TRIBUNAL DE DISTRITO DE LOS ESTADOS UNIDOS DISTRITO DE DAKOTA DEL NORTE DIVISIÓN SURESTE

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1 TRIBUNAL DE DISTRITO DE LOS ESTADOS UNIDOS DISTRITO DE DAKOTA DEL NORTE DIVISIÓN SURESTE X RAYMOND HANS, et ál., contra Demandantes Demanda civil N.º 3:05-CV RRE-KKK GARY D. THARALDSON, et ál., y Demandados, PLAN DE TITULARIDAD DE ACCIONES DE LOS EMPLEADOS DE THARALDSON MOTELS, INC. Demandado nominal. X BERNARD MCKAY, et ál., contra Demandante Demanda civil N.º 3:08-CV RRE-KKK GARY D. THARALDSON, y Demandado, PLAN DE TITULARIDAD DE ACCIONES DE LOS EMPLEADOS DE THARALDSON MOTELS, INC. Demandado nominal. X AVISO DE ACUERDOS PROPUESTOS DE LITIGIOS DE DEMANDA COLECTIVA, AUDIENCIA JUDICIAL SOBRE EL ACUERDO Y ORDEN PROPUESTA Es posible que sus derechos legales se vean afectados si es miembro de uno de los siguientes grupos: 1 I. PARTICIPANTES DEL PLAN DE TITULARIDAD DE ACCIONES DE LOS EMPLEADOS Y FIDEICOMISO DE TMI HOSPITALITY, INC. ( TMI ) ( ESOP DE TMI ) (ANTERIORMENTE CONOCIDO COMO ESOP DE THARALDSON MOTELS, INC.) EN CUALQUIER MOMENTO DESDE EL 30 DE DICIEMBRE DE 1998 AL PRESENTE QUE HAYAN RECIBIDO UNA DISTRIBUCIÓN DE LOS ACTIVOS DEL PLAN EN SUS RESPECTIVAS CUENTAS DEL ESOP DE TMI, CUYOS DERECHOS NO PERDIERON POSTERIORMENTE CONFORME A LOS TÉRMINOS DEL ESOP DE TMI Y QUE YA NO SEAN EMPLEADOS DE TMI (O DE UNA FILIAL DE TMI) Y LOS BENEFICIARIOS DE TALES PARTICIPANTES ( GRUPO DE LOS EX EMPLEADOS ); 1 Demandados (consulte más adelante la lista de demandados), familiares directos, sus representantes legales, herederos, sucesores y cesionarios o alguna parte excluida, se excluyen de ambos grupos en la Demanda Hans y del Grupo en McKay.

2 II. LOS PARTICIPANTES DEL ESOP DE TMI EN CUALQUIER MOMENTO DESDE EL 30 DE DICIEMBRE DE 1998 AL PRESENTE QUE SEAN EN LA ACTUALIDAD, EMPLEADOS DE TMI (O DE UNA FILIAL DE TMI) Y LOS BENEFICIARIOS DE TALES PARTICIPANTES ( GRUPO DE LOS EMPLEADOS ACTUALES ). LEA ESTE AVISO DETENIDAMENTE. EL PRESENTE AVISO FUE AUTORIZADO POR UN TRIBUNAL FEDERAL. NO ES UNA SOLICITUD. NO SE HA INICIADO UNA DEMANDA CONTRA USTED. Este aviso ( Aviso ) le notifica acerca de dos acuerdos propuestos (los Acuerdos ) en el litigio al cual se hace referencia anteriormente en Hans contra Tharaldson (la Demanda Hans ) y McKay contra Tharaldson (la Demanda McKay ) (colectivamente las Acciones ). En las Acciones, los Demandantes pretenden recuperar pérdidas que alegan haber sufrido a causa del ESOP DE TMI como resultado del incumplimiento del deber fiduciario por parte de los Demandados. Las partes llegaron a los acuerdos propuestos de estas Acciones el 10 de octubre de 2012 o cerca de esa fecha. El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para Dakota del Norte (el Tribunal ) aprobó previamente los Acuerdos y programó una audiencia final (la Audiencia judicial ) a fin de evaluar la imparcialidad y adecuación de cada uno de los Acuerdos. En la Audiencia judicial, el Tribunal considerará (i) si debe o no aprobar los Acuerdos como imparciales y adecuados; (ii) si debe o no aprobar el Plan de asignación en la Demanda Hans (consulte la Pregunta 5 a continuación), que establece la manera en la cual se distribuirán los beneficios del Acuerdo entre los Participantes del Acuerdo; y (iii) si se debe o no reintegrar a los Demandantes los honorarios o gastos de abogados (consulte la Pregunta 8 a continuación). La Audiencia judicial ante el Honorable Ralph R. Erickson ha sido programada para el 25 de febrero de 2013 a las 9:00 a. m. en la Sala de justicia 1 en el Tribunal del Distrito de los Estados Unidos para Dakota del Norte, 655 First Avenue North, Fargo, ND Los términos de los Acuerdos se encuentran plasmados en dos Acuerdos de conciliación por separado (los Acuerdos de conciliación ). Se encuentra disponible una copia del Acuerdo perteneciente a la Demanda Hans (el Acuerdo Hans ) en cases/82/tharaldson-motels-inc-employee-stock-ownership-plan-hans-v-tharaldson o o si se comunica con los Abogados de los Demandantes en la Demanda Hans que figura a continuación. Se encuentra disponible una copia del Acuerdo de conciliación perteneciente a la Demanda McKay (el Acuerdo McKay ) en inc-employee-stock-ownership-planlitigation-ii-mckay-v-tharaldson o si se comunica con Cohen Milstein en la dirección que figura a continuación. Los términos en mayúsculas y en cursiva utilizados en este Aviso y que no están definidos en el presente, tienen los significados que se les han asignado en el Acuerdo de conciliación. Las preguntas relacionadas con el Acuerdo Hans deben ser dirigidas a los abogados que figuran a continuación. Si es miembro del Grupo de los ex empleados, comuníquese con los abogados de dicho grupo. Si es miembro del Grupo de los empleados actuales, comuníquese con los abogados de dicho grupo: Abogados del Grupo de los ex empleados: COHEN MILSTEIN SELLERS & TOLL P.L.L.C. R. Joseph Barton Bruce F. Rinaldi 1100 New York Avenue, N.W. WestTower, Oficina 500 Washington, D.C Teléfono: (202) o al número gratuito: Correo electrónico: tmiesoplitigation@cohenmilstein.com Abogados del Grupo de los empleados actuales: KELLER ROHRBACK P.L.C. Gary Gotto Gary Greenwald David Ko 3101 North Central Avenue Oficina 1400 Phoenix, AZ Teléfono: (602) o al número gratuito: Correo electrónico: info@kellersettlements.com 2

