Manual Informativo de Prevención de Riesgos Laborales SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS

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1 Manual Informativo de Prevención de Riesgos Laborales SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS

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3 Manual Informativo de Prevención de Riesgos Laborales SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS

4 Realiza: Secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente de UGT-Madrid Edita: Secretaría de Comunicación e Imagen de UGT-Madrid Imprime: Gráficas de Diego Depósito Legal: M ISBN: Impreso en papel libre de cloro

5 Manual de Ayuda: Sustancias Químicas Peligrosas INDICE Presentación Introducción Objetivos Objetivos generales Objetivos específicos Conceptos básicos Sustancia química peligrosa Agente químico peligroso Residuo Residuo peligroso Productor residuo peligroso Poseedor residuo peligroso Gestor residuos Exposición laboral Factores de riesgo Daños a la salud Efecto tóxico Dosis Valores límite Vigilancia de la salud Información sobre preparados, sustancias y residuos peligrosos Etiquetado Fichas de seguridad (fds) Peligrosidad de las sustancias químicas Información y formación

6 Manual de Ayuda: Sustancias Químicas Peligrosas 5. Evaluación de la exposición a agentes químicos peligrosos Factores de riesgo Identificación de posibles exposiciones Valoración inicial del riesgo Evaluación de riesgos Medidas de protección y prevención Evitar o disminuir el riesgo Medidas de prevención y protección Equipos de protección individual Operaciones con agentes químicos Envasado Almacenamiento Manipulación y trasvase de agentes químicos peligrosos Transporte de mercancías peligrosas Operaciones de logística Exposición a agentes cancerígenos, mutagénicos y tóxicos para la reproducción Cancerígenos y mutagénicos Tóxicos para la reproducción humana Vigilancia de la salud Responsabilidad empresarial derecho del trabajador/a Confidencialidad Intimidad y dignidad del trabajador/a Contenido Documentación y notificación Gratuidad Periodicidad y duración Medidas de emergencia y primeros auxilios Instalaciones y medios Información y formación Actuaciones en caso de emergencia

7 Manual de Ayuda: Sustancias Químicas Peligrosas 11. Recomendaciones de UGT- Madrid Anexos Anexo I: Etiquetado de productos peligrosos Anexo II: Peligros y factores de riesgo químico Anexo III: Prioridad en la elección de medidas preventivas Anexo IV: Etiquetas de peligro Anexo V. Nuevo parte de accidente de trabajo Anexo VI. Acta de elección de delegados/as de prevención Anexo VII. Modelo de solicitud al Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo Anexo VIII. Modelo de denuncia a la Inspeccion de Trabajo Anexo IX. Solicitud covocatoria del Comité de Seguridad y Salud Anexo X. Modelo de comunicación urgente a la autoridad laboral, caso de accidente grave, muy grave o mortal, o leve si afecta a más de 4 trabajadores Anexo XI. Modelo de solicitud a la empresa Anexo XII. Modelo informe sobre adscripción de trabajadores puestos a disposición por empresa de trabajo temporal Normativa básica Normativa específica Publicaciones realizadas desde la Secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente. UGT Madrid

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9 PRESENTACIÓN Frecuentemente asociamos la prevención únicamente con la utilización de técnicas preventivas centradas en el entorno de trabajo, olvidándonos de importantes aspectos que han de ser tenidos en cuenta si realmente queremos acabar con esta lacra, aquellos que tienen en cuenta la evolución y las interrelaciones existentes entre las principales variables que caracterizan el desarrollo socio-laboral y económico. El reconocimiento social de la precariedad, ha potenciado la adopción de políticas orientadas a eliminar sus nefastas consecuencias, que como todos reconocemos se manifiestan en forma de inseguridad en el empleo, bajos salarios, disminución de derechos laborales, dependencia personal respecto al empresario/a, y en general un continuo empeoramiento de las condiciones de trabajo. A través del recurso a las empresas de trabajo temporal, los falsos autónomos, los contratos temporales, convirtiendo a trabajadores y trabajadoras en fácilmente desechables, también se pretende evitar la intervención de los sindicatos en las empresas y en la organización del trabajo; cuanto más pequeñas son las empresas en cuanto a su plantilla, más complicada es la actividad sindical en las mismas, se consigue una individualización de la relación laboral, más sencillo es para el empresario someter en todos los sentidos al trabajador/a, y más complicado es para éste reclamar sus derechos de todo tipo. La subcontratación precariza porque tiene influencia sobre el salario, jornada laboral, el trabajador también recibe presiones de la empresa principal, aumenta la incomunicación entre los 7

10 trabajadores, e incluso en ocasiones tiene influencia en los procesos de negociación colectiva de las empresas subcontratas. Mediante la precarización se transfiere el riesgo económico de la empresa a los trabajadores, convirtiendo parte o todos sus ingresos en completamente variables en función de las distintas situaciones que se pueden presentar a la empresa. Nos encontramos que las empresas subcontratistas estén ubicadas en ámbitos de negociación colectiva diferentes de los de la empresa principal. En este contexto, no es extraño encontrar trabajadores que se ven obligados a realizar jornadas excesivas, reducir o eliminar los descansos, intensificar el ritmo de trabajo hasta límites inimaginables y todo ello, en muchos casos, como contraprestación a un salario mínimo. La externalización de riesgos también la encontramos en el ámbito de la salud laboral, las diferentes formas de precarización tienden a concentrar los empleos más peligrosos en términos de siniestralidad laboral hacia los trabajadores/as más inestables, entendiendo como tales, los que tienen menor capacidad para exigir y negociar o imponer cambios en las condiciones de trabajo. Las estadísticas confirman que los trabajadores/as temporales tienen tres veces más accidentes que los trabajadores/as fijos, que un porcentaje importante de accidentes mortales se producen en empresas subcontratas, que son los trabajadores/as jóvenes, menores de treinta años, los trabajadores/as inmigrantes y las mujeres los más vulnerables ante la siniestralidad laboral, que por otra parte son quienes soportan los contratos más precarios. La experiencia demuestra que la ya extensa normativa de prevención de riesgos laborales no se ha traducido todavía, en la 8

