RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N OS/CD
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- Nicolás Gallego Nieto
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1 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Lima, 14 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO Que, el Artículo 30 citado precedentemente, establece que los recursos necesarios para el funcionamiento del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados se obtendrán de hasta el cincuenta por ciento (50%) del aporte de los Usuarios de electricidad, a que se refiere el inciso h) del Artículo 7 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural. Asimismo, se señala que el monto específico será determinado por el Ministerio de Energía y Minas cada año, de conformidad a lo que establezca el Reglamento; Que, mediante el Decreto Supremo N EM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 28 de noviembre de 2006, se aprobó el Reglamento del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados, con el cual se establecen las premisas, condiciones y criterios necesarios para la aplicación del referido mecanismo (en adelante Reglamento ); Que, OSINERGMIN, mediante Resolución OSINERGMIN N OS/CD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de abril de 2007, aprobó el "Procedimiento de Aplicación del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados (en adelante, PROCEDIMIENTO ), el cual fue modificado posteriormente mediante las Resoluciones OSINERGMIN Nº OS/CD y Nº OS/CD; Que, con la finalidad de hacer más eficiente y fiable el proceso de remisión de información que realizan las empresas en cumplimiento del PROCEDIMIENTO, permitiéndoles que optimicen sus recursos y tiempos que emplean en esta labor, así como, brindándoles informaciones y reportes que sean de su utilidad; la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN ha implementado una Plataforma Web para la remisión de esta información, el cual estará disponible en su pagina Web (www2.osinerg.gob.pe); Que, esta Plataforma Web permitirá que las empresas puedan remitir su información vía Internet, llenando su información de manera individual o masiva para luego ser validado antes de su ingreso al sistema. Para lo cual, se ha diseñado formatos de hoja de cálculo o archivos de texto, que permitan optimizar el llenado de la información cuando el ingreso sea masivo; Que, la Plataforma Web también permitirá realizar las notificaciones a las empresas de los programas de transferencias para la aplicación del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados, que mensualmente realiza la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERGMIN, en base a los correos electrónicos de los usuarios asignados por las empresas; Que, para el desarrollo de esta plataforma es necesario modificar las formas de remisión de información establecida en el PROCEDIMIENTO, específicamente los literales b) y d) de su numeral 7), que corresponde a las obligaciones de las Empresas Aportantes y Receptoras para el envío de sus reportes a OSINERGMIN, y de los Anexos 1 y 5 del numeral 10) del PROCEDIMIENTO, que corresponde a los formatos que se utilizan para los reportes de información. Así mismo, es necesario agregar un Anexo 6 al numeral 10), donde se Página 1
