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2 O.M.. 7/12/2001 (transposición n de la Directiva 1999/77/CE) A partir del 14/06/2002, prohíbe la comercialización de todas las variedades de amianto A partir del 14/12/2002, prohíbe la comercialización de productos que contengan amianto EXENCIÓN ÚNICA Diafragmas electrolisis 2008? No existirá exposición n al amianto en los procesos de fabricación n directa o por su uso en materiales o procesos, sino que la exposición n podrá existir en los procesos de retirada, demolición, mantenimiento y reparación n que se realicen en materiales que contengan amianto.

3 REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo (BOE num. 86, de 11 de abril) por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto CAPÍTULO I: Disposiciones generales Art.1. Objeto Art.2. Definiciones Art.3. Ámbito de aplicación

4 REAL ARTICULADO DECRETO 396/2006, de DEL 31 de marzo (BOE num. 86, de 11 de abril) REAL DECRETO 396/2006 CAPÍTULO II: Obligaciones del empresario Art.4. Límite L de exposición n y prohibiciones Art.5. Evaluación n y control del ambiente de trabajo Art.6. Medidas técnicas t generales de prevención Art.7. Medidas organizativas Art.8. Equipos de protección n individual de las vías v respiratorias Art. 9. Medidas de higiene personal y de protección n individual Art.10. Disposiciones específicas para determinadas actividades Art.11. Planes de trabajo Art.12. Tramitación n de planes de trabajo Art.13. Formación n de los trabajadores Art.14. Información n de los trabajadores Art.15. Consulta y participación n de los trabajadores Art.16. Vigilancia de la salud de los trabajadores

5 ARTICULADO DEL REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo (BOE num. 86, de 11 de abril) REAL DECRETO 396/2006 CAPÍTULO III. Disposiciones varias Art.17. Obligación n de inscripción n en el Registro de empresas con riesgo por amianto Art.18. Registros de datos y archivo de documentación. n. Art.19. Tratamiento de datos Obligaciones de carácter cter documental

6 ARTICULADO DEL REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo (BOE num. 86, de 11 de abril) REAL DECRETO 396/2006 Disposiciones adicionales, transitorias y finales ANEXO I. Requisitos para la toma de muestras y el análisis ANEXO II. Reconocimiento de la capacidad técnica t de los laboratorios especializados en el análisis (recuento) de fibras de amianto ANEXO III. Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA) ANEXO IV. Ficha para el registro de datos de la evaluación n de la exposición n en los trabajos con amianto ANEXO V. Ficha de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a amianto

7 CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 3. Ámbito de aplicación 3.1. Este Real Decreto es aplicable a las operaciones y actividades des en las que los trabajadores estén n expuestos o sean susceptibles de estar expuestos a fibras de amianto o de materiales que lo contengan, y especialmente en: a) Trabajos de demolición n de construcciones donde exista amianto o materiales que lo contengan. b) Trabajos de desmantelamiento de elementos, maquinaria o utillaje donde exista amianto o materiales que lo contengan. c) Trabajos y operaciones destinadas a la retirada de amianto,, o de materiales que lo contengan, de equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios.

8 CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 3. Ámbito de aplicación d) Trabajos de mantenimiento y reparación n de los materiales con amianto existentes en equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios. e) Trabajos de mantenimiento y reparación n que impliquen riesgo de desprendimiento de fibras de amianto por la existencia y proximidad de materiales de amianto. f) Transporte, tratamiento y destrucción n de residuos que contengan amianto. g) Vertederos autorizados para residuos de amianto. h) Todas aquellas otras actividades u operaciones en las que se manipulen materiales que contengan amianto,, siempre que exista riesgo de liberación n de fibras de amianto al ambiente de trabajo.

9 CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 3. Ámbito de aplicación 3.2 No obstante lo anterior, siempre que se trate de exposiciones esporádicas de los trabajadores, que la intensidad de dichas exposiciones sea baja y que los resultados de la evaluación prevista en el artículo 5 indiquen claramente que no se sobrepasará el valor límite l de exposición al amianto en el área de la zona de trabajo, los artículos 11, 16, 17 y 18 no serán n de aplicación n cuando se trabaje: a) en actividades cortas y discontinuas de mantenimiento durante las cuales sólo s se trabaje con materiales no friables, b) en la retirada sin deterioro de materiales no friables, c) en la encapsulación y en el sellado de materiales en buen estado que contengan amianto, siempre que estas operaciones no impliquen riesgo de liberación n de fibras, y d) en la vigilancia y control del aire y en la toma de muestras para detectar la presencia de amianto en un material determinado.

