Xornadas Profesionais sobre a LOMCE A LOMCE: Xestación, debate e alcance na práctica educativa Ourense, 27 de mayo de 2014

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1 ANPE SINDICATO INDEPENDIENTE Xornadas Profesionais sobre a LOMCE A LOMCE: Xestación, debate e alcance na práctica educativa Ourense, 27 de mayo de 2014

2 PANORAMA DE LA EDUCACIÓN

3 La educación está hoy en el primer plano del debate social. La educación es el verdadero indicador de la marcha de una sociedad. Es la mejor política social y la inversión más segura para salir de la crisis de valores y también de la crisis económica.

4 La educación se ha visto sometida durante los últimos años a la confrontación permanente entre las diferentes opciones políticas y se ha situado con excesiva frecuencia en el centro del debate ideológico. La crispación innecesaria, las posturas enfrentadas y los debates artificiales han ganado a la reflexión serena sobre nuestro modelo educativo. Se han dejado sin abordar en profundidad los verdaderos problemas: - el índice de fracaso y abandono escolar. - los bajos resultados obtenidos en los informes internacionales. - el desfase de niveles educativos entre las comunidades. - los conflictos de convivencia en los centros.

5 Verdaderamente era necesaria una Reforma Educativa?

6 ANPE SINDICATO INDEPENDIENTE Una reforma educativa es, entre todas las intervenciones que un Gobierno puede llevar a cabo, una de las más trascendentes porque sobrepasa el presente inmediato y se proyecta hacia la configuración futura de la sociedad. ANPE lleva más de una década abogando por una reforma global y profunda del sistema educativo español, para corregir los índices insostenibles de fracaso y abandono escolar y evitar la creciente desmotivación del profesorado. Es muy difícil acometer con éxito cualquier reforma con la grave incidencia de los recortes en la enseñanza pública.

7 Los docentes hemos sufrido durante estos años de políticas restrictivas la pérdida de numerosos derechos laborales y sociales que nos han sido arrebatados en nombre de la crisis: - el aumento del número de alumnos por aula y de horario lectivo. - la pérdida de derechos retributivos. - las reducciones salariales ante una baja por enfermedad común. -laeliminacióndelapagaextra. - la desaparición de la jubilación anticipada LOGSE-LOE. - los recortes drásticos que han tenido que soportar los profesores interinos, en número superior a

8 Para ANPE la reforma ideal hubiera sido aquella que estableciera un marco global y estable, elaborado a partir de un pacto de mínimos entre las fuerzas políticas y sociales. Todo lo relacionado con las condiciones laborales y profesionales de los docentes debería salir de esa norma general y quedar establecido en un marco propio: el Estatuto Docente.

9 LOMCE

10 La LOMCE es la séptima ley orgánica educativa de la democracia.

11 LGE (1970) Sistema educativo DEROGA LOGSE (1990) Sistema educativo MODIFICA CONSTITUCIÓN (1978) COMPLETA LOECE (1980) Organización centros DEROGA LODE (1985) Organización centros COMPLETA LOPEG (1995) Organización centros MODIFICA LOCE (2002) Sistema educativo Organización centros MODIFICA DEROGA TODAS SALVO LA LODE LOE (2006) Sistema educativo Organización centros

12 Los antecedentes fundamentales de esta Ley Orgánica son: La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). Ha sido modificada por la LOMCE en determinados aspectos mediante un artículo único. Y las leyes orgánicas (que se modifican con menor intensidad) : : -6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. -39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar. - 8/1995, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE).

13 LaLOMCEhamodificadolaLOEperonolahaderogado, sigue en vigor para todo lo que no se haya modificado, como: - Educación Infantil. - Régimen jurídico aplicable al profesorado. -Régimen jurídico aplicable a los centros docentes. - Medidas generales de atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. - Sistema general de becas y ayudas al estudio. - Inspección educativa.

