LA ORGANIZACIÓN DEL CENTRO ESCOLAR. DOCUMENTOS PARA SU PLANIFICACIÓN

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1 LA ORGANIZACIÓN DEL CENTRO ESCOLAR. DOCUMENTOS PARA SU PLANIFICACIÓN Salvador Grau Company

2 Título: La organización del centro escolar. Documentos para su planificación Autores: Salvador Grau Company I.S.B.N.: Depósito legal: A Edita: Editorial Club Universitario Telf.: C/ Cottolengo, 25 - San Vicente (Alicante) Printed in Spain Imprime: Imprenta Gamma Telf.: C/. Cottolengo, 25 - San Vicente (Alicante) gamma@gamma.fm Reservados todos los derechos. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética o cualquier almacenamiento de información o sistema de reproducción, sin permiso previo y por escrito de los titulares del Copyright

3 INDICE PRESENTACIÓN... 1 CAPÍTULO I. EL SISTEMA EDUCATIVO: NORMATIVAS LEGALES (Salvador Grau Company y Asunción Lledó Carreres) LEYES QUE REGULAN EL SISTEMA ESCOLAR EL SISTEMA ESCOLAR EN ESPAÑA Principios y características del sistema escolar Elementos del sistema escolar NORMATIVA LEGAL Resolución de 15 de junio de Resolución de 29 de junio de Resolución de 26 de mayo de CAPÍTULO II PLANIFICACIÓN EDUCATIVA (Salvador Grau Company y Mª Carmen Fernández Marco) DOCUMENTOS QUE PLANIFICAN UN CENTRO ESCOLAR Documentos a largo plazo Documentos a corto plazo ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE UN CENTRO EDUCATIVO Organigrama estructural Organigrama funcional Organigrama de personal Modelo de organigrama de un centro escolar de un centro de Educación Infantil y Educación Primaria OBSERVACIÓN, ANÁLISIS Y REFLEXIÓN CRÍTICA DE LA REALIDAD DEL AULA Conocimiento de las características de los alumnos Conocimiento de las necesidades educativas de los mismos con especial incidencia en los alumnos con necesidades educativas especiales (a.c.n.e.e.) Organización y funcionamiento del aula Conexión que existe entre el PCE y la PA en referencia a objetivos, contenidos, metodología y criterios de evaluación El ajuste entre las necesidades del grupo de alumn@s EJEMPLOS DE PROYECTOS EDUCATIVOS DE CENTRO CAPÍTULO III PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO (Salvador Grau Company) DIFERENCIAS ENTRE PROYECTO CURRICULAR DE CENTRO Y PROYECTO EDUCATIVO EL POR QUÉ DE UN PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO Consideraciones generales Características III

4 2.3. Apartados PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO. DE LA TEORIA A LA PRÁCTICA Consideraciones previas Intencionalidades educativas Objetivos de ciclo y área Memoria y propuestas de mejora (plan anual) De la teoría a la práctica CAPÍTULO IV ANÁLISIS DE UN PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO (Salvador Grau Company y José Mariano Garrido Gil) ANÁLISIS DEL CONTEXTO Ubicación Las familias El alumnado El Centro ADECUACIÓN DE LOS OBJETIVOS GENERALES DE LAS ETAPAS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y DE EDUCACIÓN PRIMARIA ORGANIZACIÓN GENERAL DEL CENTRO Órganos de Gobierno Órganos de coordinación docente ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO, LOS RECURSOS Y EL TIEMPO Espacios Recursos MEDIOS PREVISTOS PARA FACILITAR E IMPULSAR LA COLABORACIÓN ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA COORDINACIÓN CON LOS SERVICIOS SOCIALES Y EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO Y OTRAS INSTITUCIONES EVALUACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PEC CAPÍTULO V EL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO (Salvador Grau Company) DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO EJEMPLO DE REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO Disposiciones generales Del alumnado del centro Del profesorado De los padres y madres Del personal no docente Del edificio escolar Gobierno y representación del centro Órganos internos del centro Normas generales de funcionamiento IV