10 CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 3. Ámbito de aplicación Todos los trabajos que se realicen con materiales con amianto son objeto de este RD. Algunas intervenciones o trabajos de menor riesgo puedan estar exentas del cumplimiento de determinados artículos: 11 (planes de trabajo), 16 (vigilancia de la salud de los trabajadores), 17 (obligación n de inscripción n en el RERA) y 18 (registro de datos y archivo de documentación). n). Los trabajos a los que se puede aplicar esta exención n tienen que corresponder a alguno de los casos que se indican en los puntos a), b) c) y d), y siempre que las exposiciones sean : Esporádicas De baja intensidad Que la evaluación n indique claramente la no superación n del Valor Límite L Ambiental

11 CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 3. Ámbito de aplicación CONDICIONES PARA LA EXENCIÓN La primera condición: : Exposiciones esporádicas Se denomina esporádico lo que es ocasional, sin ostensible enlace con antecedente ni consiguiente. Un trabajo esporádico no será inherente a la actividad o actividades principales de la empresa y será circunstancial y muy poco frecuente, siendo incluso previsible que no vaya a repetirse. No se considerarán n comprendidas en este apartado, los trabajos de las empresas contratistas relacionados directa o indirectamente con su actividad principal, así como tampoco sus contratas o subcontratas!

12 CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 3. Ámbito de aplicación La segunda condición: n: Exposiciones aceptables. Seguridad de que la exposición n no sobrepase el valor límite Las concentraciones de fibras en aire que se produzcan sean bajas. En ningún n caso superaran los límites l de desviación: 0,5 f/cc cc,, en ningún n momento 0,3 f/cc cc,, durante más m s de 30 min. Cómo cuantificar a concentraciones bajas?

13 UNIDADES DE MEDIDA 0,1 fibra = c. c. fibra m 3 Longitud Anchura Longitud Anchura > < > 5µ m 5µ m 3

14 Presentación n de Resultados 3 fibras / cm 2 fibras / mm C f cc = F f filtro F filtro = 1000 V 1000 Q t l f l min min N(fibras contadas) F f = filtro a (área campo recuento, mm ) A (superficie 2 n efectiva del filtro, (nº campos contados) mm 2 )

15 Densidad de fibras en el filtro y precisión n en el recuento f/campo f/mm 2 Densidad de fibras Observaciones <10 No es posible cuantificar 10/ LÍMITE DE DETECCIÓN 50/ Densidad mínima m aceptable 80/ Densidad óptima 100/ Densidad óptima 160/ Densidad máxima m aceptable >1000 EXCESO DE MUESTRA Zona de resultados de mayor C.V. Zona de resultados con coeficiente de variación n constante No es posible cuantificar

16 Concentraciones Medioambientales de Amianto (IPCS) Arroz: 3,7 x f/ ALIMENTOS f/kg; ; 12 x 10 6 f/l en gaseosas (IPCS, 1986) AGUA POTABLE Las concentraciones conocidas de amianto en el agua potable llegan hasta 200 x 10 6 fibras/litro (todos los tamaños de fibras) AIRE Zonas rurales apartadas: < 0,0001 f/cc Ciudades: Entre 0,0001 y 0,01 f/cc cc.. Casi siempre < 0,001 f/cc En zonas cercanas a centros industriales: superiores que en zonas urbanas alejadas. Ligeramente International Programme on Chemical Safety

17 CONCENTRACIÓN (fibras/cm 3 ) OPERACIÓN Soldeo de viguetas metálicas revestidas de amianto Perforación n en un revestimiento de escayola-amianto amianto (con taladro) Cambio de una válvula v en una funda térmica revestida de amianto (destornillando y volviendo a atornillar) Limpieza de un muro de ladrillo con revestimiento de amianto, (con trapo y cepillo). Pintura con pistola sobre revestimiento de escayola-amianto amianto imitando granito Soldadura de una canalización n de agua situada en un falso techo, a 5 cm de una vigueta revestida de amianto Muestreo ambiental Muestreo individual a

18 CONCENTRACIÓN N (fibras/cm 3 ) OPERACIÓN Muestreo ambiental Muestreo individual Paso de cables en un tejado donde hay viguetas revestidas de amianto Supresión n de un falso techo a base de cartón de amianto situado entre hojas de aluminio Desmontaje de un caldera (capas de amianto) Desmontaje de tubos de calefacción n (al aire libre) Seccionar elementos de fibrocemento (con sierra eléctrica sin aspiración) Seccionar elementos de fibrocemento (con sierra de calar y aspiración) y a a a a 0.44

19 CONCENTRACIÓN N (fibras/cm 3 ) OPERACIÓN Muestreo ambiental Muestreo individual Taladrado de elementos en fibrocemento (con taladro) Cortado en seco de canalizaciones con fibrocemento (con disco) a a 14 Taladrado de forros de freno a 0.62 Montaje de forros de freno Supresión n de cartones de amianto sin bordillo Intervención n sobre bandas textiles en amianto

20 F R I A B I L I D A D FRIABILIDAD Flocados, calorifugados,, amianto proyectado Paneles aislantes Textiles (cintas, cordones, mantas, etc.) Cartón, papel, fieltro y similares Fibrocemento Losetas de vinilo-papel de amianto Recubrimientos texturados y pinturas que contienen amianto Masillas, sellantes,, adhesivos PVC y plásticos reforzados con amianto

