A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
|
|
- Laura Caballero Padilla
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 G-0170/2011 México D.F., a 30 de Junio de 2011 Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2010 y sus anexos 10 y 22 (DOF 30/06/2011) A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dio a conocer en el DOF de fecha 30/06/2011, la Resolución modificatoria señalada en el rubro, misma que entrará en vigor el 1/07/2011. Al respecto les señalamos lo siguiente: Prorroga de las reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2010 (artículo segundo) Se establece una prorroga hasta el 30 de julio de 2011, para las RCGMCE para 2010 y sus Anexos 1 al 29. Vehículos usados Las siguientes reglas en términos generales se reforman para modificar la referencia al nombre del "Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados",y en algunos casos actualizan la referencia a algunos de los numerales de este Decreto, (anteriormente hacían referencia al "Decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos usados", publicado en el DOF el 24/12/2008). Causales de suspensión al Padrón de importadores y de sectores específicos (regla 1.3.4) Requisitos que deben cumplir los residentes en la franja o región fronteriza para internar temporalmente su vehículo al resto del territorio nacional (regla 3.4.6) Procedimiento para importar vehículos usados solicitando trato arancelario preferencial al amparo de un TLC o Acuerdo Comercial (regla 3.5.3)
2 Obligaciones de los comerciantes en el ramo de vehículos (regla 3.5.6) Comentario: Consideramos que estas modificaciones tienen relación con la publicación del Decreto de importación de vehículos usados 2011, el cual todavía no ha sido publicado en el DOF. Disposiciones generales para importar en definitiva vehículos usados(regla 3.5.1) Esta regla se modifica en su fracción II, referente a las disposiciones generales para importar en definitiva vehículos usados, en los siguientes incisos: Inciso c), Se modifica para adicionar un texto que establece que para llevar a cabo la citada importación los vehículos deberán presentarse para su importación en el área designada por la aduana, circulando por su propio impulso, para activar el mecanismo de selección automatizado. Inciso d), Se modifica para disponer que en el pedimento se deberán determinar y pagar el IGI, el IVA, el ISAN, el ISTUV y el DTA, en los términos de las disposiciones legales aplicables Inciso f), Se reforma en lo siguiente: 1. Modifica la referencia al nombre del Decreto de Vehículos para quedar como: "Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados",así mismo actualiza la referencia al numeral 6 de este Decreto, (anteriormente hacía mención al "Decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos usados", publicado en el DOF el 24/12/2008). 2. Respecto a la tabla referente a las condiciones por las cuales se considera que un vehículo está restringido o prohibido para su circulación en el país de procedencia, en la leyenda "Recuperado (Salvage)",se modifica la observación para eliminar la disposición referente a que los vehículos objetos de importación deberán presentar las condiciones físicas, mecánicas y técnicas apropiadas para su circulación, para lo cual los vehículos deberán presentarse circulando por su propio impulso, lo anterior, en virtud de que dicha disposición ahora se encuentra contenida en el inciso c). 3. Se adiciona un inciso j), para establecer lo siguiente: 4.
3 "Para los efectos del artículo 86-A de la Ley, cuando el valor declarado del vehículo usado que se pretenda importar sea inferior a su precio estimado conforme a la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada el 28 de febrero de 1994 y sus posteriores modificaciones, se deberá acompañar al pedimento de importación la constancia de depósito o de la garantía, que garantice las contribuciones que correspondan a la diferencia entre el valor declarado y el respectivo precio estimado, de conformidad con el segundo párrafo de la regla " Procedimiento para importar vehículos usados, cuyo año modelo sea de ocho a nueve años (regla 3.5.4) Esta regla se modifica en lo siguiente: 1. La referencia al nombre del "Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados",así mismo actualiza la referencia al numeral 6 de este Decreto, (anteriormente hacía mención al "Decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos usados", publicado en el DOF el 24/12/2008). 2. Actualiza la referencia al año modelo de los vehículos a que hace mención esta regla, para ahora hacer mención a los vehículos cuyo año-modelo sea de ocho y nueve años anteriores al año en que se realice la importación (anteriormente hacía mención a vehículos año-modelo de diez años anteriores al año en que se realice la importación). Importación de vehículos usados por residentes en la franja o región fronteriza (regla 3.5.5) Se modifica en lo que a continuación detallamos: Actualiza la mención al año-modelo de los vehículos a que hace referencia esta regla para ahora mencionar a vehículos año-modelo de 5 a 10 años (anteriormente hacia mención a vehículos de 5 a 9 años). Se disponen los siguientes aranceles ad-valorem aplicables a este tipo de importaciones en los siguientes términos: a) Vehículos cuyo año modelo sea de cinco a nueve años anteriores al año en que se realice la importación del 1%. b) Vehículos cuyo año modelo sea de diez años anteriores al año en que se realice la importación de 10%.
