Reglamento de Prácticas Externas

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1 ACUERDO DE LA JUNTA DE CENTRO DEL CENTRO UNIVERSITARIO EUSA (A-JC-18), DE FECHA 9 DE JUNIO DE 2014, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE PRACTICAS EXTERNAS APROBADO EN JUNTA DE CENTRO DE FECHA 20 DE FEBRERO DE 2013 Y MODIFICADO POR ÚLTIMA VEZ EN JUNTA DE CENTRO DE FECHA 31 DE ENERO DE TEXTO CONSOLIDADO Versión 4 Reglamento de Prácticas Externas BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC-18 1 de 63

2 PREÁMBULO El presente Reglamento recoge la normativa relativa a las prácticas externas de los alumnos del Centro Universitario EUSA, en adelante EUSA, y está basado en lo establecido por el Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, y en el Acuerdo 5.6/CG , por el que se aprueba la Normativa de Prácticas Externas de la Universidad de Sevilla, que establecen el marco legal que regula los Programas de Cooperación Educativa, habilitando a las Universidades a establecer convenios que permitan a los estudiantes universitarios realizar prácticas formativas como parte integral de su currículo académico o como complemento de sus estudios universitarios. EUSA asume como objetivo la preparación de los estudiantes para su futura integración en la sociedad a través del desarrollo de sus capacidades. Para ello, y entre otras actividades que mejoren la empleabilidad de éstos, procurará que los estudiantes, en los casos en que los planes de estudio así lo reflejen y, cuando no sea así, en la medida de sus posibilidades, completen su formación mediante prácticas en empresas, entidades e instituciones que aporten una experiencia profesional y faciliten su incorporación al mercado de trabajo. EUSA será la entidad responsable de la gestión e intermediación de los acuerdos de colaboración con empresas, entidades e instituciones dirigidos a la incorporación de sus estudiantes en los programas de prácticas mediante la formalización del correspondiente convenio de cooperación. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC-18 2 de 63

3 ÍNDICE TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Definición. Artículo 3. Fines. Artículo 2. Naturaleza Artículo 4. Ámbito de aplicación. Artículo 5. Modalidades. Artículo 6. Prioridades. Artículo 7. Régimen jurídico. Artículo 8. Destinatarios de las prácticas. Artículo 9. Requisitos de los estudiantes para la realización de las prácticas. CAPÍTULO I. CARACTERÍSTICAS DE LOS PROGRAMAS DE PRÁCTICAS Artículo 10. El proyecto formativo. Artículo 11. Inexistencia de relación e incompatibilidad. Artículo 12. Cobertura de seguro. Artículo 13. Duración. Artículo 14. Horario de las prácticas. Artículo 15. Comienzo y finalización de las prácticas. Artículo 16. Tutorías y requisitos para ejercerlas. Artículo 17. Interrupción temporal de las prácticas. Artículo 18. Protección de datos. Artículo 19. Aspectos económicos. TÍTULO II. DERECHOS Y OBLIGACIONES CAPÍTULO I. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD COLABORADORA Artículo 20. Derechos de la entidad colaboradora. Artículo 21. Obligaciones de la entidad colaboradora. CAPÍTULO II. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EUSA. Artículo 22. Obligaciones de EUSA con los estudiantes en prácticas. Artículo 23. Derechos de EUSA con los estudiantes en prácticas. CAPÍTULO III. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE EN PRÁCTICAS Artículo 24. Derechos de los estudiantes en prácticas. Artículo 25. Obligaciones de los estudiantes en prácticas CAPÍTULO IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL TUTOR DE LA ENTIDAD COLABORADORA Artículo 26. Derechos del tutor de la entidad colaboradora. Artículo 27. Obligaciones del tutor de la entidad colaboradora. CAPÍTULO V. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL TUTOR DE EUSA Artículo 28. Derechos del tutor académico de prácticas de EUSA. Artículo 29. Obligaciones del tutor académico de prácticas de EUSA. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC-18 3 de 63

4 TÍTULO III. PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN CAPÍTULO I. PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE PRÁCTICAS EXTERNAS Artículo 30. Responsabilidad de las prácticas externas. Artículo 31. Publicidad y contenido de la oferta de prácticas externas. Artículo 32. Solicitud, Selección y Adjudicación de las prácticas externas. Artículo 33. Renuncia, rescisión y revocación de las prácticas externas. Artículo 34. Continuación de práctica a la finalización de las curriculares. Artículo 35. Prórroga de las prácticas extracurriculares y extraoficiales. Artículo 36. Seguimiento de las prácticas externas. Artículo 37. Reglamentos de centro. TÍTULO IV. EFECTOS ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS CAPÍTULO I. DOCUMENTOS FINALES Artículo 38. Informe y encuesta final del tutor de la entidad colaboradora. CAPÍTULO II. EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN Artículo 39. Memoria y encuesta final de las prácticas del estudiante. Artículo 40. Evaluación de las prácticas, reconocimiento académico y acreditación. Artículo 41. Convalidación de Prácticas Curriculares. Artículo 42. Acreditación entidad colaboradora y tutor de la entidad. CAPÍTULO III. CALIDAD Artículo 43. Garantía de calidad de las prácticas externas. DISPOSICIONES ADICIONALES, TRANSITORIA Y FINAL. ANEXOS 1. Oferta de prácticas (para empresas) 2. Encuesta final estudiante. 3. Memoria final estudiante. 4. Autoevaluación. 5. Informe final empresa. 6. Encuesta final empresa. 7. Solicitud de prácticas (para estudiantes). 8. Tránsito curricular de extracurricular. 9. Tránsito curricular a extraoficial. 10. Solicitud renuncia estudiante. 11. Solicitud rescisión empresa. 12. Acuerdo Marco de colaboración educativa EUSA-Entidad Colaborador. 13. Anexo al Acuerdo Marco de colaboración educativa. 14. Solicitud de convalidación de prácticas curriculares. 15. Acta de concesión de práctica. 16. Sistema de Evaluación de Prácticas Externas. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC-18 4 de 63

5 TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Definición. A efectos de esta normativa, debe entenderse por prácticas académicas externas aquellas actividades formativas realizadas por los estudiantes universitarios, y supervisadas por EUSA, cuyo objetivo es permitir a los estudiantes aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que le preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento. Podrán realizarse en el propio Centro Universitario EUSA o en entidades colaboradoras, tales como, empresas, instituciones y entidades públicas y privadas en el ámbito nacional e internacional. Artículo 2. Naturaleza. Dada la naturaleza formativa de las prácticas académicas externas, de su realización no se derivarán, en ningún caso, las obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. Asimismo, y en el caso de que al término de los estudios el estudiante se incorporase a la plantilla de la entidad colaboradora, el tiempo de las prácticas no se computará a efectos de antigüedad ni eximirá del período de prueba salvo que en el convenio colectivo aplicable estuviera expresamente estipulado lo contrario. Artículo 3. Fines. Con la realización de las prácticas académicas externas se persiguen, en la medida de lo posible en cada caso, los siguientes fines: 1. Contribuir a la formación integral de los estudiantes completando su aprendizaje teórico y práctico. 2. Facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional en que los estudiantes habrán de operar contrastando y aplicando los conocimientos adquiridos. 3. Favorecer el desarrollo de competencias técnicas y transversales (sociales y actitudinales), así como el uso de otros idiomas. 4. Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción laboral y mejore su empleabilidad futura en el mercado de trabajo local, nacional e internacional. 5. Favorecer la movilidad transnacional. 6. Concienciar a los estudiantes sobre la globalización del mercado laboral. 7. Favorecer los valores de la innovación, la creatividad y el emprendimiento. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC-18 5 de 63

6 Artículo 4. Ámbito de aplicación. El ámbito de aplicación de esta normativa se extiende a las prácticas académicas externas de los estudiantes de los títulos oficiales de Grado y Doble Grado impartidos en el Centro Universitario EUSA. No entran dentro del ámbito de esta normativa las becas de colaboración en actividades propias de la universidad cuyas tareas a desarrollar no tengan relación con las salidas profesionales de las titulaciones universitarias, ni otros convenios de colaboración con otras entidades suscritos al amparo de su normativa específica. Artículo 5. Modalidades. Las prácticas académicas externas serán curriculares, extracurriculares y extraoficiales. 1. Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas integrantes del Plan de Estudios del Grado de que se trate. 2. Las prácticas extracurriculares, son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aún teniendo los mismos fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios. No obstante, serán contempladas en el Suplemento Europeo al Título conforme determine la normativa vigente. 3. Las prácticas de extraoficiales, son aquellas que podrán ser realizadas por los alumnos con carácter voluntario y que en ningún caso servirán para la obtención de créditos ECTS ni serán contempladas en el Suplemento Europeo al Título. Artículo 6. Prioridades. 1. EUSA otorgará prioridad a la adjudicación de las prácticas curriculares frente a las extracurriculares y extraoficiales. 2. En el caso de que EUSA no pueda atender la demanda de prácticas curriculares destinará la oferta de plazas extracurriculares y extraoficiales a tal fin, adjudicando las plazas según criterios académicos. 3. Así mismo se procurará que los estudiantes con discapacidad puedan optar a entidades en las que estén aseguradas todas las medidas de accesibilidad universal, incluidas las referidas al transporte para su traslado y acceso a las mismas, conjugando esta prioridad con lo establecido en el apartado anterior. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC-18 6 de 63

