SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG-SST

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1 SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG-SST PROENSALUD PROFESIONALES EN SALUD SINDICATO DE GREMIO Asesorado por SANDRA E. ORTIZ SALAZAR ASESOR EN PREVENCIÓN POR PROYECTOS COLMENA, Vida y Riesgos Laborales REVISADO POR: ANDREA MARÍA SUAZA TORRES Coordinadora Salud Ocupacional Con licencia N MEDELLÍN Enero de 2014

2 CONTENIDO PRESENTACIÓN 1. DEFINICIONES 2. GENERALIDADES DE LA EMPRESA 2.1 Identificación 2.2 Actividad económica 2.3 Número de Sedes y Ubicación 2.4 Horario de Trabajo 2.5 Número de trabajadores 2.6 Principales Materiales, Maquinaria y Herramientas Utilizadas 3. ORGANIZACIÓN DE LA SALUD OCUPACIONAL 3.1 Marco conceptual 3.2 Marco legal 3.3 Objetivos del programa de salud ocupacional 3.4 Liderazgo y administración (organigrama, responsable, política, funciones) Organigrama Política de Salud Ocupacional Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial Roles y Responsabilidades Recursos Recurso Humano Recursos Físicos Recursos Económicos

3 4. SUBPROGRAMAS A DESARROLLAR 4.1 Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo Definición y objetivos Seguimiento médico al trabajador (Exámenes de ingreso, periódicos y retiro) Programa de inmunizaciones Programa de ausentismo Sistemas de Vigilancia Epidemiológica Programa para la prevención de sustancias psicoactivas 4.2 Subprograma de Seguridad Industrial Definición y objetivos Matriz de Peligros Programa para la intervención de la accidentalidad Inspecciones de auditoria Señalización y demarcación de áreas Plan de emergencias Investigación de accidentes e incidentes de trabajo Elementos de protección personal Manual de Bioseguridad Programa de Manejo de Residuos Hospitalarios y Similares 5. CAPACITACIÓN E INDUCCION 6. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES 7. EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

4 LISTA DE ANEXOS Anexo 1 Anexo 2 Anexo 3. Anexo 4. Anexo 5. Anexo 6. Anexo 7 Anexo 7. Anexo 8. Anexo 9. Anexo 10. Anexo 11 Anexo 12 Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial Exámenes médicos de ingreso, periódicos y retiro Base de datos del historial inmunológico contra HB Estadísticas de accidentalidad y ausentismo laboral Sistemas de Vigilancia Epidemiológica para Riesgos Prioritarios: OSTEOMUSCULAR, BIOLÓGICO Matriz de Peligros Programa de Auditoría para el manejo integral del riesgo Biológico Inspecciones de Seguridad con enfoque Programa JANO: Almacenamiento, Aseo, Orden, Seguridad Y Tecnovigilancia Inspección de extintores Elementos de protección personal por cargo Manual de Bioseguridad Procedimiento y Formato de investigación de Accidentes Fichas de seguridad Anexo 13 PLAN DE ACCION CONJUNTA

5 PRESENTACIÓN La Seguridad y Salud en el Trabajo actualmente representa una de las herramientas de gestión más importantes para mejorar la calidad de vida laboral en las empresas y con ella su competitividad. Esto es posible siempre y cuando la empresa promueva y estimule en todo momento la creación de una cultura en seguridad y salud ocupacional que debe estar sincronizada con los planes de calidad, mejoramiento de los procesos y puestos de trabajo, productividad, desarrollo del talento humano y la reducción de los costos operacionales. Es por ello que PROENSALUD, tiene entre sus propósitos desarrollar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST, con el fin de mejorar la calidad de vida laboral, lograr una reducción de los costos generados por los accidentes y las enfermedades laborales, mejorar la calidad de los servicios y ante todo generar ambientes sanos para los que allí trabajan. El interés es suministrar los recursos necesarios para responder a las demandas de la población trabajadora respecto a su salud y el medio ambiente laboral, así como para dar cumplimiento a la normatividad vigente. El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST está orientado a lograr una adecuada administración de riesgos que permita mantener el control permanente de los mismos en los diferentes oficios y que contribuya al bienestar físico, mental y social del trabajador y al funcionamiento de los recursos e instalaciones. El documento que se presenta a continuación refleja el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST para la empresa basado en las características especificas de su proceso y su actividad económica.

6 1. DEFINICIONES Accidente de trabajo Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas del trabajo. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas del trabajo. Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. También se considera accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión. Ley 1562 de Enfermedad Laboral: Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la causalidad con los factores de riesgo ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales y vigentes. Ley 1562 de 2012

7 Factor de riesgo Todo aquello como elemento o sustancia que encierra una capacidad potencial de producir algún daño a la salud o a los bienes. Riesgo La probabilidad de que ocurra un daño a los bienes o a la salud de las personas. Es la combinación de la probabilidad y las(s) consecuencias (s) de que ocurra un evento peligroso específico. Peligro Es una fuente o situación con potencial de daño en términos de lesión o enfermedad, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o una combinación de éstos. (NTC-OHSAS 18001). Riesgo no tolerable Riesgo que no se ha reducido a un nivel que la organización puede soportar respecto a sus obligaciones legales y su propia política de seguridad y salud ocupacional. (NTC-OHSAS 18001) Identificación de peligros Metodología que define el proceso para reconocer si existe un peligro y definir sus características. Evaluación de riesgos Proceso general de estimar la magnitud de un riesgo y decidir si es tolerable o no. (NTC- OHSAS 18001). Panorama de factores de riesgo Se entiende por panorama general de riesgos el análisis global del conjunto de factores de riesgo presentes en ambiente laboral. Fuente generadora: Se refiere a los procesos, instrumentos, objetos, condiciones físicos o psicológicas donde se originan los diferentes factores de riesgo.