4 Se adiciona un último párrafo que dispone que tratándose de personas físicas, que importen vehículos al amparo del Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados, que se clasifiquen conforme a la TIGIE en las fracciones arancelarias u , tratándose de vehículos para el transporte de mercancías; u u , tratándose de vehículos para el transporte de dieciséis o más personas, invariablemente se deberá estar inscrito en el Padrón de Importadores. Procedimiento para importar en definitiva vehículos importados temporalmente(regla 3.5.7) Se modifica en lo que a continuación detallamos: La referencia al nombre del "Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados",así mismo actualiza la referencia al numeral 6 de este Decreto, (anteriormente hacía mención al "Decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos usados", publicado en el DOF el 24/12/2008). Se establece la posibilidad de importar en definitiva vehículos importados temporalmente cuyo año-modelo sea de 8 y 9 años, así como aquellos de 10 o más años anteriores al año en que se realice la importación (anteriormente hacia mención únicamente a vehículos cuyo año modelo sea de 10 años anteriores al año en que se realice la importación). Transferencias de empresas IMMEX a residentes en territorio nacional (3.8.4 fracción VII). Se establece que en las importaciones virtuales al amparo de esta regla, el certificado de origen al amparo de algún tratado, deberá estar vigente (anteriormente solo se señalaba que debería ser válido). Se dispone que la empresa residente en territorio nacional que recibe las mercancías, deberá efectuar la retención del IVA al residente en el extranjero, toda vez que la enajenación de la mercancía se realiza en territorio nacional en términos del artículo 10 de la Ley del IVA, así mismo se aclara que las operaciones virtuales que se realizan conforme a esta regla son para efecto de que la mercancía importada temporalmente se considere retornada al extranjero sin salir físicamente del país. Así mismo se dispone que se deberá realizar la retención del IVA al extranjero inclusive cuando la transferencia se realice mediante Pedimentos consolidados.
5 Anexo 10 (sectores y Fracciones arancelarias) Respecto al numeral 7 del apartado B del citado anexo, el cual sujeta a cumplimiento del padrón de exportadores sectorial a las "Bebidas energetizantes, así como concentrados polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes, se establece una nota que señala para efectos de dicho requisito que se entenderá como bebidas energetizantes, y como polvos y jarabes para prepara bebidas energetizantes, tomando la definición del artículo 3 de la LIEPS, como sigue: "Se entenderá por bebidas energetizantes, las bebidas no alcohólicas adicionadas con la mezcla de cafeína en cantidades superiores a 20 miligramos por cada cien mililitros de producto y taurina o glucoronolactona o tiamina y/o cualquier otra sustancia que produzca efectos estimulantes similares. Asimismo, se consideran concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes, aquéllos que por dilución permiten obtener bebidas energetizantes con las características señaladas en el párrafo anterior." Beneficios para la importación temporal de bienes para mercancías tratándose de competencias y eventos deportivos - XVI Juegos Panamericanos. Guadalajara 2011 (Artículo quinto) Se dispone que para efectos de las importaciones temporales antes citadas, el Comité Organizador de los Juegos Panamericanos, podrá importar temporalmente las mercancías inherentes a la finalidad del evento, utilizando el formato denominado Solicitud de autorización de importación temporal, con excepción de vehículos y embarcaciones de competencia, tractocamiones y sus remolques, casas rodantes y sus herramientas y accesorios necesarios para cumplir con el fin del evento. Así mismo, se dispone que tratándose de mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, invariablemente deberá tramitarse el pedimento respectivo y anexarse a él los documentos que comprueben su cumplimiento. Anexo 22 Instructivo para el llenado del pedimento Apéndice 2 CLAVES DE PEDIMENTO a) Adiciona un último párrafo al supuesto de aplicación de la clave A1. CLAVE A1 - IMPORTACION O EXPORTACIÓN DEFINITIVA. SUPUESTOS DE APLICACION... Importación definitiva de vehículos usados de
