CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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1 Firmado digitalmente CARLOS por CARLOS ALBERTO ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ RODRIGUEZ (FIRMA) Fecha: PEREZ (FIRMA) 15:30:09-06'00' AÑO CXXI La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 25 de noviembre del 2015 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL TERCERA PUBLICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales del año 2008 del Tribunal Penal del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: P 7 L 08 Expedientes: 83 Paquetes: 4 Año: 2008 Asunto: Penal Varios: 1 Daños, 1 Robo Simple con Violencia sobre las Personas 1, Lesiones Leves, 4 Portación Ilícita de Arma Permitida, 1 Portación de Arma Prohibida, 1 Transporte Ilegal de Madera, 2 Incumplimiento de una Medida de Protección, 1 Calumnia, 1 Agresión con Arma, 1 Infracción a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, 1 Privación de Libertad, 2 Hurto Agravado, 1 Amenaza Contra una Mujer, 2 Lesiones Culposas, 1 Robo Simple con Fuerza sobre las Cosas, 1 Daños Agravados, 1 Injuria y Difamación, 1 Infracción a la Ley Forestal, 2 Calumnia, Injuria y Difamación, 1 Infracción a la Ley de Protección de las Tortugas Marinas, 1 Agresión Física. Expedientes con sentencias de sobreseimiento firmes. 10 Portación Ilícita de Arma Permitida, 2 Receptación, 2 V.D Desobediencias, 5 Desobediencia a la Autoridad, 6 Agresión con Arma, 2 Infracción a la Ley Forestal, 1 Atentado, 1 Hurto Simple, 3 Robo Simple, 1 Hurto, 2 Amenazas a Funcionario Público, 1 Infracción a la Ley de Armas y Explosivos, 4 Incumplimiento de una Medida de Protección, 1 Hurto Agravado, 4 Lesiones Leves, 1 Coacción, 1 Usurpación, 1 Amenazas Agravadas, 1 Robo Simple en Grado de Tentativa, 2 Violación de Domicilio, 1 Protección a Menores e Incapaces, 1 Lesiones Culposas, 1 Amenazas Contra una Mujer. Expedientes con sentencias absolutoria firmes. 1 Injuria, Calumnia y Difamación. Expediente con Querella Inadmisibilidad. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial. San José, 2 de noviembre del MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Subdirector Ejecutivo Exonerado. (IN ) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos Nº Páginas (C.I.S.E.D.) en Acta N , celebrada el 20 de abril del 2007, artículo VIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N 3507, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Sociales y Psicológicos del año 2000 al 2009 de la Oficina de Trabajo Social y Psicología de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: A 81 S 00 Expedientes: 950 Paquetes: 48 Año: Asunto: Expedientes sociales y psicológicos. 02 paquetes que sumados dan 47 Expedientes (sociales y Psicológicos) del año paquetes que sumados dan 48 Expedientes (sociales y Psicológicos) del año paquetes que sumados dan 52 Expedientes (sociales y Psicológicos) del año paquetes que sumados dan 84 Expedientes (sociales y Psicológicos) del año paquetes que sumados dan 84 Expedientes (sociales y Psicológicos) del año Paquetes que sumados dan 94 expedientes (sociales y Psicológicos) del año Paquetes que sumados dan 154 expedientes (sociales y Psicológicos) del año paquetes que sumados dan158 expedientes (sociales y Psicológicos) del año paquetes que sumados dan 132 expedientes (sociales y Psicológicos) del año paquetes que sumados dan 97 expedientes (sociales y Psicológicos) del año Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial. San José, 2 de noviembre del MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Subdirector Ejecutivo Exonerado. (IN ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes acuerdos: De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N 83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N 83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes penales, civil, laboral y contencioso administrativo de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial.