8 Grado de riesgo (peligrosidad) Es un dato cuantitativo obtenido para cada factor de riesgo detectado, que permite determinar y comparar la agresividad de un factor de riesgo con respecto a los demás. Condiciones de trabajo y salud: Son el conjunto de factores relacionados con las personas y sus acciones, los materiales utilizados, el equipo o herramienta empleados y las condiciones ambientales que pueden afectar la salud de los trabajadores. Higiene industrial Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación a la evaluación y al control de los agentes y factores del ambiente de trabajo que pueden afectar la salud de los trabajadores. Seguridad industrial Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación y control de las causas de los accidentes de trabajo Medicina del trabajo Es el conjunto de actividades medicas y paramédicas destinadas a promover y mejorar la salud del trabajador, evaluar su capacidad laboral y ubicarlo en un lugar de trabajo de acuerdo a sus condiciones psicobiológicas. Salud ocupacional Se entenderá a partir de la Ley 1562 de 2012 como Seguridad y Salud en el Trabajo, definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones del trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.

9 Seguridad y salud ocupacional Condiciones y factores que inciden en el bienestar de los empleados, colaboradores y visitantes y cualquier otra persona en el sitio de trabajo de la organización. Exposición Es la frecuencia con la cual las personas o la estructura entran en contacto con el factor de riesgo. Cronograma Registro pormenorizado del plan de acción del programa, en el cual se incluyen las tares, los responsables y las fechas precisas de realización. Ausentismo Condición de ausente del trabajo. Número de horas programadas que se dejan de trabajar como consecuencia de los accidentes de trabajo o las enfermedades profesionales. Sistema de gestión en la seguridad y salud en el trabajo / Programa en Salud Ocupacional En lo sucesivo a la Ley 1562 de 2012, se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Este sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría, y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar, y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo. Vigilancia epidemiológica Sistema continuo de administración de información estratégica, tanto del ambiente como de las personas, que sirven de base para la orientación de las decisiones y las acciones para el control de los factores de riesgo y para el logro de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

10 2. GENERALIDADES DE LA EMPRESA 2.1 Identificación de la Empresa NOMBRE EMPRESA: PROFESIONALES EN SALUD PROENSALUD NIT: DIRECCIÓN: Cra.50C No CLASE DE RIESGO: ACTIVIDAD ECONÓMICA: CIUDAD Nivel I III IV PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN SALUD MEDELLÍN- ANTIOQUIA TELEFONO: REPRESENTANTE LEGAL ENCARGADO DE SALUD OCUPACIONAL ARL JORGE ANDRES POSADA CARRASCAL ANDREA MARIA SUAZA TORRES Colmena Vida y Riesgos Laborales 2.2 Actividad Económica: Empresa dedicada a la actividad económica de las instituciones prestadora de servicio de salud, con internación, incluye hospitales generales, centros de atención médica con ayudas diagnósticas, instituciones prestadoras de servicios de salud, centros especializados

11 2.3 Número de Sedes y Ubicación: Nombre de la sede Clase de riesgo Dirección Administrativa I Cra.50C No Medellín IPS universitaria III Medellín Hospital Amor de Patria I, III, V San Andrés Islas Hospital Antonio Roldan Betancur I, III Apartadó Red Distrital de Salud I, III Barranquilla 2.4 Horario de Trabajo: Diurno Corrido 7AM 7PM Nocturno Corrido 7PM 7AM Mañana 7AM 1PM ASISTENCIAL Tarde 1PM 7PM Administrativo 8AM 6PM ADMON 2.5 Número de Trabajadores PROENSALUD cuenta con un total de (599) trabajadores, distribuidos por áreas y por sexo, tal como se observa en las tablas

12 Sede Administrativa Medellín AREA FEMENINO MASCULINO TOTAL ADMINISTRACIÓN TOTAL Sede IPS Universitaria AREA FEMENINO MASCULINO TOTAL Asistencial Total Sede Barranquilla AREA FEMENINO MASCULINO TOTAL Asistencial Administrativos Total Sede San Andrés AREA FEMENINO MASCULINO TOTAL Asistencial Administrativos Total

13 Sede Apartadó AREA FEMENINO MASCULINO TOTAL Asistencial Administrativos Total Principales Materiales, Maquinaria y Herramientas Utilizadas Equipos Equipos para la evaluación auditiva, presión sanguínea y vascular. Aparatos de monitoreo de presión y tensión. Equipo dental. Equipo de reanimación. Equipo de nebulización. Equipos de Cómputo de escritorio y portátiles Materiales: Agujas, baja lenguas, bisturí, aplicadores, Jeringa, torniquete, equipo de venoclisis, catéter, venocat, medicamentos, tubo de ensayo, medios de cultivos, guantes, productos de aseo. Herramientas: Lámpara de iluminación intraoral Carrito de circulación. Pulsoxímetro Instrumental de odontología Instrumental Quirúrgicos Equipo de órganos Fonendoscopio

