MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE TESORERIA

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1 DIRECCIÓN DE FINANZAS SUBDIRECCIÓN DE OPERACIÓN FINANCIERA GERENCIA DE OPERACIÓN FINANCIERA

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4 1 DE 319 INDICE 1. INTRODUCCIÓN 7 2. MARCO NORMATIVO 9 3. PROCEDIMIENTOS PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA DE CUENTAS BANCARIAS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA DE CONTRARRECIBOS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA EL USO DE CAJAS DE SEGURIDAD OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA SERVICIOS BANCARIOS EN LA CONCENTRACIÓN DE FONDOS DISPERSIÓN DE RECURSOS EN BASE A CHEQUERAS SALDO CERO OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN CONTABLE-BANCARIA OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL 58 Página 39

5 2 DE FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA CHEQUES DEVUELTOS DE TERCEROS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE NÓMINAS EN EFECTIVO OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD, SEGUIMIENTO Y PAGO DE SERVICIOS BANCARIOS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE CUENTAS BANCARIAS BAJO EL REGIMEN DE APORTACIONES OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE NÓMINAS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA MODIFICACIÓN DE CUENTAS BANCARIAS OBJETIVO

6 3 DE ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA CANCELACIÓN DE CUENTAS BANCARIAS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA ATENCION DE CARGOS A LA CUENTA BANCARIA SALDO CERO OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA PREVISIÓN DE TESORERÍA Y AUTORIZACIÓN DE TECHO FINANCIERO OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DE EXCEDENTES DE TESORERÍA OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE ANTICIPOS A PROVEEDORES Y CONTRATISTAS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 149

7 4 DE DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO Y CONTROL DE LOS FONDOS FIJOS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO MEDIANTE EL SISTEMA DE CADENAS PRODUCTIVAS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA FORMULACIÓN DE PAGOS CON FONDOS FIJOS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA FORMULACIÓN DE PAGOS CON CHEQUE OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA FORMULACIÓN DE PAGOS CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS 203

8 5 DE PROCEDIMIENTO PARA LA FORMULACIÓN DE PAGOS CON LÍNEA DE CRÉDITO OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA FORMULACIÓN DE PAGOS PARA MONTOS SUPERIORES A 50 MILES DE DÓLARES OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA FORMULACIÓN DE PAGOS CON SISTEMA DE COMPENSACIÓN A PEMEX REFINACIÓN Y PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA FORMULACIÓN DE PAGOS CON SISTEMA DE COMPENSACIÓN A COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA SALIDA DE PAGOS MEDIANTE TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS MASIVAS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y CONCENTRACIÓN DE LOS INGRESOS OBJETIVO ALCANCE

9 6 DE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO DE RECURSOS BAJO EL RÉGIMEN DE APORTACIONES OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA EMISIÓN DE FACTURAS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN, REGISTRO Y CONCENTRACIÓN DE LOS INGRESOS DISTINTOS A LA VENTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE BILLETES PRESUNTAMENTE FALSOS OBJETIVO ALCANCE POLITICAS NORMAS DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DIAGRAMA DE FLUJO MECANISMOS DE CONTROL FORMATOS CONTROL DE CAMBIOS GLOSARIO LISTA DE DISTRIBUCION ANEXOS

10 7 DE INTRODUCCIÓN El continuo crecimiento de la CFE ha ocasionado cambios y mejoras sustanciales en los procedimientos administrativos, por ello ha surgido la necesidad de establecer las condiciones necesarias y las bases para lograr continuidad y unidad en el mantenimiento de los Manuales. En el transcurso de los años, con la utilización de nuevas herramientas informáticas, la creación de modernos sistemas de cómputo y el proceso continuo de sistematización de actividades, ha hecho mas simple el grado de análisis y desglose necesario de información, pero a la vez, ha exigido que se regule la colaboración de las áreas para estar en condiciones de hacerlas partícipes también de su control, homologando en lo posible estas actividades a nivel Institucional. La estructura orgánica de la CFE se ha visto modificada en varias ocasiones, por ejemplo, la creación de la Subdirección de Operación Financiera y el enfoque con el que fueron creadas algunas áreas, provocaron la necesidad de formular un Manual de Procedimientos aplicable a todo el ámbito Institucional, a fin de evitar esfuerzos aislados e innecesarios en muchas ocasiones. Como resultado de estos esfuerzos, el 29 abril de 1999 la Dirección General autorizó la implementación en la CFE, del Sistema SAP, siendo éste un sistema de planeación de recursos corporativos a tiempo real, designando como área piloto a la Región Norte (División de Distribución, Área de Transmisión y Transformación y Área de Control), entrando en productivo en el mes de julio de Con esta implantación la CFE busca ser una empresa de primer orden que cuente con un sistema de información integrado, de calidad mundial, que abarque todos los ámbitos de sus actividades de operación y administración, unificando sus sistemas de información al implementar las mejores practicas de negocio que le permitirá consolidarse como una empresa altamente competitiva, actualizando el presente Manual con el enfoque Sistema SAP, con una presentación única para la Comisión Federal de Electricidad. Asimismo, es propósito de integrar este manual con lineamientos que lleven a cabo la modernización necesaria para incrementar la eficiencia de sus tesorerías, orientar su gestión hacia practicas de transparencia y control financiero, que le permitan en un contexto global, alcanzar con oportunidad y exactitud sus objetivos sociales y empresariales. Este planteamiento de modernización modifica sustancialmente la filosofía de gestión basada en la centralización de sus funciones sustantivas, sustituyéndola por una filosofía participativa de todas sus áreas, mediante la conducción central de un órgano corporativo y establecer las condiciones necesarias para garantizar la flexibilidad de las partes de su estructura y el funcionamiento de la entidad como un todo unitario.

