2. El ejercicio de la defensa jurídica de la entidad ejecutada en tales casos se considera como una actuación con ocasión de la gestión fiscal?

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "2. El ejercicio de la defensa jurídica de la entidad ejecutada en tales casos se considera como una actuación con ocasión de la gestión fiscal?"

Transcripción

1 CONTRALORÍA GENERAL DE LA E PC) El LIC.A JURTINCA Bogotá, D.C., Contraloría General de la Republica SGD :37 Al Contestar Cite Este No.; 2014EE Fol:4 Anex:0 FA:0 ORIGEN OFICINA JURIDICA / MARTHA JULIANA MARTINEZ BERMEO DESTINO CARMEN MONICA SIERRA CASTRO ASUNTO CONCEPTO SOBRE GESTIÓN FISCAL SE ANEXA CONCEPTO N0.2013EE DEL 29 OBS 2014EE n Señora CARMEN MÓNICA SIERRA CASTRO Calle 143 A No Torre 2 Apto. 304 moita05@hotmail.com Ciudad ASUNTO.- Gestión fiscal. Esta Dirección recibió su solicitud de concepto con el No. 2013ER de fecha 16 de octubre de 2014, radicada en este Despacho en la misma fecha, la cual se resolverá de conformidad con lo preceptuado en el numeral 2 del artículo 14 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo 11 Contencioso Administrativo. En la referida solicitud trae a colación el artículo 1 de la Ley 610 de 2000 y un aparte de la sentencia C-840 de 2001 de la Corte Constitucional en lo que tiene que ver con el alcance y definición "...con ocasión de esta...", y manifiesta que "...En el procedimiento de cobro de cuotas partes pensionales intervienen diferentes dependencias de la entidad a la que se hace el cobro, según la actividad que deba ser cumplida: Reporte de información, documentación y antecedentes de tipo laboral, financiero, de nómina; aceptación u objeción de la cuota parte cobrada, discusión jurídica de la cuota cobrada (defensa jurídica por vía de recursos administrativos, revocación directa o recursos en el procedimiento de jurisdicción coactiva) y finalmente el pago." Manifiesta que frente a una situación administrativa intervienen "de manera progresiva, sucesiva y causal diferentes dependencias y funcionarios con roles distintos al de gestor fiscar, por lo que eleva la siguiente consulta: 1. Todos los funcionarios y dependencias que intervienen en el procedimiento administrativo de una actuación administrativa de cobro de cuotas partes pensionales que desemboca en un pago que se considera lesivo del patrimonio público son susceptibles de ser vinculados a un proceso de responsabilidad fiscal por haber actuado con ocasión de la gestión fiscal? 2. El ejercicio de la defensa jurídica de la entidad ejecutada en tales casos se considera como una actuación con ocasión de la gestión fiscal?

2 CONTRALORÍA 0,7,1=A GENERAL DE LA REPÚNLICA 3. La causalidad que debe estudiarse poder determinar a quién se vincula al proceso de responsabilidad fiscal sin ser gestor fiscal, se refiere a causa próxima, causa eficiente, causa necesaria, causa adecuada o a qué tipo de causalidad? 4. Cuando los pagos lesivos al patrimonio que hace la entidad pública ejecutada se hacen por decisión de autoridad judicial o administrativa, siendo que la causa del daño es la decisión judicial o administrativa, es posible vincular al proceso de responsabilidad fiscal al funcionario judicial o administrativo que ordenó el pago y dictó los actos de ejecución con ocasión de la gestión fiscal? ALCANCE DEL CONCEPTO Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución', ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General" 2, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General"3, y las presentadas por la ciudadanía respecto de "la consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República" 4. En este orden de ideas, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscaf' 5 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"6. Finalmente se aclara que no todos nuestros conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de Artículo 28 de la Ley 1437 de Art. 43, numeral 4 del Decreto Ley 267 de Art. 43, numeral 5 del Decreto Ley 267 de Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000.

3 .CONTRALORÍA I OFICINA GENERAL DE LA REPÚBLICA C> JURÍDICA la Contraloría General de la República, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 167 del Decreto Ley 267 de 2000, esta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas con la(s) dependencia(s) implicada(s). CONSIDERACIONES JURÍDICAS. Como quiera que la consulta está referida a la gestión fiscal, punto de partida del proceso de responsabilidad fiscal, reglado por la Ley 610 de 2000 y modificado por la Ley 1474 de 2011, es pertinente hacer las siguientes precisiones concernientes a la responsabilidad fiscal y sus elementos. El artículo 3 de la Ley 610 de 2000, define la gestión fiscal como: "El conjunto de actividades económicas, jurídicas y tecnológicas, que realizan los servidores públicos y las personas de derecho privado que manejen o administren recursos o fondos públicos, tendientes a la adecuada y correcta adquisición, planeación, conservación administración, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, gasto inversión y disposición de los bienes públicos, así como a la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines esenciales del Estado, con sujeción a los principios de legalidad, eficiencia, economía, eficacia, equidad, imparcialidad, moralidad, transparencia, publicidad y valoración de los costos ambientales". Partiendo de esta norma, es dable señalar que el concepto de "administrar", está referido a organizar y coordinar las diversas formas de recaudar y distribuir los recursos públicos, para proponer los gastos, a fin de obtener la realización de los cometidos estatales. "Manejar" los dineros o bienes públicos dentro de un marco normativo, consiste entonces, en la ejecución detallada y sistemática de los fondos o valores de la entidad estatal, para la prestación de los servicios públicos, la satisfacción de necesidades colectivas, para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado8. Ahora bien, el concepto de manejar o administrar, no se contrae solamente al gasto público, sino que como bien lo establece la norma, comprende la realización de las diferentes actividades de adquisición, planeación, conservación, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, inversión, disposición y recaudación. La gestión fiscal, es el conjunto de actividades y procesos que son desarrollados por quien posee la atribución legal de disponer de los recursos del erario, en cualquiera de sus etapas de ingreso, conservación, explotación, egreso o 7 Art. 43. OFICINA JURIDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. 8 Concepto Jurídico Número 2342 de 13 de julio de 2001.