7 Artículo 7. Régimen jurídico. Las prácticas académicas externas se rigen por el Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre (BOE número 297, de 10 de diciembre de 2011), así como por las disposiciones contenidas el acuerdo 5.6/CG de la Universidad de Sevilla. En el caso de prácticas curriculares se regirán también por lo dispuesto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por su actualización en el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, y por el plan de estudio de cada titulación. En el caso de existir programas de ámbito local, autonómico o nacional de fomento de las prácticas académicas externas se regirán por esta normativa en lo que no contravenga a su regulación específica. Artículo 8. Destinatarios de las prácticas. Podrán realizar prácticas académicas externas: 1. Los estudiantes matriculados en EUSA en cualquiera de las titulaciones oficiales de Grado o Doble Grado que se imparten en el Centro aunque se acojan a programas de movilidad nacional o internacional. 2. Los estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que, en virtud de programas de movilidad académica o de convenios establecidos entre las mismas, se encuentren cursando estudios oficiales en EUSA, a no ser que las normas que regulen el programa dispongan otra cosa, y siempre y cuando aquellas aparezcan reflejadas en sus respectivos acuerdos académicos. Artículo 9. Requisitos de los estudiantes para la realización de las prácticas. Para la realización de las prácticas externas los estudiantes deberán cumplir, en su caso, los siguientes requisitos: 1. Estar registrado en la aplicación informática que se tenga dispuesta a los efectos de realización de prácticas externas cuando así lo haya previsto EUSA o haber cursado la solicitud correspondiente en los plazos previstos en cada curso académico. 2. Estar matriculado en EUSA, en la titulación para la que se oferta la práctica. 3. Para participar en los programas de prácticas curriculares, se estará a lo dispuesto en el Plan de Estudio de cada titulación que, en su caso, marcará el número de créditos mínimos superados en el momento de hacer la matrícula necesarios para poder matricularse en la asignatura vinculada a las prácticas externas y que, en todo caso, será como mínimo 120 créditos. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC-18 7 de 63

8 4. Para participar en el programa de prácticas extracurriculares, será necesario: a) Haber superado, en el momento de solicitar la práctica, el 50% de los créditos necesarios para obtener el título del Grado para el que se solicita la práctica (120 créditos). En el caso de Dobles Grados será necesaria, con carácter general, la superación del 50% de la carga lectiva total del programa del Doble Grado (180 créditos). b) No haber realizado prácticas extracurriculares y curriculares con una duración igual o superior a lo establecido en este reglamento. 5. Para participar en el programa de prácticas extraoficiales, será necesario: a) Estar a lo dispuesto en la normativa específica de cada práctica en concreto. b) Haber superado satisfactoriamente las asignaturas del primer cuatrimestre del primer curso. c) Contar con la aprobación de su tutor académico basada en la evaluación de la trayectoria académica del estudiante interesado y con la evaluación satisfactoria por parte del Departamento de Prácticas y Empleo. CAPÍTULO I. CARACTERÍSTICAS DE LOS PROGRAMAS DE PRÁCTICAS Artículo 10. El proyecto formativo. El proyecto formativo en que se concreta la realización de cada práctica académica externa deberá fijar objetivos educativos y actividades a desarrollar. Los objetivos se establecerán considerando las competencias básicas, genéricas y específicas que debe adquirir el estudiante. Asimismo los contenidos de la práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con los estudios cursados. En todo caso, se procurará que el proyecto formativo se conforme siguiendo los principios de inclusión, igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal. Artículo 11. Inexistencia de relación e incompatibilidad. Los estudiantes seleccionados no mantendrán, en ningún caso, relación laboral con EUSA, con la entidad colaboradora, ni con ninguna otra entidad relacionada, de forma directa o indirecta, con ésta salvo autorización expresa del centro para las practicas curriculares, o salvo lo dispuesto en el art b) para las prácticas extracurriculares. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC-18 8 de 63

9 Artículo 12. Cobertura de seguro. 1. Para las prácticas curriculares, los estudiantes estarán cubiertos, en caso de accidente, enfermedad o infortunio familiar por el Seguro Escolar, en los términos y condiciones que establece la legislación vigente. En el caso de estudiantes mayores de 28 años deberán formalizar un seguro de accidente, cuya cuantía correrá a cargo de EUSA, debiendo aportar una copia del mismo al Responsable de prácticas del centro previo al inicio de la práctica. Además, queda garantizada la responsabilidad civil de daños a terceros que pueda ocasionar el estudiante en prácticas por la póliza colectiva que EUSA tiene suscrita a tales efectos. 2. Para el caso de las prácticas extracurriculares y extraoficiales, los estudiantes estarán cubiertos por un seguro de accidentes y responsabilidad civil colectivo que será tramitado y sufragado por EUSA hasta una cuantía de 80 por práctica. Si el estudiante quisiera ampliar las coberturas éstas correrán a su cargo. 3. En el caso de prácticas internacionales, y con independencia de la modalidad de prácticas, EUSA tramitará y suscribirá un seguro individualizado de accidente que incluirá repatriación y responsabilidad civil hasta una cuantía de 120. En los casos de cuantía superiores éstas correrán a cargo del estudiante. Artículo 13. Duración. 1. Las prácticas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de estudios correspondiente en los términos establecidos por el artículo 12.6 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre. La duración de este tipo de prácticas será el resultado de multiplicar 25 horas por el número de créditos establecido para esta modalidad de prácticas en cada grado, y que con carácter general deberán realizarse en la misma entidad. 2. La finalización de la práctica curricular se deberá programar para que se produzca preferentemente antes del fin del curso académico en el que el estudiante se haya matriculado de la asignatura de "prácticas externas" o la equivalente a esta. 3. Las prácticas extracurriculares tendrán una duración, por titulación, no inferior a 2 meses -salvo que supongan la continuación de la modalidad curricular, en cuyo caso el cómputo total no podrá ser inferior a tres mesesni superior al cincuenta por ciento del curso académico o 6 meses. EUSA autorizará estas prácticas procurando el aseguramiento del correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas del estudiante. 4. Las prácticas extraoficiales tendrán la duración que para cada caso se establezca, no pudiendo exceder de 6 meses el cómputo total de prácticas (curriculares, extracurriculares y extraoficiales) en una misma empresa o entidad colaboradora. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC-18 9 de 63

10 Artículo 14. Horario de las prácticas. 1. La distribución horaria de las prácticas externas se establecerá de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora. Los horarios, en todo caso, serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante en EUSA. En este sentido, cualquier duración que implique la presencia del estudiante durante más de cinco horas diarias o de cien horas en cómputo mensual desarrollando actividades propias de la práctica, requerirá adecuada justificación y autorización expresa de EUSA, siempre considerando lo señalado con anterioridad. 2. El horario de entrada y salida será establecido por el centro, oída la entidad colaboradora. 3. En el caso de faltas de asistencia por enfermedad común será EUSA quien establezca la condición de horas recuperables o no. No serán recuperables las horas perdidas por la asistencia a exámenes o pruebas finales y las correspondientes a citas de orientación y seguimiento de las prácticas por parte de EUSA. Tampoco serán recuperables las faltas de asistencia derivadas de enfermedad común que estén debidamente justificadas y que no supongan en cómputo global más de 15 días naturales no consecutivos o 5 consecutivos. 4. El horario de entrada y salida podrá ser modificado de común acuerdo entre la entidad colaboradora y el estudiante en prácticas, previo conocimiento y aprobación de EUSA. Artículo 15. Comienzo y finalización de las prácticas. El inicio de la práctica externa comienza el mismo día de incorporación del estudiante a la entidad colaboradora. La finalización se podrá producirse por alguna de las siguientes causas: a) La conclusión del período fijado para ello. b) La voluntad de cualquiera de las partes de dar por finalizada la práctica cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: I. Cese de actividades de cualquiera de las partes. II. Circunstancias justificadas que impidan el desarrollo de las actividades programadas. III. Mutuo acuerdo de las partes intervinientes. IV. Incumplimiento del convenio por cualquiera de las partes. V. Renuncia expresa del estudiante seleccionado. VI. Perdida de la condición de estudiante, con arreglo a lo establecido por la universidad. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