5 2.10. Revisión del Reglamento Anexo: del comedor CAPÍTULO VI LA AUTOEVALUACIÓN DE UN CENTRO EDUCATIVO COMO MEDIDA PARA MEJORAR SU CALIDAD EDUCATIVA (Salvador Grau Company y José Daniel Álvarez Teruel) AUTOEVALUACIÓN DE UN CENTRO Y CALIDAD EDUCATIVA PROPUESTA DE AUTOEVALUACIÓN DE UN CENTRO EDUCATIVO Autoevaluación global del centro Seguimiento de las actividades de la programación general actual Reflexión individual Autoevaluación. Resultados académicos LA AUTOEVALUACIÓN DEL CENTRO DOCENTE: CONSI- DERACIONES FINALES CAPÍTULO VII LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL (Salvador Grau Company) RESULTADOS ACADÉMICOS DEL CURSO ANTERIOR MATRÍCULA Matrícula general Alumnado Educación Especial, servicios complementarios (comedor, transporte), idiomas, programas específicos Alumnado de Educación Especial integrados en centros ordinarios. Alumnado con superdotación intelectual. Alumnado con necesidades de compensación educativa Alumnado que tiene una Adaptación Curricular Significativa (ACIS) Alumnado extranjero Unidades, número de alumnos y profesor tutor asignado PROGRAMACIÓN Horario general del centro Servicio de comedor Actividades programadas por grupos. Horario atención padres. Calendario evaluaciones. Profesorado responsable Programa anual de actividades complementarias y extraescolares Situación del Diseño Particular del Programa de Educación Bilingüe Evaluación del Plan de Normalización Lingüística del curso anterior Plan de Normalización Lingüística Temas transversales en Educación Infantil Libros de texto adoptados para el curso RECURSOS HUMANOS Y FUNCIONES ASIGNADAS Relación del profesorado y habilitaciones personales Profesorado del centro Profesorado de Educación Especial y personal no docente V

6 4.4. Estadística de los recursos humanos del centro Horario general del profesorado APROBACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL CAPÍTULO VIII ASPECTOS ORGANIZATIVOS DE UN CENTRO ESCOLAR (Salvador Grau Company y Jaime Quiñones Merino) HORARIO ESCOLAR Criterios pedagógicos para el establecimiento de horarios CALENDARIO DE REUNIONES ORDINARIAS EQUIPOS DE VIGILANCIA DE PATIOS EQUIPOS DE CICLO Composición de los equipos de ciclo Funciones de los equipos de ciclo Funciones de los coordinadores de ciclo COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN LINGÜÍSTICA TUTORES NORMAS DE CONVIVENCIA Proceso de acción disciplinaria tutorial ABSENTISMO ESCOLAR PLAN DE SUSTITUCIONES DEL PROFESORADO PERMISOS Y LICENCIAS DEL PERSONAL DOCENTE EVALUACIÓN Criterios de promoción PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL REUNIÓN INICIAL INFORMATIVA PARA PADRES DE ALUMNOS EDUCACIÓN INTERCULTURAL Plan de acogida Fases del plan de acogida ANEXOS CAPÍTULO IX PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y / O REFUERZO EDUCATIVO COMPENSATORIO (Alfredo Moncho Pellicer) INTRODUCCIÓN - JUSTIFICACIÓN FUNDAMENTACIÓN LEGAL COHERENCIA DEL PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y/O REFUERZO EDUCATIVO COMPENSATORIO CON LOS PROYECTOS EDUCATIVO Y CURRICULAR CARACTERÍSTICAS DEL ALUMNADO DEL CENTRO ALUMNADO SUSCEPTIBLE DE SER INCLUIDO EN EL PLAN SEGÚN LA LEY VI

7 6. OBJETIVOS GENERALES DEL CENTRO EN RELACIÓN CON EL PROGRAMA OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL PLAN ACTUACIONES Y MEDIDAS PRINCIPIOS METODOLÓGICOS RECURSOS PROPUESTA DE ALGUNAS HABILIDADES SOCIALES A DESARROLLAR EN EL PLAN BIBLIOGRAFÍA ANEXO VII