2 establezcan las características y estructuras que deben tener cada una de las tablas con que se carguen la información en forma masiva en la plataforma; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 25 del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N PCM, los reglamentos y normas de carácter general que dicte OSINERGMIN, deberán ser previamente prepublicados, con su exposición de motivos, en el diario oficial El Peruano, otorgando un plazo no menor de 15 días calendario con el fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, los mismos que no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo; Que, tal como se dispone en el mencionado Artículo 25º, la publicación del proyecto de modificaciones al procedimiento, se realizó el 13 de agosto de 2009 en el diario oficial El Peruano, mediante Resolución OSINERGMIN N OS/CD, la cual incluyó una exposición de motivos y estableció el plazo dentro del cual se recibieron las opiniones y sugerencias de los siguientes interesados: EGASA S.A. y SDF Energía S.A.C., habiéndose realizado el análisis respectivo en el Informe Nº GART y acogido aquellas que contribuyen al logro de los objetivos de la norma; Que, como resultado del comentario realizado por SDF Energía S.A.C. se vio por conveniente modificar los literales a), d) y e), y agregar el literal f), al numeral 6.3 del PROCEDIMIENTO, con la finalidad de dar una mejor precisión en las fechas de envío de información de las empresas a OSINERGMIN, tanto a través de la plataforma Web como por medio impreso; Que, en consecuencia, es necesario disponer la publicación de las modificaciones al Procedimiento de Aplicación del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados ; Que, finalmente se han expedido los Informes Nº GART y GART de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444; De conformidad con lo establecido en la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley N 27332; en el Reglamento General del OSINERGMIN, Decreto Supremo N PCM; en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N EM; en la Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica, Ley N 28832; en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifíquese los literales a), d) y e) y adiciónese el literal f) en el numeral 6.3; también modifíquese los literales b) y d) del numeral 7; asimismo modifíquese parcialmente el numeral 10 (modificación del Anexo 1 y 5 y adición del Anexo 6) de la norma Procedimiento de Aplicación del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados, aprobada por Resolución OSINERGMIN Nº OS/CD, debiendo quedar redactados de la siguiente manera: Página 2
3 6. PROGRAMA DE TRANSFERENCIA POR APLICACIÓN DEL MECANISMO DE COMPENSACION PARA SISTEMAS AISLADOS 6.3 Operación del Programa de Transferencia a) A más tardar el día 20 de cada mes las Empresas Aportantes harán llegar a OSINERGMIN, a través de la Plataforma Web, la información correspondiente al formato MCSA-1. d) Hasta el cuarto día útil posterior a la fecha de transferencia, las Empresas Aportantes enviarán a OSINERGMIN, a través de la Plataforma Web, los formatos MCSA-2, debidamente llenados. e) Hasta el cuarto día útil posterior a la fecha de transferencia, las Empresas Receptoras enviarán a OSINERGMIN, a través de la Plataforma Web, el formato MCSA-3, debidamente llenado. f) Hasta el quinto día útil posterior a la fecha de envío de los formatos MCSA-1, MCSA-2, MCSA-3 a través la Plataforma Web, las empresas harán llegar a OSINERGMIN las actas de conformidad de remisión de información generada por la Plataforma Web. Para el caso del formato MCSA-2, ésta deberá estar acompañada de los comprobantes de pago que sustenten las transferencias realizadas, según literal c). 7. OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS Las Empresas Aportantes y Receptoras deben cumplir con las siguientes obligaciones: b) Las Empresas Aportantes suministrarán información mensualmente al OSINERGMIN en medio digital, a través de la Plataforma Web ubicada en la página Web de OSINERGMIN (www2.osinerg.gob.pe). Dicha plataforma cuenta con las funcionalidades necesarias para el ingreso y la validación de los datos, asimismo el sistema permitirá el ingreso masivo de la información a través de tablas bajo los formatos establecidos en las tablas 1, 2 y 3 en el Anexo 6 del numeral 10). El medio impreso que reportarán las Empresas Aportantes, serán las actas de conformidad de la remisión de información generada por la Plataforma Web, las mismas que deberán ser entregadas a las siguientes Gerencias de OSINERGMIN: El reporte MCSA-1: Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN sito en Av. Canadá N San Borja, Lima. El reporte MCSA-2: Gerencia de Fiscalización Eléctrica de OSINERGMIN sito en Av. Bernardo Monteagudo N Magdalena del Mar, Lima. Página 3
4 d) Las Empresas Receptoras suministrarán información mensualmente a OSINERGMIN en forma digital, a través de la Plataforma Web ubicada en la página Web de OSINERGMIN (www2.osinerg.gob.pe). Dicha plataforma cuenta con las funcionalidades necesarias para el ingreso y la validación de los datos, asimismo el sistema permitirá el ingreso masivo de la información a través de tablas bajo los formatos establecidos en la tabla 4 en el Anexo 6 del numeral 10). El medio impreso que reportarán las Empresas Receptoras, serán las actas de conformidad de la remisión de información generada por la Plataforma Web. El reporte MCSA-3 deberá ser dirigido a la Gerencia de Fiscalización Eléctrica de OSINERGMIN sito en Av. Bernardo Monteagudo N 222 Magdalena de Mar, Lima ANEXOS ANEXO 1: FORMATOS PARA TRANSFERENCIAS FORMATO MCSA-1 Información Comercial de las Empresas Eléctricas de Distribución y Generación del SEIN (Clientes Regulados y Clientes Libres) Empresa Aportante Año Mes UIT utilizada ( S/.) Clientes Regulados Mercado del SEIN Opción Tarifaria AT2 MT2 MT3P MT3FP MT4P MT4FP BT2 BT3P BT3FP BT4P BT4FP BT5A BT5B BT5C (/2) BT7 Sub-Total Nombre Cliente Libre CLXXXX - Cliente Libre X Nº Clientes Energía Activa Facturada (kw.h) Aporte Facturado (/1) (S/.) Monto Mensual Recaudado (/4) (S/.) Mes de facturacion del MMR (/5) Observaciones Clientes Libres Aportantes Sub-Total TOTAL Clientes Libres Exonerados (/3) Nombre Cliente Libre CLXXXX - Cliente Libre X Sub-Total (/1) Aporte facturado en el mes de acuerdo a la aplicación del inciso h) del Articulo 7 de la Ley (/2) Iluminación especial y alumbrado adicional con opción tarifaria BT5C. No incluye el servicio de alumbrado público. (/3) De acuerdo con el numeral 6.2, item a) del Procedimiento. (/4) Comprende la recaudacion del aporte desde el día 16 del mes al día 15 del mes siguiente. (/5) Mes de facturacion al que corresponde el monto mensual recaudado (MMR). Página 4
5 FORMATO MCSA-2 REPORTE DE TRANSFERENCIA MENSUAL Empresa Aportante Año Mes UIT utilizada (S/.) 1. INGRESOS Y EGRESOS - Por Aporte a que hace hace referencia el inciso h) del Articulo 7 de la Ley 28749, y programas de transferencias. Monto Transferido a Valores / Concepto Energía Activa Facturada (kw.h) Aporte Facturado (S/.) Monto Recaudado (S/.) Empresas Receptoras (S/.) Valores del Mes Valores Acumulados (/1) 2. DETALLE DE TRANSFERENCIA DEL MES Empresa Receptora Fecha de Transferencia Monto Transferido (S/.) Observaciones (/2) Empresa 1 Empresa 2 Empresa Monto Transferido al MEM (S/.) Total Transferido Nombre y firma del representante de la Empresa Fecha : Ejecutado por: (/1) Valores acumulados desde el inicio del Perido actual (Mayo-Abril) del Mecanismo de Compensación de Sistemas Aislados, incluyendo los valores informados en el presente mes. (/2) Dentro de las observaciones se debe indicar el número del comprobante de la transferencia. FORMATO MCSA-3 REPORTE DE TRANSFERENCIA MENSUAL Empresa Receptora Año Mes DETALLE DE TRANSFERENCIA DEL MES Empresa Aportante Fecha de Recepción Monto Recibido (S/.) Observaciones (/1) Empresa 1 Empresa 2 Empresa 3 Total Recibido del Mes Total Recibido en el Año (/2) Nombre y firma del representante de la Empresa Fecha: Ejecutado por: (/1) Dentro de las observaciones se debe indicar el número del Comprobante de la Transferencia. (/2) Monto recibido en el periodo anual que inicia en Mayo y finaliza en Abril del siguiente año. Página 5
