SEGURO DE VEHÍCULOS. Vehículos destinados para usos particulares y públicos remunerados:
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- Salvador Quintana Parra
- hace 2 años
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1 SEGURO DE VEHÍCULOS Descripción del producto Seguro para vehículos motorizados de uso particular privado con cobertura todo riesgo, que protege el vehículo contra cualquier eventualidad relacionada con: daños propios, daños a terceros (lesiones o daños materiales), lesiones a ocupantes del vehículo, servicios y beneficios adicionales. El cliente podrá escoger el plan que más se ajuste a sus necesidades: Full Cobertura (cobertura del vehículo y a terceros) Solo pérdida total (perdida mayor al 75% del valor asegurado del vehículo) Solo responsabilidad civil (no cubre daños del vehículo, solo los daños a terceros) El seguro incluye el servicio de asistencia y auxilio mecánico AIG Metroassist Servicio de asistencia. Auxilio mecánico y médico en caso de Emergencia por accidente. Asistencia Legal In Situ en Quito, Guayaquil y Cuenca. Garantía de Servicio única en el mercado. Estamos en capacidad de elaborar pólizas a la medida de cada uno de nuestros clientes, considerando las características del auto y del conductor. Pago dentro de 72 horas, en caso de colisión y robo (Considerando que la documentación se encuentra completa). Garantizamos la reparación de su automóvil con repuestos originales, en caso de que éste se encuentre dentro del periodo de garantía del fabricante. En caso de que se utilicen repuestos no originales (alternos), estos están 100% garantizados por la Compañía. Red KPG (Key Point Garage) de talleres autorizados Ahorro de tiempo para el cliente, puede entregar toda la documentación relacionada con el siniestro directamente en el taller. AIG garantiza y respalda las reparaciones efectuadas en el punto KPG. Control de costos, mano de obra y repuestos. Autorización de reparación automática. Definiciones Contratante: Persona natural o jurídica que celebra el presente contrato para asegurar un determinado número de vehículos y que es responsable del pago de la prima. Asegurado: La persona natural o jurídica designada en la póliza, incluyendo también cualquier otra persona que estuviere usando el vehículo asegurado o fuere responsable legalmente de tal uso, siempre que la conducción del mismo se ejerza bajo el control del Asegurado o con su anuencia. Beneficiario: Persona natural o jurídica propietaria del vehículo asegurado, de acuerdo a los documentos debidamente legalizados o títulos correspondientes. Vehículos destinados para usos particulares y públicos remunerados: a) Particulares: Se entenderá por vehículos particulares, aquellos que sean usados exclusivamente para el servicio personal del Asegurado y en ningún caso para alquilarlos o para transportar pasajeros y/o carga, mediante el cobro de renta, pasajes o flete.
2 b) Públicos Remunerados: Se entenderá por vehículos públicos remunerados, aquellos que sean usados para alquilarlos o para transportar pasajeros y/o carga, mediante el cobro de renta, pasaje o flete. Ocupantes del vehículo Se entenderá por ocupantes, el conductor y cualquier otra persona que viaje dentro del vehículo asegurado en los lugares normalmente destinados para llevar personas. Equipo Especial - Extras: Se entenderá por equipo especial, aquel que no sea de uso corriente en la marca y tipo del vehículo asegurado. Riesgos Cubiertos Las coberturas que a continuación se detallan rigen dentro del territorio de países que conforman el Pacto Andino. Amparos Básicos (incluidos en la Póliza de Seguro de Vehículos) Responsabilidad Civil Extracontractual (daños a la propiedad ajena, lesiones corporales a terceros). Pérdida Total del vehículo por daños. Pérdida Parcial del vehículo por daños. Pérdida Total del vehículo por robo. Pérdida Parcial del vehículo por robo. Lesiones a ocupantes del vehículo. Gastos Médicos por ocupante. Accidentes Personales por ocupante. Gastos de Grúa, transporte o protección al vehículo accidentado. Asistencia Jurídica en proceso penal. Beneficios Adicionales (incluidos en la Póliza de Seguro de Vehículos) Cobertura Pacto Andino No aplicación de depreciación de partes y piezas por uso No cobro de R.A.S.A (restitución automática de suma asegurada) Cobertura para Air Bag Cobertura sistemas de audio y video (estándar del vehículo según modelo) Cobertura para gata, herramientas y llanta de emergencia. Póliza accidentes personales para conductor principal. Amparos Opcionales (se pueden contratar con costo adicional) Amparo patrimonial Objetos olvidados dentro del vehículo Gastos transporte para el asegurado Gastos funerarios Auto Sustituto Cobertura para accesorios extras o equipos especiales (no estándar del vehículo según marca y modelo) Exclusiones Quedan excluidas de la presente cobertura. Responsabilidad civil a familiares o empleados del Asegurado Carreras o enseñanzas. Transporte público o vehículo alquilado. Carencia de licencia o multas.
