Boletín oficial de la Provincia de valladolid

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1 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 1 SUMARIO I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO COMISARÍA DE AGUAS. Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico. Información pública en expediente CP-1270/2016-VA de solicitud de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas en el término municipal de Rubí de Bracamonte Página 5 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO COMISARÍA DE AGUAS. Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico. Información pública en expediente MC/CP- 2050/2016-ZA de modificación de características de concesión de aguas subterráneas en los términos municipales de Villalonso (Zamora) y Benafarces (Valladolid) Página 7 cve: BOPVA-S Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO COMISARÍA DE AGUAS. Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico. Información pública en expediente MC/CP- 730/2017-VA de solicitud de concesión de modificación de características de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas en el término municipal de Villalar de los Comuneros Página 9 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO DIRECCIÓN TÉCNICA. Información Pública valores Tarifas de Utilización del Agua Junta de Explotación del Esla-Valderaduey Campaña 2017 Página 11

2 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 2 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID ASESORÍA JURÍDICA GENERAL. Asesoría Jurídica. Aprobación provisional del reglamento regulador del Consejo Municipal de las Mujeres. Página 13 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID ASESORÍA JURÍDICA GENERAL. ASESORÍA JURÍDICA. Aprobación provisional de la ordenanza municipal de Protección del Medio Urbano. Página 14 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID ASESORÍA JURÍDICA GENERAL. Asesoría Jurídica. Aprobación provisional de la ordenanza reguladora del Área Territorial de Prestación Conjunta de Valladolid y su Entorno para los Servicios de Transporte Público de Viajeros en Autotaxi Página 15 AYUNTAMIENTO DE ALAEJOS Anuncio de licitación para contratar el arrendamiento del prado municipal Carrealvar Página 16 AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN Bases Reguladoras de la Convocatoria de Ayudas Económicas para la Adquisición de Material Escolar para el Curso Página 18 cve: BOPVA-S Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN Convocatoria de subvención para el alquiler de naves y locales para emprendedores de Aldeamayor de San Martín, Página 20 AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN Convocatoria de subvención a la creación de empresas y apertura de nuevos centros de trabajo en Aldeamayor de San Martín, Página 22 AYUNTAMIENTO DE CAMPASPERO Acuerdo por el que se establece la imposición y ordenación de contribuciones especiales para la financiación de la obra pavimentación de diversas calles. Expdiente 168/2017. Página 24

3 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 3 AYUNTAMIENTO DE CASTROMEMBIBRE Acuerdo por el que se establece la imposición y ordenación de contribuciones especiales para la financiación de las obras de Pavimentación de travesía y calle Caballeros, travesía Carretera y tramo final calles Dieciocho de Julio y Palacios. Página 25 AYUNTAMIENTO DE CIGALES Convocatoria para ocupar el cargo de Juez de Paz titular. Página 26 AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR Expediente de Modificacion al Presupuesto de gastos nº 14/2017 por suplementos de créditos Página 27 AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO ALCALDÍA. Convocatoria de Becas al Estudio para Jóvenes empadronados en Laguna de Duero, que cursen estudios postobligatorios durante el Curso Escolar Página 28 AYUNTAMIENTO DE OLIVARES DE DUERO Aprobación provisional de la modificación de varias ordenanzas fiscales. Página 29 cve: BOPVA-S Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 AYUNTAMIENTO DE PEDRAJA DE PORTILLO (LA) Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal número 15 reguladora del incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Página 30 AYUNTAMIENTO DE SANTIBAÑEZ DE VALCORBA Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria número 3/2017 por suplemento de créditos. Página 32 AYUNTAMIENTO DE SANTOVENIA DE PISUERGA Corrección de errores en el anuncio publicado en el Boletín de fecha 13 de septiembre de 2017, relativo a aprobación definitiva modificación ordenanza fiscal número 8 Página 33 AYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO SECRETARIA. Anuncio de licitación para subastar la adjudicación de los aprovechamientos de fruto para la campaña Página 34

4 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 4 IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1 Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número 141/2017. Página 36 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2 Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número 138/2017 Página 38 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2 Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número 130/2017. Página 39 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2 Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número 129/2017 Página 40 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2 Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número 44/2017 Página 42 cve: BOPVA-S Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2 Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número 81/2017 Página 43 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2 Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número 149/2017 Página 45 OTROS JUZGADOS TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID. Sección 1 de lo Social. Notificación en procedimiento recurso de suplicación número 558/2017 Página 48

