COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA. Servicio de Asesoramiento en Derecho Internacional Humanitario

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA. Servicio de Asesoramiento en Derecho Internacional Humanitario"

Transcripción

1 COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA Servicio de Asesoramiento en Derecho Internacional Humanitario PARTICIPACIÓN EN LOS TRATADOS DE RELEVANCIA PARA EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Y SU APLICACIÓN NACIONAL Avances registrados y actividades desarrolladas en los países de América en el 2003 Documento preparado por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) para la información de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos Marzo 2004

2 La misión del CICR El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), organización imparcial, neutral e independiente, tiene la misión exclusivamente humanitaria de proteger la vida y la dignidad de las víctimas de la guerra y de la violencia interna, así como de prestarles asistencia. En las situaciones de conflicto, dirige y coordina las actividades internacionales de socorro del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Procura, asimismo, prevenir el sufrimiento mediante la promoción y el fortalecimiento del derecho y de los principios humanitarios universales. Del CICR, fundado en 1863, nació el Movimiento. Las bases jurídicas La acción del CICR se basa en los Convenios de Ginebra de 1949 para la protección de las víctimas de la guerra y en sus Protocolos adicionales de 1977, así como en los Estatutos del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y en las resoluciones de las Conferencias Internacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Por iniciativa del CICR, los Gobiernos aprobaron, en 1864, el primer Convenio de Ginebra. Desde entonces, con el apoyo prestado por todo el Movimiento, despliega constantes esfuerzos a fin de que los Gobiernos adapten el derecho internacional humanitario a las nuevas circunstancias, especialmente a la evolución de los métodos y de los medios de combate, con el fin de garantizar a las víctimas de los conflictos armados una protección y una asistencia más eficaces. Los cuatro Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 que, en tiempo de conflicto armado, protegen a los heridos, a los enfermos y a los náufragos de las fuerzas armadas, a los prisioneros de guerra y a las personas civiles, obligan actualmente a casi todos los Estados. Además, en junio de 1977, se aprobaron dos Protocolos adicionales a esos Convenios: el Protocolo I protege a las víctimas de los conflictos armados internacionales, mientras que el Protocolo II protege a las víctimas de los conflictos armados no internacionales; en estos Protocolos adicionales se codifican, especialmente, las normas relativas a la protección de la población civil contra los efectos de las hostilidades. Actualmente, estos Protocolos obligan a, aproximadamente, dos tercios de los Estados. Los fundamentos jurídicos de toda acción emprendida por el CICR pueden resumirse así: En caso de conflicto armado internacional, la comunidad internacional asigna tareas al CICR en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y en el Protocolo adicional I, entre ellas, el derecho de visita a los prisioneros de guerra y a los internados civiles; por otra parte, se le reconoce un amplio derecho de iniciativa. En cuanto a las situaciones de conflicto armado que no sean de índole internacional, los Estados también reconocen al CICR un derecho de iniciativa, que se menciona en los cuatro Convenios de Ginebra; en las situaciones de disturbios interiores o de tensiones internas o en cualquier otra situación que justifique su acción humanitaria, el CICR tiene un derecho de iniciativa humanitaria que se le reconoce en los Estatutos del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y que le permite proponer sus servicios a los Estados, sin que tal ofrecimiento sea una injerencia. El CICR tiene el cometido de "(...) trabajar por la fiel aplicación del derecho internacional humanitario aplicable a los conflictos armados (...)." La información que figura en este informe no es exhaustiva. Sólo se ha incluido la información comunicada al CICR al 31 de diciembre de Información adicional puede ser solicitada al Servicio de Asesoramiento en Derecho Internacional Humanitario (Comité Internacional de la Cruz Roja, 19 Avenue de la Paix, CH-1202 Ginebra), a la Unidad América Latina del Servicio de Asesoramiento ubicada en México (CICR México, Calderón de la Barca 210, Col. Polanco, 11550, México, D.F.) o a través de las demás delegaciones del CICR en América. 2

3 I N D I C E Introducción... 5 A. Balance en el ámbito nacional... 7 I. Participación en tratados de derecho internacional humanitario y otros instrumentos relevantes Victimas de los conflictos armados 2. Bienes culturales en caso de conflicto armado 3. Medio ambiente 4. Armas 5. Derecho penal internacional II. Aplicación nacional de los tratados de derecho internacional humanitario Protección de los emblemas 2. Represión de las violaciones del derecho internacional humanitario 3. Prohibición de minas antipersonal (Tratado de Ottawa de 1997) 4. Armas químicas 5. Protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado 6. Integración del derecho internacional humanitario por parte de las fuerzas armadas 7. Integración del derecho internacional humanitario en la enseñanza académica 8. Integración del derecho de los derechos humanos y de los principios humanitarios por parte de las fuerzas de seguridad y policía 9. Personas desaparecidas III. Comisiones nacionales de derecho internacional humanitario B. Actividades al nivel interamericano y regional I. Organización de los Estados Americanos Asamblea General 2. Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos 3. Subsecretaría de Asuntos Jurídicos II. Corte Interamericana de Derechos Humanos III. Comisión Interamericana de Derechos Humanos IV. Instituto Interamericano de Derechos Humanos

4 V. Coordinadora Educativa y Cultural Centroamericana VI. Universidad de las Naciones Unidas para la Paz VII. Organizaciones no gubernamentales C. Actividades de asesoramiento en los Estados de América I. Promoción y asistencia técnica Participación en los tratados de DIH 2. Asesoría jurídica para la adopción de medidas nacionales 3. Apoyo a las comisiones nacionales de DIH 4. Compilación e intercambio de información sobre medidas de aplicación nacional del DIH II. Seminarios, talleres y cursos ANEXOS ANEXO I Estado de participación de los Estados de América en los tratados de relevancia para el DIH ANEXO II Listado de los bienes culturales inscritos en la "lista del patrimonio mundial", situados en América ANEXO III Resumen de los artículos clave contenidos en los principales instrumentos de relevancia para el DIH y que requieren medidas nacionales de aplicación ANEXO IV Lista cronológica de creación de comisiones o Comités nacionales de derecho internacional humanitario en América ANEXO V Resolución AG/RES 1944 (XXXIII-O/03) "Promoción y respeto del derecho internacional humanitario". Adoptada por la Asamblea General de la OEA el 10 de junio de 2003, en Santiago, Chile 4

5 Introducción El Servicio de Asesoramiento en Derecho Internacional Humanitario del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) ofrece un apoyo a los Estados en el ámbito de la aplicación nacional de los tratados de derecho internacional humanitario. Lo anterior es parte del cometido asignado por los Estados al CICR como se estipula en el artículo 5.2 (C) de los Estatutos del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Dicho cometido quedó establecido en la Resolución 1 de la XXVI Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, la cual suscribió tanto la Declaración Final de la Conferencia Internacional para la Protección de las Víctimas de la Guerra, aprobada el 1 de septiembre de 1993, como las recomendaciones formuladas por el grupo intergubernamental de expertos que se reunió del 23 al 27 de enero de 1995 en Ginebra. En este periodo informativo el Servicio de Asesoramiento ha operado en 33 Estados americanos, con un equipo especializado integrado por nueve personas asentadas en Bogotá, Buenos Aires, Guatemala, Lima, México, San José y Trinidad y Tobago. Desempeñó actividades al nivel de la Organización de los Estados Americanos y otras organizaciones regionales tales como el CARICOM y el MERCOSUR. El informe pretende resumir los principales avances que se lograron en el periodo del año 2003 en materia de derecho internacional humanitario en el continente americano. Se registraron resultados bastante positivos, reflejados de la siguiente manera: Hubo un total de 28 nuevas participaciones en los principales tratados de derecho internacional humanitario, la finalización de 3 proyectos de leyes sobre la protección del emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (quedando 2 proyectos pendientes), la preparación de 8 proyectos de leyes que reprimen los crímenes de guerra (7 proyectos más se encuentran todavía en proceso de redacción), la finalización de 2 nuevos proyectos de leyes sobre la prohibición de las minas antipersonal, la redacción de 2 proyectos de leyes sobre la prohibición de las armas químicas y la preparación de 1 proyecto sobre la desaparición de personas. La Convención de 1954 sobre la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado fue sujeto de preocupación y análisis en por lo menos 11 Estados. En materia de integración del derecho internacional humanitario en la instrucción y la doctrina militar se nota una consolidación cada vez más marcada. Lo anterior ocurre igualmente en el ámbito de los derechos humanos y los principios humanitarios aplicables por las fuerzas de seguridad y policía. Con relación a las universidades, éstas han continuado e incluso fortalecido la enseñanza del derecho internacional humanitario en casi todo el continente. Además, se logró un acercamiento regional al problema de las personas desaparecidas en relación con una situación de violencia armada. Las organizaciones regionales, en particular la Organización de los Estados Americanos (OEA), reiteraron su compromiso con el derecho internacional humanitario a través de resoluciones específicas y actividades concretas. Por otro lado, han surgido situaciones donde el derecho internacional humanitario no se aplica por no tratarse de conflictos armados aún cuando causen también sufrimientos indescriptibles en las víctimas. Responder adecuadamente a estas situaciones para prevenir y aliviar tales 5

6 sufrimientos es un reto tanto para los Estados como para las organizaciones humanitarias, como el CICR. En estos casos la protección jurídica parece menos articulada y las normas menos desarrolladas. Por lo tanto, es más difícil ajustar el comportamiento al derecho para minimizar los riesgos de quienes no participan en la violencia. Se necesitan entonces soluciones que exijan una visión pragmática más allá de la normativa convencional, sin dejar de considerar imprescindible la estricta aplicación de esta última e incluso con lo arduo que pueda resultar el camino hacía la adopción de las medidas nacionales que garanticen efectivamente la protección de las victimas. Este cuarto informe anual deja constancia del fuerte compromiso con la causa humanitaria por parte de los Estados y de las organizaciones regionales en América. El Servicio de Asesoramiento del CICR desea agradecer la fructífera cooperación que ha sido posible en el 2003 y queda a la entera disposición de los Estados y organizaciones americanas para apoyar los esfuerzos que desempeñan en favor de las víctimas de la violencia armada a través de la ratificación y aplicación de los tratados de derecho internacional humanitario. Antón Camen Asesor Jurídico para América Latina y el Caribe Servicio de Asesoramiento en Derecho Internacional Humanitario Comité Internacional de la Cruz Roja 6