4 CONTRALORIAI OFICINA GENERAL CE LA REPÚBLICA 1 JUWICA afectación de los mismos, enmarcada dentro de los principios de eficacia, equidad, imparcialidad, moralidad, eficiencia, publicidad y valoración de los costos ambientales. Quiere ello significar que los gestores públicos, deben manejar los recursos de tal forma que su inversión produzca la maximización de resultados, obtener en igualdad de condiciones los bienes y servicios al menor costo posible logrando los objetivos y metas trazados por la entidad estatal en igual forma y teniendo en cuenta que la ordenación del gasto está sujeta a las normas presupuestales vigentes. La responsabilidad comprende a los directivos de las entidades y demás personas que manejen o administren recursos o fondos públicos, así como quienes desempeñen funciones de ordenación, control, dirección y coordinación; también a los contratistas y particulares que vinculados al proceso hubieren causado perjuicio a los intereses patrimoniales del Estado. El artículo 1 de la Ley 610 de 2000 establece que mediante el proceso de responsabilidad fiscal se determina la responsabilidad de los servidores públicos y de los particulares cuando en el ejercicio de la gestión fiscal, o con ocasión de ésta, causen por acción u omisión y en forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado9. En cuanto a la gestión fiscal la Corte Constitucional la ha definido mediante la sentencia C-840 de 2001 del cual se extraen algunos apartes: "...Como bien se aprecia, se trata de una definición (la de gestión fiscal) que comprende las actividades económicas, jurídicas y tecnológicas como universo posible para la acción de quienes tienen la competencia y capacidad para realizar uno o más de los verbos asociados al tráfico económico de los recursos y bienes públicos,...escenario dentro del cual discurren, entre otros, el ordenador del gasto, el jefe de planeación, el jefe jurídico, el almacenista, el jefe de presupuesto, el pagador o tesorero, el responsable de la caja menor, y por supuesto, los particulares que tengan capacidad decisoria frente a los fondos o bienes del erario público puestos a su cargo. (...) Por lo tanto, en cada caso se impone examinar si la respectiva conducta guarda alguna relación para con la noción específica de gestión fiscal, bajo la comprensión de que ésta tiene una entidad material y jurídica propia que se desenvuelve mediante planes de acción, programas, actos de recaudo, administración, inversión, disposición y gasto, entre otros, con Concepto Jurídico Número 2191 del 05 de agosto de 2003.

5 CONTRALORÉA' OFICINA GENERAL De LA REPÚDLICA miras a cumplir las funciones constitucionales y legales que en sus respectivos ámbitos convocan la atención de los servidores públicos y los particulares responsables del manejo de fondos o bienes del Estado. (...) el ente fiscal deberá precisar rigurosamente el grado de competencia o capacidad que asiste al servidor público o al particular en torno a una específica expresión de la gestión fiscal, descartándose de plano cualquier relación tácita, implícita o analógica que por su misma fuerza rompa con el principio de la tipicidad de la infracción. (...) Universo fiscal dentro del cual transitan como potenciales destinatarios, entre otros, los directivos y personas de las entidades que profieran decisiones determinantes de gestión fiscal, así como quienes desempeñen funciones de ordenación, control, dirección y coordinación, contratistas y particulares que causen perjuicios a los ingresos y bienes del Estado, siempre y cuando se sitúen dentro de la órbita de la gestión fiscal en razón de sus poderes y deberes fiscales. (...) Por lo mismo, cuando el daño fiscal sea consecuencia de la conducta de una persona que tenga la titularidad jurídica para manejar los fondos o bienes del Estado materia del detrimento, procederá la apertura del correspondiente proceso de responsabilidad fiscal, sea que su intervención haya sido directa o a guisa de contribución. En los demás casos, esto es, cuando el autor o partícipe del daño al patrimonio público no tiene poder jurídico para manejar los fondos o bienes del Estado afectados, el proceso atinente al resarcimiento del perjuicio causado será otro diferente, no el de responsabilidad fiscal. (..«) Y la Sala reitera: la responsabilidad fiscal únicamente se puede pregonar respecto de los servidores públicos y particulares que estén jurídicamente habilitados para ejercer gestión fiscal, es decir, que tengan poder decisorio sobre fondos o bienes del Estado puestos a su disposición. Advirtiendo que esa especial responsabilidad está referida exclusivamente a los fondos o bienes públicos que hallándose bajo el radio de acción del titular de la gestión fiscal, sufran detrimento en la forma y condiciones prescritas por la ley. (...) Es decir, la gestión fiscal está ligada siempre a unos bienes o fondos estatales inequívocamente estipulados bajo la titularidad administrativa o dispositiva de un servidor público o de un particular, concretamente identificados". (Destaca la Oficina). (Corte Constitucional, 9 de agosto de 2001, Expediente D-3389, Magistrado Ponente JAIME ARAUJO RENTERIA). Ahora bien el artículo 4 de la Ley 610 de 2000, establece que el objeto de la responsabilidad fiscal es el resarcimiento del daño causado al erario público como consecuencia de una conducta dolosa o gravemente culposa por quienes realizan gestión fiscall mediante el pago de una indemnización pecuniaria que compense el perjuicio sufrido por la respectiva entidad estatal. 10 Artículo 4. Objeto de la responsabilidad fiscal. La responsabilidad fiscal tiene por objeto el resarcimiento de los daños ocasionados al patrimonio público como consecuencia de la conducta dolosa o culposo de quienes realizan gestión fiscal mediante el pago de una indemnización pecuniaria que compense el perjuicio sufrido por la respectiva entidad estatal. Para el establecimiento de responsabilidad fiscal en cada caso, se tendrá en cuenta el cumplimiento de los principios rectores de la función administrativa y de la gestión fiscal.

6 CONTRALORÍA I OFICINA GENERAL DE LA REPÚBLICA á JURiOICA La misma norma consagra que la responsabilidad fiscal se estructura sobre tres elementos: a) un daño patrimonial al Estado; b) una conducta dolosa o culposa atribuible a una persona que realiza gestión fiscal y; c) un nexo causal entre el daño y la conducta." Sólo en el evento en que se reúnan estos tres elementos puede endilgarse responsabilidad fiscal a una persona. Dada la importancia del punto es necesario precisar aquí qué se entiende por «daño patrimonial al Estado», en qué ocasiones se produce y en cuáles no. De los tres elementos el daño12 es el elemento más importante. A partir de éste se inicia el proceso de responsabilidad fiscal. Si no hay daño no puede existir responsabilidad. Bajo esta lógica el artículo 40 de la Ley 610 dispone que el proceso de responsabilidad fiscal se apertura cuando se encuentra establecida la existencia del daño, es decir, se requiere que exista certeza sobre la existencia de éste para poder iniciar el proceso de responsabilidad fiscal. En caso contrario, es decir, «sí no existe certeza sobre la causación del daño» se abrirá una indagación preliminar donde se determine la existencia del mismo L. 610 Art " CONCLUSION: Respecto de la primera pregunta formulada en la consulta, " Todos los funcionarios y dependencias que intervienen en el procedimiento administrativo de una actuación administrativa de cobro de cuotas partes pensionales que desemboca en un pago que se considera lesivo del patrimonio público son susceptibles de ser vinculados a un proceso de responsabilidad fiscal por haber actuado con ocasión de la gestión fiscal?, es pertinente traer a colación un aparte de la sentencia C-840 de 2001 que expone: "...Por lo mismo, cuando el daño fiscal sea consecuencia de la conducta de una persona que tenga la titularidad jurídica para manejar los fondos o bienes del Estado materia del detrimento, procederá la apertura del correspondiente proceso de responsabilidad fiscal, sea que su intervención haya sido directa o a guisa de contribución. En los demás casos, esto es, cuando el autor o partícipe del daño al patrimonio público no tiene poder jurídico para manejar los fondos o bienes del Estado afectados, el proceso atinente al resarcimiento del perjuicio causado será otro diferente, no el de responsabilidad fiscal..." (Subrayado nuestro). 11 Los elementos que conforman la responsabilidad fiscal sólo fueron clara y expresamente hasta la expedición de la Ley 610 de En el artículo 5 de la misma se especifica: «Elementos de la responsabilidad fiscal. La responsabilidad fiscal estará integrada por los siguientes elementos: -Una conducta dolosa o culposa atribuible a una persona que realiza gestión fiscal. -Un daño patrimonial al Estado. -Un nexo causal entre los dos elementos anteriores.» 12 Artículo 6. Daño patrimonial al Estado. Para efectos de esta ley se entiende por daño patrimonial al Estado la lesión del patrimonio público, representada en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida, uso indebido o deterioro de los bienes o recursos públicos, o a los intereses patrimoniales del Estado, producida por una gestión fiscal antieconómica, ineficaz, ineficiente, ineauitativa e inoportuna, que en términos generales, no se aplique al cumplimiento de los cometidos y de los fines esenciales del Estado, particularizados por el objetivo funcional y organizacional, programa o proyecto de los sujetos de vigilancia y control de las contralorías. Dicho daño podrá ocasionarse por acción u omisión de los servidores públicos o por la persona natural o jurídica de derecho privado, que en forma dolosa o culposa produzcan directamente o contribuyan al detrimento al patrimonio público. El texto subrayado fue declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-340 de 2007.