3 Abogados de North Star Trust Company: MOORE & VAN ALLEN PLLC Alton L. Gwaltney, III Mark A. Nebrig 100 North Tryon Street Oficina 4700 Charlotte, NC Teléfono: Correo electrónico: Las preguntas relacionadas con el Acuerdo McKay deben ser dirigidas a: Abogados del Grupo McKay: COHEN MILSTEIN SELLERS & TOLL P.L.L.C. R. Joseph Barton Bruce F. Rinaldi 1100 New York Avenue, N.W. WestTower, Oficina 500 Washington, D.C Teléfono: (202) o al número gratuito: Correo electrónico: tmiesoplitigation@cohenmilstein.com No llame al Tribunal, ya que el personal no podrá responderle sus preguntas. LEA ESTE AVISO CON ATENCIÓN Y COMPLETAMENTE. SI ES UN PARTICIPANTE EN EL ESOP DE TMI, ES POSIBLE QUE SUS DERECHOS SE VEAN AFECTADOS POR EL ACUERDO. USTED NO HA SIDO DEMANDADO EN ESTA CAUSA. NO DEBE COMPARECER ANTE EL TRIBUNAL NI DEBE CONTRATAR A UN ABOGADO PARA ESTE CASO. SI ESTÁ CONFORME CON LOS ACUERDOS, NO DEBE HACER NADA. SI NO ESTÁ CONFORME, PUEDE OPONERSE A CUALQUIERA DE LOS DOS ACUERDOS CONFORME A LOS PROCEDIMIENTOS QUE SE DESCRIBEN A CONTINUACIÓN. MEDIDAS QUE PUEDE TOMAR EN RELACIÓN CON LOS ACUERDOS NO DEBE TOMAR NINGUNA MEDIDA PARA GOZAR DE LOS BENEFICIOS. PUEDE OBJETAR (HASTA EL 15 DE FEBRERO DE 2013) PUEDE ASISTIR A LA AUDIENCIA EL 25 DE FEBRERO DE 2013 A menos que el Tribunal apruebe el Acuerdo Hans y los Acuerdos McKay, cualquiera de las partes puede retirarse de tales Acuerdos. Si el Tribunal aprueba ambos Acuerdos y usted pertenece al Grupo de los ex empleados o al Grupo de los empleados actuales (como se definió anteriormente), no debe tomar ninguna medida para poder recibir una distribución del Acuerdo Hans. La parte del Fondo de liquidación, si hubiese una, que deberá distribuirse a su favor se calculará como parte de la implementación del Acuerdo Hans. No se realizarán distribuciones adicionales a favor de los Demandantes como resultado del Acuerdo McKay. Si desea objetar alguna parte del Acuerdo Hans o del Acuerdo McKay, puede escribir al Tribunal y al abogado y explicar los motivos de su disconformidad con el Acuerdo. Independientemente de si está conforme o no con el Acuerdo Hans o el Acuerdo McKay, puede asistir a la Audiencia judicial final y hablar en el Tribunal, únicamente si ha presentado una objeción o respaldo por escrito ante el Tribunal y abogado, tal como se explica a continuación: 3

4 QUÉ CONTIENE ESTE AVISO RESUMEN DEL ACUERDO... 4 INFORMACIÓN BÁSICA Por qué recibí este Aviso? De qué se trata la demanda? Qué es lo que ha sucedido hasta el momento? Por qué existe un Acuerdo? Qué es lo que se ofrece en el Acuerdo? Cuál será mi parte del Fondo de liquidación? Cómo obtengo mi parte de resarcimiento? Cuándo recibiré mi parte del resarcimiento? Cómo se les pagará a los abogados?... 8 OBJECIONES Si no estoy conforme con el Acuerdo, cómo le comunico al Tribunal mi disconformidad?... 9 LA AUDIENCIA JUDICIAL DEL TRIBUNAL Tengo que asistir a la audiencia? Podré hablar en la audiencia? SI NO HACE NADA Qué sucede si no hago nada en absoluto? CÓMO OBTENER MÁS INFORMACIÓN Cómo puedo obtener más información? RESUMEN DE LOS ACUERDOS El Acuerdo Hans propone el pago en efectivo de USD4 millones por parte de TMI (el Componente en efectivo del Fondo de liquidación ) y USD11 millones que deberán acreditarse para saldar la deuda principal conforme a las Notas del ESOP (la Reducción del capital del Fondo de liquidación ). En conjunto, el Componente en efectivo del Fondo de liquidación y la Reducción del capital del Fondo de liquidación constituyen todo el Fondo de liquidación Hans. Los desembolsos y las distribuciones se realizarán tan pronto como sea posible, luego de que el Tribunal otorgue la aprobación final del Acuerdo y luego de que se repartan a favor del ESOP el Componente en efectivo del Fondo de liquidación y cada una de las cuotas de la Reducción de capital del Fondo de liquidación. El Acuerdo McKay propone el pago en efectivo de USD (el Monto del acuerdo McKay ) y que cada parte se haga cargo de sus propios costos. Después de saldar los gastos del litigio, los Demandantes han propuesto que el saldo restante del Monto del acuerdo McKay se pague a TMI, conforme al Plan de Distribución del Acuerdo McKay. No se realizarán distribuciones adicionales a favor de los Demandantes como resultado del Acuerdo McKay. Cualquiera de las partes del Acuerdo Hans o del Acuerdo McKay pueden retirarse de tales acuerdos, a menos que ambos acuerdos cuenten con la aprobación del Tribunal. 4