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9 PRESENTACIÓN El propósito de este libro es ofertar a los estudiantes de la Facultad de Educación una visión práctica y atractiva de la organización del centro escolar. La experiencia del autor, que fue maestro, jefe de estudios y director en diversos colegios, junto con la colaboración de otros profesionales, vinculados con la docencia en centros de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Cefires y Universidad, ofrecen una visión contrastada de la realidad educativa. El alumnado que cursa estudios de la Diplomatura de Magisterio precisa una información adecuada de la planificación de una institución escolar, de los aspectos más importantes que hacen que cualquier organización educativa sea eficaz, así como la necesidad de comprobar que teoría y práctica se pueden conjugar. Por esta razón, muchos de los capítulos son experiencias reales llevadas a cabo en centros educativos. Estos documentos son fruto del trabajo cooperativo entre docentes de distintos sectores y etapas educativas. El manual está estructurado en nueve capítulos que recogen información detallada sobre los distintos elementos que configuran la organización de un centro. Capítulo I. Normativa legal para la organización del centro. Capítulo II. Documentos para la planificación educativa, haciendo hincapié en aspectos concretos que facilitan la gestión escolar. Capítulo III. Proyecto educativo de centro, importancia de su puesta en práctica y consideraciones generales a la hora de su elaboración, experiencia práctica. Capítulo IV. Análisis y evaluación de un proyecto educativo, realizada por una comunidad escolar. Capítulo V. Derechos y deberes del alumnado y la elaboración de un reglamento de régimen interno. Capítulo VI. La autoevaluación de un centro educativo como medida para mejorar su calidad. Propuesta para llevarla a cabo. Capítulo VII. Aspectos generales de la programación general anual de un centro de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Valenciana. Capítulo VIII. Aspectos organizativos como el horario escolar, criterios para su elaboración, equipos y comisiones, normas de convivencia, plan de sustituciones del profesorado, evaluación, plan de acogida para alumnos extranjeros, documentos que ayudan a que una organización escolar sea más eficaz. 1

10 Presentación Capítulo IX. Programa de prevención y refuerzo educativo de carácter compensador a las dificultades del alumnado de un centro. Planificación, objetivos, recursos y principios metodológicos. Anexo. Reglamento Orgánico y Funcional (ROF) de las escuelas de Educación Infantil y de los colegios de Educación Primaria. 2

11 CAPÍTULO I. EL SISTEMA EDUCATIVO: NORMATIVAS LEGALES Aspectos importantes a destacar: 1. La Constitución como base del sistema educativo español. 2. Leyes que regulan el sistema escolar. 3. Aspectos diferenciales de cada una de las leyes. 4. Normativa autonómica sobre regulación, ordenación y funcionamiento de los centros de Educación Infantil y Primaria El ordenamiento jurídico del sistema educativo se determina a través de la Constitución Española de En ella se reconoce un estado social y democrático de derecho que propugna como valores superiores: La libertad La justicia La igualdad El pluralismo político La Constitución representa un cambio muy importante en el ámbito educativo y supone: - Enseñanza aconfesional y plural. - Descentralización del sistema educativo y reconocimiento de las Comunidades Autónomas para intervenir en su territorio en los diferentes aspectos educativos: competencias plenas en materia educativa. - Cooficialidad de las lenguas propias de cada Comunidad con el castellano. - El reconocimiento al derecho a la educación, a la no discriminación, a la libertad de enseñanza y al derecho a la participación en la enseñanza a través de una democratización del sistema educativo. El artículo 27 de la Constitución asentará las bases del sistema educativo en España: 1. Todos tienen derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. 3

12 El sistema educativo: Normativas legales 2. La educación tendrá como objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. 3. Los poderes públicos garantizarán el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. 4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita. 5. Los poderes públicos garantizarán el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes. 6. Se reconoce a las personas físicas o jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro el respeto a las libertades constitucionales. 7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca. 8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes. 9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca. 10. Se reconoce la autonomía de las universidades en los términos que la ley establezca. 1. LEYES QUE REGULAN EL SISTEMA ESCOLAR A partir de la implantación de la Carta Magna, en nuestro país se desarrollan una serie de leyes educativas que van ordenando el sistema escolar español, las más destacadas se pueden resumir en el siguiente gráfico: 4

13 La organización del centro escolar CONSTITUCIÓN LODE (1985) LEY ORGÁNICA REGULADORA DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN - Derecho a la Educación - Participación de la sociedad en el sistema educativo - Financiación de centros públicos y privados LOGSE (1990) LEY ORGÁNICA DE ORDENACIÓN GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO - Estructura del sistema y ordenación de las enseñanzas - Ampliación de la enseñanza obligatoria hasta los 16 años - Establecimiento de la F.P. Superior LOPEG (1995) LEY ORGÁNICA DE LA PARTICIPACIÓN, LA EVALUACIÓN Y EL GOBIERNO DE LOS CENTROS DOCENTES - Actividades extraescolares - Autonomía de gestión de los centros docentes - Inspección por las administraciones educativas - Órganos de gobierno de los centros docentes LOU (2001) LEY ORGÁNICA DE UNIVERSIDADES - Mejora de la calidad - Mecanismos apropiados para potenciar la actividad investigadora de las universidades - Incorporación de nuestro sistema universitario al espacio universitario europeo - Movilidad de estudiantes y profesores LOCFP (2002) LEY ORGÁNICA DE LAS CUALIFICACIONES Y DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL - Adecua la Formación Profesional a las nuevas exigencias del sistema productivo - Fomenta la formación y la readaptación profesional LOCE (2002) LEY ORGÁNICA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN - Mejora el nivel medio de los conocimientos de los alumnos - Fomenta la cultura del esfuerzo como garantía de progreso personal - Garantiza la igualdad de oportunidades - Previene y combate el fracaso escolar - Mejora las condiciones de trabajo de los profesores en los centros 5