6 ANEXO 5: CÓDIGO DE EMPRESAS Cuadro: Empresas Código Nombre ADIL Adinelsa ATOC Atocongo CAHU Cahua CHAV Chavimochic CHNG Chinango COEL Coelvisa CONE Conenhua EDCA Edecañete EDGL Edegel EDLN Edelnor EEPS Eepsa EGAS Egasa EGEM Egemsa EGEN Egenor EGEP Egepsa EGES Egesur ELAN Electro Andes ELC Electrocentro ELN Electronorte ELNM Hidrandina ELNO Electronoroeste ELOR Electro Oriente ELP Electroperú ELPU Electro Puno ELS Electrosur ELSE Electro Sur Este ELSM Electro Sur Medio ELTO Electro Tocache ELUC Electro Ucayali EMSE Emsemsa EMSU Emseusa ENER Enersur EPA2 Edelsa EPAN Electro Pangoa KLPA Kallpa LDS Luz del Sur SDFE SdF Energia SEAL Seal SERS Sersa SGAB San Gabán SHOU Shougesa SINE Sinersa SMC Minera Corona TSEL Termoselva Cuadro: Tarifas Código Decripción AT2 2P2E-MT MT2 2P2E-MT MT3FP 1P2E-MT Presente en Fuera de Punta MT3P 1P2E-MT Presente en Punta MT4FP 1P1E-MT Presente en Fuera de Punta MT4P 1P1E-MT Presente en Punta BT2 2P2E-BT BT3FP 1P2E-BT Presente en Fuera de Punta BT3P 1P2E-BT Presente en Punta BT4FP 1P1E-BT Presente en Fuera de Punta BT4P 1P1E-BT Presente en Punta BT5A 2E-BT BT5B 1E-BT BT5C 1E-BT Iluminacion Especial (/1) BT6 1P-BT Pension Fija BT7 1E-BT Servicio Prepago (/1) No incluye el servicio de alumbrado público Página 6
7 ANEXO 6 TABLAS DE DATOS ESPECIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA Estructura de las tablas de datos usados para la carga masiva en el Sistema Web que OSINERGMIN ha puesto a disposición de las empresas suministradoras. 1. INFORMACIÓN COMERCIAL DE LAS EMPRESAS APORTANTES (Tabla 1: Formato MCSA-1 Información de Clientes Regulados) Se refiere a la información comercial de las Empresas Aportantes referidos solamente sobre los Clientes Regulados. La Tabla 1 está conformada por los siguientes campos: 1) Código de la Empresa Aportante. Corresponde al código que tiene cada empresa, en este caso de la empresa que es Aportante al SEIN. Deberá seleccionarse del Cuadro Empresas (Anexo 5). 2) Año y Mes. Corresponde a la fecha o periodo al cual pertenece la información que se esta enviando vía Web a OSINERGMIN, Formato: aaaamm (Ejemplo: ). 3) Código de Opción Tarifaria. Corresponde al código que tiene cada opción Tarifaria, en este caso las Opciones Tarifarias de los Clientes regulados. Deberá seleccionarse del Cuadro Tarifas (Anexo 5). 4) Cantidad de Clientes. Se debe indicar el Número de Clientes Regulados para cada Opción Tarifaria. 5) Energía Activa Facturada. Corresponde al valor de Energía Activa Facturada, expresado en KWh. 6) Aporte Mensual Facturado. Corresponde al aporte facturado en el mes de acuerdo a la aplicación del inciso h) del articulo 7 de la ley Nº 28749, dada en S/. 7) Aporte Mensual Recaudado. Comprende a la recaudación del aporte desde el día 16 del mes al día 15 del mes siguiente, dada en S/. 8) Mes de Facturación Del Monto Recaudado. Corresponde a la descripción del mes del cual comprende el monto recaudado. Formato: aaaamm (Ejemplo: ). 9) Observaciones. Corresponde a las Observaciones a la Información que se esta enviando vía Web a OSINERGMIN. 2. INFORMACIÓN COMERCIAL DE LAS EMPRESAS APORTANTES (Tabla 2: Formato MCSA-1 Información de Clientes Libres) Se refiere a la información comercial de las Empresas Aportantes referidos solamente sobre los Clientes Libres. La Tabla 2 está conformada por los siguientes campos: 1) Código de la Empresa Aportante. Corresponde al código que tiene cada empresa, en este caso de la empresa que es Aportante al SEIN. Deberá seleccionarse del Cuadro Empresas (Anexo 5). Página 7