5 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 5 I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO COMISARÍA DE AGUAS Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico Informacion pública D. ANTONIO MARTINEZ OLIVARES ( P) y Dª. MARTA MARIA DEL SOCORRO GAONA PEREZ ( B), solicitan de la Confederación Hidrográfica del Duero, una concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, ya autorizado a favor de Dª. Isabel Alonso Gómez mediante inscripción de un aprovechamiento temporal de Aguas subterráneas en el Catálogo de Aguas (Disposición transitoria 4ª), expediente de referencia PCVA138024, en el término municipal de Rubí de Bracamonte (Valladolid), con destino a riego de 20 ha, un caudal máximo instantáneo de 36 l/s y un volumen máximo anual de m3 Con la concesión solicitada se pretende modificar el aprovechamiento mencionado anteriormente a favor de los solicitantes, así como aumentar la superficie de riego hasta 26,89 ha, de las cuales 3,57 ha son de viñedo con riego por goteo y 23,32 ha de riego bajo pivot, disminuyendo el caudal y volumen concesional. cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 5 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO Las obras descritas en la documentación presentada son las siguientes: -Sondeo de 120 m de profundidad y 400 mm de diámetro, situado en la parcela del polígono 2, paraje de Pozuelos, en el término municipal de Rubí de Bracamonte (Valladolid). -La finalidad del aprovechamiento es para el siguiente uso: riego de una superficie de 26,89 ha (3,57 ha de viñedo con riego por goteo y 23,32 ha de riego bajo pivot), en la siguiente parcela: PARCELA POLIGONO TÉRMINO MUNICIPAL PROVINCIA SUPERFICIE DE RIEGO Rubí de Bracamonte Valladolid 26,89 ha -El caudal máximo instantáneo solicitado es de 13,89 l/s. -El volúmen máximo anual solicitado es de ,5 m3/año, siendo el método de extracción utilizado un grupo de bombeo de 40 C.V. de potencia. -Las aguas captadas se prevén tomar de la Masa de agua subterránea Medina del Campo (DU ). Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento

6 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 6 del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de UN MES contado tanto a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, como de su exposición en el lugar acostumbrado del Ayuntamiento de Rubí de Bracamonte (Valladolid), puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, en el Ayuntamiento de Rubí de Bracamonte (Valladolid), en la oficina de la Confederación Hidrográfica del Duero en C/ Muro, 5 de Valladolid, donde puede consultarse el expediente de referencia CP- 1270/2016-VA (ALBERCA-INY), o en el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Valladolid, 5 de julio de El Jefe de Área de Gestión del D.P.H. -Fdo.:Rogelio Anta Otorel. cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 6 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

7 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 7 I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO COMISARÍA DE AGUAS Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico Información pública. D. EULOGIO GAMAZO GAMAZO ( X), D. ANIBAL GAMAZO ALONSO ( L) y Dª. EUGENIA GAMAZO ALONSO ( S) solicitan de la Confederación Hidrográfica del Duero, una modificación de características de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, ya otorgado a a favor de los mismos, expediente de referencia CP-981/2011-ZA, en el término municipal de Villalonso (Zamora), con destino a riego de 24,864 ha, un caudal máximo instantáneo de 17,40 l/s y un volumen máximo anual de ,80 m3, cuya modificación consiste en aumentar el caudal máximo intantáneo hasta 31,82 l/s, manteniendo invariables el resto de características otorgadas. Las obras realizadas y descritas en la documentación presentada son las siguientes: cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 7 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO -Sondeo existente, de 200 m de profundidad, 350 mm de diámetro entubado y 500 mm de diámetro, situado en la parcela 227 del polígono 1, paraje de Sendero De Rocines, en el término municipal de Villalonso (Zamora). -La finalidad del aprovechamiento es para el siguiente uso: riego de una superficie de 24,864 ha, repartida entre las siguientes parcelas: PARCELA POLIGONO TÉRMINO MUNICIPAL PROVINCIA SUPERFICIE DE RIEGO Villalonso Zamora Benafarces Valladolid ,864 ha.

8 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 8 -El caudal máximo instantáneo solicitado es de 31,82 l/s. -El volúmen máximo anual solicitado es de ,5 m3/año, siendo el método de extracción utilizado un grupo de bombeo de 100 C.V. de potencia. -Las aguas captadas se prevén tomar de la Masa de agua subterránea Tordesillas (DU ). Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de UN MES contado tanto a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora y de la Provincia de Valladolid, como de su exposición en el lugar acostumbrado del Ayuntamiento de Villalonso (Zamora), y del Ayuntamiento de Benafarces (Valladolid), puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, en el Ayuntamiento de Villalonso (Zamora), en el Ayuntamiento de Benafarces (Valladolid), en la oficina de la Confederación Hidrográfica del Duero en Avda. Tres Cruces, 18 de Zamora o en su oficina de C/ Muro, 5 de Valladolid, donde puede consultarse el expediente de referencia MC/CP- 2050/2016-ZA (ALBERCA-INY), o en el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Valladolid, 5 de julio de El Jefe de Área de Gestión del D.P.H. -Fdo.:Rogelio Anta Otorel. cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 8 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

