Aprobado por la Comisión Directiva Na cional de la AEU el 12 de setíembre de 2007,

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Aprobado por la Comisión Directiva Na cional de la AEU el 12 de setíembre de 2007,"

Transcripción

1 .. tumo,.. turno CONSULTAS 235 INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHO CIVIL (*) Montevio, 16 mayo La Comi los Es. sión Derecho Civil, integrada por Enrique Arezo, Daniella Cianciarulo, Nicola Di Bello, Gustavo Echavarría, Rossina Gamba, Adriana Goldberg, Silvana Grantosky, Jorge Machado, Roque Molla, Fabiana Napias, Aída Noblía, María Alejandra Portillo, Margarita PuertoUano, María Ritacco, Vivián Rodríguez Dorgia, Fanny Rodríguez Duarte, Adriana Silva Fierro, Mariella Spagnolo, Susana Tier no y Marynés Van Cranembrouck, entien. siguiendo anteriores dictámenes coincintes, que cuando el legatario cosa cierta y ter minada es ya poedor l bien, no es necesaria la entrega una posión que el legatario ya tiene en su patrimorüo. Es. Enrique Arezo y Roque Molla Coordinadores alternos Aprobado por la Comisión Directiva Na cional la AEU el 12 tíembre 2007, Expediente 1294/ L4. SUCESIONES. BENEFICIO DE INVENTARIO. EMBARGO GENÉRICO. PARTICIÓN. El vínculo indisponibihdad un embargo genérico trabado contra una persona fallecida no es transnüsible a sus hereros, sin perjuicio l ber éstos abonar las udas hereditarias. En los casos aceptación una herencia bajo beneficio inventario es necesario un inventario solemne y estimativo la herencia con citación acreedores, legatarios y otros interesados. Mientras existan créditos impagos los hereros no podrán enajenar bienes salvo para el pago esos créditos o legados y previa autorización judicial (art. 1096). Si el acreedor no prentó en la sucesión a nunciar su crédito en el inventario y los hereros beneficiarios procedieron a partir la herencia sin conocimiento la existencia e crédito, el embargo trabado contra el causante no tiene incincia respecto a una enajenación. Pero si el acreedor nunció el crédito en el inventario solemne y el mismo no fue satisfecho y el inmueble fue enajenado (salvo acuerdo al art l C. Civil), haya habido o no partición, perrán los hereros el beneficio inventario. CONSULTA PARTE PRIMERA RELACIÓN DE HECHOS 1. El consultante dirige directamente a la Comisión Derecho CivU e indica que gún escritura que el autorizó el Esc. Traslaciones R, inscripta en el Registro Donünio, A, siendo casado en imicas nupcias con B, adquirió el inmueble empadronado con eln El ñor A falleció intestado el , siendo casado con B. Su sucesión tíamitó en el Juzgado Letíado V Instancia en lo Civü. don, previos los tíáirütes estílo clararon hereros l causante a sus hijos los rechos legítimos X e Y, sin perjuicio la cónyuge supérstite B por sus gananciales. 3. B falleció üitestada el , sien do viuda sus úrücas nupcias con A. El ñor Y falleció mtestado el 9 octubre Sus sucesiones tramitaron en el Juzgado Letíado Familia. don, previos los trámi tes estuo clararon únicos y universales hereros la causante B a sus hijos legítimos XeY bajo beneficio inventario y únicos y (*) Ver informe la Comisión Derecho Internacional Privado publicado en pág. 263.

2 ... turno,.. T REVISTA DE LA AEU - 93 (7-12), 2007 universales hereros l causante Y a sus hijos legítimos V, D, S y F, todos euos bajo beneficio inventario, sin perjuicio la opción efectuada por la cón5mge Z respecto l padrón N... (art. 881 l C. CivU). 4. Segtin escrituras autorizadas el. junio y el... tiembre 2004 ante la Esc. M, ins criptas en el Registro la Propiedad Irunueble el... octubre 2004 y el... junio 2005, respectívamente, otorgó partición extrajudi cial bienes y ratificación la misma, adju dicándo 4/12 avas partes indivisas dicho inmueble a F, V y D. 5. El día... julio 2006, inscribió, en el Registro Nacional Actos Personales, tm embargo genérico trabado contra la persona Y, dictado por el Juzgado Letíado en lo Civil en el expediente caratulado: "B.P.S. c/y. Juicio Ejecutivo. Ficha...". La resolución fue dictada el día... jurüo OPINIÓN DEL CONSULTANTE 6. Respecto a la situación originada por la tíaba un embargo genérico con posterioridad al fallecimiento una persona, la misma ya fue objeto consultas. En tal ntido, en anterio ridas oportunidas, la Comisión expidió manifestando que, el vínculo indisponibili dad creado, no pue impedir el tráfico los bienes que adquieren por sucesión los hereros l udor, sin perjuicio su obligación pagar las udas y cargas hereditarias (Rev. la AEU, tomo 82, enero a diciembre 1996, págs. 336 y 337). 7. No obstante ello, y en razón haber sido aceptada la herencia l ñor Y bajo be neficio inventario, la situación creada no es exactamente igual, mereciéndole al consultante muchas dudas respecto a la libre disporübihdad l bien por parte los hereros. 8. En tal ntído, los arts ("Aceptada la herencia con beneficio inventario, enten rá continuar en administíación y a cargo l herero hasta que resulten pagos los créditos y legados") y 1096 l C. Civil ("Cuando para el pago los créditos y legados a necesaria la venta bienes hereditarios, muebles o in muebles, be el herero pedir autorización judicial. En la venta bienes muebles ob rvará lo en dispuesto el inciso 3 l artículo La venta bienes raíces hará en remate judicial, previa tasación y spués los edictos y publicaciones costumbre. Por la contíavención a lo dispuesto en este artículo, el herero perrá el beneficio inventario"), limitan a los hereros la disponibilidad los bienes que hubieren recibido en tal circunstancia. 9. Por otía parte, el hecho haber otor gado una partición extrajudicial bienes con anterioridad a la traba l embargo genérico, es una situación a tener en cuenta. Sin embargo, para el consultante, este hecho no implica un cambio sustancial. En efecto, en razón l efecto clarativo la partíción, el bien mantiene ntro l patrimonio los hereros (o al menos alguno ellos), al igual que antes su otorgamiento, conociéndo sí, al día hoy, la existencia tma uda origen hereditario, lo que daría lugar a la aplicación los artículos referidos (distinta podría haber sido la situación si el irunueble referencia hubiera sido objeto una con enajenación anterioridad a la tíaba l embargo genérico). CONSULTA 10. En razón estar condicionada la concreción una compraventa l bien padrón N.., las resultancias la precente consulta, solicita a dicha Corrüsión expida respecto a la posible incincia o no l embargo referido a respecto dicho inmueble.

