NORMAS GENERALES Y ADMINISTRATIVAS DE ENFERMERIA

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1 República Dominicana POR LA REFORMA DEL SECTOR Y LA SALUD DE LA GENTE Dirección General de Enfermería NORMAS GENERALES Y ADMINISTRATIVAS DE ENFERMERIA Republica Dominicana

2 TABLA DE CONTENIDO Paginas Objetivo General... xxiii Objetivos Específicos... xxiii Metodología... xxv CAPITULO I 1.0 Conceptualizacion Sobre Enfermería Misión de Enfermería Bases filosóficas Base Legal... CAPITULO II 2.0 Descripción del departamento del nivel central Estructura Organizacional Funciones generales del departamento Organigrama organizacional del departamento Descripción de las áreas de la estructura organizativa Del departamento Relaciones ínter departamentales Relación jerárquica de enfermería Enfermería en la red nacional de salud... CAPITULO III 3.0 Denominación de cargos... - Directora Nacional de Enfermería

3 - Descripción genérica del puesto... - Habilidades conocimiento y destrezas... - Funciones de la directora general de enfermería Coordinadora administrativa... Funciones de la coord.. administrativa Coordinadora de servicios hospitalarios... Funciones de la coordinadora servicios hospitalarios Coordinadora de educación e investigación... Funciones de la coordinadora educación e investigación Coordinadoras Materno Infantil y Salud Reprod.... Funciones de la coordinadora MI y SR Coordinadora de Atención Comunitaria Enfermera comunitaria municipal y provincial... Funciones de la enfermera comunitaria Directora de los servicios Hosp.... Funciones de la directora de los servicios de enfermería Sub-directora clínica hospitalaria... Funciones de las sub-directora clínica Sub-directora docente hospitalaria Supervisora de los servicios de atención directa... Funciones de la supervisora de la atención directa Enfermera de la atención directa... Funciones de la enfermera de atención directa Directora de hospitales municipales y/o locales... Funciones de la directora de Hosp. municipales Bachilleres técnico... Funciones bachilleres técnicos Auxiliares de enfermería... Funciones de auxiliar de enfermería...

4 CAPITULO IV 4.0- Gerencia administrativa y técnica de personal de enfermería Reclutamiento de personal Selección de personal Tramitación Análisis y evaluación del desempeño Jornada de trabajo Periodo de vacaciones Licencias y permisos Uniformes Rotación y distribución de personal Dotación del personal de enfermería Requerimientos para la dotación de personal Porcentaje de personal escenario en 24 hrs.... CAPITULO V 5.0- asignación de actividades Pase de turno Plan de atención al usuario Plan de trabajo del departamento Supervisión de los servicios de enfermería Descanso nocturno... Reuniones... Organigrama de un Hosp. Especializado... Organigrama de un hospital general... Organigrama de un hospital municipal... CAPITULO VI

5 Reglamento disciplinario... Anexos... Bibliografía...

6 OBJETIVOS

7 OBJETIVOS OBJETIVOS GENERAL Disponer de instrumentos técnicos administrativos que sirvan de guía a la organización de los servicios de enfermería posibilitando la aplicación de indicadores de calidad en los distintos niveles de complejidad y ejecución. OBJETIVOS ESPECIFICOS - Mantener una estructura técnico-administrativo, dinámica y funcional, acorde a los procesos cambiantes de los nuevos tiempos. - Reorientar los modelos organizacionales facilitando la incorporación del personal de enfermería para dar respuesta al proceso de reforma y modernización del sector salud. - Coo-ayudar al desarrollo de las personas con una participación social solidaria; y que contribuya al mejoramiento continuo de los servicios de enfermería. - Realizar las funciones y roles de la profesión de enfermería utilizando los principios científicos, éticos y legales a través del conocimiento, en el contexto socio-económico y político del país. - Ofrecer servicios de enfermería humanizada, pertinente y oportuno. METODOLOGÍA

8 1- Formación de comisiones intra hospitalaria, integradas por profesionales, técnicos y representantes de sindicatos y gremios; a los cuales se le asignaron capítulos para su discusión y consenso. 2- Convocatoria a un primer taller nacional para conocer el producto de los equipos intra hospitalarios. 3- Formación de comisiones por provincia, para concluir la discusión de los capítulos faltantes. Estas comisiones tenían, además las responsabilidad, de hacer las modificaciones de los capítulos anteriormente discutido por los equipos intra hospitalarios. 4- Convocatoria a un segundo taller nacional con las comisiones provinciales y representantes de la docencia de los diferentes niveles. 5- Formación de la comisión de redacción integradas por representantes del servicio, docencia y gremios, una vez conformado el documento ya consensuado es analizado y revisado final por la(o) LICDA. ISABEL MEDINA y el LIC. MANUEL ROSARIO.

9 CAPITULO I Conceptualizacion y definición de Enfermería Misión Bases filosóficas Base legal de enfermería CAPITULO I 1.1- CONCEPTUALIZACION DE ENFERMERIA

10 Según afirma Abdelh (7.8) Enfermería es tanto arte como una ciencia que moldea las actitudes, la capacidad intelectual y las habilidades técnicas de cada enfermera (o) es un deseo y una disposición de ayudar a las personas ò enferma o no, haciendo frente a sus necesidades sanitarias Enfermería: Es una profesión que ayuda a las personas a alcanzar su mas alto nivel de bienestar, a través de las necesidades considerando las fortalezas y debilidades durante las diferentes etapas del ciclo vital fomentando el auto cuidado y la integridad estructural y el desarrollo de las personas Enfermería se esfuerza en dar respuestas a las necesidades de las personas, mediante una interrelación personal con los individuos, las familias y las comunidades en distintos marcos de actuación; el propio hogar, el lugar de trabajo, los hospitales y los ambulatorios Misión de Enfermería La misión de enfermería se orienta a mantener compromiso con las necesidades de salud y atención a las personas, grupos de comunidad; promoviendo, fomentando maximizando sus potenciales para el logro de mejores niveles de salud y bienestar, así como definir y ejecutar estrategias metodologicas y procesos operativos para lograr una eficiencia en la calidad de los servicios Bases Filosóficas de Enfermería