11 mayoría de las empresas, en una mejora de las condiciones de trabajo. La realidad a la que nos seguimos enfrentando es que los empresarios han optado, en el mejor de los casos, por una aplicación burocrática y formal de las normas, siendo excepcional encontrar empresas en las que la prevención se tenga en cuenta en las grandes decisiones estratégicas de las mismas, lo que sería el paso previo a la aplicación real de la normativa de prevención. La falta de aplicación real de la LPRL, reflejada en la inexistencia y graves carencias de la organización preventiva en las empresas, ha tenido como consecuencia la tendencia al alza del número total de los accidentes laborales y enfermedades profesionales producidos en la Comunidad de Madrid. Esto ha provocado que la situación de la siniestralidad laboral en Madrid, siga siendo insostenible, una sociedad moderna no puede asumir de ninguna de las maneras la muerte de trabajadores/as cada día, ni tampoco que un accidente de trabajo o una enfermedad contraída como consecuencia del mismo, pueda provocar la incapacidad de un trabajador/a. Desde que se aprobara la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en la Comunidad de Madrid se han producido más de accidentes de trabajo. Para UGT-Madrid, el incumplimiento de las normas preventivas no es sólo achacable a las empresas, sino que es compartido por algunas Administraciones Públicas, que ante esta lacra parecen estar expectantes, como si la situación pudiera solucionarse por sí misma, no habiendo establecido políticas suficientes. Se ha aprobado a nivel nacional normativa suficiente para facilitar la implantación de la prevención en las empresas, pero la realidad 9

12 nos marca que esto no es bastante, ya que una parte importante de los empresarios siguen incumpliéndola. No existe el mismo avance en su aplicación, ya que los empresarios madrileños siguen viendo la mejora de las condiciones de seguridad y salud como un gasto, y prefieren recurrir una posible sanción e incluso pagarla, a cumplir con la ley. Existe un importante sector empresarial que sigue poniendo en riesgo la seguridad y la salud de los trabajadores, con lo que supone a nivel moral para los trabajadores y sus familias, además del coste económico a la propia empresa (seguros, IT, cambio de maquinaria, tiempo perdido, sustitución y formación de nuevos trabajadores, denuncias ), y el coste para toda la sociedad. La prevención de riesgos laborales se ha convertido en un puro negocio para la mayoría de las organizaciones que se desarrollaron a partir de la LPRL, servicios de prevención ajenos, entidades formativas, mutuas y auditorías; y se está olvidando lo más importante; que estamos hablando de la seguridad y la salud de los trabajadores/as. También es necesaria, la mejora continua de las labores de vigilancia y control que se llevan a cabo desde la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con la colaboración de los Técnicos Habilitados del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo. La actuación de la Policía Judicial en los accidentes de trabajo, también es un elemento importante de mejora para la posterior actuación de Fiscales y Jueces en la aplicación del régimen sancionador. Todo ello debería verse complementado con la publicación de las empresas infractoras sancionadas, para evitar su acceso a posibles subvenciones públicas. 10

13 Desde UGT-Madrid, seguimos insistiendo en la necesidad de investigar tanto el accidente de trabajo con resultado de muerte o lesiones, como el delito de riesgo, como aspecto que tendrá una incidencia positiva sobre la siniestralidad laboral. Por todo ello, consideramos imprescindible la actuación coordinada y conjunta de las distintas administraciones, General del Estado, Autonómica, Local, con el apoyo de los Sindicatos, en el ámbito de la prevención, y también en el ámbito de la vigilancia y control del cumplimiento de las normas laborales, administrativas, civiles y penales, así como la efectiva ejecución de las sentencias condenatorias que en dichos ámbitos pueden producirse. La actuación unida de todas las partes implicadas en la prevención de riesgos laborales en el sentido más amplio, es la mejor de las herramientas para lograr la implantación de una auténtica cultura de la prevención, no sólo en los centros de trabajo, también en la sociedad en general. Para UGT-Madrid, la lucha contra la siniestralidad laboral (contra los accidentes de trabajo y las enfermedades contraídas como consecuencia del mismo), es un objetivo prioritario, todos nuestros organismos están implicados y comprometidos con la prevención de riesgos laborales, potenciando la acción sindical en esta materia hacia todos los sectores y en todos los territorios que conforman la UGT-Madrid, ya que donde hay representación sindical hay mayor implantación de la prevención de riesgos laborales, y unas mejores condiciones de trabajo, el Delegado/a de Prevención es clave para conseguir la reducción de la siniestralidad en los centros de trabajo. 11

14 Indudablemente la situación puede y debe mejorar, conocemos los riesgos en los lugares de trabajo, las medidas preventivas a aplicar para eliminarlos o al menos para minimizarlos, y su aplicación depende de todos nosotros, por ello desde UGT- Madrid, seguiremos actuando en todas aquellas ocasiones que lo requieran hasta acabar con esta lacra. Secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente UGT-Madrid 12