7 A. Balance en el ámbito nacional I. Participación en tratados de derecho internacional humanitario y otros instrumentos relevantes 1. Víctimas de los conflictos armados El derecho internacional humanitario protege a las personas que no participan o ya no participan en las hostilidades. Además, limita los medios y métodos de hacer la guerra. Los Convenios de Ginebra han sido ratificados por la totalidad de los países de la región, es decir 35. En el mundo son 191 Estados Partes. El Protocolo Adicional I de 1977 (conflictos armados internacionales) ha sido ratificado por 33 Estados americanos y 161 a escala global. En el continente los siguientes Estados Partes en este tratado declararon aceptar la competencia de la Comisión Internacional Humanitaria de Encuesta (CIHE): Argentina, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Panamá, Paraguay, Trinidad y Tobago, así como Uruguay. En El Salvador, Guatemala y Perú continuó bajo estudio la posibilidad de la aceptación de la referida competencia. En el mundo, 65 países han aceptado la competencia de la CIHE. El Protocolo Adicional II de 1977 (conflictos armados no internacionales) cuenta con la participación de 32 Estados Partes en el continente y 156 universalmente. La participación en el Protocolo Facultativo a la Convención sobre los derechos del niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados de 2000 se incrementó notablemente en el En el continente ya son 17 Estados Partes, incluyendo ahora Belice, Chile, Costa Rica, Uruguay y Venezuela. En el ámbito mundial el número asciende a 68 Estados Partes. 2. Bienes culturales en caso de conflicto armado Las Altas Partes Contratantes se comprometen a preparar en tiempo de paz la salvaguarda de los bienes culturales contra los efectos de un conflicto armado. Deben respetar los bienes culturales tanto en su territorio como en él de cualquier parte a fin de evitar la destrucción o deterioro en caso de conflicto armado y abstenerse de todo acto de hostilidad contra tales bienes. La Convención de 1954 sobre la protección de bienes culturales en caso de conflicto armado ha sido ratificada por 17 Estados en el continente y 108 en todo el mundo. Su Protocolo I cuenta con 14 ratificaciones regionales y 88 universales. El Protocolo II de 1999 ha sido ratificado en el 2003 por Costa Rica, Honduras y México, ascendiendo a 7 ratificaciones regionales y 20 globales. Se han iniciado estudios en Bolivia, Chile, Paraguay y Trinidad y Tobago para dar curso legal a los textos que permitirán la próxima ratificación de la citada Convención y sus Protocolos respectivos. En Argentina continua el examen acerca de la adhesión al Protocolo I y II mientras 7

8 que Brasil, Colombia, Guatemala, Perú y República Dominicana estuvieron considerando hacerse parte en el Protocolo II. 3. Medio ambiente La Convención de 1976 sobre la prohibición de utilizar técnicas de modificación ambiental con fines militares u otros fines hostiles (Convención ENMOD) es un instrumento de derecho internacional del desarme relacionado específicamente con la protección del medio ambiente en caso de hostilidades. Está prohibido el empleo del medio ambiente como medio de combate. El complemento esencial de las disposiciones de la Convención ENMOD son las disposiciones del Protocolo adicional I de 1977 a los Convenios de Ginebra de 1949, por las que están prohibidos los ataques directos contra el medio ambiente en caso de conflicto armado. La Convención ENMOD cuenta hoy en día con 14 Estados Partes en la región y 69 mundialmente. Se destaca la ratificación de Panamá en mayo del Armas En todo conflicto armado, el derecho de las Partes en conflicto a elegir los métodos o medios de hacer la guerra no es ilimitado. Varios tratados sustentan este principio fundamental del derecho relativo a la conducción de las hostilidades. La Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción cuenta con 32 Estados Partes en la región y 151 en el ámbito internacional. En 2003 se destaca la ratificación de Antigua y Barbuda el 29 de enero. La Convención de 1980 sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados (Convención de 1980) aplica dos normas consuetudinarias generales del derecho internacional humanitario a armas específicas, a saber: (1) la prohibición de emplear armas que tienen efectos indiscriminados, y (2) la prohibición de emplear armas que causan daños superfluos. La Convención constituye un marco en el que se han insertado cuatro protocolos que rigen el uso de armas específicas y al que se podrán añadir nuevos protocolos cuando los Estados Partes lo consideren necesario. Hasta la fecha se insertaron seis protocolos a la Convención de 1980: el Protocolo I (fragmentos no localizables), el Protocolo II (minas) así como el Protocolo II enmendado (minas), el Protocolo III (armas incendiarias), el Protocolo IV (armas láser cegadoras) así como el Protocolo V (residuos explosivos de guerra) que fue adoptado en noviembre de La Convención cuenta con 18 Estados Partes en la región y 93 Estados Partes en el mundo; el Protocolo I con 18 Estados Partes en la región y 91 Estados Partes en el mundo; el Protocolo II con 15 Estados Partes en la región y 82 Estados Partes en el ámbito mundial; el Protocolo II enmendado con 16 Estados Partes en el continente y 74 Estados Partes en el mundo; el Protocolo III con 17 Estados Partes en la región y 88 Estados Partes en el mundo; el Protocolo IV con 16 Estados Partes en la región y 75 Estados Partes en el mundo. A finales del año, todavía ningún Estado había ratificado el Protocolo V. 8

9 En el 2003 Chile y Honduras ratificaron la Convención de 1980 y sus Protocolos I, II, III, IV; Ecuador ratificó el Protocolo IV. La enmienda de 2001 a la Convención de 1980 ha sido ratificada por 2 Estados en la región y 21 al nivel global. Señalando que México ratificó el referido instrumento el 22 de mayo del La Convención de 1980 y sus Protocolos se encuentran en un proceso interno para su futura ratificación en Paraguay, República Dominicana y Venezuela. La Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción de 1993 cuenta con 27 Estados Partes en el continente y 160 Estados Partes en el mundo. Guatemala y Belice se adhirieron en el La Convención sobre la prohibición del empleo, el almacenamiento, la producción y la transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción (Tratado de Ottawa 1997) cuenta con 32 Estados Partes en América y 141 en el mundo. En la región americana destaca Guyana, que ratifica la Convención el 5 de agosto de Derecho penal internacional El Estatuto de Roma de 1998 manifiesta que la comunidad internacional está decidida a velar por que los autores de los crímenes de guerra no queden sin castigo. Según el artículo 8 del Estatuto la Corte Penal Internacional tendrá competencia respecto de los crímenes de guerra que incluyen la mayor parte de las violaciones graves del derecho internacional humanitario mencionadas en los Convenios de Ginebra de 1949 y en su Protocolo adicional I de 1977, cometidas tanto en conflictos armados internacionales como no internacionales. En el 2002 el Estatuto de Roma alcanzó el umbral de las 60 ratificaciones necesarias para su entrada en vigor. El CICR continua exhortando a los Estados a no hacer uso de la excepción contenida en el artículo 124 al hacerse Partes a dicho Estatuto. En el continente americano son 19 los Estados Partes que han ratificado el Estatuto de Roma y universalmente el número asciende a 92 Estados Partes. La Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad de 1968 abarca tanto la prescripción de la acción pública como la prescripción de las sanciones. Los crímenes contemplados son los crímenes de guerra, incluidas expresamente las infracciones graves de los Convenios de Ginebra de Esta Convención tiene efectos retroactivos en la medida en que tiende a abolir cualquier prescripción que intervenga en virtud de una ley o de cualquier otra norma. Son 8 los Estados Partes en América en dicha Convención y 48 al nivel mundial. En el periodo informativo se destaca la adhesión de Argentina y del Perú. En Chile dicha Convención estaba en estudio en la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado a finales del año. 9

10 II. Aplicación nacional de los tratados de derecho internacional humanitario 1. Protección de los emblemas Los Estados tienen la obligación de prevenir y en su caso reprimir (sancionar) el uso indebido de los emblemas y denominaciones de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (o sus imitaciones), el signo de la protección civil y las señales distintivas indicadas en los instrumentos de derecho internacional humanitario. También deberá ser objeto de reglamentación nacional la definición e identificación de los emblemas reconocidos y protegidos, así como la designación de la autoridad nacional responsable de supervisar aspectos tales como la determinación de las personas autorizadas a usar los emblemas y la finalidad de dicho uso. Son varias las legislaciones de la región americana que todavía no cumplen con las obligaciones contraídas en materia de protección del emblema de la Cruz Roja o de la Media Luna Roja, por lo cual resulta necesario su revisión y adecuación. En el periodo informativo se desarrollaron varios proyectos en diferentes Estados cuya finalidad es conformar el derecho interno a las obligaciones internacionales. Este compromiso esta siendo inducido por las autoridades, incluso mediante comisiones nacionales de derecho internacional humanitario, o por las sociedades nacionales de la Cruz Roja. Cabe destacar que en Colombia un proyecto de ley sobre el emblema se encontró en su última fase de adopción a finales de En Argentina un proyecto de ley similar se introdujo en el Congreso en el En México se redactó un nuevo proyecto de ley. Además, un proyecto de la misma naturaleza se finalizó en la República Dominicana. En Honduras y en Paraguay los proyectos de leyes existentes continúan bajo examen por parte de las autoridades. En Bolivia quedó pendiente la preparación de un reglamento de la ley no sobre el emblema de Por último, conviene señalar las campañas de sensibilización al público sobre las leyes vigentes realizadas en el 2003 en Costa Rica (mediante la prensa nacional) y en El Salvador (preparación de un folleto informativo). 2. Represión de las violaciones del derecho internacional humanitario En el derecho internacional humanitario se establece la responsabilidad penal individual de quienes cometan actos contrarios al mismo u ordenen cometerlos a otras personas. Las infracciones graves de este derecho se consideran crímenes de guerra. Se requiere a los Estados que busquen y castiguen a todos aquellos que cometieron crímenes de guerra, con independencia del lugar en que se hayan perpetrado, y de la nacionalidad del autor o de la víctima. Este principio, llamado de jurisdicción universal, es un factor clave para garantizar la efectiva represión de los crímenes de guerra. Además, los Estados deben sancionar las otras violaciones del derecho internacional humanitario que no califican como infracciones graves. Se registraron avances considerables en varios Estados americanos que estaban preparando una reforma de su derecho penal. Generalmente, el proceso de adaptar el derecho penal al Estatuto de Roma favoreció la integración del sistema de represión establecido por los Convenios de Ginebra de 1949 y su Protocolo adicional I de En este sentido, los Estados 10