14 El sistema educativo: Normativas legales 2. EL SISTEMA ESCOLAR EN ESPAÑA 2.1. Principios y características del sistema escolar Los principios del sistema escolar se fundamentan en los principios constitucionales y las finalidades de las leyes educativas que aparecen determinadas en el Título Preliminar de la Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación (LODE, 1985): - El pleno desarrollo de la personalidad del alumno. - La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia. - La adquisición de hábitos intelectuales y la adquisición de técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, humanísticos, históricos y estéticos. - La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales. - La formación en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural de España. - La preparación para participar activamente en la vida social y cultural. - La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos. Las características del sistema escolar corresponden a un sistema escolar incardinado con los avances y progresos culturales, técnicos y económicos, con un marcado carácter compensatorio, comprensivo y de calidad y sustentado por una pluralidad jurídica y administrativa Elementos del sistema escolar Podemos distinguir tres tipos de elementos: a) legislativos, b) institucionales, d) personales Elementos legislativos Corresponden al marco jurídico de los centros escolares que están determinados por las Leyes educativas vigentes. Pasamos a destacar las principales aportaciones de las distintas Leyes educativas en vigencia: 6

15 La organización del centro escolar Ley Orgánica 8/1885, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. LODE - Proclama y desarrolla el derecho a la educación para todos y los principios constitucionales (art. 27). - Determina las finalidades de la educación - Establece una red de centros: públicos y concertados para hacer efectivo el derecho de todos a la educación. - Regula la organización y funcionamiento de los centros escolares, garantizando la participación en la enseñanza de los padres, madres, profesorado y alumnado, creando para ello: Órganos colegiados: Consejo Escolar de Centro; Equipo Directivo; Claustro de Profesores y Asociaciones de Padres Órganos unipersonales: Director; Jefe de Estudios y Secretario. Órganos de coordinación docente: Equipos de ciclo; Comisión de coordinación pedagógica Órganos de participación y con carácter consultivo: en el ámbito estatal el Consejo Escolar del Estado y en el ámbito de la Comunidad el Consejo Escolar Valenciano. La Ley 1/1990, de 4 de octubre, Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo. LOGSE La LOGSE es la respuesta a la reforma general del sistema educativo, que intenta superar las deficiencias de la legislación anterior (Ley de 1970) y adecuar la educación a las exigencias determinadas en los principios constitucionales, a los nuevos valores democráticos de la sociedad y a las nuevas necesidades socioeconómicas propias de la evolución de España y de su integración en la Unión Europea. En el Libro Blanco para la Reforma del Sistema Educativo (1989) se aportan una serie de razones por las que se aboga por la reforma del Sistema Educativo: - Aumentar el nivel cultural de la población escolar y ordenar un nuevo modelo escolar. - Diseñar un nuevo modo de enseñanza-aprendizaje que elimine la gran cantidad de fracaso escolar existente. - Eliminar el carácter tan academicista del ciclo superior de la EGB y el Bachillerato. - La ausencia de legislación educativa en la etapa de la E.Infantil y de la E. Especial. 7