7 CONTRALORÍA l OFICINA GENERAL DE LA REPÚBLICA 1 JURÍDICA Es conveniente que el operador jurídico en cada caso en particular, con el material probatorio arrimado al expediente, analice y determine quiénes son los presuntos responsables fiscales y cuál fue su participación" en la causación del daño al patrimonio del Estado, ya que esta Dirección no tiene los elementos de juicio para establecer si todos los funcionarios y dependencias que intervienen en un procedimiento administrativo tienen o no responsabilidad y si se deben vincular o no. De la segunda pregunta El ejercicio de la defensa jurídica de la entidad ejecutada en tales casos se considera como una actuación con ocasión de la gestión fiscal?, es necesario en cada caso en particular determinar si se trata de un funcionario o de un contratista, pues la conducta per se no genera responsabilidad fiscal, tiene que conectarse con el deber funcional a quien se le podría vincular a un proceso, hechos y situaciones que tienen que establecerse en cada caso en particular, sin que le sea dable a esta Oficina entrar a determinar la existencia de gestión fiscal pues no se tienen los elementos de juicios para ello. En cuanto a la tercera pregunta: La causalidad que debe estudiarse poder determinar a quién se vincula al proceso de responsabilidad fiscal sin ser gestor fiscal, se refiere a causa próxima, causa eficiente, causa necesaria, causa adecuada o a qué tipo de causalidad?, frente a esta particularidad la Corte Constitucional mediante sentencia C-840 de 2001, se pronunció respecto del tema en los siguientes términos: "...Entonces, qué significa que algo ocurra con ocasión de otra cosa? El diccionario de la Real Academia Española define la palabra ocasión en los siguientes términos: "oportunidad o comodidad de tiempo o lugar, que se ofrece para ejecutar o conseguir una cosa. 2. Causa o motivo porque se hace o acaece una cosa" (...) A la luz de esta definición la locución impugnada bien puede significar que la gestión fiscal es susceptible de operar como circunstancia u oportunidad para ejecutar o conseguir algo a costa de los recursos públicos, causando un daño al patrimonio estatal, evento en el cual la persona que se aproveche de tal situación, dolosa o culposamente, debe responder fiscalmente resarciendo los perjuicios que haya podido causar al erario. El sentido unitario de la expresión con ocasión de ésta sólo se justifica en la medida en que los actos que la materialicen comporten una relación de conexidad próxima y necesaria para con el desarrollo de la gestión fiscal", (Subrayado nuestro). En la medida en que se analicen los hechos que rodeen un proceso de responsabilidad fiscal es menester determinar la participación de quienes presuntamente causaron el daño al patrimonio del Estado, pues como lo expone la Corte Constitucional" puede darse con ocasión de la gestión fiscal o a guisa de contribución, es el operador jurídico quien tendrá que analizar el comportamiento 13 "...sea que su intervención haya sido directa o a guisa de contribución.." Sentencia C Corte Constitucional. 14 C-840 DE 2001.

8 CONTRALORÍA OFICINA GENERAL DE LA REPÚBLICA JURÍDICA Pá'gina desplegado por quien causó el daño y así entrar a determinar la responsabilidad fiscal. En todo caso, en cualquier proceso de responsabilidad fiscal, el análisis del nexo abarca la definición de la causa jurídica determinante del daño, que puede ser única o puede dar lugar a concluir la existencia de una concausalidad. La cuarta pregunta está referida a: Cuando los pagos lesivos al patrimonio que hace la entidad pública ejecutada se hacen por decisión de autoridad judicial o administrativa, siendo que la causa del daño es la decisión judicial o administrativa, es posible vincular al proceso de responsabilidad fiscal al funcionario judicial o administrativo que ordenó el pago y dictó los actos de ejecución con ocasión de la gestión fiscal? Cuando un servidor público con un acto suyo, doloso o gravemente culposo, causa un perjuicio a un tercero y con ello ocasiona una condena al Estado es procedente el medio de control de repetición.15 De otra parte cuando se evidencia la existencia del daño patrimonial por el no pago oportuno de sentencias y que por negligencia que genere intereses moratorios, esta Oficina mediante concepto 20141E del 29 de septiembre 411 de 2014, expuso: "Para dar mayor claridad sobre el asunto y teniendo en cuenta que el terna es pacifico por lo consagrado en el artículo 192 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se unifica la posición de esta Oficina frente al pago de sentencias o conciliaciones por condenas impuestas contra entidades públicas, norma que prevé las siguientes situaciones: i) Los intereses de mora se generan a partir de la ejecutoria de la sentencia o auto, según el caso. ii) El plazo máximo para el pago derivado de la condena es de diez (10) meses, contados, a partir de la ejecutoria de la respectiva providencia, siempre y cuando, el beneficiario presente la solicitud de pago correspondiente. iii) Cesará la causación de los intereses de mora, si cumplidos tres (3) meses desde la ejecutoria de la providencia de la cual deriva la condena, cuando los beneficiarios no hayan requerido el pago a la entidad. En este evento una vez radique la solicitud de pago, reanudara la causación de los intereses de mora. En todo caso, de conformidad con lo expuesto textualmente en la norma analizada, el incumplimiento por parte de las entidades públicas para el reconocimiento y pago de las 15 El artículo 2 de la Ley 678 de 2001, prescribe: "ARTÍCULO 2 2. Acción de repetición. La acción de repetición es una acción civil de carácter patrimonial que deberá ejercerse en contra del servidor o ex servidor público que como consecuencia de su conducta dolosa o gravemente culposo haya dado reconocimiento indemnizatorio por parte del Estado, proveniente de una condena, conciliación u otra forma de terminación de un conflicto. La misma acción se ejercitará contra el particular que investido de una función pública haya ocasionado, en forma dolosa o gravemente culposa, la reparación patrimonial. Texto Subrayado declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-484 de 2002; texto en cursiva declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-338 de 2006, por los cargos examinados. Ver Sentencia Corte Constitucional 100 de 2001"