15 1. INTRODUCCIÓN En la Comunidad de Madrid son muchos los trabajadores/as que se encuentran expuestos a sustancias, preparados y/o residuos peligrosos durante su jornada laboral, con los riesgos para la salud que esto supone. Muchos trabajadores en el desarrollo de su actividad tienen que manipular sustancias o productos nocivos o tóxicos. Y aunque se ven afectadas todas las ramas de actividad, son los trabajadores/as, del sector de la industria química los que más se exponen a estas sustancias. Por otro lado, para hacerse una idea de la magnitud del problema, sólo en lo que a residuos se refiere, baste decir que en la Comunidad de Madrid ya se generan más de Tm de residuos industriales especiales; éstos constituyen precisamente, un tipo de residuos que, por su peligrosidad y por los riesgos que comportan para el medio, requieren una gestión y un tratamiento diferenciados. Este tipo de residuos, dentro de los cuales se engloban a su vez los denominado residuos tóxicos y peligrosos, son los que mayor problemática presentan ya que precisan tratamientos muy específicos y control continuo tanto en su transporte como en su tratamiento y eliminación. Para poder trabajar en condiciones seguras, es fundamental que los trabajadores/as estén informados y formados de los riesgos de sus puestos de trabajo, así como de las condiciones de seguridad que deben cumplir esas sustancias, preparados y residuos peligrosos (clasificación, envasado, etiquetado,...) y las condiciones seguras en las que se debe realizar su utilización, manipulación y almacenamiento. Estas sustancias no sólo afectan a los trabajadores/as, sino que pueden llegar a afectar a poblaciones cercanas a industrias, que 13

16 trabajen con este tipo de sustancias, preparados y/o residuos, en caso de accidentes graves, pudiendo tener consecuencias muy graves para la salud de los ciudadanos y para el medio ambiente. Como consecuencia de la exposición laboral de los trabajadores/as a sustancias o agentes químicos peligrosos, cuando no se han adoptado las medidas preventivas necesarias, éstos pueden sufrir accidentes de trabajo, (efectos nocivos y corrosivos de las sustancias químicas), o enfermedades profesionales (efectos cancerígenos, mutagénicos, sensibilizantes, irritantes,...). Entre las medidas que es necesario adoptar para poder trabajar en la erradicación o al menos en la reducción de los riesgos que afectan a los trabajadores/as que se exponen a este tipo de productos, debemos destacar la declaración de las enfermedades que sufren, sean estas profesionales o relacionadas con el trabajo, pues de la investigación de las mismas se puede extraer una gran cantidad de información que es imprescindible para posteriormente poder adoptar las medidas preventivas más idóneas, en cada caso. No debemos olvidarnos de que en el Inventario Europeo de Sustancias Químicas Existentes (EINECS) realizado en 1981 figuraban sustancias, de las cuales, más de son producidas en cantidades superiores a toneladas /año, y una media de nuevas sustancias se introducen cada año en el mercado, incluyendo compuestos industriales, plaguicidas, aditivos alimentarios, compuestos farmacéuticos, detergentes y cosméticos. 14

17 De las más de sustancias químicas incluidas en el inventario EINECS, el 75% no dispone de información sobre los efectos en los seres vivos y el 25% cuenta con datos limitados. Los graves efectos que sobre la salud y seguridad de los trabajadores/as puede provocar la exposición a los agentes y sustancias químicas, indican la necesidad de realizar actuaciones efectivas que eviten los riesgos de la exposición de los trabajadores/as a estas sustancias. Por este motivo UGT-Madrid ha elaborado este Manual de Ayuda sobre Sustancias Químicas Peligrosas, en la creencia de que una mayor y mejor información sobre los riesgos que supone el contacto con estas sustancias, así como de las medidas preventivas que deben ser utilizadas en los centros de trabajo, permitirá a los trabajadores/as y a nuestros Delegados/as de Prevención, mejorar sus condiciones de trabajo, ayudando a evitar la lacra de la siniestralidad laboral que padecemos. 15

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19 2. OBJETIVOS El principal objetivo de este manual, es crear una herramienta de apoyo técnico para los trabajadores/as de la Comunidad de Madrid, que pueda resultar útil durante la realización de su actividad y les permita reconocer situaciones de riesgo y conocer las medidas preventivas a adoptar en cada caso. Así mismo, se pretende facilitar un instrumento útil para los Delegados/as de Prevención a la hora de ejercer sus labores de control del cumplimiento de las medidas preventivas y promover propuestas de mejora de las mismas OBJETIVOS GENERALES Promocionar la mejora de las condiciones de trabajo dirigidas a aumentar los niveles de protección de la seguridad y salud de los trabajadores/as expuestos a sustancias y residuos peligrosos. Fomentar la cultura preventiva en la nuestra sociedad. Promover el conocimiento y cumplimiento de la normativa en Prevención de Riesgos Laborales OBJETIVOS ESPECÍFICOS Dotar a los trabajadores/as y Delegados/as de Prevención de una herramienta que les permita conocer cuando se encuentran expuestos a riesgos derivados de las sustancias químicas y residuos peligrosos, y las medidas preventivas a adoptar en su caso. 17

20 Informar a los trabajadores/as y Delegados/as de Prevención de cuales son las consecuencias de la exposición a sustancias químicas y residuos peligrosos. Sentar las bases para la mejora de las Condiciones de Trabajo para aquellas actividades que entrañen situación de riesgo por la exposición a sustancias químicas peligrosas. 18

21 3. CONCEPTOS BÁSICOS Con objeto de hacer más comprensibles para trabajadores/as y Delegados/as de Prevención, los contenidos de este cuadernillo vamos a explicar brevemente algunos conceptos que desarrollaremos a lo largo del mismo SUSTANCIA QUÍMICA PELIGROSA Las sustancias químicas peligrosas son aquellas que pueden producir un daño a la salud de las personas o un perjuicio al medio ambiente AGENTE QUÍMICO PELIGROSO Consideramos como agentes o contaminantes de naturaleza química a aquellas sustancias que al entrar en contacto con un individuo pueden ser absorbidas por las diferentes vías de entrada posibles (inhalatoria, dérmica, digestiva y parenteral), de las que hablaremos más adelante. Los agentes químicos pueden encontrase en diferentes formas en el entorno laboral sólido, líquido, gaseoso, determinando en muchas ocasiones su estado, la vía de entrada del agente químico. Cuando hablemos de agentes químicos nos referiremos tanto a sustancias y preparados utilizados en los procesos productivos de las empresas como a los residuos generados en los mismos. 19

