Los trabajos se llevarán a cabo obligatoriamente en las siguientes zonas:
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- Carla Miguélez Olivares
- hace 8 años
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1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE CONTROL ANTIVECTORIAL (DESRATIZACIÓN, DESRATONIZACIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESINFECCIÓN), TRATAMIENTO DE CONTROL DE PROCESIONARIA Y EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE PARACUELLOS DE JARAMA Determinadas especies animales representan un problema para la Salud Pública y el bienestar de la población al estar implicadas, de forma directa o indirecta, en la propagación de ciertas enfermedades transmisibles. Por ello, el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, fija las condiciones técnicas para la realización del Servicio de Control de vectores: Desinsectación, Desratización y Desinfección (DDD) en el municipio, con arreglo a las indicaciones técnicas recogidas en este pliego, así como prevención y control de Procesionaria. En base a las atribuciones que recoge la legislación de Régimen Local y la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, es competencia de los Ayuntamientos velar, con carácter preventivo, por el mantenimiento de las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones e infraestructuras municipales. OBJETIVO: Es objeto de este Pliego establecer un programa de lucha antivectorial integrada contra los roedores comensales, artrópodos y microorganismos patógenos en el municipio de Paracuellos de Jarama, con fines sanitarios, así como la desinfección como medida para evitar la aparición de enfermedades transmitidas por microorganismos patógenos y el control efectivo de Procesionaria y avispas. Con ello se pretende mejorar las condiciones higiénicas del municipio. Realizar un control de Procesionaria en las plantaciones de pinos municipales y la eliminación de avispas en dependencias municipales como en áreas de administración municipal. Los métodos de trabajo a utilizar serán mediante Control Integrado de Plagas, consistente en una combinación de métodos físicos, biológicos y químicos, dejando estos último como último recurso, con el fin de obtener una mayor eficacia con un menor impacto ambiental y una mayor calidad de la salud pública en nuestro municipio. AMBITO DE ACTUACIÓN: todo el término municipal de Paracuellos de Jarama, donde se incluyen el casco urbano, urbanizaciones, polígonos industrial, Belvis del Jarama, área del Residencial, La Paleta y el INTA. Los trabajos se llevarán a cabo obligatoriamente en las siguientes zonas: - Edificios e instalaciones municipales actuales, así como otros posibles que tuvieran su apertura durante la vigencia del contrato (Centros escolares y escuelas infantiles (Se adjunta relación completa de los Centros y Dependencias municipales en el ANEXO I) - Parques y Jardines (ANEXO II) - Áreas Caninas
2 - Red de Alcantarillado Público: (Arquetas, pluviales, pozos y colectores) - Vertederos incontrolados existentes o que se puedan producir en un futuro - Fuentes, depósitos de agua, canalizaciones, márgenes de acequias y arroyos situados en zonas urbanas, etc. A instancias de los Técnicos Municipales del Ayuntamiento, se podrá requerir una atención especial en focos denunciados por el vecindario y que supongan riesgos especiales como zonas sin urbanizar que estén próximos a viviendas, lugares denunciados que sin estar considerados en los apartados anteriores por su carácter extraordinario así sea recomendado por los técnicos Municipales. CONTROL DE LOS SERVICIOS Para garantizar un buen servicio y establecer mayor coordinación con el Ayuntamiento, la empresa adjudicataria deberá facilitar el domicilio fiscal de la empresa, un teléfono de comunicación directa con el técnico responsable del servicio en el municipio y de comunicación con la empresa, junto con cualquier otro sistema de comunicación eficaz para la comunicación los avisos, así como para la localización y recibir las instrucciones y sugerencias hechas por los Servicios Técnicos Municipales, tomando las medidas oportunas en el plazo máximo de 24 h. La empresa designará un responsable técnico con titulación suficiente que le acredite para las funciones a realizar, conforme a la legislación vigente. Esta persona estará en contacto con los servicios Técnicos Municipales. Si la urgencia lo requiere se deberá poner a disposición municipal todo el personal y material necesario dedicado a la contrata para atender a la emergencia. Para un mejor control y vigilancia del servicio por parte del Ayuntamiento, la empresa adjudicataria deberá aportar un Sistema