MANUAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL CENTRO DE CONTROL DE DATOS Y MUESTRAS TABLA DE CONTENIDO
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- Juan Mario Roldán Castillo
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1 MANUAL DE PROPIEDAD TABLA DE CONTENIDO OBJETIVO GENERAL... 3 OBJETIVOS ESPECIFICOS... 3 ALCANCE... 3 DEFINICIONES... 3 PROPIEDAD... 3 DERECHOS DE AUTOR... 3 OBRA... 4 Obras en Colaboración Obras Colectivas... 4 PROPIEDAD INDUSTRIAL... 4 Enseña Patente de Invención... 5 Patente de modelo de utilidad... 5 Diseño Industrial... 5 PROTECCIÓN DE DATOS... 5 Base de datos... 5 Dato personal... 5 Datos sensibles... 6 Tratamiento de Datos personales... 6 Responsable del Tratamiento de los Datos... 6 I. PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LOS DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD... 6 MARCO NORMATIVO ESPECÍFICO... 6 Ley 1150 de Resolución 034 de 2012 expedida por COLCIENCIAS... 6 Documento de Constitución de la Unión Temporal... 7 Contrato 380 de 2011 suscrito entre la UNION TEMPORAL y COLCIENCIAS... 7 OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESPECÍFICAS EN MATERIA DE PROPIEDAD CON COLCIENCIAS PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON ARTÍCULOS CIENTÍFICOS... 8 Definición de Autoría, Coautoría, Participación o agradecimientos... 8 Revisión de Cesión de Derechos y/o Políticas de Propiedad Intelectual... 8 Mención de Financiación... 8 Copia de Publicación... 8 PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LIBROS CIENTÍFICOS... 8 Definición de tipo de obra Registro ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor... 9 Solicitud de inscripción de Documento de Cesión de Derechos Patrimoniales de la Obra... 9 Información a la Unión Temporal... 9 Tramite del ISBN... 9 PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON SOPORTE LÓGICO O SOFTWARE... 10
2 II. PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LA DEFINICIÓN DE UN DOMINIO EN INTERNET PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON EL REGISTRO DE LA ENSEÑA DE LA RED CHAGAS. 10 PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON UNA SOLICITUD DE UNA PATENTE DE INVENCIÓN PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON UNA SOLICITUD DE UNA PATENTE DE MODELO DE UTILIDAD PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON UNA SOLICITUD DE REGISTRO DE UN DISEÑO INDUSTRIAL PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LA PROTECCIÓN DE LA CONFIDENCIALIDAD Y DATOS PERSONALES MARCO NORMATIVO ESPECÍFICO Decisión Andina 486 del Documento de constitución de la Unión Temporal Ley Estatutaria 1581 por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LA CONFIDENCIALIDAD PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LA PROTECCIÓN DE DATOS PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LAS BASES DE DATOS DE DATOS PERSONALES PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LA TRANSFERENCIA DE DATOS ANEXOS ANEXO 1 GUÍA DE AUTORÍAS ANEXO 2 CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES ANEXO 3 DOCUMENTO DE INFORMACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE TRATAMIENTO DE DATOS ANEXO 4 ACUERDO DE TRANSFERENCIA DE DATOS... 14
3 OBJETIVO GENERAL El presente Manual busca establecer los procedimientos relacionados con la definición y protección de los derechos de autor, propiedad industrial, protección de datos y confidencialidad dentro del desarrollo del PROGRAMA NACIONAL DE INVESTIGACION PARA LA PREVENCION, CONTROL Y TRATAMIENTO INTEGRAL DE LA ENFERMEDAD DE CHAGAS EN COLOMBIA. OBJETIVOS ESPECIFICOS Establecer los procedimientos y propiedad relacionados con los derechos de autor para artículos, libros y dominio en Internet dentro del programa. Establecer los procedimientos y propiedad relacionados con el registro de enseñas, patentes de innovación, patentes de modelo de utilidad y diseños industriales. Establecer los procedimientos relacionados con la confidencialidad, la protección de datos personales y las bases de datos dentro del programa. ALCANCE El presente Manual de Propiedad Intelectual (en adelante MPI), cubre los procesos internos y externos encaminados a la Protección de la Propiedad