3 Desatención a normas de tránsito. Conducción fuera de caminos. Embriaguez. Sobrecarga o esfuerzo excesivo. Daño intencional. Incautación, guerra y riesgos nucleares. Lugares no destinados para el transporte de personas. Daños eléctricos, mecánicos o fallos por uso o desgaste. Daños adicionales por haberlo puesto en marcha luego del accidente. Vehículos ingresados ilegalmente al país o fraudes al Asegurado Deducible Es la cantidad que en cada siniestro deberá ser cubierta por el Asegurado. La Compañía cubrirá únicamente las sumas que excedan de dicha cantidad. El deducible estará especificado en las Condiciones Particulares de la Póliza. El deducible estándar de la Póliza de Vehículos es igual al 10% del valor del siniestro, mínimo 1% del valor asegurado, mínimo USD $ 250,00 Monto Asegurado La suma asegurada debe corresponder al valor comercial del vehículo y se conviene en que el Asegurado la ajustará en cualquier tiempo, durante la vigencia de este seguro, para mantenerla en dicho valor. Se recomienda al Asegurado verificar el valor comercial de su vehículo en las listas de precios de periódicos, revistas o páginas web especializadas. Calculo de la Prima e Impuestos de Ley La prima se calcula como un porcentaje del valor comercial del vehículo y depende de las características del vehículo y de su conductor principal. A continuación consta un ejemplo ilustrativo con un vehículo de valor comercial igual a USD $ 20,000.00: Valor Comercial Vehículo $ ,00 Tasa Total Anual 4,00% Prima Neta Anual $ 800,00 Derechos de Emisión Rango Prima Neta Valor Contribución Superint. Banco y Seguros 3,50% $ 28,00 $ - $ 250,00 $ 0,50 Contribución Seguro Social Campesino 0,50% $ 4,00 $ 251,00 $ 500,00 $ 1,00 Derechos de Emisión $ 3,00 $ 501,00 $ 1.000,00 $ 3,00 Base Imponible $ 835,00 $ 1.001,00 $ 2.000,00 $ 5,00 I.V.A 12,00% $ 100,20 $ 2.001,00 $ 400,00 $ 7,00 PRIMA TOTAL $ 935,20 $ 4.001,00 En adelante $ 9,00 Forma de Pago Contado. Crédito directo mediante cuotas sin intereses, la primera cuota hasta 30 días. Tarjetas de crédito Diners Club o Visa Banco Pichincha en cargos diferidos de 3 a 6 meses sin interés o mediante cualquier otra tarjeta de crédito al plazo requerido con los intereses correspondientes.
4 El valor de la prima es pagadero en la fecha de emisión de la póliza debiendo acreditarse tales pagos por medio de recibo o recibos oficiales de la Compañía debidamente refrendados por la misma. Vigencia de la Póliza Pólizas Individuales: vigencia anual Pólizas Masivas: vigencia mensual Derechos y Obligaciones del Asegurado Para poder ejecutar los derechos que le otorga esta póliza, el Asegurado deberá cumplir y seguir las condiciones estipuladas en las Condiciones Generales y Particulares. Toda omisión, reticencia, declaración falsa o inexacta por parte del Asegurado en la solicitud o cualquier otro documento relacionado con el seguro otorgado por ésta póliza, acerca de cualquier circunstancia que aminoren el concepto de gravedad del riesgo o cambien el objeto del mismo, anulará el seguro y se considerará resuelto de pleno derecho el contrato. Cualquier declaración que deba hacer cualquiera de las partes en desarrollo de este contrato deberá realizarse por escrito y ser enviada a la última dirección registrada de la otra parte La prima del presente seguro fue fijada de acuerdo con los informes proporcionados por el Asegurado en la solicitud de seguro. En consecuencia, todo cambio a estos elementos de apreciación deberá ser declarado por escrito a la Compañía con antelación no menor a (10) diez días a la fecha de modificación del riesgo, si ésta depende de su propio arbitrio. Si le es extraña, dentro de los (3) tres días siguientes a aquél que tenga conocimiento de ella. En ambos casos la Compañía tiene el derecho de dar por terminado el contrato o a exigir un ajuste en la prima. La falta de notificación produce la terminación del contrato, pero la Compañía tendrá el derecho de retener, por concepto de pena, la prima devengada. Declaración de las Circunstancias del Riesgo Para realizar la correcta declaración de las circunstancias de riesgo se debe entregar los siguientes documentos como requisito: Formulario de solicitud diligenciado, firmado y con fecha. Copia de cédula de identidad, licencia de conducir y documentos de propiedad del vehículo. Formulario Conoce a tu Cliente diligenciado, firmado y con fecha. Inspección fotográfica del riesgo, si así lo requiere la Compañía, previo a la emisión de la póliza. Proceso, requisitos y plazo de notificación de siniestros En caso de un siniestro, el Asegurado deberá: 1. Proteger el vehículo y no abandonarlo, estuviere o no cubierta la pérdida por esta póliza. 2. Dar aviso a la Compañía dentro de los (5) cinco días siguientes a la fecha que acaeció el siniestro o de la fecha en que el Asegurado haya tenido conocimiento del mismo. En caso de robo el Asegurado deberá dar aviso inmediato a las autoridades. 3. Llenar el formulario correspondiente dentro del plazo máximo de (15) quince días después de dicho aviso, adjuntando: una copia de la Licencia vigente del conductor, una copia del respectivo parte policial y facturas proforma.