9 CONTRALORÍA OFICINA GENERAL DE LA REPÚBLICA JUR DILA obligaciones derivadas de una sentencia judicial, conciliación o cualquier otra providencia judicial, generara sanciones penales, disciplinarias, fiscales y patrimoniales." Por último a través de un concepto jurídico, no se puede establecer en el caso expuesto en su consulta, el gestor fiscal para determinar la Responsabilidad Fiscal, como quiera que son los funcionarios competentes a través del análisis y evaluación del acervo probatorio, en un proceso, ya que es allí donde se tiene la inmediación de las pruebas, para evidenciar el menoscabo al erario y los presuntos responsables, de acuerdo con los presupuestos de hecho y de derecho que generan responsabilidad fiscal, de conformidad con prescrito en la Ley 610 de 2000 como son; una conducta dolosa o gravemente culposa atribuible a una persona que realiza gestión fiscal; un daño patrimonial al Estado; y un nexo causal entre los elementos anteriores. Se le informa que puede conocer y consultar los conceptos que, con relación a este y otros temas, ha proferido la Oficina Jurídica, visitando nuestra página Web Link - Portal Institucional Link - Información al Ciudadano, Link - Normatividad- Cordialmente, u LIANA MARTÍNEZ BERMEO Director Oficina Jurídica Revisó: Teresa Bonilla de la Torre. Prof. Esp.03 k Proyectó: Efrén Bermeo Vélez- Pro sional Gr.01. Radicado: 2014ER

10

Manual de Procedimientos

Manual de Procedimientos 1 de 9 Elaborado por: Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional -Área de Calidad y Mejoramiento Aprobado por: Aprobado por: Secretario Comité de Conciliación Rector Universidad TABLA DE CONTENIDO

Más detalles

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda.

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda. NUM- CONSULTA V1870-07 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA- SALIDA 11/09/2007 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 7-10o, 78- tres- 1o, 164- uno- 3o. Rgto Fac: art. 2, 6.7 y 6.8 DESCRIPCION- HECHOS El

Más detalles

ALERTA ANTICORRUPCIÓN: Apuntes de tipicidad sobre el delito de enriquecimiento ilícito

ALERTA ANTICORRUPCIÓN: Apuntes de tipicidad sobre el delito de enriquecimiento ilícito ALERTA ANTICORRUPCIÓN: Apuntes de tipicidad sobre el delito de enriquecimiento ilícito ALERTA ANTICORRUPCIÓN Erick Guimaray Coordinador del Área Penal del IDEH-PUCP Apuntes de tipicidad sobre el delito

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2011/0070

INFORME UCSP Nº: 2011/0070 MINISTERIO DE LA POLICÍA CUERPO NACIONAL DE POLICÍA COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2011/0070 FECHA 07/07/2011 ASUNTO Centro de control y video vigilancia integrado en central

Más detalles

GUIA PARA LA IMPLEMENTACION Y SEGUIMIENTO DE PLANES DE MEJORAMIENTO

GUIA PARA LA IMPLEMENTACION Y SEGUIMIENTO DE PLANES DE MEJORAMIENTO GUIA PARA LA IMPLEMENTACION Y SEGUIMIENTO DE PLANES DE MEJORAMIENTO 1 METODOLOGIA PARA LA IMPLEMENTACION Y SEGUIMIENTO DE PLANES DE MEJORAMIENTO INES SIERRA RUIZ JEFE OFICINA Bucaramanga, 2008 2 CONTENIDO

Más detalles

Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno

Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno 1. Observaciones El presente cuestionario tiene por finalidad recoger datos en relación con los requisitos de honorabilidad comercial y profesional y de buen

Más detalles

Desagregando las normas transcritas, tenemos que la capacidad de la sociedad se circunscribe a tres clases de actos:

Desagregando las normas transcritas, tenemos que la capacidad de la sociedad se circunscribe a tres clases de actos: PRESTAMOS Capacidad de las sociedades A fin de dilucidar si una sociedad puede o no hacer préstamos a sus asociados o a terceros, independientemente del tipo societario, según la doctrina vigente de la

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009 Informe 0049/2009 La consulta plantea dudas acerca de la necesidad de solicitar el consentimiento de los arquitectos y aparejadores que prestan servicios para la consultante, para poder ceder sus datos

Más detalles

Responsables del Impuesto Sobre las Ventas en el Régimen Común Responsables del Impuesto Sobre las Ventas en el Régimen Simplificado.

Responsables del Impuesto Sobre las Ventas en el Régimen Común Responsables del Impuesto Sobre las Ventas en el Régimen Simplificado. DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D. C., 20 de marzo de 2014 100202208-311 Área: Tributaria Señor GUILLERMO ALZATE DUQUE Carrera 20 B N 65-35 Manizales Referencia: Radicado 100011081

Más detalles

INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011

INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011 INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011 CONTENIDO RESUMEN EJECUTIVO... 01 OBJETIVOS Y ALCANCE... 03 1. Objetivos de la auto-evaluación. 03 2. Alcance 03 RESULTADOS...

Más detalles

ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS PROCESOS DE LIQUIDACION, REORGANIZACIÓN Y REESTRUCTURACION

ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS PROCESOS DE LIQUIDACION, REORGANIZACIÓN Y REESTRUCTURACION OFICIO 220-050903 DEL 10 DE ABRIL DE 2015 ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS PROCESOS DE LIQUIDACION, REORGANIZACIÓN Y REESTRUCTURACION Me refiero a su escrito radicado con el número 2015-01-

Más detalles

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL LICENCIADA MARÍA CRISTINA BALDERAS SALAZAR. JUEZ PENAL DE PARTIDO.

Más detalles

1. Fondo Nacional de Formaciòn Profesional de la Industria de la Construcciòn- FIC

1. Fondo Nacional de Formaciòn Profesional de la Industria de la Construcciòn- FIC Concepto de la obligación que tienen los empleadores de la industria de la construcción de realizar un aporte al Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción-FIC y la de vinculación

Más detalles

La responsabilidad de los funcionarios públicos. Armando Mendoza Ugarte

La responsabilidad de los funcionarios públicos. Armando Mendoza Ugarte La responsabilidad de los funcionarios públicos Armando Mendoza Ugarte La función pública La función pública tiene por finalidad satisfacer el interés general y el bien común mediante la prestación de

Más detalles

Respuesta: No vemos procedente permitir la experiencia en F.O. para esta invitación.