11 8 DE 319 La Dirección de Finanzas y la Subdirección de Operación Financiera a través de la Gerencia de Operación Financiera, a fin de eficientar el manejo de los Recursos, inicia la implantación de los Sistemas de Concentración en Línea y Dispersión de Fondos a través de Chequera Saldo Cero, para lo cual se integra un grupo piloto a partir del año 2002, con la participación efectiva de las Gerencias Regionales de Producción Noroeste y Occidente, las Divisiones Golfo Norte y Centro Occidente y la Gerencia de Construcción Centro. En esta versión del Manual, se han actualizado 16 procedimientos de los 21 que se tenían publicados anteriormente: el Elaboración de Contrarrecibos, para el Uso de Cajas de Seguridad, para Servicios Bancarios en la Concentración de Fondos, Dispersión de Recursos en la Chequera Saldo Cero, el de la Conciliación Contable-Bancaria, el de Cheques Devueltos de Terceros, el de Pago de Nóminas, el de la Previsión de Tesorería y Autorización de Techos Financieros, el de Control de Excedentes de Tesorería, el de Pago de Anticipos a Proveedores y Contratistas, el de manejo y Control de los Fondos Fijos, el de Pago Mediante el Sistema de Cadenas Productivas, el de la Formulación de Pagos con Fondos Fijos, el de la Formulación de Pagos con Cheque, el de la Formulación de Pagos con Transferencia Electrónica, el de Recursos bajo el Régimen de Aportaciones y el de la Recepción, Registro y Concentración de los Ingresos Distintos a la Venta de Energía Eléctrica. De igual forma y con la finalidad de atender diversa problemática manifestada por las áreas operativas, se desarrollaron e incorporaron nuevos procedimientos: para la Apertura de Cuentas Bancarias, para la Solicitud, Seguimiento y Pago de Servicios Bancarios, para el Funcionamiento de Cuentas Bancarias bajo el Régimen de Aportaciones, para el Pago de Nóminas por Medios Electrónicos, para la modificación de Cuentas Bancarias, para la Cancelación de Cuentas Bancarias, para la Atención de cargos a la Cuenta Bancaria Saldo Cero, para la Salida de Pagos mediante Transferencias Electrónicas Masivas, para la Emisión de Facturas y para el Manejo de Billetes Presuntamente Falsos.

12 9 DE MARCO NORMATIVO CONSTITUCIÓN Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, DOF 5-II-1917, Última Reforma: DOF 9-II-2012 LEYES Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, DOF 27-VII-1931, Última Reforma: DOF 20-I-2009 Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, DOF 27-VIII-1932, Última Reforma: DOF 20-VIII-2008 Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, DOF 22-XII-1975, Última Reforma: DOF 1-VI-2011 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, DOF 29-XII-1976, Última Reforma: DOF 15-XII-2011 Ley del Impuesto al Valor Agregado, DOF 29-XII-1978, Última Reforma: DOF 7-XII-2009 Ley Federal de las Entidades Paraestatales DOF 14-V-1986, última reforma DOF 28-XI-2008, DOF 14-V-1986, Última Reforma: DOF 29-XI-2008 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, DOF 4-I-2000, Última Reforma: DOF 16-I-2012 Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, DOF 4-I-2000, Última Reforma: DOF 16-I Ley del Impuesto Sobre la Renta, DOF 1-I-2002, Última Reforma: DOF 31-XII-2010 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, DOF 13-III-2002, Última Reforma: DOF 28-V-2009 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, DOF 11-VI-2002, Última Reforma: DOF 5-VII-2010 Ley de Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, DOF 30-III-2006, Última Reforma: DOF 19-I CÓDIGOS Código de Comercio, DOF 7-X-1889, Última Reforma: DOF 9-I-2012 Código Fiscal de la Federación, DOF 26-V-1928, Última Reforma: DOF 5-I-2012 REGLAMENTOS Reglamento del Código Fiscal de la Federación, DOF 29-II-1984, Última Reforma: DOF 7-XII-2009 Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, DOF 26-I-1990, Última Reforma: DOF 23-XI Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, DOF 31-V-1993, Última Reforma: DOF 25- V-2001 Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en Materia de Aportaciones, DOF 10-XI Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, DOF 11- VI-2003