2 Pág 2 BOLETIN JUDICIAL Nº 229 Miércoles 25 de noviembre del 2015 Remesa Despacho Materia Asuntos Periodo Cantidad de Expedientes a Eliminar C-54-S-92 JUZ. 5TO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-19-P-00 JUZ. CIVIL Y AGRARIO PUNTARENAS CIVIL VARIOS C-28-S-00 JUZ. 5TO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL VARIOS C-29-A-01 JUZ. CIV.TRAB.II CIRCJUD.ALAJUELA CIVIL VARIOS C-9-C-01 JUZ. MEN.CTIA CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-16-P-01 JUZ. CIVIL Y AGRARIO PUNTARENAS CIVIL VARIOS C-18-S-01 JUZ. 3RO. CIV. MAY. CTIA. SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-24-S-01 JUZ. 2DO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-27-S-01 JUZ. 2DO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-34-S-01 JUZ. 4TO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-58-S-01 JUZ. CIV.TRAB.MAY.CTIA.PEREZ ZELEDON CIVIL VARIOS C-64-S-01 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.SAN JOSE CIVIL VARIOS C-3-A-02 JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. SAN RAMON CIVIL VARIOS C-6-A-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA NARANJO CIVIL VARIOS C-11-A-02 JUZ. CIVIL I CIRCJUD. ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-12-A-02 JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRCJUD.ALAJUELA CIVIL INFRA. LEY INQUILINATO C-13-A-02 JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRCJUD.ALAJUELA CIVIL VARIOS C-18-A-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA GRECIA CIVIL VARIOS C-19-A-02 JUZ. CIV.TRAB.GRECIA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-26-A-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA VALVERDE VEGA CIVIL VARIOS C-30-A-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA UPALA CIVIL VARIOS C-6-C-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA TURRIALBA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-18-C-02 JUZ. CIV. MAY. CTIA. CARTAGO CIVIL ORDINARIOS C-20-C-02 JUZ. CIV. MAY. CTIA. CARTAGO CIVIL VARIOS C-22-C-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA TARRAZU DOTA CIVIL VARIOS C-3-G-02 JUZ. MEN.CTIA Y TRANSITO NICOYA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-4-G-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA NANDAYURE CIVIL VARIOS C-6-G-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA TILARAN CIVIL VARIOS C-8-G-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA ABANGARES CIVIL VARIOS C-1-H-02 JUZ. CIV. MAY. CTIA. HEREDIA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-2-H-02 JUZ. CIV. MAY. CTIA. HEREDIA CIVIL HIPOTECARIOS C-11-H-02 JUZ. MEN.CTIA HEREDIA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-16-H-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SAN RAFAEL HEREDIA CIVIL VARIOS C-17-H-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SARAPIQUI CIVIL VARIOS C-18-H-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SANTO DOMINGO CIVIL VARIOS C-19-H-02 JUZ. CONTR. MEN.CTIA SAN ISIDRO (HEREDIA) CIVIL VARIOS C-7-L-02 JUZ. MEN.CTIA I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA CIVIL VARIOS C-9-L-02 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-13-L-02 JUZ. CIVIL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA CIVIL VARIOS C-15-L-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA BRIBRI CIVIL VARIOS C-16-L-02 JUZ. CIVIL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA CIVIL VARIOS C-4-P-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA GOLFITO CIVIL VARIOS C-5-P-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA OSA CIVIL VARIOS C-6-P-02 JUZ. CIV.TRAB.FAM.GOLFITO CIVIL VARIOS C-7-P-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA JICARAL CIVIL VARIOS C-8-P-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA CORREDORES CIVIL VARIOS C-11-P-02 JUZ. CIV.TRAB.FAM.OSA CIVIL VARIOS C-13-P-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA COTO BRUS CIVIL VARIOS C-14-P-02 JUZ. CIV. TRAB. CORREDORES CIVIL VARIOS C-8-S-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA ACOSTA CIVIL VARIOS C-9-S-02 JUZ. CIV.TRAB.MAY.CTIA.PEREZ ZELEDON CIVIL VARIOS C-12-S-02 JUZ. 6TO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL PRENDARIOS C-13-S-02 JUZ. 6TO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL VARIOS C-14-S-02 JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL VARIOS C-23-S-02 JUZ. 3RO. CIV. MAY. CTIA. SAN JOSE CIVIL VARIOS C-26-S-02 JUZ. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL PRENDARIOS C-27-S-02 JUZ. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL INFRA. LEY INQUILINATO C-28-S-02 JUZ. 4TO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL PRENDARIOS C-43-S-02 JUZ. 3RO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL VARIOS C-46-S-02 JUZ. 1ERO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL HIPOTECARIOS E-2-S-02 JUZ. ESPECIALIZADO DE COBRO II CIRC. JUD. SAN CIVIL JOSE HACIENDA EJECUTIVO SIMPLE L-15-A-01 JUZ. CIV.TRAB.II CIRCJUD.ALAJUELA LABORAL VARIOS L-25-A-01 JUZ. CONTR.MEN.CTIA UPALA LABORAL VARIOS L-3-A-02 JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. SAN RAMON LABORAL VARIOS L-6-A-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA NARANJO LABORAL VARIOS L-9-A-02 JUZ. TRAB.I CIRC. JUD.ALAJUELA LABORAL ORDINARIOS L-10-A-02 JUZ. TRAB.I CIRC. JUD.ALAJUELA LABORAL VARIOS L-11-A-02 JUZ. TRAB.I CIRC. JUD.ALAJUELA LABORAL PENSION L-12-A-02 JUZ. CIV.TRAB.II CIRCJUD.ALAJUELA LABORAL VARIOS L-15-A-02 JUZ. MEN.CTIA II CIRCJUD.ALAJUELA LABORAL VARIOS L-20-A-02 JUZ. CIV.TRAB. SAN RAMON LABORAL VARIOS L-22-A-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA UPALA LABORAL ORDINARIOS L-5-G-02 JUZ. MEN.CTIA Y TRANSITO NICOYA LABORAL VARIOS