11 Artículo 16. Tutorías y requisitos para ejercerlas. 1. Para la realización de las prácticas externas los estudiantes contarán con un tutor de la entidad colaboradora y un tutor académico de prácticas de EUSA. 2. El tutor designado por la entidad colaboradora deberá ser una persona vinculada a la misma, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva, será el encargado de acoger al estudiante y organizar las actividades a desarrollar con arreglo al proyecto formativo, así como coordinar con el tutor académico de prácticas de EUSA el desarrollo de las actividades. 3. El tutor académico de prácticas será un profesor designado por EUSA afín a la enseñanza a la que se vincula la práctica y, en el caso de las prácticas extracurriculares y extraoficiales, preferentemente un profesor del Centro Universitario EUSA que imparta docencia en la misma rama de conocimiento de la enseñanza cursada o un técnico que haya sido formado para tal fin. Artículo 17. Interrupción temporal de las prácticas. 1. En el caso de prácticas curriculares, el centro podrá atender la solicitud motivada de interrupción de la práctica por parte del estudiante o de la entidad colaboradora. 2. Para el caso de prácticas extracurriculares y extraoficiales, EUSA podrá conceder la interrupción temporal del disfrute de la práctica a petición razonada del interesado o de la entidad colaboradora siempre que ambas partes estén de acuerdo. Dicha interrupción no será aplicable a las prácticas cuya duración sea igual o inferior a dos meses. El período máximo de interrupción será de dos meses, debiendo incorporarse el estudiante a la entidad colaboradora una vez transcurrido dicho período y, en consecuencia, prolongando el período de prácticas hasta completar el establecido inicialmente. Artículo 18. Protección de datos. La firma del convenio de cooperación educativa de prácticas externas y su anexo implica la aceptación del contenido de esta Normativa y la autorización para que los datos personales del estudiante y los contactos de la entidad colaboradora sean utilizados e incorporados en los ficheros de EUSA, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, con el fin de la correcta gestión de las prácticas y de realización de seguimientos, tanto de acceso al mercado laboral como de su inserción en el mismo del estudiante. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

12 Artículo 19. Aspectos económicos. 1. La entidad colaboradora podrá abonar mensualmente al estudiante seleccionado una cantidad en concepto de bolsa o ayuda al estudio. 2. La cuantía de la bolsa o ayuda al estudio se indicará en el anexo al convenio de cooperación educativa y, en ningún caso, tendrá consideración de remuneración o nómina por la actividad desarrollada al no existir relación contractual. TÍTULO II. DERECHOS Y OBLIGACIONES CAPÍTULO I. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD COLABORADORA Artículo 20. Derechos de la entidad colaboradora. 1. Al reconocimiento efectivo por EUSA de su labor mediante documento acreditativo expedido al efecto. 2. A que se respete la confidencialidad de sus datos tratados en el transcurso de la práctica. 3. A que el desarrollo de la práctica no interfiera con el normal desenvolvimiento de las tareas propias de la entidad colaboradora. 4. A la interrupción de la realización de las prácticas si el estudiante incumple sus deberes, previa comunicación al tutor académico de prácticas por medio de un formulario tipo facilitado por EUSA. Artículo 21. Obligaciones de la entidad colaboradora. 1. Formalizar un convenio de cooperación educativa con EUSA. 2. Hacer un seguimiento de las prácticas a través de tutores. 3. Proporcionar a EUSA la información que le pueda solicitar en relación con la práctica o el resultado de ésta. 4. Informar a EUSA sobre el desempeño de la actividad desarrollada por el estudiante en prácticas. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

13 5. Cumplir las condiciones contenidas en la normativa reguladora de las prácticas académicas externas, en el convenio de cooperación educativa y anexo de prácticas. 6. Nombrar un tutor que se encargue de garantizar el proceso formativo del estudiante en la entidad, así como de comunicar cualquier incidencia sobre las prácticas al tutor académico de prácticas. 7. Cumplir las normas vigentes de seguridad y prevención de riesgos laborales. 8. Garantizar la formación complementaria que precise el estudiante para realizar las prácticas, entre otras, las condiciones de seguridad e higiene y sobre las medidas de prevención a adoptar en las instalaciones donde se van a desarrollar las prácticas. 9. Facilitar al estudiante la asistencia a los exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades obligatorias de las asignaturas en las que esté matriculado, así como a las reuniones de los órganos colegiados de gobierno de EUSA. 10.Facilitar al tutor académico de prácticas el acceso a la entidad para el cumplimiento de los fines propios de su función. 11.Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo de las prácticas. 12.Cumplimentar un informe y encuesta final de prácticas. Por cada estudiante, una vez finalizado el período de prácticas, 13.Abonar al estudiante en prácticas la cantidad estipulada en concepto de bolsa o ayuda, en su caso; así como, en caso de desplazamiento ocasionado por tareas derivadas de las prácticas, las dietas que, con carácter general, le correspondan a sus empleados. CAPÍTULO II. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EUSA Artículo 22. Obligaciones de EUSA con los estudiantes en prácticas. 1. Comunicar a la persona seleccionada la concesión de la práctica. 2. Asegurarse de que el beneficiario dispone, al menos, del seguro escolar, o uno de cobertura equivalente y de un seguro de responsabilidad civil. 3. Expedir acreditación de la realización de prácticas. 4. Facilitar el acceso a la documentación necesaria para la gestión de las prácticas, tanto al estudiante como a la entidad colaboradora. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

14 Artículo 23. Derechos de EUSA con los estudiantes en prácticas. EUSA se reserva el derecho a rescindir el convenio con las entidades colaboradoras si considerara que las mismas lo incumplen sistemáticamente y siempre después de haber arbitrado mecanismos previos para evitarlo. CAPÍTULO III. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE EN PRÁCTICAS Artículo 24. Derechos de los estudiantes en prácticas. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes derechos: 1. A la tutela, durante la duración de la práctica, por un tutor académico de prácticas de EUSA y por un tutor laboral de la entidad colaboradora. 2. A la evaluación conforme a lo establecido en este Reglamento y a los criterios determinados por EUSA para cada caso. 3. A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde se indique que ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento. 4. A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio. 5. A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia. 6. A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales. 7. A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con antelación suficiente al tutor laboral. 8. A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en igualdad de condiciones. 9. A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad. 10.A hacer uso de aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y en los correspondientes convenios de cooperación educativa suscritos por EUSA y la entidad colaboradora. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

15 Artículo 25. Obligaciones de los estudiantes en prácticas. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes deberán atender al cumplimiento de las siguientes obligaciones: 1. Cumplir la normativa de prácticas externas establecida por EUSA. 2. Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor académico de prácticas de EUSA. 3. Mantener contacto con el tutor académico de prácticas durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo. 4. Incorporarse a la entidad colaboradora de que se trate en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma. 5. Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la entidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo. 6. Elaboración de la memoria y encuesta final de las prácticas (prácticas curriculares y extracurriculares), según modelo, que deberá entregar al tutor académico de prácticas en los plazos máximos fijados. 7. Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la entidad colaboradora y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta. 8. Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la entidad colaboradora, salvaguardando el buen nombre de EUSA. 9. Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente o en los correspondientes convenios de cooperación educativa suscrito por EUSA y la entidad colaboradora. 10.Entregar la documentación necesaria para la evaluación, acreditación y certificación de las prácticas realizadas a su tutor académico de prácticas. 11.Informar al profesorado de las asignaturas que cursa de su situación de estudiante en prácticas. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

16 CAPÍTULO IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL TUTOR DE LA ENTIDAD COLABORADORA Artículo 26. Derechos del tutor de la entidad colaboradora. 1. Al reconocimiento de su actividad colaboradora, por parte de EUSA, en los términos previstos en esta normativa. 2. A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas así como del Proyecto Formativo y de las condiciones de su desarrollo. 3. Tener acceso a EUSA para obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios de su función. Artículo 27. Obligaciones del tutor de la entidad colaboradora. 1. Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el Proyecto Formativo. 2. Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje. 3. Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales. 4. Coordinar con el tutor académico de prácticas de EUSA el desarrollo de las actividades establecidas en el programa de la asignatura, en el caso de las prácticas curriculares, y en el anexo al convenio de cooperación educativa, en el de las extracurriculares y extraoficiales, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo que puedan ser necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como la comunicación y resolución de posibles incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la misma y en el control de permisos para la realización de exámenes. 5. Elaboración del informe y encuesta final de las prácticas para cada estudiante. 6. Proporcionar la formación complementaria que precise el estudiante para la realización de las prácticas. 7. Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo de la práctica. 8. Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y emprendimiento por parte del estudiante. 9. Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del estudiante como consecuencia de su actividad como tutor. 10.Prestar ayuda y asistencia al estudiante, durante su estancia en la entidad, para la resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el desempeño de las actividades que realiza en la misma. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