21 TIPO DE MATERIAL COMPOSICIÓN FRIABILIDAD RIESGO Fibras sueltas 100% amianto en cualquiera de las variedades de crocidolita, amosita o crisotilo pudiendo encontrar mezclas de varias fibras Friable Riesgo medio en caso de estar confinado tras paredes, planchas metálicas, etc., y no tener ninguna manipulación. Riesgo alto en cualquier tipo de intervención de manipulación, actuación de inspección, mantenimiento, desamiantado o derribo Proyecciones y morteros Se puede encontrar hasta un 85% de fibra que suele ser amosita y crisotilo Friable Riesgo medio en caso de morteros con alta proporción de cemento o yeso si no tiene manipulación. Riesgo alto en caso de rociados de baja densidad (flocage) y en cualquier tipo de intervención de manipulación, actuación de inspección, mantenimiento, desamiantado o derribo, tanto en morteros como en proyectados

22 TIPO DE MATERIAL COMPOSICIÓN FRIABILIDAD RIESGO Paneles y falsos techos acústicos, térmicos y tabiques ligeros Composiciones variadas pudiendo encontrarse fibras de diferentes variedades de amianto mezcladas Friable Riesgo alto por la asiduidad en su manipulación para el mantenimiento de instalaciones Losetas vinílicas Fibras de crocidolita y crisotilo en proporción: 10-25% No Friable Posibilidad de desprender alguna fibra en caso de manipulación Adhesivos, sellantes, pinturas y barnices Fibras de cualquier tipo en proporción del 0,5 al 2 % No Friable Posibilidad de desprender fibras en caso de manipulación. Riesgo alto en actuaciones por abrasión o cepillado Calorifugaciones Mezclado con silicatos o carbonatos cálcicos en proporción del 6 al 10% de amianto si bien podemos encontrar hasta un 100% de amianto. Friable Riesgo medio en caso de estar confinado con vendas, mallas, o equivalentes, conservarse en buen estado y no tener ninguna manipulación Riesgo alto en actuaciones de inspección, mantenimiento, desamiantado o derribo

23 TIPO DE MATERIAL COMPOSICIÓN FRIABILIDAD RIESGO Fibrocemento Contenidos del 12 al 15% de crisotilo en general, habiéndose utilizado la variedad de crocidolita en placas y en tuberías de alta presión y en cantidades de hasta un 25%. No Friable cuando el material está en óptimas condiciones y no se manipula Friable cuando está degradado y/o tiene manipulación Riesgo medio en actuaciones de desmontaje. Riesgo alto en manipulaciones por abrasión, corte o perforación, y con la degradación del producto por envejecimiento, abrasión o ataque químico Conductos de aire Composiciones variadas pudiendo encontrarse fibras de diferentes amiantos mezcladas, en proporciones de hasta un 100% Friable Riesgo alto por la posibilidad de repartir las fibras por las canalizaciones a través de las impulsiones de aire Mezclas con betún Fibras de cualquier tipo en proporciones del 10 al 25% No Friable Posibilidad de desprender alguna fibra en caso de manipulación Riesgo alto en actuaciones por abrasión o cepillado

24 TIPO DE MATERIAL COMPOSICIÓN FRIABILIDAD RIESGO Protección n de cables eléctricos Fibras variadas en proporciones del 10 al 25% mezcladas con materiales plásticos No Friable Posibilidad de desprender alguna fibra en caso de manipulación Cordones, empaquetadura s y tejidos Se suele encontrar usualmente fibra de crisotilo al 100%, aunque al inicio se utilizaban todas las variedades Friable Riesgo alto con manipulación, n, con gran desprendimiento de fibras con el uso y desgaste del material Cartones, papeles, etc.. Se suele encontrar usualmente fibra de crisotilo al 100% Friable Riesgo alto con manipulación, n, con desprendimiento de fibras con el uso y desgaste del material

25 CAPÍTULO II. Obligaciones del empresario Artículo 11. Planes de trabajo 1. Antes del comienzo de cada trabajo con riesgo de exposición n al amianto incluido en el ámbito de aplicación n de este real decreto, el empresario deberá elaborar un PLAN DE TRABAJO Acción n que se pretende ejecutar Metodología Medidas de prevención n técnicas t y organizativas Contemplará la totalidad de las operaciones a efectuar Se basará en la evaluación n previa de los riesgos de exposición n al amianto

26 Artículo 11. Planes de trabajo 1. Dicho plan deberá prever, en particular, lo siguiente: a) que el amianto o los materiales que lo contengan sean eliminados antes de aplicar las técnicas t de demolición, salvo en el caso de que dicha eliminación n cause un riesgo aún a n mayor a los trabajadores que si el amianto o los materiales que contengan amianto se dejaran in situ ; Las técnicas t de demolición n son, en general, técnicas t agresivas que pueden producir cantidades importantes de polvo como consecuencia de la disgregación y rotura de los materiales implicados. Plan de Informe Estudio Trabajo Identificación MCAs Conocer los MCAs existentes y retirarlos antes de la demolición