14 Tensiómetro Laringoscopio Pinzas Torniquete Termómetros Maquinaria: Rayos X. Intensificador de imagen Vehículo automotor. 3. ORGANIZACIÓN DE LA SALUD OCUPACIONAL 3.1 Marco Conceptual El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo es la bitácora de la organización que le permite promover y proveer de seguridad, protección y atención en salud a los empleados en el desempeño de su trabajo. Su principal acción es controlar los accidentes laborales en las Institución de salud, debido entre otras cosas al no cumplimiento de las normas y procedimientos implementados en la institución y por los entes reguladores de las actividades económicas, como el ministerio dela protección social la superintendencia de salud y los entes territoriales, en este programa encontrará los sistemas de aseguramiento aplicables al sector salud (OHSAS 18800, ISO 9000 y 14OOO, y decreto 2309), los programas de prevención y promoción de acuerdo a los riesgos y las acciones ha implementar: como manejo de muestras potencialmente contaminadas, reactivos peligrosos, materiales de uso delicado, infraestructuras inadecuadas y medidas por fallas humanas. 3.2 Marco Legal Los tratados internacionales de la OIT, la Constitución Política de Colombia y las Leyes, Resoluciones y Decretos que constituyen el marco legal de la Salud Ocupacional en el país, permiten desarrollar acciones establecidas en ellas y orientar las políticas de Salud Ocupacional de la empresa. Logrando con esta aplicación, implícitamente la eficiencia y productividad de la compañía, a continuación se citan las normas dictadas por el gobierno nacional, encaminadas a promover y proteger la salud en los lugares de trabajo:

15 NORMAS LEGALES CONTENIDO Constitución Política de 1991 Ley 9ª de 1979 Código Sanitario Resolución 2400 del 22 de Mayo de 1979 de Ministerio de Trabajo Decreto 614 del 14 de Marzo de 1984 de Ministerio de Trabajo y Ministerio de Salud Resolución 2013 de Junio 6 de 1986 de Ministerio de Trabajo Resolución 1016 de Marzo 31 de 1989 de Ministerio de Trabajo Resolución 179 de 1990 Art: 1-2 Resolución 6398 de 1991 Art: Norma para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo Bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país Reglamento para la organización, funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo. Se complementa con el Decreto 1295 de 1994 en cuanto al nombre COPASO y funciones. Hay cambios sobre su inscripción con la Ley 1429 de 2010, parágrafo 2 Artículo 65. Reglamento de la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional Por la cual se adoptan valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido. Evaluación de los valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido de acuerdo a la jornada laboral aplicados al ruido continúo o intermitente. Por lo cual se establecen procedimientos en materia de salud ocupacional. Exámenes médicos pre ocupacionales. Práctica de exámenes médicos de admisión, para determinar la aptitud física y mental del trabajador para el oficio que vaya a desempeñar.

16 DEROGADA por Res de 2007 Resolución 1075 de 1992 art: 1-2 Actividades en materia de salud ocupacional: incluye farmacodependencia, alcoholismo y tabaquismo en los POS. Incluir dentro de las actividades del subprograma de medicina preventiva, campañas específicas para la prevención y el control de la farmacodependencia, alcoholismo y tabaquismo. Resolución 3715 de 1994 Campañas información y educación en materia de ETS/ VIH / SIDA Comentario: El art. 1º. Establece que los empleadores públicos y privados, incluirán dentro de las actividades de Medicina Preventiva, establecidas por la Resolución 1016 de 1989, campañas y estrategias de promoción sanitarias orientadas a facilitar la información y educación en materia de ETS/ VIH / SIDA en los lugares de trabajo. Decreto Ley 1295 de Junio 22 de 1994 de Ministerio de Trabajo y Ministerio de Hacienda Decreto 1772 de Agosto 3 de 1994 de Ministerio de Trabajo Decreto 1833 de Agosto 3 de 1994 de Ministerio de Trabajo Decreto 1834 de Agosto 3 de 1994 de Ministerio de Trabajo Resolución 4059 de 1995 Circular 002 de 1996 de Ministerio de Trabajo Ley 100 de 1993 de Ministerio de trabajo Ley 776 de 2002 del Congreso de Colombia Decreto 1607 de 2002 de Ministerio de trabajo y Organización administración del Sistema General de Riesgos Profesionales (SGRP). Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales Determina la administración y funcionamiento del fondo de riesgos profesionales Reglamenta la integración y funcionamiento del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales Reportes de accidente de Trabajo y enfermedad profesional Obligatoriedad de inscripción de empresas de alto riesgo cuya actividad es 4 o 5 Se crea el régimen de seguridad social integral Se dictan Normas sobre la organización, administración y prestaciones del SGRP. (hace cambios importantes al decreto 1295/1994) Se modifica la tabla de clasificación de actividades económicas para

17 seguridad social el SGRP Decreto 2100/1995 Ley 1010 de 2006 Resolución 2346 de 2007 Art 1-19 Por la cual se disponen medidas preventivas y correctivas para el Acoso Laboral. Por la cual se regula las prácticas de evaluaciones medicas ocupacionales (de ingreso, control y egreso) y valoración complementaria. Personal responsable de realizar las evaluaciones médicas ocupacionales. Contenido y custodia de las historias clínicas ocupacionales Resolución 1918 de 2009 Modifica artículos 11 y 17 de la Resolución 2346 de 2009 evaluaciones médicas ocupacionales Resolución 1401 de 2007 art 1 16 Resolución número 2646 de 2008 Ley 1221 de 2008 Decreto 1299 de Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo que ocurran en la empresa, he informar a la administradora de riesgo profesionales sobre los resultados de la investigación Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional. Por la cual se establecen normas para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones. Reglamenta el Departamento de Gestión Ambiental de las empresas a nivel industrial, de conformidad con el artículo 8 de la ley 1124 de 2007 RETIE Resolución de 2008 Resolución número 3673 de (26 de septiembre de 2008) Comentario: Integra las Resoluciones de 2004, de 2005, de 2007 Tiene por objeto establecer el reglamento técnico para trabajo seguro en alturas y aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de caídas. Para efectos de la aplicación se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior.