6 conformidad con la regla , para vehículos cuyo año-modelo sea de 10 o más años anteriores al año en que se realice la importación. b) Modifica el supuesto de aplicación de la clave VF. CLAVE VF - IMPORTACION DEFINITIVA DE VEHICULOS USADOS A LA FRANJA O REGION FRONTERIZA NORTE SUPUESTOS DE APLICACION Las personas físicas y morales que sean residentes en la franja fronteriza norte, en los Estados de Baja California y Baja California Sur, en la región parcial del Estado de Sonora y en los municipios de Cananea y Caborca en el Estado de Sonora, propietarias de vehículos usados cuyo año-modelo sea de entre cinco y diez años (antes señalaba nueve años) anteriores al año en que se realice la importación y su número de identificación vehicular (VIN) corresponda a vehículos fabricados o ensamblados en Estados Unidos de América, Canadá o México, de acuerdo a: Importación definitiva de vehículos usados de conformidad con la regla Importación definitiva de vehículos usados de conformidad con el Acuerdo por el que se establece el programa para que los gobiernos locales garanticen contribuciones en la importación definitiva de vehículos automotores usados destinados a permanecer en la franja y región fronteriza norte, publicado en el DOF el 11 de abril de Nota: Se adicionan estos 2 supuestos. c) Modifica el supuesto de aplicación de la clave VU. CLAVE VU - IMPORTACION DEFINITIVA DE VEHICULOS USADOS SUPUESTOS DE APLICACION Las personas físicas y morales que sean propietarias de vehículos usados cuyo año-modelo sea de ocho y nueve años (antes señalaba diez años) anteriores al año en que se realice la importación y que su número de identificación vehicular (VIN) corresponda a vehículos fabricados o ensamblados en Estados Unidos de América, Canadá o México, de acuerdo a: - Importación definitiva de vehículos de conformidad con la regla Importación definitiva de vehículos usados de conformidad con la regla
7 Apéndice 8 IDENTIFICADORES EX (Exención en la cuenta aduanera de garantía): Se modifica el numeral 26 del complemento 1, para ahora hacer referencia al Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados, que es la denominación que tendrá el Decreto que sustituya al vigente. VF (Importación definitiva de vehículos nuevos): Este identificador modifica su descripción y deja de hacer referencia a la Regla 3.5.5, pero sigue refiriéndose a la importación de vehículos usados a la franja o región fronteriza. En el supuesto de aplicación ahora se refiere a las regla y , dejando de referirse al Decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos usados del 2/12/2008. Cabe mencionar, que esta Resolución ya se encuentra en la base de datos CAAAREM para su consulta. ATENTAMENTE RDRL/UMB/CJVP A.A. LIC. LUIS ERNESTO RODRÍGUEZ GIL SECRETARIO RUBRICA
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
G-0344/2013 México D.F., a 9 de Diciembre de 2013 Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013 y sus anexos 1, 14 y 19. A TODA LA COMUNIDAD
Más detallesA TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
G-0288/2017 México D.F., a 19 de Diciembre de 2017 Anexos 4, 5, 7, 8, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30 y 31 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018, publicada
Más detallesREGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2015.
Folio- 030-15. Reglas Generales de Comercio Exterior. Mayo 19 de 2015. REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2015. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante Diario Oficial de la Federación
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Miércoles 26 de abril de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 31 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos automotores
Más detallesEstimados Clientes: Boletín: Publicación de RCGMCE 2011
Boletín: Publicación de RCGMCE 2011 Nogales, Sonora a 29 de julio del 2011 Estimados Clientes: Se les informa sobre la publicación en el D.O.F. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio
Más detallesLes informo que el día 28 de abril del 2017 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera
Estimados Les informo que el día 28 de abril del 2017 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera Resolución de modificaciones a las RGCE para 2017
Más detallesAGENCIA ADUANAL OBREGON, S. C.
Boletín 2017/06 Secretaria de Hacienda y Crédito Público. 1ra. Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017. Estimados clientes: En relación a la publicación tanto
Más detallesDecreto por el que se modifica el diverso para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación.
G 0006/2016 México D.F., a 6 de Enero de 2016 Decreto por el que se modifica el diverso para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación. A TODA LA COMUNIDAD DE
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Martes 18 de octubre de 2005 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 15 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO SEGUNDA Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior
Más detalles22/01/2009. Precios Estimados
Precios Estimados 1 GENERALIDADES ART. 36 fracción I de la ley aduanera en vigor, apartado que menciona los documentos requeridos para la importación y exportación. Factura comercial Documento de transporte
Más detallesDECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO PARA EL FOMENTO DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA, MAQUILADORA Y DE SERVICIOS DE EXPORTACIÓN.