5 INFORMACIÓN BÁSICA 1. Por qué recibí este Aviso? Este Aviso se relaciona con dos demandas colectivas por separado tituladas Hans, et ál. contra Tharaldson, et ál., Demanda civil N.º 3:05-CV-00115, y McKay, et ál. contra Tharaldson, Expediente N.º 3:08-CV-00113; ambas se encuentran pendientes ante el Honorable Ralph R. Erickson, Juez de Distrito de los Estados Unidos del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Dakota del Norte. El juez Erickson ha ordenado que se envíe este Aviso a las personas incluidas en los dos grupos anteriormente mencionados para notificarles que el Tribunal ha aprobado en una instancia preliminar los Acuerdos de estas Acciones. Usted recibió este aviso porque se lo identificó como un posible Miembro del grupo. En una demanda colectiva, una o más personas inician una demanda en nombre de otras con reclamos similares; estas se denominan Miembros del grupo. Si usted es un Miembro del grupo, sus derechos pueden verse afectados por los Acuerdos de estas Acciones. Ambos grupos constituyen grupos obligatorios y usted no puede optar por no pertenecer a uno de ellos. El Grupo de los ex empleados en la Demanda Hans, que se definió más en concreto anteriormente, consta de todo ex empleado de TMI (o sus filiales) que fuera participante en el ESOP DE TMI durante su empleo y que haya recibido los derechos plenos sobre su cuenta antes de la terminación (y sus beneficiarios). Los representantes del Grupo de los ex empleados son Tammy Blake, Raymond Hans, Gayle Herbert, Bernard McKay, Larry Richman, Donna Walker y Michael Webster. Todos ellos son ex empleados de TMI. El Grupo de los empleados actuales en la Demanda Hans, que se definió más en concreto anteriormente, está formado por todos los empleados actuales de TMI (o sus filiales) que son participantes en el ESOP DE TMI (y sus beneficiarios). Los representantes del Grupo de los empleados actuales son Carlos Gonzalez, Jolene Matheson-Godschalk y Sidney Lien. Además, North Star Trust Company, que es y ha sido fiduciaria del ESOP DE TMI desde que Gary Tharaldson renunció como Fiduciario después de la presentación de la Demanda Hans, ha realizado reclamos en su carácter de fiduciario del ESOP DE TMI. El Grupo de los ex empleados y el Grupo de los empleados actuales en la Demanda Hans también son miembros del Grupo de la Demanda McKay. Este Aviso solo le comunica la existencia de Acuerdos propuestos de estas Acciones y de sus derechos si usted es un Miembro del grupo. El Tribunal no ha tomado ninguna determinación en relación con los méritos principales de los reclamos o las defensas de la Demanda Hans. Sin embargo, el Tribunal otorgó el 5 de enero de 2012 sentencia sumaria a favor del Demandado en la Demanda McKay y desestimó la demanda con detrimento. Si recibió este Aviso y no es un Miembro del grupo, sus derechos no se verán afectados y no necesita hacer nada. 2. De qué se tratan estas demandas? Qué es lo que ha sucedido hasta el momento? La Demanda Hans Los Demandantes iniciaron esta demanda en su propio nombre y en el nombre de otros participantes y beneficiarios del ESOP DE TMI. Esta demanda alega que los Demandados2 infringieron la Ley de Seguridad del Ingreso de Jubilación del Empleado (Employee Retirement Income Security Act, ERISA) en relación con dos transacciones por las cuales Gary Tharaldson y su familia vendieron prácticamente todas las acciones de TMI al ESOP DE TMI por aproximadamente USD500 millones. Los Demandantes alegan que Gary Tharaldson, como Fiduciario del ESOP DE TMI, hizo que el ESOP DE TMI comprara las acciones que la familia Tharaldson tenía en TMI a un precio mayor que el valor justo de mercado que tenían esas acciones. Como resultado de ello, los Demandantes alegan que el ESOP DE TMI incurrió en un monto de deuda excesivo, que fue financiado en gran parte por préstamos de los Tharaldson, los cuales estuvieron diseñados para permitir que los Tharaldson colocaran nominalmente la propiedad de TMI en manos del ESOP DE TMI, a la vez que retenían el control de la administración y drenaban el flujo de efectivo de la compañía. Los Demandantes alegan que estas transacciones fueron llevadas a cabo no en interés del ESOP DE TMI y de sus participantes, sino 2 Los Demandados originalmente eran Gary D. Tharaldson, Connie Tharaldson, Roger Tharaldson, Raymond Braun y James Lochow (como Fiduciarios de Michelle Tharaldson Trust y de Matthew Tharaldson Trust), South Dakota Trust Company, LLC (como Fiduciaria de Michelle Lyn Tharaldson Lemaster Dynasty Trust, Matthew Tharaldson Dynasty Trust y Michael Tharaldson Dynasty Trust), y Linda Tharaldson (individualmente y en su carácter de Fiduciaria de Michael Tharaldson Trust). En forma colectiva a estas personas se las denomina los Demandados, los Tharaldson o la familia Tharaldson. Sin embargo, el Tribunal de Distrito otorgó el 29 de octubre de 2011, sentencia sumaria y sobreseyó a todos los Demandados, excepto Gary Tharaldson. Los Demandantes han apelado la Decisión ante el Tribunal de Apelaciones del Octavo Circuito; dicha apelación se encuentra pendiente. 5