18 Res 736 de 2009 Res 1486 de 2009 Modifican o complementan parcialmente Resolución 3673 de 2008 (Trabajo en alturas) Res 1938 de 2009 Circular 070 de 2009 Res 2291 de 2010 Resolución 652 de 2012 Por la cual se establecen disposiciones para la conformación del comité de convivencia laboral. Resolución 1356 de 2012 Por la cual se modifica parcialmente la resolución 652 de 2012 Ley 1523 de 2013 Ley 1562 de 2012 Ley 1566 de 2012 Decreto 884 de 2012 Ley 1016 de 2013 Ley 1616 de 2013 Decreto 1352 de 2013 Por la cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones. Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional Por la cual se dictan normas para garantizar la atención integral a personas que consumen sustancias psicoactivas y se crea el premio nacional Entidad comprometida con la prevención del consumo, abuso y adicción a sustancias psicoactivas. Reglamenta la Ley 1221 de 2008 (teletrabajo) Por la cual se regulan algunos aspectos sobre las inspecciones del trabajo y los acuerdos de formalización laboral Por medio de la cual se expide la ley de Salud Mental y se dictan otras disposiciones Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez y se dictan otras disposiciones. Comentario: Deroga el Decreto 2463 de Por disposición del artículo 61 del Decreto 1352 de 2013, continúan vigentes las siguientes normas del Decreto 2463 de 2001: incisos 1 y 2 del artículo 5º: Resolución 0723 de 2013 Decreto 1637 de 2013 Por el cual se reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones. Por el cual se reglamenta el parágrafo 50 del artículo 11 de la Ley

19 1562 de 2012 y se dictan otras disposiciones Intermediación de seguros Circulares: Reglamentan aspectos administrativos y procedimentales del Sistema General de Riesgos Profesionales en lo referente a obligaciones de las Administradoras de Riesgos Laborales (A.R.L.), con el fin de regular las prácticas y llenar los vacíos dejados por la reglamentación anterior. Las Circulares expedidas por el anterior Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (actual Ministerio de Protección Social) son: CIRCULAR FECHA ASUNTO Circular 01 de 1997 Circular 02 de 1997 Circular 03 de 1997 Circular 04 de de julio Presentación por parte de la A.R.P. del compromiso de servicios, anexo a la afiliación de cada empresa. 10 de Julio Reglamenta la prohibición a la A.R.P. de hacer devoluciones en dinero, asumir responsabilidades de Salud Ocupacional o re-emplazar o desplazar personas en las empresas afiliadas. 10 de Julio Establece el envío de información estadística por parte de la ARL sobre el Sistema de Riesgos Profesionales al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. 10 de Julio Define aspectos sobre el procedimiento de clasificación y pago de la cotización de Riesgos Profesionales según el Decreto 2100/ 95 Circular 05 de 1997 Circular 01 de 1998 Circular 02 de de Octubre 10 de marzo 7 Septiembre Aclara el procedimiento de traslado de las empresas entre diferentes A.R.P. Reglamenta asuntos relacionados con carnetización, divulgación de la política de Salud Ocupacional, tasa de accidentalidad, balance social y operativo y guías técnicas. Establece incompatibilidades, inhabilidades, impedimentos, recusaciones, retención en la fuente y recurso de queja ante las Juntas de calificación de invalidez. Circular 001 de 1999 Circular 002 de Enero Problemas computacionales cambio de milenio. 25 Enero Informe pago de aportes. Circular 003 de 8 de abril Establece aspectos de intermediarios de seguros; reporte extemporáneo de A.T.E.P. y empresas desafiliadas automáticamente

20 1999 por no pago; vigilancia y control sobre la clasificación y cotización de las empresas afiliadas; departamentos de Promoción y Prevención de las A.R.P. y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez. Aclara la prohibición a la A.R.P. de no prestar algunos servicios de Salud Ocupacional que por ley son responsabilidad del empleador. Circular 002 de de Febrero Establece planes de trabajo anual y financiación de los programas de promoción y prevención que deben adelantar los empleadores y las administradoras de riesgos profesionales Circular 001 de de Junio Vigilancia y control para la afiliación, promoción y prevención en riesgos profesionales Circular Unificada 2004 de 22 Abril Unificar las instrucciones para la vigilancia, control y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales Circular 070 de Noviembre Procedimientos e instrucciones para el trabajo en alturas. 3.3 Objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo Objetivo general -Establecer el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST con el fin de prevenir accidentes y enfermedades laborales factibles de intervención, dando cumplimiento a la normatividad vigente. Objetivos específicos -Garantizar la adecuación, conveniencia y eficacia de la gestión del riesgo ocupacional mediante la revisión periódica gerencial. -Garantizar el cumplimiento de los requisitos legales que en materia de seguridad y salud en el trabajo apliquen a la organización. -Implementar sistemas de tratamiento para los riesgos significativos que aporten a disminuir la probabilidad de ocurrencia y las consecuencias.