3 CONSULTAS 237 INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHO CIVIL DICTAMEN PARTE SEGUNDA 11. A los efectos ornar este dictamen lo dividirá en los siguientes Capítulos: I. Precisio nes previas. IL- Administración la herencia beneficiarla. III.- Enajenación y partición con referencia a la herencia beneficiaría. IV- Con clusiones. Capítulo I Precisiones previas 12. En el precente parágrafo N 4, el con sultante, luego referir a la partición las indivisiones hereditarias B e Y, dice que en la mencionada partición adjudicaron cuatro doceavas partes indivisas dicho inmueble a tres hereros Y, esto es, F, V y D. Sin embargo en el parágrafo anterior mencionan cuatro hereros clarados en la sucesión Y. Es cü, que tmo los hereros S no habría sido adjudicataria y por consiguiente continúa en la indivisión. El dictairünante adrrüte que pudo r im error en la referencia l consultante y que con partíó los cuatro hereros. Pero a estar al texto la consulta, tma las hereras no habría concurrido a la partición. 13. Tampoco nos cierra la adjudicación cuatio doceavas partes indivisas a los tres ( o cuatro?) hereros adjudicatarios. En efecto, las cuatío hereras reprentantes l hijo Y y su tío X, partieron las indivisiones confundidas sus abuelos y padres respectivamente A y B y las reprentarües Y en incluyeron la masa partible lo recibido su padre y reprentado. Si tomamos la cifra doce, la rrütad o a, is, corresponría al hijo X y otros is, a los cuatro reprentantes Y. 14. En concuencia, si dividimos is entre los cuatío hereros Y, nos una arroja alícuota uno con cincuenta para cada herero y, en la hipótesis que sólo hubieran concurrido tres hereros la alícuota ría igual, quedando impaga la adjudicación S, pero no vemos, en cualquier caso como la alícuota los hereros Y, que son cuatro, habría r solamente cuatro doceavas partes l caudal relicto y no is doceavas partes, o a, la mitad las herencias sus abuelos y padre respectiva mente y no la tercera parte como indica el consultante. 15. Otra precisión que creemos que be formular a la consulta es la contenida en el parágrafo N 6, relativa a que esta Comisión don ñala que esta habría expedido marüfestando que, el vínculo indisponibilidad creado -resultante l embargo genérico tíabado con posterioridad al fallecimiento l udor-, no pue impedir el tráfico los bienes que adquieren por sucesión los hereros l u dor, sin perjuicio pagar las udas y cargas hereditarias y remite al dictamen publicado en la Rev. la AEU, tomo 82, enero-diciembre 1996, págs. 336 y En realidad dicho dictamen no pertene ció a esta Comisión Derecho Civil, sino a la Comisión Derecho Registral, y sin perjuicio compartir los extremos recho expuestos en dicho dictamen, por tíatar tm embargo genérico, el vínculo indisporübüidad que ha bría creado el embargo si hubiera cretado e inscripto en vida l udor, al r posterior a su fallecimiento, no es trasmisible a sus hereros, sin perjuicio, obviamente, l ber éstos abonar las udas y cargas hereditarias (art. 1039, me. 1 l C. CivU). Capítulo II Administración la herencia beneficiaría 17. El consultante expresa que la herencia todos los involucrados fueron aceptadas bajo beneficio inventario. Pero el dictaminante permite recordar que no basta ^para amparar al beneficio inventario, con manifestarlo ante el juez competente l lugar don veri ficó la sucesión (art l C. CivU), sino que es necesario que vaya precedida o guida un inventario solemne, completo y estimativo la herencia con citación acreedores, legatarios y más interesados con sujeción a las leyes sobre procedimientos. Actuahnente esta materia el art. 418 l CGP. Este texto sólo rige por dispone la citación, en la forma prevista para las notificaciones, por el funcionario comisio nado los "hereros", quien sohcitó el inventario, omitiendo, entre otros interesados, a los acreedores, que en caso aceptación beneficiarla son los principales interesados en el inventario.

4 T. 238 REVISTA DE LA AEU - 93 (7-12), Pero entenmos que el CGP no ha ro gado al C. Civil en cuanto impone la citación a todos los interesados (1). El es plazo noventa días, prorrogable por otros noventa días bajo la sanción la pérdida l beneficio inventario. Pero si la no conclusión ntío l plazo be la lentitud los plazos procesales, consira mos, con Vaz Ferreira (ob., tomo, N cit.) que rige el art. 98 CGP que permite suspenr los plazos al impedido por justa causa. 19. No habiendo curador la herencia ya cente rü albacea con tenencia bienes, el o los hereros tíenen el cuidado y la administración provisoria los bienes, sin que pueda excer los plazos que an pura y simple ad nünistíación. Aceptada la herencia con beneficio inventario, la admüüstíación l herero es hasta que resulten pagados los créditos y lega dos (art l C. Civil). el pasivo herencial y los legados Una vez satisfecho termina la administración l herero beneficiario. Capítulo III Enajenación y partición con referencia a la herencia beneficiaría 20. Es claro que la aceptación beneficiarla la herencia y bajo la vigencia la misma, permite al herero no excer los actos pura y simple administíación. en Siempre que la masa hereditaria que algún acreedor impago, sub siste el régimen administíación provisoria la herencia a cargo l o los hereros. 21. El consultante no indica si satisfizo totalmente el pasivo hereditario, especialmente si abonó o no el crédito l Banco Previsión Social que originó el embargo genérico relacio nado (parágrafo N 5). De existir pendiente pago este crédito u otro cualquiera que surgiera l inventario solemne, completo y estimativo, encuentía vigente la administración provisoria l o los hereros sobre la masa partible y están sometidos a las reglas legales pertinentes, es pecialmente la prohibición enajenar bienes, an muebles o irunuebles, que no lo an para el pago los créditos y legados y sin autorización judicial (art. 1096, me. 1 ). 1 Conf.: Vaz Ferreira, Eduardo (Mo., 1992), Tomo Vn, N 886, pag Por otra parte, be tener en cuenta que el Código Civü es un nuevo texto integral l mismo, y por consiguiente, rogó, en todo lo que le oponga, al Código l Proceso Civil, ya que es posterior en el tiempo. 22. Los hereros bajo beneficio mventario llevaron alante la partíción extrajudicial los bienes relictos en los años 2004 y 2005, que dando el crédito l Banco Previsión Social impago (ya que recién un año spués trabó el embargo genérico con uno los causantes, el Sr. Y, reprentado por tíes o cuatro? sus hereras). La partíción es un acto naturaleza admirüstratíva, simple administración, esto es, no es enajenación y por consiguiente, al no estar incluida entíe los actos los hereros beneficiarios que reclaman autorización judicial, como es el caso la venta bienes muebles o inmuebles para pagar los créditos y legados, no está incluida en su régimen. 23. Creemos que resulta aplicable el art. 1168, inc. 1 l C. Civil en cuanto dispone que "la obligación pagar las udas hereditarias divi ipso jure entre todos cohereros, aun que hayan aceptado la herencia con beneficio inventario". Agrega el inc. 3 l mismo artículo que "Hecha la partición, cada herero respon su haber hereditario, sin perjuicio lo dispuesto en el art y lo que previene acerca las obligaciones divisibles e indivisibles, en el Capítulo I, Título II l Libro Cuarto (Artículo 1384, inc. 2 )". 24. La referencia al art l artículo relacionado en el Parágrafo anterior, aplicación puesto que alu a la contribución l herero usufructuario y l herero pro pietario al pago las udas. En cambio, sí resultan normas aplicables algunas relativas a las obligaciones divisibles e indivisibles. El úic. 2 l art C. Civil, luego referir a los efectos los que contrajeron conjuntamente tma obligación indivisible, en el inc. 1, expresa que lo mismo sucerá con a respecto los here ros l que contrajo mejante obligación. Todo no es esto con referencia los efectos la obligación indivisible. 25. Luego, obligación divisible, luego expresar que la obligación que es susceptible división be ejecutar entíe acreedor y udor como si fue üidivisible, dice en el üic. 2 l art. 1378: "La divisibüidad sólo tíene aplicación, cuando son en materia los efectos la varios los acreedores o udores por contíato o por sucesión". Y aña en el art. 1380: "Cuando en la obligación divisible son varios los acreedo res o udores por título sucesión, no puen exigir la uda rü están obligados a pagarla, sino por las partes que les corresponda, como reprentantes l acreedor o udor".

