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1 DE PROCEDIMIENTOS 7 IMPUESTOS NACIONALES Institución Sólida, Normas Claras, País con Recursos. DISTRIBUCION GRATUITA

2 índice Pag. 121 Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE)) iii 122 Impuesto a las Transacciones (IT) v 123 Servicios de la Administración Tributaria a los GRACO Parte I vii 124 Servicios de la Administración Tributaria a los GRACO Parte II ix 125 Servicios de la Administración Tributaria a los GRACO Parte III xi 126 Servicios de la Administración Tributaria a los GRACO Parte IV xiii 127 GRACO: Presentación de DD.JJ y Boleta de Pago Parte I xv 128 GRACO: Presentación de DD.JJ y Boleta de Pago Parte II xvii 129 GRACO: Trámites con Valores xx 130 GRACO: Habilitación de Notas Fiscales xxi 131 GRACO: Solicitud de Dosificación de Notas Fiscales xxii 132 GRACO: Inscripción y Baja de Máquinas Registradoras y/o Computadoras xxiv 133 GRACO: Anulación, devolución o extravío de Facturas xxv 134 GRACO: Inscripción y obligaciones de las Imprentas xxvii 135 GRACO: Trámites en el Registro Unico de Contribuyentes RUC Primera Parte 136 GRACO: Trámite en el Registro Unico de Contribuyentes RUC Segunda Parte xxviii xxx 137 GRACO: Trámite en el Registro Unico de Contribuyentes RUC Tercera parte xxxi 138 GRACO: Software Tributario - (SWT) xxxv 139 GRACO: Instalar, Ejecutar y Actualizar Software Tributario SWT xxxvii 140 GRACO: Actualización del Software Tributario (SWT) xxxix DEPOSITO LEGAL No La Paz, febrero de 2000 ii

3 121 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS (IUE) Todas las empresas bancarias, de seguros, comerciales, de servicios y otras (públicas, privadas, unipersonales), así como a quienes realizan el ejercicio de profesiones liberales u oficios en forma independiente tienen como cierre de gestión el 31 de diciembre, y un plazo para la presentación de las declaraciones juradas y de pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), será a los ciento veinte (120) días posteriores a dicha fecha. A continuación se señalan las principales características de este impuesto. QUIÉNES PAGAN? Todas las empresas, públicas, privadas, incluyendo: sociedades anónimas, anónimas mixtas, en comandita por acciones y en comandita simple, cooperativas, de responsabilidad limitada, colectivas, de hecho o irregulares; empresas unipersonales, sucursales, agencias o establecimientos permanentes de empresas constituidas o domiciliadas en el exterior y cualquier otro tipo de empresas, así como el ejercicio de profesiones liberales u oficios. CUÁNTO SE PAGA? El 25 % de las utilidades netas imponibles que obtengan las empresas obligadas al pago de este impuesto. CÓMO SE DETERMINA LA UTILIDAD NETA? a) Para los contribuyentes obligados a llevar registros contables, resulta de deducir de la utilidad bruta (ingresos menos gastos de venta) los gastos necesarios para su obtención y conservación de la fuente. Se admitirán como deducibles todos aquellos gastos necesarios para la obtención de la utilidad gravada y la conservación de la fuente que la genera. iii

4 b) Los sujetos no obligados a llevar registros contables, deberán presentar una declaración jurada anual al 31 de diciembre de cada año, en la que incluirán la totalidad de sus ingresos gravados anuales y los gastos necesarios para la obtención de dichos ingresos y mantenimiento de la fuente que los genera. c) En el caso del ejercicio de profesiones liberales u oficios se presumirá, sin admitir prueba en contrario, que la utilidad neta gravada será equivalente al 50% (CINCUENTA POR CIENTO) del monto total de los ingresos percibidos. QUIÉNES NO PAGAN? a) Las actividades del Estado Nacional, Prefecturas Departamentales, Municipalidades, Universidades Públicas, Corporaciones Regionales de Desarrollo y las entidades o instituciones pertenecientes a las mismas. b) Las utilidades obtenidas por las asociaciones, fundaciones o instituciones no lucrativas autorizadas legalmente, tales como: las religiosas, de caridad, beneficencia, asistencia social, educativas, culturales, científicas, ecológicas, artísticas, literarias, deportivas, políticas, profesionales, sindicales o gremiales, siempre que, por disposición expresa de sus estatutos, la totalidad de sus ingresos y patrimonio se destinen exclusivamente a los fines enumerados. Para el goce de esta exención las entidades beneficiarias deben solicitar su reconocimiento como exentas ante la Administración Tributaria. c) Los intereses a favor de organismos internacionales de crédito e instituciones oficiales extranjeras, cuyos convenios hayan sido ratificados por el H. Congreso Nacional. iv