11 buscaban conciliar las exigencias que dimanan del principio de la complementariedad de la Corte Penal Internacional con las obligaciones de dichos Convenios y su Protocolo I. A finales de 2003, la represión nacional de los crímenes de guerra estaba bajo examen en los procesos de reforma penal realizados en Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, Guatemala, Uruguay y Venezuela con miras a finalizar los proyectos de leyes correspondientes. Argentina, Brasil, Chile, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana y Trinidad y Tobago disponían de proyectos de leyes finalizados. 3. Prohibición de minas antipersonal (Tratado de Ottawa de 1997) Los Estados Partes del Tratado de Ottawa, por el que se prohíbe el empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y se dispone acerca de su destrucción, han de promulgar leyes por las que se impidan y sancionen las violaciones de dicha norma. A finales del 2003, 8 Estados de la región disponían de legislaciones que reprimían las violaciones del Tratado de Ottawa (Brasil, Canadá, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Trinidad y Tobago). En Argentina la comisión nacional de derecho internacional humanitario elaboró en el segundo semestre del 2003 un proyecto de ley para aplicar el Tratado de Ottawa. En Perú sigue pendiente de aprobación un proyecto de tipo penal que sanciona las conductas prohibidas por el Tratado de Ottawa. El proyecto fue elaborado por la comisión nacional de derecho internacional humanitario y remitido a la Comisión Especial Revisora del Código Penal en julio del En Colombia las autoridades trabajaron en la reglamentación de la Ley 759 de 2002 que aplica el Tratado de Ottawa. 4. Armas químicas La Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción se inscribe en la categoría de instrumentos internacionales de derecho internacional que prohíben el uso de armas cuyos efectos son particularmente abominables. La aprobación de dicha Convención ratifica así un principio básico del derecho relativo a la conducción de las hostilidades, según el cual las partes en un conflicto armado no tienen un derecho ilimitado a elegir los métodos y medios de combate. A finales del 2003 un proyecto para la aplicación de la Convención sobre armas químicas de 1993 estaba en estudio en el Senado de Brasil. Trinidad y Tobago también elaboró un proyecto de ley sobre la materia. 5. Protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado La protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado exige que se adopten una serie de medidas legislativas, administrativas y prácticas sin las cuales no fuese posible aplicar la normativa internacional vigente. 11

12 En Argentina, Bolivia, Chile, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay y Perú se registraron varias actividades con el propósito de fortalecer la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado. En este marco se destacaron los esfuerzos por parte de El Salvador donde se realizó un taller sobre la señalización de Santa Ana en noviembre de En Nicaragua se elaboró un proyecto para la señalización de León Viejo y en Perú el proyecto de ley general de patrimonio cultural de la nación ha logrado avanzar al interior del Congreso de la República. 6. Integración del derecho internacional humanitario por parte de las fuerzas armadas La integración del derecho internacional humanitario por parte de las fuerzas armadas es una medida obligatoria de aplicación nacional de los tratados que busca traducir la normativa internacional en mecanismos o medidas concretas para garantizar la protección de las personas y de los bienes en caso de conflicto armado. A fin de lograr que los miembros de las fuerzas armadas orienten su accionar de acuerdo a lo establecido en las normas de derecho internacional humanitario este último debe reflejarse cabalmente en la doctrina militar, en la formación, así como en el entrenamiento y la elección del armamento. En cuanto a la integración del derecho internacional humanitario, o derecho internacional de los conflictos armados, cabe resaltar que la mayor parte de los Estados americanos habían incluido este derecho como tema obligatorio en los programas de capacitación y de instrucción. Un esfuerzo particular se hizo con el fin de fomentar su integración a todos los niveles de instrucción así como en la doctrina militar. En Colombia se adoptó el 13 de febrero de 2003 la Directiva N que dispone que los comandantes militares tendrán en cuenta las normas del derecho de los conflictos armados en la planificación, conducción y desarrollo de las operaciones militares. Además, ordena que los sistemas de evaluación de las operaciones se ajusten a las normas del derecho internacional humanitario. En Perú fue inaugurado en febrero de 2003 el "Centro de derecho internacional humanitario de las fuerzas armadas peruanas", cuya finalidad es apoyar la integración del derecho internacional humanitario en la formación y doctrina de las fuerzas armadas del Perú. De agosto a noviembre del 2003 la facultad de derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú dictó un curso de 60 horas lectivas de derecho internacional humanitario para 20 oficiales de las fuerzas armadas. Este grupo de oficiales estuvo integrado por militares del centro de derecho internacional humanitario de las fuerzas armadas, miembros de los grupos de trabajo responsables de proponer la integración concreta del derecho internacional humanitario en los manuales tácticos y estratégicos de las fuerzas armadas, así como juristas militares dependientes del Ministerio de Defensa y del Comando Conjunto de las fuerzas armadas. También se han capacitado a instructores militares en derecho internacional de los conflictos armados e implementado cursos de manera autónoma o semi-autónoma por parte de las fuerzas armadas de Brasil, Canadá, Chile, Cuba, El Salvador, Ecuador, Guatemala, Guyana, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Uruguay y Venezuela. 12

13 Representantes de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y Republica Dominicana participaron en la VII reunión anual para oficiales encargados de la integración del derecho internacional de los conflictos armados. Dicha reunión se celebró en República Dominicana del 24 al 26 de noviembre del 2003 con el fin de intercambiar experiencias, información y avances sobre la materia. En Colombia la Escuela Militar de Cadetes (oficiales) del ejército viene impartiendo un curso universitario de especialización sobre el derecho internacional humanitario aplicable en los conflictos armados, dirigido a un grupo de profesionales al servicio de las fuerzas armadas, en su mayor parte abogados y militares. Este esfuerzo constituye una parte importante de la integración del derecho internacional humanitario en el país. En la actualidad muchos países de la región todavía no han implementado la norma del artículo 82 del Protocolo I de 1977 en su plenitud. En consecuencia aún hace falta poner asesores jurídicos a la disposición de los comandantes militares para que les asesoren acerca de la aplicación y la enseñanza del derecho internacional de los conflictos armados. 7. Integración del derecho internacional humanitario en la enseñanza académica Los Estados se han comprometido a difundir lo más ampliamente posible las disposiciones de los tratados de derecho internacional humanitario en los cuales participen. Esta incorporación implica en particular que los futuros dirigentes, así como quienes puedan tomar futuras decisiones, conozcan las reglas de este derecho y puedan aplicarlo. Por tal motivo, incumbe a los Estados velar por que los planes de enseñanza de sus universidades permitan a los estudiantes conocer el derecho internacional humanitario. En Argentina el derecho internacional humanitario es parte de la Maestría de relaciones internacionales de la Universidad de Buenos Aires. En Chile se ha incluido el derecho internacional humanitario en la facultad de derecho de la Universidad de Chile. En Colombia se destaca el programa de especialización en derecho internacional humanitario de la Universidad Externado en la que los profesores incluyen la dimensión de dicho derecho en las materias pertinentes. Al respecto, cabe mencionar que en el año 2003 egreso la segunda promoción de sus graduados, sin olvidar que este tipo de postgrado en derecho internacional humanitario es único en América Latina. En Costa Rica se logró integrar el derecho internacional humanitario en la Universidad Nacional de Heredia, así como en la Maestría en Diplomacia del Instituto del Servicio Exterior, gracias a la cooperación de la Universidad de Costa Rica. Además, la facultad de derecho de la Universidad de Costa Rica lanzó en diciembre del 2003 oficialmente la "Cátedra Sergio Vieira de Mello: Protección de la persona en situaciones de conflicto armado y el desplazamiento". En Guatemala la Universidad Rafael Landivar implementa el derecho internacional humanitario dentro del curso obligatorio de derecho internacional público y en el curso obligatorio de derechos humanos en licenciatura. Además realiza un curso en la Maestría de derechos humanos. En la Universidad de San Carlos también se enseña el derecho internacional humanitario como disciplina opcional. 13

14 En Perú el derecho internacional humanitario se enseña en la Universidad de Lima y se integra como parte de la currícula opcional. Se enseña también en la Pontificia Universidad Católica del Perú, la Universidad San Martín de Porres y en la Universidad San Marcos. El derecho internacional humanitario se integró también en los planes de estudios de otras universidades, entre ellas en El Salvador en la Universidad de El Salvador ó en México en la Universidad Iberoamericana. 8. Integración del derecho de los derechos humanos y de los principios humanitarios por parte de las fuerzas de seguridad y policía En la región existen programas dirigidos a las fuerzas de seguridad o policía para apoyar sus esfuerzos en materia de integración. En este marco se dirigen cursos y talleres de capacitación a oficiales de las fuerzas de seguridad y de policía con el propósito de facilitar la incorporación de la normativa internacional en sus respectivos planes de formación e instrucción. Estos cursos fueron generalmente apoyados por un grupo especializado de policías brasileños y algunos de los instructores de los países involucrados, así como delegados del CICR, que han cooperado en el 2003 con las fuerzas de seguridad y de policía de los siguientes países: Argentina, Bolivia, Costa Rica, Colombia, Ecuador, Guatemala, México, Panamá, Perú, Guyana, Surinam y Venezuela. El proyecto iniciado en cooperación con el Ministerio de Justicia de Brasil en 1998 y dirigido a oficiales de la policía militar brasileña continúa formando instructores multiplicadores en la enseñanza de los derechos humanos. En este marco se organizó un tercer seminario latinoamericano de derechos humanos para instructores policiales en Sao Paulo en marzo y abril del Cabe destacar que en el periodo de 2003 en el Perú se realizaron 17 eventos de capacitación con la finalidad de reforzar los conocimientos en el derecho de los derechos humanos. Dichas acciones estuvieron dirigidas principalmente a oficiales de las diferentes direcciones y regiones policiales. 9. Personas desaparecidas Las autoridades públicas, los grupos armados y otros dirigentes deben tomar medidas para prevenir la desaparición de personas y hacer frente a las consecuencias cuando esto ocurre, en particular por lo que atañe a los familiares. En Colombia mediante la Ley 589 de 2000 se creó la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas con el propósito de apoyar y promover la investigación del delito de desaparición forzada. El mismo decreto dispone que el gobierno nacional diseñará y pondrá en marcha un registro nacional de desaparecidos. Actualmente, cursa un proyecto de ley estatutaria por medio del cual se reglamenta el mecanismo de búsqueda urgente y se crea el fondo especial para el funcionamiento de la Comisión Nacional de Búsqueda. 14

