MARZO 2014 TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA UN CRÉDITO SUBORDINADO DE PAGO VARIABLE (DIVIDENDO A LA VISTA)
|
|
- Mercedes Ortíz Ortiz
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 MARZO 2014 TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA UN CRÉDITO SUBORDINADO DE PAGO VARIABLE (DIVIDENDO A LA VISTA) Estos términos y condiciones establecen los principales términos y condiciones para una propuesta de financiación para Marzo 2014 (en adelante la Compañía ) una compañía de California por parte de Muestra (en adelante en el presente el Tenedor ). Estos términos y condiciones no constituyen un acuerdo vinculante para las partes y sólo tienen la intención de establecer los principales términos y condiciones que deberán ser incluidos en contratos definitivos y en los demás convenios, documentos e instrumentos relacionados con la Transacción. El término Tenedores tal y como se utiliza en el presente significará la totalidad de los tenedores de las obligaciones del Crédito Subordinado de Pago Variable ( Dividendo a la Vista ) emitidas y pagaderas por la Compañía en los términos aquí establecidos (la Financiación ). Términos de la Oferta Compañía Marzo 2014, una de California Monto del Financiamiento Hasta un máximo de $200,000 Tipo de Valor: Una Obligación Subordinada de Pago Variable (el Dividendo a la Vista ) Inversores Calificados: La oferta está restringida sólo para inversores acreditados. Los inversores deberán llenar y firmar el cuestionario para inversores de la Compañía. Fecha Esperada de Cierre: Se espera que el cierre definitivo sea en o alrededor del 31 de Marzo de Plan de Negocios: Utilización de los Fondos: La Compañía incluirá una descripción general de los egresos, ingresos y disposición de capital proyectados que contemple por lo menos el Plazo del Crédito (tal y como este término se define más adelante) de este Dividendo a la Vista y adjuntarlo al presente documento como Anexo A (el Plan de Negocios ). Este Plan de Negocios sólo podrá ser modificado con el consentimiento por escrito de los Tenedores que representen la mayoría de los intereses sobre el crédito. El Plan de Negocios pasa a ser parte integrante de este instrumento mediante esta referencia. Los fondos provenientes de la Financiación se utilizarán para fondear el Plan de Negocios. No se permite que los fondos sean utilizados para liquidar otras obligaciones de pago, a menos que las mismas estén contempladas en el Plan de Negocios.
2 Términos del Dividendo a la Vista Vencimiento: Obligación Total: El vencimiento para el pago del principal y los intereses devengados (el Plazo del Crédito ) del Dividendo a la Vista será a los 72 meses de la Fecha de Cierre. La obligación de pago total adeudada por la Compañía a los Tenedores, derivada del Dividendo a la Vista será el equivalente a dos veces el monto de la Financiación original. Para fines de claridad, dicha cantidad incluirá todos los intereses devengados en los términos del Dividendo a la Vista. Al momento en que la Obligación Total se satisfaga, se extinguirán la totalidad de los derechos derivados del Dividendo a la Vista. Si la Obligación Total no es liquidada dentro del Plazo del Crédito se activará la Disposición para la Prórroga del Plan de Negocios que aparece más adelante. Tasa de Interés: Período de Gracia: Disposiciones de Pago: El saldo del principal en los términos de la Financiación devengará un interés compuesto trimestralmente a la tasa de 2%. La obligación de efectuar pagos sobre el Dividendo a la Vista iniciará una vez transcurridos 12 meses contados a partir de la Fecha de Cierre. Se devengarán intereses durante el Período de Gracia. La Compañía tendrá la obligación de pagar el principal y los intereses sobre la base de un calendario de pagos variables que dependerán del Flujo de Efectivo Libre (tal y como este término se define más adelante) de la Compañía, y continuará pagando una proporción fija de su Flujo de Efectivo Libre a los Tenedores hasta que los montos pagados salden la Obligación Total. Una vez transcurrido el Período de Gracia, los Tenedores recibirán trimestralmente el 20% del Flujo de Efectivo Libre de la Compañía. Tales pagos se aplicarán primero al pago de los intereses devengados y pagaderos para el período que se reporta y después al principal insoluto en los términos de la Financiación y finalmente al pago de la Obligación Total. No habrá penalidad alguna por pagos anticipados. Conversión: Los Tenedores tendrán en todo momento, y a su elección, el derecho de convertir la totalidad de las cantidades adeudadas en los términos de la Financiación a Acciones Ordinarias. El precio para la conversión será el precio promedio de las Acciones Ordinarias de la Compañía calculado durante los 12 meses previos y reportado por el Consejo de Administración, o el precio ofrecido de buena fe por la Compañía, de estos el que sea más bajo.