Intelectual y Protección de Datos durante y después del desarrollo del Programa. En esa medida debe ser acogido por todo el personal, que directa o indirectamente, tenga relación con la Unión Temporal, con las Instituciones que hacen parte, con la Red de Conocimiento y en general que tengan alguna relación con el Programa. El MPI debe ser interpretado y podrá ser actualizado con la normatividad internacional, regional y nacional que regule en general el tema de la propiedad intelectual y en especial la Propiedad Intelectual en proyectos científicos. DEFINICIONES Propiedad Intelectual La propiedad intelectual es la que se ejerce sobre toda creación del talento, referida al dominio científico, literario, artístico, industrial o comercial, siempre que sea susceptible de plasmarse en un medio de reproducción o de divulgación conocido o por conocer. La propiedad intelectual comprende el derecho de autor y los derechos conexos, y la propiedad industrial. Derechos de Autor El derecho de autor se dirige a proteger las obras artísticas, científicas y literarias, incluidos los programas de computador y las bases de datos que impliquen un acto de creatividad. El derecho de autor comprende los derechos morales y los derechos patrimoniales. Los derechos morales: Nacen en el momento de la creación de la obra, sin necesidad de registro. Corresponden al autor de manera personal e irrenunciable; además, son imprescriptibles, inembargables y no negociables. Son derechos morales el derecho a la paternidad de la obra, el derecho a la integridad de la
4 obra, el derecho a conservar la obra inédita o publicarla bajo seudónimo o anónimamente, el derecho a modificar la obra, el derecho al arrepentimiento, y el derecho a la mención. Los derechos patrimoniales: Consisten en la facultad de disponer y aprovecharse económicamente de la obra por cualquier medio. Además, las facultades patrimoniales son renunciables, embargables, prescriptibles, temporales y transmisibles, y se causan con la publicación, o con la divulgación de la obra. Obra La obra puede ser originaria, o sea la obra creada por primera vez; y puede ser también obra derivada, cuando alguien adapta, traduce, actualiza, revisa o transforma por cualquier medio una obra ajena, y es titular del derecho de autor sobre su adaptación, traducción, actualización, revisión o, en general, sobre la obra derivada de la original, sin perjuicio de la autorización previa que debe obtener del titular de los derechos. Según el número de autores, la obra puede ser individual o compleja. La primera es la producida por una sola persona natural; la obra compleja es la realizada por más de una persona en las siguientes modalidades: obra en colaboración, obra compuesta u obra yuxtapuesta, y obra colectiva. Obras en Colaboración: Son aquellas que se caracterizan por la intervención de dos o más autores personas físicas que las producen de manera mancomunada y cuyos aportes son identificables, pero no pueden ser separados uno de otros sin que la obra pierda su naturaleza 1. Los derechos de explotación económica pertenecen a todos los autores definidos. Obras Colectivas: Son obras colectivas aquellas que realizan un conjunto de creadores que son reunidos, coordinados y orientados por iniciativa de una tercera persona, natural o jurídica, que se encargará de divulgar y comercializar la obra como titular 2. Los derechos de explotación económica pertenecen a quién coordino, orientó y encargo la elaboración de la obra. Las siguientes son otras modalidades de obras dentro del derecho de autor: la obra por encargo, la obra del trabajador, la obra inconclusa, la obra digital, la obra multimedia, la obra de dominio público, y las obras anónimas, seudónimas, inéditas y póstumas. Propiedad Industrial La propiedad industrial se dirige a proteger la producción del intelecto, susceptible de aplicación en la industria, entendiendo dentro de ella toda la actividad productiva, incluidos los servicios. Son bienes amparados por la propiedad industrial los inventos de productos o de procedimientos, los modelos de utilidad, los diseños industriales, los 1 RIOS RUIZ Wilson Rafael, La Propiedad Intelectual en la Era de la Tecnologías, Universidad de los Andes, Bogotá Colombia Op cit RIOS RUIZ Wilson página 57