15 Por otro lado, la comisión de derecho internacional humanitario de Argentina ha recibido una propuesta de la Cancillería por la cual las funciones de la Oficina Nacional de Información serían asumidas por la Dirección General de Consejería Legal. La comisión ha evaluado y ha aceptado dicha propuesta. Dicha oficina será probablemente creada por resolución ministerial. III. Comisiones nacionales de derecho internacional humanitario La aplicación de las normas del derecho internacional humanitario exige la coordinación y el apoyo de todos los ministerios y demás organismos concernidos en los Estados. Con el objetivo de facilitar este proceso muchos Estados han constituido comisiones interministeriales que asesoran y ayudan a los gobiernos en su labor de aplicación y difusión del derecho internacional humanitario. Cabe recordar que la resolución AG/RES (XXXIII-O/03) de 2003 de la Asamblea General de la OEA instó "a los Estados Miembros a que continúen apoyando el trabajo de los comités o comisiones nacionales de asesoramiento u órganos similares encargados de la difusión y aplicación del derecho internacional humanitario donde ya existen, y en los Estados donde no hubiere, a que consideren la conveniencia de establecerlos con el apoyo del Comité Internacional de la Cruz Roja". En el continente americano se han creado 15 comisiones nacionales de derecho internacional humanitario hasta finales de Son los de Argentina, Brasil, Bolivia, Canadá, Chile, Colombia, El Salvador, Guatemala, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Trinidad y Tobago y Uruguay. Cabe resaltar la creación de una comisión por parte de Brasil en noviembre de Costa Rica finalizó a su vez en el segundo semestre de 2003 un proyecto de decreto para la creación de una comisión nacional de derecho internacional humanitario. En agosto y septiembre se realizaron reuniones preparatorias a las cuales asistieron los futuros integrantes de la comisión. A finales de 2003 el proyecto de decreto estuvo pendiente de firma. En Honduras se registraron avances importantes con un proyecto de decreto sobre el establecimiento de una comisión de derecho internacional humanitario. Dicho proyecto estaba casi completo a finales del año. En este periodo informativo las comisiones nacionales de derecho internacional humanitario cumplieron un papel instrumental en casi todos los avances registrados en los Estados concernidos. Desempeñaron actividades de promoción y de asesoría tanto al nivel de la ratificación de los tratados de derecho internacional humanitario, como en lo que concierne su subsiguiente aplicación en el ámbito nacional. La comisión de Argentina preparó un proyecto de ley sobre el Tratado de Ottawa, promovió la organización de una Oficina de Información, presentó un proyecto de ley sobre la protección del emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, elaboró un proyecto para mejorar la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y examinó la problemática de las personas desaparecidas. 15

16 La comisión de Bolivia brindó apoyo a los esfuerzos en materia de la integración del derecho internacional humanitario en los programas de enseñanza en las universidades, así como en el proceso de la implementación del Estatuto de Roma. Coordinó además la participación del gobierno en la XXVIII Conferencia del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. A finales del año había también conceptuado un programa de difusión del derecho internacional humanitario. En Canadá la comisión de derecho internacional humanitario estuvo desarrollando un sitio web, elaboró una lista de expertos nacionales y realizó una serie de actividades de difusión. La comisión de derecho internacional humanitario de Chile realizó un anteproyecto de ley sobre la represión de los crímenes de guerra, e impulsó la adhesión a la Convención sobre armas convencionales de 1980, así como al Protocolo facultativo de 2000 sobre la participación de los niños en los conflictos armados. En El Salvador la comisión de derecho internacional humanitario ha enfocado sus esfuerzos en el área de la protección de los bienes culturales. Confeccionó en particular el proyecto de señalización de Santa Ana. Asimismo, se dedicó a la integración de la enseñanza del derecho internacional humanitario en las universidades. La comisión de derecho internacional humanitario de Guatemala realizó un examen de los requisitos en materia de la protección de los bienes culturales, desplegó varias actividades de difusión y contribuyó en la preparación de la participación de Guatemala en la XXVIII Conferencia del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. En Nicaragua la comisión de derecho internacional humanitario propuso un proyecto para la señalización de la ciudad de León Viejo como bien cultural, realizó un taller sobre dicha señalización y efectuó intercambios con otras comisiones al respecto, diseñó una página web de la comisión y organizó un curso de derecho internacional humanitario para funcionarios. En Panamá la comisión de derecho internacional humanitario finalizó un proyecto de reforma del código penal que contempla reprimir los crímenes de guerra. También empezó a trabajar en un proyecto de ley sobre la prohibición de las minas antipersonal y se encargó de difundir el derecho internacional humanitario a los funcionarios públicos. Además, puso material de consulta sobre el derecho internacional humanitario a la disposición del público. La comisión de derecho internacional humanitario de Paraguay empezó a preparar un proyecto de ley para castigar las violaciones del Tratado de Ottawa y recoleccionó datos sobre la legislación y jurisprudencia nacionales relacionadas con el derecho internacional humanitario. En el Perú la comisión de derecho internacional humanitario finalizó un proyecto de ley para reprimir las violaciones del Tratado de Ottawa, coordinó la preparación de una ley de reforma del código penal sobre la represión de los crímenes de guerra, organizó una serie de eventos para apoyar el proceso de la aplicación nacional (entre ellos uno en el Congreso de la República) y elaboró un proyecto para refortalecer su propio funcionamiento. En la República Dominicana se destacaron las actividades de la comisión de derecho internacional humanitario acerca del proyecto de ley sobre la protección del emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, así como en materia de la aplicación del Estatuto de Roma. 16

17 La comisión ad-hoc de Trinidad y Tobago examinó la conveniencia de adherirse a la Convención de 1954 sobre la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado, brindó apoyo a su gobierno en materia de la aplicación del Estatuto de Roma, y tomó varias iniciativas con respecto a la enseñanza obligatoria del derecho internacional humanitario. Cabe agregar que la mayoría de las comisiones organizaron su trabajo por medio de planes de acción y prepararon informes sobre las actividades realizadas. A destacar también que todas las comisiones de derecho internacional humanitario del continente americano participaron en el encuentro que se llevó acabo en La Antigua, Guatemala, del 27 al 29 de agosto B. Actividades al nivel interamericano y regional La Organización de los Estados Americanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, así como el Instituto Interamericano de Derechos Humanos y otras organizaciones e instituciones con un alcance regional o subregional continuaron apoyando de manera significativa la promoción del derecho internacional humanitario en el continente. En el periodo informativo dichos esfuerzos se han manifestado mediante los siguientes resultados: I. Organización de los Estados Americanos En el periodo informativo se refortaleció la cooperación entre la OEA y el CICR mediante la conclusión de un Memorando de Entendimiento el 3 de abril de El Memorando complementa el Acuerdo de Cooperación del 10 de mayo de El objetivo del Memorando es facilitar la participación del CICR en reuniones de la OEA sobre temas que involucran al derecho internacional humanitario u otros asuntos de interés humanitario. 1. Asamblea General El 10 de junio de 2003 la XXXIII Asamblea General de la OEA adoptó la resolución AG/RES.1944 (XXXIII-O/03) "Promoción y respeto del derecho internacional humanitario" en Santiago de Chile. La resolución en comento enfatiza la necesidad e importancia de fortalecer el derecho internacional humanitario mediante la aceptación universal de sus instrumentos y la consecuente adopción de las medidas nacionales que son imprescindibles para la efectiva aplicación de los tratados al nivel nacional. La resolución AG/RES (XXXIII-O/03) hace particular referencia a la obligación de sancionar a los responsables de los crímenes de guerra, de resolver el problema de la desaparición de personas, así como de integrar el derecho internacional humanitario en la doctrina de las fuerzas armadas. Además, insta a los Estados Miembros de la organización a que protejan los bienes culturales contra los efectos de los conflictos armados, que garanticen que sus medios y métodos de hacer la guerra sean conforme al derecho internacional humanitario, que contribuyan a encontrar una solución al problema de los residuos explosivos de la guerra, así como al peligro de la disponibilidad sin control de armas pequeñas y ligeras. 17

18 Finalmente, invita a los Estados Partes en el Estatuto de Roma a adoptar las medidas necesarias para cooperar con la Corte Penal Internacional. En cuanto a los mecanismos que pudieran facilitar la aplicación nacional de los tratados de derecho internacional humanitario, cabe destacar que la resolución AG/RES 1944 (XXXIII-O/03) respalda los esfuerzos de las comisiones nacionales de derecho internacional humanitario e insta a que los Estados que aún no lo hubieren hecho establezcan tales comisiones (lo que se concretizó a finales del 2003 en Brasil). La XXXIII Asamblea General adoptó, igualmente, otras resoluciones sobre temas de interés directo para el derecho internacional humanitario. Principalmente las relativas al: Fortalecimiento de los sistemas de derechos humanos en seguimiento del plan de acción de la Tercera Cumbre de las Américas (AG/RES XXXIII-O/03); Promoción de la Corte Penal Internacional (AG/RES XXXIII-O-03); La protección de los derechos humanos y libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo (AG/RES XXXIII-O/03); Apoyo al programa de acción integral contra las minas antipersonal en Centroamérica (AG/RES XXXIII-O/03); Apoyo a la acción contra las minas en Perú y Ecuador (AG/RES XXXIII- O/03); Las Américas como zona libre de minas terrestres antipersonal (AG/RES XXXIII- O/03); Las Américas como una región libre de armas biológicas y químicas (AG/RES XXXIII-O/03); Proliferación y tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras (AG/RES XXXIII-O/03); La protección de refugiados, repatriados, apátridas y desplazados internos en las Américas (AG/RES XXXIII-O/03); Convención interamericana contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados (AG/RES XXXIII-O/03). 2. Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos En seguimiento a la resolución AG/RES (XXXII-O/02) el Consejo Permanente realizó a través la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos el día 20 de marzo de 2003 en la sede de la OEA la "Sesión especial de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos para la promoción y el respeto del derecho internacional humanitario". La sesión permitió, en particular, evaluar los avances que se han logrado en cuanto a la aplicación del derecho internacional humanitario en el continente americano, analizar los desafíos a los cuales se enfrenta la protección de las personas en la actualidad así como plantear las perspectivas para el futuro. 3. Subsecretaría de Asuntos Jurídicos Al nivel de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos de la OEA conviene destacar los valiosos esfuerzos que la Subsecretaría Técnica de Mecanismos de Cooperación Jurídica ha desempeñado a lo largo del periodo informativo para promover el derecho internacional humanitario y su aplicación nacional en los Estados americanos. Cabe señalar, en particular, el desarrolló su pagina web sobre el derecho internacional humanitario para el público, la preparación de la referida Sesión Especial sobre el derecho internacional humanitario así como la organización del "Encuentro de Comisiones Nacionales de Derecho Internacional Humanitario de América" que se llevó acabo en La Antigua, Guatemala, del 27 al 29 de agosto de