3 Miércoles 25 de noviembre del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 229 Pág 3 Remesa Despacho Materia Asuntos Periodo Cantidad de Expedientes a Eliminar L-10-G-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA NANDAYURE LABORAL VARIOS L-11-G-02 JUZ. CIV.TRAB.FAM.SANTA CRUZ LABORAL VARIOS L-5-H-02 JUZ. TRAB. HEREDIA LABORAL RIESGO L-6-H-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SAN RAFAEL HEREDIA LABORAL ORDINARIOS L-7-H-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SANTO DOMINGO (HEREDIA) LABORAL ORDINARIOS L-10-H-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SAN JOAQUIN LABORAL VARIOS L-3-L-02 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA LABORAL VARIOS L-4-L-02 JUZ. MEN.CTIA I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA LABORAL VARIOS L-5-L-02 JUZ. TRAB.I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA LABORAL VARIOS L-11-L-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA BRIBRI LABORAL ORDINARIOS L-12-L-02 JUZ. TRAB.I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA LABORAL PENSION L-13-L-02 JUZ. TRAB.I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA LABORAL VARIOS L-14-L-02 JUZ. TRAB.I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA LABORAL ORDINARIOS L-4-P-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA BUENOS AIRES LABORAL VARIOS L-8-P-02 JUZ. CIV.TRAB.FAM.GOLFITO LABORAL VARIOS L-10-P-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA CORREDORES LABORAL VARIOS L-11-P-02 JUZ. CIV.TRAB.FAM.OSA LABORAL VARIOS L-13-P-02 JUZ. CIV. TRAB. CORREDORES LABORAL VARIOS L-5-S-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA ACOSTA LABORAL ORDINARIOS L-6-S-02 JUZ. CIV.TRAB.MAY.CTIA.PEREZ ZELEDON LABORAL VARIOS L-8-S-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SAN SEBASTIAN LABORAL VARIOS L-10-S-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA ESCAZU LABORAL VARIOS L-12-S-02 JUZ. CIV.TRAB.DESAMPARADOS LABORAL VARIOS L-16-S-02 JUZ. DE SEGURIDAD SOCIAL LABORAL VARIOS L-17-S-02 TRIB. TRAB. MEN. CTIA II CIRC.JUD.SAN JOSE LABORAL ORDINARIOS L-3-A-03 JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. SAN RAMON LABORAL VARIOS L-5-C-03 JUZ. MEN.CTIA CARTAGO LABORAL ORDINARIOS L-4-A-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA PALMARES LABORAL VARIOS L-5-A-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA NARANJO LABORAL VARIOS L-7-A-03 JUZ. CIV.TRAB.GRECIA LABORAL ORDINARIOS L-9-A-03 JUZ. TRAB.I CIRC. JUD.ALAJUELA LABORAL RIESGO L-10-A-03 JUZ. TRAB.I CIRC. JUD.ALAJUELA LABORAL PENSION L-3-C-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA TURRIALBA LABORAL VARIOS L-5-G-03 JUZ. MEN.CTIA Y TRANSITO NICOYA LABORAL VARIOS L-9-G-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA TILARAN LABORAL VARIOS L-10-G-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA CAÑAS LABORAL ORDINARIOS L-5-H-03 JUZ. TRAB. HEREDIA LABORAL RIESGO L-6-H-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SAN RAFAEL HEREDIA LABORAL VARIOS L-7-H-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SARAPIQUI LABORAL VARIOS L-8-H-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SANTO DOMINGO (HEREDIA) LABORAL VARIOS L-11-H-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SAN JOAQUIN LABORAL VARIOS L-3-L-03 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA LABORAL VARIOS L-4-L-03 JUZ. MEN.CTIA I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA LABORAL VARIOS L-11-L-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA BRIBRI LABORAL ORDINARIOS L-12-L-03 JUZ. TRAB.I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA LABORAL PENSION L-2-P-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA COTO BRUS LABORAL VARIOS L-4-P-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA BUENOS AIRES LABORAL VARIOS L-6-P-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA GOLFITO LABORAL VARIOS L-7-P-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA OSA LABORAL VARIOS L-8-P-03 JUZ. CIV.TRAB.FAM.GOLFITO LABORAL VARIOS L-9-P-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA CORREDORES LABORAL VARIOS L-10-P-03 JUZ. CIV.TRAB.FAM.OSA LABORAL VARIOS L-6-S-03 JUZ. CIV.TRAB.MAY.CTIA.PEREZ ZELEDON LABORAL VARIOS L-9-S-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA ESCAZU LABORAL VARIOS L-10-S-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA HATILLO LABORAL ORDINARIOS C-63-S-00 JUZ. CIVIL II CIRC.JUD.SAN JOSE CIVIL VARIOS C-10-A-01 JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRCJUD.ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-32-S-01 JUZ. 1ERO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-47-S-01 JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-50-S-01 JUZ. 3RO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-61-S-01 JUZ. CIVIL II CIRC.JUD.SAN JOSE CIVIL VARIOS C-71-S-01 JUZ. CIV.TRAB.DESAMPARADOS CIVIL VARIOS C-14-A-02 JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRC.JUD.ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-24-A-02 JUZ. CIV.TRAB.II CIRC.JUD.ALAJUELA CIVIL VARIOS C-25-A-02 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ALAJUELA CIVIL VARIOS C-28-A-02 JUZ. CIV.TRAB. SAN RAMON CIVIL VARIOS C-10-C-02 JUZ. MEN.CTIA CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-10-L-02 JUZ. MEN.CTIA I CIRCJUD.ZONA ATLANTICA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-12-P-02 JUZ. CIVIL Y AGRARIO PUNTARENAS CIVIL VARIOS C-16-P-02 JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. PUNTARENAS CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-24-S-02 JUZ. 1ERO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-29-S-02 JUZ. 2DO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-33-S-02 JUZ. 5TO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-39-S-02 JUZ. 3RO. CIV. MAY. CTIA. SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE

4 Pág 4 BOLETIN JUDICIAL Nº 229 Miércoles 25 de noviembre del 2015 Remesa Despacho Materia Asuntos Periodo Cantidad de Expedientes a Eliminar C-42-S-02 JUZ. 1ERO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL VARIOS C-44-S-02 JUZ. 3RO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL PRENDARIOS C-50-S-02 JUZ. 5TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL INFRA. LEY INQUILINATO C-54-S-02 JUZ. 3RO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-55-S-02 JUZ. 4TO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-61-S-02 JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-65-S-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SAN SEBASTIAN CIVIL VARIOS C-62-S-02 JUZ. 5TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-67-S-02 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.SAN JOSE CIVIL VARIOS C-68-S-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA ESCAZU CIVIL VARIOS C-70-S-02 JUZ. CONTR.MEN.CTIA HATILLO CIVIL VARIOS C-71-S-02 JUZ. CIV.TRAB.DESAMPARADOS CIVIL VARIOS C-5-A-03 JUZ. CIVIL I CIRCJUD. ALAJUELA CIVIL PRENDARIOS C-7-A-03 JUZ. CIVIL I CIRCJUD. ALAJUELA CIVIL VARIOS C-9-A-03 JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRC.JUD.ALAJUELA CIVIL VARIOS C-10-A-03 JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRC.JUD.ALAJUELA CIVIL VARIOS C-12-A-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA PALMARES CIVIL VARIOS C-4-G-03 JUZ. MEN.CTIA Y TRANSITO NICOYA CIVIL VARIOS C-10-H-03 JUZ. MEN.CTIA HEREDIA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-2-L-03 JUZ. CIV.MAY.CTIA.II CIRCJUD.ZONA ATLANTICA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-10-L-03 JUZ. MEN.CTIA I CIRCJUD.ZONA ATLANTICA CIVIL VARIOS C-14-L-03 JUZ. CIVIL I CIRCJUD.ZONA ATLANTICA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-1-P-03 JUZ. CIV.FAM. AGUIRRE Y PARRITA CIVIL VARIOS C-4-P-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA BUENOS AIRES CIVIL VARIOS C-5-P-03 JUZ. CIV.TRAB.FAM.OSA CIVIL VARIOS C-7-P-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA COTO BRUS CIVIL VARIOS C-8-P-03 JUZ. CIV. TRAB. CORREDORES CIVIL VARIOS C-9-P-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA OSA CIVIL VARIOS C-10-P-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA CORREDORES CIVIL VARIOS C-12-P-03 JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. PUNTARENAS CIVIL VARIOS C-15-P-03 JUZ. CONTR.MEN.CTIA GOLFITO CIVIL VARIOS C-1-S-03 JUZ. CIV.TRAB.MAY.CTIA.PEREZ ZELEDON CIVIL VARIOS C-4-S-03 JUZ. 6TO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL PRENDARIOS C-5-S-03 JUZ. 6TO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL VARIOS C-6-S-03 JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL VARIOS C-16-S-03 JUZ. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL PRENDARIOS P-121-S-90 TRIB. PENAL I CIRC.JUD.SAN JOSE PENAL VARIOS P-125-S-90 TRIB. PENAL I CIRC.JUD.SAN JOSE PENAL VARIOS P-126-S-90 TRIB. PENAL I CIRC.JUD.SAN JOSE PENAL ROBO AGRAVADO P-154-S-90 JUZ. PENAL PEREZ ZELEDON PENAL VARIOS P-131-S-93 JUZ. PENAL PAVAS PENAL VARIOS L-1-G-99 JUZ. CIV.TRAB. CAÑAS LABORAL VARIOS TOTAL Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. San José, 3 de noviembre del Exonerado. (IN ). MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Subdirector Ejecutivo PRIMERA PUBLICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº , celebrada el 20 de abril del 2007, artículo VIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa y Expedientes Sociales y Psicológicos del año 2003 al 2013 de la Oficina de Trabajo Social y Psicología de San Carlos, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: A 10 A 03 Expedientes: 2,810 Cajas: 2 Año: Asuntos: Documentación administrativa: Controles de asistencia del año 2010 al 2013, Agendas de señalamiento del , Correspondencia del , Control de correo certificado del , Reportes y registros (PAI y PAO) del Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales: Año 2003= 18 expedientes, Año 2004= 7 expedientes, Año 2005= 102 expedientes, Año 2006= 436 expedientes, Año 2007= 785 expedientes, Año 2008= 783 expedientes, Año 2009= 679 expedientes. NOTA: El Despacho no desea destruir las valoraciones sociales, psicológicas y psicosociales del año 2010, argumentando que éstas ingresaron al Despacho tardíamente, por lo que, a su criterio, estos no han cumplido el plazo de destrucción.