11 1- Los servicios de enfermería son regulados por la Dirección General de Enfermería del Nivel Central de la SESPAS, mediante la aplicación de reglamentos, normas y procedimientos, los cuales están basados en principios de trabajo en equipo integrado por profesionales, técnico y auxiliares los cuales participan y colaboran técnicas y solidariamente con otros profesionales, técnicos y auxiliares que integran el equipo de salud. 2- Enfermería proporcionará cuidados universales, tales como: respeto a la vida, la dignidad, los derechos del hombre y la mujer. No estarán limitados por la nacionalidad, raza, creencias, color, edad, sexo, estado político y social. 3- La atención de enfermería se apoya en el conocimiento científico de las creencias biosicosociales, culturales y espirituales. 4- La enfermería deberá actuar profesionalmente, manteniendo siempre las pautas de conducta que reflejen la credibilidad como persona y profesional. 5- Las atenciones e intervenciones de los servicios de enfermería, exigen un estricto cumplimiento de sus regulaciones sincronizadas, expresadas a través de: convencimiento, experiencias; respeto a los valores y principios éticos tendentes a reconocer y respetar al (os) usuario (as) y sus allegados como seres holisticos. 6- Enfermería orientarla usuario para el correcto uso de sus derechos y deberes en el ambiente hospitalario y comunitario en las intervenciones preventivas, del fomento y/o curativas.

12 7- Favorecerá y estimulará al usuario para que de cumplimiento a sus deberes con relacional al auto cuidado, a la reducción de riesgos de accidentes, de enfermar, discapacidad y muerte. 8- Enfermería propiciará y respectará el derecho que tiene el usuario de recibir con equidad y calidad atenciones e intervenciones de enfermería en el contexto de prevención, promoción y rehabilitación de la salud; para el desarrollo de una cultura de producción de salud que asegure un estado saludable a las personas a su medio ambiente. 9- Enfermería actuará y salvaguardará al usuario ante todas sus intervenciones y cuando los cuidados de este se vean amenazados por otros profesionales. 10- Enfermería es responsable de su auto desarrollo y al mantenimiento de la competitividad profesional. 11- Enfermería mantendrá una relación de cooperación con sus compañeros-colegas y otras disciplinas. 12- El personal de enfermería trabajará con libertad y reconocimiento legítimos. 13- Educación. 14- Investigación.

13 BASE LEGAL Los fundamentos legales que le dan sostenibilidad a esta Serie de Normas Nacionales están expresados en la constitución y varias leyes de la Republica que regulan el sector salud del país, dentro de las cuales se pueden indicar las siguientes: El articulo No. 8 del titulo II, la sección I y el literal a) de la constitución de la Republica Dominicana que establece que... el estado debe otorgar la mas amplia protección posible a la maternidad, sea cual fuere la condición o el estado de la mujer... además instruye tomar... las medidas de higiene y de otro genero pendientes a evitar en lo posible la mortalidad infantil ya obtener el sano desarrollo de los niños... La Ley 42-01, en sus libro primero, capitulo I, articulo 5 establece que: La Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social (SESPAS) es la encargada de aplicar en todo el territorio de la Republica, directamente o por medio de los organismos técnicos de su dependencia, las disposiciones de la presente ley, sus reglamento y otras dispociones legales que el efecto se promulguen. La Ley 42-01, en su libro segundo, titulo I, capitulo I, articulo 37 y el titulo III, articulo 85 que reza: para el mejor desarrollo de programas nacionales de recuperación de la salud, la SESPAS, en coordinación con las instituciones correspondientes, normará, regulará y evaluará todas las actividades correspondientes que desarrollen los organismos competentes, de acuerdo con las políticas y el plan nacional de salud. La Ley 42-01, en su libro tercero, titulo II, capitulo único, articulo 98 que establece que: toda persona tiene derecho a servicios de salud de calidad optima en base a normas y criterios previamente establecidos y bajo supervisión periódica. Y el articulo 102 que reza: la dirección y administrativa

14 de los establecimientos de salud serán responsables de que el personal bajo su dependencia cumpla correcta y adecuadamente sus funciones. La Ley 42-01, en su libro cuarto, titulo único, capitulo I, del articulo 109 al 113 establece la responsabilidad de la SESPAS de establecer la reglamentación correspondiente a través de los organismos e instituciones creados a tal efecto, para el control sanitario de todos los medicamentos cuya utilización sea solicitada. La Ley 42-01, en su libro seto, titulo I, articulo 142 establece que: corresponde a las autoridades de salud el control del cumplimiento de las disposiciones de esta ley, sus reglamentaciones y demás disposiciones legales que a sus efectos dicten, y la aplicación de las medidas y los procedimientos que la ley establece para hacerlas efectivas, sin desmedro de las competencia y atribuciones inherentes a las autoridades judiciales y el ministerio publico. La Ley 42-01, en su libro primero, capitulo V, articulo 30, establece que... se les debe dar prioridad a las mujeres, con mayor énfasis a las mujeres en estado de embarazo, los niños y niñas hasta la edad de 14 años, los ancianos y los discapacitados... y el articulo 31, literal c) que dice: Velar por la priorizacion de las atenciones maternas e infantiles y promover la prevención de la morbimortalidad materna e infantil. La Ley 42-01, en su libro tercero, capitulo único, sección III, articulo 104 al 106 y sus respectivos párrafos, regula lo concerniente a los laboratorios de salud. La Ley 4378, Ley Orgánica de Secretaria de Estado, del 10 de Febrero de 1956, Capitulo II, art. 6, inciso b) que manda a... cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos, decretos, resoluciones y acuerdos relativos a sus respectivos ramos... y el art. 12, párrafo I, que otorga atribuciones a la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social, exceptuándola entre