Respuesta: No vemos procedente permitir la experiencia en F.O. para esta invitación. . (ii) contratar 1. Ya que entendemos que las Redes de Fibra Óptica hacen parte de las Redes de Telecomunicaciones, solicitamos cordialmente incluir la experiencia en CONSTRUCCIÓN,INTERVBENTORIA Y MANTEMIMIENTO

Más detalles

PÓLIZA ÚNICA DE SEGURO DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES NO. SOMETIDA AL DECRETO 734 DE 2.012

PÓLIZA ÚNICA DE SEGURO DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES NO. SOMETIDA AL DECRETO 734 DE 2.012 PÓLIZA ÚNICA DE SEGURO DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES NO. SOMETIDA AL DECRETO 734 DE 2.012 1. AMPAROS. SEGUROS DEL ESTADO S.A., QUE EN ADELANTE SE DENOMINARÁ SEGURESTADO OTORGA A LA ENTIDAD

Más detalles

Por medio de la cual se crea la Unidad de Información y Análisis Financiero. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA DECRETA:

Por medio de la cual se crea la Unidad de Información y Análisis Financiero. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA DECRETA: Por medio de la cual se crea la Unidad de Información y Análisis Financiero. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA DECRETA: ARTICULO 1º.- UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL.- Créase la Unidad de Información

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto y Alcance del Reglamento Específico I.- El presente Reglamento Especifico del Sistema de Presupuesto,

Más detalles

Resolución N 00759 del 26 de febrero de 2008

Resolución N 00759 del 26 de febrero de 2008 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES I. IDENTIFICACIÓN Denominación del empleo Especialista Aeronáutico Nivel 41 Grado 36 No. De

Más detalles

Comunicación de datos incorporados a un expediente administrativo. Informe.197/2006

Comunicación de datos incorporados a un expediente administrativo. Informe.197/2006 Comunicación de datos incorporados a un expediente administrativo. Informe.197/2006 La consulta plantea si resulta posible, a la luz de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección

Más detalles

INFORME AL PROYECTO DE REAL DECRETO DE ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA

INFORME AL PROYECTO DE REAL DECRETO DE ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA INFORME AL PROYECTO DE REAL DECRETO DE ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA La primera conclusión derivada de la contrastar el contenido del proyecto de Real Decreto y la Directiva 2011/24 relativa a la

Más detalles

Elementos requeridos para crearlos (ejemplo: el compilador)

Elementos requeridos para crearlos (ejemplo: el compilador) Generalidades A lo largo del ciclo de vida del proceso de software, los productos de software evolucionan. Desde la concepción del producto y la captura de requisitos inicial hasta la puesta en producción

Más detalles

PODER JUDICIAL Gestión Humana Análisis de Puestos

PODER JUDICIAL Gestión Humana Análisis de Puestos PODER JUDICIAL Gestión Humana Análisis de Puestos ASESOR JURÍDICO 2 I. NATURALEZA DEL TRABAJO Planificación, organización, dirección, coordinación, control y ejecución de actividades profesionales, técnicas

Más detalles

Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA):

Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Artículo 1 El Instituto de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid, tiene por objeto organizar

Más detalles

ASUNTO: OTORGAMIENTO DE PODER ESPECIAL O GENERAL POR PARTE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE UNA COMPAÑÍA

ASUNTO: OTORGAMIENTO DE PODER ESPECIAL O GENERAL POR PARTE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE UNA COMPAÑÍA OFICIO 220-125675 DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2015 ASUNTO: OTORGAMIENTO DE PODER ESPECIAL O GENERAL POR PARTE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE UNA COMPAÑÍA Me refiero a su escrito radicado en esta Entidad con el

Más detalles

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 77944 del 2013 Diciembre 4

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 77944 del 2013 Diciembre 4 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 77944 del 2013 Diciembre 4 De conformidad con el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa No. 000006 de 2009, es función de ésta

Más detalles

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.*

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Página 1 de 5 DICTAMEN Nº 8 # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Expediente relativo al proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Radio Televisión

Más detalles

Enseguida se menciona en qué consisten cada una de las siguientes facilidades:

Enseguida se menciona en qué consisten cada una de las siguientes facilidades: Facilidades de pago Existen facilidades de reducción de multas, aplicación de la tasa de recargos por prórroga, así como de condonación de multas, que se otorgan a aquéllos contribuyentes que ya tienen

Más detalles

En lo que se refiere a la asignación a la Iglesia Católica, se reproduce aquí lo indicado en informe de 30 de julio de 2009 al respecto:

En lo que se refiere a la asignación a la Iglesia Católica, se reproduce aquí lo indicado en informe de 30 de julio de 2009 al respecto: Informe 0524/2009 La consulta plantea diversas cuestiones relativas al nivel de seguridad que habrá de implantarse sobre los ficheros relacionados con la actividad de asesoramiento fiscal, desarrollada

Más detalles

PRINCIPIO DE PLANEACIÓN MARÍA LORENA CUÉLLAR CÓMO ACTÚA EN MATERIA PREVENTIVA LA PGN FRENTE A LA GESTIÓN DEL ESTADO?

PRINCIPIO DE PLANEACIÓN MARÍA LORENA CUÉLLAR CÓMO ACTÚA EN MATERIA PREVENTIVA LA PGN FRENTE A LA GESTIÓN DEL ESTADO? CÓMO ACTÚA EN MATERIA PREVENTIVA LA PGN FRENTE A LA PRINCIPIO DE PLANEACIÓN GESTIÓN DEL ESTADO? MARÍA LORENA CUÉLLAR Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública MISION DE

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014 Informe 0076/2014 La consulta plantea el procedimiento a seguir en aplicación de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su Reglamento

Más detalles

Reglamento del Procedimiento de Control Interno CAPITULO I

Reglamento del Procedimiento de Control Interno CAPITULO I LEGISLACION APLICABLE: Texto Refundido de Ley General Presupuestaria, aprobada por Real Decreto Legislativo 1091/1988 de 23 de septiembre. Ley 47/2003 de 26 de noviembre General Presupuestaria. Decreto

Más detalles

2. DEFINICIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN - SIG

2. DEFINICIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN - SIG 2. DEFINICIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN - SIG Para poder entender cuál es el propósito del SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN - SIG, lo primero que debemos tener claro son los conceptos de SISTEMA, GESTIÓN

Más detalles

utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de conformidad con la legislación sobre la materia.

utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de conformidad con la legislación sobre la materia. Informe 0314/2009 I La primera cuestión que resulta de la consulta es la relativa a la normativa aplicable al tratamiento de datos mediante cámaras de videovigilancia. Se consulta, en particular, en que

Más detalles

Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios

Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios P.1 Qué es un intermediario en el área de banca privada? P.2 Qué referencias podemos encontrar sobre los intermediarios en los Principios Wolfsberg? P.3 Qué es

Más detalles

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS «BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS Índice PREÁMBULO. 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

Más detalles

CONCEPTO 28887 DE 21 DE OCTUBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C.