5 esquemas de trazado de circuitos integrados, los secretos empresariales, y los signos distintivos que a su vez comprenden los nombres comerciales, marcas, lemas comerciales, rótulos. Enseña 3. La enseña comercial es un signo que es perceptible por el sentido de la vista, que puede consistir en un dibujo o imagen. Patente de Invención La patente es un privilegio que le otorga el Estado al inventor como reconocimiento de la inversión y esfuerzos realizados por éste para llegar a la invención que aporta una solución técnica a la humanidad. Dicho privilegio consiste en el derecho a explotar exclusivamente el invento por un tiempo determinado. Patente de modelo de utilidad La patente de modelo de utilidad es un privilegio que le otorga el Estado al inventor como reconocimiento de la inversión y esfuerzos realizados, a aquellas invenciones que consisten en una nueva forma, configuración o disposición de elementos de un artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto o parte de los mismos, que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que lo incorpora o que le proporcione alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía. Diseño Industrial Es la forma externa bidimensional o tridimensional de un producto que le otorga una apariencia particular a éste. Protección de Datos 4 La protección de datos surge como derecho en Colombia desde el artículo 15 de la Constitución Política que establece: Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución Base de datos Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento. Dato personal 3 Nociones tomadas de Página de la Superintendencia de Industria y Comercio consultada el 24 de mayo de Definiciones tomadas de la Ley Estatutaria 1581 de 2012.
6 Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.. Datos sensibles Se definen como aquellos datos personales afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos.. Tratamiento de Datos personales Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.. Responsable del Tratamiento de los Datos Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos. I. PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LOS DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD Marco Normativo Específico Las siguientes normas constituyen el marco normativo específico para el desarrollo del programa en materia de propiedad intelectual. Sin embargo, en su interpretación y ejecución deben tenerse en cuenta los Tratados Internacionales, normas regionales y nacionales que traten, modifiquen o complementen los temas tratados. Ley 1150 de 2011 ARTÍCULO 31: En caso de proyectos de ciencia, tecnología e innovación adelantados con recursos del presupuesto nacional, el Estado, salvo motivos de seguridad y defensa nacional cederá a las Partes del Proyecto los derechos de propiedad intelectual que le puedan corresponder, según se establezca en el contrato. Las partes del Proyecto definirán entre ellas la titularidad de los derechos de propiedad intelectual derivados de los resultados de la ejecución de los recursos del presupuesto nacional. Resolución 034 de 2012 expedida por COLCIENCIAS Ordena la modificación de la cláusula de propiedad intelectual en los contratos que celebre el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación Colciencias y el Fondo Francisco José de Caldas, en los siguientes términos:
7 CLAUSULA- PROPIEDAD : COLCIENCIAS cede a las partes los derechos de propiedad intelectual sobre los resultados que se obtengan en el marco del proyecto objeto de este contrato Las cesionarias definirán la titularidad de los derechos de propiedad intelectual derivados de los resultados de la ejecución. Documento de Constitución de la Unión Temporal Establece el Contrato de Constitución de la Unión Temporal: NOVENA: Propiedad de los Resultados. Las obras protegibles por derecho de autor, los objetos, procedimientos o diseños técnicos o propiedad industrial que sean creados por las partes en cumplimiento de la Convocatoria 537 Generar estrategias científicas para la promoción, prevención, diagnóstico, atención integral y rehabilitación, para la reducción de la enfermedad