6 para el beneficio de la familia Tharaldson, al permitir que esta colocara las propiedades hoteleras más viejas y menos viables económicamente en el ESOP DE TMI, a la vez que se apropiaba de las ganancias de TMI o desarrollaba nuevas y beneficiosas propiedades de hoteles y moteles para entidades de las que la familia Tharaldson es propietaria. Esta demanda solo reclama que Gary Tharaldson y ciertos miembros de su familia infringieron la ley. TMI NO es un demandado ni constituye una parte en esta demanda. Solo se nombra al ESOP DE TMI a los fines de indemnizar a los participantes del ESOP DE TMI. Ni TMI ni el ESOP DE TMI están acusados de haber hecho algo inapropiado. Los Demandados niegan tener responsabilidad alguna y niegan haber incumplido con sus deberes fiduciarios. Si el litigio va a juicio, el único Demandado, Gary Tharaldson, presentará numerosas defensas para evitar la responsabilidad, incluido el hecho de que no incumplió con ninguno de los deberes anteriormente mencionados y que el precio que el ESOP DE TMI pagó por las acciones TMI era de un valor justo de mercado. Las partes intercambiaron información a través de un proceso legal conocido como exhibición de pruebas. Durante este proceso, los abogados de los Demandantes solicitaron y revisaron miles de páginas de documentos y tomaron declaración a más de 50 testigos. Además, las partes presentaron mociones substanciales, que incluyen mociones para desestimar, mociones de certificación del grupo, mociones de sentencia sumaria y mociones de peritos, en las cuales, las partes buscaban clarificar el alcance de esta Demanda. Al momento en el que se pactó el Acuerdo, los Demandantes habían presentado una quinta demanda modificada ante el Tribunal, que sirvió como demanda operativa en esta Demanda. El Tribunal, además, programó el juicio para el 1 de mayo de El Acuerdo Hans y el Acuerdo McKay son el resultado de negociaciones intensas y equitativas entre los abogados de los Demandantes y los Demandados y sus respectivos abogados, incluida una mediación que fue posible gracias a un mediador externo experimentado, conforme al cual se establecieron los términos del Acuerdo. La Demanda McKay Los Demandantes iniciaron esta demanda en su propio nombre y en el nombre de otros participantes y beneficiarios del ESOP DE TMI. Esta demanda alega que el Demandado, Gary Tharaldson, infringió la Ley de Seguridad del Ingreso de Jubilación del Empleado (Employee Retirement Income Security Act, ERISA) por no haber tomado las medidas necesarias para recuperar los honorarios que una de las filiales de TMI tuvo que pagar a su ex esposa, Linda Tharaldson, como parte de un acuerdo de conciliación de divorcio en el año 1998 (el Acuerdo 1998 ). Dichos honorarios supuestamente correspondían a una prestación de servicios de consultoría de marketing y ventas innecesarios, que aparentemente carecían de importancia para TMI y sus filiales y que nunca se llevaron a cabo. Los Demandantes sostienen que, entre otras cosas, Tharaldson, en su carácter de Fiduciario del ESOP, único accionista de TMI, debería haber iniciado una demanda derivativa contra él mismo como presidente de TMI por haber permitido indebidamente la dispersión de los bienes de la sociedad para cumplir con las obligaciones personales para con su ex esposa. Tharaldson niega tener responsabilidad alguna y niega haber incumplido con sus deberes fiduciarios. El Tribunal certificó el caso como una demanda colectiva y luego del proceso de exhibición de pruebas, este caso se cerró y el Demandado solicitó una sentencia sumaria. El 5 de enero de 2012, el Tribunal dio lugar a la petición del Demandado y desestimó la Demanda, dictaminando que, debido a que el ESOP no poseía acciones de TMI al momento en que Tharaldson pactó el Acuerdo de conciliación con su ex esposa en el año 1998 (requisito fundamental para iniciar una demanda derivativa en virtud de la ley de Dakota del Norte), Tharaldson no podría haber iniciado una demanda derivativa contra él y, por ende, los Demandantes no pudieron probar que Tharaldson incumplió con sus deberes fiduciarios conforme a ERISA por no haber iniciado dicha Demanda. El Secretario del tribunal asentó el fallo en el que se desestimó la demanda con detrimento. Los Demandantes han iniciado