15 todas las secretaria de estado de la republica, con atribuciones para... dictar reglamentos, en casos de calamidad publica, de acuerdo a la ley de sanidad... Ley III de exequátur del poder ejecutivo de fecha 13 de noviembre de Reglamento No. 95 del 4 de Julio de Gaceta 5771 regula las licencias de enfermería. Reglamento 2488 sobre traslado de enfermería de fecha La Ley 520 de incorporación de instituciones sin fines de lucro. Ley de servicio civil y carrera administrativa. BASE LEGAL El Departamento de Enfermería de la Secretaria de Salud Publica, fue creado en el año 1962, de acuerdo al código de Salud Publica en sus artículos 182 y 223, del reglamento orgánico de la SESPAS, cap. III, art. No. 16. El quehacer (ejercicio) de enfermería se fundamenta en: - Ley III de exequátur del poder ejecutivo de fecha 13 de Nov. De Reglamento No. 95 del 4/07/1942. cuota 5771 regula las licencias de enfermería. - Reglamento 2488 sobre traslado de enfermería de fecha Ley 2059 sobre seguridad social. - Ley 520 incorporación de instituciones sin fines de lucro. - Manual de normas generales de la SESPAS DEL LEY de servicio civil y carrera administrativa de 1986.

16 - En octubre de 1987 fue cambiada la denominación de división a departamento. - En agosto del año 2000 fue cambiada la denominación de departamento y elevada a Dirección General.

17 CAPITULO II Estructura Organizacional del Departamento de Enfermería Descripción del Departamento Organización Funciones Generales Relaciones Interdepartamentales Organigrama Jerárquica de Enfermería Enfermería en la Red Nacional de Salud

18 CAPTULO II 2.0 DESCRIPCION DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERIA La Dirección General de Enfermería es una dependencia normalización gerencial de la SESPAS, encargada de desarrollar un proceso de planificación, programación, ejecución, monitoreo, asesoria y evaluación de los servicios de enfermería para garantizar la calidad, confiabilidad y sostenibilidad de este proceso. La Dirección General de Enfermería fundamenta su accionar en el sector publico, y establece coordinación con los sub.-sectores autónomos y descentralizados de salud, a Dirección General de Enfermería, además regula y evalúa los programas formadores de auxiliares y bachilleres técnicos de enfermería. Así como mantiene coordinación con las universidades y escuelas formadoras de RRHH en enfermería del sector publico y privados ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL DEPARTAMENTO ENFERMERIA. La Dirección General de Enfermería depende de la Dirección Nacional de salud, ejerciendo la autoridad técnica de su competencia a graves de acciones normativas, de coordinación y dirección a nivel nacional, la cual es ejercida de manera descentralizada hacia los niveles municipales, provinciales y locales. La Dirección General de Enfermería representa la máxima autoridad dentro de la estructura jerárquica dela organización, cuenta con una director general, una área administrativa y cuatro áreas de atención. Cuenta con un consejo asesor de enfermería y la asesoria internacional de la OPS/OMS.

19 Es miembro del grupo centroamericano de profesionales de enfermería, quien traza la línea política de enfermería en la región de Centro América y el Caribe FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ENFERMERIA 1- Establece la política nacional de enfermería en cuanto a los servicios intra y extra hospitalarias, de formación, capacitación y de servicios de recursos humanos en enfermería. 2- Participa en la formulación de política de administración personal que afectan al grupo de Enfermería. Tales como: criterio de selección, nombramiento, promoción, traslado y jubilación. Diseño de escalafón salarial, beneficios sociales y de salud. 3- Identifica promueve la participación de enfermería en todos los programa de SESPAS e integrándose a los grupos de trabajo multidisciplinarias para la toma de decisiones sobre políticas planificación y programación en el ámbito de la salud publica. 4- Participa en el diseño de componente de enfermería, del sistema nacional de información de salud, manteniendo un registro actualizado de recursos de enfermería. 5- Mantiene el proceso de planeación, programación y evaluación del trabajo de enfermería en el nivel técnico-administrativo. 6- Coordina con la direcciones provinciales y municipales de la gestión descentralizada del recurso humano de enfermería y las asesora en relación al desempeño de enfermería.

20 7- Implementa sistemas escalonados de evaluación de personal, en base a criterio de medición del desempeño cuantitativo y cualitativo. 8- Participa en la toma de decisiones relacionadas con los aspectos éticolegales del ejercicio de la enfermería. 9- Asesora a la dirección nacional de salud y otras autoridades de SESPAS e informa periódicamente al DNS, sobre la implementación de los planes de trabajo; proponer modificaciones necesarias en el desempeño de enfermería. 10- Planifica y desarrolla actividades con directivos de enfermería de otras instituciones del sector salud, con la finalidad de contribuir a mejorar los servicios de salud, las condiciones laborales y de vida del personal de enfermería. 11- Elabora el presupuesto del departamento de enfermería y dar seguimiento para su aprobación y ejecución del mismo ORGANIGRAMA ORGANIZACIONAL DEL DEPARTAMENTO.

21 2.4- DESCRIPCIÓN DE LAS AREAS DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL DEPARTAMENTO. Área Administrativa. Es la unidad encargada de las funciones y tareas administrativa de la Dirección General de Enfermería, diseña e implementa el sistema de información de datos; mantiene relaciona estrecha con la Dirección General de Personal y Recursos Humanos y las demás dependencia vinculadas acciones administrativos y burocráticos de la SESPAS. Área de Atención Hospitalaria Esta área esta dirigida por un@ coordinador; es la unidad encargada de planificar, supervisar, monitorear y evaluar la atención de enfermería de los usuario (as) de los diferentes establecimiento de salud; promueve la evaluación y análisis de desempeño del personal a nivel nacional y evalúa la satisfacción del usuario (as) en los establecimientos de salud. Área de Educación e Investigación en Enfermería Esta dirigida por una coordinadora. Es la unidad responsable de la educación continuada del personal de enfermería en los niveles hospitalarios y comunitarios. Supervisar y evaluar escuelas formadoras de auxiliares de enfermería tanto publico como privado, así como la regulación de los programas de formación de auxiliares y bachilleres técnicos. Controla y regula el ejercicio de la profesión a nivel nacional.