13 10 DE 319 Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, DOF 17-X-2003, Última Reforma: DOF 4-XII-2006 Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, DOF 28-VI-2006, Última Reforma: DOF 4-IX-2009 Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, DOF 4-XII-2006 Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, DOF 28-VII-2010 Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, DOF 28-VII-2010 DECRETOS Decreto por el que se establece un sistema de compensación de las dependencias de la administración pública descentralizada, las entidades de la administración pública paraestatal comprendidas dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal, así como de los demás organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, fideicomisos y empresas que se adhieran para extinguir entre ellos los adeudos recíprocos y correlacionados que existan en cantidad líquida y exigible, DOF 16-II-1981 NORMATIVIDAD INTERNA Manual de Procedimientos de la Gerencia de Créditos, DOF 28-IX-2000, Última Reforma: DOF 29-XII-2010 Manual Institucional de Procedimientos de Presupuestos, 16-II-2004, Última Reforma: 15-X-2009 Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad, DOF 10-III-2004, Última Reforma: DOF 12-XII Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas, Servicios Relacionados con los mismas y PIDIREGAS de la Comisión Federal de Electricidad. Aprobadas por la H. Junta de Gobierno, DOF 11-XI Contrato Colectivo CFE-SUTERM , DOF 1-V-2010 Código de Conducta de los Trabajadores de la CFE, DOF 1-VI-2011 Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. Aprobadas por la H. Junta de Gobierno de la CFE, 16-XII-2011 OFICIOS Oficio Núm. DF Acreditación en cuentas bancarias de los pagos de anticipos, viáticos y obligaciones fiscales de la Entidad, 22-VIII-2001 Oficio Núm. DF Mecanismo de pago a través de transferencia electrónica, 7-IV-2003 Oficio Núm. GMO-0216 Proceso de Mejora Continua para incrementar la seguridad en software y hardware que se utiliza en las operaciones de tesorería vía banca electrónica, DOF 26-VI-2007 Oficio Núm. GMO-0256 Modelo de carta responsiva para firma de las personas autorizadas para realizar operaciones en la banca electrónica, 17-VII-2007 Oficio Núm. GMO-0357 Medidas de seguridad en el manejo del sistema de banca electrónica y Procedimiento para la apertura, control y cancelación de cuentas bancarias pagadoras, 27-IX-2007

14 11 DE 319 OTROS Oficio Circular por el que se da a Conocer el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal, DOF 30-VII-2002

15 12 DE PROCEDIMIENTOS 3.1. PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA DE CUENTAS BANCARIAS OBJETIVO Asegurar que las áreas de Tesorería dispongan de las cuentas bancarias necesarias para la operación y control de flujo de efectivo ALCANCE Desde la solicitud de apertura, la solicitud de remesas y la autorización de la cuenta bancaria de Dispersión y Concentración de Recursos Financieros, excluyendo las cuentas de Aportaciones de Terceros y Fondos Fijos POLITICAS Considerar las mejores condiciones económicas, funcionales y de seguridad, así como las necesidades de las áreas de Tesorería para la apertura de cuentas bancarias NORMAS La Gerencia de Operación Financiera deberá obtener del Abogado General el Visto Bueno de los términos y condiciones legales establecidos en los contratos que se pretendan formalizar con las Instituciones Bancarias. La Gerencia de Operación Financiera, es la facultada para autorizar la apertura de cuentas bancarias. Las Tesorerías de las Áreas Operativas podrán aperturar las cuentas bancarias que requieran para el manejo de los recursos y pago de compromisos, de acuerdo al marco que establezca la Gerencia de Operación Financiera en este aspecto. Corresponde exclusivamente a la Gerencia de Operación Financiera aperturar las cuentas bancarias de las áreas administrativas, así como formalizar los contratos correspondientes. Las áreas tienen expresamente prohibido celebrar contratos relativos a cualquier servicio u operación bancaria, distintas de las originalmente pactadas por la Gerencia de Operación Financiera con la Institución Bancaria. Las cuentas bancarias de las áreas deberán registrarse a nombre de la Comisión Federal de Electricidad, seguido del nombre del área autorizada para manejarla. Los Titulares de las áreas Regionales o Divisionales que soliciten a la Gerencia de Operación Financiera la apertura de cuentas bancarias, deberán designar a los responsables del manejo de las cuentas, así como a los funcionarios que firmarán cheques y realizarán pagos por medios electrónicos en forma mancomunada e invariablemente deberán ser personal de confianza. La apertura de cuentas en moneda extranjera deberá someterse a la aprobación del Comité de Inversiones. Podrán contar con cuentas bancarias las áreas administrativas que justifiquen sus necesidades ante la Gerencia de Operación Financiera y esta determinará el número máximo de cuentas bancarias que podrá tener cada una de ellas. Anexo TR-An-74 Solicitar Apertura de Cuentas Bancarias Tratándose de altas, bajas o modificaciones de cualquiera de los usuarios, con posterioridad a la apertura de Ia cuenta, se deberá solicitar el trámite mediante oficio a la Gerencia de Operación Financiera