3 Disposiciones para la Sustitución: Prórroga del Plan de Negocios: El Dividendo a la Vista contemplado en estos Términos y Condiciones puede ser sustituido por un nuevo Dividendo a la Vista. En el supuesto de que se emita un nuevo Dividendo a la Vista en sustitución de esta Obligación, los Tenedores tendrán derecho a optar por comprar hasta [2]% de las acciones en circulación de la Compañía en la forma de acciones de nueva emisión. El precio de compra será el precio promedio de las Acciones Ordinarias de la Compañía calculado para los 12 meses previos, tal y como lo reporte el Consejo de Administración, o al precio ofrecido por la Compañía de buena fe, de estos el que sea más bajo. Si la Obligación Total no se liquida dentro del Plazo del Crédito, la Compañía y los Tenedores pondrán el empeño que sea razonable para convenir sobre una prórroga al Plan de Negocios. Tal prórroga será por un plazo que sea suficiente para permitir que la Obligación Total sea pagada en su totalidad. Si la Compañía y los Tenedores no pueden convenir en un plan una vez transcurrido el Plazo del Crédito, la Compañía pagará a los Tenedores un monto mínimo anual del Flujo de Efectivo Libre equivalente a cuatro (4) veces el promedio del Flujo de Efectivo Libre de los ocho (8) trimestres precedentes hasta la satisfacción plena de la Obligación Total. En tal caso, el flujo de efectivo anual será distribuido trimestralmente en una proporción igual a la de los flujos de efectivo trimestrales del año precedente. Si la Obligación Total no se liquida en su totalidad al finalizar la Prórroga del Plan de Negocios, los Tenedores tendrán el derecho de exigir el pago total del remanente de la Obligación Total. Cálculo del Flujo de Efectivo Libre Prelación: Los elementos específicos para fines de cálculo para los efectos de esta Financiación serán negociados por las partes y se incluirán en el Plan de Negocios. En general, el Flujo de Efectivo Libre será calculado en términos de las ventas brutas menos descuentos, el costo de los bienes vendidos, gastos de operación autorizados contemplados en el Plan de Negocios, y pagos periódicos sobre adeudos insolutos previos, exigibles en el período que se reporta (trimestre en curso). En caso de la liquidación y cierre de operaciones de la Compañía, los Tenedores del Dividendo a la Vista tendrán un derecho de prelación en el pago del remanente de la Obligación Total adeudada en los términos de este Financiamiento sobre los pagos a o repartos a los tenedores de las acciones representativas del capital de la Compañía. En caso de que los activos de la Compañía o el producto de la venta de los mismos no sean suficientes
4 para liquidar en su totalidad la Obligación Total, cada uno de los Tenedores recibirá la parte proporcional a prorrata de los mencionados activos o producto de la venta de los mismos. Cambio en el Control: Consejo de Administración: Indemnización Obligaciones de no hacer: En caso de presentarse una fusión o consolidación de la Compañía como resultado de la cual sus accionistas no conserven una mayoría para el ejercicio del voto en la compañía absorbente, o en el supuesto de una venta de la totalidad o parte sustancial de los activos de la misma (incluyendo el derecho exclusivo de otorgar licencia para el uso de la propiedad intelectual de la Compañía), el remanente de la Obligación adeudado a los Tenedores del Dividendo a la Vista vencerá y será exigible y pagadero de inmediato antes de o al momento preciso del cierre de tal fusión, consolidación o venta. Los Tenedores tendrán el derecho de designar a un miembro del Consejo de Administración de la Compañía. El Consejo sesionará trimestralmente hasta que el Consejo determine en otro sentido por unanimidad. La Compañía indemnizará a los miembros del Consejo al grado máximo permitido por la ley. En tanto existan obligaciones de pago insolutas con respecto al Dividendo a la Vista, la Compañía se abstendrá, a menos que cuente con el consentimiento de los Tenedores que representen la mayoría de los intereses sobre el crédito de: (i) (ii) (iii) entrar en liquidación, disolución o cierre de operaciones y negocios de la Compañía, o llevar a cabo un Evento para Efectos de Liquidación (Deemed Liquidation Event) (tal y como éste se define en el Certificado de Incorporación de la Compañía), o consentir en que se lleven a cabo cualquiera de las anteriores; (ii) enmendar, modificar o revocar cualquier disposición del Certificado de Incorporación o Estatutos de la Compañía; (iii) crear o autorizar la creación de, o emitir u obligarse a emitir acciones de, o cualquier otro título accionario convertible en o ejercitable por, cualquier título accionario con derechos preferentes o de prelación superiores o iguales a los del Dividendo a la Vista; (iv) reclasificar, alterar o modificar cualquier obligación vigente cuyo derecho de prelación sea inferior o igual al del Dividendo a la Vista, si como resultado de tal reclasificación, alteración o
5 modificación la otra obligación gozaría de un derecho de prelación superior o igual al del Dividendo a la Vista; (v) (vi) (vii) (viii) (ix) (x) incurrir en cualquier deuda cuya prelación en el pago sea superior a o igual a la del Dividendo a la Vista, en caso de que el principal total de de tales obligaciones en conjunto exceda de 10% del monto del principal total inicial del Dividendo a la Vista; comprar o amortizar o pagar cualquier dividendo sobre cualesquier acciones de capital antes de la liquidación total del Dividendo a la Vista, diferentes de acciones readquiridas de exempleados o consultores como resultado de la terminación de la relación laboral y/o de sus servicios, a precio justo de mercado o al costo, de éstos el más bajo; (vii) crear o participar en el capital accionario de cualquier subsidiaria que no sea una subsidiaria totalmente controlada o disponer del capital accionario de una subsidiaria o de la totalidad o casi la totalidad de los activos de la subsidiaria; fusionarse o consolidarse con otra corporación en la cual los tenedores de las acciones con derecho a voto de la Compañía sean titulares, justo antes de las transacciones, del 50% o menos de las acciones con derecho a voto de la corporación absorbente; vender, otorgar licencia de uso, gravar o disponer de la totalidad o casi la totalidad de los activos, tecnología o propiedad intelectual de la Compañía, o incrementar o disminuir el tamaño del Consejo de Administración. Caso de Incumplimiento: Serán Casos de Incumplimiento los siguientes: (i) que los ingresos reales o el Flujo de Efectivo Libre sean inferiores por más de 40% a lo contemplado en el Plan de Negocios (o en la Prórroga del Plan de Negocios, según corresponda), calculados en forma trimestral, (ii) que la Compañía reconozca por escrito su incapacidad general para cumplir con sus obligaciones al vencimiento de éstas; (iii) que la Compañía lleve a cabo una cesión general a favor de la totalidad o cualquiera de sus acreedores;