22 Área de Atención Materno Infantil y Adolescente y Salud Reproductiva Esta dirigida por una coordinadora que se encargada de coordinar, supervisar, monitorear y evaluar el desarrollo de la prestación de servicios de enfermería con énfasis en la asistencia materno infantil niños niñas y adolescente y salud reproductiva del hombre y la mujer. Área de Atención Comunitaria Es la encargada de coordinar con las DPS/DMS y las unidades de atención primaria UNAP. Las acciones de salud comunitaria además de los grupos organizados de la comunidad y participar en la elaboración del diagnostico de salud Relaciones Interdepartamentales Por ser un organismo de apoyo, guarda relaciones directa e indirecta con los siguientes departamentos generales y programas. - Atención Medica, Hospitalaria y Comunitaria - Materno Infantil l y Adolescentes - Planificación y sistema - Recursos humanos - Epidemiología (Tuberculosis, enfermedades prevalentes de la infancia) - Nutrición - Dirección General de Salud Mental - Dirección Nacional de Atención Primaria - Programa Ampliado de Inmunización - Salud Mental - Salud Ocupacional - Protección al Menor

23 - Higiene Escolar - Protección a la vejez Así como todos los demás departamentos técnicos administrativos, que están relacionado directa e indirectamente con la salud del individuo sano y/o enfermo.

24 CAPITULO III Denominación y Descripción de Cargos (Puesto) Director (a) General de Enfermería Coordinadora (es) Nacionales Coordinadora Administrativa Descripción de Puestos en los Diferentes Niveles de Ejecución

25 CAPITULO III 3.0- DENOMINACIÓN DEL CARGO Director (a) General de Enfermería Relaciones: A) De dependencia : Del director Nacional de Salud B) De dirección : Con el equipo técnico bajo su Dependencia C) De coordinación : Con todos los departamentos, Unidades y divisiones de la DNS. DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL PUESTO Es responsable de establecer junto a su equipo de trabajo y con la participación del nivel local las normas generales administrativas de los servicios de enfermería. Elaborar y conducir políticas de atención para garantizar la calidad en la atención de enfermería a nivel hospitalario y comunitario. Requisito Exigidos 1- Profesional en enfermería en grado de licenciatura de una universidad reconocida. 2- Poseer exequátur y licencia para el ejercicio profesional. 3- Grado de maestría en salud publica, gerencia y administración u otra vinculada a gestión de los servicios. 4- Ser dominicano(a) 5-10 años minino de experiencia reconocida en funciones de gestiona y administración de menor o mayor jerarquía.

26 Habilidades, Conocimientos y Destreza - Manejo de computadora - Ingles técnico preferiblemente - Capacidad para dirigir trabajo en equipo - Habilidad para negociar y tomar decisiones - Habilidad para tratar en forma cortes y respetuosa y el profesional, técnico, administrativo y las demás personas. - Poseer buenas relaciones humanas. Funcione de la director(a) General de Enfermería del Nivel Central 1- Mantener actualizadas las normas generales y administrativas de los servicios de enfermería y garantizar su cumplimiento. 2- Contribuir en la aplicación modelo de atención; en la aplicación del reglamento hospitalario, estándares de calidad y humanización; en la aplicación del proceso de atención en enfermería (PAE). 3- Contribuir y participar en el proceso de reforma y modernización del sector y en el mejoramiento de la calidad de atención. 4- Elaborar e implementar proyectos para el desarrollo de enfermería. 5- Asesorara su superior inmediato DESCRIPCIÓN DEL CARGO. DENOMINACIÓN DEL PUESTO. SUB-DIRECTORA GENERAL DE ENFERMERIA RELACIONES: Sub- Directora de la Dirección General de Enfermería, relaciones: a) De dependencia : Directora General de Enfermería b) De dirección : Con el equipo Técnico bajo su dependencia. c) De coordinación : Con todos los departamentos y unidades de la DGE.

27 DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL PUESTO Contribuir al logro de los objetivos de la Dirección General de Enfermería a través de un trabajo efectivo y de la calidad con la Directora General y con las(os) coordinadoras(os) de las distintas áreas técnico administrativo bajo su dependencia. REQUISITOS EXIGIDOS 1- Ser dominicano(a) 2- Ser licenciadas(os) de enfermería egresada(o) de una universidad reconocida en el país. 3- Poseer exaguatur y licencia para ejercicio profesional. 4- Tener grado de maestría en un área vinculada a gestión de los servicio de enfermería y/o de salud. 5- Cinco años mínimos de experiencia en funciones de gestión y administración de menor ò mayor jerarquía. HABILIDAD CONOCIMIENTOS Y DESTREZA. - Actualizado en las tecnología de informática. - Ingles técnico. - Capacidad para dirigir trabajo equipo. - Habilidad para ofertar servicio al cliente. - Poseer buenas relaciones interpersonales. FUNCIONES: - Asesora a la Directora General de Enfermería e informa sobre el desarrollo de los planes de trabajo.