16 13 DE 319 proporcionando la información antes indicada. Es responsabilidad exclusiva de las áreas administrativas tanto la operación de la cuenta como Ia aplicación de los recursos, así como los cargos y abonos que realicen las personas designadas, debiendo identificar, registrar y en su caso aclarar todos los movimientos que se realicen en la cuenta. Los titulares de las áreas administrativas que pretendan operar sus cuentas a través de los sistemas de Banca Electrónica contratados por Ia Gerencia de Operación Financiera, deberán solicitar a ésta el alta de la cuenta correspondiente, indicando los nombres, cargo y R.P.E. de cada una de las personas que se autorizarán para realizar operaciones de banca electrónica, así como los tipos de operaciones autorizadas y su justificación para cada una de ellas, apegándose para su uso a lo establecido en el TR-An-23 Manejo de Banca Electrónica y/o en el TR-An-10 Manejo de la Banca Electrónica por Internet Las personas designadas en la solicitud a que se refiere la disposición anterior, para operar la banca electrónica, serán las únicas autorizadas para recibir personalmente sus claves, contraseñas y/o cualquier medio de identificación electrónico que sustituya a Ia firma autógrafa en la realización de las operaciones de banca electrónica, y que sea otorgada por la Institución de Crédito que opere el sistema correspondiente. Excepcionalmente y siempre que existan razones justificadas, podrán recibirlas directamente de la Institución Bancaria, los titulares de las áreas administrativas, el administrador del área o el responsable de la tesorería, debiendo posteriormente entregar, a las personas a quienes les hayan sido otorgadas, mediante oficio en el que consten los datos siguientes: lugar, fecha y hora de entrega, relación de documentos bancarios entregados, número de token o dispositivo en sus caso, especificación de que se entregan tal y como se recibieron del banco, fecha, hora y firma de aceptación del titular de los documentos. Asimismo, los titulares de las Áreas Regionales o equivalentes deberán verificar que cada una de las personas a las que se les asignen claves, contraseñas y/o medios de identificación electrónicos para realizar operaciones de banca electrónica, firmen la Carta - Responsiva correspondiente, de la cual deberán conservar el original. Es responsabilidad de los titulares de las áreas Regionales o equivalentes el asignar perfiles de usuario y niveles de autorización diferenciados, sujetándose a lo siguiente: a. Únicamente estarán facultados para autorizar, ejecutar o aplicar operaciones de pago en banca electrónica, en forma mancomunada, los funcionarios de confianza; administradores de área, responsables de la tesorería, de caja, de presupuestos y otros, que como apoyo se designen para esta actividad. b. Las operaciones de carga, captura, validación y consultas, serán realizadas por personal de confianza o sindicalizado que se faculte para ello. La Gerencia de Operación Financiera integrará el registro de personas autorizadas para el manejo de operaciones de Banca Electrónica a partir de la designación del titular de cada una de las áreas. La Gerencia de Operación Financiera y áreas operativas según su ámbito, deberán actualizar el inventario de cuentas de cheques en moneda nacional y en moneda extranjera. Por cada cuenta bancaria que se aperture es necesario un expediente, con los oficios de autorización, contrato y sus modificaciones, registro de firmas de los funcionarios facultados y los cambios que se realicen y en su caso oficio de cancelación.

17 14 DE 319 Es responsabilidad de la Dirección de Finanzas seleccionar de entre las Instituciones Bancarias, aquellas que presenten las mejores condiciones de calidad, oportunidad y costo para dar soporte a la administración y manejo de los recursos financieros. Corresponde a los Gerentes Regionales o su equivalente, seleccionar de entre las Instituciones Bancarias designadas por la Dirección de Finanzas, aquéllas Instituciones que cubran sus requerimientos de cobertura y servicios para su operación. Las cuentas que se abran para las áreas administrativas, dependerán de las tareas y funciones bajo su responsabilidad y podrán ser de los siguientes tipos; 1. Dispersoras: cuenta bancaria pagadora bajo el esquema de saldo cero y cualquier otra que se autorice por la Gerencia de Operación Financiera en sustitución de esta. 2. Concentradoras: cuenta bancaria para captación de ingresos bajo el esquema de depósitos en línea. 3. Otras distintas de las anteriores, para necesidades especificas y sujeto a la valoración que realice la Gerencia de Operación Financiera, tales como, las que se usen para el manejo de aportaciones bajo el régimen de terceros, entre otras. TR-An-76 Requisitos para Cuentas en Dolares Una vez abierta la cuenta, el Área de Tesorería gestionara localmente ante Ia institución Bancaria la cantidad de cheques que requiera y su activación, especificando los folios que se asignarán a cada remesa, en su caso, a cada área de las que dependen de ella.