5 Miércoles 25 de noviembre del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 229 Pág 5 Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial. San José, 9 de noviembre de MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán, Subdirector Ejecutivo Exonerado. (IN ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº , celebrada el 14 de enero del 2013, artículo X y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 65-13, celebrada el 25 de junio del 2013, artículo LXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se proceder á a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2002 al 2010 del Juzgado de Familia de Turrialba, Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: A 6 C 02 Ampos: 19 Libros: 5 Año: 2002 AL 2010 Asunto: Documentación Administrativa: libro de conocimientos. Un Libro de Conocimientos del año Libro de número de sentencia. Un Libro de Números de Sentencia de 2003 a Registros de oficios despachados. Un Ampo de Registro de Oficios Despachados de Reportes y registros. Un ampo de Reportes y Registros del año 2003 a Tres Ampos de Reportes y Registros del año 2007, Cuatro Ampos de Reportes y Registros del año 2008, Tres Ampos de Reportes y Registros del año 2009, Tres Ampos de reportes y registros del año Un Libro de Reportes y Registros del año 2002 a 2008, Un Libro de Reportes y Registros del año 2003 a 2008, Un Libro de Reportes y Registros del año Control de correo certificado. Un Ampo de Control de Correo Certificado del año Informes de presentación. Dos Ampos de Informes de Presentación que emiten las Oficinas Policiales del año 2008, Un Ampo de Informes de Presentación que emiten las Oficinas Policiales del año Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial. San José, 9 de noviembre de MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán, Subdirector Ejecutivo Exonerado. (IN ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº , del artículo II. Consejo Superior Nº del 02 de junio, art LV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general que se procederá a la eliminación de Expedientes Contravencionales del año 1990 al 2012 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Alajuelita, San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. FALTAS Y CONTRAVENCIONES: Remesa: G 16 S 90 Expedientes: (778) Paquetes: (8) Año: (1990) Remesa: G 17 S 91 Expedientes: (900) Paquetes: (7) Año: (1991) Remesa: G 23 S 92 Expedientes: (761) Paquetes: (6) Año: (1992) Remesa: G 33 S 93 Expedientes: (840) Paquetes: (10) Año: (1993) Remesa: G 14 S 94 Expedientes: (794) Paquetes: (11) Año: (1994) Remesa: G 69 S 95 Expedientes: (812) Paquetes: (5) Año: (1995) Remesa: G 12 S 96 Expedientes: (766) Paquetes: (4) Año: (1996) Remesa: G 3 S 97 Expedientes: (727) Paquetes: (5) Año: (1997) Remesa: G 51 S 98 Expedientes: (701) Paquetes: (8) Año: (1998) Remesa: G 53 S 99 Expedientes: (1547) Paquetes: (13) Año: (1999) Remesa: G 60 S 00 Expedientes: (1919) Paquetes: (18) Año: (2000) Remesa: G 61 S 01 Expedientes: (1545) Paquetes: (11) Año: (2001) Remesa: G 63 S 02 Expedientes: (777) Paquetes: (8) Año: (2002) Remesa: G 56 S 03 Expedientes: (865) Paquetes: (13) Año: (2003)

6 Pág 6 BOLETIN JUDICIAL Nº 229 Miércoles 25 de noviembre del 2015 Remesa: G 49 S 04 Expedientes: (932) Paquetes: (8) Año: (2004) Remesa: G 46 S 05 Expedientes: (1145) Paquetes: (13) Año: (2005) Remesa: G 29 S 06 Expedientes: (738) Paquetes: (10) Año: (2006) Remesa: G 40 S 07 Expedientes: (560) Paquetes: (9) Año: (2007) Remesa: G 37 S 08 Expedientes: ( 565 ) Paquetes: (5) Año: (2008) Remesa: G 34 S 09 Expedientes: (495) Paquetes: (3) Año: (2009) Remesa: G 11 S 10 Expedientes: (622) Paquetes: (5) Año: (2010) Remesa: G 2 S 11 Expedientes: (570) Paquetes: (5) Año: (2011) Remesa: G 2 S 12 Expedientes: (558 ) Paquetes: (4) Año: (2012) Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial. San José, 9 de noviembre del MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Subdirector Ejecutivo Exonerado. (IN ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº , celebrada el 14 de enero del 2013, artículo X y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 65-13, celebrada el 25 de junio del 2013, artículo LXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1969 al 2014 de la Administración Regional de Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: Libros: 99 Ampos: 4 Paquetes: 53 Año: 1969 a 2014 Asunto: Documentación Administrativa: 61 Libros de entrada de cuentas corrientes ( ), Reportes y Registros: 3 libros de control de boletas del Juzgado de transito de Heredia (1969 a 1984 ), 7 Libros de control de auditoria (1980 a 1997), 18 Libros de conocimientos de caja chica ( ), Reportes y registros: 4 ampos de control de fotocopiado (2012), Reportes y Registros: 1 paquete de 5350 Control de recibidos de despachos judiciales ( ), Reportes y Registros: 1 paquete control de recibidos de fax ( ), 4 paquetes de control de reportes de fax ( ), 1 paquete de control de boletas de seguridad ( ),1 paquete control de entrada y salida de vehículos (2014), 1 paquete de control de incapacidades (2013). Control de correo certificado:1 paquete de control de telegramas ( ), 2 paquetes control de correo de periferia ( ),13 paquetes control de correspondencia certificada ( ). Control de correo certificado: 3 Libros de correo interno certificado de la administración ( ). Registros de asistencia: 7 libros control de asistencia ( ). Registros de asistencia: 11 paquetes control de asistencia con 550 hojas ( ). Órdenes de compra: 5 paquetes de facturas órdenes de compra ( ). Conciliaciones bancarias: 4 paquetes ( ). Control de vacaciones: 1 paquete (2013): Horas extras:1 paquete (2013) Nombramiento de personal:1 paquete (2013). Estados de cuenta del BCR: 5 paquetes ( ). Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial. San José, 9 de noviembre de MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Subdirector Ejecutivo Exonerado. (IN ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº , de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2005 al 2008 de la Sección de Imagen y Sonido Forense del Organismo de Investigación Judicial. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: O 3 H 05 Paquetes: 37 Año: Asunto: Documentación Administrativa: Proyectosanteproyectos (informe sobre avances, planes y objetivos, proyecto compras presupuesto). Asistencia- reporte. Comunicados y circulares para leer y firmar, boletines informativos, Pizarra informativa, Charlas y Cursos, Compras-Adjudicación Ejecución-Ofertas Recibidas - Subpartidas: , Consecutivo, Actas correspondencia certificada-correspondencia-correo interno-actas SIORI- actas Alajuela - Lista de Refrendo, Actas de