6 (iv) que la Compañía inicie por sí misma o sea la causa de que se inicie en contra de sí un procedimiento para su disolución o liquidación, o (v) que la Compañía inicie cualquier procedimiento por el que se pretenda su liquidación, reorganización u otro recurso con respecto a sí misma o su adeudos en los términos de cualquier ley de quiebra, insolvencia o ley similar; (vi) que la Compañía incumpla con cualesquier pactos asumidos contenidos en la documentación definitiva del Dividendo a la Vista, o (vii) que se presente un caso de fuerza mayor que impida a la Compañía llevar a cabo operaciones en el curso normal de los negocios. Al presentarse un Caso de Incumplimiento del cual los Tenedores no tengan conocimiento, la Compañía deberá notificarles dicho Caso de Incumplimiento dentro del lapso de 3 días contados a partir de que se presente. Los Tenedores, a su vez, notificarán a la Compañía que ésta se encuentra en incumplimiento y le otorgarán un plazo de 30 días para subsanarlo. En caso de que la Compañía sea incapaz de subsanarlo, la Obligación Total remanente adeudada en los términos del Dividendo a la Vista vencerá y será exigible y pagadera de inmediato. Derechos a la Información: Derechos de Participación: La Compañía entregará a los Tenedores estados financieros trimestrales no auditados dentro del término de 30 días posteriores al cierre del trimestre, a menos que se acuerde otra cosa, y estados financieros anuales auditados (o no auditados, al exclusivo criterio del Consejo de Administración de la Compañía) que serán presentados dentro de un término de 180 días posteriores al cierre del ejercicio fiscal. Cualesquier discrepancias que generen una variación en el pago al Tenedor que tengan su origen en la inexactitud de los estados financieros deberán serle rembolsadas a éste dentro de un término de 30 días. La Compañía también proporcionará a los Tenedores un ejemplar del plan anual de operaciones dentro de un término que no deberá de exceder los 30 días previos al inicio del ejercicio fiscal. Cada Tenedor en lo individual gozará de los derechos normales de examen e inspección, incluyendo el derecho a exigir estados financieros auditados, por cuenta y cargo del Tenedor de que se trate, siempre que la auditoría correspondiente no represente una carga excesiva para la Compañía ni interrumpa el curso normal de los negocios. Adicionalmente, un Tenedor podrá exigir examinar los estados de cuenta bancarios debidamente certificados por el banco con el cual la Compañía tiene su cuenta corriente, en la inteligencia, sin embargo, de que la Compañía no estará obligada a proporcionar los mencionados estados de cuenta con una frecuencia que exceda de una vez cada período de 30 días. Los Tenedores tendrán derecho a participar en cualquier financiación subsecuente siempre que el Dividendo a la Vista,
7 como éste se define con anterioridad, no sea liquidado al término del financiamiento anterior. Los Tenedores tendrán el derecho de comprar un monto de los títulos emitidos para dicho financiamiento equivalente a tres veces la Obligación Total remanente insoluta al cierre de la financiación subsecuente. Para despejar dudas, si la participación total de un Tenedor en la Obligación Total al inicio del Dividendo a la Vista fue de $100,000, y ésta ha rembolsado a dicho Tenedor $50,000, y la Compañía asume una financiación adicional, tal Tenedor tendrá derecho a comprar una participación de hasta $150,000 (3 x ($100,000 - $50,000)). Será elección de los Tenedores el participar en cualquier financiación subsecuente. Convenio de Compra: Modificaciones: La inversión se documentará mediante un Convenio para el Pago de una Obligación de un Dividendo a la Vista razonablemente aceptable tanto para la Compañía como para los Tenedores, en el cual se estipularán, entre otras cosas, las declaraciones y garantías apropiadas otorgadas por la Compañía, los pactos asumidos por ésta que reflejen las disposiciones contempladas en el presente instrumento y disposiciones apropiadas para el cierre, incluyendo las conclusión de las debidas auditorías jurídica y financiera y de empresa. Las modificaciones y renuncias a los documentos definitivos del Dividendo a la Vista (incluyendo cualquier convenio o modificación a una Prórroga del Plan de Negocios) requerirá del consentimiento por escrito de los Tenedores que representen la mayoría de los intereses sobre el crédito, salvo que ninguna modificación o renuncia podrá afectar adversamente a cualquier Tenedor sin el consentimiento de éste, a menos que tal modificación o renuncia sea aplicable a todos los Tenedores por igual. Disposiciones Varias Moneda: Transmisión de Derechos: Ninguna comisión por mediación comercial: Todos los pagos a los Tenedores deberán ser en Dólares de los Estados Unidos de América. La Compañía tomará las medidas que sean razonables para garantizar que los pagos a los Tenedores cumplan con tanto las leyes locales como las de los Estados Unidos. Cualesquier derechos otorgados a los Tenedores podrán ser transmitidos a (i) cualquier socio o socio retirado de cualquier Tenedor que sea una sociedad de personas, (ii) a cualquier miembro o ex miembro de una compañía de responsabilidad limitada, (iii) cualquier familiar o fideicomiso establecido a favor de cualquier Tenedor en lo individual; o (iv) cualquier fondo de inversión filial de un Tenedor; en la inteligencia, sin embargo, que se deberá notificar a la Compañía tal transmisión por escrito, estando sujeta tal transmisión a la regulación aplicable en materia de valores. Los Tenedores y la Compañía convienen en que la Compañía no pagará comisión alguna a ningún mediador comercial o
8 intermediario en relación con esta financiación, incluyendo pagos efectuados por concepto de equivalentes de efectivo, y que cualesquiera de tales comisiones pagadas por un Tenedor serán adicionales a la cantidad invertida por tal Tenedor en la financiación y no serán rembolsadas por la Compañía. Condiciones Suspensivas previas al otorgamiento de la Financiación: Estos Términos y Condiciones constituyen un documento novinculante en el que se plasma la voluntad actual de las partes que en él intervienen. El cierre de la transacción que en el presente se contempla está sujeto a la aprobación de cada uno de los Tenedores y a la satisfacción de los requerimientos de auditoría debida de los Tenedores, incluyendo las auditorías financiera y jurídica, y a la suscripción de convenios definitivos mutuamente aceptables que contengan las disposiciones adicionales acostumbradas en transacciones de este tipo. [A CONTINUACIÓN LA PÁGINA DE FIRMAS]
9 EN TESTIMONIO DE LO CUAL las partes suscriben estos Términos y Condiciones en la fecha asentada a continuación: Convenido y aceptado: Marzo 2014 Por: Nombre: Cargo: Fecha: Convenido y aceptado: MUESTRA Por: Nombre: Cargo: Fecha:
10 Anexo A Plan de Negocios aprobado incluyendo estados proforma estimados de resultados y de flujo de caja para X años.
11 Cuál es la denominación legal de la compañía que recibe la financiación? De qué tipo de entidad y cuál es la jurisdicción de constitución de la empresa que recibirá la financiación, por ejemplo: una corporación de Delaware o una Compañía de Responsabilidad Limitada (LLC) de California? Cuál es la denominación legal del inversor o fondo de inversión que firma estos Términos y Condiciones? Cuál es el monto máximo que se obtendrá mediante este mecanismo de financiación? Cuál es la fecha esperada para el Cierre de la transacción? Cuál es el término máximo, en meses, de esta financiación? A cuánto asciende el retorno máximo para el inversor, expresado como múltiplo del monto invertido? (Rango: uno a tres) Cuál es la tasa anual de interés devengado sobre el principal insoluto? Cuántos meses tienen que transcurrir a partir del cierre para que inicien los pagos del Dividendo a la Vista? Qué porcentaje del Flujo de Efectivo Libre será utilizado para efectuar pagos a los tenedores del Dividendo a la Vista ya transcurrido el Período de Gracia? Qué déficit en porcentaje del Flujo de Efectivo Libre con respecto al estimado en el Plan de Negocios detona un Caso de Incumplimiento?(Rango estimado: 40% - 60%) Cuál es el plazo otorgado a la compañía para subsanar un incumplimiento antes de que el Dividendo a la Vista venza anticipadamente? (Rango estimado 5 30 días) Desea usted que los inversores llenen y firmen un cuestionario para el inversor? Puede el Dividendo a la Vista ser convertido a acciones ordinarias de la Compañía? Tendrá el inversor un derecho de compra preferente de acciones si el Dividendo a la Vista es reemplazado por un nuevo Dividendo a la Vista? Se devengan intereses durante el Período de Gracia? Sí No Sí No Sí No Sí No
2. El accionista no deberá tener derecho para exigir el pago de dividendos anticipadamente. 3. Deberá haberse estipulado previamente en los estatutos
(164) ANEXO 1-R CONDICIONES PARA CONSIDERAR A LOS TÍTULOS REPRESENTATIVOS DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS INSTITUCIONES Y A LOS INSTRUMENTOS DE CAPITAL COMO PARTE DEL CAPITAL BÁSICO NO FUNDAMENTAL Las Instituciones
Más detallesTERMINOS COMERCIALES
TERMINOS COMERCIALES DEFINICIONES ITW POLYMEX S. de R.L. de C.V. en adelante EL Vendedor es quien oferta los productos; El Cliente es la entidad que adquiere los productos. Producto se refiere a los artículos
Más detallesDe conformidad con el informe formulado por el Consejo de Administración en virtud de lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital
Autorización al Consejo de Administración para la emisión de valores de renta fija convertibles o canjeables por acciones, con expresa facultad de exclusión del derecho de suscripción preferente y consiguiente
Más detallesII.2 Valoración de Instrumentos de Renta Variable Nacionales y Extranjeros
Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro IV, Título III, Capítulo II Valoración de Instrumentos, Operaciones y Contratos Nacionales y Extranjeros de los Fondos de Pensiones II.2 Valoración
Más detallesRECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO II REQUISITOS MÍNIMOS DE LIQUIDEZ Y RELACIONES TÉCNICAS
RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO II REQUISITOS MÍNIMOS DE LIQUIDEZ Y RELACIONES TÉCNICAS PARTE PRIMERA: REQUISITOS MÍNIMOS DE LIQUIDEZ TÍTULO I - NORMAS GENERALES
Más detallesNIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES
NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES OBJETIVO Establecer los criterios de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de las otras inversiones permanentes del Banco.
Más detallesNORMAS PRUDENCIALES PARA LA SUPERVISIÓN DE FINANCIERA NICARAGÜENSE DE INVERSIONES, S.A. (FNI, S.A.) (CD-SIB-146-1-3-FEB9-2001)
NORMAS PRUDENCIALES PARA LA SUPERVISIÓN DE FINANCIERA NICARAGÜENSE DE INVERSIONES, S.A. (FNI, S.A.) (CD-SIB-146-1-3-FEB9-2001) I. INTRODUCCIÓN FNI, S.A., en su rol de banco de segundo piso, tiene como
Más detallesCONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR:
CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CLÁUSULA PRIMERA: EL PRESTATARIO que suscribe declara que ha recibido en este acto de MERCANTIL FINANCIADORA DE PRIMAS, C. A., en lo sucesivo
Más detallesCAPITULO 2 CONCEPTOS, DEFINICIONES Y CASOS ESPECIALES DE REGISTRO
CAPITULO 2 CONCEPTOS, DEFINICIONES Y CASOS ESPECIALES DE REGISTRO 2.1 Residencia económica La residencia permite identificar las transacciones entre residentes y no residentes. Un agente es residente de
Más detallesContribuyentes. 1.- A qué se refiere el beneficio de la letra A) del Artículo 57 bis de la Ley de la Renta
INCENTIVOS AL AHORRO (ART. 57 BIS, LETRA A, LEY DE LA RENTA) Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo
Más detallesTEMARIO 8 DE PROCESO CONTABLE Sesión 8. Valuación del Pasivo y Capital Contable
TEMARIO 8 DE PROCESO CONTABLE Sesión 8. Valuación del Pasivo y Capital Contable 8.1. Valuación del Pasivo En consideración a que también el pasivo lo constituyen deudas y obligaciones de distinta naturaleza
Más detallesMERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A.
Entre, MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A., RIF J003003840, sociedad mercantil de este domicilio e inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal
Más detallesCOMPRANDO MIS COMPAÑÍAS. Bienvenido al mundo de las acciones Indicadores
COMPRANDO MIS COMPAÑÍAS Bienvenido al mundo de las acciones Indicadores Esto es lo que aprenderás en este video: - Mercado primario y secundario de las acciones. - Tipos de acciones. - Derechos de los
Más detallesI. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO
COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES
Más detallesLIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO
LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO TITULO I.- DE LA CONSTITUCIÓN CAPITULO VII.- CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y OPERACIONES DE LAS CORPORACIONES DE DESARROLLO
Más detallesIngeniería Financiera Acciones Preferentes
Ingeniería Financiera Acciones Preferentes GLOSARIO LGS.- Ley General de Sociedades. Economía.- Ciencia que estudia los recursos, la creación de riqueza y la producción, distribución y consumo de bienes
Más detallesCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO APLICABLE AL SERVICIO DE TRANSPORTE EN BASE FIRME QUE OFRECE GASODUCTO BAJANORTE, S. DE R.L. DE C.V. BAJO LA LISTA DE TARIFAS EL PRESENTE CONTRATO lo celebran el día
Más detallesCONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013.
1.- COBERTURA ARTICULO Nº 1: CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013. En virtud de este plan de Seguro de Desgravamen, la compañía aseguradora
Más detallescontabilidad Autor: Carlos Barroso Rodríguez Director de Práctica Profesional de Auditoría de KPMG
contabilidad Autor: Carlos Barroso Rodríguez Director de Práctica Profesional de Auditoría de KPMG Principios de liquidación: el gran desconocido de la contabilidad española En una de sus últimas consultas,
Más detallesPAGARE EXPORTADORES (Dólares de los Estados Unidos de América)
PAGARE EXPORTADORES (Dólares de los Estados Unidos de América) D7 Debo y pagaré (Debemos y pagaremos) solidaria e incondicionalmente, el de del año a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº de
Más detallesBOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V.