CONCEPTO 28887 DE 21 DE OCTUBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C. CONCEPTO 28887 DE 21 DE OCTUBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Doctora PATRICIA GONZÁLEZ VASCO Subdirectora de Gestión de Recursos Financieros DIAN Carrera 7 No. 6 C -

Más detalles

VEEDURIAS CIUDADANAS

VEEDURIAS CIUDADANAS VEEDURIAS CIUDADANAS FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL ARTICULO 1, 2, 39, 40, 103, 209, 270 DE LA CONSTITUCION POLITICA LEY 134 DE 1994 Articulo 100 LEY 850 DE 2003 LEY 142 DE 1994 Qué es un Veedor Ciudadano?

Más detalles

Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006

Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006 Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006 La consulta plantea tres cuestiones relacionadas con la aplicación de la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, de creación del

Más detalles

b) Reglas y límites sobre operaciones con vinculados en los sistemas de negociación de valores;

b) Reglas y límites sobre operaciones con vinculados en los sistemas de negociación de valores; DERIVADOS, CONFLICTOS DE INTERÉS, REGISTRO Concepto 2010066160-005 del 19 de noviembre de 2010. Síntesis: Los deberes frente a los conflictos de interés a que hace referencia el numeral 2º del artículo

Más detalles

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA AUDITORIA INTERNA OFICIALIZACION Y DIVULGACIÓN CON OFICIO NO.0062-2009

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA AUDITORIA INTERNA OFICIALIZACION Y DIVULGACIÓN CON OFICIO NO.0062-2009 MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA AUDITORIA INTERNA MANUAL DE PROCESOS OFICIALIZACION Y DIVULGACIÓN CON OFICIO NO.0062-2009 ENERO 2009 INDICE PÁGINA PORTADA 01 ÍNDICE 02 INTRODUCCIÓN 03 MANUAL DE PROCESOS

Más detalles

DECRETO 2025 DE 1996 (noviembre 6)

DECRETO 2025 DE 1996 (noviembre 6) DECRETO 2025 DE 1996 (noviembre 6) MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL "Por el cual se reglamenta parcialmente el capítulo V de la Ley 101 de 1993 y las leyes 67 de 1983, 40 de 1990, 89 de 1993

Más detalles

Unidad 1. Fundamentos en Gestión de Riesgos

Unidad 1. Fundamentos en Gestión de Riesgos 1.1 Gestión de Proyectos Unidad 1. Fundamentos en Gestión de Riesgos La gestión de proyectos es una disciplina con la cual se integran los procesos propios de la gerencia o administración de proyectos.

Más detalles

RESPONSABILIDAD OBJETIVA Y LOS HECHOS JURÍDICOS NO VOLUNTARIOS

RESPONSABILIDAD OBJETIVA Y LOS HECHOS JURÍDICOS NO VOLUNTARIOS MÓDULO 7. RESPONSABILIDAD OBJETIVA Y LOS HECHOS JURÍDICOS NO VOLUNTARIOS Introducción En lo que concierne a este séptimo módulo analizaremos en qué consiste la responsabilidad objetiva como fuente de las

Más detalles

La relación tributaria es un vínculo jurídico que se establece entre un sujeto llamado activo

La relación tributaria es un vínculo jurídico que se establece entre un sujeto llamado activo CAPITULO 2 LA RELACIÓN TRIBUTARIA EN MÉXICO. 2.1.- Naturaleza. La relación tributaria es un vínculo jurídico que se establece entre un sujeto llamado activo (Estado) y otro sujeto llamado pasivo (contribuyente),

Más detalles

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES Consulta sobre qué conceptos han de entenderse encuadrados dentro de la expresión indemnización por los costes de cobro utilizada por el artículo 200.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos

Más detalles

Nombre del cargo FUNCIONES ESPECÍFICAS

Nombre del cargo FUNCIONES ESPECÍFICAS MUNICIPIO DE ENVIGADO DESCRIPCIÓN DE CARGO IDENTIFICACIÓN MISIÓN O PROPÓSITO DEL CARGO Nombre del cargo Obtener y mantener un grupo humano con las competencias necesarias para que el Director Administrativo

Más detalles

TÉRMINOS Y CONDICIONES

TÉRMINOS Y CONDICIONES El servicio legal contra negligencia médica es un servicio de asistencia y asesoría legal telefónica, por parte de un Abogado especialista en el ámbito penal, que asesorará al afiliado de manera inmediata,

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0290/2008

Gabinete Jurídico. Informe 0290/2008 Informe 0290/2008 La consulta plantea, que tipo de relación debe mantener la entidad consultante y la propietaria del edificio a los efectos de cumplir con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de

Más detalles

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Informe 364/2006 La consulta plantea, si le resulta de aplicación al tratamiento

Más detalles

www.mutua- intercomarcal.com Juan Carlos Bajo http://prevencionar.com/2015/12/01/compliance- officers- una- profesion- con- gran- futuro/

www.mutua- intercomarcal.com Juan Carlos Bajo http://prevencionar.com/2015/12/01/compliance- officers- una- profesion- con- gran- futuro/ Juan Carlos Bajo http://prevencionar.com/2015/12/01/compliance- officers- una- profesion- con- gran- futuro/ Compliance Officers, una profesión con gran futuro Cada día las regulaciones administrativas

Más detalles

MINISTERIO DEL INTERIOR SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA

MINISTERIO DEL INTERIOR SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA En contestación al escrito del Presidente de una determinada Asociación Profesional de Directores de Seguridad, formulando consulta sobre diversas cuestiones relacionadas con el régimen jurídico de los

Más detalles

DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Plazo de presentación hasta el 31 de marzo

DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Plazo de presentación hasta el 31 de marzo 2014 DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Plazo de presentación hasta el 31 de marzo El 31 de marzo acaba el plazo para

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO DE CHIAPAS. CONSIDERANDO 1.

Más detalles

Rama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa PROCEDIMIENTO PARA LA DEFENSA JUDICIAL

Rama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa PROCEDIMIENTO PARA LA DEFENSA JUDICIAL Rama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa SIGC PROCEDIMIENTO PARA LA FENSA JUDICIAL Elaboró Profesional Universitario Revisó a Unidad de Asistencia Legal Aprobó

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA (RE ST) Unidad Administrativa y Financiera

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA (RE ST) Unidad Administrativa y Financiera REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA (RE ST) REGLAMENTO ESPECÍFICO DE TESORERÍA ELABORADO POR: Karin Milenka Ticona Puente COORDINADO Y ASESORADO POR: COMPATIBILIZADO POR: Dirección General de

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES GERENTES Y JUNTAS DIRECTIVAS DE EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO

PREGUNTAS FRECUENTES GERENTES Y JUNTAS DIRECTIVAS DE EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO PREGUNTAS FRECUENTES GERENTES Y JUNTAS DIRECTIVAS DE EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO I. GERENTES PREGUNTA 1: Cuál es la normativa vigente que regula la elección de gerentes de las Empresas Sociales del Estado?