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO PARA EL FOMENTO DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA, MAQUILADORA Y DE SERVICIOS DE EXPORTACIÓN. Modificaciones de fondo. Definiciones (Artículo 2). Se Adicionan las
Más detallesNOTA INFORMATIVA N.I. 064/ 2016
19 de octubre de 2016 NOTA INFORMATIVA N.I. 064/ 2016 SEGUNDA Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016. Hacemos de su conocimiento que la Secretaria de Hacienda
Más detallesA TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
G-0153/2015 México D.F., a 5 de Junio de 2015 Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, 1, 4, 22 y 27.
Más detallesDecreto por el que se modifica el diverso para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX).
Enero de 2016 Decreto por el que se modifica el diverso para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX). Estimados clientes y amigos: El día 06 de enero
Más detallesFolio Decreto IMMEX. Enero 28 de REFORMAS EL DECRETO IMMEX.
Folio-001-16. Decreto IMMEX. Enero 28 de 2016. REFORMAS EL DECRETO IMMEX. Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía, mediante Diario Oficial de la Federación, publicó el día 6 de Enero del
Más detallesSegunda Modificación a las Reglas de carácter general en materia de Comercio Exterior
COMITÉ DE IMPUESTOS Segunda Modificación a las Reglas de carácter general en materia de Comercio Exterior El 24 de Diciembre de 2010, la Secretaría de S.H.C.P., publica en el DOF la SEGUNDA Resolución
Más detallesA TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
G-0080/2011 México D.F., a 23 de Marzo de 2011 Vigésima Quinta Modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Más detallesREFORMA HACENDARIA IMPORTACIONES TEMPORALES
REFORMA HACENDARIA IMPORTACIONES TEMPORALES IMPORTACIONES TEMPORALES IMMEX DEPOSITO FISCAL AUTOMOTRIZ RECINTO FISCALIZADO RECINTO FISCALIZADO ESTRATÉGICO DEFINICIÓN DE LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE BIENES
Más detallesATENTA NOTA SOBRE EL DECRETO
ATENTA NOTA SOBRE EL DECRETO por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos usados, PUBLICADO EN EL DOF EL 24/12/2008, entra en vigor el 1 de enero de 2009 y estará
Más detallesPODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO TERCERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y sus anexos 1, 4, 21 y 22. Al margen un sello con el
Más detallesTratamiento fiscal aplicable a los regímenes aduaneros de importación temporal para efectos del IVA
COMERCIO EXTERIOR Tratamiento fiscal aplicable a los regímenes aduaneros de importación temporal para efectos del IVA 122 L.C. Fidel Camarillo Lazo, Socio de Consultoría Fiscal de Garrido Licona y Asociados,
Más detallesBienvenidos! Operaciones Virtuales de IMMEX. Sesión Extraordinaria 2. Eduardo Reyes Díaz (Ante la Reforma Hacendaria) 4 de Marzo de 2014
Bienvenidos! Sesión Extraordinaria 2 Operaciones Virtuales de IMMEX (Ante la Reforma Hacendaria) 4 de Marzo de 2014 Eduardo Reyes Díaz Leal @erdl7 Sesiones Videoteca* Ordinarias* Solución a problemas
Más detallesCALZADO MEXICANO
MEDIDAS DE APOYO PARA LA INDUSTRIA DEL CALZADO MEXICANO 2014-2015 En su discurso inaugural en el marco de SAPICA en León, Guanajuato, el miércoles 27 de agosto del 2014, el Secretario de Hacienda el Dr.
Más detallesPor otro lado mencionamos algunas modificaciones relevantes:
Boletín Comercio Exterior Asunto: Comentarios 5TA MODIFICACIÓN A RGCE 2015 Estimados clientes y amigos El pasado 19 de noviembre del 2015, se publicó en el D.O.F. por parte del SAT Quinta Resolución de
Más detallesA TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
G-0200/2011 México D.F., a 29 de Julio de 2011 Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL: Hacemos de su conocimiento que la
Más detallesI. Descripción de las mercancías y su origen.
Programa IMMEX 1 Artículo 81 L.A. I. Descripción de las mercancías y su origen. IV. Monto de las contribuciones causadas Los agentes o apoderados aduanales determinarán en cantidad líquida por cuenta de
Más detallesSECRETARIA DE ECONOMIA
Jueves 5 de febrero de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE ECONOMIA ACUERDO que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en
Más detallesASOCIACIÓN NACIONAL DE COMERCIANTES EN AUTOMÓVILES Y CAMIONES NUEVOS Y USADOS, A. C.
Asunto: Anteproyecto de Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados. LIC. JULIO CÉSAR ROCHA LÓPEZ Coordinador Comisión Federal de Mejora Regulatoria P r e s e n t e México,
Más detallesANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2010 INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL PEDIMENTO...