CLAVE DE COTIZACIÓN: ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA TRIMESTRE: 2 AÑO: 215 REF AL 3 DE JUNIO DE 215 Y 31 DE DICIEMBRE DE 214 CUENTA / SUBCUENTA CIERRE PERIODO ACTUAL CIERRE AÑO ANTERIOR IMPORTE IMPORTE
Más detallesCorretaje, Sociedades Administradoras y Compañías Inversoras Página 1
INTRODUCCION MANUAL DE Página 1 Esta sección se refiere eclusivamente al Corretaje, Sociedades Administradoras de Entidades de Inversión Colectiva y las sujetas al control de la. El Corretaje, Sociedades
Más detalles8.- Tabla de desarrollo de los mutuos.
Capítulo 8-4 Pág. 4 8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Las instituciones acreedoras deberán protocolizar en una Notaría las tablas de desarrollo de los mutuos hipotecarios de que se trata y dejar constancia,
Más detallesGUÍA DE APLICACIÓN NIC 33: GANANCIAS POR ACCIÓN
GUÍA DE APLICACIÓN NIC 33: GANANCIAS POR ACCIÓN www.consultasifrs.com 2014 www.consultasifrs.com 1 ConsultasIFRS es una firma online de asesoramiento en IFRS. GUÍA DE APLICACIÓN NIC 33 Ganancias por acción
Más detallesCONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA; DECRETA: NÚMERO 642.- ARTÍCULO 1. Se autoriza al Estado de Coahuila de Zaragoza, por conducto del titular del Poder Ejecutivo
Más detallesREGLAMENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DE ASISTENCIA AID-515-0236 LÍNEA DE CRÉDITO N 2A
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA REGLAMENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DE ASISTENCIA AID-515-0236 LÍNEA DE CRÉDITO N 2A APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA EN LA SESIÓN
Más detallesPROPUESTA. A) Dejar sin efecto, en la parte no utilizada, el acuerdo undécimo de la Junta General de Accionistas celebrada el 25 de Junio de 2004.
Decimosegundo.- Delegación en el Consejo de Administración de la facultad de emitir valores de renta fija, tanto simples como canjeables por acciones en circulación de la Sociedad y/o convertibles en acciones
Más detallesAtendiendo al principio de importancia relativa, se detallan las notas mínimas que son de aplicación para dicha Sociedad.
POPULAR CAPITAL, S.A. Atendiendo al principio de importancia relativa, se detallan las notas mínimas que son de aplicación para dicha Sociedad. 1. Naturaleza de la institución La entidad se constituyó
Más detallesNIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS
NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS OBJETIVO Establecer los criterios de presentación y revelación relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros
Más detallesANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026
ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., QUE PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA SE DENOMINA LA COMPAÑÍA, CON
Más detallesFORMULARIO RC RELATIVO A LOS REQUERIMIENTOS DE CAPITALIZACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO (vigente a partir de 1 abril del 2015)
FORMULARIO RC RELATIVO A LOS REQUERIMIENTOS DE CAPITALIZACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO (vigente a partir de 1 abril del 2015) Contenido Ayudas Genéricas... 3 I. FUNDAMENTO LEGAL DEL REQUERIMIENTO
Más detallesFONDOS DE INVERSION ABIERTOS EN CHILE
FONDOS DE INVERSION ABIERTOS EN CHILE Por Sra. Vivianne Rodríguez Bravo, Jefe de División Control Intermediarios de Valores Los fondos de inversión abiertos en Chile (fondos mutuos) se definen de acuerdo
Más detallesA.M. BEST COMPANY, INC. POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS. Asunto: Informes financieros y registros de contabilidad exigidos, conflictos prohibidos
A.M. BEST COMPANY, INC. POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS Número: C-30 Asunto: Informes financieros y registros de contabilidad exigidos, conflictos prohibidos Fecha de vigencia: 22/06/07 Fecha de revisión: 10/04/09
Más detallesDisposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007
Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007 México, D.F., a 29 de noviembre de 2007. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, SOCIEDADES FINANCIERAS DE
Más detallesNORMA DE CONTABILIDAD N 11 INFORMACION ESENCIAL REQUERIDA PARA UNA ADECUADA EXPOSICION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
INTRODUCCION NORMA DE CONTABILIDAD N 11 INFORMACION ESENCIAL REQUERIDA PARA UNA ADECUADA EXPOSICION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS La presente Norma de Contabilidad se refiere a la información mínima necesaria
Más detallesCOMPRAVENTA DE DIVISAS A FUTURO Y SWAPS EN EL MERCADO LOCAL. I.- NORMAS GENERALES.
CAPITULO 13-2 (Bancos) MATERIA: COMPRAVENTA DE DIVISAS A FUTURO Y SWAPS EN EL MERCADO LOCAL. I.- NORMAS GENERALES. 1.- Operaciones a futuro (Forward) y Swaps de monedas. Las operaciones a futuro que los
Más detallesPAGARÉ PERSONA NATURAL O PERSONA JURÍDICA VERSIÓN 6 FECHA: 14-11-2014
(1) Fecha:.. (2) Valor: $... (3) Vence: Deudor(es) y declaro(mos) que adeudo(damos) y pagaré(mos) solidaria, incondicional e indivisiblemente a la orden y en las oficinas del BANCO WWB S.A., domiciliado
Más detallesVALORACIÓN AL CIERRE. Coste amortizado.