5 CONSULTAS Tampoco dice el consultante, si el acreedor embargante genéricamente, esto es, el Banco Previsión Social, prentó, como acreedor, a la facción inventario oportunamente reali zada. Resulta claro, a nuestro entenr, que si el acreedor no a prentó nunciar su cré dito al inventariar y los hereros beneficiarios las herencias referidas sin procedieron a partir conocimiento la existencia dicho crédito (que luego generaría el embargo genérico contía uno los causantes), el acreedor podrá dirigir su acción contra los hereros en la forma indi cada en el art C. CivU y el no embargo tíene incincia respecto a tma eventual enajenación. En cambio, si el acreedor prentó oportu namente a nunciar su crédito al inventariar y no fue satísfecho y el inmueble es enajenado, haya habido o no partición, sin con cumplir los requisitos l art C. Civil, perrán los hereros el beneficio inventario. 27. Ténga prente que siendo el udor el causante Y, ben responr su uda sus cuatro hereros. En cuanto a su hermano X como no es herero su hermano, atmque a copartícipe, es ajeno al cobro y pago l Banco Previsión Social. Capítulo IV Conclusiones l crédito 28. De acuerdo a lo precentemente expuesto concluye que: A) Si el acreedor prentó a nunciar su crédito y no fue satisfecho, no impi que pueda enajenar el inmueble sólo para pagar la uda previa la autorización judicial y cum pliendo con las exigencias l art l C. CivU. B) Si el acreedor no nunció su crédito oportunamente, la partición termina que el acreedor podrá hacer efectivo su crédito acuerdo al art C. Civil. Esc. Ertrique Arezo Píriz. Irüormante Montevio, 12 tiembre La Comisión Derecho Civil integrada por los Es. Fernando Alonso, Enrique Arezo, Darüella Cianciarulo, Gabriela Di Matteo, Gustavo Echa varría, Alicia González Bilche, Carlos Groisman, Rossana Ivanier, Jorge Machado, María l Ro sario Márche, Roque Molla, María Alejandra Portillo, Margarita PuertoUano, Ana Realini, María Ritacco, Vivián Rodríguez Dorgia, María Florencia Russo, Mildred Secondo, Adriana Silva, Mariella Spagnolo, Susana Tierno, Silvia Tourné, Marynés Van Cranembrouck y María Beatriz Vázquez, aprueba el informe que an tece. Es. Ertrique Arezo y Roque Molla Coordinadores alternos Aprobado por la Comisión Directiva Nacio nal la AEU el 3 octubre 2007, Expediente 3273/2007.

DECLARATORIA DE HEREDEROS. LEGADOS. PRINCIPIO DE TRACTO SUCESIVO. ESCRITURA PÚBLICA. ENTREGA DE LEGADO

DECLARATORIA DE HEREDEROS. LEGADOS. PRINCIPIO DE TRACTO SUCESIVO. ESCRITURA PÚBLICA. ENTREGA DE LEGADO La Comisión de Derecho Civil, integrada por los Escs. Federico Albín, Fernando Alonso, Enrique Arezo, Sandra Bochard, Claudia Bermúdez, Miguel Burdín, Daniella Cianciarulo, Adriana Goldberg, Alicia González,

Más detalles

CERTIFICADO DE RESULTANCIAS DE AUTOS. SUCESIONES. PROMESA DE COMPRAVENTA. PUBLICIDAD REGISTRAL. Consulta

CERTIFICADO DE RESULTANCIAS DE AUTOS. SUCESIONES. PROMESA DE COMPRAVENTA. PUBLICIDAD REGISTRAL. Consulta CERTIFICADO DE RESULTANCIAS DE AUTOS. SUCESIONES. PROMESA DE COMPRAVENTA. PUBLICIDAD REGISTRAL Informe: Civil Resumen No es observable el título en cuyos antecedentes no se incluyeron los derechos de promitente

Más detalles

MANDATO POST MÓRTEM. Informe: Civil. Consulta. I. He c h o s

MANDATO POST MÓRTEM. Informe: Civil. Consulta. I. He c h o s La Comisión de Derecho Civil, integrada por los Escs. Astrid Aragone, Enrique Arezo, Sandra Bochard, Miguel Burdín, Daniella Cianciarulo, Gustavo Di Genio, Adriana Goldberg, Adriana Inciarte, Rossana Ivanier,

Más detalles

ERROR. PADRÓN. COMPRAVENTA. NEGOCIO DE FIJACIÓN.

ERROR. PADRÓN. COMPRAVENTA. NEGOCIO DE FIJACIÓN. puede atribuir derechos sobre el mencionado inmueble, de naturaleza propia de la señora C. d) La adecuación de la situación registral a la que ordena el derecho sustancial requiere subsanar el error padecido

Más detalles

Informe de la Comisión de Derecho Civil

Informe de la Comisión de Derecho Civil ERROR. PADRÓN. EMBARGO, REMATE JUDICIAL Informes: Civil y procesal Resumen El error en el número de padrón en el edicto de remate no es relevante cuando existen otros datos para la ubicación del bien,

Más detalles

PARTICIÓN. ERROR. CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS. CÓNYUGE. BIEN PROPIO. NULIDAD. CAUSA (CONTRATOS).

PARTICIÓN. ERROR. CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS. CÓNYUGE. BIEN PROPIO. NULIDAD. CAUSA (CONTRATOS). PARTICIÓN. ERROR. CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS. CÓNYUGE. BIEN PROPIO. NULIDAD. CAUSA (CONTRATOS). CONSULTA Relación de hechos 1) Por escritura de partición y división de condominio autorizada el 30

Más detalles

PARTICIÓN. PAGA POR ENTREGA DE BIENES. SOCIEDAD CONYUGAL. DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

PARTICIÓN. PAGA POR ENTREGA DE BIENES. SOCIEDAD CONYUGAL. DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL aunque alguno de ellos haya sido exceptuado de su pago en el reglamento, una vez acreditada tal circunstancia mediante peritaje. b) La obligación de pagar gastos comunes es indivisible. Escs. Adriana Silva

Más detalles

ESTIPULACIÓN PARA OTRO. GESTIÓN SIN PODER. Consulta. I. An t e c e d e n t e s. Resumen

ESTIPULACIÓN PARA OTRO. GESTIÓN SIN PODER. Consulta. I. An t e c e d e n t e s. Resumen ESTIPULACIÓN PARA OTRO. GESTIÓN SIN PODER Resumen Cuando se actúa en nombre de otro sin tener poder para ello, es de aplicación el artículo 1255 del Código Civil, por lo cual el contrato es válido y necesita

Más detalles

INDIVISIÓN COMUNITARIA. PADRÓN. FRACCIONAMIENTO. PARTICIÓN.

INDIVISIÓN COMUNITARIA. PADRÓN. FRACCIONAMIENTO. PARTICIÓN. INDIVISIÓN COMUNITARIA. PADRÓN. FRACCIONAMIENTO. PARTICIÓN. Resumen Para poner fin a la indivisión es necesario un acto jurídico posterior al plano de fraccionamiento. CONSULTA I. He c h o s 30.12.1980:

Más detalles

PARTICIÓN. PARTICIÓN CON SOULTE. PAGA POR ENTREGA DE BIENES. LESIÓN. ACREEDOR.

PARTICIÓN. PARTICIÓN CON SOULTE. PAGA POR ENTREGA DE BIENES. LESIÓN. ACREEDOR. PARTICIÓN. PARTICIÓN CON SOULTE. PAGA POR ENTREGA DE BIENES. LESIÓN. ACREEDOR. Resumen Soultes. Régimen legal. Fundamento. Su objetividad e igualdad. Limitaciones al alcance del art. 1127 del C. Civil.

Más detalles

CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS. INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS

CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS. INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS Asiste derecho a la consultante de percibir honorarios por el estudio de títulos, la formulación de certificados y demás trámites preparatorios de la escritura de hipoteca, así como por el asesoramiento

Más detalles

PROPIEDAD HORIZONTAL. INCORPORACIÓN MIXTA A PROPIEDAD HORIZONTAL. BIENES COMUNES.

PROPIEDAD HORIZONTAL. INCORPORACIÓN MIXTA A PROPIEDAD HORIZONTAL. BIENES COMUNES. PROPIEDAD HORIZONTAL. INCORPORACIÓN MIXTA A PROPIEDAD HORIZONTAL. BIENES COMUNES. Resumen En un edificio incorporado a propiedad horizontal en su totalidad por el sistema de la Ley 10.751, no puede incorporarse

Más detalles

tel

tel Página 1 de 5 índice 1. PROTOCOLO SOBRE EL CONCEPTO Y OBJETIVO DE PARTICIÓN DE HERENCIA 2. PROTOCOLO SOBRE LA CESACIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA 3. PROTOCOLO SOBRE LA IMPOSIBILIDAD DE DIVISIÓN DE LA

Más detalles

CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS. COMPRAVENTA DE CUOTA INDIVISA. ERROR. PARTICIÓN. INDIVISIÓN HEREDITARIA. PUBLICIDAD REGISTRAL.

CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS. COMPRAVENTA DE CUOTA INDIVISA. ERROR. PARTICIÓN. INDIVISIÓN HEREDITARIA. PUBLICIDAD REGISTRAL. Gustavo Echavarría, María del Rosario Márchese, Roque Molla, Mildred Secondo, Adriana Silva, Silvia Tourné, María Beatriz Vázquez y Juan Pablo Villar, aprueba el informe que antecede. Escs. Enrique Arezo

Más detalles

CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS

CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS Esc. Jorge Machado El artículo 1285 prohíbe realizar acuerdos sobre sucesiones futuras y por tanto necesariamente a los efectos de este contrato ha de haber apertura legal

Más detalles

PROPIEDAD HORIZONTAL. GASTOS COMUNES. REGLAMENTO DE COPROPIEDAD. REMATE. Informe: Civil. Consulta. Resumen

PROPIEDAD HORIZONTAL. GASTOS COMUNES. REGLAMENTO DE COPROPIEDAD. REMATE. Informe: Civil. Consulta. Resumen PROPIEDAD HORIZONTAL. GASTOS COMUNES. REGLAMENTO DE COPROPIEDAD. REMATE Informe: Civil Resumen La contribución a las expensas comunes tiene como finalidad la conservación del edificio, pero no puede utilizarse

Más detalles

,y el día, el día, el día, el día, el día, y el día, respectivamente; y carece de descendencia natural;

,y el día, el día, el día, el día, el día, y el día, respectivamente; y carece de descendencia natural; Nº TESTAMENTO PARTICIÓN- POR. En la ciudad de Montevideo, el día de de, ante mí,, Escribano Público, comparece:, quien deseando otorgar testamento Partición, DICE PARA QUE LO CONSIGNE EN ESTE PROTOCOLO:

Más detalles

DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL. LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL. Informe: Comercial. Consulta. I. He c h o s. Resumen

DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL. LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL. Informe: Comercial. Consulta. I. He c h o s. Resumen DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL. LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL Informe: Comercial Resumen Si bien la ley 16 060 se aplica de pleno derecho a las sociedades constituidas con anterioridad a la entrada

Más detalles

1. OPERACIONES PARTICIONALES O ADJUDICACIÓN DE HERENCIA.

1. OPERACIONES PARTICIONALES O ADJUDICACIÓN DE HERENCIA. 1 1 1. OPERACIONES PARTICIONALES O ADJUDICACIÓN DE HERENCIA. PRIMERA.- Que dicho causante falleció bajo testamento abierto que había otorgado en Madrid, el día 4 de septiembre de 2016, ante la notaria

Más detalles

LEGADOS. ENTREGA DE LEGADO. PARTICIÓN. Informe: Civil. Consulta. Resumen

LEGADOS. ENTREGA DE LEGADO. PARTICIÓN. Informe: Civil. Consulta. Resumen LEGADOS. ENTREGA DE LEGADO. PARTICIÓN Informe: Civil Resumen En el legado de cosa cierta adquiere la propiedad el legatario desde la muerte del testador (artículo 937 del Código Civil), jus in rem. En

Más detalles

División de herencia en la liquidación del régimen económico matrimonial

División de herencia en la liquidación del régimen económico matrimonial División de herencia en la liquidación del régimen económico matrimonial Nos quejamos a menudo de la lentitud de los procedimientos judiciales, culpando, sin razón, a los jueces y tribunales de lo que

Más detalles

La Paz, 27 de mayo de 2016

La Paz, 27 de mayo de 2016 RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N 10-0013-16 MODIFICACIONES, SUSTITUCIONES, DEROGACIONES E INCORPORACIONES A LA RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N 10-0021-13 DE 31 DE MAYO DE 2013 La Paz, 27 de mayo

Más detalles

DOBLE TITULACIÓN MÁSTER EXPERTO EN DERECHO SUCESORIO + MÁSTER EXPERTO EN DERECHO FUNERARIO LAW020

DOBLE TITULACIÓN MÁSTER EXPERTO EN DERECHO SUCESORIO + MÁSTER EXPERTO EN DERECHO FUNERARIO LAW020 DOBLE TITULACIÓN MÁSTER EXPERTO EN DERECHO SUCESORIO + MÁSTER EXPERTO EN DERECHO FUNERARIO LAW020 DESTINATARIOS Esta doble titulación máster experto en derecho sucesorio + máster experto en derecho funerario

Más detalles

SENTENCIA DE ADJUDICACIÓN.- Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, a 3 tres de diciembre de 2012 dos mil doce.

SENTENCIA DE ADJUDICACIÓN.- Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, a 3 tres de diciembre de 2012 dos mil doce. SUCESORIO INTESTAMENTARIO EXPEDIENTE NUMERO 73/2012 SENTENCIA DE ADJUDICACIÓN.- Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, a 3 tres de diciembre de 2012 dos mil doce. Vistos los autos del Juicio Sucesorio Intestamentario

Más detalles

GASTOS COMUNES. PROPIEDAD HORIZONTAL. REGLAMENTO DE COPROPIEDAD. ORDEN PÚBLICO.

GASTOS COMUNES. PROPIEDAD HORIZONTAL. REGLAMENTO DE COPROPIEDAD. ORDEN PÚBLICO. se deberá tomar en consideración lo expuesto en el precedente parágrafo n. 15 (el accionamiento por lesión puede ser intentado por los acreedores) y lo dicho en el n. 9 (respecto a la calificación, en

Más detalles

PROMESA DE COMPRAVENTA. USUFRUCCTO. NUDA PROPIEDAD. SUCESIONES. OBLIGACIÓN INDIVISIBLE. Consulta

PROMESA DE COMPRAVENTA. USUFRUCCTO. NUDA PROPIEDAD. SUCESIONES. OBLIGACIÓN INDIVISIBLE. Consulta PROMESA DE COMPRAVENTA. USUFRUCCTO. NUDA PROPIEDAD. SUCESIONES. OBLIGACIÓN INDIVISIBLE Informe: Civil Consulta I. An t e c e d e n t e s Por escritura de compraventa y tradición del 26 de mayo de 1909,

Más detalles

ERROR. PADRÓN. PUBLICIDAD REGISTRAL.

ERROR. PADRÓN. PUBLICIDAD REGISTRAL. Montevideo, 4 de octubre de 2011. La Comisión de Derecho Civil integrada por los Escs. Federico Albín, Miguel Burdín, María Inés Casatroja, Guiselda Castillo, Daniella Cianciarulo, Andreina De Benedetti,

Más detalles

EL PAGO DE LA LEGÍTIMA. EL PAGO DE LA PORCIÓN HEREDITARIA EN CASOS ESPECIALES. PAGO EN METÁLICO DE LA PORCIÓN HEREDITARIA (art art.