8 2) Año y Mes. Corresponde a la fecha o periodo al cual pertenece la información que se esta enviando vía Web al OSINERGMIN, Formato: aaaamm (Ejemplo: ). 3) Código del Cliente Libre Aportante. Corresponde al código de Cliente Libre reportado de acuerdo a la Resolución OSINERG Nº OS/CD. 4) Tipo de Cliente Libre. Corresponde al Tipo E: Exonerado; A: Aportante. La calificación de un cliente libre como exonerado debe estar de acuerdo con el numeral 6.2 del Item a) del Procedimiento. 5) Energía Activa Facturada. Corresponde al valor de Energía Activa Facturada, expresado en KWh. 6) Aporte Mensual Facturado. Corresponde al aporte facturado en el mes de acuerdo a la aplicación del inciso h) del articulo 7 de la ley Nº 28749, dada en S/. 7) Aporte Mensual Recaudado. Comprende a la recaudación del aporte desde el día 16 del mes al día 15 del mes siguiente, dada en S/. 8) Mes de Facturación Del Monto Recaudado. Corresponde a la descripción del mes del cual comprende el monto recaudado. Formato: aaaamm (Ejemplo: ). 9) Observaciones. Corresponde a las Observaciones a la Información que se esta enviando vía Web a OSINERGMIN. 3. INFORMACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE LAS EMPRESAS APORTANTES (Tabla 3: Formato MCSA-2 Transferencias Realizadas por las Empresas Aportantes) Se refiere a la información de las Transferencias Realizadas de cada empresa Aportante hacia las respectivas Empresas Receptoras. En este formato se incluirá la información de la transferencia realizada al Ministerio de Energía y Minas (MEM), según lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural. La Tabla 3 está conformada por los siguientes campos: 1) Código de la Empresa Aportante. Corresponde al código que tiene cada empresa, en este caso de la empresa que es Aportante al SEIN. Deberá seleccionarse del Cuadro Empresas (Anexo 5) 2) Año y Mes. Corresponde a la fecha o periodo al cual pertenece la información que se esta enviando vía Web a OSINERGMIN, Formato: aaaamm (Ejemplo: ). 3) Código de la Empresa Receptora. Corresponde al código que tiene cada empresa, en este caso de la empresa Receptora. Deberá seleccionarse del Cuadro Empresas (Anexo 5). Para reportar la información de la transferencia al Ministerio de Energía y Minas, deberá insertar el código MEM. 4) Fecha de Transacción. Corresponde a la fecha en la cual se da la Transferencia. Formato dd/mm/aaaa (Ejemplo: 01/01/2009) 5) Monto Transferido. Corresponde al monto de la transferencia, dada en S/. Página 8
9 6) Observaciones. Corresponde a las Observaciones a la Información que se esta enviando vía Web al OSINERGMIN. 4. INFORMACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE LAS EMPRESAS RECEPTORAS (Tabla 4: Formato MCSA-3 Transferencias Recibidas por las Empresas Receptoras) Se refiere a la información de las Transferencias Recibidas de cada empresa Receptora proveniente de la respectiva Empresa Aportante.. La Tabla 4 está conformada por los siguientes campos: 1) Código de la Empresa Receptora. Corresponde al código que tiene cada empresa, en este caso de la empresa Receptora. Deberá seleccionarse del Cuadro Empresas (Anexo 5) 2) Año y Mes. Corresponde a la fecha o periodo al cual pertenece la información que se esta enviando vía Web a OSINERGMIN, Formato: aaaamm (Ejemplo: ). 