17 CAPÍTULO V. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL TUTOR DE EUSA Artículo 28. Derechos del tutor académico de prácticas de EUSA. 1. En el caso de ser profesor, al reconocimiento efectivo de su actividad académica en los términos que establece EUSA. 2. En caso de no ser un profesor, EUSA certificará dicha labor a los efectos oportunos. 3. A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas así como del Proyecto Formativo y de las condiciones bajo las que se desarrollará la estancia del estudiante a tutelar. 4. Tener acceso a la entidad colaboradora para el cumplimiento de los fines propios de su función. 5. A la formación necesaria para su buen desempeño como tutor académico de prácticas. 6. A tener acceso a los medios necesarios para el buen desempeño de su función. Artículo 29. Obligaciones del tutor académico de prácticas de EUSA. 1. Velar por el normal desarrollo del Proyecto Formativo, garantizando la compatibilidad del horario de realización de las prácticas con las obligaciones académicas, formativas y de representación y participación del estudiante. 2. Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el tutor de la entidad colaboradora y visto, en su caso, los informes de seguimiento. 3. Autorizar las modificaciones que se produzcan en el Proyecto Formativo. 4. Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado. 5. Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca como consecuencia de su actividad como tutor. 6. Informar al órgano responsable de las prácticas externas en EUSA de las posibles incidencias surgidas. 7. Supervisar, y en su caso solicitar, la adecuada disposición de los recursos de apoyo necesarios para asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus prácticas en condiciones de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal. 8. Proponer la rescisión de las prácticas previa presentación por escrito de una justificación razonada al responsable del centro de las prácticas externas. 9. Apoyar la captación de entidades colaboradoras para la realización de las prácticas externas curriculares. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

18 TÍTULO III. PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN CAPÍTULO I. PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE PRÁCTICAS EXTERNAS Artículo 30. Responsabilidad de las prácticas externas. 1. La dirección de EUSA será la responsable del programa de prácticas externas. 2. La dirección de EUSA, delega en el Departamento de Prácticas y Empleo de EUSA la organización, coordinación y gestión del programa de prácticas externas del centro. 3. EUSA asignará el seguimiento y evaluación de las prácticas curriculares y extracurriculares entre los profesores con carga docente en cada título, de acuerdo con los criterios generales de organización de grupos y carga docente. 4. La captación de entidades colaboradoras se realizará a través del apoyo del Departamento de Prácticas y Empleo EUSA y los tutores académicos, siendo la responsabilidad de esa captación el director del centro. Artículo 31. Publicidad y contenido de la oferta de prácticas externas. 1. La oferta de las prácticas externas se publicará en medios telemáticos, a través de la plataforma virtual de EUSA, o en los tablones oficiales del Centro por un plazo suficiente para su conocimiento. A partir del mes de septiembre y hasta la mitad del mes de octubre de cada curso académico se realizará una primera publicación de la oferta de prácticas disponibles. Esta primera oferta de prácticas podrá actualizarse a lo largo del curso a medida que surjan nuevas vacantes de prácticas con nuevas publicaciones. 2. En las ofertas de prácticas externas se reflejarán, siempre que sea posible, como mínimo los siguientes datos: a) Nombre o razón social de la entidad colaboradora donde se realizará la práctica. b) Centro, localidad y dirección donde tendrán lugar. c) Fechas de comienzo y fin de las prácticas, así como su duración en horas. d) Número de horas diarias de dedicación o jornada y horario asignado. e) Proyecto formativo, actividades y competencias a desarrollar. f) Titulación o titulaciones a las que van dirigidas las prácticas. g) Requisitos exigidos por la entidad colaboradora. h) Cuantía de la bolsa de ayuda al estudio, en su caso. 3. Al los alumno que propicien, por iniciativa propia, la firma de acuerdos de colaboración con nuevas entidades se les asignarán las plazas de prácticas derivadas de sus gestiones siempre y cuando el contenido de la práctica se ajuste al perfil del Grado que cursa el estudiante. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

19 Artículo 32. Solicitud, Selección y Adjudicación de las prácticas externas. 1. EUSA determinará el procedimiento de solicitud, selección y adjudicación de las prácticas, con arreglo a criterios objetivos previamente determinados, garantizando, en todo caso, los principios de transparencia, mérito, publicidad e igualdad de oportunidades y en todo caso de acuerdo con el programa de las prácticas de cada titulación. 2. Cada plaza de prácticas será ofertada con carácter general como práctica externa sin ser considerada a priori bajo modalidad alguna. 3. El Departamento de Prácticas y Empleo establecerá periódicamente los plazos de presentación de solicitudes para la oferta de prácticas. Con carácter general se realizarán tres convocatorias: primer cuatrimestre, segundo cuatrimestre y verano.. 4. Finalizado cada plazo, se realizará, en primer lugar, la asignación de las plazas con carácter curricular entre los alumnos matriculados en las asignaturas de Prácticas Externas y pendientes de asignación de plaza. Aquellas plazas que queden vacantes se asignarán a los solicitantes de prácticas extracurriculares y las restantes a los solicitantes de prácticas extraoficiales según los requisitos establecidos en este Reglamento. 5. En la medida de lo posible, las prácticas externas serán asignadas atendiendo a las preferencias de los alumnos indicadas en su solicitud y atendiendo a los perfiles solicitados por la empresa que oferta la práctica. En caso de que se diera la coincidencia de preferencias de los alumnos con alguna plaza de práctica ésta será asignada por criterios estrictamente académicos, siguiendo los que a continuación se señalan y por este orden: a) Número total de créditos aprobados. b) En caso de igualdad, calificación media del expediente académico. c) De persistir la igualdad, se asignará la plaza por orden de presentación de solicitudes. 6. Los estudiantes seleccionados, deberán expresar su aceptación y compromiso de realización de las prácticas suscribiendo el oportuno anexo en el plazo que se indique y siempre con anterioridad a la fecha de inicio de la misma. 7. Transcurrido el plazo sin que se produzca la aceptación, y siempre que no medie una causa suficientemente justificada a juicio de EUSA, se considerará que el candidato renuncia a la misma, ofreciéndose automáticamente dicha plaza al suplente mediante el mismo procedimiento. 8. Los estudiantes podrán solicitar la realización de las prácticas externas en una determinada entidad no incluida en la oferta. En este caso, necesitará la aprobación de EUSA quien resolverá la autorización. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

20 9. Los estudiantes que deseen participar en el programa de prácticas extracurriculares o extraoficiales deberán: a) Formalizar la solicitud de prácticas una vez sea convocada la oferta y en el plazo que se establezca al efecto. b) Acreditar en el momento de aceptar la práctica que reúnen todos los requisitos exigidos. c) Para las prácticas extraoficiales, contar con la aprobación de su tutor académico y del departamento de orientación laboral. 10.Una vez manifestado el interés por una oferta, y si el proceso selectivo requiere la presencia del solicitante, la no presentación sin causa justificada será motivo de exclusión para la realización de prácticas extracurriculares o extraoficiales en ese curso académico 11.Una entidad podrá solicitar un estudiante concreto. 12.Las entidades colaboradoras quedarán a lo expuesto en este reglamento en función del carácter curricular, extracurricular o extraoficial con que finalmente sea considerada cada una de las plazas de prácticas. Artículo 33. Renuncia, rescisión y revocación de las prácticas externas. 1. Al estudiante que, por causas no justificadas, rechace o no se incorpore a la práctica asignada se le calificará con NO PRESENTADO en la convocatoria correspondiente. En cualquier otro caso le serán aplicables los criterios de evaluación previstos por EUSA para las prácticas externas En caso de tratarse de una plaza de prácticas extracurricular o extraoficial, el alumno perderá el derecho a que se le adjudique, de nuevo, prácticas de estas modalidades en ese curso académico, siempre y cuando no se deba a causas justificadas. 2. La renuncia a una práctica, por parte de un estudiante, deberá hacerse por escrito según modelo facilitado por EUSA en el que se deberá motivar las causas que han provocado la renuncia. 3. La rescisión de una práctica, por parte de la entidad colaboradora, debe hacerse por escrito según modelo facilitado por EUSA en el que se deberá motivar las causas de la rescisión. Si se produjera tal circunstancia por causas imputables al estudiante tales como incumplimiento de normas, bajo rendimiento, mal comportamiento, etc., podrá conllevar la calificación de suspenso de las prácticas curriculares. 4. El centro se reserva la facultad de revocar para un estudiante, así como para la entidad colaboradora, la participación en el programa de prácticas externas del centro por incumplimiento de lo establecido en ésta normativa, inadecuación pedagógica de las prácticas formativas o vulneración de las normas que en relación con la realización de tareas programadas estén vigentes en cada caso. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