de Gestión Informatizado, en el cual, sobre plano, podrán poderse consultar los tratamientos realizados, dentro del programa de tratamientos periódicos como de los avisos recibidos, y las zonas previstas pendientes de tratar. A la finalización del contrato la empresa proporcionará una base de datos en un formato que se puedan consultar con programas habituales de tratamientos de bases de datos. El programa informático será gestionado y cumplimentado por la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento tendrá acceso a través de la web. Con los datos recogidos se elaborará un mapa de riesgos y estimación de densidades de población que ayuden a comprobar el grado de infestación existente, la eficacia de los tratamientos y una mejor planificación. En este mapa también se recogerán los avisos puntuales que se han remitido desde el Ayuntamiento con el fin de visualizar, si existiese, aquellas zonas de mayor concentración de avisos. Sin perjuicio de lo anterior, la empresa adjudicataria también dispondrá de un modelo de informe relativo al desarrollo de los tratamientos aplicados, que será entregado al Ayuntamiento, con una periodicidad mínima trimestral, donde conste la identidad de la persona responsable de la actuación, los productos utilizados (nombre comercial,
3 numero de registro o en su defecto la ficha técnica de datos de seguridad del producto, dosis empleada y tiempo de actuación), modo de aplicación, fecha de la recepción y realización de la actuación, e incidencias u observaciones. Las técnicas, productos a utilizar, métodos de aplicación y cuantas cuestiones constituyen el servicio requerido serán propuestas por la empresa licitadora que deberán ser acordes a las legislaciones vigentes correspondientes, siguiendo la norma de protección del medio ambiente y mínima contaminación y con el objetivo de conseguir, disminuir y/o mantener el grado de infestación admisible por la Organización Mundial de la Salud (5%). Así mismo, todas las variaciones que se realicen con respecto a los programas aprobados por el contrato, deberán ser informados previamente, mediante escrito motivado, dirigido a los Servicios Técnicos Municipales los cuales deberán autorizar su realización. La empresa adjudicataria emitirá certificados cuyo contenido sea acorde a la legislación vigente y a la norma UNE :2008, que serán remitidos al Ayuntamiento, de cada uno de los tratamientos realizados en los locales municipales que hayan sido desratizados, desratonizados desinfectación y/o desinsectados para ponerlos a disposición de los servicios de inspección que así lo requieran (escuelas infantiles, Colegios Públicos, Centros Deportivos, etc.) DIAGNOSTICO DE LA SITUACIÓN Las empresas licitadoras presentarán un estudio previo de la situación de los vectores objeto del presente pliego, en dicho informe se hará referencia al menos a los siguientes puntos: - Descripción de las características del municipio y análisis de la situación del municipio - Identificación de las especies artrópodos y roedores a combatir. - Identificación de los puntos críticos y/o otros factores de riesgo - Factores ambientales que originen o favorezcan la proliferación de las mismas. - Priorización de actuaciones - Propuestas de actuación distintas a los tratamientos químicos. - Actividades preventivas - Conclusiones - Cualquier otro punto que se considere de interés. ACCIONES A DESARROLLAR - TRATAMIENTOS: Tras el diagnóstico realizado las empresas presentarán sus ofertas para los siguientes tratamientos, teniendo en cuenta los tratamientos mínimos previstos en este pliego: - Desratización y Desratonización:
4 Control de la población de roedores en el término municipal mediante un plan de mantenimiento periódico trimestral en las áreas de riesgo destacando: la red general de alcantarillado público (registros, colectores, rejillas de pluviales, desagües, etc.), inmediaciones de galerías de alimentación, edificios municipales, márgenes de arroyo, conducciones eléctricas, de teléfono, o cualquier zona de titularidad municipal que a juicio de los servicios técnicos municipales requiera especial atención. En base al diagnóstico previo de la situación del término municipal se procederá a la efectuación de una campaña de choque, si fuera necesario, para proseguir con un servicio de mantenimiento de frecuencia mensual. Igualmente se atenderán los avisos comunicados desde los Servicios Técnicos Municipales que pudieran surgir en el municipio, sin límite de atención. En casos excepcionales en los que se considere precisa una intervención inmediata, esta se comunicará a la empresa por teléfono, recogiéndose la notificación de aviso posteriormente a la