5 122 IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES (IT) El IT grava el ejercicio en el territorio nacional del comercio, industria, profesión, oficio, negocio, alquiler de bienes, obras y servicios o de cualquier actividad, lucrativa o no, incluidos los actos a título gratuito que supongan la transferencia de dominio de bienes muebles, inmuebles y derechos. QUIENES PAGAN? Las personas naturales y jurídicas, empresas públicas y privadas, incluidas las empresas unipersonales. CUANTO SE PAGA? El impuesto se paga sobre la base de los ingresos devengados durante el mes, con una alícuota del 3% (TRES POR CIENTO). Los ingresos percibidos en especie se computarán por su valor de mercado. PAGO A CUENTA El Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) pagado efectivamente, será considerado como pago a cuenta del IT, a partir del primer mes posterior a aquel en que se cumplió con la presentación de la Declaración Jurada y pago del IUE. QUIÉNES NO PAGAN? a) El trabajo personal ejecutado en relación de dependencia. b) El desempeño de cargos públicos. c) Las exportaciones. Esta exención no alcanza a las actividades conexas de transporte, eslingaje, estibaje, depósito y otras similares. d) Los servicios prestados por el Estado Nacional, los Gobiernos v

6 Departamentales y los Municipales, sus dependencias, reparticiones descentralizadas y desconcentradas, con excepción de las empresas públicas. e) Los intereses de depósitos en cajas de ahorro, cuentas corrientes y a plazo fijo. f) Los establecimientos educacionales privados incorporados al plan oficial. g) Los servicios prestados por las representaciones diplomáticas de los países extranjeros y los organismos internacionales. h) La edición e importación de libros, diarios, publicaciones informativas en general, periódicos y revistas, en todo su proceso de creación. Esta exención no comprende ingresos por publicidad y otros. i) La compra-venta de acciones, deventures y títulos valores, que se realiza a través de la Bolsa de Valores o fuera de ella. j) La compra-venta de minerales, metales, petróleo y gas natural en el mercado interno. vi

7 123 SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA A LOS GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) (Parte I) En 1998, el Servicio de Impuestos (SI) implantó para los GRACO de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, el SISTEMA INTEGRADO DE RECAUDACION PARA LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SIRAT), el mismo que esta siendo paulatinamente aplicado al resto de contribuyentes. El SIRAT se ha construido pensando en las necesidades del contribuyente y en la dinámica que requiere el SI para atender en forma eficiente, con nuevos servicios, los distintos requerimientos de los usuarios en materia tributaria. Se destaca dos aplicaciones visuales bajo ambiente Windows, orientadas a los contribuyentes, que no requieren de un amplio conocimiento en informática: el Software Tributario y el Software del Libro de Compras y Ventas IVA. SOFTWARE TRIBUTARIO Esta aplicación, es entregada en forma gratuita a los contribuyentes, ayuda a elaborar sus Declaraciones Juradas y boletas de pago sin errores, efectuando en forma automática la liquidación de las mismas, sobre la base de la información básica que sea ingresada. Debido a la implantación del Software se han establecido: Nuevos Mecanismos de Presentación de Formularios a) Presentación en medio magnético.- Usted puede presentar las Declaraciones Juradas y boletas de pago, generadas por el Software Tributario, mediante un diskette que será recibido en la vii

8 Subadmistración Graco. Esta información será recuperada, sin necesidad de transcribirla, con la seguridad y rapidez que esto implica. b) Presentación por transmisión remota.- Puede llevar a cabo todo el trámite de presentación de Declaraciones Juradas y boletas mediante una línea telefónica conectada a un módem, desde su domicilio u oficina (servicio habilitado sólo para un grupo de Grandes Contribuyentes). c) Firma Electrónica.- Para la presentación en medio magnético y por conexión remota se implanta el concepto de Firma Electrónica - código secreto (NIP) proporcionado por la Dirección Distrital GRACO, acompañado por el CIU (generalmente el número de RUC) - del contribuyente, la que se considera para todos los efectos legales equivalente a la firma manuscrita. d) Presentación en formulario generado por el Software Tributario.- Imprime en papel blanco tamaño oficio, los formularios generados en el Software Tributario, para presentarlos a la Dirección Distrital GRACO. viii

9 124 SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA A LOS GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) ( Parte II) Otra de las aplicaciones informáticas desarrolladas por el SI: 2.- SOFTWARE LIBRO DE COMPRAS Y VENTAS - LCV Este sistema ha sido desarrollado para apoyar la presentación de la información complementaria al Impuesto al Valor Agregado (IVA), que el Servicio Nacional de Impuestos Internos requiere de un grupo de Grandes Contribuyentes. PRINCIPALES FUNCIONES DEL SOFTWARE DEL LIBRO DE COMPRAS Y VENTAS - Captura la información de compras y ventas de cada período en forma detallada y agrupada de acuerdo a ciertos parámetros establecidos: - Consolida la información de sucursales y la oficina matriz. - Posee funciones de administración de parámetros: impresión de reportes, respaldo y restauración de información. - Consolida la información capturada y gravada en un diskette, en un solo archivo que se presenta a la Administración. PRINCIPALES VENTAJAS DEL LIBRO DE COMPRAS Y VENTAS PARA EL CONTRIBUYENTE - Puede generar e imprimir los siguientes reportes: Información de Compras y Ventas, RUC no válidos, proveedores (ventas), clientes (compras), para utilizarlos con fines no necesariamente tributarios. ix