una petición para invalidar el fallo y los Demandados han presentado una moción para solicitar a los Demandantes un Pliego de costas a fin de resarcir los costos del litigio. Si bien estas mociones aún están pendientes ante el Tribunal, las Partes pactaron el Acuerdo McKay. Además de disponer el resarcimiento a favor del ESOP en un monto de USD en la Demanda, si el Tribunal aprueba el Acuerdo McKay, la moción para la solicitud de un Pliego de costas será desestimada. Cualquiera de las partes del Acuerdo McKay puede retirarse de dicho Acuerdo, a menos que el Tribunal apruebe el Acuerdo que pactaron las partes en la Demanda Hans. 3. Por qué existe un Acuerdo? El juicio de la Demanda Hans se programó para el 1 de mayo de Al momento del Acuerdo Hans, las partes y sus abogados reconocieron los riesgos significativos para todos los involucrados si se procedía a juicio, incluido el riesgo de que un fallo en un juicio probablemente fuera a favor de los Demandados o que el monto final fuera menor que aquel que se pactó en el Acuerdo Hans. En consecuencia, las partes y sus abogados concluyeron que el Acuerdo Hans constituía un arreglo justo y era el 6

7 procedimiento prudente y apropiado, ya que evitaba los riesgos inherentes en este litigio (o cualquier otro), como así también posibles retrasos asociados con un juicio y posibles apelaciones. Al momento del Acuerdo McKay, y a pesar de que el caso había sido desestimado, las partes y sus abogados reconocieron que aún había riesgos significativos para todos los involucrados. Si la moción de los Demandados para anular el fallo fuese satisfactoria o si el Tribunal anulase el fallo durante la apelación, el Demandado podría quedar sujeto a responsabilidades equivalentes a un monto superior al que se acordó en el Acuerdo McKay. De otro modo, si el fallo siguiera su curso, el Demandante y el Grupo no recuperarían absolutamente nada. En consecuencia, las partes y sus abogados concluyeron que el Acuerdo McKay constituía un arreglo justo para el caso. 4. Qué establecen los Acuerdos? Las condiciones esenciales económicas del Acuerdo Hans se establecen en el Resumen del acuerdo en la página 4 más arriba. El Acuerdo Hans además establece: (i) la liberación de responsabilidad a los Demandados por parte de los grupos de Demandantes; (ii) la liberación de responsabilidad a los Demandados por parte del ESOP DE TMI, (iii) la liberación de responsabilidad a los Demandantes por parte de los Demandados y de TMI, (iv) la liberación de responsabilidad de TMI por parte de Gary Tharaldson en relación con cualquier demanda anterior o futura de indemnización, y (v) la liberación de responsabilidad de TMI por parte de los grupos de los Demandantes en asuntos relacionados con la demanda Hans y las circunstancias que subyacen a la demanda McKay. Los términos específicos de la liberación de responsabilidades se establecen en la Sección XIII del Acuerdo de conciliación. Los términos esenciales del Acuerdo McKay se establecen en el Resumen del acuerdo en la página 4. El Acuerdo McKay establece liberación de responsabilidades mutuas entre todas las partes del acuerdo. 5. Cuál será mi parte del Fondo de liquidación? Los abogados de los Demandantes han presentado ante el Tribunal un Plan de asignación en la Demanda Hans para su aprobación en la Audiencia judicial o después de ella. El Plan de asignación describe en detalle la manera en la cual los beneficios derivados del Acuerdo Hans pagados al ESOP DE TMI serán distribuidos. Como se establece en el Acuerdo de conciliación, cualquier monto que el Tribunal apruebe en concepto de honorarios para los abogados ( Compensación de honorarios ), compensación de incentivos para los Representantes de los Grupos ( Compensación de incentivos ) y reembolso de los costos y gastos de gestión del acuerdo y del litigio ( Compensación de gastos ) deberán pagarse primero con el Componente efectivo del Fondo de liquidación; y cualquier saldo restante, si lo hubiese, deberá pagarse al ESOP DE TMI para su distribución de acuerdo con el Plan de asignación. Conforme al Plan de asignación, cualquier saldo restante, si lo hubiese, deberá depositarse en la Cuenta de otras inversiones de cada uno de los Participantes del Acuerdo en un monto igual al producto del (i) monto total del efectivo a depositarse en la Fecha de asignación, y (ii) multiplicador del acuerdo de los Participantes del Acuerdo. Los USD11 millones en pagos de capital que se acreditarán para saldar la deuda principal conforme a las Notas del ESOP y según la parte de la Reducción de capital del Fondo de liquidación del Acuerdo Hans, se realizarán en cuatro cuotas anuales. Cada año y cuando el capital de las Notas del ESOP se reduzca en virtud del Acuerdo de conciliación, las participaciones adicionales