19 II. Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) En el marco del acuerdo de cooperación y de intercambio de información pública celebrado entre la Corte IDH y el CICR el 18 de agosto de 2000, ambas instituciones continuaron intercambiando información científica y pública relacionada con la protección de las personas. A destacar que se celebró la "Tercera Jornada de Estudio e Intercambio sobre el Derecho Internacional Humanitario y Temas relacionados" en San José, Costa Rica, el 5 de diciembre de Brindó una oportunidad a los jueces y otro personal de la Corte, así como a los juristas del CICR, para analizar una serie de temas jurídicos importantes que se plantean en el continente americano acerca de la protección de las personas hoy día. III. Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Comisión IDH) En el periodo informativo los contactos entre la Comisión IDH y el CICR han sido puntuales. No obstante, confirmaron el interés de explorar las posibilidades de desarrollar el diálogo en el ámbito jurídico y científico. Cabe señalar que la Comisión IDH estuvo representada en el "Encuentro de Comisiones Nacionales de Derecho Internacional Humanitario en América" que se llevó acabo en La Antigua, Guatemala, del 27 al 29 de agosto de IV. Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) A lo largo del 2003 se ha mantenido una estrecha cooperación entre el IIDH y el CICR, sobre todo en lo que concierne el intercambio de información sobre actividades en materia de la promoción e integración del derecho internacional humanitario y del derecho de los derechos humanos. El CICR fue invitado a participar con la cátedra de derecho internacional humanitario (Cátedra Jean Pictet) en la XXI edición del Curso interdisciplinario de derechos humanos, llevada a cabo en San José, Costa Rica, del 23 de junio al 4 de julio de Teniendo en cuenta el eje temático de la Justicia y la Seguridad, el CICR puso particular énfasis en la represión de violaciones al derecho internacional humanitario así como los desafíos que se presentan para la protección de las personas en las situaciones de violencia interna. Además, en el marco de dicho curso el CICR coordinó un taller en el que los participantes profundizaron aspectos relacionados con los programas que el CICR lleva a cabo con las fuerzas de policía y de seguridad. V. Coordinadora Educativa y Cultural Centroamericana (CECC) Durante el 2003 se mantuvieron los contactos entre la CECC y el CICR, en particular con miras a desarrollar la colaboración mutua en el ámbito de la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado. En efecto, los Ministros de Educación y Cultura de Centroamérica adoptaron en el 2002, la resolución CECC/RM/(O)/GUA-2002/RES/002 relativa a la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado. 19

20 VI. Universidad de las Naciones Unidas para la Paz (UPAZ) En el marco de un acuerdo de cooperación con la UPAZ, basada en ciudad Colón, Costa Rica, el CICR fue invitado a impartir un modulo sobre derecho internacional humanitario del 24 al 26 de marzo de Dicho módulo se llevó acabo dentro del programa de postgrado de la universidad y buscaba familiarizar a los estudiantes con la realidad del derecho internacional humanitario en el terreno de las víctimas de los conflictos armados. Se iniciaron además discusiones entre ambas organizaciones con miras a lograr la integración permanente de tal enseñanza en los planes de estudio de la UPAZ. VII. Organizaciones no gubernamentales En el periodo correspondiente a este informe, se han llevado a cabo diversas actividades por las cuales se ha permitido sostener e intensificar relaciones de intercambio entre el CICR y diversas organizaciones no gubernamentales, sobre todo en lo que concierne a la promoción de la Corte Penal Internacional. C. Actividades de asesoramiento en los Estados de América I. Promoción y asistencia técnica En el periodo informativo, el CICR ha desempeñado actividades de promoción y de asistencia técnica en toda América Latina y el Caribe. Operaba desde sus delegaciones ubicadas en Bogota, Buenos Aires, Caracas, Lima y México, junto con el apoyo de sus oficinas en Brasil, Guatemala, Puerto España, Puerto Príncipe y San José de Costa Rica. Las actividades se realizaron tanto al nivel multilateral como a través de intercambios bilaterales con las autoridades. 1. Participación en los tratados de derecho internacional humanitario Durante el 2003 los Estados de la región solicitaron asesoría sobre los siguientes tratados: Convención de La Haya de 1954 para la Protección de Bienes Culturales y sus dos Protocolos de 1954 y 1999, respectivamente; Convención sobre la prohibición de utilizar técnicas de modificación ambiental con fines militares u otros fines hostiles de 1976; Protocolo adicional II de 1977 a los Convenios de Ginebra de 1949; Convención de 1980 sobre Ciertas Armas Convencionales junto con sus Protocolos anexados, particularmente el Protocolo II enmendado (sobre minas terrestres) y el Protocolo IV (sobre armas láser cegadoras) así como la enmienda al artículo 1 de la Convención de 1980, adoptada en diciembre de 2001; Tratado de Ottawa de 1997 sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción; 20

PROTOCOLO ADICIONAL A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949 RELATIVO A LA APROBACIÓN DE UN SIGNO DISTINTIVO ADICIONAL PROTOCOLO III

PROTOCOLO ADICIONAL A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949 RELATIVO A LA APROBACIÓN DE UN SIGNO DISTINTIVO ADICIONAL PROTOCOLO III PROTOCOLO ADICIONAL A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949 RELATIVO A LA APROBACIÓN DE UN SIGNO DISTINTIVO ADICIONAL PROTOCOLO III PROTOCOLO ADICIONAL A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE

Más detalles

CUADRAGÉSIMO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES 6 al 8 de junio de 2010 AG/doc. 5065/10 Lima, Perú 27 mayo 2010 Original: español PROYECTO DE RESOLUCIÓN

CUADRAGÉSIMO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES 6 al 8 de junio de 2010 AG/doc. 5065/10 Lima, Perú 27 mayo 2010 Original: español PROYECTO DE RESOLUCIÓN ASAMBLEA GENERAL CUADRAGÉSIMO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES OEA/Ser.P 6 al 8 de junio de 2010 AG/doc. 5065/10 Lima, Perú 27 mayo 2010 Original: español Punto 40 del temario PROYECTO DE RESOLUCIÓN PROMOCIÓN

Más detalles

TERCERA REUNIÓN DE MINISTROS DE JUSTICIA

TERCERA REUNIÓN DE MINISTROS DE JUSTICIA TERCERA REUNIÓN DE MINISTROS DE JUSTICIA OEA/Ser.K/XXXIV.3 O DE MINISTROS O PROCURADORES GENERALES REMJA-III/doc.13/00 rev.2 DE LAS AMÉRICAS 3 marzo 2000 1 al 3 de marzo de 2000 Original: español San José,

Más detalles

AG/RES. 2675 (XLI-O/11)

AG/RES. 2675 (XLI-O/11) AG/RES. 2675 (XLI-O/11) FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS EN SEGUIMIENTO DE LOS MANDATOS DERIVADOS DE LAS CUMBRES DE LAS AMÉRICAS (Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada

Más detalles

UNIDAD DE DEFENSORES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS

UNIDAD DE DEFENSORES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS UNIDAD DE DEFENSORES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS CUESTIONARIO DE CONSULTA A LOS ESTADOS PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE SEGUIMIENTO A LA SITUACIÓN DE LAS DEFENSORAS Y LOS DEFENSORES DE DERECHOS

Más detalles

CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN

CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN Ciudad de Guatemala, Guatemala, 9 de julio 2009 LINEAMIENTOS REGIONALES PARA LA ATENCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES MIGRANTES NO ACOMPAÑADOS EN CASOS DE REPATRIACIÓN

Más detalles

CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN

CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN Ciudad de Guatemala, Guatemala, 9 de julio 2009 LINEAMIENTOS REGIONALES PARA LA ATENCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES MIGRANTES NO ACOMPAÑADOS EN CASOS DE REPATRIACIÓN

Más detalles

PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN EFECTIVA DE LAS REGLAS MÍNIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS

PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN EFECTIVA DE LAS REGLAS MÍNIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS Legislación PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN EFECTIVA DE LAS REGLAS MÍNIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS Procedimiento 1 Todos los Estados cuyas normas de protección para todas las personas sometidas

Más detalles

ASAMBLEA 36º PERÍODO DE SESIONES

ASAMBLEA 36º PERÍODO DE SESIONES Organización de Aviación Civil Internacional NOTA DE ESTUDIO A36-WP/26 3/7/07 ASAMBLEA 36º PERÍODO DE SESIONES COMITÉ EJECUTIVO Cuestión 15: Programa de seguridad de la aviación AMENAZA QUE PLANTEAN PARA

Más detalles

DECISIÓN DE SANTIAGO

DECISIÓN DE SANTIAGO 10 de noviembre de 2014 ORIGINAL: ESPAÑOL Cuarta Reunión de los Puntos Focales Designados por los Gobiernos de los Países Signatarios de la Declaración sobre la Aplicación del Principio 10 de la Declaración

Más detalles

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 5235ª sesión, celebrada el 26 de julio de 2005

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 5235ª sesión, celebrada el 26 de julio de 2005 Naciones Unidas S/RES/1612 (2005) Consejo de Seguridad Distr. general 26 de julio de 2005 Resolución 1612 (2005) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 5235ª sesión, celebrada el 26 de julio de 2005

Más detalles

ES CD/11/11.3 Original: inglés Para información

ES CD/11/11.3 Original: inglés Para información ES CD/11/11.3 Original: inglés Para información CONSEJO DE DELEGADOS DEL MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA Y DE LA MEDIA LUNA ROJA Ginebra, Suiza 26 de noviembre de 2011 Código de Buena Cooperación

Más detalles

Organización de los Estados Americanos OEA. Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas CICAD

Organización de los Estados Americanos OEA. Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas CICAD Organización de los Estados Americanos OEA Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas CICAD Mecanismo de Evaluación Multilateral MEM Argentina 2005 EVALUACIÓN DE PROGRESO DE CONTROL DE

Más detalles

AG/RES. 2728 (XLII-O/12) PROMOCIÓN DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL 1/ (Aprobada en la segunda sesión plenaria, celebrada el 4 de junio de 2012)

AG/RES. 2728 (XLII-O/12) PROMOCIÓN DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL 1/ (Aprobada en la segunda sesión plenaria, celebrada el 4 de junio de 2012) AG/RES. 2728 (XLII-O/12) PROMOCIÓN DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL 1/ (Aprobada en la segunda sesión plenaria, celebrada el 4 de junio de 2012) LA ASAMBLEA GENERAL, RECORDANDO su resolución AG/RES. 2659