27 No El material contiene Amianto? Ante la duda, dé por sentado que sís Si Registre el material como exento de amianto Los reglamentos nacionales permiten mantener el material in situ? (Por ejemplo, si el material está en buen estado, aislado o sellado? Si Véase el diagrama siguiente No Establezca un Programa de trabajos de retirada Comité de altos responsables de la inspección n de trabajo (SLIC)

28 El material está en buen estado? No Los daños son leves y superficiales Si Si Repárelo, séllelo s o encapsúlelo Determine el riesgo y trate el trabajo en consecuencia Examine la conveniencia de mantenerlo in situ No Los daños son importantes? Si Organice la retirada del material No No Son factibles su aislamiento o encapsulación? (Por ejemplo, se puede aislar o sellar la parte dañada?) ada?) Si Limpie todo el material friable suelto y proceda a aislar sellar o encapsular Determine el riesgo y trate el trabajo en consecuencia Regístrelo, gestiónelo y contrólelo Reconsidere su decisión si el material se daña a o corre el riesgo de dañarse arse

29 Ventajas y desventajas de posibles intervenciones OPERACIÓN S E L L A D O VENTAJAS Reduce la liberación n de fibras Coste inicial es muy inferior a la eliminación No requiere sustitución n del material DESVENTAJAS La fuente de fibras permanece Si el material no está en buenas condiciones el sellante puede empeorarlo Requiere inspecciones y mantenimiento periódico Las superficies selladas son más s difíciles de eliminar El coste a largo plazo puede ser más m s largo que la eliminación

30 Ventajas y desventajas de posibles intervenciones OPERACIÓN E N C E R R A M I E N T O VENTAJAS Reduce la exposición externa Coste inicial es más m s bajo que la eliminación No requiere sustitución n del material DESVENTAJAS La fuente de fibras permanece Si el material no está en buenas condiciones el sellante puede empeorarlo Requiere inspecciones y mantenimiento periódico Se produce liberación n de fibras durante el encerramiento El coste a largo plazo puede ser más s largo que la eliminación

31 Ventajas y desventajas de posibles intervenciones OPERACIÓN E L I M I N A C I Ó N VENTAJAS Elimina la fuente de amianto Elimina la necesidad de programas de control y mantenimiento DESVENTAJAS Mayor coste inicial El material necesita ser reemplazado

32 Artículo 11. Planes de trabajo 1. Dicho plan deberá prever, en particular, lo siguiente: b) que, una vez que se hayan terminado las obras de demolición n o de retirada del amianto, será necesario asegurarse de que no existen riesgos debidos a la exposición n al amianto en el lugar de trabajo. DESCONTAMINACIÓN Limpieza de Locales y Equipos Superficies contaminadas: Aspirador alta eficacia + Bayeta mojada Repetir ciclo varias veces Herramientas y equipos: Lavar con agua o paño o húmedoh y/o Limpiar en seco con aspirador AE INSPECCIÓN N VISUAL MINUCIOSA + MEDICIÓN N AMBIENTAL (material friable)

33 Artículo 11. Planes de trabajo 2. El plan de trabajo deberá prever las medidas que, de acuerdo con lo previsto en este real decreto, sean necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores que vayan a llevar a cabo estas operaciones. El plan deberá especificar: a) Descripción n del trabajo a realizar con especificación n del tipo de actividad que corresponda: demolición, retirada, mantenimiento o reparación, trabajos con residuos, etc. b) Tipo de material a intervenir indicando si es friable (amianto proyectado, calorifugados,, paneles aislantes, etc.) o no friable (fibrocemento, amianto-vinilo, etc.), y en su caso la forma de presentación n del mismo en la obra, indicando las cantidades que se manipularán n de amianto o de materiales que lo contengan.

34 Artículo 11. Planes de trabajo A efectos de lograr una cierta uniformidad, es aconsejable y útil que en la primera parte del documento se indiquen los siguientes datos identificativos: Título general del plan,, en el que se refiera el tipo de actividad realizada y el tipo de material a intervenir; (ejemplo: retirada de amianto proyectado, reparación n de calorifugados) Tipo de plan (si se tratara de plan sucesivo o plan general) Identificación n de la empresa responsable del plan y de su ejecución Nº Inscripción n en el RERA Persona responsable del plan de trabajo (nombre y cargo en la empresa) con dirección, nº n de teléfono y nº n de fax (a efectos de notificación) n)

35 Artículo 11. Planes de trabajo Persona responsable en la obra con dirección, nº n de teléfono y nº de fax (a efectos de notificación) n) Persona que actuará como recurso preventivo, con dirección, nº de teléfono y nº n de fax (a efectos de notificación) n) Empresario titular o promotor y empresario principal o contratista/subcontratista de la obra Modalidad preventiva y persona responsable de la evaluación y control del riesgo por exposición n a amianto en el trabajo a realizar Laboratorio de análisis y contraseña a de homologación n o su equivalente Fecha de redacción n del plan, nombre y firma del responsable por la empresa