de las acciones de TMI se liberarán de la cuenta de acciones no asignadas del ESOP. Una parte de estas acciones emitidas se convertirán en efectivo para pagar una parte de la Compensación de honorarios diferidos, tal como se describe en la Sección V.6-7 del Acuerdo de conciliación. Luego de realizar los pagos correspondientes a cualquier Compensación de honorarios diferidos, el saldo de las acciones emitidas como resultado de cada cuota anual de la Reducción de capital del Fondo de liquidación deberá ser depositado en la Cuenta de acciones de la compañía de cada uno de los Participantes del Acuerdo, conforme al Plan de asignación en un monto igual al producto de (i) la cantidad total de acciones a distribuir en la Fecha de asignación que resulte de la Reducción de capital del Fondo de liquidación y (ii) el multiplicador del acuerdo de los Participantes del Acuerdo. El Multiplicador del acuerdo representa el saldo actual o anterior a favor del Participante del acuerdo en su cuenta del ESOP DE TMI dividido por la suma de todos los saldos actuales o anteriores pendientes de las acciones de la empresa TMI. Se anticipa que el Monto total del Acuerdo McKay, menos los gastos de litigio aprobados por el Tribunal, se pagarán a TMI en concepto de los pagos de consultoría realizados a favor de Linda Tharaldson, objeto de este juicio, y que fueron pagados por una subsidiaria de TMI. 7

8 6. Cómo obtengo mi parte de resarcimiento? No es necesario presentar una reclamación de resarcimiento. Si usted tiene el derecho a recibir una parte de los ingresos netos del Acuerdo como Participante del acuerdo, su parte de los beneficios del Acuerdo se depositará en su cuenta del ESOP DE TMI conforme al Plan de asignación aprobado por el Tribunal. Si usted tiene el derecho a recibir una parte de los ingresos netos del Acuerdo como Participante del acuerdo, pero ya no dispone de una cuenta en el ESOP DE TMI, se creará una cuenta para usted y su parte de los beneficios del Acuerdo se depositará en dicha cuenta conforme al Plan de asignación aprobado por el Tribunal. No se realizará la distribución a un Participante del acuerdo si el valor del resarcimiento para dicho participante conforme al Plan de asignación es inferior a cincuenta dólares (USD50) y dicho Participante no posee una cuenta en el ESOP. 7. Cuándo recibiré mi parte del resarcimiento? El pago está sujeto a varias condiciones, incluida la aprobación del Tribunal del Acuerdo Hans y del Acuerdo McKay y dichas aprobaciones serán decisivas y no podrán apelarse. Es posible que estas cuestiones tarden un año o más en resolverse definitivamente. Si es un miembro del Grupo de los empleados actuales con derecho a una parte de los ingresos netos del Acuerdo como Participante del Acuerdo, el efectivo o las acciones distribuidas en su Cuenta conforme al Plan de asignación descrito en la Parte 5 más arriba, quedarán sujetos a distribución a favor de usted tal como se describe en el Plan y Fideicomiso del ESOP DE TMI, en vigencia al momento de la distribución. Si es miembro del Grupo de los ex empleados con derecho a una parte de los ingresos netos del Acuerdo como Participante del Acuerdo, puede solicitar y recibir la distribución del efectivo o acciones en su Cuenta conforme al Plan de asignación descrito en la Parte 5, durante un periodo de cuatro años en el que las distribuciones se realicen conforme al Plan de asignaciones. Una vez que el periodo de Asignación finalice, sus cuentas quedarán sujetas a distribución tal como se describe en el Plan y Fideicomiso del ESOP DE TMI en vigencia al momento de la distribución y, si el monto es inferior a USD5.000, se le asignará a usted inmediatamente. 8. Cómo se les pagará a los abogados? La Demanda Hans Los Abogados del Grupo de los ex empleados y los Abogados del Grupo de los empleados actuales han acordado continuar con la Demanda Hans sobre una base de honorarios contingentes. Esto significa que todos los honorarios de los abogados y los gastos son pagaderos solamente a partir del Fondo de liquidación recuperado por el Grupo de los ex empleados, el Grupo de los empleados actuales o del Plan, si lo hubiera. Los abogados de los Demandantes presentarán ante el Tribunal un resumen del tiempo que invirtieron de manera colectiva en esta Demanda Hans e indicarán que el tiempo que invirtieron en el procesamiento de este asunto tiene un valor que supera los USD11 millones, sin incluir los costos y gastos en los que también incurrieron los Abogados de los Demandantes. Cualquier compensación de honorarios y gastos de abogados debe ser aprobada por el Tribunal. Los abogados del Fiduciario del ESOP DE TMI (es decir, North Star Trust Company), quienes también reclaman derechos en esta causa, recibirán el pago de acuerdo con los términos