestados por el mismo canal en un plazo máximo de 3 días hábiles en el 75% de los casos, y nunca en más de 6 días hábiles.

11 Indicadores asociados: 6.1. Porcentaje de ciudadanos/as cuyas consultas por correo electrónico han sido contestadas en el plazo máximo de 3 días hábiles Porcentaje de ciudadanos/as cuyas consultas por correo electrónico han sido contestadas en el plazo máximo de 6 días hábiles. 7. Se recibirán y tramitarán las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones presentadas por la ciudadanía relativas a los servicios prestados, se contestarán de forma adecuada y con la mayor celeridad posible y a partir de ellas, se pondrán en marcha acciones de mejora del servicio. Se contestarán el 60% de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones en un plazo máximo de 30 días naturales desde su presentación y, en ningún caso, en un plazo superior a 3 meses; aumentando, con respecto al año anterior, las contestadas en 15 días naturales o menos desde su presentación. El tiempo medio de contestación será de 30 días o menos desde su presentación. Indicadores asociados: 7.1. Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados por la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados por la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación. contestadas en un plazo menor o igual a 30 días naturales desde su presentación Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados por la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación contestadas dentro de los 15 días naturales siguientes a su presentación Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados por la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación, contestadas en menos de 3 meses desde su presentación Tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados por la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación. Medidas de subsanación: quienes consideren que se ha incumplido alguno de los compromisos anteriormente recogidos, podrá comunicarlo a través del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid (apartado 6 de esta Carta de Servicios). En caso de incumplimiento, se enviará un escrito informando de las causas por las que el compromiso no pudo cumplirse, así como, de las medidas adoptadas para corregir la deficiencia detectada, si fuera posible. Seguimiento y evaluación: los resultados de los indicadores establecidos para medir el cumplimiento de los compromisos de esta Carta de Servicios, se pueden consultar en

12 en Ayuntamiento /Observatorio de la Ciudad /Sistema de Cartas de Servicios. Estos resultados son evaluados anualmente. 9. Datos de carácter complementario Datos de localización y contacto del órgano Directivo Responsable de la Carta de Servicios Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación. Calle de Albarracín nº 33 (28017 Madrid) Teléfono: dgcirculacion@madrid.es Canales de prestación del servicio Telemáticos Web oficial del Ayuntamiento de Madrid: Direcciones de correo electrónico: gesmultas@madrid.es : Información general Registro Electrónico (SOLO con certificado digital): Carpeta del Ciudadano (requiere registro previo): Telefónicos Línea Madrid: 010 (desde Madrid) (desde fuera de Madrid) Presenciales Departamento de Gestión de Multas de Circulación: Calle de Albarracín nº 33, planta baja. Lunes a viernes: de 8:30 a 14:00 horas

13 Metro: Línea 7. Estación García Noblejas EMT: Líneas 4, 28, 38, 48, 70 y 105 Para una información específica y una vista del expediente sancionador, es necesario pedir cita previa a través del teléfono de atención a la ciudadanía 010, o de la página web Departamento de Gestión de Multas de Circulación C/ Albarracín nº 33 Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid en cada Distrito. Desde el mes de febrero de 2014, la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación cuenta con el apoyo de Línea Madrid en su labor de información a la ciudadanía, colaborando activamente ambos servicios para lograr la mejora del acceso a la información y de la calidad de la misma, e independientemente del canal que se utilice para ello: presencial, telefónico y telemático. Oficinas de Correos (para presentación de escritos o documentación) Oficinas de Registro (para presentación de escritos o documentación).

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