9 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 9 I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO COMISARÍA DE AGUAS Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico Anuncio Información pública D. GAUDENCIO VIDAL GARCIA ( C), solicita de la Confederación Hidrográfica del Duero, una modificación de características de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas ya autorizado a favor de D. Francisco Vidal Casasola, expediente de referencia CP VA, con destino a riego de 15,42 ha en el término municipal de Villalar de los Comuneros (Valladolid), con un caudal máximo instantáneo de 10,13 l/s y un volumen máximo anual de m3. Con la modificación solicitada se pretende realizar la correspondiente transferencia de titularidad a favor del solicitante, así como ampliar la superficie de riego hasta 22,42 ha, aumentando el caudal máximo instantáneo hasta 14,13 l/s y sin aumentar el volumen máximo anual. Las obras realizadas y descritas en la documentación presentada son las siguientes: cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 9 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO -Sondeo existente de 120 m de profundidad, 350 mm de diámetro entubado y 500 mm de diámetro, situado en la parcela 18 del polígono 13, paraje de La Luisa, en el término municipal de Villalar de los Comuneros (Valladolid). -La finalidad del aprovechamiento es para el siguiente uso: riego de una superficie de 22,42 ha, repartida entre las siguientes parcelas: PARCELA POLIGONO TÉRMINO MUNICIPAL PROVINCIA SUPERFICIE DE RIEGO Villalar de los Comuneros Valladolid 22,42 ha El caudal máximo instantáneo solicitado es de 14,13/s. -El volúmen máximo anual solicitado es de m3/año, siendo el método de extracción utilizado un grupo de bombeo de 40 C.V. de potencia. -Las aguas captadas se prevén tomar de la Masa de agua subterránea Tordesillas (DU ). Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11

10 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 10 de abril, a fin de que, en el plazo de UN MES contado tanto a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, como de su exposición en el lugar acostumbrado del Ayuntamiento de Villalar de los Comuneros (Valladolid), puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, en el Ayuntamiento de Villalar de los Comuneros (Valladolid), en la oficina de la Confederación Hidrográfica del Duero en C/ Muro, 5 de Valladolid, donde puede consultarse el expediente de referencia MC/ CP- 730/2017-VA (ALBERCA-INY), o en el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Valladolid, 28 de agosto de El Jefe de Área de Gestión del D.P.H.- Fdo.: Rogelio Anta Otorel. cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 10 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

11 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 11 I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO DIRECCIÓN TÉCNICA TARIFAS DE UTILIZACIÓN DEL AGUA CORRESPONDIENTES A LAS JUNTA DE EXPLOTACIÓN DEL ESLA-VALDERADUEY- AÑO En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo y sucesivos del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por R.D. Legislativo 1/2001 de 20 de Julio, se han calculado las cantidades para obtener la Tarifa, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por R.D. 849/1986 de 11 de abril, estos valores serán incrementados con el Canon de Regulación del río Porma, o con el Canon de Regulación del río Esla (Riaño), según corresponda, o sus correspondientes equivalencias, habiendo resultado los siguientes valores: 12C63 - Canal Alto de los Payuelos Regadíos ,83 / Ha. Abastecimientos ,00 / Litro / seg. Usos Industriales... 11,18 / CV. cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 11 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO Otros usos Industriales ,00 / Litro / seg. Industrias con Refrigeración... 27,96 / Litro / seg. Piscifactorías... 16,77 / Litro / seg. Molinos... 1,12 / Litro / seg. TÉRMINOS MUNICIPALES AFECTADOS MAYORGA, MELGAR DE ABAJO, MELGAR DE ARRIBA, MONASTERIO DE VEGA, SAELICES DE MAYORGA. 12C67 - Riegos Tradicionales del Cea-Valderaduey Regadíos... 16,61 / Ha. Abastecimientos... 89,86 / Litro / seg. Usos Industriales... 1,66 / CV. Otros usos Industriales... 89,86 / Litro / seg. Industrias con Refrigeración... 4,15 / Litro / seg. Piscifactorías... 2,49 / Litro / seg.