de Chagas en Colombia o los que sean utilizados por las partes para la ejecución del Contrato que se suscriba con COLCIENCIAS, tendrán el reconocimientos de los derechos morales y patrimoniales a favor del miembro de la Unión Temporal que haya sido el autor-creador, de acuerdo a las disposiciones legales. En todo caso se aplicará la Ley 23 de 1982 y demás normas concordantes. Contrato 380 de 2011 suscrito entre la UNION TEMPORAL y COLCIENCIAS Establece la CLAUSULA DECIMA TERCERA del Contrato. CLAUSULA DECIMA TERCERA- PROPIEDAD. La titularidad de los derechos de propiedad intelectual sobre los resultados que se obtengan en el marco del proyecto señalado en el objeto del contrato, pertenecerán a la Unión Temporal Obligaciones Contractuales Específicas en materia de Propiedad Intelectual con COLCIENCIAS En virtud del Contrato 380 de 2011 suscrito se generan las siguientes obligaciones de la UT RED CHAGAS En el caso de proyecto de investigación en áreas consideradas sensibles por el Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación COLCIENCIAS tendrá derecho a recibir licencias gratuitas que le permitan la explotación directa o indirecta de los derechos de propiedad intelectual. Comunicar a COLCIENCIAS el inicio de trámites de protección, respecto de cada uno de los distintos derechos de propiedad intelectual o en su caso su decisión de no protección; en este último evento COLCIENCIAS podrá iniciar, a su nombre, los tramites de protección correspondientes. Destinar el 20% de los beneficios de explotación económica de la propiedad intelectual, derivados de manera directa del objeto del objeto del proyecto, a financiar nuevas actividades de investigación y desarrollo con la participación de actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, e innovación y, presentar informes anuales sobre ello a COLCIENCIAS.
8 Privilegiar los procesos de transferencia de tecnología que tengan como finalidad la explotación dentro del territorio nacional de los resultados del presente proyecto. Destacar en toda publicación, actividad o material divulgatorio relacionado con el proyecto y su ejecución, que este se financia con recursos de COLCIENCIAS. Procedimientos relacionados con artículos científicos Definición de Autoría, Coautoría, Participación o agradecimientos Para la definición de la autoría, coautoría, participación o agradecimientos la UT ha elaborado una Guía de Autorías (Anexo1) que la Institución debe dar aplicación y remitir a la Unión Temporal antes del envío del artículo a la Revista o Revistas seleccionadas para su publicación. En caso que el autor o autores no se encuentran vinculados a ninguna de las instituciones que hacen parte de la Unión Temporal y hayan sido contratados mediante contrato de Prestación de Servicios por la Unión Temporal, la UT dará aplicación a la Guía de Autorías. Revisión de Cesión de Derechos y/o Políticas de Propiedad Intelectual En todos los casos, antes que la institución remita el artículo a la Revista o Revistas seleccionadas, la institución o el autor(es) deberán remitir el Documento de Cesión de Derechos y/o Políticas de Propiedad Intelectual con que cuenta la publicación al correo electrónico abogado.redcahagas@gmail.com, quien tendrá 3 días hábiles para emitir concepto respecto a si las condiciones establecidas en dichos documentos se encuentran acordes a las obligaciones contractuales contraídas en la materia. En caso de una cesión definitiva el autor o autores deberán tramitar un permiso para poder tener acceso libre o permiso de publicar el artículo en el portal web de la Red. Mención de Financiación Todo artículo relacionado al proyecto y su ejecución deberá incluir en agradecimiento o en una nota de píe de página el siguiente texto: Financiación por parte del Contrato de Financiación RC celebrado entre COLCIENCIAS y la Unión Temporal Programa Nacional de Investigación para la prevención, control y tratamiento integral de la enfermedad de Chagas en Colombia. Copia de Publicación Una copia física del volumen o publicación dónde fue publicado el artículo deberá ser entregada en las oficinas de la UT RED CHAGAS. Procedimientos relacionados con libros científicos Definición de tipo de obra.