21 Artículo 34. Continuación de práctica a la finalización de las curriculares. Tras la finalización del periodo total de una práctica curricular se podrá iniciar una práctica extracurricular, si el estudiante reúne los requisitos marcados para esa modalidad. La duración máxima será lo establecido en esta normativa para las prácticas extracurriculares (6 meses), excluyendo del cómputo el periodo de tiempo realizado en la curricular. Para ello, la práctica curricular finalizará y se iniciará una práctica extracurricular según lo establecido en esta normativa Artículo 35. Prórroga de las prácticas extracurriculares y extraoficiales. Se podrá prorrogar una práctica extracurricular o extraoficial siempre que la suma total de la duración inicial más el periodo a prorrogar no supere la duración máxima establecida en esta normativa (6 meses por alumno y empresa). Artículo 36. Seguimiento de las prácticas externas. Es responsabilidad del tutor académico de prácticas realizar el seguimiento de las prácticas curriculares, extracurriculares y extraoficiales que tenga bajo su responsabilidad. En el caso de que alguna práctica curricular tuviera continuidad en el formato de extracurricular, podrá continuar con dicha labor sobre la que EUSA emitirá la certificación oportuna. Es responsabilidad del tutor académico de prácticas realizar el seguimiento de las prácticas que tenga bajo su responsabilidad y emitir un informe evaluativo al final de las mismas excepto de las prácticas extraoficiales. Artículo 37. Reglamentos de centro. La Junta de Centro de EUSA, a través de la Comisión de Prácticas elaborará una memoria anual que someterá a la Junta de Centro para su debate y valoración; dicha memoria podrá incluir propuestas de actuación. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

22 TÍTULO IV. EFECTOS ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS CAPÍTULO I. DOCUMENTOS FINALES Artículo 38. Informe y encuesta final del tutor de la entidad colaboradora. El tutor de la entidad colaboradora realizará y remitirá al tutor académico de prácticas de EUSA, a ser posible a través de la aplicación informática de que se disponga para ello, a la conclusión de las prácticas y en el plazo máximo de 15 días a la finalización de la práctica, los siguientes documentos: 1. Un informe final, conforme al modelo normalizado establecido por EUSA, valorando la actividad del estudiante durante la práctica. En el cual se recogerán, entre otros datos, el número de horas realizadas por el estudiante y la valoración de los siguientes aspectos referidos, en su caso, tanto a las competencias técnicas como a las transversales previstas en el correspondiente proyecto formativo: a) Capacidad técnica. b) Capacidad de aprendizaje. c) Planificación y Organización del trabajo. d) Habilidades de comunicación oral y escrita. En el caso de estudiantes con discapacidad que tengan dificultades en la expresión oral, deberá indicarse el grado de autonomía para esta habilidad y si requiere de algún tipo de recurso técnico o humano para la misma. e) Sentido de la responsabilidad. f) Facilidad de adaptación. g) Creatividad h) Iniciativa. i) Implicación Personal. j) Motivación. k) Receptividad a las críticas y flexibilidad. l) Puntualidad. m) Relaciones con su entorno laboral. n) Capacidad de trabajo en equipo. o) Orientación a resultados. p) En el caso de prácticas curriculares, y atendiendo a la particularidad de cada práctica, se valorarán las competencias previstas en las memorias de los distintos Grados y Guías Académicas. 2. Una encuesta final, conforme al modelo normalizado establecido por EUSA e inserto en este Reglamento en el Anexo 2. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

23 Artículo 39. Memoria y encuesta final de las prácticas del estudiante. El estudiante realizará y remitirá al tutor académico de prácticas de EUSA, en un plazo máximo de 15 días tras la finalización de las prácticas, personalmente o, a ser posible, a través de la aplicación informática que se disponga para ello, los siguientes documentos: 1. Una memoria final de prácticas, conforme al modelo normalizado establecido por EUSA, en los que deberán figurar, entre otros, los siguientes aspectos (Anexo 3): a) Datos personales del estudiante: Apellidos, nombre, DNI o pasaporte y grado universitario que cursa. b) Datos de la Entidad colaboradora donde ha realizado las prácticas: Nombre, lugar de ubicación, teléfono, nombre del tutor, e mail del tutor. c) Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y departamentos de la entidad a los que ha estado asignado. d) Relaciones con otros puestos o departamentos de la organización en la que realiza prácticas. e) Valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias adquiridos en relación con los estudios universitarios. f) Identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, han supuesto las prácticas haciendo mención expresa al desarrollo de competencias técnicas transversales. g) Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora. 2. Una encuesta final, conforme al modelo normalizado establecido por la EUSA. Anexo 2. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

24 CAPÍTULO II. EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN Artículo 40. Evaluación de las prácticas, reconocimiento académico y acreditación. 1. Las prácticas curriculares. a) Serán evaluadas por el tutor académico de prácticas de EUSA basándose en el seguimiento llevado a cabo, el informe del tutor de la entidad colaboradora y la memoria final del estudiante, cumplimentando el correspondiente informe de valoración. b) La firma del acta de calificación oficial le corresponde al coordinador o tutor de prácticas designado por EUSA de acuerdo con el sistema de calificaciones oficial. c) El régimen de convocatorias será el previsto con carácter general en la normativa de evaluación, si bien las 2ª y 3ª convocatorias estarán condicionadas al calendario académico y a las particularidades de las prácticas de cada plan de estudios. d) El estudiante podrá solicitar el reconocimiento de hasta seis créditos por año de experiencia laboral o profesional acreditada, siempre que ésta esté relacionada con las competencias inherentes al título correspondiente. La solicitud será dentro de los plazos generales de reconocimiento de créditos establecidos para estudiantes de grado y es competencia del Director del Centro la resolución de la misma, siempre de acuerdo a lo dispuesto en la Normativa Reguladora del Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 4.3/CG ). e) Si una práctica se viera interrumpida por la contratación del alumno en dicho puesto, una vez transcurrido el tiempo que se fijó para su realización, se entenderá que el alumno podrá solicitar el reconocimiento de la misma. 2. Prácticas extracurriculares. a) EUSA emitirá al estudiante un documento acreditativo de la realización de la práctica previa entrega de la memoria y de la encuesta final por parte del estudiante y de los informe final por parte de los tutores de la entidad colaboradora y del académico. b) Cuando se realicen unas prácticas extracurriculares como continuación de las prácticas curriculares, el alumno deberá presentar un solo dossier de evaluación (memoria de prácticas, encuesta del alumno, encuesta de la empresa e informe final del tutor laboral) en un periodo máximo de 15 días después de la finalización del periodo completo de las prácticas. c) Las prácticas extracurriculares podrán ser recogidas en el Suplemento Europeo al Título si se cumplen los requerimientos establecidos en este reglamento. 3. Prácticas extraoficiales, EUSA emitirá al estudiante un documento acreditativo de las mismas, previa solicitud al departamento de prácticas y empleo. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

25 Artículo 41. Convalidación de Prácticas Curriculares. Aquellos estudiantes que hayan realizado prácticas extracurriculares podrán solicitar la convalidación de la correspondiente asignatura de Prácticas Curriculares de su Plan de Estudios, siempre que reúnan los siguientes requisitos necesarios de convalidación: 1. Estar matriculado de la correspondiente asignatura de Prácticas Curriculares en el momento de solicitar la convalidación. 2. Cursar, en la Secretaría del Centro, la solicitud en el periodo que en cada curso se establezca: Anexo Las prácticas extracurriculares aportadas para la convalidación deberán: a. Tener una duración mínima de 150 horas en los Grados de Comunicación y de 300 horas en el Grado en Turismo. Podrán sumarse varias prácticas extracurriculares para llegar al mínimo de 150 o 300 horas según el caso. b. Haberse realizado en el mismo grado universitario en el que solicita la convalidación de la asignatura curricular. c. Estar relacionadas con el perfil profesional y competencial del Grado Universitario que cursa el alumno. d. Haberse aportado toda la documentación de evaluación de las prácticas, tal y como recoge el Reglamento de Prácticas. Las solicitudes de convalidación serán resueltas por la Comisión de Convalidación y Reconocimiento de Créditos del Centro previo informe favorable del Departamento de Prácticas y Empleo del Centro. Esta convalidación no conlleva la devolución por parte del Centro de las tasas correspondientes a la asignatura de prácticas convalidada. Artículo 42. Acreditación entidad colaboradora y tutor de la entidad. EUSA emitirá un documento acreditativo a la entidad colaborada, así como al tutor de la entidad, que lo solicite por la colaboración prestada en el programa de prácticas externas. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

26 CAPÍTULO III. CALIDAD Artículo 43. Garantía de calidad de las prácticas externas. El procedimiento para garantizar la calidad de las prácticas externas que realizan los estudiantes se encuentra descrito en el Procedimiento P05 "Evaluación de las prácticas externas" del Sistema de Garantía de Calidad de los Títulos Oficiales de la Universidad de Sevilla, aprobado por Acuerdo 5.3 de Consejo de Gobierno de 30 de septiembre de DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Todas las referencias a cargos, puestos o personas para los que en esta normativa se utiliza la forma de masculino genérico deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y hombres. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Los respectivos proyectos docentes de las asignaturas de prácticas curriculares de cada grado, podrán concretar aspectos de este reglamento general, siempre bajo el amparo del mismo y sin contradecir su contenido. DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Los convenios de cooperación educativa o aquellos otros que tenga suscritos EUSA, al amparo de los cuales los estudiantes puedan hacer prácticas en entidades colaboradoras, que se vean afectados por las modificaciones realizadas a este Reglamento serán derogados y se promoverá la firma del nuevo convenio de cooperación educativa adaptado a la presente normativa en un plazo no superior a un año de la entrada en vigor de esta Versión del Reglamento. DISPOSICIÓN FINAL. La presente Versión del del Centro entrará en vigor a comienzo del curso una vez aprobada por la Junta de Centro de este Centro Universitario EUSA. BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