22 Sólidos Polvos En forma esférica o fibra. Humos y Aerosoles AGENTES QUÍMICOS Líquidos Niebla Brumas y Aerosoles Gaseosos Gas Vapores 3.3. RESIDUO Residuo es cualquier sustancia u objeto perteneciente a alguna de las categoría que figuran en el anexo de la Ley 10/1998 de residuos, del cual su poseedor se desprenda o del que tenga la intención u obligación de desprenderse. Además, tendrán esta consideración los objetos y sustancias que figuren en la Lista Europea de Residuos (LER), aprobada por las Instituciones Comunitarias RESIDUO PELIGROSO Se consideran residuos peligrosos aquellos residuos que figuran en la lista de residuos aprobada en el Real Decreto 952/1997, así como los recipientes y envases que los hayan contenido. También los residuos que hayan sido calificados como peligrosos por la normativa comunitaria y los que pueda aprobar el Gobierno de 20

23 conformidad con lo establecido en la normativa europea o en convenios internacionales de los que España sea parte PRODUCTOR RESIDUO PELIGROSO Será productor de residuos cualquier persona, física o jurídica, cuya actividad, excluida la derivada del consumo doméstico, produzca residuos o efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo, que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de residuos POSEEDOR RESIDUO PELIGROSO Será poseedor de residuos el productor de los mismos o la persona, física o jurídica, que los tenga en su poder y no tenga la condición de gestor de los mismos GESTOR RESIDUOS Es la persona o entidad, pública o privada, sea o no productor de los mismos, que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos (recogida, transporte, almacenamiento, clasificación, valorización o eliminación y vigilancia de las operaciones anteriores y de los lugares de depósito o vertido después de su cierre) EXPOSICIÓN LABORAL La exposición laboral a estas sustancias se define como aquella situación en la que un trabajador/a puede recibir la acción de un agente químico, así como sufrir sus efectos perjudiciales, lo que puede suponer un daño para su salud. 21

24 El concepto de exposición como magnitud, integra dos factores variables diferentes; la concentración o nivel de presencia del contaminante en el medio y el tiempo o duración de la propia exposición. Ambos factores tienen interés propio, por lo cual se dice que la exposición es más o menos intensa según sea la magnitud de la concentración del contaminante, y se clasifican las exposiciones en agudas, subagudas y crónicas según su duración y frecuencia FACTORES DE RIESGO La exposición a sustancias químicas tóxicas suponen un factor de riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores/as. Estos factores de riesgo pueden clasificarse en tres grupos según: El agente químico: derivado de las propiedades intrínsecas del agente, como puede ser la sustancia para ser absorbida por el organismo y su capacidad para producir daños. Las condiciones del puesto de trabajo: condicionan el contacto entre el agente y el trabajador/a por causas ajenas al propio contaminante: difusión del agente en el aire, movimientos del aire, tipo de manipulación, tipo de proceso, movimientos y distancia del trabajador/a y los focos de generación y la frecuencia del contacto con la piel (contacto dérmico). Comportamiento individual: debidos a hábitos personales y a peculiaridades orgánicas o funcionales, tanto temporales (embarazo), como crónicas (sensibilización). Es una situación difícil de valorar pero que es fundamental tener en cuenta, para garantizar unas adecuadas condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo. 22

25 3.10. DAÑOS A LA SALUD Se consideran daños derivados del trabajo aquellas patologías, enfermedades o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. Los daños para la salud que pueden provocar las sustancias químicas pueden ser accidentes de trabajo (ocasionados en el mismo momento que se produce la exposición) o enfermedades profesionales (debidos a exposiciones más o menos prolongadas en el tiempo). Los daños vienen ocasionados por la composición química del agente peligroso, por la forma en que éste se utiliza, por la vía de entrada al organismo y por los órganos y/o tejidos sobre los que se acumula o localiza, por la reacción específica de cada trabajador/a a dicho agente químico, derivada de las características personales o estado biológico y por la concentración, duración y frecuencia de la exposición EFECTO TÓXICO Los agentes químicos tienen la capacidad de producir efectos biológicos adversos que pueden manifestarse una vez que éstos alcanzan un punto del cuerpo susceptible a su acción. La acción tóxica se producirá en algún momento durante el transcurso de la presencia del tóxico en el organismo, siguiendo las fases de exposición, absorción, distribución, biotransformación y eliminación. 23

26 3.12. DOSIS Se define como la cantidad de contaminante absorbido o retenido en un organismo durante un intervalo específico de tiempo. Generalmente se refiere al efecto que provoca VALORES LÍMITE Los valores límite permiten establecer criterios sobre los que basar las decisiones en las que se fija, para determinadas sustancias, un nivel de concentración en suspensión lo suficientemente bajo como para prevenir efectos nocivos para la salud. Se pueden diferenciar valores límite ambientales y biológicos. Valores límite ambientales (VLA): valores límite de referencia para las concentraciones de los agentes químicos en la zona de trabajo que pueden ser respirados por el trabajador/a. Se distinguen dos tipos de valores límite ambientales: Valor límite ambiental para la exposición diaria (VLA-ED): valor límite de la concentración media, medida o calculada de forma ponderada con respecto al tiempo para la jornada laboral real y referida a una jornada estándar de ocho horas diarias. Valor límite ambiental para exposiciones de corta duración (VLA-EC): valor límite de la concentración media, medida o calculada para cualquier período de quince minutos a lo largo de la jornada laboral, excepto para aquellos agentes químicos para los que se especifique un período de referencia inferior. 24