de un arreglo entre North Star Trust Company y TMI. En dicho arreglo, los Abogados de North Star reciben el pago de parte de TMI, independientemente de que haya o no un resarcimiento para el Grupo o el Plan; sin embargo, ello significa que todo monto recuperado por el Acuerdo no se verá reducido para pagar o para reembolsar a los Abogados del Fiduciario del ESOP DE TMI. Los abogados de los Demandantes solicitarán el pago de honorarios y gastos de abogados en nombre de los abogados de todos los Demandantes en la Demanda Hans. Los abogados además solicitarán una compensación de incentivo para algunos Demandantes de la Demanda Hans, quienes iniciaron y perseveraron en el proceso hasta su resolución. Además, los Abogados de los Demandantes solicitarán que del Fondo de liquidación se derive un reembolso de costos administrativos incurridos en el Acuerdo. La solicitud de los honorarios de abogados no deberá exceder un tercio (1/3) del Fondo de liquidación y la solicitud de honorarios de abogados combinada, y el reembolso de gastos y compensación de incentivos en el total, no deberá exceder la suma de USD Los incentivos para algunos Demandantes no deberán exceder la suma de USD TMI tendrá derecho al reembolso de los gastos de gestión del Acuerdo de conciliación que hayan sido aprobados hasta una suma de USD Cualquier pago de honorarios y gastos en la Demanda Hans a favor de los Abogados de los Demandantes se efectuará del Fondo de liquidación cuando se deposite dinero en efectivo en dicho fondo según los términos del Acuerdo de Conciliación Hans. La solicitud por escrito de los honorarios y gastos se 8

9 presentará ante el Tribunal a más tardar 28 días antes de la Audiencia judicial, y el Tribunal considerará dicha solicitud en la Audiencia. Cuando dicha solicitud se presente, estará disponible enhttp:// ownership-plan-hans-v-tharaldson o o también se podrá solicitar una copia de esta a los Abogados de los Demandantes. Hasta el día de hoy, los Abogados de los Demandantes no han recibido ningún pago por sus servicios en el procesamiento de la Demanda Hans, ni tampoco se les han reembolsado los gastos que efectuaron por cuenta propia. La Demanda McKay Los abogados del grupo de la Demanda McKay también han acordado continuar con la Demanda McKay sobre una base de honorarios contingentes. los Abogados de los Demandantes solicitarán el pago de gastos incurridos durante la Demanda McKay, pero no solicitarán el pago de honorarios de abogados ni tampoco la compensación de incentivo para los Demandantes. Todos los gastos incurridos durante la Demanda McKay se pagarán, con previa aprobación del Tribunal, a partir del Monto del Acuerdo McKay. Todos los importes del Monto del Acuerdo McKay restantes después del pago de gastos, se otorgarán a TMI conforme al Plan de distribución que se adjunta al Acuerdo de conciliación McKay, y se utilizarán para reembolsar a TMI por los gastos en los que incurrió por cuenta propia en la implementación de los Acuerdos. Hasta el día de hoy, los Abogados de los Demandantes no han recibido ningún pago por sus servicios en el procesamiento de la Demanda McKay, ni tampoco se les ha reembolsado por los gastos incurridos por cuenta propia. OBJECIONES 9. Cómo le comunico al Tribunal mi disconformidad con los Acuerdos? Cualquier Miembro del grupo puede objetar cualquier aspecto del Acuerdo Hans o del Acuerdo McKay, o ambos, presentando una objeción por escrito ante el Tribunal. Para objetar, debe enviar una carta u otra declaración por escrito en la que explica su disconformidad con el Acuerdo o con el pago de honorarios de abogados en Hans et ál., contra Tharaldson, et ál., Expediente N.º 3:05-CV RRE- KKK o el Acuerdo McKay, et ál. contra Tharaldson, Expediente N.º 3:08-CV RRE-KKK. Tenga bien incluir su nombre, dirección, número de teléfono, firma y una explicación detallada de los motivos de su disconformidad con el Acuerdo o los Acuerdos. Tenga en cuenta que si no incluye estos detalles, es posible que el Tribunal se niegue a considerar su objeción. Debe presentar su objeción por escrito ante el Tribunal y notificar al abogado que figura a continuación, a más tardar 10 días antes de la Audiencia judicial: A presentar ante la Secretaría del Tribunal: Secretaría del Tribunal: Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para Dakota del Norte 655 First Avenue North Fargo, ND Ref.: Hans, et ál., contra Tharaldson, et ál., Expediente N.º 3:05-CV RRE-KKK y McKay, et ál. contra Tharaldson, Expediente N.º 3:08-CV RRE-KKK Y en la misma fecha, entregar copias de dichos documentos vía correo electrónico y fax a cada una de las siguientes partes: Abogados del Grupo de los ex empleados: COHEN MILSTEIN SELLERS & TOLL PLLC R. Joseph Barton Bruce F. Rinaldi 1100 New York Avenue, N.W. WestTower, Oficina 500 Washington, D.C Teléfono: (202) Facsímile: (202) Abogados del Grupo de los empleados actuales y del Grupo McKay: KELLER ROHRBACK PLC Gary Gotto Gary Greenwald David Ko 3101 North Central Avenue, Oficina 1400 Phoenix, AZ Teléfono: (602) Facsímile: (602)

