REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA INTEGRACIÓN SOLIDARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011.

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1 RAÚL AARÓN POZOS LANZ, Secretario de Desarrollo Social y Regional del Gobierno del Estado de Campeche, con fundamento en lo que establecen los Artículos 16 fracción II y 26 fracciones IV y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; 11 fracciones II, VI, 17 Fracciones I, III, 56 fracciones III y VIII y 57 de la Ley de Desarrollo Social del Estado de Campeche; 7 fracción VI, 63 y 106 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Estado de Campeche; CONSIDERANDO Que la Ley de Control Presupuestal y Gasto Público del Estado de Campeche dispone que el gasto público estatal se sustentará en las Leyes de Ingresos y de Presupuesto de Egresos del Estado, las que se formularán con apoyo en programas que señalen objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución y se apegarán al Plan Estatal de Desarrollo y a los programas que de él deriven. Asimismo prevé que el presupuesto global de egresos del Estado será el que apruebe el Congreso a iniciativa del Ejecutivo, para realizar durante el período de un año, las actividades, obras y servicios públicos previstos en los programas a cargo de las dependencias y entidades que en su propio presupuesto se señalen. Por lo anterior y conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos del Estado, el gasto contemplado contribuye al cumplimiento de las metas y objetivos que se plasman en el Plan Estatal de Desarrollo , dentro del cual se prevé los recursos destinados al desarrollo social encaminados a acciones en educación, cultura, deporte, salud, asistencia social, desarrollo regional y vivienda, dentro de los cuales queda comprendido este programa de Integración Solidaria para el ejercicio fiscal Por lo que conforme a lo que establece la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, la Ley de Desarrollo Social del Estado de Campeche y el Reglamento de la misma Ley corresponde a la Secretaría de Desarrollo Social y Regional, formular los Lineamientos y Reglas de Operación que rijan la ejecución de los Programas Estatales de Desarrollo Social, en virtud de lo anterior se expiden las siguientes Reglas de Operación del Programa Integración Solidaria, para el ejercicio fiscal REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA INTEGRACIÓN SOLIDARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL INTRODUCCIÓN Partiendo del Plan Estatal de Desarrollo y en base al EJE 3: Desarrollo Social y Bienestar cuyo objetivo es generar condiciones de desarrollo para ofrecer mayor bienestar a la población campechana, siendo solidarios con las personas y familia en situación de marginación. Y atendiendo sus Estrategias y Líneas de Acción, se pretende con el programa Integración Solidaria mejorar la calidad de vida mediante la motivación de proyectos con alternativas de préstamos solidarios, capacitación social y asistencia técnica, para promover la solidaridad y el desarrollo humano a través de la economía social de grupos en vulnerabilidad: adultos mayores, mujeres, jóvenes y personas con Discapacidad. Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 1

2 Promover ampliación de capacidades a través de la igualdad entre los géneros, la no discriminación entre los grupos sociales, a fin de tener derecho a las oportunidades, para mejorar su calidad de vida, así como, fomentar y promover la cultura de la cooperación; es el compromiso que asumimos para contribuir al logro de los Objetivos del Milenio. Los presentes Reglas de Operación tienen por objeto establecer el conjunto de normas que regulen las actividades operativas y seguimiento del programa "Integración Solidaria" como parte de la estrategia del actual gobierno que promueve un Campeche Solidario, donde se consideran los valores del respeto, la cooperación, la pluralidad y la confianza mutua como parte de la participación de los grupos vulnerables: adultos mayores, mujeres, jóvenes y personas con Discapacidad, que habiten en las ciudades de San Francisco de Campeche y Ciudad del Carmen. 2. OBJETIVOS 2.1. GENERAL Atender a los adultos mayores, mujeres, jóvenes y personas con Discapacidad, y que no gocen de jubilación o pensión superior a los $ 3, (Tres mil pesos) mensuales, a integrarse en grupos solidarios de 5 personas como mínimo y 10 como máximo, para ser beneficiario de un Préstamo Solidario que fomente la integración social, cooperación mutua, el autoempleo y la cultura del ahorro ESPECÍFICOS a) Fomentar la integración grupal de los beneficiarios mediante talleres y/o actividades comunitarias para la ampliación de sus capacidades humanas y sociales. b) Fomentar la cultura de auto-gestión, apoyándolos con recursos que deberán utilizar para generar capacidades sociales y económicas. c) Impulsar el mejoramiento de las condiciones de vida de los beneficiarios. d) Fomentar la autoestima de los sectores vulnerables beneficiados. e) Fomentar el ahorro como un instrumento de economía social. f) Promover la igualdad entre los géneros, y la no discriminación entre los grupos sociales, a fin de tener derecho a oportunidades para mejorar su calidad de vida, así como, fomentar y promover la cultura de la cooperación; contribuyendo al logro de los Objetivos del Milenio. 3. GLOSARIO a ) SEDESORE: Secretaría de Desarrollo Social y Regional. b ) Comité Técnico: Órgano conformado por autoridades del sector público estatal, encargadas de la aprobación, asignación y evaluación del programa Integración Solidaria. c ) Coordinación Operativa: Es el grupo de personas que coordinan y llevan a cabo la operatividad del programa Integración Solidaria. Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 2