12 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 12 Molinos... 0,17 / Litro / seg. TÉRMINOS MUNICIPALES AFECTADOS CASTROBOL, MAYORGA, MELGAR DE ABAJO, MELGAR DE ARRIBA, MONASTERIO DE VEGA, SAELICES DE MAYORGA. CONDICIONES DE APLICACIÓN 1ª.-Estas Tarifas por Ha. y única en cada zona, para toda clase de cultivos, se aplican a toda la superficie incluida dentro de cada una de las zonas regables detalladas, que sea apta para riego y esté dominada por acequias primarias, aunque no se utilice el agua. 2ª.-A estos valores se sumará el valor del Canon correspondiente al tramo de Río al que está asignado dicho canal. 3ª.-En los casos en que la liquidación se efectúe individualmente por parte de la Confederación Hidrográfica del Duero, se establecerá un mínimo de 6,01 por liquidación cuando resulte un valor inferior al aplicar la Tarifa. 4ª.-Las liquidaciones que se practiquen (tarifa + canon) se incrementarán, cuando proceda, con la Tasa por explotación de obras y servicios. 5ª.-Las propuestas de estas Tarifas, han sido presentadas en la Junta de Explotación del Esla-Valderaduey celebrada en León, el día 8 de agosto de cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 12 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO 6ª.-Los estudios y justificaciones de estas Tarifas obra en poder de los representantes de los regantes y pueden examinarse en el Área de Explotación de la Confederación Hidrográfica del Duero. En el cálculo de los mismos se han tenido en cuenta las aportaciones de los fondos europeos a las infraestructuras hidráulicas del Estado en el marco territorial de los programas operativos de Castilla y León (periodos y ) de acuerdo con los criterios establecidos en la resolución de la Presidencia de 14 de septiembre de 2016, corregida por otra de 20 de septiembre de 2016, cuyo contenido íntegro puede consultarse en la página web del organismo ( Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para que durante el plazo de QUINCE (15) días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados pueden presentar, dentro de dicho plazo, las reclamaciones que estimen oportunas en el Registro General de la Confederación Hidrográfica del Duero C/Muro, 5, Valladolid o cualquiera de las Dependencias a que se refiere el Art de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E ). En Valladolid, a 25 de septiembre de El Director Técnico.-Fdo.: Alfredo González González.

13 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 13 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID ASESORÍA JURÍDICA GENERAL Asesoría Jurídica El Ayuntamiento Pleno, en sesión de 7 de septiembre de 2017, acordó la aprobación inicial del Reglamento regulador del Consejo Municipal de las Mujeres Lo que se hace público para general conocimiento, a efectos del trámite de información pública previsto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pudiendo ser presentadas en plazo de treinta días, a contar de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, cuantas recla maciones se estimen procedentes en relación con la aprobación del citado Reglamento, estando de manifiesto el expediente en la Asesoría Jurídica General durante el indicado plazo y el texto del mismo en el tablón oficial de la Sede Electrónica Municipal. A tenor de lo establecido en dicho precepto, en la redacción dada al mismo por la Ley 11/1999, de 21 de abril, en el supuesto de que no se presentaran reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobada la referida normativa. En Valladolid, a 29 de septiembre de El Alcalde.- Fdo.: Oscar Puente Santiago. cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Pág. 13

14 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 14 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID ASESORÍA JURÍDICA GENERAL ASESORÍA JURÍDICA El Ayuntamiento Pleno, en sesión de 7 de septiembre de 2017, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Urbano. Lo que se hace público para general conocimiento, a efectos del trámite de información pública previsto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pudiendo ser presentadas en plazo de treinta días, a contar de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, cuantas recla maciones se estimen procedentes en relación con la aprobación de la citada Ordenanza, estando de manifiesto el expediente en la Asesoría Jurídica General durante el indicado plazo y el texto de la misma en el tablón oficial de la Sede Electrónica Municipal. A tenor de lo establecido en dicho precepto, en la redacción dada al mismo por la Ley 11/1999, de 21 de abril, en el supuesto de que no se presentaran reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobada la referida normativa. En Valladolid, a 29 de septiembre de El Alcalde.- Fdo.: Oscar Puente Santiago. cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Pág. 14

15 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 15 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID ASESORÍA JURÍDICA GENERAL Asesoría Jurídica El Ayuntamiento Pleno, en sesión de 7 de septiembre de 2017, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza reguladora del funcionamiento del Área Territorial de Prestación Conjunta de Valladolid y su entorno, para los Servicios de Transporte Público de Viajeros en Autotaxi. Lo que se hace público para general conocimiento, a efectos del trámite de información pública previsto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pudiendo ser presentadas en plazo de treinta días, a contar de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, cuantas recla maciones se estimen procedentes en relación con la aprobación de la citada Ordenanza, estando de manifiesto el expediente en la Asesoría Jurídica General durante el indicado plazo y el texto de la misma en el tablón oficial de la Sede Electrónica Municipal. A tenor de lo establecido en dicho precepto, en la redacción dada al mismo por la Ley 11/1999, de 21 de abril, en el supuesto de que no se presentaran reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobada la referida normativa. En Valladolid, a 29 de septiembre de El Alcalde.- Fdo.: Oscar Puente Santiago. cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Pág. 15