Viernes 24 de diciembre de 2010 DIARIO OFICIAL ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2010 INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL PEDIMENTO... APENDICE 1 ADUANA-SECCION
Más detallesMÓDULO DE TIGI. Consulta de la TIGI
MÓDULO DE TIGI El Módulo de TIGI o Tarifa del Impuesto General de Importación es una pieza fundamental dentro del Sistema SP2K, porque aquí se concentra toda la gama de información relacionada con las
Más detallesREGLAS de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011
REGLAS de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 RCGMCE que tienen relación con el PECA (Pago Electrónico Centralizado Aduanero) 1.6.2. Para los efectos de los artículos 83, primero
Más detallesSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO RESOLUCIÓN que modifica a la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría
Más detallesJunio Cuadernos ATA
Junio 2011 Cuadernos ATA Importación temporal de muestras, mercancías para ferias y convenciones y para la prestación de servicios profesionales Acuerdo de Estambul Ley Aduanera (107) Serán necesarios
Más detallesBOLETIN INFORMATIVO. Núm P047. Julio 06 de Sin más por el momento reciban un cordial saludo.
ADMINISTRACION GENERAL DE ADUANAS ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA BOLETIN INFORMATIVO Núm P047 Julio 06 de 2001 Con el presente remito a ustedes en archivo anexo oficio Nº de fecha 6 de julio del
Más detallesEstimados Clientes y Amigos:
Estimados Clientes y Amigos: El presente es con la finalidad de comunicarles que el pasado 29 de julio se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Carácter General en Materia de
Más detallesDECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES PARA LA IMPORTACION DEFINITIVA DE VEHICULOS AUTOMOTORES USADOS
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES PARA LA IMPORTACION DEFINITIVA DE VEHICULOS AUTOMOTORES USADOS ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION: 9 DE MARZO DE 2006. Decreto
Más detallesNOTA INFORMATIVA. Mayo 052/2016
NOTA INFORMATIVA Mayo 052/2016 Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, 1, 4, 10, 21, 22, 24, 27, 28,
Más detallesAnexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012, publicadas el 29 de agosto de 2012
Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012, publicadas el 29 de agosto de 2012 Hoy, 06 de septiembre, se publicó en el Diario Oficial de la Federación ( DOF ) el
Más detallesFundamento Legal. Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación
REGLA OCTAVA Fundamento Legal Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación Artículo 2, Fracción II, Regla 8ª de las Reglas Complementarias para la aplicación de la Tarifa de la LIGIE.
Más detallesResolución de modificaciones a las RGCE para 2017 y su Anexo 1 (Resolución anticipada) A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
G-0143/2017 México D.F., a 17 de Mayo de 2017 Resolución de modificaciones a las RGCE para 2017 y su Anexo 1 (Resolución anticipada) A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL: Se informa que el
Más detallesJueves 8 de mayo de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
Jueves 8 de mayo de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) DÉCIMA Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013 y sus anexos 22 y 25. Al margen
Más detallesDECIMA Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2002, y sus anexos 4, 10 y 22.
DECIMA Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2002, y sus anexos 4, 10 y 22. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos
Más detallesCIRCULAR INFORMATIVA No. 120 CIR_LBTP_120.07
México D.F. a 27 de junio de 2007 Asunto: Publicaciones en el Diario Oficial. El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación la siguiente información relevante en materia de comercio exterior:
Más detallesAsunto: Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017 y sus Anexos 1, 1-A, 10, 21 y 22.
Boletín número: B17-086 H. Veracruz, Ver., a 01 de septiembre de 2017. Asunto: Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017 y sus Anexos 1, 1-A, 10, 21 y 22.
Más detallesBULLETIN #86 29 de abril de 2017
Primer Modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior y sus Anexos 1, 1-A, 10, 21, 22 y 26 El 28 de abril de 2017, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer la primer modificación
Más detallesPor lo anterior expuesto a través de la siguiente:
HONORABLE DIPUTACIÓN PERMANENTE: La suscrita, diputada Lina Acosta Cid, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Primera Legislatura del Congreso del Estado, en ejercicio
Más detallesBULLETIN #72 09 de mayo de 2016
Primer modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2016 y sus anexos El día de hoy la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer la primer modificación a las Reglas Generales de
Más detallesAnexo 31 Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías
Anexo 31 Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías Noviembre de 2014 Estimados clientes y amigos: El 18 de noviembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la 3ª Resolución
Más detallesA TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
G-0001/2014 México D.F., a 2 de Enero de 2014 Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013. A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
Más detallesFormato para la Impresión Simplificada del Pedimento.