3 d ) Presidente del Comité Técnico: Es la autoridad máxima del Comité Técnico del programa. e ) Vicepresidente del Comité Técnico: Es la autoridad que fungirá como suplente del Presidente del Comité Técnico. f ) Secretario del Comité Técnico: Es la segunda persona en importancia dentro del Comité Técnico del programa y responsable del seguimiento de acuerdos. g ) Grupo Solidario: Conjunto de personas beneficiarias del Programa. h ) Mesa Directiva: Es el órgano de dirección del grupo solidario conformado por un Presidente, un Secretario y un Tesorero, designado de manera consensual por todos lo integrantes del mismo. i ) Presidente de la Mesa Directiva: Es el máximo representante elegido por consenso por el grupo solidario. j ) Secretario de la Mesa Directiva: Es el auxiliar del presidente de la mesa directiva elegido por consenso por el grupo solidario. k ) Tesorero: Es la persona designada por consenso por el grupo solidario, cuya función principal es la administración del ahorro, así como ver que se realicen los pagos de amortización del préstamo solidario en tiempo y forma. l ) Reglamento del Comité Técnico: Conjunto de normas, procedimientos, funciones y demás acciones que regulan la operatividad de los funcionarios que integran el Comité Técnico del programa. m ) Reglamento del Grupo Solidario: Es el documento donde se plasma el conjunto de normas, procedimientos, funciones y demás acciones que regulan la operatividad de los integrantes del grupo solidario. n ) Agente Solidario: Servidor público de la Dirección de Desarrollo Humano y Asistencia Social de la SEDESORE cuya función será trabajar con los grupos solidarios y dar seguimiento a las actividades emanadas del Programa Integración Solidaria, así como desarrollar los talleres relacionados con los principios del Campeche Solidario. o ) Grupo Vulnerable: Conjunto de personas que comparten una problemática común que los sitúa en condición de rezago o vulnerabilidad. Focalizado en este programa a cuatro tipos de personas, adultos mayores, mujeres, jóvenes y personas con Discapacidad. p ) Campeche Solidario: Estrategia del Gobierno Estatal que articula las políticas públicas hacia el desarrollo de Campeche y que tiene como eje central crear y fomentar el capital social al impulsar la participación individual, iniciativa y energía ciudadana; donde los valores son el respeto, la cooperación, la pluralidad y la confianza mutua. q ) Préstamo Solidario: Es el apoyo económico recuperable, que el Gobierno del Estado da a las personas en situación de vulnerabilidad, agrupadas solidariamente bajo el esquema de las presentes Reglas de Operación. r ) Beneficiario: Persona que recibe de manera individual el beneficio de un préstamo solidario a través del programa Integración Solidaria. Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 3