3) Código de la Empresa Aportante. Corresponde al código que tiene cada empresa, en este caso de la empresa que es Aportante al SEIN. Deberá seleccionarse del Cuadro Empresas (Anexo 5) 4) Fecha de Transacción. Corresponde ala fecha en la cual se da la Transferencia. Formato dd/mm/aaaa (Ejemplo: 01/01/2009) 5) Monto Recibido. Corresponde al monto de la transferencia, dada en S/. 6) Observaciones. Corresponde a las Observaciones a la Información que se esta enviando vía Web a OSINERGMIN. TABLA 1: TABLA 1: FORMATO MCSA-1 - CLIENTES REGULADOS Un registro por cada empresa - mes - tarifa ITEM CAMPO LONGITUD TIPO OBSERVACIONES 1 Código de la empresa aportante 4 ALF Ver Anexo 5: Códigos de Empresas. 2 Año y mes 6 N Formato aaaamm (Ejemplo: ) 3 Código de opción tarifaria 10 ALF Ver Anexo 5: Códigos de Opciones Tarifarias. 4 Cantidad de clientes 8 N 5 Energía activa facturada (kw.h) 12.2 N 6 Aporte mensual facturado (S/.) 12.2 N Aporte facturado en el mes de acuerdo a la aplicación del inciso h) del Articulo 7 de la Ley Nº Aporte mensual recaudado (S/.) 12.2 N Comprende la recaudacion del aporte desde el día 16 del mes al día 15 del mes siguiente 8 Mes de facturación del monto recaudado 6 N Formato aaaamm (Ejemplo: ) 9 Observaciones 200 ALF Página 9
10 TABLA 2: TABLA 2: FORMATO MCSA-1 - CLIENTES LIBRES Un registro por cada empresa - mes - cliente libre - tipo de cliente ITEM CAMPO LONGITUD TIPO OBSERVACIONES 1 Código de la empresa aportante 4 ALF Ver Anexo 5: Códigos de Empresas. 2 Año y mes 6 N Formato aaaamm (Ejemplo: ) 3 Código del cliente libre aportante 6 ALF Código de cliente libre reportado de acuerdo a la resolución OSINERG Nº OS/CD 4 Tipo de cliente libre 1 ALF E: Exonerado; A: Aportante. La calificación de un cliente libre como exonerado debe estar de acuerdo con el numeral 6.2, item a) del Procedimiento. 5 Energía activa facturada (kw.h) 12.2 N 6 Aporte mensual facturado (S/.) 12.2 N Aporte facturado en el mes de acuerdo a la aplicación del inciso h) del Articulo 7 de la Ley Nº Aporte mensual recaudado (S/.) 12.2 N Comprende la recaudacion del aporte desde el día 16 del mes al día 15 del mes siguiente 8 Mes de facturación del monto recaudado 6 N Formato aaaamm (Ejemplo: ) 9 Observaciones 200 ALF TABLA 3: TABLA 3: FORMATO MCSA-2 - TRANSFERENCIAS REALIZADAS POR LAS EMPRESAS APORTANTES Un registro por cada empresa aportante - mes - empresa receptora ITEM CAMPO LONGITUD TIPO OBSERVACIONES 1 Código de la empresa aportante 4 ALF Ver Anexo 5: Códigos de Empresas. 2 Año y mes 6 N Formato aaaamm (Ejemplo: ) 3 Código de la empresa receptora 4 ALF Ver Anexo 5: Códigos de Empresas. 4 Fecha de la transacción 10 ALF Formato dd/mm/aaaa (Ejemplo: 01/01/2009) 5 Monto transferido (S/.) 12.2 N 6 Observaciones 200 ALF Se debe indicar el número del comprobante de la transferencia. TABLA 4: TABLA 4: FORMATO MCSA-3 - TRANSFERENCIAS RECIBIDAS POR LAS EMPRESAS RECEPTORAS Un registro por cada empresa aportante - mes - empresa receptora ITEM CAMPO LONGITUD TIPO OBSERVACIONES 1 Código de la empresa receptora 4 ALF Ver Anexo 5: Códigos de Empresas. 2 Año y mes 6 N Formato aaaamm (Ejemplo: ) 3 Código de la empresa aportante 4 ALF Ver Anexo 5: Códigos de Empresas. 4 Fecha de la transacción 10 ALF Formato dd/mm/aaaa (Ejemplo: 01/01/2009) 5 Monto recibido (S/.) 