Más detalles

ANEXO III TRATADOS RATIFICADOS POR COLOMBIA A 2012. Tratado Entrada en vigor Ley aprobatoria Adoptada en Nueva York el 20 Ley 1418 de 2010

ANEXO III TRATADOS RATIFICADOS POR COLOMBIA A 2012. Tratado Entrada en vigor Ley aprobatoria Adoptada en Nueva York el 20 Ley 1418 de 2010 ANEXO III TRATADOS RATIFICADOS POR COLOMBIA A 2012 Tratado Entrada en vigor Ley aprobatoria Adoptada en Nueva York el 20 Ley 1418 de 2010 de diciembre de 2006. Convención Internacional para la Protección

Más detalles

Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados Los Estados Partes en el presente Protocolo, Alentados por el inmenso apoyo

Más detalles

Taller Regional de Formación e Intercambio de Experiencias sobre el Derecho a la Alimentación

Taller Regional de Formación e Intercambio de Experiencias sobre el Derecho a la Alimentación Taller Regional de Formación e Intercambio de Experiencias sobre el Derecho a la Alimentación XLV Reunión del Consejo Centroamericano de Procuradores de Derechos Humanos (CCPDH) sobre el Derecho a la Alimentación

Más detalles

En esta investigación, se llegó a ciertos principios que fueron dándose a lo largo de mi investigación:

En esta investigación, se llegó a ciertos principios que fueron dándose a lo largo de mi investigación: CONCLUSIONES. En esta investigación, se llegó a ciertos principios que fueron dándose a lo largo de mi investigación: La violencia contra los niños no se puede justificar, así como los niños nunca deben

Más detalles

Declaración del Comité Latinoamericano para la Prevención y control del Lavado de Activos. Panamá, agosto 30 de 1996

Declaración del Comité Latinoamericano para la Prevención y control del Lavado de Activos. Panamá, agosto 30 de 1996 Declaración del Comité Latinoamericano para la Prevención y control del Lavado de Activos Panamá, agosto 30 de 1996 1. Introducción Los sistemas financieros de los países de todo el mundo pueden ser utilizados

Más detalles

1984/47. Procedimientos para la aplicación efectiva de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos.

1984/47. Procedimientos para la aplicación efectiva de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos. 1984/47. Procedimientos para la aplicación efectiva de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos. El Consejo Económico y Social, Considerando la importancia de las recomendaciones que figuran

Más detalles

ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA DE POSTGRADO (AUIP) Y VIRTUAL EDUCA

ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA DE POSTGRADO (AUIP) Y VIRTUAL EDUCA ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA DE POSTGRADO (AUIP) Y VIRTUAL EDUCA Las Partes del presente Acuerdo: I) La Dirección General de la Asociación Universitaria Iberoamericana

Más detalles

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA DCI-PN-EA-01 VERSIÓN 02 Página 2 de 12 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. ROL... 3 3. PROFESIONALIDAD... 3 4. AUTORIDAD... 4 5. ORGANIZACIÓN... 4 6. INDEPENDENCIA Y OBJETIVIDAD... 5 7. ALCANCE...

Más detalles

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL OFICINA DE ASUNTOS JURÍDICOS Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL [II.E/RCIA/GA/2004(2009)] REFERENCIAS Resolución AG-2004-RES-08 de la 73 a reunión de la

Más detalles

Deseando completar las disposiciones arriba mencionadas, a fin de potenciar su valor protector y carácter universal;

Deseando completar las disposiciones arriba mencionadas, a fin de potenciar su valor protector y carácter universal; PROTOCOLO ADICIONAL III A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949 RELATIVO A LA APROBACIÓN DE UN SIGNO DISTINTIVO ADICIONAL. 8 DE DICIEMBRE DE 2005. PREÁMBULO Las Altas Partes Contratantes, Reafirmando

Más detalles

- 1 - ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS ASAMBLEA GENERAL AG ( ) AG/RES. 2851 (XLIV-O/14)

- 1 - ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS ASAMBLEA GENERAL AG ( ) AG/RES. 2851 (XLIV-O/14) - 1 - ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS ASAMBLEA GENERAL AG ( ) AG/RES. 2851 (XLIV-O/14) DEFENSORAS Y DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS: APOYO A LAS TAREAS QUE DESARROLLAN LAS PERSONAS, GRUPOS Y ORGANIZACIONES

Más detalles

DECLARACION DE SANTIAGO DE CHILE - 2007, CAMINO A MADRID +5

DECLARACION DE SANTIAGO DE CHILE - 2007, CAMINO A MADRID +5 SEMINARIO INTERNACIONAL EXPERIENCIAS DE INICIATIVAS PRODUCTIVAS PARA ADULTOS MAYORES: UNA RESPUESTA A LA GENERACION DE INGRESOS. Santiago de Chile, Sede CEPAL/CELADE, abril 19 y 20 de 2007 DECLARACION

Más detalles

La protección de los civiles y la acción humanitaria mediante el Tratado sobre el Comercio de Armas

La protección de los civiles y la acción humanitaria mediante el Tratado sobre el Comercio de Armas La protección de los civiles y la acción humanitaria mediante el Tratado sobre el Comercio de Armas FOLLETO Marko Kokic/CICR Disponibilidad de armas: el costo humano Cada año, a causa de la disponibilidad

Más detalles

DECLARACION CONJUNTA DEL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (COMIECO) Y EL MINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE PANAMÁ

DECLARACION CONJUNTA DEL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (COMIECO) Y EL MINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE PANAMÁ DECLARACION CONJUNTA DEL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (COMIECO) Y EL MINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE PANAMÁ La Ministra de Comercio Exterior de la República de Costa Rica, El Ministro

Más detalles

II Reunión del Grupo de Trabajo - Educación y Cultura en Derechos Humanos (EDUCDDHH)

II Reunión del Grupo de Trabajo - Educación y Cultura en Derechos Humanos (EDUCDDHH) MERCOSUR/RAADDHH/GT-EDUCDDHH/ACTA Nº 01/07 II Reunión del Grupo de Trabajo - Educación y Cultura en Derechos Humanos (EDUCDDHH) Se realizó en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, el 28 de marzo

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Intervención del Honorable Señor Álvaro Varela Director de Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad Pública Reunión Continental del Comisiones Nacionales Derecho Internacional

Más detalles

Resolución aprobada por la Asamblea General el 10 de diciembre de 2014. [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/69/495)]

Resolución aprobada por la Asamblea General el 10 de diciembre de 2014. [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/69/495)] Naciones Unidas A/RES/69/114 Asamblea General Distr. general 18 de diciembre de 2014 Sexagésimo noveno período de sesiones Tema 75 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 10 de diciembre

Más detalles

CP/RES. 861 (1400/04) APOYO AL ORDEN PÚBLICO Y AL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA EN HAITÍ

CP/RES. 861 (1400/04) APOYO AL ORDEN PÚBLICO Y AL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA EN HAITÍ OEA/Ser.G CP/RES. 861 (1400/04) 19 febrero 2004 Original: francés CP/RES. 861 (1400/04) APOYO AL ORDEN PÚBLICO Y AL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA EN HAITÍ EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE

Más detalles

Resolución aprobada por la Asamblea General. [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/58/499)]

Resolución aprobada por la Asamblea General. [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/58/499)] Naciones Unidas A/RES/58/137 Asamblea General Distr. general 4 de febrero de 2004 Quincuagésimo octavo período de sesiones Tema 108 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base

Más detalles

Serie Casos de Estudio: Edición 2012. El Impacto del Desarrollo de Capacidades en la GIRH en América Latina:

Serie Casos de Estudio: Edición 2012. El Impacto del Desarrollo de Capacidades en la GIRH en América Latina: Serie Casos de Estudio: Edición 2012 El Impacto del Desarrollo de Capacidades en la GIRH en América Latina: Acciones de Desarrollo de Capacidades dirigidas a Tomadores de Decisión y su Impacto en Cambios

Más detalles

(Aprobado por el Consejo Permanente en la sesión celebrada el 1 de junio de 2010)

(Aprobado por el Consejo Permanente en la sesión celebrada el 1 de junio de 2010) ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS Declaración de Lima: Paz, Seguridad y Cooperación en las Américas (Aprobado por el Consejo Permanente en la sesión celebrada el 1 de junio de 2010) LOS MINISTROS Y MINISTRAS

Más detalles

Norma de Actuación en Materia de Defensa

Norma de Actuación en Materia de Defensa El presente documento y sus anexos quedan sujetos a confidencialidad en los términos establecidos en la normativa aplicable. Son de exclusivo uso interno y queda prohibida su divulgación, copia, cesión,

Más detalles

ES CD/13/R6 Original: inglés Aprobada

ES CD/13/R6 Original: inglés Aprobada 1 ES CD/13/R6 Original: inglés Aprobada CONSEJO DE DELEGADOS DEL MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA Y DE LA MEDIA LUNA ROJA Sídney (Australia) 17-18 de noviembre de 2013 INICIATIVA DEL MOVIMIENTO

Más detalles

Las medidas las agruparía en cuatro grupos:

Las medidas las agruparía en cuatro grupos: De: Dr. Luis Fernando Pérez Hurtado. Para: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Justicia, y de Estudios Legislativos, Segunda. Fecha: 31 de agosto de 2015. Re: Posicionamiento preliminar para

Más detalles

TEMARIO PROVISIONAL ANOTADO

TEMARIO PROVISIONAL ANOTADO Distr. LIMITADA LC/L.3659(CRM.12/2) 30 de julio de 2013 ORIGINAL: ESPAÑOL Duodécima Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe Santo Domingo, 15 a 18 de octubre de 2013 TEMARIO PROVISIONAL

Más detalles

Ley Nº 18.382. Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

Ley Nº 18.382. Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Ley Nº 18.382 Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados La República Oriental del URUGUAY en el marco del respeto y

Más detalles

ES CD/13/DR6 Original: inglés Para decisión

ES CD/13/DR6 Original: inglés Para decisión ES CD/13/DR6 Original: inglés Para decisión CONSEJO DE DELEGADOS DEL MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA Y DE LA MEDIA LUNA ROJA Sídney (Australia) 17-18 de noviembre de 2013 INICIATIVA DEL MOVIMIENTO

Más detalles

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A Bogotá D.C. 2011 CONTENIDO I. Aspectos Generales 1.1 Objetivo del Comité de Auditoría 1.2 Normatividad Vigente para el Comité de Auditoría