21 -Definir la estructura y responsabilidades del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST. -Implementar un plan de prevención, respuesta y recuperación ante emergencias. -Velar por la recuperación del trabajador y su calidad de vida mediante el proceso de reintegro laboral. -Monitorear el desempeño del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG- SST. 3.4 LIDERAZGO Y ADMINISTRACION Organigrama PROENSALUD tiene establecida su estructura orgánica, actualmente el área encargada de la Salud Ocupacional, es comunicaciones que depende del Directo Ejecutivo. Tal como se observa en el organigrama adjunto

22

23 El Director Ejecutivo de PROENSALUD, asignó como responsable de la Salud Ocupacional a ANDREA MARIA SUAZA TORRES quien llevará a cabo las funciones de líder de Salud Ocupacional de la Institución POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PROENSALUD, se compromete con la protección y promoción de la salud de los trabajadores, procurando su integridad física mediante el control de los riesgos, el mejoramiento continuo de los procesos y la protección del medio ambiente. Todos los niveles de dirección asumen la responsabilidad de promover un ambiente de trabajo sano y seguro, cumpliendo los requisitos legales aplicables, vinculando a las partes interesadas en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo y destinando los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para la gestión de la salud y la seguridad. Los programas desarrollados en PROENSALUD, estarán orientados al fomento de una cultura preventiva y del auto cuidado, a la intervención de las condiciones de trabajo que puedan causar accidentes o enfermedades laborales, al control del ausentismo y a la preparación para emergencias. Todos los empleados, afiliados y contratistas tendrán la responsabilidad de cumplir con las normas y procedimientos de seguridad, con el fin de realizar un trabajo seguro y productivo. Igualmente serán responsables de notificar oportunamente todas aquellas condiciones que puedan generar consecuencias y contingencias para los empleados y la organización. Representante Legal Fecha: Enero 2014

24 3.4.3 Reglamento de Higiene y Seguridad. Anexo 1. Reglamento de higiene y seguridad industrial Roles y Responsabilidades El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST está bajo la responsabilidad del Director Ejecutivo con el apoyo de: Responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo designado. Jefes de áreas o procesos Comité paritario de Salud Ocupacional Rol Responsabilidad Suministrar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades del SG-SST. Asignar y comunicar responsabilidades a los trabajadores en seguridad y salud en el trabajo dentro del marco de sus funciones. Garantizar la consulta y participación de los trabajadores en la identificación de los peligros y control de los riesgos, así como la participación a través del comité paritario de salud ocupacional. Garantizar la supervisión de la seguridad y salud en el trabajo. Evaluar por lo menos una vez al año la gestión de seguridad y salud en el trabajo. Director Ejecutivo Implementar los correctivos necesarios para el cumplimiento de metas y objetivos. Garantizar la disponibilidad de personal competente para liderar y controlar el desarrollo de la seguridad y salud en el trabajo. Garantizar un programa de inducción y entrenamiento para los trabajadores que ingresen a la empresa, independientemente de su forma de contratación y vinculación. Garantizar un programa de capacitación acorde con las necesidades específicas detectadas en la identificación de peligros y valoración de riesgos. Garantizar información oportuna sobre la gestión de seguridad y salud en el trabajo y canales de comunicación que permitan recolectar información manifestada por los trabajadores. Jefes de área Participar en la actualización del panorama de factores de riesgo

25 Rol Responsabilidad Participar en la construcción y ejecución de planes de acción Promover la comprensión de la política en los trabajadores Informar sobre las necesidades de capacitación y entrenamiento en seguridad y salud ocupacional Participar en la investigación de los incidentes y accidentes de trabajo Participar en las inspecciones de seguridad. Coordinar con los jefes de las áreas, la elaboración y actualización del panorama de factores de riesgos y hacer la priorización para focalizar la intervención. Validar o construir con los jefes de las áreas los planes de acción y hacer seguimiento a su cumplimiento. Promover la comprensión de la política en todos los niveles de la organización. Responsable de seguridad y salud en el trabajo Gestionar los recursos para cumplir con el plan de salud ocupacional y hacer seguimiento a los indicadores. Coordinar las necesidades de capacitación en materia de prevención según los riesgos prioritarios y los niveles de la organización. Apoyar la investigación de los accidentes e incidentes de trabajo. Participar de las reuniones del Comité Paritario y apoyar su gestión. Implementación y seguimiento del SG-SST. Conocer y tener clara la política de salud ocupacional. Procurar el cuidado integral de su salud. Suministrar información clara, completa y veraz sobre su estado de salud. Trabajadores Cumplir las normas de seguridad e higiene propias de la empresa. Participar en la prevención de riesgos profesionales mediante las actividades que se realicen en la empresa. Informar las condiciones de riesgo detectadas al jefe inmediato. Reportar inmediatamente todo accidente de trabajo o incidente. Proponer a las directivas las actividades relacionadas con la salud y la seguridad de los trabajadores. COPASO Analizar las causas de accidentes y enfermedades. Visitar periódicamente las instalaciones. Acoger las sugerencias que presenten los trabajadores en materia de seguridad. Servir de punto de coordinación entre las directivas y los trabajadores para las situaciones

26 Rol Responsabilidad relacionadas con salud ocupacional. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan. Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la entidad pública o empresa privada. Comité de convivencia Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja. Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias. Formular planes de mejora y hacer seguimiento a los compromisos, Presentar a la alta dirección de la entidad pública o la empresa privada las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral. Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones.