4 s ) Mujer: Persona del sexo femenino mayor de edad. t ) Ciclo: Es el período de tiempo traducido en semanas que el Gobierno fija para la recuperación del préstamo solidario, siendo de 13 semanas. u ) Mesa receptora: Son los espacios públicos dispuestos para la recepción de solicitudes de préstamo solidario y documentación requerida, los cuales se dan a conocer en la Fase II de la Mecánica Operativa de las presentes Reglas de Operación, así como en la Convocatoria correspondiente. v ) CONAPO: Consejo Nacional de Población, organismo dependiente de la Secretaría de Gobernación Federal. w ) Institución Bancaria: Entidad bancaria en la que se realizarán las operaciones financieras de pago y depósito del préstamo solidario. 4. UNIVERSO DE ATENCIÓN 4.1. COBERTURA Adultos mayores, mujeres, jóvenes y personas con Discapacidad y que su pensión o jubilación del Gobierno (en caso de recibirla) no supere los $ 3, (tres mil pesos) mensuales, en las ciudades de San Francisco de Campeche y Ciudad del Carmen, dando prioridad a quienes habiten en colonias de las zonas urbano marginadas según el CONAPO POBLACIÓN OBJETIVO El programa es dirigido a: a ) Adultos Mayores de 60 años o más. b ) Mujeres c ) Jóvenes (18 30 años) d ) Personas con Discapacidad 5. DEL COMITÉ TÉCNICO El Comité Técnico es el órgano máximo que regulará la aplicación de las Reglas de Operación, y su operatividad estará regida por su Reglamento correspondiente, este Comité Técnico será integrado por los siguientes miembros: CARGO FUNCIONARIO TITULAR SUPLENTE Presidente Secretario de Desarrollo Social y Subsecretario de Desarrollo Social Regional Vicepresidente Subsecretario de Desarrollo Social Secretario Director de Desarrollo Humano y Subdirector de Asistencia Social de Asistencia Social de la la SEDESORE SEDESORE Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 4

5 Coordinador Coordinador de Desarrollo Jefe de Departamento de Economía Humano de la SEDESORE Social de la SEDESORE Vocal Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Quien designe el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Vocal Secretario de la Contraloría Quien designe el titular de la Secretaría de la Contraloría Vocal Director General del Instituto de la Quien designe el Director General Juventud del Estado de del Instituto de la Juventud del Campeche. Estado de Campeche. Vocal Directora General del Instituto de Quien designe el titular del la Mujer de Campeche INMUJER Vocal Director General del Fondo Quien designe el titular del Fondo Campeche Campeche Vocal Coordinación Estatal de Enlaces Enlace Municipal de Campeche de Municipales de la SEDESORE Vocal Jefe de Departamento de Desarrollo Humano y Comunitario de la SEDESORE 6. REQUISITOS 6.1. ESPECÍFICOS ADULTOS MAYORES la SEDESORE Quien designe el Director de Desarrollo Humano y Asistencia Social de la SEDESORE a) Tener 60 años o más b) No tener una jubilación o pensión mayor a $3, mensuales MUJERES a) Mayores de 18 años JOVENES a) De años. b) Que acrediten haber concluido sus estudios de secundaria o bien estén realizando el estudio de secundaria en sistema abierto PERSONAS CON DISCAPACIDAD a) Acreditar su discapacidad permanente, a través de dictamen del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia o de las Instituciones del Sector Salud del Estado. b) Acreditar parentesco con la persona con discapacidad en caso de que el beneficiario sea el padre, madre o tutor de la misma. Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 5