10 - Posibilita cambiar la clave de ingreso, alícuota del IVA, porcentaje de agrupación de facturas, identificación de las sucursales, etc. en función a las necesidades del usuario. - Permite efectuar la importación de datos de cualquier sistema en el cual se hayan registrado transacciones de compras y ventas. - Posibilita realizar la copia de suguridad de la información registrada y posteriormente recuperarla desde un medio magnético. x

11 SERVICIO DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA A LOS GRANDES CONTRIBUYENTE (GRACO) (Parte III) 125 Otros servicios que ofrece el SI a los GRACO: RELIQUIDACIÓN DE FORMULARIOS La Administración Tributaria ha establecido que el mal llenado y los errores en el cálculo de las liquidaciones de impuestos son los mayores problemas para el contribuyente, aspecto que implica la generación de intimaciones y la aplicación de multas. Para superar estas dificultades, se ha implementado la reliquidación de cada Declaración Jurada o boleta de pago, cuando la presentación se realiza vía conexión remota o cuando el contribuyente presenta el formulario (impreso o en medio magnético) en la Dirección Distrital GRACO de su jurisdicción. Posibilidad de elegir el formulario reliquidado.- Si en el transcurso de la reliquidación se detectaran errores, se imprime un listado de los mismos para que el contribuyente pueda elegir presentar el formulario reliquidado (formulario corregido) o el original. Esta posibilidad se le brinda sólo al contribuyente y no a otra persona. HABILITACION DE BANCOS Se han habilitado a todos los bancos interesados y que cumplen con los requisitos necesarios para la recepción de pagos, los cuales están ubicados en las dependencias de las Direcciones Distritales de Grandes Contribuyentes. xi

12 NUEVAS FORMAS DE PAGO DE TRIBUTOS a) Pago mediante transferencia entre cuentas.- Puede pagar sus impuestos transfiriendo el monto de su deuda de una cuenta que usted defina en cualquier Banco afiliado en el sistema, a la cuenta del SI. b) Pago mediante débito automático.- A través de un convenio que firme con su Banco, se le debitará en forma automática el monto que usted declare a pagar en sus formularios. Si adicionalmente presenta sus formularios por conexión remota, toda la relación que tenga con la Dirección Distrital GRACO será desde su domicilio. c) Pago en efectivo.- Se mantiene la forma de pago en efectivo, cheque de gerencia, cheque visado, así como con cheque sin visar presentado en el Banco del que procede el cheque. xii

13 SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA A LOS GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) (Parte IV) 126 CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA El Servicio de Impuestos lleva el registro de todos los pagos del contribuyente, sus deudas, saldos a favor y saldos en valores, de manera totalmente transparente en una cuenta corriente tributaria, que puede ser consultada en cualquier momento por los contribuyentes conectados en línea o acudiendo a la Subadministración GRACO, garantizando que la información que usted mantiene coincide con la de la Administración Tributaria. REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC) Los trámites del RUC, tales como cambios de nombre o razón social, de dirección y otros, son mas simples por la utilización de un formulario único y la plataforma de servicio. HABILITACIÓN DE NOTAS FISCALES Se realiza bajo un concepto más simple y manejable, que es el de una dosificación por cada sucursal o punto de emisión de facturas, en lugar de la dosificación sucursal actividad. Asimismo, existen pocos formularios para trámites de esta instancia. PAGO DE IMPUESTOS CON VALORES Ahora es posible redimir un valor (colocar dicho valor en la cuenta corriente del que utiliza el mismo), antes de hacer efectivo el pago, almacenando el monto en una subcuenta de la cuenta corriente tributaria, para uso posterior en el pago de impuestos. xiii

14 FACILIDADES DE PAGO Los contribuyentes pueden solicitar facilidades para pagar sus obligaciones tributarias, esto es, pagar en cuotas, previa presentación de garantías. CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES Cuando se han cometido errores en la presentación de los formularios o en la transcripción al sistema, este módulo permite su corrección, a solicitud del contribuyente. ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE Este sistema colabora a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, brindándoles la información que requieren conocer para el llenado de sus formularios, tal como cotizaciones del dólar, tasas de interés, temas de tributación, registros históricos en el SI. xiv

15 xv 127 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO): PRESENTACION DE DECLARACIONES JURADAS (DD.JJ.) Y BOLETAS DE PAGO (Parte I) El Gran Contribuyente (GRACO), debe presentar sus DD.JJ. a través de los siguientes pasos: A. VERIFICACION DEL FORMULARIO 1.- Presentación en Papel o Medio Magnético La Dirección Distrital GRACO cuenta con varios puntos de verificación, donde el contribuyente puede presentar sus DD.JJ. de acuerdo al siguiente procedimiento: a) CAPTURA del formulario por el verificador, en papel (se captura dos veces por seguridad) o en diskette (método más rápido). b) El formulario es RELIQUIDADO, es decir se recalculan todas las casillas de resultados, incorporando la información de parámetros que mantiene la Administración Tributaria, de saldos e histórica específica del contribuyente. SI SE DETECTAN ERRORES, se imprimirá un Reporte de Errores de Reliquidación, entregándose a la persona que está efectuando el trámite. Sólo si se trata del contribuyente (o su apoderado) podrá elegir presentar entre: 1.-La Declaración Jurada reliquidada (sin errores) 2.-El formulario original 3.-Cancelar toda la presentación. c) Si como producto de la reliquidación el formulario no presenta errores, recibe el VISTO BUENO del Verificador.