9 La institución que es titular o que entre sus productos se encuentre la publicación de un libro u obra inédita podrá seleccionar la forma como efectúa el Registro ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor ya sea seleccionado la opción de obra en colaboración u obra colectiva. Registro ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor La institución encargada o que entre sus productos tenga la publicación de un libro adelantará el respectivo registro de la obra. Dicho trámite se puede adelantar de manera virtual ingresando al sitio y diligenciando el formulario establecido para tal fin que se puede descargar en el siguiente enlace: formulario. Es de anotar que el registro de la obra lo debe hacer unas o unas persona naturales como autor de la obra. Si la institución lo considera se recomienda el uso del registro de la obra en formato digital. El proceso de registro tarda 15 días a partir del día siguiente en la que el formulario y la obra son recibidos por parte de la Dirección Nacional de Derechos de Autor. Si el proceso se adelanta de manera virtual o en la ciudad de Bogotá dicho trámite no tienen ningún costo. Solicitud de inscripción de Documento de Cesión de Derechos Patrimoniales de la Obra El formulario para la solicitud de inscripción se puede descargar del siguiente enlace: formularioinscripción. Dicho formulario se debe acompañar del CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES (Anexo 2) en el cual se establece la cesión del autor o autores a la institución y las obligaciones contractuales con COLCIENCIAS: Destinar el 20% de los beneficios de explotación económica de la propiedad intelectual, derivados de manera directa de la obra, a financiar nuevas actividades de investigación y desarrollo con la participación de actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, e innovación y, presentar informes anuales sobre ello a COLCIENCIAS. Conceder Licencia gratuita a favor de COLCIENCIAS que le permitan la explotación directa o indirecta de los derechos de propiedad intelectual. Información a la Unión Temporal Del inicio de cualquier trámite de registro ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor, se le debe informar a la unión temporal a los correos redchagas@gmail.com y abogado.redchagas@gmail.com. Lo anterior para poder dar informe anual a COLCIENCIAS respecto a las gestiones en materia de propiedad intelectual fijada como obligación contractual por parte de la UT RED CHAGAS. La institución podrá solicitar la colaboración o asesoría del abogado de la UT CHAGAS cuando lo considere necesario. Tramite del ISBN El trámite del ISBN está a cargo de la institución que tiene entre sus productos la publicación de un libro. Para mayor información puede ingresar al portal Se recomienda obtener el ISBN físico y virtual.
10 Procedimientos relacionados con soporte lógico o software En caso que en algún momento de la ejecución del proyecto se desarrolle o implemente un soporte lógico o software propio la propiedad intelectual de tal desarrollo será de la UT RED CHAGAS. Y será ella la única responsable de la decisión de su registro o no ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor. De dicha decisión y conforme a las obligaciones contractuales establecidas deberá informar a COLCIENCIAS. En caso que se decida efectuar el registro, la UT radicará documento de CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES (Anexo 2) a favor de las instituciones que la conforman, teniendo en cuenta los porcentajes de participación fijados en el Contrato de Constitución de la Unión Temporal y de las obligaciones contractuales mencionadas con COLCIENCIAS. Procedimientos relacionados con la definición de un Dominio en Internet En caso que se decida el registro de un dominio para la UT RED CHAGAS; el uso, goce y disfrute del mismo será de la UT RED CHAGAS, y será ella la encargada de adelantar su trámite y registro conforme a la normatividad vigente. Al momento de finalización de la UT RED CHAGAS la Junta Directiva de la misma decidirá si transfiere a alguno o algunos de sus miembros el uso, goce y disfrute del dominio o procede a su cancelación. Procedimientos relacionados con el registro de la enseña de la Red Chagas En caso que en algún momento se considere la necesidad de registrar la enseña o logo de la Red, el registro lo debe efectuar la UT RED CHAGAS. Para tal efecto, se debe diligenciar el formulario establecido para tal fin por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio que se puede consultar en el siguiente enlace: formulario. El trámite puede adelantarse de manera virtual. Se debe considerar que para dicho trámite se debe cancelar un valor denominado tasa que varía año a año, para el año se pueden consultar los valores en el siguiente enlace: Tasas Una vez finalice la Unión Temporal decidirá si renuncia a los derechos que le concede el registro de la enseña o los transfiere. Del inicio de cualquier trámite de registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio, se le debe informar a la unión temporal a los correos redchagas@gmail.com y abogado.redchagas@gmail.com. Lo anterior para poder dar informe anual a COLCIENCIAS respecto a las gestiones en materia de propiedad industrial fijada como obligación contractual por parte de la UT RED CHAGAS. Procedimientos relacionados con una solicitud de una patente de invención La institución creadora de la patente de invención será la responsable de iniciar los trámites ante la Superintendencia de Industria y Comercio. Del inicio de cualquier trámite de registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio, se le debe informar a la unión temporal a los correos redchagas@gmail.com y abogado.redchagas@gmail.com. Al correo se debe adjuntar el respectivo petitorio de solicitud de patente en el cual se verifique las obligaciones contractuales en la materia establecidas con COLCIENCIAS.