14 Se repiten términos como resultados (37), talento (7), competitividad (3), empleabilidad (4),.

15 Desde que se presentó el primer borrador de la LOMCE hasta la redacción de la Ley, ANPE ha elaborado y formulado propuestas rigurosas: - desde una perspectiva profesional. - con el único objetivo de mejorar el sistema educativo, la calidad de la enseñanza y la situación del profesorado.

16 El marco de diálogo y consenso ANPE demanda Qué es la LOMCE Un marco global y estable, elaborado a partir de un pacto de mínimos entre las fuerzas políticas y sociales que contuviera las líneas básicas de actuación. De ese marco global deberían separarse todos aquellos aspectos susceptibles de actualización y modernización. Todo lo relacionado con las condiciones laborales y profesionales de los docentes debería salir de esa norma general y quedar establecido en el Estatuto Docente. Una modificación de la LOE. El proceso de elaboración de la LOMCE ha estado marcado por la falta de diálogo. Nace marcada por la faltadeconsensoy por la contienda política. No es una reforma profunda del modelo y estructura del sistema educativo. Incluye muchos elementos que necesitarán actualización enseguida cuando podrían desarrollarse como decretos. No ha contado con el paso preceptivo por la Mesa Sectorial de Educación.

17 El modelo pedagógico ANPE demanda Los postulados del rigor y el esfuerzo deben favorecer la implicación del alumno en su proceso de formación. Los postulados de rigor y esfuerzo deben ser propios de todas las etapas educativas. Las evaluaciones externas deben conjugarse con evaluación continua rigurosa y con medidas inmediatas de refuerzo. La incorporación a los programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento no debe ser opcional sino obligatoria. Cómo es en la LOMCE No contiene cambios en Educación Infantil. Mantiene la transversalidad en Primaria. Mantiene la estructura Logse del Bachillerato de dos años. Rebaja la importancia de la evaluación continua. Sigue permitiendo la promoción tipo Logse. Adolece de economicismo. Considera la competitividad entre los centros como factor de calidad.

18 La vertebración del sistema educativo ANPE demanda Debería afirmar expresamente: La garantía de unas enseñanzas básicas comunes en todo el Estado. La coordinación y cooperación entre todas las administraciones educativas. La garantía para todos los alumnos del dominio de la lengua común del Estado junto a las lenguas cooficiales de sus respectivas comunidades autónomas. El liderazgo del Ministerio de Educación. Cómo es en la LOMCE Las competencias curriculares se atribuyen al Estado, administraciones autonómicas y centros educativos, lo cual dificultará la organización de los centros, la movilidad del alumnado y del profesorado y puede producir asimetrías y desigualdades entre las CCAA y los propios centros. Las evaluaciones censales marcan los principios y contenidos y son las únicas garantes de la cohesión del sistema.

19 Ordenación académica Qué comparte ANPE Revitalización de la FP. FP dual. Vías más tempranas en ESO. Reconocimiento entre Bachillerato y FP de grado medio. Evaluaciones con medidas de refuerzo. Qué critica ANPE Transversalidad en Primaria. Materias instrumentales a costa de especialidades. Falta de coordinación entre Primaria y Secundaria. Indefinición de las reválidas. Promoción semiautomática. Pérdida de peso de Especialidades. Bachillerato Logse.

20 Las evaluaciones Cómo son Elemento vertebrador del sistema educativo. Se confían a ellas los principios y objetivos. Posible uso para establecer ránkings. Mantienen el modelo Logse de promoción. Restan valor a la evaluación continua. Pueden ser corregidas por docentes que no sean funcionarios. Cómo deberían ser Externas, rigurosas y con medidas inmediatas de refuerzo y apoyo para el alumno y de programas específicos para el centro. Corregidas siempre por funcionarios para garantizar la independencia. Compatibles con la importancia de la evaluación continua. Derivadas siempre de una clarificación de los objetivos mínimos y comunes de cada etapa. Con alternativas inmediatas de repesca en caso de la reválida de 4º de ESO. Obligatoriedad de incorporación a los programas de mejora del aprendizaje para los alumnos que suspendan.