16 d) Si la DD.JJ. NO TIENE MONTO A PAGAR EN BANCO, se imprime en la misma un REFRENDO de la presentación conteniendo: los números de orden, del formulario, del RUC, fecha/ hora de la presentación, código del Verificador que recibió el formulario y un código de control. Se entrega la copia correspondiente al contribuyente o persona que presenta el formulario, quedándose el original en poder de la Institución, culminando así el trámite. e) Si el formulario tiene asociado PAGO EN EFECTIVO O EN CHEQUE, el Verificador envía las copias al Banco seleccionado por el contribuyente. xvi

17 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO): PRESENTACION DE DECLARACIONES JURADAS (DD.JJ.) Y BOLETAS DE PAGO (Parte II) Presentación por Transmisión Remota a) Seguirá un procedimiento similar al anterior, con la diferencia que podrá imprimir sus declaraciones en el Software Tributario (SWT) en su domicilio, así como los errores de liquidación, si se diera el caso. b) Si el formulario es con pago en dinero o cheque, el contribuyente debe presentarse, para hacer efectivo el mismo, en la entidad bancaria seleccionada, en las oficinas de GRACO. Para los pagos mediante transferencia electrónica o débito automático, la Administración se encarga de imprimir el formulario y llevarlo a la caja del Banco. c) Para la DD.JJ. sin pago, la Dirección Distrital GRACO imprime la misma y el refrendo, entregando un ejemplar para el control del contribuyente. B. PAGOS A LOS BANCOS El Contribuyente se apersona a la caja del banco, el cajero RECIBE EL PAGO, IMPRIME EL REFRENDO en los dos ejemplares del formulario (información similar al refrendo de un formulario sin pago) más el monto cancelado, códigos del banco, del cajero que recibe el pago y de control. Finalmente, el encargado del banco entrega un ejemplar del formulario, reteniendo el original. xvii

18 Nota: * Los formularios presentados en papel no deben contener tachaduras ni enmiendas y deben ser firmados por quien tiene el deber legal de hacerlo y no por otra persona. * No se debe presentar dos Declaraciones Juradas originales, puesto que la segunda no será imputada (ingresada) en su cuenta corriente, ni tomada en cuenta para el cálculo de su crédito fiscal y saldos. * Las DD.JJ rectificatorias deben presentarse únicamente si es necesario modificar información de tipo sustantivo, es decir las bases para la determinación del tributo. No se debe utilizar para pagar saldos adeudados, o en general aspectos de cuenta corriente. * Si la Declaración Jurada rectificatoria aumenta el saldo a favor del contribuyente o disminuye el impuesto ésta debe ser aprobada previamente por el Sector de Asuntos Técnicos y Jurídicos. xviii

19 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) TRAMITES CON VALORES 129 Antes de realizar este trámite, Ud. debe conocer los siguientes términos: - "Redimir o Redención" de títulos valores, es cuando se acredita el monto del título valor a la cuenta corriente del contribuyente, bajo el concepto de crédito por valores. - Pago con títulos valores, el contribuyente podrá utilizar este crédito en el pago de impuestos, cuando así lo estime conveniente. Redención de Títulos Valores Los Títulos Valores se presentan al encargado de valores, en la Dirección Distrital GRACO, a nombre del contribuyente a cuya cuenta se va a abonar. Se comprueba su validez y se lo redime, imprimiendo el funcionario actuante un Formulario de Redención en tres ejemplares, uno de los cuales se entregará al contribuyente para su registro y control. A partir de ese momento, el crédito por valores puede ser utilizado para el pago de impuestos. Pago (imputación) de Declaraciones Juradas (DD.JJ.) con Títulos Valores Para pagar una DD.JJ. con valores, se llena la casilla de Imputación de Crédito en Valores (677). Los valores han tenido que ser redimidos previamente. Imputación de deudas con Títulos Valores Es posible pagar una deuda o formulario, que no sea DD.JJ. con títulos valores, como por ejemplo: xix

20 - Intimación, - Facilidades de pago, - Resolución Determinativa, - Pago a cuenta de un impuesto (relacionado con un formulario específico). Para efectuar estos pagos se llena la Boleta 2252, Imputación de Crédito por Valores, con la información del destino del crédito por valores, se la entrega al encargado de valores quien la ingresa al sistema y la reliquida, comprobando que el contribuyente tenga el saldo suficiente en su cuenta de valores y que el documento de deuda que se cancela esté registrado en el sistema. Posteriormente, se imprimen tres ejemplares del formulario ( Dirección Distrital GRACO, funcionario y contribuyente),con el Visto Bueno de la Dirección Distrital GRACO. Nota: * Para una correcta imputación de la deuda, asegúrese que la información de la DD.JJ. o el documento que cancelará, esté completamente registrada en el formulario 2252 * El contribuyente puede pagar una parte de una deuda con valores y el resto en efectivo, para este efecto se llena la Boleta 2252, con el monto a cancelar en valores y la Boleta 6015 con el saldo en efectivo. No es necesaria esta boleta cuando se paga todo el saldo de una deuda con valores. xx