16 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 16 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALAEJOS De conformidad con el acuerdo plenario de fecha 25 de septiembre de 2017, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del concurso para el arrendamiento del prado Carrealvar, propiedad de este Ayuntamiento, calificado como bien patrimonial, para destinarlo a su aprovechamiento acorde con las prácticas propias del sector por vecinos de Alaejos profesionales en activo del sector agropecuario, a fin de promover y favorecer la sostenibilidad de la actividad de este sector en el Municipio, conforme a los siguientes datos: 1.-Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de la información: a)-organismo: Ayuntamiento de Alaejos. b)-dependencia que tramita el expediente: Secretaría. c)-obtención de documentación e información: 1.Dependencia: Secretaría. 2.Domicilio: Plaza Mayor, 1 3.Localidad y Código Postal: Alaejos, Teléfono: Telefax: Correo electrónico: ayto.alaejos@dip-valladolid.es 7.Dirección de internet del Perfil de Contratante: BusquedaLicitacionesDefault.action?idEntidad=3 8.Fecha límite de obtención de documentación e información: Último día del plazo de presentación de ofertas d)-número de expediente: 142/2017 cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 Pág. 16 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE ALAEJOS 2.-Objeto del contrato. a)-tipo: Arrendamiento. b)-descripción del objeto: Arrendamiento del prado Carrealvar, propiedad de este Ayuntamiento, calificado como bien patrimonial, para destinarlo a su aprovechamiento acorde con las prácticas propias del sector por vecinos de Alaejos profesionales en activo del sector agropecuario, a fin de promover y favorecer la sostenibilidad de la actividad de este sector en el Municipio. 3.-Tramitación y procedimiento: a)-tramitación: Ordinaria. b)-procedimiento: Restringido a vecinos de Alaejos profesionales en activo del sector agropecuario. c)-criterios de adjudicación: Oferta económica, período de arrendamiento y mejoras a realizar. 4.-Importe del arrendamiento: La renta anual tipo de licitación al alza es de 3.500,00 euros, impuestos excluidos. 5.-Requisitos específicos del contratista: Vecinos de Alaejos profesionales en activo del sector agropecuario.

17 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 17 sector agropecuario. 6.-Presentación de ofertas: a)-fecha límite de presentación: Décimo día hábil contado a partir del siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid. b)-modalidad de presentación: Presencial en dos sobres cerrados. c)-lugar de presentación: 1.Dependencia: Ayuntamiento de Alaejos. 2.Domicilio: Plaza Mayor, 1 3.Localidad y código postal: Alaejos, d)-plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Durante tres meses desde la fecha de su apertura. 7.-Apertura de ofertas: a)-descripción: En el orden de su registro por la Mesa de Contratación, en el Salón Municipal de Plenos. b)-dirección: Plaza Mayor, 1 c)-localidad y código postal: Alaejos, d)-fecha y hora: Tercer día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas, a las trece horas y treinta minutos. En Alaejos, a 27 de septiembre de El Alcalde.- Fdo.: Carlos Mangas Nieto cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE ALAEJOS Pág. 17

18 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 18 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN BDNS (Identif.): BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR PARA EL CURSO De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 Pág. 18 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN PRIMERO.- BENEFICIARIOS. Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en estas bases, las familias en las que concurran los siguientes requisitos: -Tener a su cargo hijos en edad escolar matriculados durante el curso en el SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL (edad de 3 a 5 años) en un centro escolarpúblico o concertado de la provincia de Valladolid en un municipio de menos de habitantes. Los matriculados en un CEIP de la provincia distinto al CEIP Miguel Delibes de Aldeamayor de San Martín, deberán acreditar tal circunstancia. -Los alumnos de educación especial que, por las especiales características que requiera su atención, no tengan posibilidad de ser atendidos en su municipio y deban matricularse en un centro ubicado en un municipio de más de habitantes de la provincia de Valladolid, o a un centro educativo de fuera de nuestra provincia, siempre que se acompañe informe de la Administración educativa competente acreditativo de la referida circunstancia. -Los alumnos que acudan a un centro público o concertado de un municipio de más de habitantes de la provincia de Valladolid, o a un centro público o concertado de fuera de nuestra provincia, siempre que se acompañe informe de la Administración educativa competente acreditativo de la referida circunstancia de que no tengan posibilidad de ser atendidos en su municipio. -Figurar las familias empadronadas y residir de modo efectivo en el Municipio de Aldeamayor de San Martín con antelación a la fecha de publicación de la convocatoria. -Convivir con el menor a cargo. -Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. -En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el destinatario de la ayuda será el padre o madre que tenga atribuida la custodia del menor, de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia. -En los supuestos de acogimiento o adopción, el destinatario de la ayuda será la persona o personas que la tengan adjudicada por resolución administrativa o auto judicial. -En ningún caso podrán ser destinatarios de la ayuda los progenitores privados de la patria potestad de sus hijos, o si la tutela o la guarda fuera asumida por una institución pública. -El Ayuntamiento comprobará de oficio el empadronamiento, sin necesidad de que el solicitante aporte el certificado de empadronamiento. -No podrán ser beneficiarios de las ayudas los solicitantes que resulten deudores de la Administración Local. Los beneficiarios (Padre, Madre y/o Tutores legales) deberán estar