21 Medidas de la LOMCE que perjudican a la enseñanza pública

22 Cesión de suelo público para la construcción de centros privados. Conciertos con amplias facilidades, incluidos los centros de educación diferenciada. Desaparece la prioridad de construcción de centros de enseñanza pública y se sustituye por la demanda social. Se permite la selección de alumnado por rendimiento académico. Se considera la competitividad como impulsor de la calidad. Las evaluaciones externas se publicarán como ránkings. La dotación de recursos se justifica por proyectos de centro, sin especificar.

23 Se abre la posibilidad de concertación de toda la red privada. Las pruebas de reválida que se realizan desde el Estado para poder pasar curso podrán ser corregidas por profesores externos a la red de enseñanza pública. Intromisión de agentes externos privados en la educación pública. Facilidad de adjudicación de conciertos en detrimento de la oferta pública favoreciendo incluso la educación diferenciada La renovación de los directores dependerá de las evaluaciones de sus alumnos en las pruebas externas.

24 El Profesorado

25 La política del profesorado debe ocupar un lugar preferente en el marco de la puesta en marcha de cualquier reforma educativa. Medidas aisladas que no se enmarcan en un proyecto global de política del profesorado. Existen cambios significativos en la nueva ley de educación que afectarán o empeorarán las actuales condiciones laborales del profesorado.

26 El recorte de las plantillas públicas. La incorporación al sistema de profesores sin oposición. La responsabilidad en recursos humanos de los directores. La pérdida de horas de docencia en algunas especialidades. La excesiva concreción y dirigismo en los currículos puede colisionar con la libertad de cátedra.

27 La mayor dificultad en la organización de los centros educativos. La nueva distribución de las asignaturas agrupadas en tres bloques: troncales, específicas y de libre configuración autonómica, permite a los centros decidir las opciones y vías en las que se especializan y fijar la oferta de asignaturas de los bloques de asignaturas específicas y de libre configuración autonómica. A fin de facilitar el tránsito de la Educación Primaria a la Educación Secundaria Obligatoria se podrán agrupar las materias del primer curso de la ESO en ámbitos de conocimiento, medida destinada a disminuir el número de profesores y profesoras en dicho curso. En 3º de ESO los alumnos tendrán que elegir entre dos niveles de Matemáticas.

28 Los alumnos de 2º y 3º de la ESO con dificultades para seguir el currículo ordinario se incorporarán a Programas de Mejora del Aprendizaje y Rendimiento. Los alumnos de 3º de ESO, o excepcionalmente cuando han cursado 2º de ESO, con una edad entre 15 y 17 años, se podrán incorporar a los ciclos de Formación Profesional Básica. Los Programas de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento se podrán organizar de forma integrada, o por materias diferentes a las establecidas con carácter general, en, al menos, tres ámbitos y cada programa deberá especificar la metodología, la organización de los contenidos y de las materias y las actividades prácticas. La atención a la diversidad se realizará mediante la integración de materias en ámbitos, agrupamientos flexibles, el apoyo en grupos ordinarios, desdoblamientos de grupos, oferta de materias específicas, etc.

29 El incremento de la burocracia y trabajo docente. El informedelaevaluacióndeprimaria, que será entregado a los padres, madres o tutores. Un consejo orientador al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria, que se entregará a los padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna. Los programas de refuerzo para quienes promocionen con materias pendientes y un plan específico personalizado para quienes no promocionen. La organización de las oportunas pruebas extraordinarias y los programas individualizados.

30 El certificado de estudios cursados para los alumnos que se incorporen a un ciclo de Formación Profesional Básica, que deberá contener un informe sobre el grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes. El informe personal por traslado con los resultados de las evaluaciones parciales que se hubieran realizado, la aplicación, en su caso, de medidas curriculares y organizativas. La elaboración de planes de actuación y programas de enriquecimiento curricular. Los diferentes enfoques en el aprendizaje y la evaluación. La elaboración de nuevos recursos didácticos

31 Los profesores son considerados autoridad pública. Hemos logrado tras más de 15 años de reivindicación reiterada, la consideración de autoridad pública para el profesor en el ejercicio de su función docente. Esta medida ya estaba implantada en muchas comunidades autónomas pero no lo estaba a nivel de una norma estatal con rango de ley orgánica.