21 xxi 130 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) HABILITACION DE NOTAS FISCALES Todo trámite de Facturas o Notas Fiscales, se efectúa ante el funcionario actuante portando carnet de identidad y una fotocopia del mismo, que se queda en la Dirección Distrital GRACO. Este trámite puede ser realizado por: - El contribuyente, - Su representante legal o apoderado (registrado como tal en la Dirección Distrital GRACO), - Un tramitador o tercero, con carta notariada de autorización. Primera solicitud de Notas Fiscales Para la habilitación de Notas Fiscales por primera vez, en el nuevo sistema, el contribuyente debe considerar: * SI TIENE SUCURSALES: reinscribirlas, tomando en cuenta que sólo puede habilitarse una sucursal por domicilio. * Si desempeña ACTIVIDADES ECONÓMICAS EN DISTINTOS DOMICILIOS: inscribir cada actividad como sucursal. * Si desempeña VARIAS ACTIVIDADES EN UN SOLO DOMICILIO (una sola sucursal): analizar la distribución interna de facturas de una dosificación o en su caso la inscripción de máquinas emisoras en dicha sucursal (si las tiene). * Si tiene MÁQUINAS REGISTRADORAS ANTIGUAS: realizar su reinscripción indicando los números de serie. * Si tiene MÁQUINAS REGISTRADORAS NUEVAS O EQUIPOS DE COMPUTACIÓN que son puntos de emisión: inscribirlas indicando los números de serie en un memorial dirigido al Director Distrital GRACO La Paz. Estos trámites deben tener toda la información respaldatoria.

22 131 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) SOLICITUD DE DOSIFICACION DE NOTAS FISCALES Para realizar la solicitud de dosificación de facturas, debe tomar en cuenta los siguientes aspectos: a) TIPOS DE FACTURAS El Servicio de Impuestos ha establecido varias formas de facturas, las cuales pueden ser utilizadas por el contribuyente de acuerdo a sus requerimientos: - Manuales - Tickets - Computarizadas - Eventuales / espectáculos públicos - Otros. b) FORMAS DE DOSIFICACION La Dirección Distrital GRACO efectúa la dosificación por punto de emisión que puede ser: - Una sucursal. - Máquinas emisoras. Cuando se trata de una sola dosificación en el Libro Auxiliar de Distribución y Registro de Emisión, debe indicarse los rangos de facturas distribuidas internamente. c) SOLICITUD Y REQUISITOS Para cada punto de emisión (y tipo de factura): - Formulario 3347, solicitud de notas fiscales y registro de imprentas. - Fotocopia del certificado de inscripción de la central, casa matriz o sucursal. xxii

23 - Fotocopia de la última factura emitida. - Fotocopia del documento de identificación del contribuyente. - Fotocopia del certificado de la dosificación anterior. Se debe entregar toda la documentación al funcionario del Servicio de Impuestos encargado, quien revisa e ingresa la información al sistema, si el solicitante no eligió imprenta puede hacerlo en ese momento. d) DOSIFICACION Se imprimen: - Dos ejemplares del Formulario 3347, quedándose un ejemplar con el contribuyente y otro para el archivo. - Tres ejemplares del Certificado de Dosificación, debiendo firmarse los mismos como constancia de conformidad, siendo su distribución: uno para la Administración Tributaria otro para la imprenta y el último para el contribuyente (que debera ser expuesto en el punto de emisión de las facturas). La cantidad de Notas Fiscales está sujeta a modificación de acuerdo a la fluidez que registre la emisión de facturas en la actividad del contribuyente. Si se obtiene una dosificación menor a las anteriores, podría deberse a que el promedio de emisión de facturas disminuyó o bien a que la Administración detecta deudas pendientes u obligaciones incumplidas. Dosificación masiva Cuando el contribuyente emite una gran cantidad de facturas periódicamente (por ejemplo una empresa de servicio público) puede obtener autorización para una Dosificación Masiva, a través de un memorial a la Administración Tributaria. xxiii

24 132 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) INSCRIPCION Y BAJA DE MAQUINAS REGISTRADORAS Y/O COMPUTADORAS Las máquinas registradoras y/o equipos de computación que requieren ser puntos de emisión (medios a través de los cuales se emiten facturas de acuerdo de las necesidades del contribuyente), deben ser inscritos en la Administración Tributaria llenando el Formulario Solicitud Inscripción / Baja de Máquinas Registradoras. 1. Para la habilitación de máquinas, equipos de computación se requiere: - Fotocopia del Certificado de Inscripción de la sucursal a la cual corresponde. - Número de Serie (factura original de compra). 2. Los Contribuyentes Nuevos deben presentar: - Lo señalado en el punto 1. - Una carta en la que informen al Director Distrital GRACO los datos de identificación de las máquinas y la fecha a partir de la cual empiecen a funcionar. Estos documentos deben registrarse en las oficinas correspondientes, para que la información sea impresa, en el formulario , y firmada (tanto por el contribuyente como por el funcionario) en dos ejemplares quedando un ejemplar en poder del contribuyente, el que se constituye a su vez en el CERTIFICADO DE REGISTRO Para Baja (cancelación) de Máquinas Registradoras se debe presentar el Certificado de Registro. El procedimiento a seguir es el mencionado en el punto dos. xxiv