27 3.4.5 Recursos Recurso Humano - Líder de Salud Ocupacional PROENSALUD - COPASO - Asesores de diferentes especialidades de la ARL Colmena vida y riesgos laborales Recursos Físicos Instalaciones Locativas Para el desarrollo de las actividades productivas PROENSALUD cuenta con las siguientes instalaciones locativas: ESTRUCTURA CUBIERTA DIVISIONES INTERIORES AREAS COMUNES Concreto Mampostería (ladrillo). Losa Concreto Mampostería (ladrillo) Tipo de pisos (Baldosa) Además cuenta con salud de reuniones dotada de tablero y video beam, equipo de cómputo, página Web Recursos económicos Con base en la programación del Cronograma de actividades y previo conocimiento por parte del Grupo Directivo de PROENSALUD, se definirán los recursos económicos necesarios, estableciendo un presupuesto para el desarrollo de cada Subprograma.

28 4. SUBPROGRAMAS A DESARROLLAR 4.1 Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo Definición y objetivos Son acciones del sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo dirigidas a las personas. Se encarga de la vigilancia, promoción y mantenimiento de la salud del trabajador, procurando que las condiciones de trabajo de PROENSALUD no conduzcan al deterioro de su estado físico y mental. Estudiar las consecuencias de las condiciones ambientales sobre las personas, y junto con la Seguridad y la Higiene Industrial, busca que las condiciones de trabajo no generen daños ni enfermedades. Objetivos Objetivo General: Propender por el mejoramiento y mantenimiento de las condiciones generales de salud y calidad de vida de los trabajadores. Objetivos Específicos: Educar a todo el personal en la forma de como mantener su salud. Capacitar a los trabajadores expuestos sobre los factores de riesgo, sus efectos sobre la salud y la manera de prevenirlos. Prevenir, detectar precozmente y controlar las enfermedades Laborales (EL). Ubicar al trabajador en un cargo acorde con sus condiciones psicológicas y fisiológicas. Hacer seguimiento periódico del estado de salud de los trabajadores expuestos a los diferentes factores de riesgo, con el fin de verificar los sistemas de control implementados y detectar precozmente la aparición de enfermedades.

29 4.1.2 Seguimiento médico al trabajador Exámenes de ingreso Objetivos - Ubicar al trabajador en cargo acorde con sus características físicas, psicológicas e intelectuales. - Detectar alteraciones incipientes o avanzadas en el estado de salud del trabajador, que potencialmente se podrían ver agravadas con el desempeño de las funciones del cargo, con miras a tomar las medidas preventivas pertinentes. - Tener un punto de partida para la definición y planteamiento de los diferentes programas de Vigilancia Epidemiológica, de acuerdo a los riesgos prioritarios. Exámenes Periódicos. Los exámenes periódicos están enfocados al establecimiento de los efectos que sobre la salud de los trabajadores, generan los factores de riesgo presentes en la labor que desempeñan, se realizarán cada dos años y a las personas que tengan alguna patología especial de acuerdo a las recomendaciones del médico especialista. Exámenes de Retiro Tiene como finalidad reconocer el estado de salud con el que el empleado que se retira del Sindicato, después de haber estado expuesto a los factores de riesgo presentes en el puesto de trabajo. Como resultado de estos exámenes deben originarse: Restricciones ocupacionales para el personal de los servicios de salud después del diagnóstico oportuno de enfermedades ocupacionales. Suministro de profilaxis para ciertas enfermedades previsibles a las cuales se ha expuesto el trabajador. Aislamientos y restricciones a lugares de trabajo como por ejemplo trabajadoras embarazadas. Programas de vacunación.

30 Estos exámenes se conservaran idealmente en una ficha ocupacional y al igual que en la práctica médica general, por todo el tiempo en que éste trabaje en la institución y dos años más después de su retiro. Esto incluye todos sus exámenes físicos, accidentes, diagnósticos y tratamientos. Ver Anexo 2 Exámenes Ocupacionales según cargo Programa de inmunizaciones: Se define como la medida preventiva que protege al individuo de enfermedades inmunoprevenibles, al aplicar una vacuna que contiene como principio activo el virus generador de la patología, con el fin de desarrollar en el organismo los correspondientes anticuerpos de defensa, para cuando esté expuesto al riesgo, no desarrolle la enfermedad. Según el riesgo endémico o epidémico, se implementa el Programa de inmunización, el cual definirá la población a vacunar, la vacuna a aplicar, la dosis y los correspondientes refuerzos. Algunas de éstas son: - Vacuna contra la Hepatitis B: Es la más importante inmunización para los empleados expuestos al riesgo biológico. Esta vacuna debe ser considerada de obligatoriedad y se realizará titulación de Anticuerpos de Superficie de HB para validar la protección contra la enfermedad. - Vacuna contra tétanos: La cual debe pedirse carnet de vacunación al momento del ingreso. Por lo tanto PROENSALUD, conserva el historial de los resultados de la titulación de Anticuerpos de superficie de HB del personal objeto de vigilancia Ver anexo 3. Base de datos del historial inmunológico contra HB. (La cual se encuentra en medio magnético por la facilidad de actualización permanente) Programa de ausentismo El Decreto 614 de 1984 obliga, dentro de los contenidos mínimos del Programa de Salud Ocupacional, a desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica del ausentismo a causa de enfermedades profesionales y patología relacionada con el trabajo (art. 30, literal b) y a elaborar y mantener actualizadas las estadísticas sobre ausentismo (art. 30, literal c. La Resolución 1016 de 1989 de los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, establece que las empresas deben llevar registros de ausentismo general, por accidente de trabajo, por enfermedad profesional y por enfermedad común (art. 14, numeral 7. Es más: para la evaluación de los Programas de Salud Ocupacional, las autoridades competentes de vigilancia y control utilizarán, entre otros indicadores, las tasas de ausentismo general y por accidente de trabajo, enfermedad profesional y enfermedad común en el último año (art. 15, numeral 2).