36 Artículo 11. Planes de trabajo la forma de presentación n del material, en la medida en que ello afecte al procedimiento de trabajo y a las medidas de prevención n que correspondan. Por ejemplo, si se trata de retirar una cubierta de fibrocemento, se indicará cómo se encuentran fijadas las placas. la condición n o estado del material a intervenir (por ejemplo: sin deterioro visible, parcial o totalmente deteriorado, inservible, en buen uso, etc.) por las mismas razones aducidas anteriormente. Las cantidades se pueden expresar en términos t de superficie (por ejemplo en el caso de amianto proyectado, cubiertas, suelos, techados); en términos t lineales de longitud y diámetro (en el caso de tuberías y conductos), o en términos de masa o volumen (por ejemplo, en el caso de residuos). En cualquier caso, se entiende que estas cantidades se refieren al total del material con amianto implicado en el plan, y no a su contenido cuantitativo c de amianto.

37 Artículo 11. Planes de trabajo c) Ubicación n del lugar en el que se habrán n de efectuar los trabajos. Dirección n exacta de la obra con identificación n de la empresa/centro de trabajo donde se ha de aplicar el plan. Se recomienda la aportación n de un plano y fotografías as de la obra como ya se ha mencionado. d) La fecha de inicio y la duración n prevista del trabajo. Se indicara la fecha de inicio del trabajo prevista o estimada. La fecha real se comunicará a la autoridad laboral una vez que el plan se pueda dar por aprobado. Se recomienda que esta comunicación n se realice por fax con al menos 2 días d hábiles de antelación. n.

38 Artículo 11. Planes de trabajo e) Relación n nominal de los trabajadores implicados directamente en el trabajo o en contacto con el material conteniendo amianto, así como categorías as profesionales, oficios, formación y experiencia de dichos trabajadores en los trabajos especificados. Se refiere a los trabajadores previstos, incluyendo desde su máximo responsable hasta los trabajadores que realizan el transporte de residuos (excepto cuando éstos últimos no pertenezcan a la misma empresa que ejecuta el plan). En el caso del responsable del plan, relación n de trabajos similares realizados con anterioridad. Relación n nominal: : Nombre y apellidos, el DNI y Nº N SS. Acreditar documentalmente la formación n y experiencia Documento de aptitud expedido por el servicio médico. m Antes del comienzo de las obras confirmar o actualizar!

39 Artículo 11. Planes de trabajo f) Procedimientos que se aplicarán n y las particularidades que se requieran para la adecuación n de dichos procedimientos al trabajo concreto a realizar. Descripción n de: los medios materiales que se utilicen (herramientas y equipos de trabajo, los medios de protección n individual y colectiva, unidades de descontaminación, n, los equipos de emergencia, etc.) las medidas de control para asegurar su funcionamiento y eficacia, la actuación n en caso de imprevistos y situaciones de emergencia, etc.

40 PROCEDIMIENTO Los procedimientos que se vayan a aplicar en un determinado trabajo pueden contenerse en un documento único o en varios y deben estar sujetos a revisión n y mejora continua por parte de la empresa. El procedimiento de trabajo puede ser específico fico,, diseñado para el trabajo concreto y particular a realizar, ó general establecido por la empresa para un tipo de actividad determinado que podrá ser aplicable a trabajos sucesivos de las mismas características o para situaciones especiales de emergencia, reparación n y otras que se describen en los apartados 3 y 4 respectivamente.

41 PROCEDIMIENTO Los procedimientos indicarán n la metodología a paso a paso con el detalle suficiente para asegurar que se pueden aplicar fielmente. Esto permitirá valorar la idoneidad del plan de trabajo y la garantía a de que la empresa está capacitada para su ejecución, así como facilitar el seguimiento y control de los trabajos cuando estos se estén n realizando. Cualquier desviación n o modificaciones de los procedimientos, que surgieran en el transcurso de los trabajos, aunque sea excepcionalmente, deberá ser registrada y justificada documentalmente. Los procedimientos de trabajo se transcribirán n a instrucciones de trabajo adecuadas para ser comprendidas y aplicadas fácilmente f por parte de los trabajadores, a no ser que se trate de operaciones muy sencillas en las que esto no sea necesario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14.

42 Artículo 11. Planes de trabajo g) Las medidas preventivas contempladas para limitar la generación n y dispersión n de fibras de amianto en el ambiente y las medidas adoptadas para limitar la exposición n de los trabajadores al amianto. h) Los equipos utilizados para la protección n de los trabajadores, especificando las características y el número n de las unidades de descontaminación n y el tipo y modo de uso de los equipos de protección n individual. i) Medidas adoptadas para evitar la exposición n de otras personas que se encuentren en el lugar donde se efectúe e el trabajo y en su proximidad. Art. 6. Medidas técnicas t generales de prevención Art. 7. Medidas organizativas Art. 8. Equipos de protección n individual de las vías v respiratorias Art. 9. Medidas de higiene personal y de protección n individual