16 El sistema educativo: Normativas legales - Permitir un cambio y reflexión en la práctica docente y en la forma de enseñar y aprender, analizando las nuevas aportaciones de las teorías del aprendizaje de la Psicología y de las Ciencias de la Educación. Fundamentos psicopedagógicos y aportaciones educativas que aporta la LOGSE: - Un modelo curricular basado en la concepción constructivista del aprendizaje escolar y de la intervención del profesor, facilitando un aprendizaje significativo y funcional: Significatividad lógica de los contenidos. Significatividad psicológica de los contenidos Actividad mental del alumno Actitud favorable del alumno Memorización comprensiva - Una educación y modelo de escuela comprensiva (común para todos) y basada en la diversidad del alumnado en intereses, capacidades y situaciones socioculturales. - Respuesta educativa desde los centros escolares a los alumnos con necesidades educativas especiales. - Carácter preventivo y de identidad propia, aunque no de obligatoriedad, dado a la etapa de la Educación Infantil. - El ciclo es la unidad curricular temporal de la programación y evaluación en todas las etapas educativas. Disminución de la ratio profesor/alumno. - Carácter obligatorio y gratuito de la enseñanza básica (6 a los 16 años). - Planteamiento educativo integrado a través de Proyectos curriculares elaborados y coordinados entre todos los equipos de profesores que componen los equipos de ciclo de las respectivas etapas educativas. - Una formación básica de carácter más profesional para todo el alumnado en la ESO y en Bachillerato. - Una única titulación al finalizar la Educación Secundaria Obligatoria. - Propuesta de medidas de atención a la diversidad del alumnado:optatividad; adaptaciones curriculares más o menos significativas (ACIS); programas de Diversificación Curricular y programas de Garantía Social. - Oferta de diversas modalidades en el Bachillerato y organización en módulos de la nueva Formación Profesional específica. 8

17 La organización del centro escolar - Propone una serie de medidas que favorecerán la calidad de la enseñanza: La cualificación y formación del profesorado según la nueva ordenación del sistema educativo. Programación docente en los centros escolares a través de sus Proyectos educativos y curriculares de las respectivas etapas educativas. Autonomía pedagógica y organizativa de los centros escolares en su ámbito de gestión y organización. Dotación de recursos materiales y personales en los centros para dar respuesta a una educación de calidad y basada en la diversidad de necesidades especiales. Aplicación y desarrollo en los centros escolares de programas de innovación e investigación educativa. La orientación tutorial y psicopedagógica formará parte de la función docente. La Inspección Educativa. La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los centros docentes (LOPEG) - Reafirma con plenas garantías el derecho de todos a la educación, establecido por la LODE. - Establece un marco organizativo en los centros escolares que garantice: Una participación responsable de todos los elementos que forman la comunidad educativa, dando más apoyo al equipo directivo de los centros y a la formación de la función directiva en los centros escolares (programas de formación para acreditar la formación en la función directiva). Una plena autonomía (establecida por la LOGSE) de los centros escolares en el diseño de sus proyectos educativos y curriculares, así como en su dinámica organizativa y pedagógica. La consecución de los objetivos de la reforma educativa y de la mejora de la calidad de la enseñanza. El establecimiento de procedimientos para la evaluación del sistema educativo, de los centros escolares, de la tarea docente, de los órganos de gobierno y de administración educativa. 9

18 El sistema educativo: Normativas legales Creación para la evaluación del sistema educativo del INCE (Instituto Nacional de Calidad y Evaluación) Determinará y regulará las funciones de la Inspección Educativa. La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de septiembre, de Calidad de la educación (LOCE) - Esta Ley deroga y modifica partes importantes de las anteriores leyes. - Las reformas promovidas por esta ley se sintetizan en los siguientes apartados: Elevar el nivel de conocimiento del alumnado Reducir el fracaso escolar. Aumentar las oportunidades académicas del alumnado. Promover la cultura del esfuerzo y de la evaluación. Integrar a todo el alumnado en las aulas con una mejor convivencia. Mejorar las condiciones del profesorado y dignificar la función docente. Hacer más eficaz la gestión de los centros. - Las principales medidas que pretende esta nueva reforma educativa, se centran en los siguientes apartados: Los contenidos Reorganización del sistema educativo El esfuerzo, el estímulo y la evaluación El apoyo al profesorado La gestión de los centros Respecto a la gestión de los centros: Se profesionaliza la función directiva. Incentivos económicos y profesionales para los directores Más autonomía en la gestión de los centros. Mayores competencias a la dirección para mantener la disciplina y la convivencia en los centros. Posibilidad de especialización en los centros en determinadas áreas de conocimiento. 10

19 La organización del centro escolar SÍNTESIS DE LAS LEYES QUE REGULAN EL SISTEMA EDUCATIVO Y RELACIONES ENTRE LAS MISMAS 1970 Ley General de Educación (LGE) 1978 CONSTITUCIÓN modifica Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación (LODE) Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) deroga adapta 1995 Ley Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG) 2001 Ley Orgánica de Universidades (LOU) 2002 Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (LOCFP) adapta 2002 Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE) 11