6 6.2. GENERALES a) Tener residencia mínima de un año en la Ciudad de San Francisco de Campeche o Ciudad del Carmen. b) Integrarse en grupos solidarios de 5 personas mínimo y máximo de 10 según su condición de vulnerabilidad. c) No tener una pensión o jubilación mayor de $3, mensual. d) Presentar su cedula de identificación para beneficiarios del programa Integración Solidaria ante el IEEA debidamente sellada, en caso de no haber concluido su educación básica. e) Llenar formato SEDESORE-IS/01, solicitud de préstamo solidario. f) Ser personas en situación de vulnerabilidad, según dictamen de la SEDESORE. g) Habitar preferentemente en las colonias, específicamente en las enmarcadas en las zonas de muy alta y alta marginación, según el CONAPO. h) No estar inscrito en algún programa del Servicio Estatal del Empleo. i) No tener crédito vigente o vencido en otros programas similares de gobierno. j) Presentar propuesta de actividad a desempeñar. k) Permitir en todo momento la supervisión de la actividad a desarrollar. l) Notificar a la SEDESORE cualquier cambio de domicilio a la mayor brevedad posible. m) Declarar bajo protesta de decir verdad que los datos proporcionados son ciertos, así como autorizar a la SEDESORE, realizar la verificación de los mismos DOCUMENTACIÓN Fotocopia legibles de los siguientes documentos: a) Acta de Nacimiento b) Identificación oficial del Instituto Federal Electoral (para mayores de edad) c) Clave única de registro de población d) Comprobante de Domicilio (CFE, TELMEX, Predial o Agua Potable) e) Comprobante de último grado de estudios 7. CARACTERÍSTICAS DE LOS PRÉSTAMOS SOLIDARIOS a) Los montos de los prestamos solidarios serán autorizados a través de ciclos, los cuales serán de manera gradual, iniciando con $ 2,000.00, el segundo será de $ 3,000.00, el tercer ciclo de $5, y el cuarto ciclo serán de $ 7, respectivamente, con un plazo de recuperación de 13 semanas cada uno, como se muestra en la siguiente tabla: CICLO MONTO (en pesos) PLAZO (en semanas) PAGO SEMANAL (en pesos) 1 2, a) 2 3, b) 3 5, c) 4 7, d) Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 6

7 a) Realizará 12 pagos de $ y 1 pago de $ b) Realizará 12 pagos de $ y 1 pago de $ c) Realizará 12 pagos de $ y 1 pago de $ d) Realizará 12 pagos de $ y 1 pago de $ b) La tasa de interés aplicable a los préstamos solidarios será del 0% (cero por ciento). c) Se podrá sustituir únicamente de uno a dos integrantes del grupo en los dos primeros ciclos, y en adelante deberán permanecer o de lo contrario, se dará de baja el grupo previo acuerdo del Comité Técnico. d) Al préstamo solidario se otorgará individualmente y mediante un acta de integración se realizará el compromiso de pago grupal. 8. DE LOS BENEFICIARIOS 8.1. DERECHOS a) Presentar a la SEDESORE la solicitud personal de préstamo solidario a través del formato SEDESORE-IS/01, en el cual se especifica la actividad a desarrollar. b) Obtener el dictamen del Comité Técnico, derivado del análisis y evaluación de la solicitud. c) Recibir por parte de la SEDESORE de manera individual con cheque nominativo o mecanismo electrónico el préstamo solidario para la actividad solicitada, según dictamen del Comité Técnico del programa Integración Solidaria. d) Contar con la asesoría de un Agente Solidario para dar seguimiento a la realización de su actividad OBLIGACIONES a) Suscribir los instrumentos jurídicos específicos. b) Emplear los préstamos solidarios exclusivamente en los conceptos convenidos y que estos sean con fines lícitos. c) Facilitar y colaborar con las instancias normativas y ejecutoras del programa en las acciones convenidas para su supervisión. d) Participar en los cursos talleres programados por la SEDESORE; a partir del segundo taller deberá hacerse acompañar de una persona adicional. e) Manifestar, sin faltar a la verdad, sus datos personales. f) Proporcionar la documentación requerida, así como cumplir los requisitos del programa establecidos en el numeral 6. g) Participar de manera voluntaria en grupos de 5 personas como mínimo y 10 personas como máximo y elegir la mesa directiva del grupo solidario para acceder a los préstamos solidarios. Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 7