32 EQUIDAD EN LA Admisión de alumnos. EDUCACIÓN En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. No constituye discriminación la admisión de alumnos o la organización de la enseñanza diferenciada por sexos (art. 84, 3.)

33 Escolarización en centros públicos y privados concertados Reserva de un 20% (se puede reducir o modular) según nota en acceso al Bachillerato por alto rendimiento académico (art. 84) (centros con especialización curricular reconocida) Posibilidad de concertar centros con enseñanza diferenciada por sexos, que deberán justificar de forma objetiva y razonable, así como implantar medidas académicas para favorecer la igualdad (art. 84)

34 CENTROS DOCENTES Programación de la red de centros teniendo en cuenta la oferta existente de centros públicos y privados concertados y la demanda social. (art. 109, 2.) Conciertos el concierto tendrá una duración mínima de 6 años en Educación Primaria, y de 4 años en el resto (art. 116, 3.) Las Administraciones educativas podrán convocar concursos públicos para la construcción y gestión de centros concertados sobre suelo público dotacional. Art )

35 PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS Participación Los centros tendrán los siguientes órganos colegiados, : Consejo Escolar y Claustro de profesores. (art. 119, 5.) Competencias: El C. Escolar pierde la capacidad de aprobar para sólo evaluar o informar (art. 127)

36 La comunidad educativa no participa en el gobierno, organización, funcionamiento y evaluación (LOE), sino en el control y gestión a través del consejo escolar (art. 119) Sobre la rendición de cuentas y la publicación de clasificaciones de centros ponderando circunstancias socioeconómicas y socioculturales y aplicando medidas correctoras en todos los centros que no alcancen objetivos (art. 120) Especialización de institutos de secundaria sostenidos con fondos públicos (art. 121) Potenciación de la función directiva ( art. 122 bis-) en la autonomía para gestión de recursos humanos (fijar méritos, contrataciones y rechazo de listas centralizadas con refrendo de la admon), materiales y financieros, especialización de centros según características del alumnado (art. 122)

37 PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS Autonomía de los centros Los centros deberán rendir cuentas...las Administraciones educativas publicarán los resultados obtenidos por los centros ponderados con los factores socioeconómicos y socioculturales Las administraciones podrán establecer planes específicos de mejora en aquellos centros públicos que no alcancen los niveles adecuados. (art. 120, 3.) Los recursos dependerán de la rendición de cuentas (art. 122, 2.)

38 PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS Fomento de la calidad (art. 122 bis) Las acciones de calidad educativa, que deberán ser competitivas El proyecto educativo de calidad supondrá la especialización de los centros docentes el director del centro dispondrá de autonomía para adaptar los recursos humanos.

39 PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS Selección y candidatura de director o directora (arts. 133, 134 y 135) Selección del director. Se suprime que se elegirá entre los candidatos más idóneos y con mayor apoyo en la comunidad educativa (art. 133) Requisitos. Cinco años de funcionario (se ha suprimido como mérito, que esté en activo y que ejerza en centro público) y con certificado acreditativo con validez nacional (art. 134) Comisión de selección. Entre el 51 y el 70% elegida por la Administración. Ya no es mérito preferente ser profesor del centro. Se incluye que esté en esta comisión el consejo escolar (art. 135) Nombrados para cuatro años y no hay exenciones para hacer el curso acreditativo (salvo los cinco primeros años) (art. 136)

40 Nuevas competencias del director (art. 132) PEC PGA Recursos Gestión Admisión alumnos Normas Recursos complementarios Relaciones exterior Otras