EL PAGO DE LA LEGÍTIMA. EL PAGO DE LA PORCIÓN HEREDITARIA EN CASOS ESPECIALES. PAGO EN METÁLICO DE LA PORCIÓN HEREDITARIA (art art. EL PAGO DE LA LEGÍTIMA. EL PAGO DE LA PORCIÓN HEREDITARIA EN CASOS ESPECIALES PAGO EN METÁLICO DE LA PORCIÓN HEREDITARIA (art. 841 - art. 847) CONCEPTO PRESUPUESTOS EXCEPCIÓN Posibilidad conferida al testador

Más detalles

LA CUESTIÓN DE LAS DEUDAS DE LOS CÓNYUGES EN EL CÓDIGO CIVIL Y LA LEY EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

LA CUESTIÓN DE LAS DEUDAS DE LOS CÓNYUGES EN EL CÓDIGO CIVIL Y LA LEY EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL ÍNDICE GENERAL CA PÍ TU LO I LA CUESTIÓN DE LAS DEUDAS DE LOS CÓNYUGES EN EL CÓDIGO CIVIL Y LA LEY 11.357. EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL 11. Breve panorama del régimen de bienes y deudas en la sociedad conyugal

Más detalles

DE LA PRELACIÓN ENTRE EMBARGOS

DE LA PRELACIÓN ENTRE EMBARGOS DE LA PRELACIÓN ENTRE EMBARGOS Por el Escribano Jorge Machado Se trata de determinar la prelación entre embargos y en particular entre el embargo genérico y el de un crédito; establecer cuál es el criterio

Más detalles

CONTRATO DE PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO

CONTRATO DE PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO Autor: Esc. Jorge Machado Giachero CONTRATO DE PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO En la ciudad de Montevideo, el día... de... de... ENTRE: POR UNA PARTE: (ACREEDOR): POR OTRA PARTE: (DEUDOR): CONVIENEN, en celebrar

Más detalles

SUCESIONES. ERROR. PARTICIÓN. PORCIÓN CONYUGAL. LESIÓN.

SUCESIONES. ERROR. PARTICIÓN. PORCIÓN CONYUGAL. LESIÓN. SUCESIONES. ERROR. PARTICIÓN. PORCIÓN CONYUGAL. LESIÓN. Resumen Porción conyugal íntegra o teórica y efectiva o complementaria. Deducciones e imputaciones. Incidencia del error en su cálculo en los actos

Más detalles

DONACIÓN. SUCESIONES. LEGÍTIMA.

DONACIÓN. SUCESIONES. LEGÍTIMA. Esta ratificación no es una nueva compraventa, sino justamente una fijación del negocio anteriormente otorgado. Esc. Daniella Cianciarulo Bertone Informante Montevideo, 29 de noviembre de 2011. La Comisión

Más detalles

La atribución preferencial en el proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación 2012

La atribución preferencial en el proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación 2012 La atribución preferencial en el proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación 2012 I. Atribución preferencial [arriba] - Juan Pablo Olmo Abierta la sucesión a partir del momento mismo de la muerte

Más detalles

2.1.- Contenido del Derecho Civil:

2.1.- Contenido del Derecho Civil: 2.- DERECHO CIVIL 2.1.- Contenido del Derecho Civil: 2.2.- La persona: a) Fuentes del Derecho: art. 1CC b) Persona c) Obligaciones y contratos d) Familia: matrimonio, filiación e) Sucesiones 2.2.1.- Concepto

Más detalles

DERECHO DE HABITACIÓN. USUFRUCTO. DERECHOS REALES. VALIDEZ DE LOS CONTRATOS. Resumen

DERECHO DE HABITACIÓN. USUFRUCTO. DERECHOS REALES. VALIDEZ DE LOS CONTRATOS. Resumen DERECHO DE HABITACIÓN. USUFRUCTO. DERECHOS REALES. VALIDEZ DE LOS CONTRATOS. Resumen Habiéndose constituido en único acto y sobre un mismo bien, derecho de usufructo a favor de una persona y de habitación

Más detalles

CAMARA CIVIL - SALA E

CAMARA CIVIL - SALA E B. DE LA PROV. DE BS. AS. C/ W. Y S. S.A. Y OTROS S/ EJECUCION Buenos Aires, marzo 29 de 2017. AUTOS Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: Contra la resolución de fs. 1404/1405, que desestimó el planteo efectuado

Más detalles

Nº.- COMPRAVENTA.- POR XXJJ A RLPD Y OTRAS. En la ciudad. de Montevideo el día, ante mí,, Escribana Pública, comparecen: POR UNA

Nº.- COMPRAVENTA.- POR XXJJ A RLPD Y OTRAS. En la ciudad. de Montevideo el día, ante mí,, Escribana Pública, comparecen: POR UNA Nº.- COMPRAVENTA.- POR XXJJ A RLPD Y OTRAS. En la ciudad de Montevideo el día, ante mí,, Escribana Pública, comparecen: POR UNA PARTE-XXJJ, oriental, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número,

Más detalles

Sentencia Definitiva xxxxxxxxxx

Sentencia Definitiva xxxxxxxxxx 1 Sentencia Definitiva xxxxxxxxxx Acuña, Coahuila a xxxxxxxxxx V i s t o s. Para resolver en definitiva los autos del expediente numero xxxxxxxxxx, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario (a bienes

Más detalles

En qué momento puede hablarse de patrimonio del causante, quién lo administra, qué facultades tiene y cómo se hace el nombramiento?

En qué momento puede hablarse de patrimonio del causante, quién lo administra, qué facultades tiene y cómo se hace el nombramiento? Conclusiones foro 7 En qué momento puede hablarse de patrimonio del causante, quién lo administra, qué facultades tiene y cómo se hace el nombramiento? 2 RELICTO: Adjetivo que se aplica a lo dejado por

Más detalles

Nº ----.- PARTICIÓN. ENTRE ------------------- y ---------- ------------. En la ciudad de Montevideo, el día ----------

Nº ----.- PARTICIÓN. ENTRE ------------------- y ---------- ------------. En la ciudad de Montevideo, el día ---------- Nº ----.- PARTICIÓN. ENTRE ------------------- y ---------- ------------. En la ciudad de Montevideo, el día ---------- ------------------------, ante mi, --------------, Escribano Público, comparecen:

Más detalles

UN CASO PRESENTADO ANTE LA DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR SECCION COORDINADOR DE ASUNTOS NORMATIVOS Y JUDICIALES

UN CASO PRESENTADO ANTE LA DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR SECCION COORDINADOR DE ASUNTOS NORMATIVOS Y JUDICIALES UN CASO PRESENTADO ANTE LA DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR SECCION COORDINADOR DE ASUNTOS NORMATIVOS Y JUDICIALES El encargado de registro se negó inscribir una transferencia ordenada

Más detalles

Las fincas a enajenar y sus tipos de subasta corresponden con el siguiente detalle:

Las fincas a enajenar y sus tipos de subasta corresponden con el siguiente detalle: Expediente n.º 2010/334N (Anterior 2010/2957) Procedimiento: Apremio Asunto: Anuncio enajenación en subasta pública M.ª LUISA BARONA SANTIAGO JEFA DE LA UNIDAD CENTRAL DE EMBARGOS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL

Más detalles

MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, 13 TRECE DE JULIO DEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE. R E S U L T A N D O:

MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, 13 TRECE DE JULIO DEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE. R E S U L T A N D O: MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, 13 TRECE DE JULIO DEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE. V I S T O S los autos del expediente número 539/2010 relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de -----------------------------

Más detalles

Centro de Información Jurídica en Línea Convenio Colegio de Abogados Universidad de Costa Rica

Centro de Información Jurídica en Línea Convenio Colegio de Abogados Universidad de Costa Rica Para ver aviso legal de clic en el siguiente Hipervínculo (NECESITA CONEXIÓN A INTERNET) http://cijulenlinea.ucr.ac.cr/condicion.htm INFORME DE INVESTIGACIÓN CIJUL TEMA: CUENTA PARTICION EN EL PROCESO

Más detalles

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA ACEPTACIÓN DE HERENCIA SIN BENEFICIO DE INVENTARIO AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DECANO DE...

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA ACEPTACIÓN DE HERENCIA SIN BENEFICIO DE INVENTARIO AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DECANO DE... SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA ACEPTACIÓN DE HERENCIA SIN BENEFICIO DE INVENTARIO AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DECANO DE... (ANTECEDENTES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO DE Tutela nº )

Más detalles

CAPÍTULO I. LA CAPACIDAD PARA SUCEDER Y LA INDIGNIDAD

CAPÍTULO I. LA CAPACIDAD PARA SUCEDER Y LA INDIGNIDAD 0 0 0 0 LIBRO SEXTO DERECHO DE SUCESIONES TÍTULO I. DISPOSICIONES PRELIMINARES ARTÍCULO. Sucesión por causa de muerte. ARTÍCULO. Apertura de la sucesión. ARTÍCULO. Clases de transmisión sucesoria. ARTÍCULO.