Más detalles

C O N C E P T O S Secretario de una notaría y poder para, adelantar actos propios en la notaria para la cual presta sus servicios Consulta

C O N C E P T O S Secretario de una notaría y poder para, adelantar actos propios en la notaria para la cual presta sus servicios Consulta Secretario de una notaría y poder para, adelantar actos propios en la notaria para la cual presta sus servicios Consulta No. 10227 de 01 de julio de 2009 Consulta El secretario de una notaría en ejercicio

Más detalles

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A Bogotá D.C. 2011 CONTENIDO I. Aspectos Generales 1.1 Objetivo del Comité de Auditoría 1.2 Normatividad Vigente para el Comité de Auditoría

Más detalles

OBLIGACIÓN DE CONTINUAR COTIZANDO AL IVSS DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE SON BENEFICIARIOS DE LA PENSIÓN POR VEJEZ TITULO V REGIMEN DE TRANSICION

OBLIGACIÓN DE CONTINUAR COTIZANDO AL IVSS DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE SON BENEFICIARIOS DE LA PENSIÓN POR VEJEZ TITULO V REGIMEN DE TRANSICION OBLIGACIÓN DE CONTINUAR COTIZANDO AL IVSS DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE SON BENEFICIARIOS DE LA PENSIÓN POR VEJEZ De acuerdo con la normativa vigente desde el 30 de diciembre del año 2002, fecha en la cual

Más detalles

Aspectos Generales de la Consulta Fiscal Fecha: 19/09/2013

Aspectos Generales de la Consulta Fiscal Fecha: 19/09/2013 Aspectos Generales de la Consulta Fiscal Fecha: 19/09/2013 www.e-paf.com Por. L.D. Joan Irwin Valtierra Guerrero Relación Tributaria Es el vínculo jurídico que se establece entre un sujeto llamado activo,

Más detalles

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006 Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006 La consulta se refiere al mantenimiento, conservación y cancelación del número de

Más detalles

CONTABILIDAD ANALISIS VERTICAL Y HORIZONTAL DE ESTADOS CONTABLES

CONTABILIDAD ANALISIS VERTICAL Y HORIZONTAL DE ESTADOS CONTABLES CONTABILIDAD ANALISIS VERTICAL Y HORIZONTAL DE ESTADOS CONTABLES El análisis de Estados Contables dispone de dos herramientas que ayudan a interpretarlos y analizarlos. Estas herramientas, denominadas

Más detalles

ASUNTO: LA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA NO TIENE CAPACIDAD PARA SER SOCIA DE SOCIEDADES COLOMBIANAS, LA PARTICIPACIÓN PERTENECE A SU MATRIZ.

ASUNTO: LA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA NO TIENE CAPACIDAD PARA SER SOCIA DE SOCIEDADES COLOMBIANAS, LA PARTICIPACIÓN PERTENECE A SU MATRIZ. OFICIO 220-124869 DEL 08 DE AGOSTO DE 2014 ASUNTO: LA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA NO TIENE CAPACIDAD PARA SER SOCIA DE SOCIEDADES COLOMBIANAS, LA PARTICIPACIÓN PERTENECE A SU MATRIZ. Me refiero a su

Más detalles

Acuerdo de aprobación del Reglamento del Servicio de Asesoría Jurídica de la Universidad Miguel Hernández.

Acuerdo de aprobación del Reglamento del Servicio de Asesoría Jurídica de la Universidad Miguel Hernández. Acuerdo de aprobación del Reglamento del Servicio de Asesoría Jurídica de la Universidad Miguel Hernández. Vista la propuesta que formula la Secretaria General de la Universidad, el Consejo de Gobierno,

Más detalles

Gerente de Políticas de Gestión de Recursos MANUEL MESONES CASTELO. Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica

Gerente de Políticas de Gestión de Recursos MANUEL MESONES CASTELO. Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica ' ' Oficina de Asesoría Jurídica "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Per ~, - -- ~------- "Año de la Consolidación Económica y Social del Peru"AUTORIOPD NACIONAL e~l lier' 1 ; ':

Más detalles

Fraccion IV. A) Normas Básicas de Competencias.

Fraccion IV. A) Normas Básicas de Competencias. Fraccion IV. A) s. Breve Descripción: La tiene como función planear, organizar, supervisar y evaluar a través de auditorías a las dependencias y organismos de la Administración Pública Municipal, para

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

TITULO I. Disposiciones generales

TITULO I. Disposiciones generales ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL LEY 24.156 Disposiciones generales. Sistemas presupuestario, de crédito público, de tesorería, de contabilidad gubernamental

Más detalles

FUNCIÓN FINANCIERA DE LA EMPRESA

FUNCIÓN FINANCIERA DE LA EMPRESA FUNCIÓN FINANCIERA DE LA EMPRESA La función financiera, junto con las de mercadotecnia y producción es básica para el buen desempeño de las organizaciones, y por ello debe estar fundamentada sobre bases

Más detalles

UNIT-LINKED Guía de Buenas Prácticas en materia de información previa a la contratación en los seguros

UNIT-LINKED Guía de Buenas Prácticas en materia de información previa a la contratación en los seguros UNIT-LINKED Guía de Buenas Prácticas en materia de información previa a la contratación en los seguros de vida en los que el tomador asume íntegramente el riesgo de inversión (Unit-Linked) JUNIO 2009 GUIA

Más detalles

El acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública

El acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública El acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública 1.- Elementos fácticos: objeto de la nota y antecedentes normativos. a) Objeto de la nota. La presente nota analiza el acceso al Subgrupo

Más detalles

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO La Paz, Noviembre 2010 SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS - SEDEM

Más detalles

CONCEPTO 06090 DE 17 DE MARZO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C.

CONCEPTO 06090 DE 17 DE MARZO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C. CONCEPTO 06090 DE 17 DE MARZO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. EDGAR ANDRES MARTINEZ VALLEJO Carrera 7 No 71-21 Torre A, Piso 8 Bogotá D. C. Ref: Radicado 000438 del 10/02/2016

Más detalles

SEGUROS EN EL TRANSPORTE

SEGUROS EN EL TRANSPORTE SEGUROS EN EL TRANSPORTE RESPONSABILIDAD CIVIL La responsabilidad civil consiste en la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro por un equivalente monetario Aunque

Más detalles

Normativa de Seguridad de los Usuarios de los Recursos Informáticos de la EUSS

Normativa de Seguridad de los Usuarios de los Recursos Informáticos de la EUSS Normativa de Seguridad de los Usuarios de los Recursos Informáticos de la EUSS Aprobada por el Consejo Mixto en la reunión del 17 de diciembre de 1997 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Los recursos informáticos

Más detalles

(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 2003)

(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 2003) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL. (B.O.P de Guadalajara de 31

Más detalles

Sistemas de Gestión de Calidad. Control documental

Sistemas de Gestión de Calidad. Control documental 4 Sistemas de Gestión de Calidad. Control documental ÍNDICE: 4.1 Requisitos Generales 4.2 Requisitos de la documentación 4.2.1 Generalidades 4.2.2 Manual de la Calidad 4.2.3 Control de los documentos 4.2.4

Más detalles

Informe 7/2009, de 15 de junio, sobre la realización de diversas prestaciones por las uniones temporales de empresas.