18 15 DE DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA DE CUENTAS BANCARIAS : P-XC No RESPONSABLE DESCRIPCION 1 Titulares de las Áreas Administrativas Regionales Solicita mediante oficio la apertura de una cuenta bancaria con la justificación correspondiente, a la Gerencia de Operación Financiera. 2 Gerente de Operación Financiera Recibe oficio de solicitud de apertura de cuenta y evalúa las necesidades planteadas por el área administrativa regional solicitante. 3 Autoriza la apertura de la cuenta? Autoriza SI, pasa a la actividad 4 Autoriza No, elabora oficio de negativa de apertura de cuenta bancaria indicando los motivos y lo envía al área solicitante, para que en su caso, corrija o complete la solicitud. Pasa a la actividad 1 4 Elabora oficio de autorización de apertura de cuenta bancaria y envía al área solicitante, dando a conocer en el mismo los requisitos de apertura, establecidos en el anexo TR-An-74 Solicitar Apertura de Cuentas Bancarias. 5 Titulares de las Áreas Administrativas Regionales Recibe el oficio de autorización para la apertura de la cuenta bancaria y procede a reunir los requisitos y documentación solicitados. 6 Elabora oficio y envía a la Gerencia de Operación Financiera, atendiendo los requisitos solicitados. 7 Gerente de Operación Financiera Recibe oficio de solicitud de apertura de cuenta bancaria y documentación de requisitos y verifica se cumpla con los mismos. Cumple, Si, continúa en la actividad 8 Cumple, No, elabora oficio de negativa de apertura de cuenta bancaria indicando los requisitos incumplidos y lo envía al área solicitante, para que corrija o complete la solicitud. Pasa a la actividad 6. 8 Solicita la apertura de la cuenta bancaria a la Institución Bancaria respectiva. 9 Recibe comunicado de parte de la Institución Bancaria en donde informan que se aperturó la cuenta 10 Formaliza el contrato, archiva en expediente el original y envía copia al área que se asignó la cuenta, así como a la Institución Bancaria 11 Titulares de las Áreas Administrativas Regionales Recibe la copia del contrato bancario, forma expediente de acuerdo a la norma, por cada cuenta bancaria que se aperture, con los oficios de autorización, contrato, modificaciones, registro de firmas de los funcionarios facultados y los cambios que se realicen. 12 Solicita a la Gerencia de Operación Financiera el registro en el Sistema MySAP de la cuenta y sus remesas, mediante los Formatos TR-Fo-28 Solicitud de Alta de Cuenta Bancaria en Sistema Institucional de Información MySap y FormatoTR-Fo-29 Solicitud de Alta de Remesa en Sistema MySAP. 13 Gerente de Operación Financiera Solicita a la Gerencia ASARE el alta de la cuenta bancaria, remesas y rangos de cheques. 14 Recibe mediante correo electrónico de la Gerencia del Asare, la confirmación del registro en el Sistema MySap de la cuenta bancaria y sus remesas. 15 Informa a las Áreas Administrativas Regionales mediante correo electrónico, la confirmación del registro en el Sistema MySap de la cuenta bancaria y sus remesas. 16 Titulares de las Áreas Administrativas Regionales Informa a las áreas operativas, los datos de identificación de cuenta en el Sistema MySAP, para el inicio de operaciones. 17 Solicita cheques a la Institución bancaria correspondiente. 18 Recibe los cheques o formularios impresos. 19 Distribuye los cheques a sus áreas operativas, de acuerdo a las remesas que correspondan a cada una, a fin de que puedan iniciar operaciones.

19 16 DE DIAGRAMA DE FLUJO PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA DE CUENTAS BANCARIAS : P-XC000-01

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22 19 DE MECANISMOS DE CONTROL PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA DE CUENTAS BANCARIAS : P-XC ACTIVIDAD DE CONTROL INSTRUMENTO DE CONTROL 1 Solicita mediante oficio la apertura de una cuenta bancaria con la justificación correspondiente, a la Gerencia de Operación Financiera. 3 Autoriza la apertura de la cuenta? Autoriza SI, pasa a la actividad 4 Autoriza No, elabora oficio de negativa de apertura de cuenta bancaria indicando los motivos y lo envía al área solicitante, para que en su caso, corrija o complete la solicitud. Pasa a la actividad 1 5 Recibe el oficio de autorización para la apertura de la cuenta bancaria y procede a reunir los requisitos y documentación solicitados. 7 Recibe oficio de solicitud de apertura de cuenta bancaria y documentación de requisitos y verifica se cumpla con los mismos. Cumple, Si, continúa en la actividad 8 Cumple, No, elabora oficio de negativa de apertura de cuenta bancaria indicando los requisitos incumplidos y lo envía al área solicitante, para que corrija o complete la solicitud. Pasa a la actividad Recibe la copia del contrato bancario, forma expediente de acuerdo a la norma, por cada cuenta bancaria que se aperture, con los oficios de autorización, contrato, modificaciones, registro de firmas de los funcionarios facultados y los cambios que se realicen. 18 Recibe los cheques o formularios impresos. Oficio de Solicitud de Apertura de Cuenta. Oficio, solicitud de autorización de cuenta bancaria Oficio de autorización de la apertura de la cuenta bancaria Oficio para la apertura u oficio de negativa para la apertura de la cuenta. Contrato, formato u oficio emitido por la Institución Bancaria Cheques o formularios impresos RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Titulares de las Áreas Administrativas Regionales Gerente de Operación Financiera Titulares de las Áreas Administrativas Regionales Gerente de Operación Financiera Titulares de las Areas Administrativas Regionales Titulares de las Areas Administrativas Regionales

23 20 DE FORMATOS TR-Fo-28 Solicitud de Alta de Cuenta Bancaria en Sistema MySAP TR-Fo-29 Solicitud de Alta de Remesa en Sistema MySAP.