28 - Dirigir los procesos de elaboración de normas generales para los servicios de enfermería intra y extra hospitalaria. - Propone a la DGE modificaciones según necesidades. - Sustituir a la Directora General de Enfermería en su ausencia, planifica, organiza, dirige, coordina y controla los programas, actividades y tareas bajo su responsabilidad. - Asesora a las distintas áreas de coordinación de la DGE bajo su dependencia. - Participa y coordina en los distintos programas de salud del nivel central DRS, DPS, DMS. - Participa en el establecimiento de la política nacional de enfermería en cuanto a los servicios intra y extra hospitalario, de formación, capacitación y de servicios de recursos humanos en enfermería. - Participa en el mantenimiento del proceso de planeación y evaluación de trabajo de enfermería en el nivel técnico administrativo. - Asesora al personal bajo su dependencia en los trabajos con las direcciones regionales, provinciales y municipales de la gestión descentralizada del recurso humano de enfermería - Participa en la elaboración de los planes de trabajo del presupuesto y memoria anual de la DGE. - Participa en la evaluación de los planes de trabajo de la DGE, de mediano, largo y corto plazo. - Promueve la investigación científica en diferentes áreas: docencia, servicio y comunidad DENOMINACIÓN DEL PUESTO Coordinador(a) Administrativo. RELACIONES: a) De dependencia : Con la Directora del Departamento. b) De coordinación : Con las Coordinadoras de

29 Educación, hospitalaria y asunto comunitarios del nivel central y con las enfermeras de la DPS/DMS. DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL PUESTO Es la responsabilidad de todos los aspectos administrativos de la Dirección General de Enfermería, diseña e implementa el sistema de información. REQUISITO EXIGIDOS 1. Profesional en enfermería de una universidad reconocida del país. Maestría en gestión y/o especialización en gerencia y administración. 2. poseer licencia y exequátur de enfermería. 3. experiencia reconocida de 5 años mínimo en asuntos de gestión administrativos. CONOCIMIENTOS, HABILIDAD Y DESTREZA. EN EL AREA DE SU COMPETENCIA. Habilidad en el área administrativa y de gestión. Capacidad de trabajo en equipo Habilidad para tratar las personas en forma cortes y respetuosa. FUNCIONES DE LA COORDINADORA ADMINISTRATIVA Sirve de enlace entre las demás áreas y los niveles provincial y municipales de enfermería. Sus funciones incluyen todos los aspectos administrativos de la organización de la Dirección General. 1. Diseñar e implementar sistema de información que provea datos sobre:

30 a) Recursos de personal de enfermería existentes en los servicios de salud de SESPAS. b) Movimiento y desviación de cargos. c) Registro, control de recomendaciones y plazas vacantes. 2. Programar, dirigir y coordinar las actividades del personal administrativo de la dirección general. 3. Organizar y mantener actualizado el sistema de archivo de expediente, documentos y otras informaciones de la dirección. En estrecha relación con la dirección general de RRHH. 4. Determinar la necesidad de material y equipo de la entidad y velar por su buena utilización. 5. Analiza los requerimientos de RRHH en enfermería a nivel nacional conjuntamente con la directora. 6. Entrevistar al personal de enfermería que será recomendado para nombramiento en el nivel central y las direcciones provinciales y municipales. 7. Elaborar y remitir a la Directora el informe mensual de las actividades realizadas. 8. Coordinar con las demás coordinadoras los traslados, licencias, permisos, nombramiento en el nivel central y las direcciones provinciales y municipales. 9. Elaborar el prosupuesto del año de la Dirección General. 10. Elaborar memorias anual de la Dirección General, conjuntamente con la directora y las coordinadoras. 11. Organizar evento de premiación a La Calidad de Enfermería y otros. 12. Administrar los recursos económicos asignados a la dirección general, conjuntamente con la secretaria administrativa. 13. Revisar y asesorar para elaboración de informe económico de las actividades que realice la dirección general. 14. Coordinar con la encargada de protocolo de la SESPAS, para el montaje de actividades de la dirección general. 15. Verificar egresos de correspondencias u otras informaciones.

31 16. mantener organizado un sistema operativo de expedición de licencias para ejercer la profesión de enfermería DESCRIPCIÓN DEL CARGO. DENOMINACIÓN DEL PUESTO. Coordinadora de Servicios Hospitalarios. RELACIONES: A) De dependencia : Directora General de Enfermería B) De coordinación : Con las(os) Director General del Nivel Central. DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL PUESTO Planifica, supervisa, monitorea y evalúa la atención de enfermería a las(os) usuarias(os) de los establecimiento de salud. REQUISITOS EXIGIDOS 1. Ser licenciada en enfermería de una universidad reconocida. 2. Ser dominicano(a) 3. Poseer Licencia y exequátur para el ejercicio de su profesión. 4. Especialidad en gerencia y administración y/o diplomado o maestría. 5. Tener 5 años de experiencia en funciones administrativas. FUNCIONES DE LA COORDINADORA DE SERVICIOS HOSPITALARIOS. 1. Formula planes y programas de salud y elabora metas y estrategias para el desarrollo de los servicios de enfermería hospitalarios de acuerdo a la política nacional de salud. 2. Asesora a los niveles operativos en la administración e servicios de enfermería hospitalaria.

32 3. Revisa y divulga los reglamentos, normas y procedimientos que sirven de base a la organización y administración de los servicios de enfermería 4. Detecta necesidades de capacitación del personal de enfermería a través de la supervisión realizada y remite a la coordinación de educación, para la elaboración de cursos, talleres, seminarios otros desarrollo conjuntamente las actividades de capacitación. 5. Promueve un modelo de atención integral en enfermería acorde con los nuevos paradigmas y la política de salud vigente. 6. Elabora y actualiza estándares de atención de enfermería con la participación activa de la coordinadora de educación y las gerentes de enfermería de los servicios. 7. Mantener actualizadas las normas y procedimientos para la atención de enfermería humanizada de los usuario(as) en los establecimiento de salud, y velar por la ejecución de la misma. 8. Participa en la toma de decisiones del nivel y mantiene informadas sobre temas de actualidad a las gerentes de enfermería del nivel provincial, municipal y local. 9. Asesora a la directora general en asunto relacionados con el área de su competencia. 10. Asesora a los organismos correspondientes sobre la dotación de recursos humanos en enfermería, solicitada por la Dirección Provinciales y municipales. 11. Realiza supervisión, monitoreo y evaluación periódica de los programas de enfermería a nivel nacional. 12. Coordina conjuntamente con la coordinadora de educación la integración docencia-servicio. 13. Prepara y remite a su superior inmediato los informes relacionados con el área de su competencia. 14. Analiza y propone los requerimiento de recursos de enfermería para la prestación de una atención de calidad. 15. Solicita a la dirección de enfermería asesoria nacional e internacional acorde a las necesidades a nivel nacional.