20 El sistema educativo: Normativas legales Elementos institucionales Corresponden a la red de centros diseñados y planificados en los correspondientes mapas escolares tanto en el ámbito del MECD, como de las Comunidades Autónomas y que se agrupan en: Centros Públicos, Centros Concertados y Centros Privados, con sus diferentes unidades y niveles: - Centros de Educación Infantil. - Centros de Educación Infantil y Primaria. - Centros de Educación Secundaria: Obligatoria (ESO) y postobligatoria (Bachillerato y Formación Profesional). - Centros de Formación Profesional de grado superior - Centros de Educación Universitaria. - Conservatorios de Música y Danza. - Escuelas Superiores de Arte Dramático - Escuelas de Artes aplicadas y Oficios artísticos - Escuelas Oficiales de Idiomas - Centros de Educación Permanente de Adultos Esta red de centros escolares es agrupada según las respectivas etapas y modalidades educativas que componen nuestro sistema escolar: ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN GENERAL Educación Infantil Educación Primaria Educación Secundaria Obligatoria Bachillerato Formación Profesional Educación Universitaria ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Enseñanza Artísticas Enseñanzas de Idiomas MODALIDADES Educación Especial Educación de Adultos Educación a Distancia 12

21 La organización del centro escolar 3. NORMATIVA LEGAL La normativa legal por la que se rigen los centros educativos y, por lo tanto su actividad docente, está desarrollada por las siguientes disposiciones legislativas: 1. Orden del 19 de febrero de 1993 de la Consellería de Educación sobre evaluación de Primaria. 2. Orden del 29 de junio de 1992, de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia, por las que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los centros docentes que imparten enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Preescolar, Primaria, Educación Especial, Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional sostenidos con fondos públicos y dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalitat Valenciana. 3. Resolución de 21 de julio de 1997, de la secretaría general y de las Direcciones Generales de Centros Docentes, Personal y Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y funcionamiento de los colegios de Educación Infantil y Primaria para el curso 1997/ Decreto 233/1997, de 2 de septiembre del Gobierno Valenciano por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de las escuelas de Educación Infantil y de los colegios de Educación Primaria. 5. Resolución de 20 de julio de 1998 de la secretaría general y de las Direcciones Generales de centros docentes de Ordenación, Innovación Educativa y Política Lingüística y de Personal, que prorroga la resolución de 21 de julio de 1997, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y funcionamiento de los colegios de Educación Infantil y Primaria para el curso Resolución de 28 de junio de 1999 de la Secretaría General y de las Direcciones Generales de centros docentes de Ordenación, Innovación Educativa, Política Lingüística y de Personal, que prorroga la resolución de 21 de julio de 1997 y la resolución de 20 13

22 El sistema educativo: Normativas legales de julio de 1988 por la que se aprueban las instrucciones para la organización y funcionamiento de los colegios de Educación Infantil y de Primaria para el curso 1999/ Resolución de 26 de junio de 2000 de las Direcciones Generales de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística por la que se dan instrucciones sobre la evaluación y la promoción del alumnado de Educación Primaria. 8. Resolución de 15 de junio de 2001 de las Direcciones Generales de Centros Docentes de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística y de Personal que prorroga la resolución de 20 de junio de 1999, por la que se aprueban instrucciones para la organización y funcionamiento de los colegios de Primaria para el curso Resolución de 26 de junio de 2002 de las Direcciones Generales de Centros Docentes de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística y de Personal, por la que se prorroga la vigencia de la resolución de 15 de junio de 2001 por las que se aprueban las instrucciones para la organización y funcionamiento de los colegios de Educación Infantil y Educación Primaria para el curso Resolución de 9 de julio de 2003, de las Direcciones Generales de Centros Docentes de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística y de Personal, por la que se prorroga y completa para el curso la resolución de 15 de junio de 2001 completada por la resolución de 26 de junio de 2002 por las que se dictaban las instrucciones para la organización y funcionamiento de los colegios de Educación Infantil y Educación Primaria. 11. Resolución de 29 de junio de 2004, de la Dirección General de Enseñanza y de la Dirección General de Personal Docente, por la que se prorroga y completa para el curso la resolución de 15 de junio de 2001 completada por la resolución de 26 de junio de 2002 y por la resolución de 9 de julio de 2003, por la que se dictan y aprueban instrucciones para la organización y funcionamiento de los colegios de Educación Infantil y Primaria. 14