intervención Durante las campañas de choque y de mantenimiento, la empresa facilitará a los técnicos municipales el plan de actuación de sus equipos con lugares, fechas y horarios aproximados, a efectos de información a los implicados y de seguimiento de la labor. De todas las visitas de mantenimiento y avisos atendidos, se remitirá un informe individual, especificando razón y características de la intervención y motivos a los que se atribuye la presencia-proliferación de los roedores en cada punto. En ningún caso las actuaciones que se realicen causarán molestias ni perturbaciones en el funcionamiento de los servicios ni en el desarrollo normal de la actividad del municipio. Para la vigilancia activa y control de las poblaciones de roedores en el interior de los edificios o locales y en sistema de saneamiento y estructura interior de los inmuebles (bajantes, arquetas, pozos, cámaras, etc.) el criterio de tolerancia será de ausencia total de individuos. Por el contrario, en la red alcantarillado y otras instalaciones subterráneas, los criterios a aplicar serán de riesgos para la salud pública. - Desinfección Las actividades a realizar por la empresa adjudicataria comprenderán las necesarias para establecer medidas de prevención y control dirigidas a la reducción de la tasa microbiana hasta niveles considerados seguros. Esta se realizará en las dependencias municipales en cada momento para conseguir la eliminación de los parásitos que puedan constituir un riesgo para la salud y alarma social. Los servicios de desinfección se realizarán como mínimo tres al año en centros escolares, coincidiendo con los periodos vacacionales, así como en el resto de dependencias municipales que por sus características se aconseje su realización (polideportivos, ayuntamientos, centro cultural, etc.). Dentro del programa de desinfección, la empresa adjudicataria llevará a cabo la Prevención y Control de la Legionelosis, mediante la adopción de medidas higiénico sanitarias en aquellas áreas de titularidad Municipal que utilicen agua en su
5 funcionamiento, produzcan aerosoles, ubicadas tanto en el interior como en el exterior de las dependencias municipales, de uso colectivo donde la Legionella sea capaz de proliferar y diseminarse, en base a la aplicación del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, donde se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la misma. Los servicios mínimos que la empresa adjudicataria tendrá que realizar, según el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, serán los detallados a continuación: Mantenimiento de instalaciones de agua caliente y fría de consumo humano: - Revisión general anual del funcionamiento de las instalaciones, incluyendo todos los elementos, limpiando, reparando o sustituyendo aquellos elementos sucios o defectuosos. La empresa adjudicataria asumirá el mantenimiento higiénico de las instalaciones y deberá informar al titular de las instalaciones las deficiencias estructurales y de funcionamiento detectadas. - El agua, en todo momento, deberá cumplir con los parámetros y criterios establecidos en la legislación de aguas de consumo humano. Además para los sistemas de: Agua caliente sanitaria se llevará a cabo: - Una revisión trimestral del estado de conservación y limpieza de los depósitos acumuladores, comprobando la no presencia de suciedad general, corrosión o incrustaciones en los mismos. - Una revisión mensual de los puntos terminales (grifos y duchas) de un número representativo y rotatorio a lo largo del año de forma que al final del año se hayan revisado todos los puntos terminales de cada instalación. - Una purga mensual de las válvulas de drenaje de las tuberías y semanalmente de los fondos de acumuladores. - Un control de la temperatura diario en los depósitos acumuladores y mensualmente en una muestra representativa y rotatoria de grifos y duchas. - Un control Anual de Legionella en muestras de puntos representativos de la instalación. En caso necesario se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la calidad del agua de la misma. Agua fría se llevará a cabo: - Una revisión trimestral del estado de conservación y limpieza de la instalación en los depósitos. - Una revisión mensual de los puntos terminales (grifos y duchas) de un número representativo y rotatorio a lo largo del año de forma que al final del año se hayan revisado todos los puntos terminales de cada instalación. - Una revisión mensual de los filtros y otros equipos de tratamiento de agua para comprobar su correcto funcionamiento, procediendo a su sustitución o reparación, si fuera necesario. - Una purga mensual de las válvulas de drenaje de las tuberías.