Más detalles

Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad

Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad Naciones Unidas S/PRST/2013/12 Consejo de Seguridad Distr. general 6 de agosto de 2013 Español Original: inglés Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad En la 7015ª sesión del Consejo de

Más detalles

EL TRATADO DE COMERCIO DE ARMAS (ATT)

EL TRATADO DE COMERCIO DE ARMAS (ATT) EL TRATADO DE COMERCIO DE ARMAS (ATT) Dr. Roberto Dondisch Director General para Temas Globales Negociador en Jefe para el ATT Secretaría de Relaciones Exteriores de México LA PARADOJA INTERNACIONAL DE

Más detalles

Sen. Gabriela Cueva Barron Presidenta de la Delegación Permanente del Congreso mexicano ante la Unión Interparlamentaria

Sen. Gabriela Cueva Barron Presidenta de la Delegación Permanente del Congreso mexicano ante la Unión Interparlamentaria COMUNICACIÓN DIRIGIDA AL PRESIDENTE DE LA UNIÓN INTERPARLAMENTARIA Sr. Saber Chowdhury Presidente de la Unión Interparlamentaria Ciudad de México, a 30 de septiembre de 2015 Estimado Sr. Presidente: Conforme

Más detalles

Resolución aprobada por la Asamblea General. [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/63/430/Add.2)]

Resolución aprobada por la Asamblea General. [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/63/430/Add.2)] Naciones Unidas A/RES/63/172 Asamblea General Distr. general 20 de marzo de 2009 Sexagésimo tercer período de sesiones Tema 64 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base

Más detalles

5. o. ASIGNATURA: PRACTICUM (Información general) (Código: 515053) 1. INTRODUCCIÓN 2. OBJETIVOS

5. o. ASIGNATURA: PRACTICUM (Información general) (Código: 515053) 1. INTRODUCCIÓN 2. OBJETIVOS ASIGNATURA: PRACTICUM (Información general) (Código: 515053) 1. INTRODUCCIÓN La implantación del Practicum en la UNED está condicionada por las características de esta Universidad: su ámbito geográfico,

Más detalles

S OMPI ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA ASAMBLEAS DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA OMPI

S OMPI ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA ASAMBLEAS DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA OMPI S OMPI A/46/11 ORIGINAL: Inglés FECHA: 26 de noviembre de 2008 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA ASAMBLEAS DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA OMPI Cuadragésima sexta serie de reuniones

Más detalles

El Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo

El Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo Folleto Nº 7: El Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo Conceptos e ideas clave El Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo El Programa de la Oficina del Alto

Más detalles

B-32: CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS "PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA"

B-32: CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA B-32: CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS "PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA" (Adoptado en San José, Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969, en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos

Más detalles

Candidatura de. México. al Comité sobre Desapariciones Forzadas 2014-2017. Santiago Corcuera Cabezut MÉXICO

Candidatura de. México. al Comité sobre Desapariciones Forzadas 2014-2017. Santiago Corcuera Cabezut MÉXICO Candidatura de México al Comité sobre Desapariciones Forzadas 2014-2017 Santiago Corcuera Cabezut MÉXICO Secretaría de Relaciones Exteriores Ministry of Foreign Affairs Ministère des Affaires Etrangères

Más detalles

Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore

Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore ORIGINAL: INGLÉS FECHA: 28 DE MARZO DE 2013 Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore Vigésima cuarta sesión Ginebra, 22 a 26 de

Más detalles

Resolución aprobada por la Asamblea General. [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/58/508/Add.2)]

Resolución aprobada por la Asamblea General. [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/58/508/Add.2)] Naciones Unidas A/RES/58/169 Asamblea General Distr. general 9 de marzo de 2004 Quincuagésimo octavo período de sesiones Tema 117 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base

Más detalles

CURSO VIRTUAL BASICO EN DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO. Módulo 3: Principios y Reglas del Derecho Internacional Humanitario

CURSO VIRTUAL BASICO EN DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO. Módulo 3: Principios y Reglas del Derecho Internacional Humanitario CURSO VIRTUAL BASICO EN DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Módulo 3: Principios y Reglas del Derecho Internacional Humanitario Estructura del módulo: Objetivos Módulo 3 Introducción Tema 1: Los principios

Más detalles

PARIS PRINCIPIOS PRINCIPIOS RELATIVOS AL ESTATUTO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES NACIONALES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

PARIS PRINCIPIOS PRINCIPIOS RELATIVOS AL ESTATUTO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES NACIONALES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS PARIS PRINCIPIOS PRINCIPIOS RELATIVOS AL ESTATUTO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES NACIONALES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Nota: En octubre de 1991, el Centro de Derechos Humanos

Más detalles

Guía web: Cómo encontrar información relacionada con las NIT y su aplicación en Internet

Guía web: Cómo encontrar información relacionada con las NIT y su aplicación en Internet Guía web: Cómo encontrar información relacionada con las NIT y su aplicación en Internet Empezando la búsqueda Entre en el sitio web de la OIT a través de la dirección www.ilo.org y haga clic en Español

Más detalles

QUINTA REUNIÓN DE MINISTROS EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LAS AMÉRICAS (MISPA V) 19 y 20 de noviembre de 2015 9 noviembre 2015 PROYECTO DE

QUINTA REUNIÓN DE MINISTROS EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LAS AMÉRICAS (MISPA V) 19 y 20 de noviembre de 2015 9 noviembre 2015 PROYECTO DE QUINTA REUNIÓN DE MINISTROS EN MATERIA DE OEA/Ser.K/XLIX.5 SEGURIDAD PÚBLICA DE LAS AMÉRICAS (MISPA V) MISPA-V/doc.3/15 19 y 20 de noviembre de 2015 9 noviembre 2015 Lima, Perú Original: español PROYECTO

Más detalles

Los Gobiernos de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela;

Los Gobiernos de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela; PROTOCOLO SUSTITUTORIO DEL CONVENIO SIMON RODRIGUEZ Los Gobiernos de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela; Convencidos de la necesidad de impulsar la coordinación de políticas

Más detalles

Derechos humanos de los migrantes. Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 2002/62

Derechos humanos de los migrantes. Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 2002/62 Derechos humanos de los migrantes Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 2002/62 La Comisión de Derechos Humanos, Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos, que proclama que todos

Más detalles

Aspectos jurídicos del conflicto en Siria

Aspectos jurídicos del conflicto en Siria Aspectos jurídicos del conflicto en Siria Identificar el régimen jurídico aplicable a la situación en Siria a partir de los hechos y escenarios probables Aspectos jurídicos del conflicto en Siria +400

Más detalles

La acción de Francia en el Consejo de Derechos Humanos

La acción de Francia en el Consejo de Derechos Humanos Francia candidata al Consejo de Derechos Humanos UN Photo/Jean-Marc Ferré Los derechos humanos forman parte de los valores fundadores de la República Francesa y de su política exterior. Por tanto, con

Más detalles

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA S OMPI SCT/S2/4 ORIGINAL: Inglés FECHA: 29 de marzo de 2002 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA COMITÉ PERMANENTE SOBRE EL DERECHO DE MARCAS, DIBUJOS Y MODELOS INDUSTRIALES E INDICACIONES

Más detalles

Resolución aprobada por la Asamblea General el 2 de diciembre de 2014. [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/69/440)]

Resolución aprobada por la Asamblea General el 2 de diciembre de 2014. [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/69/440)] Naciones Unidas A/RES/69/51 Asamblea General Distr. general 11 de diciembre de 2014 Sexagésimo noveno período de sesiones Tema 96 dd) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 2 de diciembre

Más detalles

Iniciativa de Red Global Protegiendo y promoviendo la libertad de expresión y la privacidad en las tecnologías de información y comunicaciones

Iniciativa de Red Global Protegiendo y promoviendo la libertad de expresión y la privacidad en las tecnologías de información y comunicaciones Iniciativa de Red Global Protegiendo y promoviendo la libertad de expresión y la privacidad en las tecnologías de información y comunicaciones Marco de Gobernabilidad, Rendición de cuentas y Aprendizaje

Más detalles

GUÍA PARA LA CONDUCTA Y EL COMPORTAMIENTO DE LA POLICÍA SERVIR Y PROTEGER

GUÍA PARA LA CONDUCTA Y EL COMPORTAMIENTO DE LA POLICÍA SERVIR Y PROTEGER GUÍA PARA LA CONDUCTA Y EL COMPORTAMIENTO DE LA POLICÍA SERVIR Y PROTEGER Comité Internacional de la Cruz Roja Unidad para las Relaciones con las Fuerzas Armadas y de Seguridad 19, Avenue de la Paix 1202

Más detalles

Cooperación informal entre Agencias de Competencia

Cooperación informal entre Agencias de Competencia Cooperación informal entre Agencias de Competencia 14avo Período de Sesiones del Grupo Intergubernamental de Expertos en Derecho y Política de la Competencia 9 Julio de 2014 Ginebra Dr. Hebert Tassano

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 5991 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 2 de marzo de 2010 por la que se regula el desarrollo del Practicum correspondiente al título de Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria

Más detalles

ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo

ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo R156 Recomendación sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido, y vibraciones), 1977 Recomendación

Más detalles

CAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA

CAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA CAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA Artículo 25.1: Definiciones Para los efectos de este Capítulo: medida regulatoria cubierta significa la medida regulatoria determinada por cada Parte que estará sujeta

Más detalles

Apoyo para la aplicación de la Convención sobre la prohibición de minas antipersonal

Apoyo para la aplicación de la Convención sobre la prohibición de minas antipersonal Reunión de los Estados Partes en la Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción 29 de agosto de 2001 Español Original:

Más detalles

Séptimo Período de Sesiones de la Comisión de la Inversión la Empresa y el Desarrollo

Séptimo Período de Sesiones de la Comisión de la Inversión la Empresa y el Desarrollo Séptimo Período de Sesiones de la Comisión de la Inversión la Empresa y el Desarrollo GRULAC UNCTAD G E N E V A 17 abril de 2015 Declaración del Embajador Jorge Valero Representante Permanente de la República

Más detalles

Resolución aprobada por la Asamblea General. [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/62/L.34 y Add.1)]

Resolución aprobada por la Asamblea General. [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/62/L.34 y Add.1)] Naciones Unidas A/RES/62/92 Asamblea General Distr. general 1º de febrero de 2008 Sexagésimo segundo período de sesiones Tema 71 a) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sin remisión

Más detalles

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS ASAMBLEA GENERAL AG/RES. 2234 (XXXVI-O/06) DECLARACIÓN AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS 1/