7 Miércoles 25 de noviembre del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 229 Pág 7 traslado de rollos, Viáticos (Informes trimestrales, lineamientos, liquidación, solicitud de anticipo), Horas extra (Formulario individual, lineamientos, registro de horas extra, reporte trimestral, permisos, Informes de labores (mensual)-aseguramiento de la Calidad- Jefatura Departamental, Inventario, Equipo-Reactivos- Pedido materiales laboratorio-activos (mobiliario)- Libros, material bibliográfico, Entrega de equipo, Nombramientos- Actas de Juramentación - Manual de Puestos, Proposiciones. Vacaciones-Boletas-Hojas de Control-Lineamientos, Solicitud de formularios- Fotocopias-Lavandería-Recibido de suministros- Suministros-Reparación de Equipo-Vehículos. Ley Control Interno-Mantenimiento equipo-calibración equipo. Correspondencia enviada: Corte Plena Presidencia- Consejo Superior-Contraloría de Servicios-Inspección Judicial- -Depto Información y Relaciones Públicas Depto Personal-Depto Planificación-Dirección Ejecutiva-Administración Complejo Ciencias Forenses, Depto Proveeduría - Depto Servicios Generales-Dpto Tecnología de la Información-Depto Vigilancia y Seguridad-Depósito de Vehículos-Otros Departamentos- Secretaría General-Defensa Pública, Dirección General del OIJ Asuntos Internos- Delegaciones, Subdelegaciones, Oficina Regional- Departamento Ciencias Forenses-Aseguramiento de la Calidad-Brigada de Emergencia-Consejo Consultivo- Jefatura Departamental. Personal de la Oficina-Regencia Química-Secciones del Depto-Otras Oficinas del OIJ, Secretaría del OIJ, Unidad Capacitación-Ministerio Público-Salas, Tribunales, Juzgados-Instituciones- Empresas Privada-Instituciones y Empresas Internacionales-Proyecto Digital Expedientes. Correspondencia Recibida: Consejo Superior-Corte Plena-Presidencia-Defensa Pública-Contraloría Servicios- Inspección Judicial-Depto Información y Relaciones Públicas-Auditoría Judicial-Depto de Personal-Depto Planificación- Dirección Ejecutiva- Otros Departamentos-Depto Proveeduría - Administración Complejo Ciencias Forenses-Depto de Tecnología de Información-Depto Vigilancia y Seguridad-Secretar ía General de la Corte. Dirección General del OIJ - Delegaciones, Subdelegaciones, Oficinas Regionales- Departamento de Medicina Legal-Departamento de Investigaciones Criminales-Departamento de Ciencias Forenses-Consejo Consultivo-Jefatura Departamental- Personal de la Oficina-Regencia Química-Secciones del DCF - Gestión de la Producción-Gestión de la Calidad - Curriculum Vitae. Otras Oficinas del OIJ Secretaría General del OIJ - Dependencias de la Secretaría OIJ - Unidad de Capacitación-Ministerio Público (Fiscalías y Unidad Especiales)-Salas-Tribunales y Juzgados- Instituciones y Empresas Privadas-Instituciones y Empresas Internacionales. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial. San José, 9 de noviembre de MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán, Subdirector Ejecutivo Exonerado. (IN ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº , celebrada el 25 de junio del 2008, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 55-08, celebrada el 29 de julio del 2008, artículo LXII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1984 al 2012 del Archivo Criminal del Organismo de Investigación Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: Paquetes: 963 Año: 1984 al 2012 Asunto: Documentación Administrativa: 28 paquetes del Reporte de Emparejamiento de Búsqueda Decadactilar del 2009 al paquete de Hoja de Custodia de Expedientes del paquetes de Cuaderno de Control Interno de Unidad de Reseña de 1995 al paquete de Listado de Defunciones del paquetes de Dictamen Criminalístico de 1999 al paquetes de Reconocimiento Fotográfico de 1998 al paquetes de Álbumes Fotográficos de 1997 al paquetes de Libro de Control de Reconocimiento Fotográfico del paquetes de Indagatoria de imputado del 2001 al paquetes de Control Internos de Consultas de 1995 al paquetes de Comunicación de antecedentes a los diferentes despachos de 1998 al paquetes de Informes de Asuntos Pendientes del 2006 al paquetes de Solicitud de Capturas y Presentaciones canceladas de 1984 al paquete de Ingresos de remisiones y reafirmaciones. 89 paquetes de Correspondencia enviada y recibida. 4 paquetes de Proposiciones de Nombramientos del 2009 al paquetes de Registro de Horas Extras del 2009 al paquetes de Registro de Asistencia del 2009 al paquetes de Informes Diarios y Mensuales del 2003 al paquetes de Libros de Novedades del 2008 al Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial. San José, 9 de noviembre de 2015 MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Subdirector Ejecutivo Exonerado. (IN ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº celebrada el 09 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia Doméstica del año 2011 del Juzgado de Violencia Doméstica del I Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: V 6 S 11 Expedientes: 1381 Paquetes: 20 Año: 2011 Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial. San José, 9 de noviembre de MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Subdirector Ejecutivo Exonerado. (IN ).