19 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 19 al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, pudiendo satisfacer las deudas pendientes en el plazo de un mes, que a tal efecto se concederá, desde la resolución de las solicitudes de subvención que en ningún; o en otro caso se entenderá desestimada la presente subvención. SEGUNDO.- OBJETO DE LA AYUDA. Es objeto de estas bases regular la concesión por el Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martin, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a las familias como acción de fomento destinada a cubrir al coste de la compra de material escolar para el curso escolar Se considera material escolar todo el necesario para realizar las actividades que se desarrollen o se promuevan en el Centro Docente, como cuadernos de soporte, material de papelería no reutilizable o material de manualidades, así como los libros de texto. TERCERO.- REGLAMENTO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN BOP Nº 299, Jueves 30 de diciembre de CUARTO.- CUANTÍA. El importe individual por beneficiario dependerá de la subvención otorgada por la Exma. Diputación de Valladolid a cada alumno, el Ayuntamiento se compromete a aportar al menos la mitad de la cantidad subvencionada por alumno por la Diputación de Valladolid. Si el importe de las solicitudes supera el importe global máximo , se distribuirá el crédito total de forma lineal entre todas las solicitudes QUINTO.- PLAZO El plazo para presentar las solicitudes: Finalizará el 27 de octubre de SEXTO.- OTROS DATOS DE INTERÉS Documentación.- La prevista en las bases de la convocatoria y Anexos a la misma Forma de pago.- Postpagable, una vez justificada adecuadamente la subvención, en los términos previstos en la convocatoria. cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 Pág. 19 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN Aldeamayor de San Martín, el 2 de octubre de El Alcalde.- Fdo: Fernando de la Cal Bueno

20 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 20 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN BDNS (Identif.): BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA EL ALQUILER DE NAVES Y LOCALES PARA EMPRENDEDORES DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN, 2017 De conformidad con lo previsto en los artículos b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la página web del Ayuntamiento y en la Base Nacional de Datos Nacional de Subvenciones PRIMERO.-Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas ayudas todas aquellas personas físicas y jurídicas que alquilen o hayan alquilado un local o nave para el desarrollo de su actividad empresarial o profesional en el municipio de Aldeamayor de San Martín entre el 1 de enero de 2017 y el 15 de noviembre de Será condición indispensable para la concesión de estas ayudas que se hayan obtenido las licencias exigidas o en su defecto que se haya efectuado la Comunicación de Inicio de Actividad aplicando la legislación vigente en cada caso. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y fiscales con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local así como con la Seguridad Social. cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 Pág. 20 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la presente subvención las empresas que estén instaladas en Aldeamayor de San Martín antes del 31 de diciembre de 2016 y/o supongan la continuación económica de otra empresa con solvencia pero con diferente denominación o que utilicen recursos personales o materiales de la anterior y cuya finalidad sea acogerse a la presente ayuda. SEGUNDO.-Objeto Regular el procedimiento de concesión de ayudas para apoyar a los emprendedores que se ubiquen en el Polígono el Brizo o en otras zonas del municipio, mediante el alquiler de naves y locales, contribuyendo de esta forma a la regeneración socioeconómica del tejido empresarial de Aldeamayor y con ello a la creación de empleo. Se bonificará el coste de los contratos de alquiler para emprendedores, autónomos y o empresas que inicien su actividad empresarial, se hayan trasladado o vayan a trasladar su empresa desde otros puntos a Aldeamayor de San Martín.