33 16. Promueve el desarrollo de la evaluación del desempeño del personal de enfermería a nivel nacional. 17. Participa en la elaboración del presupuesto de la dirección general de enfermería DESCRIPCIÓN DEL CARGO. DENOMINACIÓN DEL PUESTO. Coordinadora de Educación y de Investigación. RELACIONES: a) De dependencia : Directora General de Enfermería b) De coordinación : Sub-directores docentes y directores de de escuelas formadoras de auxiliares de enfermería y bachillerato técnico. DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL PUESTO Promueve el desarrollo de investigaciones operativas en las áreas de servicio y comunidad, identificando problemas y necesidades relacionada con la educación continua. REQUISITO EXIGIDOS: 1. Licenciado(a) en enfermería de una universidad reconocida. 2. Ser dominicano(a) 3. Experiencia de 5 años mínimos en el área de su competencia. 4. Maestría en un área de enfermería y/o educación superior. 5. Poseer licencia y exequátur para el ejercicio de su profesión. HABILIDAD Y DESTREZAS - Habilidad para trabajar en equipo

34 - Capacidad para negociar - Habilidad para tratar a las personas en forma cortes y respetuosa. - Tener buenas relaciones humanas FUNCIONES DE LA COORDINADORA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN 1. Elabora y propone a la Directora General de Enfermería la política de formación y/o capacitación de los recursos humanos en enfermería, acorde a las necesidades reales de los servicios. 2. Realiza estudio de oferta y demanda del personal de enfermería, con fines de elaborar las proyecciones y proponer a las entidades docentes, las necesidades de formación de personal. 3. Supervisa, monitorea y evalúa los cursos de adiestramiento de auxiliares de enfermería en coordinación con los directores y personal docente de los CAAE y B.T.E. 4. Mantiene un banco de datos de la oferta de los recursos humanos de enfermería que se forman anualmente. 5. Mantiene coordinación estrecha con la asesora técnica de enfermería en la Secretaria de Estado de Educación. 6. Asesora y participa en el desarrollo de los programas de educación en servicio y promueve la integración docencia, servicio e investigación. 7. Coordina con el departamento de recursos humanos PRODECC, universidades y organismos internacionales OPS/OMS y otros, el desarrollo de programas. Cursos y proyectos de educación permanente y continua. 8. Evalúa los programa de adiestramiento en servicio implementado por enfermería, según normas en los establecimiento de salud (SESPAS). 9. Participa en la elaboración y divulgación delas normas de atención técnico administrativa de enfermería. 10. Mantiene el sistema de control del ejercicio profesional de enfermería a nivel nacional.

35 11. Coordina con las universidades, las actividades concernientes a formación y capacitación del personal de enfermería. 12. Promueve el desarrollo de investigación operativas permanente en las áreas hospitalarias en la comunidad, así como su difusión y publicación. 13. Realiza estudio periódicos para evaluar el impacto de los programas de educación permanente y continua en servicio y cambios en la atención, como resultado de la investigación. 14. Fortalece las acciones de investigación a través de la asesoria de diseño de protocolos, proyecto y otras acciones que redunden en beneficio del planeamiento de los servicios y atención de calidad. 15. Establece mecanismos para las relaciones con organismos nacionales e internacionales, con fines de obtener materiales y equipos para las actividades educativas a desarrollar por el departamento, elaborando a la vez las normas para su utilización. 16. mantiene información permanente en el ámbito local y nacional sobre planes y programas de educación en servicio y continua que se desarrolla sobre egresos de personal de enfermería de los diferentes programas docentes. 17. Realiza gestiones con organismos nacionales e internacionales para el logro de becas destinadas a la capacitación del personal de enfermería en las áreas de especialidades de acuerdo a las prioridades nacionales. 18. Promueve la existencia de bibliográficos en los departamentos de enfermería a nivel nacional como una forma de respaldar los programas de educación en servicio. 19. Evalúa materiales bibliográficos con fines de asumir y recomendar sus contenidos para el ejercicio profesional. 20. Promueve la producción de material bibliográfico y educativo (manuales, materiales, y otros) manteniendo un registro de los mismos. 21. Elabora y presenta la memoria anual, según lo establecido por el departamento de enfermería. 22. Elabora y somete el presupuesto anual para el funcionamiento de sus programas a su superior inmediato.

36 23. Elabora y somete proyectos de investigación. 24. Cumple y hace cumplir las normas establecida en el departamento de enfermería. 25. Mantiene inventario de los recursos adicionales existentes en las instituciones donde se desarrollan programas de educación permanente en servicio. 26. Elabora y remite informes periódicamente a su superior inmediato, sobre actividades realizadas DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DENOMINACIÓN DEL PUESTO Coordinadora Materno Infantil y Salud Reproductiva RELACIONES: a) De dependencia : Directora General de Enfermería b) De coordinación : DIGEMA Directores de hospitales amigos de la madre y el niño, coordinadora de programa DPS/DMS. REQUISITOS EXIGIDOS: 1. Ser licenciada(o) en enfermería egresada de una universidad reconocida. 2. Ser dominicana(o) 3. Licencia y exequátur para el ejercicio profesional. 4. Maestría en materno infantil y salud reproductiva años mínimos de experiencia en área materno infantil y/o adolescentes. HABILIDADES Y DESTREZAS