27 Valor límite biológico (VLB): es el límite de la concentración, en el medio biológico adecuado, del agente químico o de uno de sus metabolitos o de otro indicador biológico directa o indirectamente relacionado con los efectos de la exposición del trabajador al agente en cuestión VIGILANCIA DE LA SALUD La vigilancia de la salud se define como el examen al que se somete a cada trabajador/a para determinar su estado de salud en relación a la exposición al agentes químicos o residuos específicos en el centro de trabajo. El objeto de la vigilancia de la salud es el de prevenir que los trabajadores/as sufran daños para su salud y el de realizar un seguimiento de las condiciones de trabajo para garantizar que los trabajadores/as realizan su actividad en unas adecuadas condiciones de seguridad y salud. 25

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29 4. INFORMACIÓN SOBRE PREPARADOS, SUSTANCIAS Y RESIDUOS PELIGROSOS El empresario/a tiene la obligación de informar a los trabajadores/as sobre los riesgos que supone para su salud cada una de las sustancias, preparados y/o residuos a los que puede encontrarse expuesto. Así mismo, deberá facilitarles la formación necesaria, suficiente y adecuada para poder realizar la detección de los riesgos, conocer el significado de la señalización establecida en el lugar de trabajo (en función del riesgo), y estar en disposición de hacer uso de las medidas preventivas que en cada caso fueran de aplicación. La información facilitada a los trabajadores/as deberá incluir como mínimo el contenido y significado del etiquetado y las fichas de seguridad de las sustancias químicas (FDS). Esta información debe facilitarse a todos los trabajadores/as que pudieran estar expuestos y adaptarse especialmente a aquellos trabajadores/as inmigrantes o extranjeros, entregándoles copia en un idioma que les sea comprensible y que garantice que dicha información sea comprendida y puedan realizar su trabajo en condiciones de seguridad. El empresario/a facilitará a cada trabajador/a formación teórica y práctica, en el puesto y en horario de trabajo 1, sobre los riesgos del envasado, almacenamiento y manipulación de las sustancias, preparados químicos y/o sus residuos derivados, que sean utilizados o manipulados en el centro de trabajo, así como sobre 1 Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, Artículo 19 apartado 2: La formación a que se refiere el apartado anterior deberá impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma

30 las medidas preventivas, de emergencia y de primeros auxilios que fueran necesarias en cada caso. Los Delegados/as de Prevención, para poder ejercer eficazmente sus competencias, tienen que poseer información y documentación referente a los riesgos del trabajo, información que ha de ser facilitada por el empresario/a. En el caso de la exposición a riesgo químico, los Delegados/as deberán disponer de información sobre las fichas de seguridad de todos los productos químicos que sean utilizados en el centro de trabajo, así como los procesos en los que son utilizados, los trabajadores/as que hacen uso de los mismos, las medidas de emergencia aplicables y los procedimientos de trabajo. La solicitud de esta información y documentación, por parte del Delegado/a, se realizará por escrito y con acuse de recibo ETIQUETADO Etiquetado de sustancias y preparados peligrosos Todo envase que contenga sustancias o preparados peligrosos debe contener la siguiente mención en la etiqueta: Además debe reflejar de manera legible e indeleble, al menos en la lengua española, oficial del Estado, las siguientes indicaciones: «A fin de evitar riesgos para las personas y el medio ambiente siga las siguientes instrucciones de uso» 28

31 Denominación o nombre comercial. Nombre (y apellidos), dirección completa y número de teléfono del responsable (residente en la Unión Europea) de la comercialización del preparado: fabricante, importador o distribuidor. Denominación química de la sustancia o sustancias presentes en el preparado. Debe incluir para el caso de los preparados y en función de su peligrosidad y de la concentración de los distintos componentes, el nombre de alguno/s de ellos. Símbolos e indicaciones de peligro. Destacarán los principales riesgos. El símbolo o símbolos irán impresos en negro sobre fondo amarillo-anaranjado. Símbolos e indicadores de peligro de las sustancias y preparados peligrosos. Las letras E, O, F, F+, T, T+, C, Xn, Xi y N no forman parte del símbolo. 29

32 Frases de Riesgo (frases-r), que permiten complementar e identificar determinados riesgos, por ejemplo, frase R67: «Los vapores pueden provocar somnolencia y vértigo». En el Anexo IA se facilitará un cuadro algunas de las frases R que pueden aparecer en el etiquetado. También pueden aparecer en el etiquetado combinaciones de frases R, como por ejemplo: frase R48/21/22: «Nocivo: riesgo de efectos graves para la salud en caso de exposición prolongada por el contacto con la piel e ingestión». Consejos de Prudencia (frases-s), que establecen medidas preventivas, para las operaciones de utilización y manipulación, a través de consejos de prudencia, por ejemplo, frase S14: «Consérvese lejos de... (materiales incompatibles a especificar por el fabricante)». En el Anexo IB se facilita un cuadro con algunas de las frases R que pueden aparecer en el etiquetado. También pueden aparecer en el etiquetado combinaciones de frases R, como por ejemplo: frase S3/9/14/49: «Consérvese únicamente en el recipiente de origen, en lugar fresco y bien ventilado y lejos de... (materiales incompatibles, a especificar por el fabricante)». IDENTIFICACIÓN DEL PRODUCTO (Nombre químico de la sustancia) IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS DESCRIPCIÓN RIESGO (Frases R) MEDIDAS PREVENTIVA (Frases S) COMPOSICIÓN Para los preparados, relación de sustancias peligrosas presentes según concentración y toxicidad). RESPONSABLE DE LA COMERCIALIZACIÓN Nombre, dirección y teléfono 30