VALORACION Y DETERIORO DE INVERSIONES FINANCIERAS. CUADROS SINOPTICOS. 1. PRÉSTAMOS Y PARTIDAS A COBRAR Valoración de los préstamos y partidas cobrar AL Mantenerlos hasta el vencimiento Valor razonable.(precio
Más detallesLEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios
LEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios Artículo primero.- Apruébase la siguiente ley de reprogramación de créditos universitarios: (2) Artículo 1º.- Los deudores de los Fondos Solidarios
Más detallesCOLOCACIÓN DE TÍTULOS VALORES DE DEUDA Y OBTENCIÓN DE LÍNEAS DE CRÉDITO DEL EXTERIOR
DEUDA Y OBTENCIÓN DE LÍNEAS DE CRÉDITO DEL EXTERIOR -Última comunicación incorporada: A 5 - Texto ordenado al /0 /201 TEXTO ORDENADO DE LAS NORMAS SOBRE DEUDA Y OBTENCIÓN DE LÍNEAS DE CRÉDITO DEL EXTERIOR
Más detallesLEY Nº 18.657 (1) AUTORIZA CREACION DE FONDO DE INVERSION DE CAPITAL EXTRANJERO TITULO I
LEY Nº 18.657 (1) AUTORIZA CREACION DE FONDO DE INVERSION DE CAPITAL EXTRANJERO TITULO I De los Fondos de Inversión de Capital Extranjero y de su Administración Artículo 1º. Podrán acogerse a las disposiciones
Más detallesI. DISPOSICIONES GENERALES
POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los
Más detallesUnidad 2. Cuentas de orden
Unidad 2. Cuentas de orden 2.1. Objetivo El objetivo principal de las cuentas de orden es llevar a cabo los registros sin afectar la situación financiera de la entidad y se emplean con fines de recordatorio
Más detallesSÍNTESIS INFORMATIVA Nº 29/2002 (31.07.02) (Draft sujeto a revisión) ACEPTACIONES BANCARIAS
SÍNTESIS INFORMATIVA Nº 29/2002 (31.07.02) (Draft sujeto a revisión) ACEPTACIONES BANCARIAS DEPARTAMENTO DE DERECHO BANCARIO Y FINANCIERO Y DE MERCADO DE CAPITALES. Con fecha 13.03.02 el BCRA emitió la
Más detallesQué es el Fondo de Seguro de Depósito?
Qué es el Fondo de Seguro de Depósito? El FSD es una institución cuyo objetivo es proteger a los depositantes en caso la institución financiera miembro de FSD donde mantiene su depósitos quiebre. El Fondo
Más detallesLIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO
LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO TITULO XVII.- DE LA REGULARIZACION DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO CAPITULO I.- DEL PRESTAMO
Más detallesBOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. INFORMACIÓN DE CREDITOS ADQUIRIDOS EN MASA
8 JUL-215 i) Información general de la Emisión a) En los apartados en los que así se requiera, se proporcionará información mensual que se detalla por los últimos 2 o desde la fecha de emisión de los títulos
Más detallesLa NIC 32 acompaña a la NIC 39, instrumentos financieros: reconocimiento y medición.
Como clausura del Quinto Curso de la Normas Internacionales de Información Financiera a través de fundación CEDDET y el IIMV, se realizó del 30 de octubre al 1 de noviembre de 2012, en Montevideo Uruguay,
Más detallesLey N 20.712 de Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales
www.pwc.cl Ley N 20.712 de Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales Resumen de las principales novedades en materia tributaria Newsletter Enero 2014 Con fecha 7 de enero de 2014, se
Más detallesGARANTÍAS POR INTERMEDIACIÓN EN OPERACIONES ENTRE TERCEROS. -Última comunicación incorporada: A 5034-
GARANTÍAS POR INTERMEDIACIÓN EN OPERACIONES ENTRE TERCEROS -Última comunicación incorporada: A 5034- Texto ordenado al 22/01/2010 TEXTO ORDENADO DE LAS NORMAS SOBRE - Índice - Sección 1. Aceptaciones.
Más detallesNegociación de la Carta de Crédito: corresponde al pago, en cualquier forma, que efectúe CorpBanca cuando la carta de Crédito es la vista.
PAGARE (Acreditivo, Moneda Extranjera) Crédito Documentario Local Nº Cantidad (Moneda y Monto) Debo y pagaré (Debemos y pagaremos), solidaria e incondicionalmente a la orden de CorpBanca, el de del año
Más detallesCONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES CELEBRADO EL DÍA [ ] DE [ ] DE 2012 CELEBRADO ENTRE [ ]
CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES CELEBRADO EL DÍA [ ] DE [ ] DE 2012 CELEBRADO ENTRE [ ] Y CORPORACIÓN INTERAMERICANA DE ENTRETENIMIENTO, S.A.B. DE C.V. CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES Contrato
Más detallesANEXO D FORMULARIO DE PAGO ADELANTADO PARA LA MOVILIZACIÓN DE GARANTÍA CARTA DE CRÉDITO IRREVOCABLE
ANEXO D FORMULARIO DE PAGO ADELANTADO PARA LA MOVILIZACIÓN DE GARANTÍA CARTA DE CRÉDITO IRREVOCABLE Fecha: de 20 Carta de Crédito No. Beneficiario: Ordenante: Autoridad del Canal de Panamá Altos de Balboa
Más detalles[Modelo del Acuerdo Básico de Acciones a Compra o ABACO]
[Modelo del Acuerdo Básico de Acciones a Compra o ABACO] ACUERDO BÁSICO DE ACCIONES A COMPRA ( ABACO ), DE FECHA [ ], QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE [ ] 1, [POR SU PROPIO DERECHO] (EL INVERSIONISTA ), [REPRESENTADA
Más detallesI. Las Instituciones que empleen garantías personales, Seguros de Crédito y derivados de crédito, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
(176) ANEXO 25 REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LAS GARANTÍAS PERSONALES, SEGUROS DE CRÉDITO Y DERIVADOS DE CRÉDITO PARA SER CONSIDERADAS POR LAS INSTITUCIONES, PARA EFECTOS DE LA DETERMINACIÓN DEL REQUERIMIENTO
Más detallesCondiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes
Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes General (1) Estas Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación (en adelante
Más detallesBOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V.
CAPITAL MEXICO, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL DE SOFOM AL 31 DE MARZO DE 2012 Y 2011 CUENTA SUB-CUENTA SUB-SUBCUENTA CUENTA / SUBCUENTA ACTUAL ANTERIOR 10000000 A C T I V O 1,501,127,708 0 10010000 DISPONIBILIDADES
Más detallesAcciones Preferentes.