43 MEDIDAS TÉCNICAS T GENERALES DE PREVENCIÓN A) MEDIDAS QUE REDUCEN LA EMISIÓN N DE FIBRAS No utilizar procedimientos de trabajo que supongan rotura y fragmentación n de los MCAs.. Los materiales se retirarán enteros e intactos siempre que esto sea posible, mediante operaciones inversas a las de su montaje. Humectación n de materiales Utilización n de herramientas manuales o de baja velocidad

44 MEDIDAS TÉCNICAS T GENERALES DE PREVENCIÓN B) MEDIDAS QUE DISMINUYEN LA DISPERSIÓN N DE FIBRAS AL AMBIENTE Extracción n localizada con filtros de alta eficacia para partículas Limpieza y recogida continua de los residuos que se generen No realizar operaciones de soplado, proyecciones y otras maniobras bruscas que provoquen movimientos y perturbaciones de las fibras suspendidas en el aire

45 MEDIDAS TÉCNICAS T GENERALES DE PREVENCIÓN C) MEDIDAS QUE FACILITAN LA LIMPIEZA Y DESCONTAMINACIÓN N DE LA ZONA DE TRABAJO Preparación n previa de la zona de trabajo con retirada de elementos móviles m y aislamiento de los elementos que no se puedan trasladar Recubrimiento del suelo con material plástico para recoger y contener los residuos Prohibición n de barrido y aspiración n convencional. Limpieza por vía v a húmeda h y/o limpieza en seco mediante aspiradoras con filtro de alta eficacia para partículas

46 MEDIDAS ORGANIZATIVAS a) El número de trabajadores expuestos o que puedan estar expuestos a fibras de amianto o MCAs será el mínimo posible. b) Los trabajadores con riesgo de exposición a amianto no realizarán horas extraordinarias ni trabajarán por sistemas de incentivos en el supuesto que su actividad laboral exija sobreesfuerzos físicos, posturas forzadas o se realice en ambientes calurosos determinantes de una variación de volumen de aire aspirado. La legislación vigente no permite la participación de trabajadores de ETT en las operaciones y actividades en el ámbito de aplicación de este R.D.

47 MEDIDAS ORGANIZATIVAS c) Cuando se sobrepase el valor limite fijado en el art.4, se identificarán las causas y se tomarán, lo antes posible las medidas adecuadas para remediar la situación. No podrá proseguirse el trabajo en la zona afectada si no se toman medidas adecuadas para la protección de los trabajadores implicados. Posteriormente se comprobará la eficacia de las medidas mediante una nueva evaluación de riesgos.

48 MEDIDAS ORGANIZATIVAS Si se esperaba que la concentración n no superara VLA y la evaluación n posterior muestra que si se supera, aparecen dos situaciones distintas: Se supera el VLA porque no se han tomado las medidas preventivas adecuadas o estas no se aplican correctamente: habrá que interrumpir los trabajos hasta que se remedie la situación. Si se estuvieran tomando todas las medidas y posibles y si no fuesen suficientes para garantizar que la exposición n se encuentre por debajo del VLA, se deberían aplicar disposiciones específicas. La interrupción n de los trabajos también n está justificada cuando las mediciones de control indiquen que se está produciendo una dispersión n de fibras de amianto fuera de la zona de trabajo. En este caso deberán n tomarse las medidas pertinentes para remediar la situación

49 MEDIDAS ORGANIZATIVAS Los lugares donde dichas actividades se realicen: Estarán claramente delimitados y señalizados por paneles y señales, de conformidad con la normativa en materia de señalización y seguridad. No puedan ser accesibles a otras personas que no sean aquella que, por su razón de trabajo o de su función, deban operar o actuar en ellos Serán objeto de la prohibición de beber, fumar y comer

50 Equipos de protección n individual de las vías v respiratorias (R.D( R.D.. 777/1997) Denominación Uso recomendado Observaciones Equipos filtrantes por respiración del usuario: -Mascarillas autofiltrantes contra partículas, FFP3. -Adaptador facial (mascarilla o máscara) + filtros contra partículas P3. En trabajos de corta duración y para valores de concentración inferiores al VLA. Estas mascarillas son la mínima protección respiratoria recomendable En trabajos en los que no es esperable que la concentración ambiental supere el VLA. No reutilizables, deben tratarse como un residuo de amianto. Los adaptadores faciales son reutilizables, por lo que necesitan descontaminación después de su uso. Se recomienda no reutilizar los filtros, que deben tratarse como un residuo de amianto.

51 Equipos de protección n individual de las vías v respiratorias (R.D( R.D.. 777/1997) Denominación Uso recomendado Observaciones Equipos filtrantes con ventilación asistida -Adaptador facial (máscara o capucha) + filtro contra partículas P3. Su marcado es TMP3 y THP3 respectivamente Equipos aislantes de aire comprimido: -Semiautónomos -Autónomos En trabajos en los que la concentración ambiental supera o es probable que supere el VLA. En trabajos en los que la concentración ambiental supera ampliamente el VLA. Los adaptadores faciales son reutilizables, por lo que necesitan descontaminación después de su uso Se recomienda no reutilizar los filtros, deben tratarse como un residuo de amianto. El caudal de aire necesario estará en función del usuario y del esfuerzo físico. Equipos reutilizables, por lo necesitan descontaminación después de su uso. El caudal de aire necesario estará en función del usuario y del esfuerzo físico.