21 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 21 TERCERO.- Reglamento de Subvenciones del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín BOP nº 299, jueves 30 de diciembre de CUARTO.-Cuantía. La Concesión de esta subvención está supeditada a la existencia de disponibilidad presupuestaria que para este fin se habilita en cada ejercicio. El Crédito Presupuestario asignado por este Ayuntamiento es de 1.500, consignado en la aplicación presupuestaria QUINTO.-Plazo de presentación de solicitudes. El plazo queda abierto desde el día siguiente a la publicación del anuncio de estas Bases en el Boletín oficial de la Provincia de Valladolid y finalizará el 15 de noviembre de SEXTO.-Otros datos de interés. Procedimiento para la concesión en régimen de concurrencia competitiva, según la puntuación establecida en los criterios de valoración de la convocatoria. Aldeamayor de San Martín, 03 de octubre de El Alcalde.- Fdo.: Fernando de la Cal Bueno cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN Pág. 21

22 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 22 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN BDNS (Identif.): CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN A LA CREACIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE NUEVOS CENTROS DE TRABAJO EN ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN, De conformidad con lo previsto en los artículos b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la página web del Ayuntamiento y en la Base Nacional de Datos Nacional de Subvenciones cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 Pág. 22 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN PRIMERO.-Beneficiarios. -Podrán ser beneficiarios de estas ayudas todas aquellas personas físicas o jurídicas, que inicien o hayan iniciado una nueva actividad empresarial o profesional, abran o hayan abierto un nuevo centro de trabajo en el municipio entre el 1 de enero de 2017 y el 15 de noviembre de 2017 ambos inclusive, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Subvenciones. -Será condición indispensable para la concesión de estas ayudas que se hayan obtenido las licencias exigidas o en su defecto que se haya efectuado la Comunicación de Inicio de Actividad aplicando la legislación vigente en cada caso. -Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y fiscales con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local así como con la Seguridad Social. -No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello. -No serán objeto de la subvención las empresas que estén instaladas en Aldeamayor de San Martín antes del 31 de diciembre de 2016 y/o supongan la continuación económica de otra empresa con solvencia pero con diferente denominación o que utilicen recursos personales o materiales de la anterior y cuya finalidad sea acogerse a la presente ayuda. SEGUNDO.-Objeto Regular el procedimiento de concesión de ayudas para financiar parcialmente la realización de estudios de viabilidad y los gastos de acondicionamiento de adaptación de las instalaciones e inmuebles para la creación de empresas y la apertura de nuevos centros de trabajo en Aldeamayor de San Martín con la finalidad de promover proyectos para crear y consolidar el tejido empresarial Aldeamayor de San Martín. TERCERO.- Reglamento de Subvenciones del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín BOP nº 299, jueves 30 de diciembre de CUARTO.-Cuantía. La Concesión de esta subvención está supeditada a la existencia de disponibilidad presupuestaria que para este fin se habilita en cada ejercicio. El Crédito Presupuestario asignado por este Ayuntamiento es de 1.500, consignado en la aplicación presupuestaria

23 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 23 QUINTO.-Plazo de presentación de solicitudes. El plazo queda abierto desde el día siguiente a la publicación del anuncio de estas Bases en el Boletín oficial de la Provincia de Valladolid y finalizará el 15 de noviembre de SEXTO.-Otros datos de interés. Procedimiento para la concesión en régimen de concurrencia competitiva, según la puntuación establecida en los criterios de valoración de la convocatoria. Esta ayuda es incompatible con las Subvenciones municipales destinadas al alquiler de locales y naves en Aldeamayor. Aldeamayor de San Martín, 03 de octubre de El Alcalde.- Fdo.: Fernando de la Cal Bueno cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN Pág. 23

24 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 24 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE CAMPASPERO Por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 21 de septiembre de 2017, se acordó provisionalmente la imposición y ordenación de las contribuciones especiales con destino a la financiación de la Pavimentación de diversas calles de Campaspero.( Expte 168/2017) De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 y 36.2 del Real Decreto legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dicho acuerdo, juntamente con su expediente completo, permanecerá expuesto al público por término de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de Valladolid, durante cuyo plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Transcurrido el plazo de exposición al público sin que se hayan presentado reclamaciones el Acuerdo provisional se elevará definitivo. En Campaspero, a 25 de septiembre de El Alcalde.- Fdo.: Julio César García Hernando. cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE CAMPASPERO Pág. 24