33 Tanto las Frases de Riesgo como los consejos de prudencia aparecen en los anexos los III y IV del R.D. 363/1995, y se pueden consultar en la siguiente dirección de Internet del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo: La etiqueta es con mucha frecuencia la primera información a la que tiene acceso el trabajador/a para obtener información del producto en el momento de su utilización. Todos los envases que contengan productos químicos presentes en el lugar de trabajo tienen que estar identificados correctamente, y no exclusivamente los comercializados. No es aceptable por tanto la presencia de envases sin etiquetar o identificar que contengan productos procedentes de un trasvase, generados en los procesos de producción o residuos procedentes de la actividad de la empresa. Etiquetado de residuos peligrosos El etiquetado de los residuos peligrosos es en esencia similar al de los productos y sustancias peligrosas, desde el punto de vista que es la fuente de información para el trabajado/a sobre el residuo contenido en el recipiente. Los recipientes o envases que contengan residuos peligrosos deberán tener un etiquetado claro, legible e indeleble, al menos en la lengua española, oficial del estado. La etiqueta debe estar firmemente fijada al envase desechándose, si fuera necesario, indicaciones o etiquetas anteriores de forma que no induzcan a error o dificulten el conocimiento del origen y contenido del envase en operaciones posteriores. 31

34 Un ejemplo de los datos que deben figurar en la etiqueta es: ACEITE USADO CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN DEL RESIDUO Q7//R13//L8//C51/C43//H5/H6//A241//B0005 CÓDIGO LER 1302 DATOS DEL TITULAR Nombre Restaurante S.A. Dirección Polígono S/N Tffn. 91-xxx-xx-xx Localidad Alcorcón Provincia Madrid Fecha de envasado Ejemplo de Etiquetado de un residuo peligroso. Tanto el Código de Identificación del Residuo (Anexo I del R. D. 833/88), como el Código LER (Orden MAM/304/2002)2, nos dan información sobre el tipo de residuo. Los Datos del Titular nos informan de quién es el productor del residuo y la Fecha de Envasado nos informa de cuando comenzó a llenarse el envase en el que se está siendo almacenando. La Naturaleza del Residuo vendrá representada por pictogramas similares a los utilizados en el caso del etiquetado de sustancias y preparados peligrosos. En el caso de que a un mismo resido envasado le correspondan más de un indicador de riesgo se ha de tener en cuenta que: La obligación de poner el indicador de riesgo de residuo tóxico hace que sea facultativa la inclusión de los indicadores de riesgo de residuo nocivo y corrosivo. La obligación de poner el indicador de riesgo del residuo explosivo hace que sea facultativa la inclusión del indicador de riesgo de residuo inflamable o comburente. 2 Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos 32

35 RECUERDA: En el etiquetado no podrán figurar indicaciones tales como no tóxico, no nocivo, no contamínate, o cualquier otra indicación similar. Las indicaciones estarán inscritas en una etiqueta sólidamente fijada en una o varias caras del envase o inscrita directamente en él, de tal forma que un trabajador/a pueda leerlas horizontalmente cuando el envase esté colocado verticalmente. Las indicaciones del etiquetado vendrán como mínimo en el leguaje oficial del Estado (castellano), para que pueda ser comercializada en nuestro País. El empresario deberá facilitar a los trabajadores/as extranjeros que puedan estar expuestos sustancias químicas o residuos peligrosos, la información de la etiqueta en un idioma que garantice que sea comprendida y en un lenguaje comprensible para los mismos. 33

36 4.2. FICHAS DE SEGURIDAD (FDS) Las fichas de datos de seguridad son, sin duda, una de las fuentes más importantes de información sobre los riesgos de los agentes químicos. Completan la información recogida en la etiqueta y constituyen una herramienta imprescindible y eficaz para el trabajador/a, para el Delegado/a y para el empresario/a en materia de prevención de los riesgos laborales. Ha de ser facilitada obligatoriamente cuando el fabricante, intermediario o distribuidor realice la primera entrega de un producto químico peligroso. Se compone de 16 apartados e incluye información sobre las características, riesgos, medidas preventivas, de acuerdo con las directrices indicadas en la normativa. Podrá facilitarse mediante papel o en formato electrónico, siempre que el destinatario disponga del equipo necesario para su recepción. El color y la presentación de la etiqueta y del envase serán tales que el símbolo de peligro y su fondo destaquen claramente. Así mismo, la información contenida en la etiqueta destacará sobre el fondo, será de tamaño suficiente y se leerá fácilmente. Las fichas de seguridad de los productos químicos utilizados en el centro de trabajo, nos van a facilitar información respecto a las posibles características que van a tener los residuos generados como consecuencia del proceso de producción. Desde un punto de vista preventivo las Fichas de Seguridad, a partir de ahora FDS: 34

37 Permiten identificar el producto y al responsable de su comercialización, así como un número de teléfono al que llamar para efectuar las consultas que sean necesarias sobre la sustancia o preparado químico. Nos informa sobre los peligros y riesgos del producto derivados de las características del agente químico: inflamabilidad, estabilidad y reactividad, toxicidad, lesiones o daños por inhalación, ingestión o contacto dérmico, primeros auxilios y ecotoxicidad. Informan al trabajador/a sobre el comportamiento y características del producto, su correcta utilización (manipulación, almacenamiento, eliminación,...), controles de exposición, medios de protección (colectiva e individual) a utilizar en el caso de que el control no fuera del todo eficaz o en caso de emergencia, actuaciones a realizar en caso de accidente tales como el uso de extintores adecuados contra incendio, el control y neutralización de derrames,... Ejemplo de Ficha de Seguridad del Etanol (Anhidro). 35