52 Equipos de protección n individual de las vías v respiratorias (UNE-CR 529:1998) Equipo utilizado Equipo filtrante por respiración del usuario Equipo filtrante con ventilación asistida Equipos aislantes de A.C. Tiempo de utilización continuado del equipo Descanso mínimo entre dos usos consecutivos Número de usos del equipo en una jornada 60 min 30 min min 30 min 2 -Semiautónomo 120 min. 30 min 2 -Autónomo Trabajo ligero o medio de 30 a 45 min Trabajo pesado 30 min 30 min 60 min 4

53 Artículo 11. Planes de trabajo j) Las medidas destinadas a informar a los trabajadores sobre los riesgos a los que están n expuestos y las precauciones que deban tomar. Se presentará documento acreditativo de la información proporcionada a los trabajadores o de sus representantes indicando forma y fecha en que se ha efectuado: El empresario informará a los trabajadores del resultado de las evaluaciones ambientales que se han realizado en las distintas operaciones durante el proceso de manipulación n de materiales conteniendo amianto. La información n deberá ser individualizada. Cada trabajador deberá ser informado del resultado de las evaluaciones ambientales realizadas en su puesto de trabajo y del resultado de las pruebas médicas realizadas al trabajador así como de todas las explicaciones que fueran necesarias para la mejor comprensión n de estas por parte del trabajador.

54 Artículo 11. Planes de trabajo k) Las medidas para la eliminación n de los residuos de acuerdo con la legislación n vigente indicando empresa gestora y vertedero. Se hará una estimación n de la cantidad de residuo que se generará,, las características de los materiales residuales (MCAs y otros) y el método m establecido para su recogida y almacenamiento temporal en la obra. Se adjuntará el documento de aceptación n del residuo donde figurará la empresa gestora y vertedero, de acuerdo con la normativa vigente.

55 Artículo 11. Planes de trabajo l) Recursos preventivos de la empresa indicando, en caso de que éstos sean ajenos, las actividades concertadas. Identificación n nominal del recurso preventivo señalando las funciones asignadas y detalle de las actividades que se tienen expresamente concertadas con el servicio de prevención ajeno. En los supuestos de concurrencia de trabajadores de distintas empresas en el mismo centro de trabajo, con concurrencia de recursos preventivos, se indicará también n el procedimiento establecido para la colaboración n entre sís y con el resto de los recursos preventivos y personas encargadas de la coordinación n de las actividades preventivas del empresario titular o principal del centro de trabajo

56 Artículo 11. Planes de trabajo m) Procedimiento establecido para la evaluación n y control del ambiente de trabajo de acuerdo con lo previsto en este real decreto. Se adjuntará la evaluación n inicial de riesgos considerando el riesgo de exposición n a amianto de trabajadores y terceras personas, indicándose ndose las concentraciones de fibras. Cuando se contemple la realización n de mediciones de las concentraciones de fibras de amianto en aire durante los trabajos, se indicará la estrategia de muestreo y el tipo de medición. También n se indicarán, n, en su caso, las mediciones previstas para el control de la eficacia de los medios de protección colectiva y los datos de mediciones a aplicar para la medida del índice de descontaminación Los datos de las evaluaciones tendrán n que ser remitidos y archivados a la finalización n de los trabajos.

57 Artículo 11. Planes de trabajo 3. No obstante lo previsto en los apartados anteriores, los planes de trabajo sucesivos podrán n remitirse a lo señalado en los planes anteriormente presentados ante la misma autoridad laboral, respecto de aquellos datos que se mantengan inalterados. Los trabajos que mejor se ajustan a planes de trabajo sucesivos son aquellos que correspondan a un tipo de actividad que se realice con frecuencia, para los que la empresa disponga de procedimientos de trabajo satisfactoriamente evaluados y en los que la experiencia acumulada demuestra que no es esperable que se supere el valor límite. l Ejemplos: los trabajos de retirada de cubiertas de fibrocemento y los trabajos de mantenimiento programable. En la presentación n de planes sucesivos se identificará el plan anterior de referencia.

58 Artículo 11. Planes de trabajo 4. Cuando se trate de operaciones de corta duración con presentación n irregular o no programables con antelación, especialmente en los casos de mantenimiento y reparación, el empresario podrá sustituir la presentación n de un plan por cada trabajo por un plan único, de carácter cter general,, referido al conjunto de estas actividades, en el que se contengan las especificaciones a tener en cuenta en el desarrollo de las mismas. No obstante, dicho plan deberá ser actualizado si cambian significativamente las condiciones de ejecución. Los planes generales estarán n basados en su mayor parte en procedimientos generales de trabajo en los que tienen que estar previstos el tipo de materiales a los que se aplicará y las condiciones para su aplicación, en el que se pueda asegurar que no se modifiquen significativamente las exposiciones de los trabajadores.