25 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) 133 ANULACION, DEVOLUCION O EXTRAVIO DE FACTURAS En caso que usted haya extraviado, pretenda anular o devolver sus facturas impresas, debe apersonarse a las oficinas de la Administración Tributaria portando: - Detalle de las facturas en el Formulario Solicitud de Devolución / Anulación de Notas Fiscales. - Documento de identificación. Adicionalmente para: * ANULACIÓN: fotocopia del certificado del RUC de la Sucursal que corresponda * DEVOLUCIÓN: fotocopia del RUC y las notas fiscales a ser devueltas. * EXTRAVÍO: fotocopia del RUC, tres publicaciones consecutivas en un periódico de circulación nacional (dimensión: 1 columna x 5 cm); Memorial denunciando el hecho dirigido a la PTJ y otro Memorial dirigido a la Subadministración GRACO. - Entregar la documentación al Funcionario encargado, quien la revisa e ingresa la información al sistema. Luego se imprimen: dos ejemplares del formulario que el solicitante los firma todos los formularios como constancia de conformidad y el funcionario le entrega un ejemplar de cada documento para su control, culminando así el trámite. xxv

26 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) 134 INSCRIPCION Y OBLIGACIONES DE LAS IMPRENTAS Las imprentas catalogadas como Grandes Contribuyentes interesadas en efectuar trabajos de impresión de notas fiscales, deben solicitar su registro en la Administración Tributaria de su Región, el mismo que tiene validez de un año calendario a partir de la fecha de inscripción. Requisitos - Formulario , Solicitud de Notas Fiscales y Registro de Imprentas, debidamente llenado. - Fotocopia del certificado RUC. Entregar toda la documentación al Funcionario encargado, quien revisa e ingresa la información al sistema. Luego imprime dos ejemplares del Formulario , y otros dos del Certificado de Registro de Imprenta. El solicitante firma los formularios como constancia de conformidad y recibe un ejemplar de cada uno para su control, culminando así el trámite. Reporte de trabajos realizados Periódicamente (hasta el 10 de cada mes) las imprentas deben reportar los trabajos de impresión de notas fiscales efectuados en el mes anterior. Las imprentas que tengan sucursales de impresión (misma o distinta jurisdicción) deben declarar los trabajos realizados en la Central y Sucursales ante la Administración Regional en la que se registró. Para reportar esta información se requiere: xxvi

27 - Completar el Formulario Reporte de Trabajos de Impresión - Presentar el carnet del RUC Entregar la documentación al Funcionario encargado, quien revisa e ingresa la información al sistema. Luego se imprimen: dos ejemplares del Certificado de Trabajos de Impresión Realizados, el solicitante los firma como constancia de conformidad y recibe un ejemplar para su control. xxvii

28 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) TRAMITES EN EL REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC) (Primera Parte) A partir de la implantación del Sistema Integrado de Recaudación para la Administración Tributaria (SIRAT), los trámites y procedimientos establecidos en el RUC para los GRACO, pueden ser realizados por el contribuyente, el representante legal o apoderado (registrado como tal en la Subadministración), un tramitador o tercero, con carta de autorización y portando su documento de identidad. REGISTRO DE APODERADOS ALTA/BAJA El contribuyente puede otorgar a un Apoderado la atribución para presentar por él (elaborar y firmar) todos o algunos de sus formularios, efectuar todos o algunos de sus trámites en la Administración, así como recoger el Software Tributario. El apoderado, que puede ser persona natural, persona jurídica, inscrito o no en el RUC, debe registrarse en la SubAdministración GRACO, presentando un poder notariado, basado en un poder tipo proporcionado por la Administración Tributaria; asimismo, debe presentar un documento de identidad (Carnet de Identidad, Registro Unico Nacional, Registro Unico de Contribuyente o Pasaporte segun corresponda) y/o si tiene RUC, el número de éste. El funcionario encargado del RUC revisa la documentación, efectúa el registro preliminar y genera un Reporte de Registro de apoderados, el mismo que debe ser firmado y aprobado por el Jefe de Recaudación, que imprime el documento poder final, generado por el sistema, entregando un ejemplar al contribuyente como constancia de la culminación del trámite. xxviii 135

29 REPOSICIÓN DE CARNET Y/O CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN Para solicitar la reposición del carnet o certificado del RUC se requiere: En caso de extravío: - Denuncia policial o publicación en periódico (un día) - Presentación de boleta de depósito de pago de Bs 10, como costo de reposición. En caso de deterioro o caducidad: - Devolución del carnet de RUC (si se solicita reposición de carnet) - Devolución de certificado de RUC (si se solicita reposición de certificado) El funcionario del RUC verifica la documentación, registra el trámite e imprime el carnet o certificado solicitado, que firma el Jefe de Recaudación, y lo entrega al solicitante. xxix