Más detalles

LIBRO V TRANSMISIÓN DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE

LIBRO V TRANSMISIÓN DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE LIBRO V TRANSMISIÓN DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE PARTIR 1. Dividir algo en dos o más partes. 2. tr. Repartir o distribuir algo entre varios. PATRIMONIO Art. 15: Las personas son titulares de los derechos

Más detalles

PARTICIÓN. SUCESIONES. TÍTULO SEPARADO.

PARTICIÓN. SUCESIONES. TÍTULO SEPARADO. PARTICIÓN. SUCESIONES. TÍTULO SEPARADO. Resumen La formación de título por separado procede cuando por un solo título se han adquirido varios inmuebles o cuando se quiere subdividir una propiedad divisible,

Más detalles

ÍNDICE VOLUMEN III MANUAL ELEMENTAL DE DERECHO CIVIL DEL ECUADOR

ÍNDICE VOLUMEN III MANUAL ELEMENTAL DE DERECHO CIVIL DEL ECUADOR ÍNDICE VOLUMEN III MANUAL ELEMENTAL DE DERECHO CIVIL DEL ECUADOR CAPÍTULO I CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES 1 1. Sucesión 1 2. Características de la sucesión 4 3. Objeto de la transmisión sucesoria 7

Más detalles

ÍNDICE VOLUMEN III MANUAL ELEMENTAL DE DERECHO CIVIL DEL ECUADOR

ÍNDICE VOLUMEN III MANUAL ELEMENTAL DE DERECHO CIVIL DEL ECUADOR ÍNDICE VOLUMEN III MANUAL ELEMENTAL DE DERECHO CIVIL DEL ECUADOR CAPÍTULO I CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES 1 1. Sucesión 1 2. Características de la sucesión 6 3. Objeto de la transmisión sucesoria 11

Más detalles

PADRÓN. COMPRAVENTA. REMATE JUDICIAL. HIPOTECA. INOPONIBILIDAD. PUBLICIDAD REGISTRAL.

PADRÓN. COMPRAVENTA. REMATE JUDICIAL. HIPOTECA. INOPONIBILIDAD. PUBLICIDAD REGISTRAL. PADRÓN. COMPRAVENTA. REMATE JUDICIAL. HIPOTECA. INOPONIBILIDAD. PUBLICIDAD REGISTRAL. Resumen Luego de hipotecado un inmueble es fusionado con inmueble lindero. Al ser subastado judicialmente se le debe

Más detalles

DERECHO CIVIL VIII DERECHO SUCESORIO Y PARTICION DE BIENES ELECTIVO

DERECHO CIVIL VIII DERECHO SUCESORIO Y PARTICION DE BIENES ELECTIVO DERECHO CIVIL VIII DERECHO SUCESORIO Y PARTICION DE BIENES ELECTIVO Requisitos: Derecho civil VI y Derecho procesal III 4 Créditos I Descripción del curso Conceptos fundamentales de la sucesión por casusa

Más detalles

DISPOSICIÓN DE BIENES HEREDITARIOS DETERMINADOS

DISPOSICIÓN DE BIENES HEREDITARIOS DETERMINADOS DISPOSICIÓN DE BIENES HEREDITARIOS DETERMINADOS A los fines de abordar el tema de la disposición de los bienes particulares de la herencia, vamos a conceptualizar la cesión de herencia conforme lo establecido

Más detalles

Ricardo Daniel SOSA AUBONE.

Ricardo Daniel SOSA AUBONE. DERECHO CONCURSAL. Problemática que presenta el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en orden al concurso del patrimonio del fallecido y el juez competente en materia concursal tratándose de una

Más detalles

ISD. Artículo 17. Mejora de las reducciones de la base imponible mediante equiparaciones

ISD. Artículo 17. Mejora de las reducciones de la base imponible mediante equiparaciones ISD Preguntas y respuestas relativas a la normativa autonómica refundida en el Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por

Más detalles

Diputación Foral de Bizkaia

Diputación Foral de Bizkaia Instrucción 4/2000, de 13 de abril, de la Dirección General de, por la que se establecen determinados criterios relacionados con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Esta Circular nace con la finalidad

Más detalles

CUESTIONES QUÉ DEBES CONOCER SOBRE HERENCIAS Y TESTAMENTOS. Se heredan bienes, derechos y obligaciones (también deudas)

CUESTIONES QUÉ DEBES CONOCER SOBRE HERENCIAS Y TESTAMENTOS. Se heredan bienes, derechos y obligaciones (también deudas) CUESTIONES QUÉ DEBES CONOCER SOBRE HERENCIAS Y TESTAMENTOS CODIGO CIVIL ART. 657 y ss CUESTIONES GENERALES Sucesión y transmisión Se heredan bienes, derechos y obligaciones (también deudas) Sucesión testada

Más detalles

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. CESIÓN DE DERECHOS POSESORIOS. POSESIÓN.

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. CESIÓN DE DERECHOS POSESORIOS. POSESIÓN. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. CESIÓN DE DERECHOS POSESORIOS. POSESIÓN. Resumen Se ceden derechos posesorios y luego una sentencia de prescripción declara propietarios a los cedentes. La sociedad cesionaria

Más detalles

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA RENUNCIA DE DERECHOS AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DECANO DE.

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA RENUNCIA DE DERECHOS AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DECANO DE. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA RENUNCIA DE DERECHOS AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DECANO DE. (POR ANTECEDENTES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº DE -Juicio Verbal especial sobre capacidad nº )

Más detalles

POR EL CUAL SE DICTAN ALGUNAS NORMAS EN MATERIA DE RETENCION EN LA FUENTE.

POR EL CUAL SE DICTAN ALGUNAS NORMAS EN MATERIA DE RETENCION EN LA FUENTE. DIARIO OFICIAL AÑO CXXII. N.37136. 6, SEPTIEMBRE, 1985. DECRETO NUMERO 2509 DE 1985 (septiembre 3) POR EL CUAL SE DICTAN ALGUNAS NORMAS EN MATERIA DE RETENCION EN LA FUENTE. El Presidente de la República

Más detalles

VIGILADO Ministerio de Justicia y del Derecho

VIGILADO Ministerio de Justicia y del Derecho ACTA DE CONCILIACIÓN TOTAL EXTRAJUDICIAL EN MATERIA DE FAMILIA CENTRO DE CONCILIACIÓN LUIS FERNANDO VÉLEZ VÉLEZ FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS RESOLUCIÓN 1474 DE AGOSTO 28 DE 1991 N es un número

Más detalles

PROMESA DE COMPRAVENTA. PROCESO EJECUTIVO. CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN. POSTOR. REMATE JUDICIAL

PROMESA DE COMPRAVENTA. PROCESO EJECUTIVO. CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN. POSTOR. REMATE JUDICIAL Adriana Silva, Silvia Vázquez y Juan Pablo Villar, comparte la opinión del consultante. Esc. Enrique Arezo Píriz Coordinador alterno (Aprobado por la Comisión Directiva Nacional de la a e u el 14 de agosto

Más detalles

8uè^f1[=9/Š. San Isidro, 31 de agosto de 2016.

8uè^f1[=9/Š. San Isidro, 31 de agosto de 2016. 8uè^f1[=9/Š 248500627017592925 "S. Primitivo S/ Sucesion Testamentaria" Expte.: Si-782-2009 (J. 1) San Isidro, 31 de agosto de 2016. Registro Nº 401 I. La providencia de fs. 808, ordenó la inscripción

Más detalles

El testador podrá gravar con mandas y legados a su heredero? Sí, además también lo puede hacer con los legatarios.