31 Para ello PROENSALUD como medida de seguimiento y control del ausentismo lleva registros actualizados tanto del ausentismo por accidente de trabajo, enfermedad profesional y enfermedad común, a través del programa VISOR suministrado por la ARL Comena Vida y Riesgos Laborales. Anexo 4: Informe de Ausentismo Sistemas de Vigilancia Epidemiológica Con fin de promover, controlar y promocionar el bienestar integral de los trabajadores del Sindicato, se implementaran los programas de vigilancia para los factores de riesgo prioritarios: Biológico ( Incluye Protocolo para el Manejo del Accidente por Riesgo Biológico) Ergonómico Radiaciones Ionizantes Anexo 5. Sistemas de Vigilancia Epidemiológica para riesgos prioritarios Programa para la Prevención del Consumo de sustancias Psicoactivas Con el apoyo de las EPS, Cajas de Compensación y ARL, se harán talleres de sensibilización para la prevención del consumo de Sustancias Psicoactivas: FARMACODEPENDENCIA, ALCOHOLISMO Y TABAQUISMO de acuerdo a resol.1075/92. Se publicará en carteleras material educativo alusivo al tema. Si se evidencian casos que ameriten intervención se hará abordaje inicialmente con psicología y de ser necesario se remitirá a la EPS respectiva del trabajador.

32 4.2 SUBPROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Definición y objetivos Definición El programa de seguridad se encarga de Identifica los factores y condiciones de riesgo que producen los accidentes de trabajo; estableciendo las causas potenciales y reales que los generan, formulando medidas de control y permitiendo el seguimiento de las mismas, para prevenir la ocurrencia o recurrencia de accidentes por estas causas. El objetivo principal de seguridad es mantener un ambiente laboral seguro, mediante el control de las causas que pueden causar daño a la integridad física del trabajador o a los recursos del SINDICATO PROENSALUD EL programa de higiene comprende el conjunto de acciones dirigidas a la identificación, evaluación y control de los factores de riesgo en el ambiente de trabajo, con el propósito de evitar enfermedades profesionales en los trabajadores del SINDICATO PROENSALUD. El objetivo principal del programa de higiene es identificar, evaluar y controlar, mediante estudios ambientales periódicos e implementación de controles, los agentes y factores de riesgos físicos, químicos y biológicos presentes en el medio de trabajo, que pueden causar alteraciones reversibles o permanentes en la salud de los trabajadores Matriz de Peligros Es una estrategia metodológica que permite recopilar en forma sistemática y organizada los datos relacionados con la identificación, localización y valoración de los factores de riesgo existentes en un contexto laboral, con el fin de planificar las medidas de prevención más convenientes y adecuadas. Matriz de Peligros (Anexo 6) Programa para la intervención de la accidentalidad. MODELO ATENEA: Es un modelo para prevención y control de la accidentalidad Real y Potencial, que tiene cinco componentes: - Priorización o focalización del problema de la accidentalidad - Definición de la causalidad de la accidentalidad

33 - Selección de la (s) medida (s) de intervención para la causalidad definida - Elaboración del plan de acción - Seguimiento del impacto logrado a través de indicadores de gestión. Este modelo se viene Utilizando para la investigación de los Accidentes e Incidentes de Trabajo Bajo los principios y componentes del modelo de intervención causal se desarrollan diferentes programas y actividades destinadas al control de la accidentalidad como son: - EL PROGRAMA DE AUDITORÍA PARA EL MANEJO INTEGRAL DEL RIESGO BIOLÓGICO (Anexo 7) - MANUAL DE BIOSEGURIDAD: Acciones desarrolladas bajo los principios administrativos y gerenciales. (Anexo 10) Inspecciones de auditoria EL SINDICATO PROENSALUD implementara un programa de inspecciones, que monitoreará el cumplimiento de las normas de Bioseguridad establecidas y divulgadas en la institución, realizara además una vigilancia en seguridad sobre: manejo de los productos químicos, instalaciones eléctricas, líquidos inflamables, almacenamiento de productos, protección contra incendios, trabajo con gases a presión, radiaciones ionizantes, contaminación biológica y química y manejo de botiquines. Adicionalmente realizara una inspección periódica al sistema contra incendios de la institución (extintores). La periodicidad y responsables de estas inspecciones se efectuarán como se describe a continuación: TIPO DE INSPECCION TIPO DE INSPECCION PERIODICIDAD FORMATO A UTILIZAR RESPONSABLE Programa de Auditoria para el manejo Integral del Riesgo Biológico Programa JANO: Almacenamiento, Aseo, Orden, Cada 4 meses Anexo 7 Integrantes COPASO Cada 4 meses Anexo 8 Integrantes COPASO y Líder de Ambiente

34 Seguridad y tecno vigilancia Físico Estas inspecciones aportaran a la empresa los siguientes aspectos: Identificación de problemas relacionados con deficiencias en el diseño de las instalaciones o en el diseño de los puestos de trabajo. Permite un seguimiento de las acciones correctivas implementadas con el fin de minimizar la ocurrencia de accidentes y además retroalimentar la información para La mejora o diseño de nuevos controles. Definir las posibles causas de accidentalidad. Determinar costos intangibles a la institución. Establece necesidad de realizar procedimientos y protocolos de actuación ante determinadas eventos a que ocurran. Da lineamientos para establecer programa de entrenamiento al personal Señalización y demarcación de áreas El programa de señalización y demarcación de áreas, define físicamente la organización y distribución de los sitios de trabajo, Ubica en los planos de la institución: vías de evacuación, puntos de encuentro, zonas de triage, Ubicación de alarmas, riesgos específicos, red contra incendios. Este programa busca apoyar los programas de promoción, normalización y capacitación en prevención de riesgos y brindando además información permanente a los usuarios que visitan la empresa en el tema de prevención de riesgos Plan de emergencias El Sindicato PROENSALUD, cuenta con un plan para plan de preparación y respuesta ante emergencias para garantizar, en caso de cualquier emergencia, la menor cantidad y severidad de daños, tanto a las personas como a los bienes de la empresa. Este plan debe incluir como mínimo los siguientes elementos: Análisis de amenazas e inventario de recursos. Determinación de la vulnerabilidad y plan de acción. Comité de emergencia y brigadas de apoyo. Plan de evacuación y evaluación.