30 136 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) TRÁMITES EN EL REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC) (Segunda Parte) Cualquier cambio en la información del RUC, debe ser comunicado a la Subadministración GRACO, de acuerdo al siguiente procedimiento: CAMBIO DE INFORMACIÓN Llenar el formulario 4589 versión 1, Solicitud de Inscripción o Cambio de Información (que sustituye a los formularios 3014, 3043, 3031, 3186 y 3002), que sirve para efectuar uno o varios cambios. De acuerdo a la solicitud se llenan el o los rubros correspondientes (no es necesario llenar todo). Se entrega el formulario al funcionario encargado, adjuntando la documentación de respaldo que se le solicite, la que varía de acuerdo al tipo de trámite. El funcionario captura la solicitud e imprime un Reporte de Modificación, el mismo que refleja todos los cambios de información registrados, el documento debe ser firmado por la persona que efectúa el mismo Para algunos cambios de información específicos, (Alta de Impuesto, Cambio de Razon Social y otros) se imprime y entrega al contribuyente el Carnet del RUC y Certificado de Inscripción (sellados y firmados por el Jefe de Recaudación) y/o un boletín informativo (solo cuando exista alta de impuesto). El funcionario imprime también un acuse de recibo, por los los documentos que entrega al solicitante quien firma en constancia de recepción. xxx

31 137 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) TRAMITES DE REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC) (Tercera Parte) TRAMITE Y/0 CAMBIO DE: DOCUMENTOS 1. Tipo de Contribuyente - Devolver el carnet contribuyente (si corresponde) 2. Razón social, carácter, - Devolver el certificado de inscripción (si corresponde) Origen de la entidad - Presentar el formulario 3348 Devolución notas fiscales (si corresponde) Fecha de contrato social - Presentar el testimonio de modificación escritura de constitución de la sociedad o personería jurídica (sólo si se modifica 2. Razón social, carácter, origen de la entidad o fecha contrato social) 3. Características tributarias - Presentar la declaratoria de herederos, testamento, documento legal de transmisión gratuita (sólo 1.Si se cambia de tipo de contribuyente de empresa unipersonal o persona natural a sucesión indivisa) xxxi

32 4. Actividad principal o - Presentar el certificado de complementaria devolución de recibos de alquiler (sólo1. y 5. Cambio características tributarias o baja de impuesto) 5. Impuesto alta o baja - Presentar contrato y/o términos de referencia (sólo 3. Cambio de características tributarias de consultor o persona natural contratada por el sector público o localmente por organismo internacional, oficial,extranjero o gobiernos extranjeros) - Presentar contrato de alquiler (sólo 3. Cambio de características tributarias, actividades de alquiler de bienes) 6.Registro por 1era vez de - Presentar documento que acredite número patronal de caja de salud # Reg. Comercio y # patronal - Presentar certificado número de Registro de Comercio 7. Datos del Representante - Presentar constitución de la Legal sociedad o personería jurídica o documento que respalde la asignación o baja del representante legal. xxxii

33 (Alta o Baja) - Devolver certificado de inscripción - Presentar constancia de domicilio (boleta agua, luz, teléfono, etc.) - Presentar documento de identificación del representante legal. 8. Información económica - Presentar estado financiero (que corresponda al cambio) 9. Información sucursales - Presentar constancia de domicilio (boleta de pago, agua, luz,teléfono, etc.) 10. Domicilio casa matriz - Devolver el certificado inscripción (sólo baja sucursal) 11. Domicilio sucursales - Presentar formulario 3348, devolución de notas fiscales (sólo 11. Modificación domicilio o 9. Baja sucursal) - Presentar certificado de devolución de recibos de alquiler (sólo 11. Modificación domicilio 9. o baja sucursal en caso de actividad y alquiler de bienes) xxxiii

34 12. Información de los - Presentar testimonio de modificación de Escritura de socios de la sociedad Constitu ción o personería jurídica. - Presentar documento de identificación de cada socio Los cambios de información se efectúan en forma inmediata, excepto cuando implican cambios de jurisdicción, en cuyo caso se requieren cinco días. xxxiv

35 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) SOFTWARE TRIBUTARIO - SWT 138 El Software Tributario (SWT) es una aplicación desarrollada por el Servicio de Impuestos (SI), de distribución gratuita entre los Grandes Contribuyentes (GRACO). OBJETIVO Apoyar y simplificar la elaboración de Declaraciones Juradas (DD.JJ.), boletas de pago y otros formularios de trámites que el contribuyente deba realizar en la Administración Tributaria de manera que se puedan reducir los errores, y llevar un control exhaustivo de la presentación de formularios, pagos efectuados y saldos. Además brinda la posibilidad presentar sus DD.JJ. mediante conexión remota, transferencia a un medio magnético (diskette) o imprimirlas para su entrega en el Servicio de Impuestos. PRINCIPALES FUNCIONES - Elaboración de formularios - Liquidación de formularios, es una de sus funciones más importantes que permite el cálculo de las casillas de resultados sobre la base de la información básica capturada por el usuario, así como el validar que el formulario esté completo y correcto. - Generación de formularios en papel y disquete, presentación vía transmisión remota. - Actualización de parámetros, la información del SWT es susceptible de ser actualizada por el usuario. Ej.: tasa del dólar, tasa de interés, días hábiles y feriados, etc. xxxv