23 La organización del centro escolar 12. Resolución de 26 de mayo de 2005, de la Dirección General de Enseñanza, por la que se fija el calendario escolar del curso académico Pasamos a desarrollar más ampliamente las tres disposiciones legislativas anteriores, debido a sus características significativas en cuanto a la organización de los centros escolares Resolución de 15 de junio de 2001 Objetivo: instrucciones para la organización y funcionamiento de los colegios de Primaria Aspectos más destacados: HORARIOS: El maestro dedicará 25 horas semanales a la docencia directa con uno o diversos grupos de alumnos, incluidos los tiempos de recreo. Todas las actividades asignadas a los maestros estarán recogidas en una hoja de horario individual que, firmada por cada maestro y con el visto bueno de la dirección del centro, será remitida a los servicios territoriales de Cultura y Educación, antes del día 15 de septiembre, para la aprobación del director territorial. Si después de la adscripción a grupos, áreas o ciclos, existe algún maestro que no completa las 25 horas de docencia, la dirección del centro le asignará otras actividades docentes, a fin de: - Cubrir las horas de dedicación de los órganos unipersonales a las tareas propias del cargo. - Cubrir las horas de dedicación de los coordinadores de ciclo, departamento o nivel. - Realizar actividades de apoyo para el alumnado con necesidades educativas especiales. - Permitir el desdoblamiento de los grupos con más de 20 alumnos en el área de lenguas extranjeras y en el laboratorio de ciencias. - Ayudar a los maestros en las actividades que requieren la presencia de más de un maestro por grupo. Una vez atendidas las necesidades docentes de todos los grupos de alumnos, la dirección aplicará las horas lectivas disponibles de manera que preferentemente se destinen a: 15

24 El sistema educativo: Normativas legales - Organizar y elaborar recursos didácticos. - Atender la biblioteca. - Realizar actividades de laboratorio. - Organizar y realizar actividades para la normalización lingüística. - Programa de inmersión lingüística. Las 25 horas semanales de horario lectivo de los maestros, docencia u otras modalidades, tendrán que realizarse en coincidencia con el horario lectivo del alumno. De acuerdo con la organización del centro, una vez atendidas todas las necesidades de horas lectivas y las horas de dedicación de los órganos unipersonales, las horas disponibles del profesorado se asignarán a: - Refuerzo educativo en las áreas instrumentales. - Dedicación de los coordinadores de ciclo o nivel. - Actividades de apoyo y refuerzo al alumnado con necesidades educativas especiales. - Realización de actividades de apoyo al alumnado que siga el programa de inmersión lingüística. - Reducir el horario lectivo de los maestros con 55 o más años de edad cuando los interesados lo soliciten formalmente ante la dirección, hasta un máximo de tres horas lectivas semanales. Estos maestros realizarán actividades complementarias hasta completar las 25 horas semanales. DISTRIBUCIÓN DEL HORARIO: En relación con la distribución del horario de los maestros se aplicará lo siguiente: La jornada laboral de los maestros será, con carácter general, de horas semanales. Durante los períodos lectivos establecidos en el calendario escolar vigente los maestros dedicarán a las actividades del centro 30 horas semanales, de las cuales, 25 serán lectivas, y las restantes se distribuirán entre complementarias recogidas en el horario individual semanal y complementarias computadas mensualmente. Las 7 30 horas restantes hasta completar la jornada, serán de libre disposición del profesorado para la preparación de clases y perfeccionamiento individual o cualquier otra actividad pedagógica complementaria. 16