6 - Un control mensual de la temperatura del agua de los depósitos, no pudiendo ser superior a 20 - Un control diario de los sistemas de desinfección del agua, comprobando su funcionamiento. - Un control Anual de Legionella en muestras de puntos representativos de la instalación. En caso necesario se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la calidad del agua de la misma. Se tomarán un número de muestras de agua representativas con periodicidad trimestral, para realizar el control de la calidad microbiológica y físico química del agua. En caso de detección de Legionella, en cualquiera de las instalaciones, se procederá según el protocolo establecido por la legislación vigente Igualmente se atenderán los avisos comunicados desde los Servicios Técnicos Municipales que pudieran surgir en el municipio, sin límite de atención. En casos excepcionales en los que se considere precisa una intervención inmediata, esta se comunicará a la empresa por teléfono, recogiéndose la notificación de aviso posteriormente a la intervención - Desinsectación La empresa adjudicataria presentará un Plan de prevención y control de artrópodos, principalmente destinado al tratamiento de cucarachas, mosquitos, moscas, hormigas, pulgas, garrapatas, avispas, etc., que garantice la calidad en los ambientes interiores y exteriores. Teniendo en cuenta las áreas de actuación y la especie a tratar, se procederá a la realización los tratamientos mediante el uso principal de métodos físicos y biológicos, utilizándose métodos químicos únicamente en el caso de que con los anteriores no se obtengan resultados eficaces y/o de urgencia. Los servicios de desinsectación se realizarán como mínimo: - Tres veces al año en centros escolares, coincidiendo con los periodos vacacionales (Navidades, Semana Santa y durante el verano) - Dos veces al año: en las dependencias e instalaciones municipales preferiblemente al comienzo de la primavera. - Una vez al año se procederá a realizar un tratamiento en la red de alcantarillado general del municipio (registros, colectores, rejillas de pluviales, desagües, etc.) destinado principalmente al tratamiento de cucarachas al comienzo de la primavera. - Una vez al año se realizará un tratamiento de avispas, en las zonas verdes y arbolado público del término municipal, entre los cuales se incluye la piscina municipal, así como en aquellas dependencias municipales que lo necesiten. - Dentro de este Plan de control se incluirá un tratamiento de la ribera del arroyo de Belvis del Jarama en primavera ó verano (cuando sea más efectivo) de
7 insectos de especies adultas o larvarias que se observen en el arroyo de Belvis del Jarama Los trabajos que se realicen en las dependencias municipales se ejecutarán preferentemente fuera de la jornada de trabajo del personal municipal, excepto en aquellos casos en los que por la amplitud del horario de servicio, ello no sea posible. Deberá garantizarse que se podrán ocupar las dependencias al día siguiente del tratamiento, sin molestias para las personas que las ocupan. Si en alguna ocasión, motivado por el tratamiento a realizar fuera necesario cerrar las instalaciones, esto será comunicado al Ayuntamiento y coordinado con él, para elegir el mejor momento del mismo. Antes de cada actuación, la empresa facilitará a los técnicos municipales el plan de actuación de sus equipos, fechas, lugares y horario aproximado. Finalizada cada actuación se entregará informe del trabajo realizado y de las incidencias ocurridas, así como certificación individual del tratamiento para cada uno de los centros afectados. La empresa adjudicataria atenderá cuantos avisos se realicen desde los Servicios Técnicos Municipales en relación a estos tratamientos. Si se detectara alguna plaga o contaminación elevada, la actuación correctora por parte de la empresa adjudicataria deberá ser inmediata, poniendo a disposición de los Servicios Técnicos todo su personal técnico, así como experiencia, para la identificación, determinación de la causa, procediendo a su eliminación y posterior tratamiento preventivo con el fin de evitar nuevos focos por parte de la empresa. - Otros Tratamientos: Tratamiento de Procesionaria: se hará un tratamiento preventivo al año en las zonas verdes municipales, incluido el huerto municipal, donde existe población de pinos Igualmente se tratarán los bolsones que pudieran observarse. Independientemente de la periodicidad de las acciones programadas para cada uno de los tratamientos anteriores, la empresa adjudicataria mantendrá el dispositivo necesario durante todo el año para tratar cada uno de los avisos que se pudieran producir a lo largo del contrato de la prestación del servicio, siendo tratados convenientemente y a la mayor brevedad posible. PRODUCTOS: Corresponde a las empresas licitadoras proponer los sistemas más eficaces para conseguir, disminuir y/o mantener el grado de infestación admisible por la O.M.S. en el municipio. Todos los productos químicos (desinfectantes, insecticidas, rodenticidas, etc.) a utilizar en los diferentes tratamientos deberán estar reglamentariamente autorizados e inscritos en el Registro Oficial de Bioacidas de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo y autorizados para el ámbito de aplicación correspondiente. En su aplicación se deberán respetar las dosis, uso, modo de aplicación y plazo de seguridad establecidos en la resolución de inscripción.