37 - Demostrar habilidad para negociar y trabajar en equipo. - Habilidad para tratar las personas en forma cortes y respetuosa. - Tener buenas relaciones humanas. FUNCIONES COORDINADORA DE MATERNO INFANTIL ADOLESCENTE Y SALUD REPRODUCTIVA. 1. Participa en la elaboración, revisión, edición y divulgación de los de los reglamentos, normas y procedimientos administrativos y asistenciales del área materno infantil y adolescentes. 2. Vela y da seguimiento a la aplicación del modelo de atención integral de enfermería a los usuarios(as) en los establecimiento de salud materno infantil de la SESPAS, en coordinación con las direcciones provinciales y municipales y la coordinadora de hospitales. 3. Realiza evaluación de la calidad de atención de los servicios de enfermería que ofrece a los usuarios(as) en los diferentes establecimientos de salud materno infantil en hospitales municipales y provinciales. 4. Coordina con las direcciones materno infantil y adolescentes y la coordinadora de educación de la SESPAS, la capacitación del personal de enfermería en los diferentes programas materno infantil y adolescentes de los establecimientos de SESPAS. 5. Elabora y actualiza los estándares de atención de enfermería conjuntamente con las coordinadora hospitalaria y gerente de enfermería de los servicios y la coordinadora de educación. 6. identifica necesidades de capacitación para mejorar la calidad de la atención de los servicios que se ofrece el personal de enfermería a los usuarios(as) y comunica a la coordinadora hospitalaria y la coordinadora de educación. 7. Da seguimiento a los planes de trabajos y vela por el cumplimiento de los mismos en los establecimientos de salud materno-infantil.

38 8. Participa en la elaboración de normas internas y procedimientos para la atención de enfermería humanizada de los usuarios(as) en los establecimientos de salud. 9. Participa y motiva la formación de comité de vigilancia provinciales y municipales de los programas materno infantil en los diferentes establecimientos de salud. 10. Participa en la investigación y análisis de los casos de mortalidad infantil materno infantil en los diferentes establecimientos de salud. 11. Propone temas de investigación operativas a la coordinadora de educación e investigación. 12. Realiza supervisión y evaluación periódica de los programas materno infantil y adolescentes. 13. Promueve conjuntamente con la coordinadora hospitalaria la evaluación del desempeño del personal de enfermería. 14. Elabora y coordina informe con los coordinadores hospitalarios, tanto de sus actividades mensuales como de otros asuntos de importancia. 15. Mantiene informaciones actualizadas a través delas relaciones con el sistema nacional de información de la SESPAS DENOMINACIÓN DEL PUESTO Coordinadora Nacional de Atención Comunitarios RELACIONES. De dependencia : Directora General de Enfermería De coordinación : Con los directores de hospitales nacionales, áreas Municipales y provinciales y coordinadores de Programas de las direcciones provinciales y municipales.

39 DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL PUESTO Planifica, desarrolla y evalúa las acciones de salud comunitaria conjuntamente con los grupos organizados de la comunidad, participa en la elaboración del diagnostico de salud de la población. REQUISITO EXIGIDOS: 1. Licenciada en enfermería y de una universidad reconocida. 2. Ser dominicana(o). 3. Licencia y/o exequátur para el ejercicio profesional años mínimos de experiencia en gestión comunitaria. 5. Maestría y/o diplomado educación social en salud y/o comunitarias. 6. Experiencia en gestión comunitaria. HABILIDADES Y DESTREZAS - Conocer la situación epidemiológica del país. - Habilidades para trabajar en equipo. - Habilidad para tratar las personas en forma cortes y respetuosa. - Habilidad para negociar y manejar conflictos. - Tener Buenas relaciones humanas. FUNCIONES DE LA COORDINADORA NACIONAL DE SERVICIOS COMUNITARIOS: Establece coordinación con los sigtes. programas: Epidemiología Tuberculosis Nutrición Educación para salud

40 Atención primaria Establecimiento de asistencial social 1. Coordina y supervisa las acciones de enfermería que se ofrecen a través de los programas de salud de acuerdo con las políticas de la SESPAS. 2. Participa en la identificación de necesidades de salud de la comunidad, en el planeamiento, implementación y evaluación de programas de atención primaria en salud. 3. Participa en la elaboración de las normas especificas para el fomento, la promoción y la protección de la salud, para dar uniformidad a los sistemas de trabajo en todos los establecimientos del país a nivel local. 4. Participa con el equipo de salud en la supervisión de los programas de epidemiología en el primer nivel de atención. 5. Participa con el equipo de salud en la supervisión y vigilancia del cumplimiento de la ley 8-95, sobre lactancia materna. 6. Participa en la elaboración, revisión y divulgación e interpretación de las normas de atención comunitaria. 7. Realiza con los demás miembros del equipo de salud investigaciones operativas que permiten la identificación de las necesidades de salud de la comunidad y la participación de enfermería en la satisfacción de las mismas. 8. Planifica y desarrolla programas de educación permanente en salud comunitaria, coordinando con la direcciones provinciales y municipales. 9. Desarrolla acciones conjuntamente con el nivel local para fortalecer las organizaciones de la comunidad, que colaboran con los servicios de salud. 10. Participa activamente en las movilizaciones que realiza SESPAS para la promoción y prevención en salud. 11. Evalúa el grado de avance de los diferentes programas que se desarrollan en la comunidad. - Intervención de la coordinadora de atención comunitaria. centros sanitarios, hospitales municipales sin y con camas, clínicas rurales,

41 hogar para bebes, geriátricos, centro de atención integral comunitaria y escuelas DESCRIPCIÓN DEL CARGO DENOMINACIÓN DEL PUESTO Coordinadora del Programa de Salud Escolar RELACIONES: a) Administrativamente : Del director de materno infantil. b) Técnicamente c) De dirección : Del personal de enfermería en En las escuelas. d) De coordinación : Con la coordinación materno Infantil de la DGE. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO: Es una dependencia técnica administrativa de la dirección general de materno infantil y de coordinación y asesoria con la dirección general de enfermería, además es responsable de la planeación, organización, ejecución y evaluación de las acciones de enfermería en la escuela; de modo que asegure el fomento y la prevención de la salud escolar. REQUISITOS EXIGIDOS: 1- Ser dominicano(a) 2- Graduado(a) de licenciada(o) en enfermería de una. 3- Maestría y/o especialización de preferencia en salud publica o comunitaria. 4- Poseer exequátur y licencia para el ejercicio profesional. 5- Mínimo tres años de experiencia en funciones administrativas.