El testador podrá gravar con mandas y legados a su heredero? Sí, además también lo puede hacer con los legatarios. El testador podrá gravar con mandas y legados a su heredero? Sí, además también lo puede hacer con los legatarios. Éstos no estarán obligados a responder del gravamen sino hasta donde alcance el valor

Más detalles

Derecho de Sucesiones. Febrero 2017

Derecho de Sucesiones. Febrero 2017 Derecho de Sucesiones Febrero 2017 Sucesión mortis causa : la herencia Artículo 33 de la Constitución: 1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. 2. La función social de estos derechos

Más detalles

Reflexiones acerca de la disposición testamentaria de que el albacea venda bienes de la herencia

Reflexiones acerca de la disposición testamentaria de que el albacea venda bienes de la herencia Reflexiones acerca de la disposición testamentaria de que el albacea venda bienes de la herencia JUAN JOSÉ PASTRANA ANCONA * INTRODUCCIÓN El presente trabajo no pretende ser un estudio de los casos en

Más detalles

ISD. Artículo 17. Mejora de las reducciones de la base imponible mediante equiparaciones

ISD. Artículo 17. Mejora de las reducciones de la base imponible mediante equiparaciones ISD Preguntas y respuestas relativas a la normativa autonómica refundida en el Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por

Más detalles

ASPECTOS SUSTANTIVOS DEL DERECHO DE SUCECIONES

ASPECTOS SUSTANTIVOS DEL DERECHO DE SUCECIONES ÍNDICE INTRODUCCIÓN PRIMERA PARTE ASPECTOS SUSTANTIVOS DEL DERECHO DE SUCECIONES CAPÍTULO I. CONTENIDO DE LA HERENCIA 1.Introdución 2. La herencia: bienes que la integran CAPÍTULO II. LA HERENCIA YACENTE

Más detalles

Sucesiones según el nuevo Código Civil y Comercial c/cdrom

Sucesiones según el nuevo Código Civil y Comercial c/cdrom Sucesiones según el nuevo Código Civil y Comercial c/cdrom Doctrina. Jurisprudencia. Modelos Índice General Capítulo 1: PRINCIPALES CAMBIOS Y NOVEDADES DE LA REFORMA Principales cambios Capítulo 2: NOVEDADES

Más detalles

ERROR. NOMBRE. EMBARGO. PUBLICIDAD REGISTRAL. DESCARTE NOTARIAL.

ERROR. NOMBRE. EMBARGO. PUBLICIDAD REGISTRAL. DESCARTE NOTARIAL. b) Una vez obtenida, corresponde otorgar la compraventa judicial del inmueble subastado, padrón n. 45 objeto de la hipoteca otorgada con el BROU y objeto de la posterior ejecución, de acuerdo a lo estipulado

Más detalles

ÍNDICE SISTEMÁTICO PRÓLOGO INTRODUCCIÓN... 19

ÍNDICE SISTEMÁTICO PRÓLOGO INTRODUCCIÓN... 19 ÍNDICE SISTEMÁTICO PRÓLOGO... 17 INTRODUCCIÓN... 19 Tema 1 I. LA SUCESIÓN MORTIS CAUSA... 23 II. CLASES DE SUCESIÓN MORTIS CAUSA... 29 III. LA HERENCIA... 30 IV. LOS CONCEPTOS DE HEREDERO Y LEGATARIO:

Más detalles

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. COPROPIEDAD. FRACCIONAMIENTO. PARTICIÓN.

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. COPROPIEDAD. FRACCIONAMIENTO. PARTICIÓN. Simois, María Beatriz Vázquez y Jimena Viana, comparte la opinión de la Comisión de Derecho Notarial y Técnicas Notariales. Escs. Enrique Arezo y Roque Molla Coordinadores alternos (Aprobado por la Comisión

Más detalles

Enfoque interdisciplinario de la Propiedad Horizontal

Enfoque interdisciplinario de la Propiedad Horizontal Enfoque interdisciplinario de la Propiedad Horizontal DOCENTE RESPONSABLE DEL CURSO Esc. Carlos Scirgalea Poppa Director Del ITN y Derecho Tirbutario DOCENTES UDELAR PARTICIPANTES DEL DICTADO Carlos Rodríguez

Más detalles

Índice. Índice ÍNDICE. Abreviaturas Nota previa...

Índice. Índice ÍNDICE. Abreviaturas Nota previa... Índice ÍNDICE Índice Abreviaturas... 15 Nota previa... CAPÍTULO I. La extinción del régimen económico-matrimonial de sociedad de gananciales... 17 1. Cuestiones generales... 17 2. Momento para proceder

Más detalles

ERROR. PADRÓN. Informe: Civil y registral. Consulta. I. He c h o s. Resumen

ERROR. PADRÓN. Informe: Civil y registral. Consulta. I. He c h o s. Resumen ERROR. PADRÓN Informe: Civil y registral Resumen No es un error relevante, sino irrelevante, el que haya existido error en el número de padrón, en cuyo caso este se debe rectificar en los bienes que integran

Más detalles

LOS ACTOS PROCESALES NO CONTENCIOSOS

LOS ACTOS PROCESALES NO CONTENCIOSOS Índice Introducción........................................ 9 Primera Parte LOS ACTOS PROCESALES NO CONTENCIOSOS Capítulo I Generalidades 1. Denominación y concepto de los actos procesales no contenciosos...................................

Más detalles

SE NOTIFICA - CONTESTA VISTA. Sr. Juez en lo Civil y Comercial de Nominación:

SE NOTIFICA - CONTESTA VISTA. Sr. Juez en lo Civil y Comercial de Nominación: SE NOTIFICA - CONTESTA VISTA Sr. Juez en lo Civil y Comercial de Nominación: SILVIA ELENA RODRIGUEZ, Fiscal Civil, Comercial y Laboral de Segunda Nominación en los autos caratulados.. Declaratoria de Herederos

Más detalles

EMBARGO GENÉRICO. CESIÓN DE DERECHOS DE MEJOR POSTOR. REMATE JUDICIAL

EMBARGO GENÉRICO. CESIÓN DE DERECHOS DE MEJOR POSTOR. REMATE JUDICIAL EMBARGO GENÉRICO. CESIÓN DE DERECHOS DE MEJOR POSTOR. REMATE JUDICIAL Informe: Registral Resumen Son ineficaces las enajenaciones de los bienes embargados, posteriores a los embargos. El embargo genérico

Más detalles

POSESION HEREDITARIA

POSESION HEREDITARIA POSESION HEREDITARIA Concepto: Es el reconocimiento de la calidad de heredero. Dicho reconocimiento a veces puede ser de pleno derecho o se necesita la declaración del magistrado. Es la investidura de

Más detalles

SENTENCIA DE ADJUDICACIÓN 84/2017. Saltillo, Coahuila a dieciséis de junio del año dos mil diecisiete.

SENTENCIA DE ADJUDICACIÓN 84/2017. Saltillo, Coahuila a dieciséis de junio del año dos mil diecisiete. SENTENCIA DE ADJUDICACIÓN 84/2017. Saltillo, Coahuila a dieciséis de junio del año dos mil diecisiete. V l S T O S los autos del expediente 600/2016 relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario Especial

Más detalles

LEY DE BIEN DE FAMILIA, EDAD DE MATRIMONIO. AUSENCIA CON PRESUNCION DE FALLECIMIENTO.