Formato para la Impresión Simplificada del Pedimento. La impresión simplificada del Pedimento es un formato dinámico conformado por bloques, en el cual se deberán imprimir únicamente los bloques que se
Más detallesN.I. 039 NOTA INFORMATIVA ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2014, PUBLICADAS EL 29 DE AGOSTO DE 2014.
04 de septiembre de 2014. N.I. 039 NOTA INFORMATIVA ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2014, PUBLICADAS EL 29 DE AGOSTO DE 2014. Hacemos de su conocimiento
Más detallesLunes 8 de julio de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
Lunes 8 de julio de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2012 CAMPO INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL PEDIMENTO CONTENIDO
Más detallesFELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN Y EL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN DIVERSOS PROGRAMAS DE PROMOCIÓN SECTORIAL (Publicado
Más detallesPRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2010.
241210 PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2010. Primero. Se realizan las siguientes reformas, adiciones y derogaciones a la Resolución
Más detallesCIRCULAR INFORMATIVA No. 61 CIR_GJN_MRHL_61.15
México D.F. a 16 de abril de 2015 Asunto: Resumen de los principales cambios de los ANEXOS Glosario de definiciones y acrónimos, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 19, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29,
Más detallesA continuación las principales modificaciones en la citada modificación:
REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2014 Y SUS ANEXOS 10 Y 21 DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN 29 DE AGOSTO DE 2014 VIGENCIA DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2014 A 31 DE AGOSTO DE 2015
Más detallesA TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
G-0023/2012 México D.F., a 13 de Enero de 2012 Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos,
Más detallesANTEPROYECTO COFEMER:
T-0270/2015 México D.F., a 10 de Diciembre de 2015 ANTEPROYECTO COFEMER: Modificación al Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general
Más detallesModificación publicada en el DOF el 06/08/2009
APENDICE 2 CLAVES DE PEDIMENTO REGIMEN DEFINITIVO CLAVE DESCRIPCION SUPUESTOS DE APLICACION A1 A3 IMPORTACION O EXPORTACION DEFINITIVA. IMPORTACION DEFINITIVA. RETORNO VIRTUAL PARA SU IMPORTACION DEFINITIVA.
Más detallesPRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2017 Y SUS ANEXOS 1, 1-A, 10, 21, 22, Y 26.
PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2017 Y SUS ANEXOS 1, 1-A, 10, 21, 22, Y 26. REGLAS 1.6.3 - Registro de cuentas bancarias para efectuar pagos en operaciones
Más detallesDECLARACIONES, AVISOS, FORMATOS E INSTRUCTIVOS DE TRÁMITE PARA COMERCIO EXTERIOR (ANEXO 1 RCE 2011)
DECLARACIONES, AVISOS, FORMATOS E INSTRUCTIVOS DE TRÁMITE PARA COMERCIO EXTERIOR (ANEXO 1 RCE 2011) A continuación se presenta el catálogo de los formularios vigentes en materia de comercio exterior de
Más detallesAGENCIA ADUANAL OBREGON, S. C.
Boletín 2016/17 Mayo 2016 PRIMERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, 1, 4, 10, 21, 22, 24, 27, 28, 29,
Más detallesNovena Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y su Anexo 1
Novena Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y su Anexo 1 El 24 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación ( DOF ) la Novena
Más detallesSUBVALUACIÓN ADUANERA [IMPORTACIÓN] Por: Dr. Eduardo Reyes Díaz-Leal. Director General de Bufete Internacional.
SUBVALUACIÓN ADUANERA [IMPORTACIÓN] Por: Dr. Eduardo Reyes Díaz-Leal. Director General de Bufete Internacional. Norma Legal Supranacional Elemento Sustantivo Valoración Aduanera Valor Comercial Valor en
Más detallesNOTA INFORMATIVA Octubre 093/2016 Segunda Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016
NOTA INFORMATIVA Octubre 093/2016 Segunda Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 Segunda Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior
Más detallesNOTA INFORMATIVA. Enero 012/2016 Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, y 1
NOTA INFORMATIVA Enero 012/2016 Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, y 1 Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y sus anexos Glosario
Más detallesBOLETIN INFORMATIVO. Núm. P004 Enero 18 del 2001
ADMINISTRACION GENERAL DE ADUANAS ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA BOLETIN INFORMATIVO Núm. P004 Enero 18 del 2001 Por medio del presente y en relación al Artículo 303 del TLCAN, anexo se les envía
Más detallesBOLETIN INFORMATIVO. 3. Se cambia el orden de los campos fracción y secuencia en los registro a nivel partida
ADMINISTRACION GENERAL DE ADUANAS ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA BOLETIN INFORMATIVO Núm P009 Febrero 1º del 2001 En alcance al boletín Nº 004 de fecha enero 18 del 2001, se les envía en un archivo
Más detallesAnexos 1, 2, 3, 11, 15, 18, 22 y 23 de la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada el 04/07/2014.