27 ANEXOS BORRADOR REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Aprobada JC el 9 / 6 /2014 A-JC de 63

28 OFERTA DE PRÁCTICAS Datos de la empresa, institución o profesional Datos necesarios para darse de alta como entidad colaboradora de EUSA Estos datos no serán enviados a nuestros alumnos. Razón Social Nombre comercial CIF Dirección Población Provincia Teléfono Web Persona de contacto Cargo Teléfono Proyecto Formativo. Descripción de las tareas y actividades que el alumno realizará durante su programa de prácticas. Pueden incluirse cursos y sesiones de formación que vaya a recibir el alumno durante su estancia en la entidad colaboradora. (obligatorio cumplimentar para la tramitación de las prácticas) Lugar del centro de trabajo Población Fecha de inicio Fecha finalización Horario Nº de horas/día Nº días/semana Bolsa de ayuda Euros/mes Perfil requerido: Titulación que cursa el estudiante, nivel de idiomas, software que debe conocer, etc., Titulación requerida para realizar la práctica: Grado en Turismo Grado en Periodismo: Grado en Comunicación Audiovisual Grado en Publicidad y Relaciones Públicas Idiomas Informática Los datos facilitados serán tratados respetando lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. EUSA queda expresamente autorizada a utilizar tales datos para finalidades comerciales y promocionales sobre sus servicios y productos. El usuario también acepta de forma expresa que sus datos puedan ser cedidos a otras entidades colaboradoras de EUSA, con las que ésta suscriba acuerdos de colaboración con fines comerciales con el fin de tener informado al usuario de los bienes o servicios que se comercialicen, aceptando el usuario la recepción de información por parte de éstas sobre cualesquiera bienes o servicios que comercialicen directa o indirectamente, en el momento presente o en el futuro. Este consentimiento a la cesión de datos, tiene carácter revocable de conformidad con la legislación vigente. El usuario podrá oponerse en todo momento a cualquiera o todas de las cesiones precitadas mediante el ejercicio de sus derechos según se detalla a continuación. Los usuarios tienen reconocidos y podrán ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición y tienen reconocido el derecho a ser informados de las cesiones realizadas, contactando con EUSA a través del correo info@eusa.es o en la dirección postal c/ Plácido Fernández Viagas, Sevilla. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 1 1 de 1

29 ENCUESTA FINAL DE EVALUACIÓN DEL ESTUDIANTE DE LA CALIDAD DE SUS PRÁCTICAS EXTERNAS Datos del estudiante Nombre y Apellidos del estudiante: NIF/NIE: Titulación: Modalidad de Prácticas(*): Curricular Extracurricular Empresa/Institución de prácticas: Tutor de la empresa: Tutor académico: Periodo de prácticas: Fecha inicio (dd/mm/aaaa): Fecha final (dd/mm/aaaa): Nº total de meses: Total de horas: E N C U E S T A (valore cada una de las siguientes cuestiones, utilizando una escala del 1 al 5 en la que 1 corresponde a "Muy baja" y 5 a "Muy alta", o bien NS/NC "no sabe/no contesta") 1. Cuestiones de satisfacción 1.1 Cuál es su valoración global de la práctica en términos de satisfacción? NS/NC 1.2. Valora la relación de las actividades realizadas en la práctica con los conocimientos académicos propios de tu titulación: NS/NC 1.3. Indica el grado de satisfacción con el/la tutor/a profesional de la empresa: NS/NC 1.4. Indica el grado de satisfacción con el/la tutor/a académico de la universidad: NS/NC 1.5. Evalúa qué te ha aportado la práctica desde una perspectiva humana: NS/NC 1.6. Evalúa qué te ha aportado la práctica desde una perspectiva técnica: NS/NC 1.7. Valoración global del Servicio que te ha tramitado la práctica: NS/NC 2. Cuestiones de desarrollo y expectativa sobre la práctica 2.1. Se cumplieron las condiciones horarias estipuladas en la documentación de la práctica? SÍ NO 2.2. Si las hubiera, se cumplieron las condiciones retributivas en la documentación de la práctica? SÍ NO 2.3. Has recibido cursos de formación inicial por parte de la empresa? SÍ NO 2.4. Disponías del material adecuado para la realización de las actividades que realizabas? SÍ NO 2.5. Disponías del espacio suficiente y adecuado para realizar tus actividades? SÍ NO 2.6. Consideras aconsejable la experiencia para introducir al universitario en el mundo laboral? SÍ NO 2.7. Han aumentado, tras la práctica, tus posibilidades de obtener un trabajo en un futuro próximo? SÍ NO REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 2 1 de 2

30 3. Cuestiones de respuesta diversa 3.1. Crees que puedes ser contratado por la empresa? Ya he sido contratado Es probable No es probable Contratado en otra empresa 3.2. Al margen de la práctica, has ejercido un trabajado remunerado? Antes de las prácticas después de ellas Nunca 3.3. Tus expectativas iniciales sobre la práctica se han visto: Defraudadas Cumplidas Ampliadas 3.4. Consideras que la duración de las prácticas ha sido: Escasa Adecuada Excesiva 3.5. Qué trimestre consideras el más adecuado para realizar las prácticas? (elija sólo una opción) 1º trimestre (otoño) 2º trimestre (invierno) 3º trimestre (primavera) 4º trimestre (verano) 3.6. Qué porcentaje de tu tiempo de práctica ha sido realizado en equipo? % 4. Cuestión de impacto de la práctica 4.1. Valore el impacto que la realización de la práctica te ha provocado en cada una de las siguientes habilidades a. Seguridad: Confianza para desarrollar cualquier actividad NS/NC b. Motivación: Estimulación para ejecutar toda actividad NS/NC c. Creatividad: Ingenio para dar respuesta en cualquier situación NS/NC d. Adaptabilidad: Capacidad para adaptarse a cualquier entorno NS/NC e. Agilidad: Soltura en el desempeño de cualquier actividad NS/NC f. Perspectiva: Capacidad de visión sobre nuevos acontecimientos NS/NC 5. Cuestiones abiertas 5.1. Qué esperabas de la práctica y no has tenido? 5.2. Qué mejorarías de la práctica? Entregar en Departamento de Prácticas y Empleo del Centro Universitario EUSA PREFERENTEMENTE VÍA empresate@eusa.es Fecha: Firma del alumno: Fdo: REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 2 2 de 2

31 MEMORIA FINAL DE EVALUACIÓN DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS POR EL ESTUDIANTE Nombre y Apellidos del estudiante: NIF/NIE: Titulación: Modalidad de Prácticas(*): Curricular Extracurricular Empresa/Institución de prácticas: Tutor de la empresa: Tutor académico: Periodo de prácticas: Fecha inicio (dd/mm/aaaa): Fecha final (dd/mm/aaaa): Nº total de meses: Total de horas: M E M O R I A (Deberá incluir, al menos, los apartados siguientes, utilizando las páginas que sean necesarias. Adjunta a este documento encontrarás una guía explicativa que incluye ejemplos que te servirán de ayuda para cumplimentar la memoria) 1. Descripción concreta y detallada de las tareas y trabajos desarrollados, así como de los departamentos de la Entidad Colaboradora a los que ha estado asignado. 2. Valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias adquiridas en relación a sus estudios. 3. Relación de problemas planteados y procedimiento seguido para su resolución. 4. Identificación de las aportaciones que en materia de aprendizaje, ha supuesto la práctica, realizando mención expresa al desarrollo de competencias tanto técnicas como transversales. 5. Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora. 6. Autoevaluación. (Incorporar a esta Memoria el documento Anexo 4 Bis Autoevaluación) La autoevaluación se trata de un instrumento personal, debe servirte para que realices una reflexión sobre lo que estas prácticas te han aportado. Tus respuestas no serán vinculantes para la evaluación de tu tutor. Valora la actitud que has demostrado en el desarrollo de tus prácticas (siendo 1 el grado más bajo y 5 el grado máximo).señala también cuánto has mejorado en cada una de las actitudes de la tabla (siendo 1 el menor crecimiento y 5 el máximo). Este documento es imprescindible entregarlo para dar por finalizada las prácticas y para poder ser evaluadas y acreditadas. ENTREGAR EN EL DEPARTAMENTO DE PRÁCTICAS Y EMPLEO DEL CENTRO UNIVERSITARIO EUSA Fecha: Fdo.: REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 3 1 de 1