42 6- Ser miembro/a activa de ADEG FUNCIONES DE LA COORDINADORA DEL PROGRAMA DE SALUD ESCOLAR: 1- Elabora y programa las actividades de salud a desarrollar en las escuelas. 2- Coordina con las enfermeras de áreas y/o provinciales las actividades a desarrollar en cada una de las escuelas a su cargo. 3- Participa en las actividades que realiza la sociedad de padres y amigos de la escuela. 4- Implementar en las escuelas la formación de comités de salud, con la participación del equipo de salud que laboran en las mismas. 5- Fomentar actividades recreativas y el desarrollo del arte, con la finalidad de mantener la salud física y mental de los estudiantes. 6- Coordinar con los demás miembros del equipo docente y de salud escolar las actividades a desarrollar en las escuelas. 7- Elaborar proyectos de salud, en coordinación con la dirección de las escuelas, sociedad de padres. 8- Orientar al personal de enfermería que labora en las escuelas sobre las actividades que deben realizar con los estudiantes de la misma. 9- Supervisar las actividades realizadas por el personal de enfermería asignadas a la escuelas. 10- Rendir informe de las actividades realizadas en las escuelas. 11- Fomentar y realizar investigación operativa en su área escolar.

43 COORDINACIÓN DE SALUD ESCOLAR: Descripción del puesto. Es una dependencia técnica administrativa de la Dirección General de Materno Infantil y de coordinación y asesoria con la Dirección General de Enfermería, además es responsable de la planeación, organización, ejecución y evaluación de las acciones de enfermería en la escuela, de modo que asegure el fomento y la prevención de la salud escolar. DEPENDENCIA. A- Administrativa : Del director de materno infantil. B- técnicamente : C- De dirección : Del personal de enfermería en las escuelas. D- De coordinación : Con la dirección materno infantil de Enfermería. REQUISITOS: Todas la enfermera de área y cambian 3 que diga diplomado especialidad de preferencia en salud escolar. HABILIDAD Y DESTREZA: Capacidad para trabajar en equipo y manejar conflicto actividad para tratar con persona de forma cortes. - Habilidad para trabajar en labores educativas.

44 3.8- DESCRIPCIÓN DE CARGO DENOMINACIÓN DEL PUESTO ENFERMERA/O DE AREA DEPENDENCIA: A- Administración, depende del director de área de salud. B- Técnicamente, depende de la dirección general de enfermería. C- De dirección: con el equipo bajo su dependencia. D- De coordinación: con el equipo de salud del área. DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL CARGO: Es responsable de la planeación, ejecución, organización, monitoreo y evaluación de las acciones de enfermera de modo que asegure la calidad de la atención en los aspectos de prevención, fomento, recuperación y rehabilitación de la salud de los individuos, familia, comunidad y en las áreas hospitalarias. REQUISITOS: 1- Ser dominicanota 2- Graduadota de licenciado/a en enfermera de una universidad reconocida. 3- Maestría y/o especialización de preferencia en salud publica o comunitaria. 4- Poseer exequátur licencia para el ejercicio profesional. 5- Mínimo tres años de experiencia en funciones administrativas y/o gestión de programas. 6- Ser miembro/a de la AGEG.

45 HABILIDAD Y DESTREZA: - Capacidad para trabajar en equipo, para negociar y manejar conflictos. - Habilidad para tratar con las persona de forma cortes. - Habilidad para utilizar sistema autorizado de informática. FUNCIONES DE LA ENFERMERA DE AREA: 1- Asesora al director de área en materia de enfermera. 2- Planifica ejecuta y evalúa conjuntamente con las enfermera las acciones de enfermería a realizar en los establecimientos de salud de la dirección provincial y/o municipal, acorde con las necesidades prioritarias en el marco de las políticas de salud vigente. 3- Asume la representación de enfermería en los consejos provinciales de salud. 4- Mantiene coordinación permanente con los miembro del equipo provincial y/o municipal de salud. 5- Participar en la selección, formación, capacitación, monitoreo y evaluación de los recurso humanos y municipios 6- Evalúa el personal de enfermería recomendado por el establecimiento de salud. 7- En coordinación con la directora del departamento de enfermería del establecimiento de salud, asegura que las normas generales y administrativas estén disponibles y que estas se cumplan. 8- En coordinación en el equipo de enfermería de la provincia, elabora las proyecciones de enfermería para su provincia o municipio. 9- Promueve el desarrollo de los programas de salud vigente en la secretaria de estado de salud publica y asistencia social, enfatizado en la humanización de los servicios.

46 10- Participa en la elaboración y desarrollo de programa de educación permanente, acorde con las necesidades de salud de la provincia ò el municipio de los diferentes establecimientos de salud de su área. 11- Mantiene la coordinación permanente con el nivel regional de enfermería. 12- Promueve y ejecuta investigaciones epidemiológicas y de impacto en su área de influencia, para mejorar los servicios y publico los resultado de las investigaciones. 13- Participa activamente en los evento sociales, desarrolladas por las direcciones provinciales y/o municipales. 14- Coordina acciones de salud y de enfermería intra y extra sectaria e interdepartamental. 15- Realiza evaluación periódica del personal y de los servicios de enfermería de su área. 16- Participa en la programación de salud del área y en los estudios de investigación que se realicen. 17- Mantiene coordinación con la red de servicio hospitalario, comunitario, provinciales, municipales y rurales. 18- Promueve la integración docencia servicio en su provincia o municipio. 19- Participa en las acciones de educación para la salud de individuos y grupos. 20- Coordina con las demás miembros de salud provincial y/o municipal las acciones de gestión social a desarrollar en la red de los servicios provinciales y municipales. 21- Participa en la implementación del nuevo modelo de atención en su provincia y/o municipio. 22- Estimula la priorizacion de la atención a la madre, niño, niña y adolescente y el adulto mayor en el de su influencia. 23- Canaliza los requerimientos de materiales, equipo y suministro necesario.

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