G-0171/2014 México D.F., a 17 de Julio de 2014 Anexos 1, 2, 3, 11, 15, 18, 22 y 23 de la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada el 04/07/2014. A TODA
Más detallesDecreto que otorga estímulos fiscales a la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación (DOF 26-XII-2013).
Enero 2014 Decretos que otorgan estímulos fiscales a las IMMEX; modifican la TIGIE; amplían la vigencia del IGI preferencial para la región fronteriza y franja fronteriza norte; y compilan diversos beneficios
Más detallesEsquema de Certificación. empresas exportadoras
Esquema de Certificación Garantías en materia de IVA de IVA e IEPS y IEPS para empresas exportadoras Contenido Introducción Empresas que pueden optar por la garantía Tipos de garantía Garantías modalidad
Más detallesRelación de documentos.
Relación de documentos. RELACION DE DOCUMENTOS Código de Barras DATOS GENERALES Aduana de Despacho Número de Patente o Autorización Nombre del Agente o Apoderado Aduanal Fecha de Emisión LISTADO DE PEDIMENTOS
Más detallesANEXO 1-A DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2017 Trámites de Comercio Exterior
ANEXO 1-A DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2017 Trámites de Comercio Exterior FICHAS DE TRAMITE AUTORIDAD ANTE LA QUE SE PRESENTA 4/LA 5/LA Instructivo de trámite para inscribirse en el
Más detallesTipo de Cambio para el día de hoy 16/02/2015 es de: $ MN y para el día 17/02/2015 es de: $ MN
Tipo de Cambio para el día de hoy 16/02/2015 es de: $14.9167 MN y para el día 17/02/2015 es de: $14.8605 MN Noticias del DOF BANCO DE MEXICO Tipo de cambio publicado el día de hoy de $14.8605 M.N. (catorce
Más detallesAl margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CUPO PARA IMPORTAR EN 2007 CON EL ARANCEL-CUPO ESTABLECIDO, PREPARACIONES A BASE DE PRODUCTOS LÁCTEOS CON UN CONTENIDO DE SÓLIDOS LÁCTEOS SUPERIOR AL 50%, EN PESO,
Más detallesSECRETARIA DE ECONOMIA
Viernes 23 de enero de 2004 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 SECRETARIA DE ECONOMIA ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer diversas disposiciones en materia de los programas
Más detallesVISKASE. Avisos Electronicos de Importacion y Exportacion. Propuesta Operativa
VISKASE Avisos Electronicos de Importacion y Exportacion Propuesta Operativa Agenda - Objetivo - Qué es un Aviso Electrónico? - Características del Aviso - Quienes tienen el beneficio? - Formato - Instructivo
Más detallesREGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR (DEL 1/ABRIL/2006 AL 31/MARZO/2007). TÍTULO III DE LOS REGIMENES ADUANEROS.
Art. 59 de la Ley de Aduanas (ANEXO 24). La SHCP publica en el ANEXO 24 los Requerimientos mínimos para los sistemas de inventarios de importaciones temporales que deberán de llevar obligatoriamente las
Más detallesCAUSALES DE CANCELACIÓN
CAUSALES DE CANCELACIÓN CUANDO SE NOTIFIQUE LA CANCELACION DEL PROGRAMA, SE DEBERA CAMBIAR DE REGIMEN O RETORNAR LAS MERCANCIAS EN UN PLAZO DE 60 DIAS. EL SAT PODRA AUTORIZAR POR UNICA VEZ, UN PLAZO DE
Más detallesREFERENCIA JURÍDICA. Ley Aduanera. Última reforma: D.O.F. 15/12/1995 Vigor: 01/04/1996. D.O.F. 09/12/02013 En vigor: 10/12/2013
REFERENCIA JURÍDICA Ley Aduanera D.O.F. 15/12/1995 Vigor: 01/04/1996 Última reforma: D.O.F. 09/12/02013 En vigor: 10/12/2013 REGLAMENTO LEY ADUANERA D.O.F. 20/04/2015 En vigor 20/06/2015 REGLAS GENERALES
Más detallesIV. V. VI. VII. VIII. IX.