38 El contenido de la ficha de seguridad se puede resumir en el siguiente cuadro: CONTENIDO DE LA FICHA DE SEGURIDAD identificación del preparado y responsable de su comercialización Composición/información sobre los componentes Identificación de los peligros Información sobre primeros auxilios Medidas de lucha contra incendios Manipulación y almacenamiento Controles de la exposición y protección personal Propiedades fisicoquímicas Nombre químico y denominación comercial. En caso de mezclas e impurezas deberá incluir: nombre de los componentes y porcentaje de cada uno. Información sobre los riesgos de cada sustancia, sobre sus impurezas o sus productos de descomposición. Los efectos de la exposición (aislada o repetida) a corto plazo (agudos) o a largo plazo (crónicos). Sintomatología de una intoxicación aguda y crónica. Información sobre métodos de extinción de incendios y precauciones especiales. Equipos y métodos que deberían utilizarse para un correcto y adecuado almacenamiento y manipulación. Información sobre las medidas que el empresario/a deberá tomar para controlar la contaminación en el lugar de trabajo, así como de la concentración o dosis a la que se producen efectos (Valores Límite Ambientales: VLA, Valores Límite Biológicos: VLB o similares). Equipos de protección Individual (EPI), necesarios para la protección del trabajador/a frente a la exposición, en función de la vía de entrada. Punto de inflamabilidad, punto de ebullición, olor, aspecto, ph. 36

39 CONTENIDO DE LA FICHA DE SEGURIDAD identificación del preparado y responsable de su comercialización Estabilidad y reactividad Información toxicológica Información ecológica Consideraciones relativas a la eliminación Información relativa al transporte Información reglamentaria Materias y condiciones a evitar. Las vías por las que puede penetrar el tóxico en el organismo: inhalatoria, digestiva o cutánea (a través de la piel). Efectos y comportamientos de la sustancia en el medio ambiente. Establecer métodos y disponer de equipos adecuados para un correcto transporte. Otra información 4.3. PELIGROSIDAD DE LAS SUSTANCIAS QUÍMICAS Las fichas de datos de seguridad son, sin duda, una de las fuentes más importantes de información sobre los riesgos de los agentes químicos. Completan la información recogida en la etiqueta y constituyen una herramienta imprescindible y eficaz para el trabajador/a, para el Delegado/a y para el empresario/a en materia de prevención de los riesgos laborales. 37

40 TIPO SUSTANCIAS O PREPARADOS Explosivos Comburentes (sustancias combustibles) Inflamables Tóxicos Nocivos Corrosivos Irritantes Sensibilizantes Carcinogénicos Mutagénicos Tóxicos para la reproducción Peligrosos para el medio ambiente 38 CARACTERÍSTISCAS Pueden reaccionar de forma exotérmica (desprende calor), incluso en ausencia del oxígeno del aire, dando lugar a detonaciones, deflagraciones o explosiones. En contacto con otras sustancias (especialmente con las inflamables) producen fuertes reacciones exotérmicas. Líquidos cuyo punto de inflamación es bajo (inflamables), pudiendo en algunos casos calentarse y finalmente inflamarse en contacto con el aire o breves exposiciones con fuentes de ignición (fácilmente inflamables), o directamente inflamarse en contacto con el aire a presión y temperatura ambiente (extremadamente inflamables). Por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden provocar la muerte o efectos graves agudos o crónicos para la salud (muy tóxicos: muy pequeñas cantidades; tóxicos: pequeñas cantidades). Por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden provocar la muerte o efectos agudos o crónicos para la salud. En contacto con tejidos vivos, pueden ejercer una acción destructiva de los mismos. Por breve contacto, prolongado o repetido (piel o mucosas), pueden provocar una reacción inflamatoria. La inhalación, ingestión o penetración cutánea puede ocasionar una reacción de hipersensibilización, de forma que una posterior exposición da lugar a efectos nocivos característicos. Por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden producir cáncer o aumentar su frecuencia. Por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden producir defectos genéticos hereditarios o aumentar su frecuencia. Por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden producir efectos nocivos no hereditarios en la descendencia, o aumentar la frecuencia de éstos o afectar de forma negativa a la función de la capacidad reproductora masculina o femenina. En contacto con el medio ambiente, constituirán o podrían constituir un peligro inmediato o futuro para uno o más componentes del medio ambiente.

41 EXPLOSIVO COMBURENTE INFLAMABLE TÓXICO NOCIVO CORROSIVO IRRITANTE SENSIBILIZANTE CARCIONGÉNICOS MUTAGÉNICOS TÓXICOS PARA REPRODUCCIÓN PELIGROSOS MEDIO AMBIENTE La clasificación de los productos químicos identificados como peligrosos se realiza en una o varias categorías de acuerdo con lo establecido en el R.D: 363/1995 por el que se regula la Notificación de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de Sustancias Peligrosas. En el caso de los Residuos Peligrosos, la clasificación se hace según lo establecido en el R. D. 833/1988 de 20 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Residuos Peligrosos, modificado Real Decreto 952/ INFORMACIÓN Y FORMACIÓN Facilitar una información correcta y adecuada, así como una formación de calidad sobre la seguridad en la utilización de productos químicos peligrosos y la manipulación de los residuos peligrosos generados en el centro trabajo, es fundamental para 39

42 que todos los trabajadores/as puedan realizar su trabajo sin que se produzcan daños para su salud. Se debe informar y formar a los trabajadores/as sobre: Los riesgos asociados a los productos químicos utilizados en el lugar de trabajo y la manipulación de los residuos peligrosos generados. La forma de obtener y usar la información que aparece en las etiquetas y fichas de datos de seguridad. El uso correcto y eficaz de las medidas de prevención y protección, procurando que comprendan la importancia de las mismas. Es importante que el empresario/a elabore procedimientos e instrucciones operativas, basándose en los datos contenidos en las FDS, junto con información específica del lugar de trabajo. Estos procedimientos e instrucciones deben ser claros, sencillos, y escritos en un idioma comprensible para los trabajadores/as, indicando las prácticas que deben seguirse en cada caso y el modo de proceder cuando se presenten situaciones de emergencia. La formación preventiva sobre la utilización de productos químicos peligrosos y la manipulación de los residuos peligrosos generados debe repetirse de forma continuada en el tiempo, para garantizar su efectividad. Es recomendable que se realicen programas anuales de formación y que se realice una revisión y actualización periódica de los sistemas y prácticas de trabajo. Se debe tener en cuenta especialmente: 40