36 ENTREGA SWT El Servicio de Impuestos entrega al contribuyente un sobre conteniendo: Dos (2) disquetes del SWT, con el programa que instala la aplicación. Un (1) disquete de personalización, rotulado con el (Código de Identificación del Usuario) CIU del superusuario dueño de la aplicación. Un sobreflex cerrado que contiene el NIP (Número de Identificación del Usuario), que constituye la firma electrónica del contribuyente y que, para efectos tributarios, equivale a la firma manuscrita y la licencia de uso, conteniendo las obligaciones y derechos del usuario del SWT. xxxvi

37 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) 139 SOFTWARE TRIBUTARIO - SWT INSTALAR, EJECUTAR Y ACTUALIZAR 1.- Para instalar el SWT debe: - Ingresar el primer diskette a su computadora (marcado como 1 de 2) y ejecutar el programa Instalar. exe contenido en el mismo. En Windows 95, seleccionar el botón de Start (Inicio), elegir la opción Run (Ejecutar), digitar la instrucción A:\Instalar.exe y luego OK o Enter (Intro) en el teclado. - El programa de instalación se ejecutará desplegándose la Licencia de Uso, elegir el botón O.K.; se despliega la pantalla de bienvenida y se elige el botón Instalar. - Se selecciona la unidad en la que se instalará la aplicación, cambiandola si es necesario con las flechas, debe elegirse un medio fijo, (Disco Duro) C:. Luego aceptar con O.K. - Introducir el disco N 2 cuando el SWT lo requiere eligiendo luego O.K. - Se despliega el mensaje de Instalación Finalizada. Ahora pasamos a la personalización. 2.- Para la segunda parte de la instalación (personalización) debe: - Introducir el disco de personalización. - Seleccionar el drive que se está utilizando (generalmente el A:) y aceptar la elección con O.K. - Seleccionar el modo en el que se va a personalizar: xxxvii

38 a) Contribuyente, caso en el que el dueño de la aplicación es el titular del RUC b) Apoderado, cuando esta inscrito como tal en la Administración y el diskette que está utilizando es del apoderado. c) Aceptar la elección con O.K. - Ingresar los datos del Superusuario, quien es el dueño de la aplicación, con todas las atribuciones dentro de la misma. Los números CIU / NIP se obtienen abriendo el Sobreflex. 3.- Para ejecutar el SWT debe: - En Windows 95: En la barra de tareas hacer clic en el botón Inicio o Start, seleccionar el menú Programa o Programs, ingresar al menú "Software Tributario" y hacer clic en el icono del sistema (SI). - Se solicita la identificación del usuario, el que debe ingresar su CIU/NIP. Si no se han definido otros usuarios (opción Usuarios del Panel de Control), el CIU/NIP son los códigos proporcionados por la Administración. Ingresar a la pantalla de conformación de parámetros, donde si existe algún parámetro no actualizado puede eligir el botón de cambiar e ingresar para actualizarlo. xxxviii

39 140 GRANDES CONTRIBUYENTES (GRACO) ACTUALIZACION DEL SOFTWARE TRIBUTARIO (SWT) El Servicio de Impuestos, ha elaborado un programa contenido en dos diskettes, que mejora las versiones 1.0, 1.01 y 1.02 del Software Tributario. PROCEDIMIENTO Para actualizar las versiones anteriores del Software Tributario: 1.- Cierre la aplicación del SWT 2.- Introduzca el diskette 1 de 2 en la unidad A: después ejecute A: INSTALAR. EXE, espere a que se instale el mismo. Cuando este proceso ha terminado se le solicitará que ingrese el Disco 2 de Aparecerá el mensaje en el que se le informa el avance de la actualización. 4.- Una vez concluido el mismo, el programa le comunicará que la actualización concluyó satisfactoriamente. MEJORAS QUE INCLUYE LA ACTUALIZACIÓN - Función de búsqueda de formularios - Impresión directa de formularios, desde menús del sistema - Facilidad para actualizar los parámetros a partir de archivos proporcionados por el SI (disponibles en la página Web - Calendario generado para la gestión 1999 xxxix

40 - Plazos de vencimiento para la gestión Incorporación de nuevos formularios (6016 y 2050) - Posibilidad de ralizar cambio de Superusuario - Cálculo de deberes formales de acuerdo a las normas vigentes - Optimización de la interfase de impresión de formularios - Posibilidad de cambio del NIP - Incluye un programa desinstalador del SWT. Contando con esta versión el contribuyente puede generar manualmente el nuevo año (2000) y realizar la incorporación de nuevos datos. xl

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