41 PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS Competencias del director (art.132) Aprobar los proyectos y las normas Aprobar la programación general anual Decidir sobre la admisión de alumnos Aprobar la obtención de recursos complementarios Fijar las directrices para la colaboración

42 EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO Se suprime la prohibición de que las evaluaciones externas sirvieran para hacer clasificaciones de centros en listados públicos. (art.140, 2.) Difusión de los resultados (art. 147) se publicarán los resultados de los centros docentes según indicadores educativos comunes Sobre la evaluación general del sistema el INEE contará con la colaboración de las CCAA (art. 143) Se harán públicos los resultados ponderando circunstancias socioeconómicas y socioculturales (art. 147)

43 LA FORMACIÓN PROFESIONAL

44 Demasiados jóvenes abandonan sus estudios muy pronto (según el informe 2013 Estrategia Educación y Formación 2020, en el año 2012 el porcentaje de abandono escolar temprano en el sistema educativo español era del 24,9%, cifra que casi duplica el de la Unión Europea, 12,8%). Uno de cada dos jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y 24 años estaban en paro. Alarmantes bajos índices de formación y de cualificación profesional de nuestra población.

45 A la Formación Profesional se le ha de asignar un papel relevante contra el desempleo y para el desarrollo y la prosperidad de nuestro país y darle un impulso significativo para consolidarla en el lugar decisivo y estratégico que requiere una sociedad del conocimiento. La FP debe constituir un tipo de enseñanza de capital importancia para el desarrollo de la sociedad, porque ésta contribuye a la formación de las personas desde la perspectiva del aprendizaje a lo largo de la vida y responde a las necesidades formativas del entorno productivo en el que se imparte. La educación y la formación deben ir hoy necesariamente más allá del marco escolar, integrando plenamente el aprendizaje reglado y no reglado, escolar y extraescolar, formal e informal, dirigido y autónomo.

46 La Formación Profesional en la LOMCE Comprende un conjunto de ciclos formativos de Formación Profesional Básica, de Grado Medio y de Grado Superior, con una organización modular, de duración variable. Los ciclos formativos de Grado Medio siguen estando integrados en la educación secundaria postobligatoria y conducen a la obtención del Título de Técnico y los ciclos formativos de Grado Superior siguen estando integrados en la Enseñanza Superior y conducen a la obtención del Título de Técnico Superior, el cual permitirá el acceso a los estudios universitarios de grado. Los Títulos de Formación Profesional están referidos, con carácter general, al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

47 Cambios más destacables de la Formación Profesional en la LOMCE: La ordenación de cuarto curso de la ESO, que tiene un carácter fundamentalmente propedéutico. Se establecen dos opciones, la primera de las cuales es de carácter académico para la iniciación al Bachillerato y la segunda de enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación Profesional. Para obtener el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria será necesaria la superación de la evaluación final.

48 Se establece una mayor flexibilidad en el acceso a los ciclos formativos de Grado Medio y de Grado Superior. - Al igual que sucedía con los PCPI, los ciclos de Formación Profesional Básica se incluyen entre las enseñanzas profesionales regladas. - Tienen carácter obligatorio y gratuito y conduce a la obtención del Título Profesional Básico (una cualificación profesional de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales), que permite el acceso directo a los Ciclos de Formación Profesional de Grado Medio, así como la posibilidad de obtener el título de Graduado en ESO tras realizar la evaluación final de ESO por cualquiera de las dos opciones (académica o aplicada).

49 El Título Profesional Básico (que puede obtenerse también mediante programas formativos para mayores de 17 años, o acreditaciones profesionales para mayores de 22 años) faculta para el acceso a los ciclos formativos de Grado Medio. El acceso a Grado Superior desde la Formación Profesional de Grado Medio se hará por un procedimiento de admisión al centro si la demanda supere la oferta de plazas.

50 LA FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL Las bases de la Formación Profesional dual en España quedaron establecidas en el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre. Seformalizaráatravésdeunconvenio de colaboración entre los centros participantes y las empresas del sector correspondiente.