12.2 N 6 Observaciones 200 ALF Se debe indicar el número del comprobante de la transferencia. Especificaciones: El Sistema disponible en la página WEB del OSINERGMIN acepta las tablas anteriores tanto en formato de texto (*.TXT) o en formato de Excel (*.XLS). Para ambos formatos se debe respetar el orden de las columnas de acuerdo a lo especificado en el Anexo 6: Tablas de Datos. Para el caso de formatos de texto (*.TXT) de debe tener las siguientes consideraciones: Tipo de Archivo: Archivo de texto en formato ASCII, sin cabecera de campo. Terminador de Campo: ASCII 9 (TAB) Terminador de Línea: ASCII 13 + ASCII 10 Datos tipo Carácter: Datos tipo Numérico: Deberán ser justificados a la izquierda. Se deberá respetar el tamaño máximo de cada campo, los campos de texto no deben tener en su contenido el mismo carácter usado para delimitar los campos (TAB). Deberán ser informados de acuerdo al número de decimales. El separador de decimal será la coma y no se deben usar delimitadores para miles. Página 10
11 Para el caso de formatos en Excel (*.XLS) de debe tener las siguientes consideraciones: Tipo de Archivo: Tipo de dato Archivo en formato Microsoft Excel 2000, 2003 o 2007, con cabecera de campo en la primera fila. Cada columna del Excel debe respetar el tipo de dato especificado en la norma Artículo 2.- Las notificaciones de los programas de transferencias para la aplicación del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados, que realiza mensualmente la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN, serán realizadas a partir de la fecha a través de la Plataforma Web. Artículo 3.- La presente Resolución deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con el Informe Nº GART, en la página Web de OSINERGMIN: ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo Página 11
12 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Artículo 30 de la Ley N 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica, creó el Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados, destinado a favorecer el acceso y utilización de la energía eléctrica a los Usuarios Regulados atendidos por Sistemas Aislados. Dicho mecanismo tiene como finalidad compensar una parte del diferencial entre los Precios en Barra de Sistemas Aislados y los Precios en Barra del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (en adelante SEIN ). Con el Decreto Supremo N EM se aprobó el Reglamento del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados, con el cual se establecen las premisas, condiciones y criterios necesarios para la aplicación del referido mecanismo. Mediante la Resolución OSINERGMIN N OS/CD, se aprobó el "Procedimiento de Aplicación del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados (en adelante Procedimiento ). El Procedimiento ha sido modificado con anterioridad por la Resolución OSINERGMIN Nº OS/CD, y posteriormente por la Resolución OSINERGMIN Nº OS/CD, con la finalidad mejorar los criterios empleados en la elaboración de los programas de transferencia, en relación a la consideración de los montos recaudados que reportan las Empresas Aportantes y el trato a los usuarios inafectos al pago del aporte a que se refiere el inciso h) del Artículo 7 de la Ley General de Electrificación Rural. Con la finalidad de seguir con las mejoras al Procedimiento, la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERGMIN ha desarrollado una Plataforma Web para que las empresas remitan su información, permitiéndoles con ello que optimicen sus recursos y tiempos que emplean en esta labor, así como, brindándoles reportes de interés y utilidad tanto para ellos, como para el público en general. En este sentido, esta plataforma ayudará, tanto a las empresas como a OSINERGMIN, para el mejor control de la información que se reporta, así como, en la etapa de consolidación y validación de la misma. Por las razones antes expuestas, resulta necesario introducir modificaciones al Procedimiento. Página 12
Modificación de Norma Procedimiento de Aplicación del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados
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