5 4. NO ordenar reparaciones o cambio de piezas del vehículo asegurado, sin la autorización previa y expresa de la Compañía. 5. Presentará la prueba de pérdida a la Compañía dentro de (60) sesenta días a contar desde la fecha del aviso, indicando si existe cualquier otro seguro que cubra al vehículo o si el mismo está afectado por algún gravamen. 6. A solicitud de la Compañía, el Asegurado presentará todos los documentos pertinentes, facturas de compra-venta o copias certificadas, o en su defecto, cualquier documento fehaciente que pruebe la propiedad del vehículo asegurado (Matricula y/o factura y si fuese del caso, documentos de importación o carta de ventas). 7. Si se entablare una demanda o reclamación contra el Asegurado, éste deberá enviar inmediatamente a la Compañía todo aviso, notificación o cualquier otra citación recibida por él o por sus representantes. 8. A solicitud de la Compañía, dará la autorización necesaria para permitirle obtener informes médicos y copias de la documentación relacionada con el reclamo. 9. El Asegurado cooperará con la Compañía y a solicitud de la misma, deberá asistir a visitas y juicios, ayudar a llegar a arreglos, obtener y presentar pruebas, obtener la comparecencia de testigos y facilitar la tramitación de litigios. El Asegurado no debe efectuar pago alguno, ni asumir obligación alguna, ni incurrir en gasto alguno, sin autorización de la Compañía. 10. Traspaso del vehículo a favor de la Compañía, en el evento de pérdida total por daños o por robo. Además, en caso de robo, copia de la solicitud ante el organismo de tránsito competente de la cancelación definitiva de la matrícula del vehículo. Certificado del Registro Mercantil, denuncias a las autoridades competentes, y el informe final de investigaciones. El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones a que se refiere esta cláusula, liberará a la Compañía de toda responsabilidad. La Compañía pagará indemnización a que esté obligada, dentro de los (45) cuarenta y cinco días siguientes a la fecha en que se acredite la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida Proceso de terminación, devolución o cancelación de la póliza El Seguro amparado por esta póliza terminará automáticamente al medio día de la fecha de su vencimiento estipulada en la misma. El seguro podrá darse por terminado: Cuando el Asegurado solicite por escrito la revocación a la Compañía, en cuyo caso la prima devengada será liquidada según la tarifa de corto plazo desde la fecha de recibida la comunicación. Diez (10) días hábiles después que la Compañía haya enviado aviso escrito al Asegurado notificándole su voluntad de revocar el seguro. La Compañía devolverá al Asegurado, la parte de prima no devengada, calculada a prorrata. No obstante lo anterior, si la República del Ecuador entrare en una guerra, declarada o no, el plazo para la revocación será indefectiblemente diez (10) días hábiles. La enajenación del vehículo automotor producirá automáticamente la extinción del contrato de seguro. En caso de pago por pérdida total del vehículo, ésta póliza quedará cancelada automáticamente sin que el Asegurado tenga derecho a devolución de prima. En caso de fallecimiento del Asegurado será requisito indispensable que se de aviso escrito a la Compañía de dicho fallecimiento dentro de los (30) treinta días siguientes de ocurrido; si el aviso no se diere, la póliza quedará cancelada ipsofacto al finalizar dicho plazo. Para los efectos de esta póliza, la tabla de tarifas de prima a corto plazo, es la siguiente:
6 VIGENCIA DEL SEGURO % DE LA PRIMA ANUAL APLICABLE VIGENCIA DEL SEGURO % DE LA PRIMA ANUAL APLICABLE Hasta cinco días 5% Hasta cinco meses 60% Hasta diez días 10% Hasta seis meses 70% Hasta quince días 15% Hasta siete meses 75% Hasta un mes 20% Hasta ocho meses 80% Hasta un mes y 25% Hasta nueve meses 85% medio Hasta dos meses 30% Hasta diez meses 90% Hasta tres meses 40% Hasta once meses 95% Hasta cuatro meses 50% Hasta doce meses 100% Proceso de renovación Con una anticipación de al menos quince días (15) anteriores a la fecha de vencimiento de la Póliza, la Compañía notificará al Asegurado los términos y condiciones de renovación para la siguiente vigencia, de manera que el Asegurado pueda confirmar su decisión de aceptación o no renovación de su Póliza. Proceso para efectuar quejas, reclamos o consultas Para que el Asegurado pueda hacer uso de sus derechos de consumidor, la Compañía pone a su disposición los siguientes medios para que pueda efectuar cualquier tipo de queja, reclamo o consulta: Teléfono gratuito de servicio: (1800- AIG AIG) NOTA: La presente información es meramente indicativa del seguro, prevalecen los términos y condiciones detallados en las Condiciones Generales y Condiciones Particulares del contrato de seguro.
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