51 Las características principales de la Formación Profesional dual en el ámbito del sistema educativo son las siguientes: La LOMCE define esta modalidad como el conjunto de acciones e iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las empresas, tienen por objeto la cualificación profesional de las personas armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo. La Ley contempla la implantación de la Formación Profesional dual dentro de la oferta de Formación Profesional Reglada. Estesistema puede aplicarse a los ciclos formativos de la Formación Profesional Básica, de Grado Medio y de Grado Superior.

52 La implantación de esta modalidad depende, como en toda la oferta educativa de Formación Profesional, de cada Comunidad Autónoma. Se realiza en régimen de alternancia entre el centro educativo y la empresa, con un número de horas o días de estancia en ésta y en el centro educativo de duración variable.

53 Finalidades 1. Incrementar el número de personas que puedan obtener un título de Graduado en enseñanza secundaria a través de las enseñanzas de Formación Profesional. 2. Conseguir una mayor motivación en el alumnado, yasídisminuirel abandono escolar temprano. 3. Facilitar la inserción laboral al estar en mayor contacto con las empresas. 4. Incrementar la vinculación y corresponsabilidad del tejido empresarial con la Formación Profesional. 5. Potenciar la relación del profesorado de Formación Profesional con las empresas del sector y favorecer la transferencia de conocimiento.

54 Es trasladable el sistema dual a nuestra realidad?

55 PROS: Un incremento de horas en el módulo de Formación en Centros de Trabajo. Se intercalarían los períodos formativos en la empresa y en el centro educativo. La empresa tendría un papel más protagonista Menores costes de formación para el Estado. Las empresas formarían a los trabajadores según sus requerimientos y necesidades. En relación con la estabilidad laboral del profesorado. CONTRAS: La oferta formativa pasaría a depender más de las empresas que de la propia Administración Educativa. No hay suficientes empresas para atender la demanda de algunas de las profesiones. Las empresas querrán seleccionar al alumnado, lo cual podría producir la quiebra del principio de igualdad de oportunidades. El alumnado podría no ser atendido correctamente en el seno de la empresa por instructores o especialistas bien cualificados en esas enseñanzas. Podría existir algún tipo de abuso en el sistema dual por parte de las empresas si no se estableciera de manera precisa una relación jurídica entre la empresa y el alumnado en prácticas.

56 ESTATUTO DOCENTE Elementos básicos del Estatuto Docente

57 Regule el conjunto de derechos y deberes de los funcionarios docentes de la enseñanza pública y defina sus perfiles profesionales, con carácter básico para todo el Estado. Recoja el derecho a la carrera profesional permitiendo la promoción horizontal y vertical. Mantenga el carácter estatal de los cuerpos docentes, y su derecho a la movilidad en todo el territorio nacional, así como la homologación y mejora de las retribuciones de los funcionarios docentes en todos los niveles educativos. Sirva para acercar más nuestro sistema educativo y la profesión docente a los países más avanzados de Europa.

58 La identidad de la profesión docente características de la profesión código deontológico una carta de derechos y deberes en la que deberá estar regulado tanto el derecho a la libertad de cátedra como el régimen disciplinario de los docentes de la función pública.

59 La definición de un modelo de función pública docente compatible con la articulación de políticas propias de recursos humanos por las comunidades autónomas manteniendo el carácter estatal de los cuerpos docentes.

60 Los requisitos básicos de la formación inicial del profesorado. La regulación básica de la formación continua y de sus efectos en el desarrollo de la carrera profesional. El desarrollo de un sistema de acceso a la función pública docente más eficiente, que valore los criterios de experiencia y capacitación profesional y permita interesar por la docencia a los mejores estudiantes. Este nuevo modelo de acceso debe armonizar sus requisitos con la situación actual del profesorado interino.