10 Abogados de North Star: MOORE & VAN ALLEN PLLC Alton L. Gwaltney, III Mark A. Nebrig 100 N. Tryon Street, Oficina 4700 Charlotte, NC Teléfono: (704) Facsímile: (704) Abogados de los Demandados: PROSKAUER ROSE LLP Howard Shapiro Robert Rachal Michael D. Spencer Charles F. Seemann III 650 Poydras Street, Oficina 1800 Nueva Orleans, LA Teléfono: (504) Facsímile: (504) La objeción debe incluir los fundamentos y motivos de su disconformidad, presentar evidencia de su participación en el Plan, identificar de manera clara a todos los testigos, documentos y demás evidencia de cualquier índole que se presente en la Audiencia judicial en relación con dichas objeciones; y además, debe describir el contenido de cualquier testimonio dado por usted o por cualquiera de los demás testigos. A MENOS QUE EL TRIBUNAL ORDENE LO CONTRARIO, CUALQUIER PERSONA QUE NO REALICE LA OBJECIÓN EN LA MANERA DESCRITA EN EL PRESENTE, SE CONSIDERARÁ QUE HA RENUNCIADO A REALIZAR CUALQUIER TIPO DE OBJECIÓN, NO PODRÁ HABLAR EN LA AUDIENCIA JUDICIAL Y NUNCA MÁS PODRÁ REALIZAR UNA OBJECIÓN EN RELACIÓN CON EL ACUERDO PROPUESTO Y CON LA SOLICITUD DE HONORARIOS Y GASTOS DE ABOGADOS EN LA AUDIENCIA JUDICIAL DEL TRIBUNAL. 10. Tengo que asistir a la audiencia? LA AUDIENCIA JUDICIAL DEL TRIBUNAL En la Audiencia judicial, el Abogado de los Demandantes responderá las preguntas que el Tribunal pueda tener. Puede asistir pero los gastos de su visita correrán por su cuenta. Si envía una objeción, no tiene que acudir al Tribunal para hablar sobre ella. Siempre que haya enviado su objeción escrita a tiempo y haya seguido las instrucciones establecidas en la respuesta a la Pregunta 9 más arriba, dicha objeción estará a disponibilidad del Tribunal cuando este realice las consideraciones pertinentes para aprobar o no el Acuerdo como justo, razonable y adecuado. También puede contratar su propio abogado para que asista a la Audiencia. La presencia de este no es obligatoria y en caso de asistir, los gastos correrán por su cuenta. 11. Podré hablar en la audiencia? Si ha presentado una objeción en tiempo y forma y es un Miembro del grupo, y si desea hablar, presentar evidencia o prestar testimonio en la Audiencia judicial, debe expresar dicha intención en la objeción y debe nombrar los testigos que desea llamar o la evidencia que desea presentar. Es posible que el Tribunal reprograme la Audiencia judicial sin previo aviso al Grupo. Si desea asistir a la Audiencia judicial, debe confirmar la fecha y la hora de esta con los Abogados de los Demandantes. 12. Qué sucede si no hago nada en absoluto? SI NO HACE NADA Si no hace nada y tiene derecho a participar en los fondos del Acuerdo Hans, usted tendrá derecho a dichos beneficios según lo establecido en este Aviso, siempre que dicho Acuerdo se apruebe. 10

11 13. Cómo puedo obtener más información? CÓMO OBTENER MÁS INFORMACIÓN Este Aviso contiene solo un resumen de los Acuerdos propuestos para estas Demandas y de sus derechos como posible Miembro del grupo. Los detalles completos de los Acuerdos están establecidos en los Acuerdos de conciliación. Puede obtener copias de estos si los solicita por escrito al abogado de uno de los miembros del grupo de los Demandantes que figuran en la página 2 del presente Aviso. Para obtener información más detallada con respecto a los asuntos tratados en el litigio, sírvase consultar los documentos del expediente de este litigio, los cuales pueden revisarse en la oficina de la Secretaría del Tribunal, Tribunal de los Estados Unidos, 220 East Rosser Avenue, Bismarck, Dakota del Norte durante las horas normales de oficina (o también puede obtenerlos en línea si paga un cargo para obtener una contraseña en Además de los Abogados del grupo, las preguntas relacionadas con este litigio pueden dirigirse al abogado del Fiduciario del ESOP, North Star Trust Company, en Moore & Van Allen PLLC, Alton L. Gwaltney, Mark A. Nebrig a la siguiente dirección: 100 North Tryon Street, Oficina 4700, Charlotte, NC , Teléfono: (704) , Correo electrónico: tmiesop@mvalaw.com. NO LLAME AL TRIBUNAL EN RELACIÓN CON ESTE AVISO. Fechada: 13 de noviembre de 2012 RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE DISTRITO DE LOS ESTADOS UNIDOS DISTRITO DE DAKOTA DEL NORTE 11

12 Litigio Tharaldson a/c McGladrey LLP P.O. Box 1367 Blue Bell, PA INFORMACIÓN LEGAL IMPORTANTE CORREO DE PRIMERA CLASE PRECLASIFICADO. FRANQUEO PAGADO EN LOS EE. UU. PEARL PRESSMAN LIBERTY COMMUNICATIONS GROUP

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