Acciones Preferentes. (Ley 10/2014, de 26 de junio) Requisitos para la computabilidad de las participaciones preferentes a efectos de la normativa de solvencia y régimen fiscal aplicable a las mismas así
Más detallesBOLSA MEXICANA DE VALORES
06/05/2010 BOLSA MEXICANA DE VALORES INFORMACIÓN FINANCIERA TRIMESTRAL SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE E. NO R. ESTADOS FINANCIEROS Y ANEXOS DEL CUARTO TRIMESTRE DE 2008 Y 2009 DATOS DE LA EMPRESA
Más detallesCiudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009. Señores [ ]
Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009 Señores [ ] Ref.: Otorgamiento de un préstamo con garantía de los Títulos de Deuda a ser emitidos por la Provincia de Córdoba por hasta V/N U$S 150.000.000 bajo el
Más detallesPOLITICA DE NEGOCIACION DE VALORES
POLITICA DE NEGOCIACION DE VALORES (Adoptada por el Consejo de Administración de First Majestic Silver Corp. (la Compañía ) con efecto inmediato el 6 de marzo de 2015) DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA Los directores,
Más detallesEL MERCADO SECUNDARIO
EL MERCADO SECUNDARIO 1. Propósito y visión general Este capítulo describe cómo los préstamos se venden en el mercado secundario y la forma en la que la garantía entra en juego en caso de incumplimiento
Más detallesOBLIGACIONES DE INFORMACIÓN EXIGIDAS POR NORMAS DE LA SVS. Actualizado al 28 de Junio de 2011.
OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN EXIGIDAS POR NORMAS DE LA SVS Actualizado al 28 de Junio de 2011. 1 INFORMACIÓN A SER PRESENTADA DE FORMA ANUAL NCG N 30, Sección II,2.1.A, Circular Nº 1382 del 16 de abril
Más detallesQue la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas DEUDA PUBLICA Resolución 15/2010 Dispónese la emisión de Bonos de Consolidación. Condiciones financieras. Bs. As., 14/1/2010 VISTO el Expediente Nº S01:0531407/2009
Más detallesCONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR
CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR Entre BANCOLOMBIA S.A., establecimiento bancario legalmente constituido con domicilio principal en Medellín, representado en este acto por, identificado con la cédula
Más detallesFONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS PORVENIR ALTERNATIVA ESPECIAL ACCIONES CEMENTOS ARGOS
La Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., en adelante PORVENIR, pone a disposición de sus afiliados al Fondo de Pensiones Voluntarias Porvenir, En adelante el FONDO,
Más detallesADMINISTRACION MONETARIA Y FINANCIERA JUNTA MONETARIA
ADMINISTRACION MONETARIA Y FINANCIERA JUNTA MONETARIA Reglamento de Prestamista de Ultima Instancia Enero, 2004../ REGLAMENTO PRESTAMISTA DE ULTIMA INSTANCIA CAPITULO I OBJETIVO Y ALCANCE DEL REGLAMENTO
Más detallesCOMPARACIÓN CON EL GOBIERNO CORPORATIVO DE LA BOLSA DE VALORES DE NUEVA YORK
COMPARACIÓN CON EL GOBIERNO CORPORATIVO DE LA BOLSA DE VALORES DE NUEVA YORK De conformidad con la sección 303 A.11 del Manual de Compañías Inscritas en la Bolsa de Valores de Nueva York, se nos exige
Más detallesLey 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario
Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Artículo 1.- Los beneficiarios del crédito fiscal universitario establecido en el decreto con fuerza de ley
Más detallesMANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.
MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS
Más detallesBOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. INFORMACIÓN DE CREDITOS ADQUIRIDOS EN MASA
i) Información general de la Emisión a) En los apartados en los que así se requiera, se proporcionará información mensual que se detalla por los últimos 2 o desde la fecha de emisión de los títulos fiduciarios,
Más detallesM. Sc. Guillermo Solórzano Marín 22-6-2010
M. Sc. Guillermo Solórzano Marín 22-6-2010 Determinar el tipo de sociedad necesaria para los objetivos del negocio y el tipo de asociación. Determinar los requisitos de la estructura societaria previa
Más detallesINSTITUTO PARA LA PROTECCION AL AHORRO BANCARIO
64 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 30 de julio de 2007 INSTITUTO PARA LA PROTECCION AL AHORRO BANCARIO REGLAS de carácter general para el tratamiento de cuentas mancomunadas o que tengan más de
Más detallesAbelardo Ramírez R. 2011
Abelardo Ramírez R. 2011 Introducción «Numerosas entidades en el mundo entero, preparan y presentan estados financieros para usuarios externos. Aunque estos estados financieros pueden parecer similares
Más detallesPAGARE (Moneda Nacional No Reajustable Cuotas Desiguales)
PAGARE (Moneda Nacional No Reajustable Cuotas Desiguales) Debo y Pagaré (Debemos y Pagaremos) incondicionalmente a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº comuna de la suma de pesos, moneda chilena,
Más detallesGUÍA PARA EL LLENADO DE FORMULARIOS DE DEUDA EXTERNA PRIVADA
GUÍA PARA EL LLENADO DE FORMULARIOS DE DEUDA EXTERNA PRIVADA FORMULARIOS ESTABLECIDOS EN EL REGLAMENTO PARA EL REGISTRO Y REPORTE DE LA DEUDA EXTERNA PRIVADA (ANEXO NO 9 DE LAS NORMAS FINANCIERAS DEL BANCO
Más detallesRENEGOCIACION DE DEUDAS
Boletín Técnico Nº 27 del Colegio de Contadores RENEGOCIACION DE DEUDAS INTRODUCCION 1. El objetivo de este boletín es establecer los principios de contabilidad que deben seguir los deudores y acreedores
Más detallesDIARIO OFICIAL. AÑO CXXIV. N. 38168. 30, DICIEMBRE, 1987. PAG. 15. DECRETO NUMERO 2514 DE 1987 ( diciembre 30 )
DIARIO OFICIAL. AÑO CXXIV. N. 38168. 30, DICIEMBRE, 1987. PAG. 15. DECRETO NUMERO 2514 DE 1987 ( diciembre 30 ) POR EL CUAL SE MODIFICA EL REGIMEN JURIDICO DE LOS FONDOS MUTUOS DE INVERSION. El Presidente
Más detallesACUERDO POR EL CUAL SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ESTATAL DE DEUDA ESTABLECIDO EN LOS
ACUERDO POR EL CUAL SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ESTATAL DE DEUDA ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULO 36, 37 Y 38 DE LA LEY DE DEUDA PÚBLICA PARA EL ESTADO DE