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS ASAMBLEA GENERAL AG/RES. 2234 (XXXVI-O/06) DECLARACIÓN AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS 1/ ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS ASAMBLEA GENERAL AG/RES. 2234 (XXXVI-O/06) DECLARACIÓN AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS 1/ (Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada

Más detalles

ACUERDO GENERAL DE COOPERACIÓN Entre EL PARLAMENTO LATINOAMERICANO (PARLATINO) EL PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS NACIONES UNIDAS (PMA)

ACUERDO GENERAL DE COOPERACIÓN Entre EL PARLAMENTO LATINOAMERICANO (PARLATINO) EL PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS NACIONES UNIDAS (PMA) t!t~ WFP ~ ~ Programa ~ ~ Mundial de ACUERDO GENERAL DE COOPERACIÓN Entre EL PARLAMENTO LATINOAMERICANO (PARLATINO) y EL PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS NACIONES UNIDAS (PMA) DE LAS En la ciudad de Panamá,

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 46, fracción I de la Constitución Política

Más detalles

SST en la construcción. Perspectivas de los trabajadores. Enfoque de los sindicatos. Programa de SST en la construcción de la OIT

SST en la construcción. Perspectivas de los trabajadores. Enfoque de los sindicatos. Programa de SST en la construcción de la OIT SST en la construcción Perspectivas de los trabajadores Enfoque de los sindicatos Las tres secciones de las perspectivas de los trabajadores El enfoque de los sindicatos sobre la seguridad y la salud en

Más detalles

Resolución aprobada por la Asamblea General. [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/55/L.44/Rev.2 y Corr.1)]

Resolución aprobada por la Asamblea General. [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/55/L.44/Rev.2 y Corr.1)] Naciones Unidas A/RES/55/120 Asamblea General Distr. general 14 de diciembre de 2000 Quincuagésimo quinto período de sesiones Tema 47 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sin remisión

Más detalles

1. Gestión Prevención

1. Gestión Prevención 1. Gestión Prevención 1.2 Guía de Actuación Inspectora en la coordinación de Actividades Empresariales SUBSECRETARIA 1. CONCURRENCIA DE TRABAJADORES DE VARIAS EMPRESAS EN UN CENTRO DE TRABAJO El artículo

Más detalles

Información de referencia. Muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio)

Información de referencia. Muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio) Información de referencia Muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio) Concepto de femicidio/feminicidios La expresión femicidio fue acuñada en los años 1970 por Diana Russell

Más detalles

Comité de Desarrollo y Propiedad Intelectual (CDIP)

Comité de Desarrollo y Propiedad Intelectual (CDIP) S CDIP/12/6 ORIGINAL: INGLÉS FECHA: 11 DE OCTUBRE DE 2013 Comité de Desarrollo y Propiedad Intelectual (CDIP) Duodécima sesión Ginebra, 18 a 21 de noviembre de 2013 PROYECTO PILOTO SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Más detalles

PRINCIPIOS, REGLAS Y BUENAS PRÁCTICAS SOBRE LAS RELACIONES ENTRE LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

PRINCIPIOS, REGLAS Y BUENAS PRÁCTICAS SOBRE LAS RELACIONES ENTRE LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. PROYECTO PRINCIPIOS, REGLAS Y BUENAS PRÁCTICAS SOBRE LAS RELACIONES ENTRE LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Preámbulo El objetivo específico del presente documento es la elaboración

Más detalles

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Aspectos Jurídicos y Políticos

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Aspectos Jurídicos y Políticos El Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Aspectos Jurídicos y Políticos Presentación hecha por Dante M. Negro Director del Departamento de Derecho Internacional de la OEA Abril 2012 El Sistema Interamericano

Más detalles

DIÁLOGO SOCIAL EUROPEO: DIRECTRICES MULTISECTORIALES PARA SOLUCIONAR LA VIOLENCIA Y EL ACOSO DE TERCEROS RELACIONADOS CON EL TRABAJO

DIÁLOGO SOCIAL EUROPEO: DIRECTRICES MULTISECTORIALES PARA SOLUCIONAR LA VIOLENCIA Y EL ACOSO DE TERCEROS RELACIONADOS CON EL TRABAJO DIRECTRICES MULTISECTORIALES PARA SOLUCIONAR LA VIOLENCIA Y EL ACOSO DE I. INTRODUCCIÓN 1. El objetivo de las directrices es garantizar que en cada lugar de trabajo existe una política orientada a los

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH)

REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH) Aprobado en Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2013 REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH) PREÁMBULO La importancia de la comunicación y la imagen

Más detalles

ESTADO LIBRE DE ARMAS NUCLEARES DE MONGOLIA. Ley de Mongolia sobre su condición de Estado libre de armas nucleares, aprobada el 3 de febrero de 2000

ESTADO LIBRE DE ARMAS NUCLEARES DE MONGOLIA. Ley de Mongolia sobre su condición de Estado libre de armas nucleares, aprobada el 3 de febrero de 2000 ESTADO LIBRE DE ARMAS NUCLEARES DE MONGOLIA Ley de Mongolia sobre su condición de Estado libre de armas nucleares, aprobada el 3 de febrero de 2000 TÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. Propósito

Más detalles

DECLARACIÓN DE KINGSTON VI REUNIÓN REGIONAL SOBRE MECANISMOS INTERNACIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA EN AMÉRCA LATINA Y EL CARIBE (MIAH)

DECLARACIÓN DE KINGSTON VI REUNIÓN REGIONAL SOBRE MECANISMOS INTERNACIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA EN AMÉRCA LATINA Y EL CARIBE (MIAH) DECLARACIÓN DE KINGSTON VI REUNIÓN REGIONAL SOBRE MECANISMOS INTERNACIONALES DE ASISTENCIA HUMANITARIA EN AMÉRCA LATINA Y EL CARIBE (MIAH) Nosotros, los Ministros y Jefes de Delegaciones de los países

Más detalles

ENSINO DE BEM-ESTAR ANIMAL NOS CURSOS DE MEDICINA VETERINÁRIA E ZOOTECNIA Carmen GALLO 1

ENSINO DE BEM-ESTAR ANIMAL NOS CURSOS DE MEDICINA VETERINÁRIA E ZOOTECNIA Carmen GALLO 1 ENSINO DE BEM-ESTAR ANIMAL NOS CURSOS DE MEDICINA VETERINÁRIA E ZOOTECNIA Carmen GALLO 1 ENSEÑANZA DEL BIENESTAR ANIMAL EN LOS CURSOS DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA RESUMEN - El bienestar animal es

Más detalles

Plan de Acción Nacional 2014 2017 para la Implementación de la resolución 1540 (2004) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas MÉXICO

Plan de Acción Nacional 2014 2017 para la Implementación de la resolución 1540 (2004) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas MÉXICO Plan de Acción Nacional 2014 2017 para la Implementación de la resolución 1540 (2004) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1. Introducción MÉXICO México reconoce que la proliferación de armas

Más detalles

EL PROYECTO SOBRE ADMINISTRACIÓN Y COSTO DE ELECCIONES Y/O LA RED DE CONOCIMIENTOS ELECTORALES

EL PROYECTO SOBRE ADMINISTRACIÓN Y COSTO DE ELECCIONES Y/O LA RED DE CONOCIMIENTOS ELECTORALES EL PROYECTO SOBRE ADMINISTRACIÓN Y COSTO DE ELECCIONES Y/O LA RED DE CONOCIMIENTOS ELECTORALES Desde 1993 el IFE ha desplegado acciones permanentes de acercamiento, vinculación y cooperación con una amplia

Más detalles

RESOLUCIÓN UNIFICADA XXI CONGRESO PANAMERICANO DEL NIÑO, LA NIÑA Y ADOLESCENTES. Niñez y adolescencia: construyendo ambientes de paz

RESOLUCIÓN UNIFICADA XXI CONGRESO PANAMERICANO DEL NIÑO, LA NIÑA Y ADOLESCENTES. Niñez y adolescencia: construyendo ambientes de paz CPNNA/RES. 1 (XXI-14) RESOLUCIÓN UNIFICADA XXI CONGRESO PANAMERICANO DEL NIÑO, LA NIÑA Y ADOLESCENTES Niñez y adolescencia: construyendo ambientes de paz (Presentado por la Delegación de la República Federativa

Más detalles

Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do?

Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do? NOMBRE DE LA LÍNEA: Derecho Ambiental Director de línea: Gloria Amparo Rodríguez (enlace CvLac) http://201.234.78.173:8081/cvlac/visualizador/generarcurriculocv.do?cod_rh=0000640182 1. ANTECEDENTES DE

Más detalles

COMISIÓN DE POLÍTICA GUBERNAMENTAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS

COMISIÓN DE POLÍTICA GUBERNAMENTAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS EJERCICIO DE RENDICIÓN DE CUENTAS A LA SOCIEDAD. (Documento de información básica) COMISIÓN DE POLÍTICA GUBERNAMENTAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS En el marco de la Comisión Intersecretarial para la

Más detalles

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS «BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS Índice PREÁMBULO. 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

Más detalles

GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES PROTOCOLO CAE GUIA DE ACTUACIÓN INSPECTORA EN LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES 1. Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo 1.1 El artículo 4.2 RD 171/2004 establece

Más detalles

22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor

22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor 22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 20 de diciembre de 1996 Fecha de entrada en vigor

Más detalles

La RICG y el Panorama de las Compras Públicas Sustentables en Latinoamérica. www.ricg.org

La RICG y el Panorama de las Compras Públicas Sustentables en Latinoamérica. www.ricg.org La RICG y el Panorama de las Compras Públicas Sustentables en Latinoamérica www.ricg.org Qué es la RICG? Facilitación, acceso, asistencia, generación, diseminación, investigación, promoción, enlaces, capacitación,

Más detalles

COMPROMISO DE BBVA EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS

COMPROMISO DE BBVA EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS COMPROMISO DE BBVA EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Documento aprobado por el Comité de Responsabilidad y Reputación Corporativas el 5 de diciembre del 2007 y presentado a la Comisión de Auditoria y Cumplimiento

Más detalles

Situar al trabajador en el centro de las orientaciones estrate gicas futuras de libertad, seguridad y justicia

Situar al trabajador en el centro de las orientaciones estrate gicas futuras de libertad, seguridad y justicia Resolucio n de la Confederacio n Europea de Sindicatos Independientes (CESI) Situar al trabajador en el centro de las orientaciones estrate gicas futuras de libertad, seguridad y justicia Para que los

Más detalles

NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR

NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR Aprobada en Junta de Escuela de fecha 4 de noviembre de 2009, modificada en Junta de Escuela de

Más detalles