24 21 DE CONTROL DE CAMBIOS

25 22 DE PROCEDIMIENTO PARA LA DE CONTRARRECIBOS OBJETIVO Contar con los mecanismos para recibir, controlar y tramitar la documentación referente a los compromisos de pago, mediante la elaboración de un contrarrecibo ALCANCE Desde la recepción, revisión de la factura, elaboración del Contrarrecibo, hasta su trámite para glosa y pago POLITICAS Efectuar la recepción de facturas y documentación referente a los compromisos de pago, elaborando en el Sistema MySap un contrarrecibo que permita programar la liquidación del compromiso NORMAS La recepción de facturas y elaboración de contrarrecibos se efectuarán en los días y horarios que cada División, Región o Área determinen. Los contrarrecibos que CFE expida deberán contener los siguientes Requisitos: 1. No. de contrarrecibo, 2. Fecha de recepción de documentos, 3. Nombre del beneficiario, 4. Número de documento, 5. Monto del documento, 6. Fecha programada de pago 7. Nombre y firma de la persona que formula el contrarrecibo. Los contrarrecibos que se emitan deberán incluir la siguiente leyenda: "El presente contrarrecibo se emite exclusivamente para efectos de control interno de la CFE y no constituye un titulo de crédito, por lo que no será transferible ni negociable y carece de valor en sí mismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y 66 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Tampoco prejuzga sobre la validez o procedencia de obligación de pago alguna, la cual en todo caso quedará sujeta a los términos y condiciones pactados o que deriven del acto que le dio origen o de la regulación específica aplicable al caso concreto". El Contrarrecibo se emitirá solo si la documentación del proveedor, contratista, o prestador de servicio esté completa de acuerdo a lo especificado en el contrato correspondiente cuando este exista y cumpla con requisitos fiscales. Los contrarrecibos que se emitan deberán entregarse al beneficiario en el momento de recepción de la documentación para pago. La documentación de pago deberá reunir los requisitos fiscales contenidos en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente. Se consideran "Documentación de Pago" todos aquellos comprobantes que reúnan los requisitos fiscales establecidos por la SHCP en el Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, pudiendo ser: - Facturas. - Nota de Venta de mostrador.

26 23 DE Notas de cargo. - Recibo de honorarios. - Recibo de arrendamiento. - Ticket de máquinas registradoras de comprobación fiscal (Autorizados por la SHCP). - Boletos de avión. - En general cualquier documento que permita la deducción del gasto y acreditar impuestos. También se consideran documentos de pago los recibos, debidamente autorizados y presentados por trabajadores de CFE, tales como: Anticipos de oficios de comisión oficial, anticipos de salarios, pago de alimentos, etc. La documentación de respaldo según sea el caso, serán los que se indiquen en los documentos que originen el pago (contratos, pedidos, convenios, dictámenes, etc.). Por ejemplo: - Contrato - Pedido - contrato de Servicios - Orden de Compra - Orden de Trabajo - Contrato de Obra Pública - Convenios, acuerdos, minutas - Evidencia de la entrada bienes - Evidencia de aceptación del servicio u obra - Actas de entrega - recepción - Avisos de Pruebas de laboratorio - Fianzas Cartas Garantía y Cumplimiento

27 24 DE Aceptación de Fianza - Dictámenes laborales - Oficios, instrucciones, escritos y otros - Dictamen de verificación técnica

28 25 DE DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO PARA LA DE CONTRARRECIBOS : P-XC No RESPONSABLE DESCRIPCION 1 Jefes de:tesorería o Caja, Departamento de Autorización de Pagos, Áreas de Compras, Áreas Contables Recibe del Proveedor la factura y documentación requerida para su revisión y trámite de pago. 2 Verifica que los Documentos de Pago cumplan con los requisitos fiscales establecidos, que los documentos de respaldo sean los establecidos en el pedido o contrato, que se encuentren debidamente firmados por los responsables del área operativa y que hayan sido autorizados por los funcionarios facultados en el catálogo de firmas registradas. 3 Cumple SI, pasa a la actividad 5 Cumple, NO pasa a la actividad 4 4 Regresa la factura y documentación al proveedor, informándole de las causas del rechazo. 5 Emite contrarrecibo en el Sistema MySap, de acuerdo a los Anexos TR-An-82 Entrada de Documento Preeliminar - MIR7, TR-An-83 Entrada de Documento Factura por Documento 13 - FB60, TR-An-84 Contabilizar Documento Preeliminar - MIRO, TR-An-85 Emision de Contarrecibo Económico - ZTR_008, TR-FO-01 Formato Contrarrecibo. 6 Envía factura, documentación y contrarrecibo para su revisión, a las áreas de Glosa y Pago.

29 26 DE DIAGRAMA DE FLUJO PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO PARA LA DE CONTRARRECIBOS : P-XC000-02

30 27 DE 319

31 28 DE MECANISMOS DE CONTROL PROCEDIMIENTO PARA LA DE CONTRARRECIBOS : P-XC ACTIVIDAD DE CONTROL INSTRUMENTO DE CONTROL 2 Verifica que los Documentos de Pago cumplan con los requisitos fiscales establecidos, que los documentos de respaldo sean los establecidos en el pedido o contrato, que se encuentren debidamente firmados por los responsables del área operativa y que hayan sido autorizados por los funcionarios facultados en el catálogo de firmas registradas. Documentos soporte para el pago (facturas, contratos, oficios, etc). RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Jefes de:tesorería o Caja, Departamento de Autorización de Pagos, Áreas de Compras, Áreas Contables