8 h) Acudir a las reuniones semanales en el lugar que indique el Grupo Solidario para realizar sus pagos de capital y aportaciones de ahorro. i) Realizar los pagos de amortización en la institución bancaria señalada por la SEDESORE de acuerdo al calendario de pagos. 9. PERSPECTIVA DE GÉNERO El programa impulsara la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a través de la incorporación gradual de la perspectiva de género, específicamente en materia de desagregación de información e indicadores. 10. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Serán elegibles para obtener el préstamo solidario, aquellas solicitudes que cumplan con los siguientes criterios de elegibilidad y en el orden que a continuación se relaciona: a ) Acreditar el pertenecer a alguno de los grupos vulnerables contemplados en las presentes Reglas de Operación. b ) Presentar la documentación señalada en el apartado 6.3 de las presentes Reglas de Operación. c ) Habitar preferentemente en las colonias de las zonas de muy alta y alta marginación según el CONAPO. d ) Que la actividad de autoempleo sea viable. e ) Quien no haya recibido ningún tipo de apoyo económico, material o de algún otro tipo por instancia de gobierno federal, estatal, municipal o bien de organización social o civil para el mismo fin. 11. CAUSAS DE CANCELACIÓN Y TERMINACIÓN DEL PRÉSTAMO SOLIDARIO SERÁN CAUSAS DE CANCELACIÓN a ) Cuando el beneficiario deje de efectuar tres pagos del préstamo solidario en un ciclo. b ) Cuando el beneficiario cambie la actividad declarada para la cual se le otorgó el préstamo solidario, sin previo aviso a la SEDESORE. c ) Por utilizar el préstamo solidario en actividad ilícita. d ) Al momento en que se descubra que el beneficiario proporcionó información falsa. e ) Cuando por deserción de algún integrante del grupo solidario, este no cumpla con el mínimo de integrantes, previo acuerdo del Comité Técnico del Programa. f ) Cuando el beneficiario renuncie expresamente por escrito al beneficio del préstamo solidario SERÁN CAUSAS DE TERMINACIÓN a ) Cuando el beneficiario haya cumplido con el pago total del cuarto ciclo. b ) Cuando fallezca el beneficiario. Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 8

9 12. INSTANCIA EJECUTORA La SEDESORE a través de la Dirección de Desarrollo Humano y Asistencia Social es la instancia ejecutora del programa. 13. INSTANCIA NORMATIVA La SEDESORE a través de la Dirección de Desarrollo Humano y Asistencia Social y el Comité Técnico, serán los encargados de normar el programa e interpretar las presentes Reglas de Operación. 14. DESARROLLO HUMANO Se impartirán Cursos o Talleres de motivación por las instancias de Gobierno, educativas, organismos públicos y privados, con quienes se deberán de realizar convenios de colaboración de acuerdo a las necesidades de los grupos vulnerables, abarcando los siguientes temas: a) Cultura Solidaria b) Autoestima y motivación c) Trabajo en equipo d) Administración Básica e) Calidad 15. MECÁNICA OPERATIVA DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN A partir de la publicación de las presentes las Reglas de Operación en el Periódico Oficial del Estado y la página de Internet, se realizará la promoción a través de pláticas en los Centros de Desarrollo Comunitario; de igual forma se llevará a cabo la colocación de las Convocatorias en las instalaciones de las oficinas de la SEDESORE, dependencias del Gobierno Estatal, iniciativa privada; complementando esta etapa de promoción con la entrega de trípticos al público en general y por instrumentos de comunicación convencionales limitándose al presupuesto del programa. La promoción se hará de manera simultánea en la ciudad de San Francisco de Campeche y Ciudad del Carmen INFORMACIÓN Se establecerán dos ventanillas de información y recepción de peticiones para el Programa Integración Solidaria, una en la Ciudad de San Francisco de Campeche en la oficinas de Integración Solidaria ubicada en la Plaza Ah Kim Pech local 120 y 121, Colonia Centro, San Francisco de Campeche, en horarios de 9 a 15 hrs; la segunda, en Calle 22 No. 91, por 31 y 33, Colonia Centro, en Ciudad del Carmen, con el mismo horario de atención a partir de la publicación de las presentes las Reglas de Operación señalado en la fase anterior, donde se resolverán las dudas, características y requisitos del Programa, así como la recepción de solicitudes de los posibles beneficiarios. Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 9