Informe 7/2009, de 15 de junio, sobre la realización de diversas prestaciones por las uniones temporales de empresas. Sc. Comisión Consultiva. GK/. Informe 7/2009, de 15 de junio, sobre la realización de diversas prestaciones por las uniones temporales de empresas. I.- ANTECEDENTES El Rector de la Universidad de Granada

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

Sociedades en derecho Mercantil

Sociedades en derecho Mercantil Sociedades en derecho Mercantil SOCIEDADES EN DERECHO MERCANTIL 1 Lectura No. 4 Nombre: Acto de Comercio Contextualización Los conceptos del acto mercantil, sus sujetos y auxiliares, como materia especial

Más detalles

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE REFORMA DE LA LEY ORGANICA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE REFORMA DE LA LEY ORGANICA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION 15 de diciembre de 2014 BOLETIN INFORMATIVO DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE REFORMA DE LA LEY ORGANICA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

Más detalles

Acorde con lo establecido por el artículo 363 de la Constitución Política de Colombia, el sistema tributario se base en los principios de Equidad,

Acorde con lo establecido por el artículo 363 de la Constitución Política de Colombia, el sistema tributario se base en los principios de Equidad, Acorde con lo establecido por el artículo 363 de la Constitución Política de Colombia, el sistema tributario se base en los principios de Equidad, Eficiencia y Progresividad. LA EQUIDAD se relaciona con

Más detalles

Clasificación de información I F A I

Clasificación de información I F A I Clasificación de información I F A I Febrero, 2008 Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Organismo público descentralizado, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión, encargado

Más detalles

SISERA 2008. Honduras, C.A.

SISERA 2008. Honduras, C.A. SISTEMA DE SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA Honduras, C.A. 1 SISTEMA DE SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA 1. INTRODUCCIÓN El Acuerdo No. TSC 28/2003 de fecha 19 de junio del 2003 crea

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE ACCIONES DE MEJORA

PROCEDIMIENTO DE ACCIONES DE MEJORA PROCESO DE CONTINUA Página: 1 de 11 1. Objetivo del procedimiento: Formular, implementar, registrar, hacer seguimiento y revisar la efectividad de las acciones de mejora, mediante la identificación y análisis

Más detalles

Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante.

Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante. Presentamos a continuación las últimas noticias de Derecho Comercial que consideramos de su interés: Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante. La Ley 1564 de 2012, mediante el cual se

Más detalles

Mecanismo para el seguimiento a las recomendaciones

Mecanismo para el seguimiento a las recomendaciones Mecanismo para el seguimiento a las recomendaciones 1. INTRODUCCIÓN. En el marco de la implementación de un sistema de evaluación, es necesario que la información que se genere sea utilizada para la mejora

Más detalles

De este modo, sería posible considerar que la cesión de los datos resulta necesaria para el adecuado ejercicio de la profesión de abogado

De este modo, sería posible considerar que la cesión de los datos resulta necesaria para el adecuado ejercicio de la profesión de abogado Informe Jurídico 0221/2008 La consulta es continuación de la que fue objeto de informe de fecha 19 de septiembre de 2007, relativa a la existencia de amparo en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,

Más detalles

Asunto: Consulta sobre la validez de la Maestría de la Universidad de la Rioja, para ascenso en el escalafón docente

Asunto: Consulta sobre la validez de la Maestría de la Universidad de la Rioja, para ascenso en el escalafón docente Bogotá D.C., 23 de Mayo de 2015 No. de radicación solicitud: 2015 ER 064757 2015 EE 051597 Señora Particular Bogotá D.C Bogotá D.C Asunto: Consulta sobre la validez de la Maestría de la Universidad de

Más detalles

MINISTERIO DEL INTERIOR SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA

MINISTERIO DEL INTERIOR SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA En contestación al escrito de un particular, solicitando informe sobre diversas cuestiones relativas a las figuras de los jefes y directores de seguridad, la Secretaría General Técnica, previo informe

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS INTRODUCCIÓN El presente manual se integra en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 25 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados

Más detalles

ASUNTO: Radicado ld 65226-2015 Lector Biométrico

ASUNTO: Radicado ld 65226-2015 Lector Biométrico 1200000-133248 Bogotá D.C., 24 JUL. 2015 Respetado (a) Señor (a): ASUNTO: Radicado ld 65226-2015 Lector Biométrico Hemos recibido la comunicación radicada con el número del asunto, mediante la cual se

Más detalles

ASUNTO: PRESTAMOS DE MUTUO POR PARTE DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA

ASUNTO: PRESTAMOS DE MUTUO POR PARTE DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA OFICIO 220-087485 DEL 10 DE JUNIO DE 2014 ASUNTO: PRESTAMOS DE MUTUO POR PARTE DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA Me refiero a sus escritos radicados en esta Entidad con los números 2014-01-237382

Más detalles

Rectoría Oficina de Asesoría Jurídica DIRECTRIZ JURIDICA AJ.827.2009

Rectoría Oficina de Asesoría Jurídica DIRECTRIZ JURIDICA AJ.827.2009 Rectoría Oficina de Asesoría Jurídica DIRECTRIZ JURIDICA AJ.827.2009 PARA: VICERRECTORES, DECANOS, DIRECTORES DE INSTITUTOS, JEFES DE OFICINA y JEFES DE DIVISION ASUNTO: VINCULACION DE PROFESORES HORA

Más detalles

ZUGASTI ABOGADOS www.zugasti-abogados.com

ZUGASTI ABOGADOS www.zugasti-abogados.com APROBADA LA NUEVA TARIFA PLANA EN LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA FOMENTAR LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES INDEFINIDOS Con efectos desde el pasado 25 de febrero de 2014, las empresas y autónomos

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 146 Miércoles 19 de junio de 2013 Sec. I. Pág. 46150 I. DISPOSICIONES GENERALES COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES 6658 Circular 3/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

SERVICIOS 1. AREA DE AUDITORIA Y REVISIÓN

SERVICIOS 1. AREA DE AUDITORIA Y REVISIÓN SERVICIOS 1. AREA DE AUDITORIA Y REVISIÓN 1.1.- Auditorías de Cuentas Anuales. 1.2.- Informes para la Justificación de Subvenciones y Ayudas Económicas. 1.3.- Revisiones Limitadas 1.4.- Revisión de Cumplimiento

Más detalles