11 En caso que la patente sea realizada por un contratista de la UT RED CHAGAS que no se encuentre vinculado a alguna de las instituciones que hacen parte de la UT RED CHAGAS, la solicitud de patente la efectuará directamente la UT, quien hará cesión en el mismo petitorio de dicha propiedad en favor de las instituciones que hace parte de su conformación, conforme a los porcentajes de participación establecidos, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales con COLCIENCIAS. Se debe tener en cuenta que este procedimiento tiene un costo que varía año a año, que el periodo de duración de la protección es de 20 años y que debe ser renovada anualmente. Procedimientos relacionados con una solicitud de una patente de modelo de utilidad. La institución creadora de la patente de modelo de utilidad será la responsable de iniciar los trámites de registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio. Del inicio de cualquier trámite de registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio, se le debe informar a la unión temporal a los correos redchagas@gmail.com y abogado.redchagas@gmail.com. Al correo se le debe adjuntar el respectivo petitorio de solicitud de patente en el cual se verifique las obligaciones contractuales en la materia establecidas con COLCIENCIAS. En caso que el modelo de utilidad sea realizado por un contratista de la UT RED CHAGAS que no se encuentre vinculado a alguna de las instituciones que hacen parte de la UT RED CHAGAS, la solicitud de patente la efectuará directamente la UT, quien hará cesión en el mismo petitorio de dicha propiedad en favor de las instituciones que hace parte de su conformación, conforme a los porcentajes de participación establecidos, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales con COLCIENCIAS. Se debe tener en cuenta que este procedimiento tiene un costo que varía año a año, que el periodo de duración de la protección es de 10 años y que debe ser renovada anualmente. Procedimientos relacionados con una solicitud de registro de un diseño industrial La institución creadora del diseño industrial de la responsable de iniciar los trámites de registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio. Del inicio de cualquier trámite de registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio, se le debe informar a la unión temporal a los correos redchagas@gmail.com y abogado.redchagas@gmail.com. Al correo se debe adjuntar el respectivo petitorio de solicitud de registro en el cual se verifique las obligaciones contractuales en la materia establecidas con COLCIENCIAS. En caso que el diseño industrial sea realizado por un contratista de la UT RED CHAGAS que no se encuentre vinculado a alguna de las instituciones que hacen parte de la UT RED CHAGAS, la solicitud de patente la efectuará directamente la UT, quien hará cesión en el mismo petitorio de dicha propiedad en favor de las instituciones que hace parte de
12 su conformación, conforme a los porcentajes de participación establecidos, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales con COLCIENCIAS. Se debe tener en cuenta que este procedimiento tiene un costo que varía año a año y que el periodo de duración de la protección es de 10 años no renovables. II. PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LA PROTECCIÓN DE LA CONFIDENCIALIDAD Y DATOS PERSONALES Marco Normativo Específico Las siguientes normas constituyen el marco normativo específico para el desarrollo del programa en materia de propiedad intelectual. Sin embargo, en su interpretación y ejecución deben tenerse en cuenta los Tratados Internacionales, normas regionales y nacionales que traten, modifiquen o complementen los temas tratados. Decision Adina 486 del 2000 Artículo Se considerará como secreto empresarial cualquier información no divulgada que una persona natural o jurídica legítimamente posea, que pueda usarse en alguna actividad productiva, industrial o comercial, y que sea susceptible de transmitirse a un tercero, en la medida que dicha información sea: a) secreta, en el sentido que como conjunto o en la configuración y reunión precisa de sus componentes, no sea generalmente conocida ni fácilmente accesible por quienes se encuentran en los círculos que normalmente manejan la información respectiva; b) tenga un valor comercial por ser secreta; y c) haya sido objeto de medidas razonables tomadas por su legítimo poseedor para mantenerla secreta. La información de un secreto empresarial podrá estar referida a la naturaleza, características o finalidades de los productos; a los métodos o procesos de producción; o, a los medios o formas de distribución o comercialización de productos o prestación de servicio Documento de constitución de la Unión Temporal DECIMA. Confidencialidad. Los miembros que conforman esta Unión Temporal, se comprometen a guardar confidencialidad sobre los asuntos propios de la misma, es especial sobre costos, procedimientos, propiedad intelectual y todo lo que se susceptible de confidencialidad, lo cual se extenderá no solo a los representantes de cada empresa que se unen temporalmente, sino también sus directivos y demás trabajadores y estudiantes. Ley Estatutaria 1581 por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.