10 15.3. FORMALIZACIÓN DE LOS GRUPOS SOLIDARIOS El Agente Solidario deberá contactar y asesorar a los interesados en el Préstamo Solidario para la integración o formalización del Grupo Solidario, llenado de la solicitud de Préstamo Solidario, el Acta Constitutiva y la elaboración del Reglamento del Grupo Solidario, además deberán anexar la documentación requerida en las presentes Reglas de Operación del Programa. Toda documentación requerida será recepcionada por el Agente Solidario VERIFICACIÓN El Agente Solidario o personal designado por la SEDESORE realizará el estudio socioeconómico aplicado a los solicitantes del Préstamo Solidario y obtener evidencia a través de visitas al domicilio particular AUTORIZACIÓN La Coordinación Operativa del Programa Integración Solidaria será la encargada de preparar la información necesaria para presentar las solicitudes de los posibles beneficiarios de los Préstamos Solidarios ante el Comité Técnico. En sesión de Comité Técnico se aprobarán los grupos y personas beneficiarias conforme al procedimiento establecido en el Reglamento del mismo. Igualmente la Coordinación Operativa programará la entrega de los Préstamos Solidarios solicitando previamente los recursos a la Coordinación Administrativa de la SEDESORE quien a su vez liberará los Préstamos Solidarios conforme a la mecánica operativa designada ENTREGA DE PRÉSTAMO SOLIDARIO La Coordinación Operativa será la encargada de la elaboración de la documentación para la entrega del Préstamo Solidario; que estará integrada por la firma del pagaré, el contrato, los depósitos bancarios de acuerdo a los calendarios de pagos. El Préstamo Solidario será entregado por la persona quien designe el Comité Técnico en el lugar donde se hayan programado las reuniones semanales y podrá ser retirado por el beneficiario mediante una tarjeta de prepago que le será entregada de manera individual RECUPERACIÓN DE CARTERA Para realizar la recuperación de la cartera se llevarán a cabo reuniones semanales designado por la SEDESORE, la amortización del Préstamo Solidario será en cuotas semanales y será responsabilidad del (a) Presidente (a) y/o Tesorero (a), para depositarla en la institución bancaria que se determine y entregar la ficha de depósito el día de la reunión. EL Agente Solidario NO está autorizado para recepcionar dinero en efectivo, únicamente ficha de depósito, si en algún momento se entrega dinero en efectivo al Agente Solidario será bajo responsabilidad del Grupo Solidario. Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 10

11 Los ahorros serán captados por una persona del Grupo Solidario que sea designado por consenso, la SEDESORE NO se hace responsable del manejo de dicho recurso. Durante la reunión semanal si un beneficiario no cumple puntualmente con sus pagos, la Mesa Directiva del Grupo Solidario acudirá al domicilio del deudor para requerirle el pago correspondiente según el calendario establecido con anterioridad, y en caso de no haber respuesta, el Grupo Solidario deberá de cubrir el monto correspondiente para solventar el pago RENOVACIÓN Para estar en posibilidad de acceder a la Renovación del Préstamo Solidario, el Grupo Solidario deberá: a) Llenar una nueva solicitud de Préstamo Solidario, apoyándose para aclarar sus dudas con el Agente Solidario, b) Liquidar en su totalidad el Préstamo Solidario inmediato anterior, c) Tener el número de integrantes que marca el presente Lineamiento para acceder al siguiente Préstamo Solidario, d) Haber cumplido en tiempo y forma los pagos de acuerdo al calendario de amortizaciones, e) Participar en las reuniones semanales y en los cursos o talleres que programe la SEDESORE, f) Permitir la supervisión y monitoreo por parte del Agente Solidario, del desarrollo de la actividad para el que fue solicitado el Préstamo Solidario. Las solicitudes presentadas serán puestas a consideración del Comité Técnico. 16. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL La instancia normativa establecerá los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que sus acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas, con esto se busca potencializar el impacto de los programas solidarios, fortalecer la cobertura de las acciones, mejorar el autoempleo y el ingreso familiar. Mediante invitación y de forma coordinada, la Secretaría de Desarrollo Social y Regional suscribirá los Convenios de Colaboración en materia de capacitación con las siguientes dependencias, organismos autónomos y descentralizados, e instituciones de educación superior; quienes ponen a disposición un catálogo de cursos-taller a impartir a los grupos vulnerables. 17. RECURSOS AUTORIZADOS Los recursos 2011 autorizados para el programa Integración Solidaria, se utilizarán de forma revolvente, de tal manera que al final del proceso de recuperación del cuarto y último ciclo de los préstamos solidarios, el monto recuperado más los rendimientos obtenidos, se depositarán en una cuenta que funcionará como una bolsa para futuros créditos. Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 11