25 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 25 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE CASTROMEMBIBRE Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 29 de mayo de 2017, se aprobó inicialmente el expediente de imposición y ordenación de Contribuciones Especiales para la financiación de la aportación municipal a las obras de Pavimentación de Travesía y Calle Caballeros, Travesía Carretera y Tramo final de Calles Dieciocho de julio y Palacios de Castromembibre. Dicho expediente ha permanecido expuesto al público durante 30 días hábiles en el Ayuntamiento, publicándose anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia nº 115, del día 19 de junio de Durante el periodo de exposición pública al que fue sometido el presente expediente, NO se registró ninguna reclamación contra la aprobación de la imposición y ordenación de Contribuciones Especiales para la financiación de la aportación municipal a las obras anteriormente descritas, por lo que de acuerdo con lo establecido en el art del Real Decreto-Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales (TRLRHL), se eleva este acuerdo de aprobación provisional a definitivo. En consecuencia y según lo establecido en el art del TRLRHL, se hace pública la aprobación definitiva del expediente de imposición y ordenación de Contribuciones Especiales para la financiación de la aportación municipal a las obras de Pavimentación de: Travesía y Calle Caballeros, Travesía Carretera y Tramo final de Calles Dieciocho de julio y Palacios de Castromembibre. según los siguientes criterios: cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 Pág. 25 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE CASTROMEMBIBRE 1.Coste total de las Obras: ,00 uros 2.Cantidad que el Ayuntamiento soporta del citado coste total: 5.391,00 3.De la cantidad indicada en el apartado anterior se financia con Contribuciones Especiales: 3.486,40 uros, lo que supone el 64,67 %. 4.Criterios de reparto: Metro lineal de fachada o lindero, a razón de 20,00 fachada y 12,00 /ml sin fachada /ml con Contra el anterior acuerdo, elevado a definitivo, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Castromembibre, 25 de septiembre de La Alcaldesa.-Fdo.: Lorena Rodríguez Fernández

26 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 26 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE CIGALES En cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se pone en conocimiento de todos los interesados que, dentro del plazo allí establecido, se procederá por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el nombramiento del cargo de JUEZ DE PAZ TITULAR. Los interesados en este nombramiento tendrán que presentar en la Secretaría de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, acompañada de los siguientes documentos: 1.-Fotocopia del D.N.I. 2.-Declaración jurada en la que se haga constar los siguientes extremos: -Que carece de antecedentes penales. -Que no está procesado o inculpado por delito doloso. -Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles. -Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. -Que no está incurso en ninguna causas de incapacidad ni de incompatibilidad o prohibición previstas en los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Ante las dudas que se susciten la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 Pág. 26 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE CIGALES idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiere podido incurrir. Quien lo solicite, será informado en el Ayuntamiento de las condiciones precisas para poder ostentar dicho cargo, y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que impiden desempeñar el mismo. Lo que se hace público para general conocimiento y efectos. En Cigales a veinticinco de septiembre de dos mil diecisiete.-la Alcaldes.-Fdo.: Pilar Fernández Pastor.

27 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 27 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR Por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el pasado día 26 de septiembre de 2017, se aprobó provisionalmente el EMC Nº 14/2017 por Suplemento de Crédito. En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 y38 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, dicho expediente se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante el plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, a efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas a sus derechos. En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado el expediente se entenderá aprobado definitivamente produciendo efectos desde la fecha de la aprobación provisional una vez que se haya publicado íntegramente. Lo que se hace público para general conocimiento Iscar, a 4 de octubre de El Alcalde.- Fdo.: Luis María Martín García. cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR Pág. 27

28 Núm. 191 Jueves, 5 de octubre de 2017 Pág. 28 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO ALCALDÍA BDNS (Identif.): CONVOCATORIA DE BECAS AL ESTUDIO PARA JÓVENES EMPADRONADOS EN LAGUNA DE DUERO, QUE CURSEN ESTUDIOS POSTOBLIGATORIOS DURANTE EL CURSO ESCOLAR Aprobadas por el Pleno Municipal de fecha 26 de septiembre de 2017 las bases de la convocatoria de becas al estudio, destinadas a jóvenes empadronados en Laguna de Duero, que cursen estudios postobligatorios durante el curso escolar Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 38/2008 de 17 de noviembre General de Subvenciones, informando que las personas interesadas, podrán consultar las bases de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, (Identif) , en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Laguna de Duero, y en su página WEB: El plazo de presentación de solicitudes recogido en las bases, finaliza a los quince días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el B.O.P. de Valladolid. Laguna de Duero 2 de octubre de El Alcalde.- Fdo.: Román Rodríguez de Castro cve: BOPVA-A Jueves, 5 de octubre de 2017 Núm. 191 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO Pág. 28

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4.1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en estas bases, las familias en las que concurran los siguientes requisitos: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR AL ALUMNADO MATRICULADO EN EL SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2016-2017 Primera:

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