8 Sin obviar lo anterior, los productos a emplear deberán ser de mínima toxicidad para personas, animales, plantas y entorno, manteniendo la mayor eficacia para la efectividad del tratamiento. Deberán poderse utilizar de forma estable sin sufrir deterioro o degradación por la acción de agentes atmosféricos y estar suficientemente contrastados por la experiencia, de todo lo cual se adjuntará documentación acreditativa. Las empresas ofertantes indicarán el tipo de producto y la marca comercial utilizada en las diferentes campañas, así como su fórmula y composición cualitativa; asimismo, se definirá la forma de colocar los cebos, ventajas que tiene el producto ofrecido y referencias del licitador con trabajos similares efectuados. REQUERIMIENTOS DEL ADJUDICATARIO Los adjudicatarios deberán presentar toda la documentación necesaria para acreditar que se encuentran debidamente autorizadas y registradas por los organismos competentes para realizar todos los servicios objeto de contratación en este Pliego de Prescripciones Técnicas, en base a la legislación vigente y adecuándose igualmente a cualquier modificación posterior que se pudiera producir durante el periodo de contratación. En Paracuellos de Jarama a 5 de junio de 2013 Fdo.: Mª Teresa García-Donas Jiménez Concejal de Medio Ambiente, Salud y Consumo
9 ANEXO I: DEPENDENCIAS MUNICIPALES - Colegio Público Virgen de la Ribera: Edificios de Infantil, situado en el Paseo del Radar, y de Primaria, situado en la calle Torrelaguna, incluida la sala escolar. - Colegio Público Las Navas de Tolosa, situado en la avenida de los Hoyos esquina con la avenida de Circunvalación - Escuela infantil Paso a Pasito, situada en la calle Valencia - Escuela Infantil Paracuellos, situada en la calle Ajalvir - Centro de Servicios Sociales y Mayores, situado en la calle Real de Burgos esquina con calle Algete. - Polideportivo Municipal y Piscina, situado en la calle Extremadura, donde también se incluyen la gradas de la pista de atletismo. - Centro Cultural, situado en calle Ronda de las Cuestas 39 - Escuela Municipal de Música, situadas en el edificio de calle Ronda de las cuestas, 39 y en los bajos del edificio de la Escuela Infantil situada en la calle Valencia - Biblioteca Municipal, situada dentro de las instalaciones del Polideportivo Municipal - Ayuntamiento del casco antiguo, situado en Plaza de la Constitución, 1 - Ayuntamiento de Miramadrid, situado en la avenida Juan Pablo II esquina con Gaspar de Morales - Almacén de Obras, situado en la calle Madrid - Dependencias del Taller de Empleo, junto al almacén de Obras en la calle Madrid - Antiguas Escuelas, situadas en la calle Real de Burgos 50 - Dependencias de los Partidos de la Oposición, situadas en la calle Real de Burgos 50 bis - Dependencias de Protección Civil, situadas en la calle Antonia Herranz, nº 1 - Centro Intergeneracional situado en la C/ Fuente Grande - Edificio en Hercesa, situado en el paseo del radar esquina a C/ Urano, parte municipal - Otras dependencias
10 ANEXO II (áreas verdes suceptible de tratamiento)
EXP: 46/15. AMBITO DE ACTUACIÓN: todo el término municipal de Paracuellos de Jarama.
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