32 29 DE FORMATOS TR-Fo-01 Formato contrarrecibo

33 30 DE CONTROL DE CAMBIOS

34 31 DE PROCEDIMIENTO PARA EL USO DE CAJAS DE SEGURIDAD OBJETIVO Optimizar el uso de las Cajas de Seguridad y establecer los criterios a observarse en la contratación, instalación, manejo y control de las mismas ALCANCE El presente procedimiento deberá observarse por todas las áreas de C. F. E. que tengan bajo su responsabilidad cajas de seguridad. (cajas fuertes o cajas de protección continua de efectivo) POLITICAS Promover la instalación de las Cajas de Seguridad en las tesorerías de las Áreas Administrativas de las Regiones, Divisiones, Cabeceras de Zonas y Centrales para salvaguardar Fondos Fijos que estén autorizados, así como fondos, valores y garantías de acuerdo a las necesidades específicas de cada área NORMAS Las áreas que manejen recursos financieros o valores de C. F. E., deberán contar con cajas de seguridad o su servicio para la custodia de los mismos. En especial, las áreas de Distribución, por sus actividades de cobranza deben contar con cajas o cofres de seguridad para protección continua de efectivo, para lo cual solicitarán su instalación a la institución bancaria con la que manejen los ingresos, asimismo soliciten a la empresa de traslado de valores, el catalogo de firmas con fotografía de las personas que tendrán acceso a la caja de seguridad y pueden recoger el efectivo y cheques para su traslado y entrega a la institución bancaria. Tratándose de custodia transitoria de valores (con fecha de vencimiento definida, por ejemplo; sueldos y salarios), se vigilará la oportuna entrega y registro en su caso. Las cajas de seguridad deberán instalarse en los sitios que cuenten con el mayor resguardo y de ser posible que estén ocultas a la vista del público. Las cajas de seguridad deberán usarse única y exclusivamente para la protección y el resguardo de valores o documentos propiedad de la C. F. E. o relacionados con la actividad propia de la empresa. La combinación de las cajas de seguridad deberá ser del conocimiento exclusivo del cajero o persona que tenga a cargo el resguardo de los fondos y valores depositados en su interior. Para su resguardo y prevención de contingencias se deberá depositar en sobre lacrado la combinación de la caja fuerte de seguridad y en su caso la llave del compartimiento, o del acceso a la misma, para su resguardo y deposito con el jefe inmediato del responsable de la caja fuerte de seguridad. En caso de fuerza mayor se requerirá la apertura del sobre lacrado, se dejará asentado en acta administrativa este hecho indicando la causa que motivo la acción, con la participación de dos testigos, procediendo a modificar la combinación que será del conocimiento solo del responsable del manejo de la caja. En caso de sustitución del responsable de la caja fuerte, se procederá a modificar la combinación que será del conocimiento solo del nuevo responsable del manejo de la caja. En caso de siniestro deberá levantarse acta administrativa correspondiente, si hubiese pérdida de dinero en efectivo se hará la reclamación a la aseguradora conforme a los términos convenidos en la póliza de

35 32 DE 319 seguros integral vigente. Las cajas de protección continua de efectivo, se contratarán para proteger los valores recaudados en los centros de cobro, verificando que la cantidad asegurada por siniestro, sea fijada en el monto promedio de depósito diario en las mismas.

36 33 DE DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO PARA EL USO DE CAJAS DE SEGURIDAD : P-XC No RESPONSABLE DESCRIPCION 1 Jefe del Área en la que se encuentra la Caja de Seguridad Tramita el cambio de combinación de la misma, una vez instalada o recibida la caja fuerte por el responsable. 2 Deposita en un sobre la combinación de la caja fuerte y la llave del compartimiento en caso que la caja cuente con esta, estampando su firma en los bordes del sobre, lacrándolo con grapas y cinta engomada transparente. 3 Entrega para su resguardo el sobre lacrado al jefe inmediato superior del área donde se encuentre ubicada la caja fuerte. 4 Modifica cuando exista un cambio de responsable del manejo de la caja de seguridad, ya sea temporal o definitivo, la combinación de la caja de seguridad y la persona que asuma la responsabilidad o cuando por alguna razón justificada, el responsable de la caja de seguridad deba cambiar la combinación deberá proceder en consecuencia con lo descrito en los puntos anteriores. 5 Jefe inmediato del responsable de la caja 6 Jefe del Área en la que se encuentra la Caja de Seguridad Revisa periódicamente el contenido de la caja fuerte, mediante inventarios sin previo aviso, cuando menos 2 veces al año, utilizando el Formato TR-Fo-30 Arqueo de Caja de Seguridad. Solicita, en caso de requerirse, adicional a la caja fuerte una caja de protección de valores a la Institución Bancaria o a la Empresa de Traslado de Valores designando a la persona de CFE que la operará mancomunadamente con el personal de la empresa de protección. 7 Recibe caja de protección instalada, el catálogo de firmas que contiene fotografías de las personas autorizadas de la empresa de protección para operarla mancomunadamente, así como la llave de la caja respectiva. Fin del procedimiento.

37 34 DE DIAGRAMA DE FLUJO PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO PARA EL USO DE CAJAS DE SEGURIDAD : P-XC000-03