59 Artículo 11. Planes de trabajo 4. En los planes generales para trabajos de mantenimiento y reparación n de materiales friables incluidos en el artículo 10, será necesario indicar: la empresa o empresas principales en las que sea de aplicación n y los materiales con amianto concretos a los que corresponda. Es recomendable que los procedimientos propuestos en estos planes se ensayen con simulaciones controladas previas. El contenido del plan general se ajustará a lo indicado en el artículo La comunicación n se hará mediante notificación n a la autoridad laboral competente, según n dicha autoridad establezca en forma y plazo. La tramitación n del plan y la remisión n de datos se harán conforme a lo especificado en los artículos 12 y 18.

60 Trabajos que se pueden presentar en un Plan General Trabajos de mantenimiento y reparación n en los que no es posible prever el momento de su realización n como: redes de abastecimiento de aguas, instalaciones industriales, astilleros, etc. Demolición n de edificios en situaciones de emergencia sin retirada previa de MCA en los que sea necesario actuar con celeridad. Intervenciones o retirada de pequeñas cantidades de MCAs en trabajos de fontanería, a, electricidad, albañiler ilería Retirada de pequeñas cantidades de materiales no friables (trozos de tuberías, placas sueltas, otros elementos de fibrocemento) en obras de construcción

61 Trabajos que se pueden presentar en un Plan General Retirada de bajantes de fibrocemento en trabajos verticales Intervenciones en cubiertas y paramentos de fibrocemento para instalaciones de aire acondicionado, líneas l de vida, etc. Recogida y transporte de residuos y MCAs fuera de uso Trabajos de vertederos Análisis y ensayos para identificar materiales con amianto Estudios de identificación n de materiales con amianto y la toma de muestras de materiales para detectar la presencia de amianto.

62 Artículo 11. Planes de trabajo 5. Los empresarios que contraten o subcontraten con otros la realización n de los trabajos comprendidos en el ámbito de este real decreto deberán n comprobar que dichos contratistas o subcontratistas cuentan con el correspondiente plan de trabajo. A tales efectos, la empresa contratista o subcontratista deberá remitir a la empresa principal del plan de trabajo, una vez aprobado por la autoridad laboral. Por un lado, obliga a los empresarios que contraten o subcontraten trabajos con riesgos de amianto a comprobar que éstos cuentan con el correspondiente plan de trabajo. Por otro, obliga a los contratistas y subcontratistas a remitir a la empresa principal el plan de trabajo, una vez aprobado por la autoridad competente. (Art. 24 de la Ley 31/1995 y Real Decreto 171/2004)

63 Artículo 11. Planes de trabajo 6. Para la elaboración n del plan de trabajo deberán n ser consultados los representantes de los trabajadores. Se aportará documento acreditativo de la realización n de esta consulta

64 Artículo 12. Tramitación de Planes de Trabajo El Plan de Trabajo debe someterse a la aprobación n de la autoridad laboral correspondiente al lugar de trabajo en el que vaya a ejecutarse. Cuando sea en una CCAA diferente a aquella donde se haya realizado la inscripción n en el RERA, se presentará una copia de la ficha de inscripción n en dicho Registro El plazo para resolver y notificar la resolución n será de cuarenta y cinco días, d a contar desde la fecha en que la solicitud haya entrado en el registro de la autoridad laboral En su tramitación n se debe recabar informe de la I.P.T.. y S.S. y de los órganos técnicos t en materia preventiva de las CCAA. Cuando la autoridad laboral que apruebe un plan de trabajo sea diferente de la del territorio donde la empresa se encuentra registrada, remitirá copia de la resolución aprobatoria del plan a la autoridad laboral donde figure registrada.

65 Artículo 12. Tramitación de Planes de Trabajo Los técnicos del ICASEL se limitarán a reflejar en un informe dirigido a la Autoridad Laboral las deficiencias de que, a su juicio, adolece dicho plan, y que deberán ser corregidas antes de su aprobación. No obstante si se constata que se está realizando trabajos con riesgo de exposición a amianto sin plan de trabajo debidamente aprobado, se actuará en consecuencia.

66 Elaboración n de un Plan de Trabajo Específico Es la misma C.A. donde la empresa esta inscrita en el RERA? Si Presentación n ante la A.L. No Presentación n de una copia de la ficha de inscripción n en el RERA junto con el Plan Recabar informe de la ITSS y órganos técnicos t de las CCAA Es la misma C.A. donde la empresa esta inscrita en el RERA? No Se aprueba el Plan? Notificar a la empresa No Si Se aprueba el Plan? Si Notificar a la empresa INSHT Copia Copia Autoridad Laboral donde está registrada la empresa Copia INSHT

67 Elaboración n de un Plan de Trabajo General Presentación n ante la Autoridad Laboral Recabar informe de la ITSS y órganos técnicos t de la C.A. No Se aprueba el Plan? Notificar a la empresa Si Copia INSHT

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