LEY DE BIEN DE FAMILIA, EDAD DE MATRIMONIO. AUSENCIA CON PRESUNCION DE FALLECIMIENTO. LEY 14.394 BUENOS AIRES, 14 DE DICIEMBRE DE 1954 LEY DE BIEN DE FAMILIA, EDAD DE MATRIMONIO. AUSENCIA CON PRESUNCION DE FALLECIMIENTO. BOLETIN OFICIAL - 30/12/1954 Vigente CANTIDAD DE ARTICULOS QUE COMPONEN

Más detalles

De la línea recta descendente

De la línea recta descendente Cuándo tiene lugar la sucesión legítima? La sucesión legítima tiene lugar: 1º Cuando uno muere sin testamento o con testamento nulo o que haya perdido después su validez. 2º Cuando el testamento no contiene

Más detalles

OFICIO SUPERIR N.º _NUM_DOCUMENTO

OFICIO SUPERIR N.º _NUM_DOCUMENTO OFICIO SUPERIR N.º _NUM_DOCUMENTO MAT.: NORMAS APLICABLES EN CASO DE PERSONA CASADA BAJO EL RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL SOMETIDA A PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIQUIDACIÓN SANTIAGO, _DIA _MES _ANNO DE:

Más detalles

Modificación de la Disposición Vinculada Nº 05 del Capítulo IV Del Registro Contable del Reglamento Interno de CAVALI

Modificación de la Disposición Vinculada Nº 05 del Capítulo IV Del Registro Contable del Reglamento Interno de CAVALI Modificación de la Disposición Vinculada Nº 05 del Capítulo IV Del Registro Contable del Reglamento Interno de CAVALI Ponemos en conocimiento de los Participantes y demás interesados que se ha acordado

Más detalles

Nº. PAGO Y CARTA DE PAGO DE PORCIÓN CONYUGAL. Por. RABM y Otros A MC. En la ciudad, el día de del

Nº. PAGO Y CARTA DE PAGO DE PORCIÓN CONYUGAL. Por. RABM y Otros A MC. En la ciudad, el día de del Aporte de la Escribana María Virginia Romero Nº. PAGO Y CARTA DE PAGO DE PORCIÓN CONYUGAL. Por RABM y Otros A MC. En la ciudad, el día de del año dos mil catorce, ante la Escribana, comparecen: POR UNA

Más detalles

DERECHOS REALES. Derecho vigente y Código Civil y Comercial de la Nación. Dra. Adriana N. Abella

DERECHOS REALES. Derecho vigente y Código Civil y Comercial de la Nación. Dra. Adriana N. Abella DERECHOS REALES Derecho vigente y Código Civil y Comercial de la Nación Dra. Adriana N. Abella Libro IV De los derechos reales Disposiciones generales, Posesión y tenencia, Dominio, Condominio, Propiedad

Más detalles

HECHOS. TERCERO: El señor PEDRO PABLO CUCUMA MEDIORREAL identificado con la c.c.

HECHOS. TERCERO: El señor PEDRO PABLO CUCUMA MEDIORREAL identificado con la c.c. Señor: NOTARIO 19 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. E. S. D. Referencia: SOLICITUD DE APERTURA TRAMITE NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN DE LA HERENCIA DE LOS CAUSANTES CECILIA SANTANA DE CUCUMA Y PEDRO PABLO CUCUMA MEDIORREAL.

Más detalles

Implementación Ley N modificatoria de la Ley Nº Recálculos

Implementación Ley N modificatoria de la Ley Nº Recálculos Implementación Ley N 25.687 modificatoria de la Ley Nº 24.733 - Recálculos Consideraciones Generales El derecho de acrecer en el beneficio de pensión, implica, recalcular el beneficio en cada caso en que

Más detalles

Información sobre el servicio. Bienes intangibles (propiedad inmueble) Bienes tangibles (propiedad mueble) Clasificación del contribuyente

Información sobre el servicio. Bienes intangibles (propiedad inmueble) Bienes tangibles (propiedad mueble) Clasificación del contribuyente Información sobre el servicio Ofrece información sobre la planilla que se debe completar para reportar los bienes que poseía un difunto a la fecha de su fallecimiento. En este documento se detalla un conjunto

Más detalles

Avenida Universidad 716, Despacho 202 Colonia Letrán Valle, México, D.F. Tels Cel. (04455) Correo:

Avenida Universidad 716, Despacho 202 Colonia Letrán Valle, México, D.F. Tels Cel. (04455) Correo: Avenida Universidad 716, Despacho 202 Colonia Letrán Valle, México, D.F. Tels. 5601-5604 3626-0716 Cel. (04455) 5452-9155 Correo: jorge@bourget.com.mx SUCESIONES Es la transmisión de todos los bienes y

Más detalles

*Por la cual se autoriza la liquidación de herencias y sociedades conyugales vinculadas a ellas ante Notario Público y se dictan otras disposiciones*

*Por la cual se autoriza la liquidación de herencias y sociedades conyugales vinculadas a ellas ante Notario Público y se dictan otras disposiciones* *DECRETO 902 DE 1988 (Mayo 10)* *Por la cual se autoriza la liquidación de herencias y sociedades conyugales vinculadas a ellas ante Notario Público y se dictan otras disposiciones* *El Presidente de la

Más detalles

XXVI JORNADAS NACIONALES DE DERECHO CIVIL COMISIÓN N 9 SUCESIONES PARTICIÓN Y COLACIÓN LEGITIMACIÓN ACTIVA EN LA ACCIÓN DE COLACIÓN

XXVI JORNADAS NACIONALES DE DERECHO CIVIL COMISIÓN N 9 SUCESIONES PARTICIÓN Y COLACIÓN LEGITIMACIÓN ACTIVA EN LA ACCIÓN DE COLACIÓN XXVI JORNADAS NACIONALES DE DERECHO CIVIL COMISIÓN N 9 SUCESIONES PARTICIÓN Y COLACIÓN LEGITIMACIÓN ACTIVA EN LA ACCIÓN DE COLACIÓN Autora: Dra. Vilma R. Vanella Profesora Adjunta regular de Derecho de

Más detalles

Toca: 408/ Votación: Unanimidad de Votos.- 29 de mayo de Ponente: Everardo Güitrón Guevara.

Toca: 408/ Votación: Unanimidad de Votos.- 29 de mayo de Ponente: Everardo Güitrón Guevara. M AT E R I A F A M I L I A R SEGUNDA ÉPOCA I.1SCF.010A.2ª RUBRO: DIVORCIO INCAUSADO. APELACIÓN. ES PROCEDENTE EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA Y ELEVA EL CONVENIO DE LAS PARTES A LA CATEGORÍA DE

Más detalles

CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN COMENTADO TOMO III

CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN COMENTADO TOMO III CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN COMENTADO TOMO III DIRECTOR DE LA OBRA: OSCAR J. AMEAL COORDINADORES DE TOMO: MARÍA F. COMPIANI Y JAVIER SANTAMARÍA ÍNDICE CORRESPONDIENTE A LA EDICIÓN DE 2017 Autores

Más detalles

Testamentario a bienes de **********, expediente número. PRIMERO.- Mediante escrito presentado por

Testamentario a bienes de **********, expediente número. PRIMERO.- Mediante escrito presentado por SENTENCIA DEFINITIVA No. 143/2015 mil quince. Saltillo, Coahuila, diecisiete de septiembre de dos VISTA la cuarta sección del juicio Sucesorio Testamentario a bienes de **********, expediente número 497/2014,

Más detalles

REGLAMENTO. para préstamos de vivienda

REGLAMENTO. para préstamos de vivienda REGLAMENTO para préstamos de vivienda INTRODUCCIÓN La Universidad destinará una partida anual, dentro del presupuesto general, para la adjudicación de préstamos de vivienda a empleados de planta con contrato

Más detalles

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA CONCURSAL Artículo 1.- Norma modificatoria Modifícanse los artículos 2, numeral

Más detalles

DIPLOMATURA en. FAMILIA Y SUCESIONES Jujuy,

DIPLOMATURA en. FAMILIA Y SUCESIONES Jujuy, UNIVERSIDAD NOTARIAL ARGENTINA DIPLOMATURA en FAMILIA Y SUCESIONES Jujuy, 2017-2018 El programa de esta Diplomatura permite cumplir con la necesidad de los profesionales de derecho que, por sus actividades,

Más detalles

Ref: Trabajo de liquidación de la sociedad conyugal y partición y adjudicación de bienes en la sucesión intestada del doctor PRESUPUESTOS

Ref: Trabajo de liquidación de la sociedad conyugal y partición y adjudicación de bienes en la sucesión intestada del doctor PRESUPUESTOS Señora NOTARIO VEINTICINCO DEL CÍRCULO NOTARIAL DE MEDELLÍN E. S. D. -------------------------------------------------- Ref: Trabajo de liquidación de la sociedad conyugal y partición y adjudicación de

Más detalles