Más detallesDECLARACION DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD
DECLARACION DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD DPC-12. TRATAMIENTO CONTABLE DE LAS TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA Y TRADUCCION 0 CONVERSION A MONEDA NACIONAL DE OPERACIONES EN EL EXTRANJERO ANTECEDENTES
Más detallesNORMAS DE ENCAJE PARA LAS EMPRESAS BANCARIAS, SOCIEDADES FINANCIERAS Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO
III.A.1-1 NORMAS DE ENCAJE PARA LAS EMPRESAS BANCARIAS, SOCIEDADES FINANCIERAS Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO 1.- Las empresas bancarias, sociedades financieras y las cooperativas de ahorro y crédito
Más detallesNPB3-10 NORMAS TÉCNICAS PARA LAS INVERSIONES DE LAS RESERVAS DE LIQUIDEZ EN EL EXTRANJERO CAPÍTULO I OBJETO Y SUJETOS
TELEFONOS 281-2444, Email: informa@ssf.gob.sv Web:http://www.ssf El Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero, en coordinación con el Banco Central de Reserva de El Salvador, con
Más detallesCada cheque tendrá un código identificatorio, y se le asociarán los siguientes datos:
Reglamento para la Negociación de Cheques de Pago Diferido VISTO: La posibilidad de negociar en las Bolsas de Comercio cheques de pago diferido, conforme lo previsto por el Decreto del Poder Ejecutivo
Más detallesPAGARE (Acreditivo, Pesos)
PAGARE (Acreditivo, Pesos) Crédito Documentario Local Nº Cantidad (Moneda y Monto) Debo y pagaré (Debemos y pagaremos), solidaria e incondicionalmente a la orden de CorpBanca, el de del año en su oficina
Más detallesREPUBLICA DE PANAMA COMISION NACIONAL DE VALORES. Acuerdo No. 09-2006. (de 22 de diciembre de 2006) La Comisión Nacional de Valores
1 REPUBLICA DE PANAMA COMISION NACIONAL DE VALORES Acuerdo No. 09-2006 (de 22 de diciembre de 2006) Por el cual se modifican algunos artículos del Acuerdo No.5-2004 de 23 de julio de 2004, modificado por
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA INFORME A TENEDORES DE BONOS PROPUESTA DE AMORTIZACIÓN ANTICIPADA DE LA EMISIÓN
REPÚBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA INFORME A TENEDORES DE BONOS PROPUESTA DE AMORTIZACIÓN ANTICIPADA DE LA EMISIÓN EMISOR: FIDUCIARIA CORFICOLOMBIANA - FIDEICOMISO PAGARÉS MUNICIPIO
Más detallesUNIDAD 5 ACCIONES CONTABILIZADAS COMO PASIVOS FINANCIEROS. Tema 1 PARTICIPACIONES Y ACCIONES SIN VOTO Tema 2 ACCIONES RESCATABLES
UNIDAD 5 ACCIONES CONTABILIZADAS COMO PASIVOS FINANCIEROS - 1 - UNIDAD 5 ACCIONES CONTABILIZADAS COMO PASIVOS FINANCIEROS Tema 1 PARTICIPACIONES Y ACCIONES SIN VOTO Tema 2 ACCIONES RESCATABLES UNIDAD 5
Más detallesCONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO APLICABLE AL SERVICIO DE TRANSPORTE EN BASE FIRME QUE OFRECE TRANSPORTADORA DE GAS NATURAL DE BAJA CALIFORNIA, S DE R.L. DE C.V. BAJO LA LISTA DE TARIFAS. EL PRESENTE
Más detallesi) Vida residual de los préstamos.
i) Vida residual de los préstamos. El siguiente cuadro muestra la distribución de los préstamos hipotecarios, en función de la vida residual de los mismos, en los siguientes intervalos expresados en meses.
Más detallesSISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN
SISTEMAS DE CONSULTAS Y MONTOS DE OFERTAS DE PENSIÓN La Ley Nº 19.934, vigente a partir del 19 de agosto de 2004, creó un sistema de Consultas y Ofertas de Monto de Pensión, con el propósito que los afiliados
Más detallesEmisión de acciones ordinarias 2013 Preguntas frecuentes
Emisión de acciones ordinarias 2013 Preguntas frecuentes 1. Qué tipo de acciones emitirá Grupo Aval? Las acciones que emitirá Grupo Aval serán acciones ordinarias. 2. Cuántas acciones espera emitir Grupo
Más detallesInforme de los Administradores en relación al punto 5º de Orden del Día
Informe de los Administradores en relación al punto 5º de Orden del Día (Delegación en el Consejo de Administración por el plazo de cinco años de la facultad de emitir obligaciones, bonos, pagarés y demás
Más detallesAnexo L-1 Modelo de Fianza y Codeuda Solidaria
Anexo L-1 Modelo de Fianza y Codeuda Solidaria En [ ciudad], Chile, comparecen, a/ la sociedad [ nombre de la Persona que cumple con la Condición Crediticia Aceptable y que es fiadora y codeudora], representada
Más detallesComparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG
Comparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG Condiciones Generales previas (12.2011) Condiciones Generales nuevas (12.2013) Condiciones Generales Las siguientes condiciones
Más detallesCAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 EPÍGRAFE 14º CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS (Créditos, Préstamos, Efectos Financieros, Descubiertos en Cuenta Corriente, Libretas de Ahorro, Excedidos
Más detallesESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO NIF B-2B Aplicable 2008 Material elaborado por: M. en F. Yolanda Leonor Rosado RAZONES PARA EMITIR LA NIF B-2 Establecer como obligatoria la emisión del estado de flujos de
Más detallesAFIANZADORA SOFIMEX, S.A. NOTAS DE REVELACIÓN A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras en pesos)
AFIANZADORA SOFIMEX, S.A. NOTAS DE REVELACIÓN A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras en pesos) APARTADO 1 ------------------------------------------------------------------
Más detallesESTRUCTURADORES DEL MERCADO DE VALORES CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 30 DE JUNIO DE 2013
ESTRUCTURADORES DEL MERCADO DE VALORES CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 30 DE JUNIO DE (Cifras en millones de pesos, excepto cuando se indica) 1. ACTIVIDADES PRINCIPALES Estructuradores
Más detallesACUERDO SUGESE 05-13
CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO CONASSIF ACUERDO SUGESE 05-13 REGLAMENTO SOBRE SEGUROS COLECTIVOS Actualizado al 1 de diciembre de 2014. APROBADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN
Más detalles