REGLA 7.3.3. Beneficios de las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado Las empresas que cuenten con el Registro
Más detallesTransmisión del No. de folio del CFDI en los pedimentos de exportación definitiva
Estimados Les informo que el día 19 de noviembre del 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015 y
Más detallesREGLAS DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA ADUANERA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE MEXICO Y PANAMA.
Folio-036-015. Tratados de Libre Comercio. Julio 1 del 2015 REGLAS DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA ADUANERA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE MEXICO Y PANAMA.
Más detallesREGLA Beneficios del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de IVA e IEPS
REGLA 7.3.1. Beneficios del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de IVA e IEPS Las empresas que obtengan el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad
Más detallesSECRETARIA DE ECONOMIA
Viernes 26 de agosto de 2011 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE ECONOMIA Vigésima Octava modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general
Más detallesPUBLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA DOF 20 DE ABRIL DE 2015 ENTRADA EN VIGOR 20 DE JUNIO DE 2015
PUBLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA DOF 20 DE ABRIL DE 2015 ENTRADA EN VIGOR 20 DE JUNIO DE 2015 El pasado 20 de abril de 2015 se publica el Reglamento de la Ley Aduanera, principalmente para
Más detallesDepartamento de Compilación
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN A QUE SE SUJETARÁN LOS IMPORTADORES DE MERCANCÍAS QUE OPTEN POR CUMPLIR CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS NOM-050- SCFI-1994 Y NOM-051-SCFI-1994
Más detallesCEFP/038/2000. Palacio Legislativo de San Lázaro, Diciembre de 200
CEFP/038/2000 Comparativo de Ley Aduanera 2000 e Iniciativa 2001 Palacio Legislativo de San Lázaro, Diciembre de 200 Articulo 2.-... (No existe) (No existe) Artículo 9º.-Las personas que al entrar o salir
Más detallesJueves 27 de febrero de 2014 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección) ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2013
Jueves 27 de febrero de 2014 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección) ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2013 INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL PEDIMENTO PIE DE PÁGINA
Más detallesModificaciones al Decreto IMMEX
Modificaciones al Decreto IMMEX COMITÉ DE IMPUESTOS COMITÉ DE NORMATIVIDAD COMITÉ DE CONTROL DE CALIDAD En fecha reciente, la Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF),
Más detallesCONSORCIO ADUANAL CASTAÑEDA RIVERO S.C. Fuente 103 OTE. C.P tel , Piedras Negras Coah CIRCULAR
Mayo 23, 2016 CIRCULAR El pasado 9 de mayo en el DOF se publicó PRIMERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016, Glosario de Definiciones y Acrónimos, y anexos
Más detallesCONTENIDO Apartados A. Criterios de la Ley y su Reglamento. Valor en Aduana del software, información electrónica o instrucciones contenidas
ANEXO 5 COMPILACIÓN DE CRITERIOS NORMATIVOS EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAL, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 33, PENÚLTIMO PÁRRAFO Y 35 DEL CÓDIGO PARA 2016 CONTENIDO Apartados A. Criterios
Más detalles30 de noviembre de 2006 DIARIO OFICIAL
DECRETO por el que se otorgan diversos beneficios al régimen aduanero de recinto fiscalizado estratégico. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de
Más detallesAnálisis e interpretación del Pedimento Aduanal
Análisis e interpretación del Pedimento Aduanal Junio del 2014 Objetivo El participante habrá adquirido conocimientos jurídicoprácticos necesarios para poder analizar, leer e interpretar uno de los documentos
Más detallesREGLA Obligaciones en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas
REGLA 7.2.1. Obligaciones en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas Los contribuyentes que hubieran obtenido el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas de conformidad con las
Más detallesA TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
G-0264/2016 México D.F., a 10 de Octubre de 2016 Proyecto de Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016 y sus Anexos glosarios de definiciones y acronimos 1, 15,21,
Más detallesBOLETÍN INFORMATIVO.
BI-13/09-15 30 de septiembre de 2015. BOLETÍN INFORMATIVO. Por medio del presente, hacemos de su conocimiento que los pasados 28 y 31 de Agosto del 2015, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicó
Más detallesBoletín Núm. P052 México, D.F., a 07 de julio 2015 VOCE - BENEFICIOS EMPRESAS CON PROGRAMA IMMEX (RGCE )
Boletín Núm. P052 México, D.F., a 07 de julio 2015 2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón VOCE - BENEFICIOS EMPRESAS CON PROGRAMA IMMEX (RGCE 4.3.23.) Por medio del presente, se informa
Más detalles