43 El grado de comprensión de los trabajadores/as de las circunstancias en que deben utilizarse los equipos de protección y las limitaciones de los mismos. El grado de comprensión de los trabajadores/as respecto de la utilización más eficaz de las medidas de control técnico adoptadas. El dominio de los trabajadores/as de los procedimientos aplicables para casos de emergencia en el uso de productos químicos peligrosos y la manipulación de los residuos peligrosos producidos. Los procedimientos de intercambio de información entre trabajadores/as de turnos diferentes. RECUERDA: El empresario/a tiene la obligación permitir la participación y consultar a los Delegados/as de Prevención, sobre los contenidos y periodicidad de los programas de formación e información en materia preventiva. Los Delegados/as de Prevención tienen que exigir al empresario/a que facilite a todos los trabajadores/as expuestos, las FDS de los productos así como una copia escrita de las instrucciones y procedimientos que deban utilizarse en su puesto de trabajo. 41

44

45 5. EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN A AGENTES QUÍMICOS PELIGROSOS Una vez identificados en el centro de trabajo las sustancias, los preparados y los residuos peligrosos a los que pueden estar expuestos los trabajadores/as durante su actividad laboral, el empresario/a esta obligado a sustituir aquellos agentes peligrosos por otros no peligrosos o de menor peligrosidad, siempre y cuando esto sea posible. Seguidamente realizará la evaluación de la exposición a dichos agentes químicos que permita estimar la magnitud del riesgo, las causas que generan el riesgo y sus características. De esta forma el empresario/a obtendrá los datos suficientes para adoptar las actuaciones preventivas necesarias. 43

46 RECUERDA: El empresario/a tiene la obligación de facilitar a los representantes de los trabajadores/as la información obtenida de la evaluación de riesgos, así como, sobre las medidas preventivas que se ha previsto adoptar, antes de llevarlas a cabo. Los Delegados/as de Prevención tienen derecho a participar en el proceso de evaluación del riesgo de exposición a agentes peligrosos acompañando al técnico durante la evaluación del mismo, así como a proponer, directamente al empresario o a través del Comité de Seguridad y Salud, medidas preventivas, que puedan mejorar las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores/as expuestos a estos riesgos FACTORES DE RIESGO El riesgo que existe por la exposición va a depender de múltiples factores, pudiendo realizarse la siguiente clasificación: Factores relacionados con el agente químico 44 Debidos a las características propias del agente químico, tales como la facilidad de la sustancia para ser absorbida por el organismo a través de las diferentes vías de entrada y su capacidad de producir daños. Factores relacionados con el puesto de trabajo Condicionarán el contacto entre el agente y el individuo por causas que no son atribuibles al agente químico. La difusión del agente por el aire, los movimientos de aire, el tipo de

47 manipulación o proceso que se realice en la empresa, los movimientos del trabajador/a, la distancia entre los trabajadores/as y los focos de generación, la frecuencia de contacto dérmico, etc..., son algunos de los elementos que hay que tener en cuenta a la hora de evaluar el riesgo de exposición a agentes químicos. Factores de riesgo individuales Son aquellos que vienen determinados por la deficiente formación e información facilitada a los trabajadores, la falta de procedimientos de trabajo, la necesidad de utilizar Equipos de Protección Individual y la sensibilidad que puede tener cada trabajador/a a los diferentes agentes químicos. En el Anexo II se recoge una tabla de riesgos y factores de riesgo publicada en la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos presentes en los lugares de trabajo relacionados con los agentes químicos IDENTIFICACIÓN DE POSIBLES EXPOSICIONES Conocidos los diferentes factores de riesgo a los que pueden estar expuestos los trabajadores/as, es necesario determinar los posibles procesos en los que intervienen sustancias químicas, en los que se producen los residuos peligrosos y en qué puestos de trabajo puede tener lugar la exposición de los trabajadores/as. Es obligación del empresario/a determinar si existen agentes químicos peligrosos y si se generan residuos peligrosos en el lugar de trabajo. 45

48 La lista de sustancias debe incluir tanto las materias primas, los productos de reacción, los intermedios, los secundarios, los finales y los residuos. El siguiente paso consistirá en obtener la información toxicológica de dichas sustancias, que nos permitan conocer sus efectos sobre la salud, los valores límite de concentración ambiental, las dosis letales (expresada como DL50) por vía dérmica, digestiva,... y sus propiedades físico-químicas (estado físico, punto de ebullición, presión de vapor,...). Normalmente esta información es aportada por el suministrador de las sustancias y figura en el etiquetado y en las fichas de seguridad (Apartado 3. de este cuadernillo) VALORACIÓN INICIAL DEL RIESGO El objetivo de esta primera valoración del riesgo es descartar que la presencia de un determinado agente en el ambiente de trabajo o la posibilidad de un contacto físico entre dicho agente y los trabajadores/as. En este mismo proceso se determinarán también las exposiciones de riesgo inadmisibles, es decir aquellas en las que se deben aplicar medidas de corrección inmediatas para disminuir o eliminar el riesgo. La valoración inicial se realiza a partir de la información recabada a través de los puntos anteriores, debiendo complementarse con un estudio de cada foco de contaminación: número y tipo, grado de generación de agente, difusión en el aire, distancia, movimientos de los trabajadores/as, eficacia de los sistemas de extracción y de ventilación, tiempos de exposición, ritmos de producción, la carga física de trabajo (esfuerzo),... 46

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