32 AUTOEVALUACIÓN DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS Este documento debes incorporarlo como punto 6 de la Memoria Final de Prácticas. Nombre y Apellidos del estudiante: NIF/NIE: Titulación: Modalidad de Prácticas(*): Curricular Extracurricular Empresa/Institución de prácticas: Tutor de la empresa: Tutor académico: Periodo de prácticas: Fecha inicio (dd/mm/aaaa): Fecha final (dd/mm/aaaa): Nº total de meses: Total de horas: Actitud Indica en qué grado has mejorado en cada actitud gracias a las prácticas Responsabilidad Compromiso - implicación personal Receptibilidad a las críticas Facilidad de adaptación Iniciativa Confianza en ti mismo Autocontrol Señala cuánto has mejorado, gracias a las prácticas, en cada una de las siguientes destrezas y conocimientos: (Siendo 1 el menor nivel y 5 el máximo) Destrezas/ conocimientos Nivel de mejora Profundización en contenidos relevantes de mi ámbito profesional Dominio programas informáticos específicos aplicados a mi profesión Dominio de herramientas de internet aplicadas a mi profesión Creatividad Habilidades de comunicación (oral y escrita) Profundización en contenidos relevantes de mi ámbito profesional Dominio programas informáticos específicos aplicados a mi profesión Conocimiento de la situación de mi sector en el mercado laboral Capacidad para trabajar en equipo Capacidad para la administración y organización REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 4 1 de 2

33 Por último, responde a las siguientes cuestiones eligiendo una de las opciones planteadas: Cómo valorarías tus relaciones con el entorno laboral? Negativas Aceptables Buenas Muy buenas Excelentes Valora la capacidad de aprendizaje que has demostrado Insuficiente Mínima Suficiente Elevada Muy Elevada Cómo estimas que ha sido tu grado de motivación hacia las prácticas? Muy bajo Bajo Medio Elevado Muy elevado A qué ha sido debido? Fecha: Firma del alumno: Fdo: REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 4 2 de 2

34 INFORME FINAL DE EVALUACIÓN DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS POR LA EMPRESA Este documento es imprescindible entregarlo para dar por finalizada las prácticas y para poder ser evaluadas y acreditadas al estudiante. DATOS DE LA EMPRESA/INSTITUCIÓN Empresa/Institución: Tutor de la empresa: Teléfono: Nombre y Apellidos del estudiante: Titulación: CIF: Modalidad de Prácticas(*): Curricular Extracurricular Periodo de prácticas: Fecha inicio (dd/mm/aaaa): Fecha final (dd/mm/aaaa): Nº total de meses: Total de horas: I N F O R M E Deberá incluir, al menos, los apartados siguientes, utilizando las páginas que sean necesarias) 1. Descripción concreta y detallada de las tareas y trabajos desarrollados. A continuación presentamos una serie de tareas propias de diferentes ámbitos profesionales que pueden servirle de ejemplo para rellenar este apartado, en función del sector de actividad de su empresa. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 5 1 de 4

35 2. Evaluación de competencias demostradas. Valore el grado en el que el estudiante ha mostrado las siguientes competencias en una escala de 0 a 10, o bien señale si dicha competencia no es evaluable porque el contexto de trabajo no ha permitido su observación. Si tiene alguna duda sobre los conceptos de la tabla puede consultar el diccionario incluido al final del documento en el que encontrará definiciones y ejemplos. Adaptación a las Normas Disciplina Puntualidad Asistencia Actitud Autocontrol Sentido de la responsabilidad Flexibilidad Relaciones interpersonales Capacidad de trabajo en equipo Habilidades de comunicación oral y escrita Ejecución de tareas y Desempeño Orientación al logro Resolución de Problemas Capacidad de organización/planificación Orientación al Servicio y/o cliente Orientación a resultados Capacidad de aprendizaje De 0 a 10 No Evaluable Iniciativa Por la Entidad colaboradora (Firma y sello) Fecha: Fdo. Cargo ENTREGAR AL ALUMNO EN SOBRE CERRADO O ENVIAR POR E MAIL A: empresate@eusa.es REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 5 2 de 4

36 ANEXO * Listado de verbos para ayudar a la cumplimentación de la cuestión número 1. Verbos de acción Adaptar Editar Proporcionar Adjuntar Elaborar Proyectar Ampliar Enlazar Realizar Analizar Esbozar Recabar Aplicar Filmar Redactar Archivar Fotografiar Relatar Calcular Grabar Resolver Cambiar Gestionar Seleccionar Clasificar Indexar Sintetizar Compartir Manipular Traducir Construir Organizar Unir Crear Planificar Usar Descomponer Postear Utilizar Discriminar Diseñar Preparar Producir * Diccionario de Competencias para ayudar a la cumplimentación de la cuestión número 2. A Asertividad: Es mostrar convicción y firmeza en las ideas y objetivos propios. Ejemplo: ser capaz de decir no con cortesía aunque nos resulte incómodo dar esa respuesta o expresar nuestra opinión aunque a otros no les guste. Asistencia: Es acudir los días acordados al centro de trabajo donde realiza las prácticas Autocontrol: Es la capacidad de controlar los impulsos y emociones evitando sus consecuencias negativas sobre la propia conducta. Ejemplo: ser capaz de controlar nuestra ira y enfado ante circunstancias que nos irritan. C Capacidad de aprendizaje: capacidad de entender, asimilar, aplicar nuevos contenidos, conceptos y tareas. Ejemplo: Capacidad de comprender e interiorizar la metodología de trabajo propia de una organización concreta, demostrar que somos capaces de poner en práctica conocimientos adquiridos, etc. Capacidad técnica adquirida: destrezas/conocimientos/habilidades directamente relacionados con el puesto ocupado o con el sector específico de trabajo. Nos referimos al manejo adecuado de herramientas propias del mismo, dominio de contenidos importantes para el desempeño profesional, etc. Ejemplo: Dominar un programa informático específico de tu profesión (edición de contenidos, reserva de plazas hoteleras, etc. ), Comunicación Es transmitir oralmente con efectividad una idea o información a una audiencia. Ejemplo: ser capaz de explicar con claridad tus ideas para que quien te escucha las comprenda. Confianza en sí mismo: Es el convencimiento en las propias capacidades. Ejemplo: estar seguro de poder afrontar con éxito todo aquello que te propongas a base de esfuerzo y trabajo (estudio, investigación, etc) Creatividad: es la capacidad para generar ideas nuevas y eficaces. Ejemplo: Añadir mejoras y aportaciones originales a un trabajo para que el resultado sea más atractivo. D E Disciplina: Acatamiento de normas, instrucciones, reglamentos o código de conducta establecidos. Empatía Es interesarse y comprender como se sienten otras personas estableciendo una conexión emocional con ellas. Ejemplo: Ser capaz de comprender la postura de otra persona y respetarla a pesar de no estar de acuerdo con ella. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 5 3 de 4

37 F Flexibilidad Es adaptarse a los cambios en distintas situaciones Ejemplo: Saber sacar tiempo para tareas que no se tenían previstas sin descuidar aquellas de máxima prioridad. I M O P R T Implicación personal: es el grado de inmersión de la personas en su trabajo. Ejemplo: Esforzarse en las tareas asignadas para hacerlas con la máxima calidad, mostrar entrega y dedicación en los proyectos, etc. Influencia Es la habilidad de convencer (influir) a los demás utilizando argumentos (medios al alcance) adecuados. Ejemplo: crear tendencia con nuestras ideas y aportaciones. Iniciativa: Es anticiparse y proponer acciones novedosas aunque se carezca de pautas o referencias para actuar. Ejemplo: Proponer nuevas herramientas para trabajar de un modo más eficaz. Motivación: es aquello que impulsa a los individuos a alcanzar metas personales o de grupo. Ejemplo: mostrar ganas y entusiasmo por realizar una tarea Orientación a resultados: Es perseguir de forma tenaz la consecución de retos y objetivos. Ejemplo: Sentirse identificado con las metas de la organización y contribuir con nuestro trabajo a que se alcancen. Orientación al Logro Es la preocupación por realizar bien el trabajo o sobrepasar un estándar. Los estándares pueden ser el propio rendimiento en el pasado, una media objetiva, superar a los demás o propios retos personales. Ejemplo: encuentra mejores formas, más rápidas, menos caras o más eficientes de realizar las cosas, mejora la calidad, la satisfacción del cliente, el clima laboral, los ingresos obtenidos, etc.) Orientación al servicio y al cliente Es la capacidad de captar y satisfacer las necesidades de los usuarios. Ejemplo: Tratar al cliente con amabilidad y eficiencia haciendo que se vaya satisfecho con nuestra atención. Planificación y organización: Es prever las cosas y gestionar eficazmente los recursos necesarios, especialmente el propio tiempo. Ejemplo: realizar un planning con las tareas diarias que vas realizar y cuanto tiempo invertirás en cada una de ellas. Puntualidad: es el cuidado y diligencia en hacer las cosas en su debido tiempo o llegar a un lugar a la hora convenida. Ejemplo: llegar a la hora acordada, entregar los trabajos en el plazo estipulado, etc. Receptibilidad a las críticas: es la capacidad para recibir estímulos externos y para aceptar y escuchar con facilidad e interés lo que alguien dice o propone. Ejemplo: aceptar comentarios sobre aquello que debemos mejorar sin sentirnos ofendidos o heridos, intentando reflexionar sobre ellos y poner soluciones. Relación con el entorno laboral: es la habilidad de establecer nexos de unión con la empresa, compañeros, clientes, etc. Ejemplo: interacción y trato con el resto del personal Resolución de problemas: Es saber dar soluciones a problemas sin dejar de considerar las distintas alternativas posibles. Ejemplo: Reaccionar a tiempo ante un problema aportando una salida en lugar de quedarse bloqueado o seguir dándole vueltas al mismo. Responsabilidad: Es preocuparse por la viabilidad y el cumplimiento de los compromisos adquiridos. Ejemplo: Asumir las obligaciones asignadas y la importancia de cumplir con dichas tareas Trabajo en equipo Es sentirse cómodo trabajando con otros, aunque sean muy distintos, poniendo los intereses del grupo delante de los propios. Ejemplo: saber realizar una tarea común con otros miembros de un equipo coordinándose eficazmente. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 5 4 de 4