8 Pág 8 BOLETIN JUDICIAL Nº 229 Miércoles 25 de noviembre del 2015 SALA CONSTITUCIONAL PRIMERA PUBLICACIÓN ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad. A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número CO que promueve Autobuses Unidos de Coronado S. A. y otros, se ha dictado la resolución que literalmente dice: Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas y cuarenta y siete minutos del tres de noviembre de dos mil quince./se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Paulino Rodríguez Corrales, portador de la cédula de identidad número ; Luis David Carvajal Segura, portador de la cédula de identidad número ; Carlos Quesada Bermúdez, portador de la cédula de identidad número ; Christian Gamboa Acosta, portador de la cédula de identidad número ; y Víctor Manuel Hidalgo Villanueva, portador de la cédula de identidad número ; en su condición de apoderados generalísimos sin límite de suma de las sociedades Autobuses Unidos de Coronado Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número ; Buses San Miguel Higuito Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número ; Corporación Nacional de Transportes CONATRA Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número ; Rutas Cincuenta y Uno y Cincuenta y Tres Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número ; y LARED Limitada, cédula de persona jurídica número ; respectivamente, contra los artículos 13, 25, 26, y los transitorios II y III del Decreto Ejecutivo número MOPT, Reglamento para la Evaluación y Calificación de la Calidad del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, al Ministro de Obras Públicas y Transportes, y al Director Ejecutivo del Consejo de Transporte Público. Los artículos 25 y 26 del Reglamento de cita, se impugnan en la medida que estiman los accionantes, que los mismos contravienen el artículo 39 de la Constitución Política y el artículo 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ya que señalan una conducta sancionable pero sin establecer la sanción aplicable, dando lugar así a tipos abiertos o en blanco, y dejando la aplicación de la sanción a criterio del órgano administrativo que valora el cumplimiento de los requisitos que permiten el otorgamiento o renovación de concesiones de transporte público. Refieren que con dicha omisión, se violenta el principio de tipicidad, y con ello el principio de legalidad en materia sancionatoria administrativa, ya que las normas cuestionadas carecen de toda precisión para definir la sanción que debe aplicarse. Explican que la tipicidad es uno de los contenidos esenciales de las sanciones administrativas, por lo que si ese contenido no se respeta, la sanción que se aplica es ilegítima. Mencionan que estas normas tampoco contienen el núcleo esencial de la prohibición, por lo que adolecen de la precisión suficiente desde el enunciado, así como también en cuanto la sanción aplicable. De igual manera, aducen que el artículo 13 y los transitorios impugnados son contrarios al artículo 9 de la Constitución Política, en la medida que tales normas permiten que el Poder Ejecutivo delegue, incluso en particulares, acciones y potestades que le son propias, cuando la referida norma constitucional reconoce el principio de irrenunciabilidad e intransferibilidad de las potestades públicas. Adicionalmente, manifiestan que estas últimas normas cuestionadas contradicen también el principio de mensurabilidad de las potestades públicas, por el cual únicamente la ley puede atribuir potestades administrativas, ya que tales potestades carecen de la posibilidad de ser expandidas de manera indefinida o ilimitada, ya que de hacerlo así, se contradice igualmente el principio de legalidad. Por otra parte, señalan que el artículo 13 y los transitorios cuestionados, contravienen el artículo 28 de la Constitución, porque en su criterio, vía reglamentaria se está limitando el derecho fundamental a la contratación, imponiéndole al concesionario de transporte público obligaciones unilaterales que están reservadas a ser impuestas por ley, y no vía reglamento ni por acuerdo entre partes, como permiten las normas que se cuestionan. Por tales razones, solicitan declarar la inconstitucionalidad de los artículos 13, 25 y 26, y de los transitorios II y III del Decreto Ejecutivo número MOPT, publicado en La Gaceta número 158 del 18 de agosto de La legitimación de los accionantes proviene de la existencia del proceso ordinario que bajo el número de expediente CA se tramita ante el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, en el que se discute la resolución administrativa número TAT , por la cual se anulan los acuerdos de renovación de los derechos de concesión de transporte remunerado de personas de las empresas que aquí figuran como accionantes. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de esta acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado, y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia, o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones , , y ) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. San José, 04 de noviembre del 2015 Fernando Cruz Castro, Presidente a. í. Exonerado. (IN ). De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número CO que promueve Olman José Briceño Fallas, se ha dictado la resolución que literalmente dice: Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las quince horas y once minutos del cuatro de noviembre del dos mil quince./se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Olman Briceño Fallas, mayor, casado, empresario agrícola e industrial, cédula de identidad número , vecino del cantón de San Carlos, provincia de Alajuela, para que se declare inconstitucional el artículo 25 inciso 5) de la Ley Nº 1644 de 26 de setiembre de 