38 35 DE 319

39 36 DE MECANISMOS DE CONTROL PROCEDIMIENTO PARA EL USO DE CAJAS DE SEGURIDAD : P-XC ACTIVIDAD DE CONTROL INSTRUMENTO DE CONTROL 3 Entrega para su resguardo el sobre lacrado al jefe inmediato superior del área donde se encuentre ubicada la caja fuerte. 5 Revisa periódicamente el contenido de la caja fuerte, mediante inventarios sin previo aviso, cuando menos 2 veces al año, utilizando el Formato TR-Fo- 30 Arqueo de Caja de Seguridad. Sobre lacrado Realizar arqueo de caja de seguridad, mediante formato TR- Fo-30 6 Solicita, en caso de requerirse, adicional a la caja fuerte una caja de protección de valores a la Institución Bancaria o a la Empresa de Traslado de Valores designando a la persona de CFE que la operará mancomunadamente con el personal de la empresa de protección. Oficio de solicitud a la institución bancaria o a la empresa de traslado de valores. 7 Recibe caja de protección instalada, el catálogo de firmas que contiene fotografías de las personas autorizadas de la empresa de protección para operarla mancomunadamente, así como la llave de la caja respectiva. Fin del procedimiento. Catálogo de firmas autorizadas y llave de la caja RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Jefe del Area en la que se encuentra la Caja de Seguridad Jefe inmediato del responsable de la caja Jefe del Area en la que se encuentra la Caja de Seguridad Jefe del Área en la que se encuentra la Caja de Seguridad

40 37 DE FORMATOS TR-Fo-30 Arqueo de Cajas de Seguridad

41 38 DE CONTROL DE CAMBIOS

42 39 DE PROCEDIMIENTO PARA SERVICIOS BANCARIOS EN LA CONCENTRACIÓN DE FONDOS DISPERSIÓN DE RECURSOS EN BASE A CHEQUERAS SALDO CERO OBJETIVO Indicar a las Tesorerías los pasos a seguir en la contratación, seguimiento y pago de los servicios bancarios requeridos a fin de satisfacer las necesidades que demandan las áreas operativas ALCANCE El presente procedimiento deberá observarse por todas las Áreas de C. F. E. que reciban o contraten servicios bancarios relacionados con la concentración de fondos y el manejo de cuentas bancarias en base a chequeras saldo cero POLITICAS Promover y concertar con las Instituciones Bancarias, la celebración de Contratos Marco, que contengan los términos y condiciones que regulen la colaboración de las partes, tomando como base las mejores condiciones en cuanto a pertinencia, calidad y oportunidad de los servicios. Satisfacer las demandas de Servicios Bancarios, de protección y traslado de valores de las áreas operativas con las mejores condiciones económicas y operativas, así como su pago correcto y oportuno NORMAS La Dirección de Finanzas a través de la Gerencia de Operación Financiera definirá las estrategias, los sistemas y los mecanismos requeridos para el establecimiento de los Servicios Bancarios para toda la CFE que permitan efectuar el correcto manejo de estos servicios en las Tesorerías. La Dirección de Finanzas a través de la Gerencia de Operación Financiera seleccionará de entre las instituciones bancarias, aquéllas que presenten las mejores condiciones de calidad, oportunidad y costo para dar soporte a la administración de los recursos financieros de la CFE. El Abogado General de la Comisión otorgará previamente su visto bueno a los términos y condiciones en los Contratos Marco establecidos por la Dirección de Finanzas. Las Tesorerías de la CFE, seleccionarán de entre las instituciones bancarias designadas por la Dirección de Finanzas, aquéllas que cubran sus requerimientos de cobertura y servicios para su operación. Las Tesorerías de la CFE se limitarán a solicitar a las Instituciones Bancarias proporcionen los servicios bancarios y/o de traslado de valores estrictamente necesarios para la operatividad eficiente de los procesos, informando a la Gerencia de Operación Financiera. La Gerencia de Operación Financiera gestionará previamente al registro de los costos de servicios la suficiencia presupuestal, ante la Gerencia de Presupuestos. Las Tesorerías de la CFE deberán registrar en Sistema SAP los cargos efectuados por las Instituciones Bancarias en las cuentas por servicios del corporativo, previa verificación de su procedencia en conjunto con las áreas de trabajo que los recibieron. Aquellas áreas que manejen la nómina electrónica con una Institución Bancaria diferente a la Chequera Saldo Cero y esta le genere costos por los servicios, se sujetarán a esta norma.

43 40 DE 319 La Gerencia de Operación Financiera enviará mensualmente dentro de los primeros 10 días hábiles del mes inmediato posterior a la facturación a las Tesorerías de la CFE detalle de costos bancarios cargados en la cuenta principal de egresos o concentradora de ingresos de la Gerencia de Operación Financiera, para que en un plazo no mayor a 10 días hábiles contados a partir del día que se recibió el detalle de los costos bancarios, se valide y registre la partida en Sistema SAP con crédito a la institución bancaria correspondiente. Los costos por servicios bancarios cargados en la cuenta principal de egresos o concentradora de ingresos de la Gerencia de Operación Financiera se registran por ésta en el Sistema R/3, previa validación por parte de las Tesorerías de CFE. Los servicios bancarios cargados en la cuenta principal de las Tesorerías de CFE, se registran en Sistema SAP, tanto los procedentes como los no procedentes de la siguiente manera: PROCEDENTES: Cargo: Sociedad: 1000 División: 1001 Centro de Costo: Centro Gestor 1012 Texto: Costo bancario del mes de: (ejemplo: ENE/04) Fondo: A01 Crédito Sociedad: 1000 Acreedor: clave asignada en Sistema SAP al banco correspondiente Asignación: clave del centro gestor de la sede Regional o su equivalente Texto: Costo bancario del mes de: (ejemplo: ENE/04) Fondo: A01 Posición Financiera y cuenta de mayor: La que aplique de acuerdo al tipo de gasto. IMPROCEDENTES:

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