12 18. CIERRE DE EJERCICIO La SEDESORE, a través de la Dirección de Administración, integrará el cierre de ejercicio y trámites subsecuentes. 19. COMPROBACIÓN LA SEDESORE a través de la Dirección de Desarrollo Humano y Asistencia Social en coordinación con la Dirección Administrativa, entregará a la Secretaria de Finanzas una relación detallada de la documentación comprobatoria de la aplicación de los recursos, consistentes en: Acta constitutiva de los grupos beneficiados, identificación oficial del beneficiario y recibo del importe otorgado. 20. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN Seguimiento y Evaluación Corresponde a la SEDESORE, a través de la Dirección de Planeación e Información el seguimiento y evaluación del Programa en los términos establecidos en las presentes Reglas de Operación Evaluación interna La Dirección de Desarrollo Humano y Asistencia Social instrumentará un procedimiento de evaluación interna, con el fin de monitorear el desempeño del Programa, construyendo indicadores relacionados con sus objetivos específicos. El procedimiento operará considerando la disponibilidad de recursos humanos y presupuestales de las instancias que intervienen. Los resultados de las operaciones del Programa serán considerados para la actualización periódica de las Reglas de Operación. La SEDESORE, a través de la Dirección de Desarrollo Humano y Asistencia Social, efectuará un seguimiento permanente del Programa mediante la solicitud de información de su operación. 21. CONTROL Y VIGILANCIA La SEDESORE fomentará la organización y participación ciudadana, así mismo promoverá la capacitación de la sociedad organizada beneficiaria de los programas sociales en su ejecución, supervisión, control y vigilancia y mantenimiento a través de la Contraloría Social, sin perjuicio de las funciones que en materia de control y vigilancia le corresponda a la Secretaría de la Contraloría. Los recursos asignados para la operación del Programa no pierden su carácter estatal, por lo que la Secretaría de la Contraloría, en el ámbito de su respectiva competencia, realizará actividades de fiscalización y auditoría que considere pertinentes. Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 12

13 22. TRANSPARENCIA Y DIFUSIÓN La SEDESORE, deberá publicar en el Periódico Oficial del Estado los Lineamientos, Convocatoria y Reglas de Operación, correspondientes a los programas de desarrollo social, y difundirla a través de su página institucional de Internet, así mismo deberá incluir la siguiente leyenda "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos al Desarrollo Social. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado ante las autoridades conforme a lo que dispone la Ley de la materia". La publicidad y la información relativa a todos los programas sociales deberán identificarse con el escudo estatal. 23. QUEJAS Y DENUNCIAS Los beneficiarios y la población en general, pueden acudir en cualquier momento a la Secretaría de Desarrollo Social y Regional, o bien a la Secretaría de la Contraloría, instancias estas del Gobierno del Estado, para presentar sus sugerencias, quejas o denuncias que contribuyan a una operación más eficiente y transparente del Programa. 24. VIGENCIA Las presentes Reglas de Operación entrarán en vigor a partir de su publicación en la página Institucional de Internet de la SEDESORE. 25. TRANSITORIOS I. El Reglamento del Comité Técnico del programa Integración Solidaria, será aprobado por los integrantes del mismo, en su sesión de Instalación. II. La entrega del Préstamo Solidario de la primera remesa de Grupos Solidarios, será a través de cheque nominativo. III. Las solicitudes de Préstamo Solidario recibidas los primeros diez días hábiles posteriores a la publicación de la Convocatoria del Programa, se presentará ante el Comité Técnico, a más tardar veinte días hábiles después de haber sido recibidas. IV. Los casos no previstos en las presentes Reglas de Operación, serán resueltos por el Comité Técnico. DADO EN LA SALA DE JUNTAS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL Y REGIONAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO (SEDESORE), SITA EN LA AV. PEDRO SAINZ DE BARANDA S/N POR 51 BAJOS, CENTRO HISTÓRICO, EN LA CIUDAD DE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, MUNICIPIO Y ESTADO DE CAMPECHE, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL ONCE. "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos al Desarrollo Social. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado ante las autoridades conforme a lo que dispone la Ley de la materia" Reglas de Operación de Programa Integración Solidaria Página 13

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