61 el establecimiento de una carrera profesional motivadora, que permita un sistema de promoción vertical y horizontal que incentive la implicación del profesor y sus buenas prácticas. Este modelo debe contener la posibilidad de jubilación voluntaria anticipada. Memoria económica que asegure su implantación.

62 ORGANIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN INFANTIL Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) En dos Ciclos (el primero hasta los 3 años, y el segundo, desde los 3 a los 6 ) Ambos ciclos tienen carácter educativo y en ellos se atenderá: Al desarrollo afectivo Al movimiento y hábitos de control corporal A las manifestaciones de la comunicación y el lenguaje A las pautas elementales de convivencia y de relación social Al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven A elaborar una imagen de sí mismo positiva y equilibrada y adquirir autonomía Los contenidos educativos se organizan en áreas correspondientes a ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil, a través de actividades globalizadas con interés y significado para los niños. Segundo Ciclo Se fomentará una primera aproximación al aprendizaje de: Una primera lengua extranjera, especialmente en el último año La lectura y escritura, habilidades numéricas básicas, en TIC y expresión visual y musical.

63 ORGANIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) Seis cursos y se organiza en áreas, que tendrán un carácter global e integrador. En cada uno de los cursos los alumnos y alumnas deberán cursar las siguientes áreas: Los alumnos y alumnas cursarán Lengua Cooficial y Literatura en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica. Además, podrán cursar dentro de este bloque asignaturas de libre configuración autonómica.

64 EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Primer ciclo. 1º a 3º curso. Primer curso. Segundo ciclo: 4º curso. (Orientador) Dos opciones: Académica. Enseñanzas aplicadas Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) Segundo curso. Tercer curso. Evaluación + opción académica Evaluación + opción enseñanzas aplicadas Evaluación negativa Certificación oficial > de 15 años y haber repetido curso Ciclos de Formación Profesional Básica Programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento > 15 años Evaluación positiva Evaluación negativa GRADUADO EN ESO (opción académica) Bachillerato Título Profesional Básico Certificación oficial GRADUADO EN ESO (opción enseñanzas aplicadas F.P. G.M. Curso de formación específico acceso ciclos G.M. > 17 años y prueba acceso Ciclos G.M. de APD EnseñanzasD eportivas de G.M.

65 ORGANIZACIÓN DE LOS CICLOS DE F.P. BÁSICA Ciclos F.P. Básica (2 años) Tipos de bloques Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) Título Profesional Básico + Superación prueba admisión FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO

66 PRIMER CICLO DE LA ESO (1º A 3º CURSO) Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE)

67 SEGUNDO CICLO DE LA ESO (4º CURSO) Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE)

68 PRIMER CURSO DE BACHILLERATO Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE)

69 SEGUNDO CURSO DE BACHILLERATO Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE)

70 Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) Un Bachillerato especializado y formativo Tres modalidades: Ciencias, Humanidades y CCSS (2 vías) y Artes Dos cursos, 16 a 18 años Acceso con evaluación final ESO +, opción EE. Académicas Repetición con más de dos materias pendientes Título Bachiller da acceso a la vida activa, ciclos formativos y Universidad. Evaluación final + de Bachillerato Título Bachiller Superación de todas las materias, sin superar evaluación final Certificado

71 Prueba para la obtención directa del Título >20 Título de Técnico Superior FP GRADO SUPERIOR convalidaciones UNIVERSIDAD (Estudios de Grado) Procedimiento de admisión de alumnos >25 Prueba de acceso directo Título universitario >19 Prueba de acceso Procedimiento de admisión de alumnos >18 Título de Técnico Prueba para la obtención directa del Título >19 >20 convalidaciones Certificación oficial (Evaluación final negativa) TÍTULO DE BACHILLER Evaluación final Bachillerato + BACHILLERATO >17 FP GRADO MEDIO Prueba para la obtención directa del Título Curso de formación específico acceso ciclos G.M. Prueba de acceso >17 Programas formativos o tener acreditadas unidades de competencia profesional Título Profesional Básico >18 FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA Ed. Infantil GRADUADO EN ESO (opción enseñanzas aplicadas) Prueba para la obtención directa del Título >15 Ed. Primaria >18 Evaluación final ESO + GRADUADO EN ESO (opción académica) 2º CICLO E.S.O. (4º curso) 1º CICLO E.S.O. (1º a 3º curso) ORGANIZACIÓN ENSEÑANZAS LOMCE