35 De igual forma se deberá garantizar su implementación y divulgación. Esta divulgación debe incluir como mínimo los siguientes conceptos: Que personas conforman el Comité de emergencia Que personas son l(@)s lideres de Evacuación y quienes hacen parte de brigadas de apoyo y como apoyar en su conformación Rutas de Evacuación y puntos de Encuentro Como contribuir a la recuperación y normalización del servicio Los empleados que se encuentren por fuera de la sede administrativa laborando en las diferentes instituciones donde el Sindicato PROENSALUD tiene contratos adoptaran el plan de emergencia de cada institución y darán cumplimiento a lo establecido en el Plan de emergencias Notificación e Investigación de accidentes e Incidentes de Trabajo Objetivo: Establecer la forma sistemática a seguir para la notificación de accidentes de trabajo en el Sindicato PROENSALUD Alcance: El procedimiento se aplica a todos los trabajadores del Sindicato PROENSALUD que sufran accidentes de trabajo Definiciones: Procedimiento El empleado deberá Notificar al jefe inmediato o responsable de Salud Ocupacional el accidente o incidente de forma inmediata Preste los primeros auxilios, si cuenta con los medios para hacerlo. Verifique si necesita atención médica. Si se trata de un evento en el que se encuentra en peligro la vida del accidentado trasládelo en el menor tiempo posible a la institución de salud más cercana. Verifique si el empleado es vinculado o contratista, el responsable del contrato o responsable de salud ocupacional debe comunicarse con la empresa temporal o contratista para notificar el accidente de trabajo a su respectiva ARL y direccionar la atención requerida.

36 Verifique si el accidente es de origen laboral. Llame a la LÍNEA EFECTIVA y solicite orientación para acceder a la atención y reportar el evento*. Cómo reportar un accidente de trabajo a través de la Línea Efectiva? Cuando usted llame a la LÍNEA EFECTIVA para reportar un accidente de trabajo de un trabajador de su compañía, nuestro asesor le realizará las siguientes preguntas: En qué estado se encuentra el trabajador, qué lesión tiene y en qué sitio Con qué se lesionó Cuando ocurrió el accidente estaba en su jornada laboral? (fecha, hora). Hora de inicio y finalización de la jornada (opcional, cuando la hora de ocurrencia se ubica en horas habitualmente no hábiles) Qué estaba haciendo y donde estaba cuando se lesionó? Qué oficio desempeña el trabajador en la empresa?. Diligencie el informe individual de Accidente de Trabajo de nuestra ARL. A través de la página WEB a través de nuestra Oficina virtual Verifique que el trabajador posea el documento de identificación y carnet vigente de su EPS de afiliación. Traslade al accidentado hacia la IPS que le indique el asesor de la LÍNEA EFECTIVA. Si el estado del trabajador lo amerita la LÍNEA EFECTIVA coordinará el Traslado medicalizado requerido. *El reporte del Accidente de Trabajo a la LÍNEA EFECTIVA no es aviso legal ni remplaza la notificación escrita que debe presentarse por parte del empleador dentro de los plazos estipulados por la ley (dos días hábiles siguientes a la ocurrencia).

37 El Sindicato PROENSALUD utiliza la metodología del Modelo ATENEA de ARL Colmena vida y riesgos Laborales, la cual permite aprovechar la información de los accidentes e incidentes de trabajo que se presenten, con el fin de: - Establecer las causas básicas e inmediatas que generaron el accidente de trabajo. - Establecer acciones de control sobre las causas generadoras del accidente. - Llevar registro de los resultados en el control sobre las causas básicas e inmediatas detectadas y las recomendaciones implementadas. - Soporte para investigación de accidentes que se presenten en el futuro. (Anexo 11) Elementos de Protección Personal para el Trabajador de la Salud El Sindicato PROENSALUD, Para lograr adecuada utilización de los Elementos de Protección Personal, tuvo en cuenta las siguientes pautas: - Se establecieron las necesidades de protección personal por puesto de trabajo, con base en la Matriz de Peligro. - Se determinó las características técnicas en materia de protección de cada elemento, de acuerdo con la evaluación realizada del factor de riesgo en el ambiente de trabajo. - Se definieron cuáles son los equipos necesarios para la protección del personal por cada cargo existente en la corporación, adicionalmente se lleva un registro de todos los implementos que son entregados a él durante la permanencia en la institución. (Ver anexo 12) Manual de Bioseguridad: El Sindicato PROENSALUD, cuenta con un manual de Bioseguridad (Anexo 10), el cual contempla las Normas por oficio y la estandarización del Manejo de los cortopunzantes. Las normas de Bioseguridad son un conjunto de acciones a tener en cuenta durante la ejecución de ciertas actividades para prevenir y proteger a las personas de la exposición a factores de riesgo biológico.

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