25 La organización del centro escolar Respecto de las horas complementarias recogidas en el horario individual además del horario lectivo, se dedicará una hora semanal, en el centro a la acción tutorial con el alumnado y las familias. Respecto de las horas complementarias computadas mensualmente, las horas restantes hasta completar las 30 horas semanales de dedicación al centro computarán mensualmente a cada maestro por la jefatura de estudios y comprenderá las siguientes actividades: - Asistencia a reuniones del claustro y del consejo escolar. - Asistencia a sesiones de evaluación. - Asistencia a reuniones de equipos de ciclo. - Participación en actividades de formación incluidas en el Plan de Formación del Profesorado de la Consellería de Cultura y Educación. - Participación en las actividades de formación específica para la aplicación del programa de inmersión según la Orden de 23 de noviembre de 1990 (DOGV del 4 de marzo de 1991). - Programación y realización de actividades complementarias Resolución de 29 de junio de 2004 Objetivo: instrucciones para la organización y funcionamiento de los colegios de Educación Infantil y Primaria Los aspectos mas destacados de la presente Resolución podemos sintetizarlos en los siguientes apartados: LIBROS DE TEXTO: Se entenderá como materiales didácticos curriculares los libros de texto y otros materiales editados, que profesores y alumnos utilicen en los centros docentes, públicos y privados, para el desarrollo y la aplicación de los currículos vigentes en la Comunidad Valenciana de las enseñanzas de régimen general. No se aplicará a la producción editorial que profesores y alumnos utilicen como material de apoyo, y que no esté destinada de manera específica al desarrollo de una materia o área concreta del currículo. La relación de libros de texto y demás materiales curriculares, seleccionados en cada centro por el órgano competente para la utilización por el alumnado, se deberá exponer en el tablón de anuncios antes del 30 de junio del curso anterior. 17

26 El sistema educativo: Normativas legales Con carácter general, los libros de texto y demás materiales curriculares adoptados no podrán ser sustituidos por otros durante un periodo mínimo de cuatro años. Excepcionalmente, cuando la programación docente lo requiera, la sustitución antes del plazo mencionado, deberá ser autorizado por la Dirección Territorial correspondiente, previo informe de la Inspección Educativa. HORARIO SEMANAL: El horario semanal podrá organizarse por sesiones semanales de acuerdo con el siguiente modelo: ED. PRIMARIA ÁREAS PRIMER CICLO SEGUNDO CICLO TERCER CICLO CONOCIMIENTO DEL MEDIO SOCIAL Y CULTURAL ED. ARTÍSTICA CASTELLANO: LENGUA Y LITERATURA VALENCIANO: LENGUA Y LITERATURA LENGUA EXTRANJERA MATEMÁTICAS RELIGIÓN/ACT. DE ESTUDIO ED. FÍSICA Cada centro establecerá un periodo de descanso diario de un máximo de 30 minutos, que respetará la proporcionalidad anterior y responderá a las necesidades de su alumnado. Los centros podrán adoptar las sesiones semanales correspondientes de las áreas lingüísticas para grupos de alumnado que participen en programas lingüísticos específicos, respetando el número total de sesiones atribuidas a dichas áreas lingüísticas en el conjunto de este nivel educativo. 18

27 La organización del centro escolar 3.3. Resolución de 26 de mayo de 2005 Objetivo: fijar el calendario escolar del curso académico Esta resolución establece los criterios generales por los que se ha de regir el calendario escolar para todos los centros docentes de la Comunidad Valenciana que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional, Bachillerato, Enseñanzas Artísticas y Enseñanzas de Idiomas. Los aspectos más importantes son: Las actividades escolares del curso académico se iniciarán y finalizarán, en función de las enseñanzas cursadas, en las fechas siguientes: - En Educación Infantil y Educación Primaria, las actividades escolares comenzarán el 9 de septiembre de 2005 y terminarán el 21 de junio de En Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional y Bachillerato, se iniciarán el 16 de septiembre de 2005 y finalizarán el 22 de junio de En Enseñanzas Artísticas, de Idiomas y Formación de Personas Adultas, comenzarán el 3 de octubre de 2005 y finalizarán el 28 de junio de En el presente curso escolar las actividades escolares del alumnado de Educación Infantil y educación Primaria comportarán un total de 849 horas lectivas. En los dos primeros cursos de Educación Secundaria Obligatoria, las horas deberán ascender, al menos, a En tercer y cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria se añadirán dos horas semanales más a las previstas en el apartado anterior. Los periodos de vacaciones del curso serán las siguientes: a) Vacaciones de Navidad: desde el 23 de diciembre de 2005 al 6 de enero de 2006, ambos inclusive. b) Vacaciones de Pascua: desde el jueves 13 al lunes 24 de abril, ambos inclusive. c) Serán festivos, durante el curso escolar, los días siguientes: - 12 de octubre, día de la Hispanidad. 19

28 El sistema educativo: Normativas legales - 31 de octubre. - 1 de noviembre, fiesta de Todos los Santos. - 6 de diciembre, día de la Constitución. - 8 de diciembre, la Inmaculada Concepción. - 1 de mayo, Fiesta del Trabajo. Las pruebas extraordinarias de septiembre deberán estar finalizadas con anterioridad al día 6, fecha en que se entregarán las calificaciones de las mismas. 20

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