72 Enseñanzas de Régimen Especial enseñanzas artísticas enseñanzas de idiomas Enseñanzas deportivas elementales de música y danza enseñanzas artísticas profesionales enseñanzas artísticas superiores enseñanzas profesionales de música y danza ciclos formativos de grado medio y de grado superior de artes plásticas y diseño estudios superiores de música y de danza, enseñanzas de arte dramático, enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales, estudios superiores de diseño y estudios superiores de artes plásticas

73 enseñanzas artísticas Enseñanzas elementales de música y danza (tendrán las características y la organización que las Administraciones Educativas determinen) Enseñanzas artísticas profesionales enseñanzas profesionales de música y danza (se organizan en un grado de seis cursos de duración) enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño (se organizan en ciclos de grado medio y superior) Enseñanzas artísticas superiores estudios superiores de música y danza (un ciclo de duración variable, organizado en diferentes especialidades. Se estudian en Conservatorios o escuelas superiores de música y danza) enseñanzas de arte dramático (un solo grado de carácter superior de duración variable. Se cursarán en las escuelas superiores de arte dramático) enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales (conducen al título de Grado. Se cursarán en escuelas superiores de conservación y restauración de bienes culturales) estudios superiores de artes plásticas y diseño (tienen esta consideración los estudios superiores de artes plásticas los de cerámica y vidrio, entre otros y los estudios superiores de diseño)

74 Los contenidos de estas enseñanzas se adoptan en el contexto de la educación superior española y en el marco europeo enseñanzas artísticas superiores LOMCE Los títulos de las enseñanzas artísticas superiores tienen rango universitario El Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas es el órgano de las enseñanzas artísticas de participación y asesoramiento del Gobierno Para acceder es preciso tener el Título de Bachiller y superar una prueba específica. Los centros de educación artística superior se configuran con estructura de gobierno y participación específica similar a la de los centros universitarios

75 Enseñanzas de idiomas LOMCE Acceso Se accede con 16 años cumplidos en al año en que comiencen los estudios, o con 14 para cursar un idioma distinto del estudiado en la ESO. Organización En tres niveles Básico Tendrá las características y la organización que las Administraciones Educativas determinen. Intermedio y Avanzado Se impartirán ambos niveles en las Escuelas Oficiales de Idiomas Se podrán impartir cursos para la formación permanente del profesorado. Las Administraciones Educativas facilitarán la realización de pruebas homologadas para obtener la certificación del conocimiento de las lenguas en la Enseñanza Secundaria y la Formación Profesional.

76 Enseñanzas deportivas LOMCE Organización En dos grados: medio y superior. En bloques y módulos de duración variable, constituidos por áreas de conocimientos teorico-prácticos. El currículo se ajustará al Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. Acceso Al Grado Medio Se accede con el título de graduado en ESO en cualquiera de las dos opciones. Sin los requisitos académicos con 17 años, mediante la superación de una prueba específica. Conducen al título de Técnico Deportivo que permitirá el acceso a todas las modalidades de Bachillerato. Al Grado Superior Se accede con el título de Técnico Deportivo y, además de, al menos, uno de los siguientes títulos: Título de Bachiller, Título de Técnico Superior, Título universitario o haber superado todas las materias del Bachillerato. Conducen al Título de Técnico deportivo superior, que permite el acceso a los estudios universitarios de Grado. Sin titulación Quienes careciendo de los títulos o certificados superen una prueba de acceso se requiere tener 17 años para acceder al grado medio y 19 para el grado superior, o 18 si se acredita estar en posesión de un título de Técnico relacionado con aquel al que se desea acceder.

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