13 ARTÍCULO 2o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Los principios y disposiciones contenidas en la presente ley serán aplicables a los datos personales registrados en cualquier base de datos que los haga susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada. La presente ley aplicará al tratamiento de datos personales efectuado en territorio colombiano o cuando al Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento no establecido en territorio nacional le sea aplicable la legislación colombiana en virtud de normas y tratados internacionales. Procedimientos relacionados con la confidencialidad Toda persona que se vincule directa o indirectamente, a través de la UT RED CHAGAS o alguna de las instituciones que hacen parte de la misma y en general que tenga una vinculación con el programa debe suscribir el Acuerdo de Confidencialidad definido para tal fin (Anexo 3). En las carpetas de todo el personal debe guardarse una copia firmada de dicho Acuerdo de Confidencialidad. Procedimientos relacionados con la protección de datos. En todo proceso que implique la recopilación de datos personales se debe incluir la firma de un Documento de información y autorización de Tratamiento de Datos (Anexo 4). Dicho documento debe ser conservado en un archivo y debe poder ser ubicable por los nombres del titular de los datos personales. Dicho documento ya se encuentra integrado a los consentimientos informados que actualmente se usan en el programa. Procedimientos relacionados con las bases de datos de datos personales Toda base de datos de datos personales que se utilice en el programa debe contar con una Política de Seguridad y Privacidad siguiendo los parámetros que establezca la Delegatura de Protección de Datos de la Superintendencia de Industria y Comercio. En el momento que así se reglamente, las bases de datos con que cuente el programa deben ser inscritas en el Registro Nacional de bases de Datos, conforme a los parámetros que fijen las autoridades competentes y siguiendo la reglamentación expedida para tal fin. Procedimientos relacionados con la Transferencia de Datos Cualquier trámite relacionado con la transferencia de datos por fuera del programa, con otras instituciones o entidades de carácter público o privado, requiere que se suscriba un Acuerdo de Transferencia de Datos conforme al Anexo 5. Dicho Acuerdo debe ser suscrito por el Representante Legal de la UT Red Chagas y el Representante Legal o autorizado de la entidad y/o institución, o persona natural con la cual se realiza la transferencia de los datos. Debe contarse con un archivo en dónde reposen físicamente dichos Acuerdos.
14 Anexos Anexo 1. Guía de Autorías Anexo 2. Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales Anexo 3. Documento de Información y Autorización de Tratamiento de Datos Anexo 4. Acuerdo de Transferencia de Datos Control de cambios. Gestión documental Versión Elaborador por: Actualizado/Revisado por: Aprobado por: 0.0 Mayo Junio-2014 Nelson Díaz Asesor Jurídico Zulma Cucunubá Gerente RED CHAGAS Olga Lucía Ospina Coordinadora CCDM Nelson Díaz Asesor Jurídico Zulma Cucunubá Gerente RED CHAGAS Gabriel Jaime Parra Gerente RED CHAGAS
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