1953, Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, por estimarlo contrario a los artículos 39 y 41 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, al Ministro de la Presidencia y al Gerente General del Banco Nacional Costa Rica. Manifiesta que tiene como asunto pendiente de resolver el recurso de amparo tramitado bajo el expediente Nº CO, el cual se encuentra pendiente de resolución. En ese proceso jurisdiccional se invocó la inconstitucionalidad de la aplicación de la norma atacada como medio razonable de amparar el derecho o interés que se estima vulnerado. En el contenido de la norma impugnada se sustenta el acto adoptado por el Consejo de Gobierno, en cuya razón se le impuso una suspensión como miembro de la Junta Directiva del Banco Nacional. Dicho acto fue adoptado sin ningún tipo de procedimiento previo, con menoscabo de su derecho de defensa y al proceso debido. Afirma que es miembro de la Junta Directiva del Banco Nacional, según acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno Nº 5 de 3 de junio de Por medio del acuerdo del Consejo de Gobierno, artículo 2º de la sesión ordinaria Nº 62 de 11 de agosto de 2015, fue suspendido de su cargo, por encontrarse abierto un proceso penal en su contra con auto de apertura a juicio, y mientras no se dicte una resolución que extinga la acción penal.

9 Miércoles 25 de noviembre del 2015 BOLETIN JUDICIAL Nº 229 Pág 9 Con ocasión del acto del Consejo de Gobierno se debió conceder al particular una audiencia previa, en la que disfrutara ampliamente de su derecho de defensa. El Consejo de Gobierno tenía la obligación de sustentar ampliamente las razones por las cuales se debió emitir la suspensión de su cargo. También lesiona la aplicación de la norma impugnada el principio de proporcionalidad y razonabilidad, en tanto se trata de una suspensión automática, sin audiencia previa. Pide que se declare con lugar la acción y la inconstitucionalidad de la norma en cuestión. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación accionante proviene del artículo 75 párrafo 1º de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, al tener como asunto previo el recurso de amparo tramitado bajo el expediente Nº CO, el cual se encuentra pendiente de resolución. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones , , y ) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese./Fernando Cruz Castro, Presidente a. í. San José, 06 de noviembre del Gerardo Madriz Piedra Secretario Exonerado. (IN ). TRIBUNALES DE TRABAJO Causahabientes A los causahabientes de quien en vida se llamó: Olman Guido de la Trinidad Ramírez Moreira, quien fue mayor, casado y laboraba para la Asamblea Legislativa en calidad de estadístico y en la Universidad de Costa Rica como profesor universitario, vecino de Santa Bárbara de Heredia, con cédula de identidad Nº , se les hace saber que: Celia Rosa Gutiérrez Alfaro, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad Nº , vecina de la misma dirección, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido: Olman Guido de la Trinidad Ramírez Moreira. Expediente Nº LA. Juzgado de Trabajo de Heredia, 30 de octubre del Msc. Yuri López Casal, Jueza. 1 vez. Exonerado. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Luis Fernando Castro Jiménez, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula Nº , y falleció el día 16 de febrero del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones, bajo el número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº LA. Promovido por Francisca Gabriela Méndez López a favor de sus causahabientes. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de octubre del Lic. Mónica Zúñiga Vega, Jueza. 1 vez. Exonerado. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: César Enrique Lanza Rivas, quien fue mayor, unión de hecho, de nacionalidad nicaragüense, portó la cédula de residencia Nº , y falleció el día 05 de enero del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones, bajo el número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº LA. Promovido por Yadira del Rosario Pérez Pérez a favor de sus causahabientes. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de octubre del Lic. Mónica Zúñiga Vega, Jueza. 1 vez. Exonerado. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Juan Ignacio Padilla Lezama, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula Nº , y falleció el día 29 de setiembre del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones, bajo el número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº LA. Promovido por Ana Isabel Muñoz Miranda a favor de sus causahabientes. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de octubre del Lic. Mónica Zúñiga Vega, Jueza. 1 vez. Exonerado. (IN ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Alexie Soto Paut, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula Nº , y falleció el día 12 de setiembre del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones, bajo el número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº LA. Promovido por Marta Eugenia Elizondo Pérez a favor de sus causahabientes. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de octubre del Lic. Mónica Zúñiga Vega, Jueza. 1 vez. Exonerado. (IN ). Se cita y emplaza a los que con carácter de causahabientes de consignación de prestaciones, del fallecido: Mariano Salguera Hernández, cédula de identidad número en vida , mayor, casado, masculino, pensionado por el Instituto Costarricense del Seguro Social, vecino de Cañas, Guanacaste, y falleció el veintiséis de diciembre del dos mil trece, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste, a las ocho horas cinco minutos del siete de abril del dos mil quince. Lic. María Isabel López Sánchez, Jueza. 1 vez. Exonerado. (IN ).

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