38 ENCUESTA FINAL DE EVALUACIÓN DE CALIDAD DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS POR LA EMPRESA Este documento es imprescindible entregarlo para dar por finalizada las prácticas y para poder ser evaluadas y acreditadas DATOS DE LA EMPRESA/INSTITUCIÓN Empresa/Institución: Tutor de la empresa: Teléfono: Nombre y Apellidos del estudiante: Titulación: CIF: Modalidad de Prácticas(*): Curricular Extracurricular Periodo de prácticas: Fecha inicio (dd/mm/aaaa): Fecha final (dd/mm/aaaa): Nº total de meses: Total de horas: C U E S T I O N A R I O (valore cada una de las siguientes cuestiones, utilizando una escala del 1 al 5 en la que 1 corresponde a "Muy baja" y 5 a "Muy alta", o bien NS/NC "no sabe/no contesta") 1. Cuestiones de valoración 1.1 Cuál es su valoración global de la práctica realizada por el universitario/a en términos de satisfacción? NS/NC 1.2. Evalúe la integración del universitario/a en sus actividades: NS/NC 1.3. Evalúe la potencialidad laboral del universitario/a en correspondencia con su titulación: NS/NC 1.4. Valoración global de la Facultad/Escuela/Servicio que le ha tramitado la práctica: NS/NC 2. Cuestiones de respuesta diversa 2.1. Ha recomendado el programa de prácticas del Centro Probablemente lo Lo hemos hecho Universitario EUSA, o piensa hacerlo? haremos No 2.2. Valoran la posibilidad de hacerle un contrato al universitario/a? Se ha firmado un Lo ha Es contrato rechazado probable No es probable 2.3. Solicitarán más universitario/a en prácticas? Sí, este curso El próximo curso académico académico No 2.4. Sus expectativas iniciales se han visto: Defraudadas Cumplidas Ampliadas 2.5. Qué porcentaje de tiempo de trabajo del universitario/a ha sido realizado en equipo? % 3. Cuestión de impacto de la práctica 3.1. Valore el impacto para el universitario/a de este acercamiento al mercado laboral antes de finalizar sus estudios: NS/NC 3.2. Valore el impacto para la empresa de este contacto con el universitario/a: NS/NC 3.3. Valore el esfuerzo que origina la práctica para la empresa: NS/NC 3.4. Valore el esfuerzo que origina la práctica para el universitario/a: NS/NC 4. Cuestiones abiertas 4.1. Qué recomendaciones harían para el buen funcionamiento de las prácticas? 4.2. Qué tipo de formación complementaria recomendaría para la titulación correspondiente al universitario/a en práctica, por considerarla importante para su actividad? Fecha: Por la Entidad colaboradora (Firma y sello) Fdo. Cargo ENTREGAR AL ALUMNO EN SOBRE CERRADO O PREFERENTEMENTE VÍA A: empresate@eusa.es REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 6 1 de 1

39 SOLICITUD DE PRÁCTICAS EXTERNAS PARA EL ALUMNO DATOS DEL ESTUDIANTE Nombre y Apellidos del estudiante: NIF/NIE: Grado Cursado: Modalidad de Prácticas Solicitadas(1): Curricular Extracurricular Extraoficial Teléfono de contacto 1 Teléfono de contacto 2 E mail de contacto 1: E mail contacto 2: Orden de preferencia Código Plaza PLAZAS SOLICITADAS POR ORDEN DE PREFERENCIA (2) Orden de preferencia Código Plaza Orden de preferencia Código Plaza Orden de preferencia Código Plaza Orden de prefere ncia 1º 6º 11º 16º 21º 2º 7º 12º 17º 22º 3º 8º 13º 18º 23º 4º 9º 14º 19º 24º 5º 10º 15º 20º 25º Código Plaza Entregar este documento en el departamento de prácticas y empleo de del Centro Universitario EUSA o bien enviar por e mail a empresate@eusa.es (1) Tipo de Prácticas: Prácticas Curriculares: Forman parte del plan de estudios y son tratadas como una asignatura más. Según el Grado de que se trate puede ser una asignatura Obligatoria u Optativa. Para poder ser cursada es necesario que el estudiante reúna los requisitos que establece el reglamento de prácticas del Centro Universitario EUSA y esté matriculado en la asignatura. Prácticas Extracurriculares: No son consideradas como una asignatura aunque pueden ser acreditadas en el Suplemento Europeo al Título. Para poder ser realizadas es necesario que el alumno haya superado al menos el 50% de los créditos del grado y cumpla con el resto de requisitos que establece el reglamento de prácticas del Centro Universitario EUSA. Prácticas Extraoficiales: No son consideradas como asignatura ni son acreditadas en el Suplemento Europeo al Título. Para poder realizarlas es necesario que el estudiante haya superado el 50 % de los créditos del primer curso de grado. (2) Asegúrese de que horario y fechas de realización de las plazas solicitadas son compatibles con el horario y calendario de clase. Fecha: Firma: REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 7 1 de 1

40 En Sevilla a, TRÁNSITO DE CURRICULAR A EXTRACURRICULAR DATOS DEL ESTUDIANTE que está realizando prácticas Nombre y Apellidos: DNI/NIE/Pasaporte: Titulación que cursa: Domicilio: Municipio: Provincia: C.P.: Teléfono móvil: Teléfono 2: DATOS DE LA ENTIDAD COLABORADORA Nombre de la entidad: CIF: Domicilio donde se está realizará la práctica: Municipio: Provincia: Nombre de contacto: Teléfono: DESCRIPCIÓN DE LA PRÁCTICA Código Plaza: Centro universitario gestor práctica curricular: Centro Universitario EUSA Fecha final curricular: Fecha inicio extracurricular: Fecha final extracurricular: Total meses: Horas diarias: Horario: Bolsa o ayuda al estudio: euros mes, en su caso. (Por parte de la Entidad colaboradora) Tutor de la Entidad: Teléfono: Tutor de la Universidad: Teléfono: Proyecto formativo: Por parte del Centro Universitario EUSA Por parte del estudiante Por parte de la Entidad colaboradora (Firma y sello) Fdo. Cargo Fdo. Fdo. Cargo REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 8 1 de 1

41 En Sevilla a, TRÁNSITO DE CURRICULAR A EXTRAOFICIAL DATOS DEL ESTUDIANTE que está realizando prácticas Nombre y Apellidos: Titulación que cursa: DNI/NIE/Pasaporte: Domicilio: Municipio: Provincia: C.P.: Teléfono móvil: Teléfono 2: DATOS DE LA ENTIDAD COLABORADORA Nombre de la entidad: CIF: Domicilio donde se está realizará la práctica: Municipio: Provincia: Nombre de contacto: Teléfono: DESCRIPCIÓN DE LA PRÁCTICA Código Plaza: Centro universitario gestor práctica curricular: Centro Universitario EUSA Fecha final curricular: Fecha inicio extracurricular: Fecha final extracurricular: Total meses: Horas diarias: Horario: Bolsa o ayuda al estudio: euros mes, en su caso. (Por parte de la Entidad colaboradora) Tutor de la Entidad: Teléfono: Tutor de la Universidad: Teléfono: Proyecto formativo: Por parte del Centro Universitario EUSA Por parte del estudiante Por parte de la Entidad colaboradora (Firma y sello) Fdo. Cargo Fdo. Fdo. Cargo REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 9 1 de 1

42 SOLICITUD DE RENUNCIA DEL ESTUDIANTE A cumplimentar por el Departamento de Prácticas y Empleo del Centro Universitario EUSA Código Plaza: Revisado por: Fecha revisión: DATOS DEL ESTUDIANTE Nombre del estudiante: NIF/NIE: Titulación: Móvil: Teléfono: DATOS DE LA PRÁCTICA A RENUNCIAR Código Plaza: (Indicado en el anexo al acuerdo de colaboración) Empresa: Modalidad de la práctica: Curricular Extracurricular Extraoficial CIF: Domicilio: Municipio: Provincia: C.P.: Fecha inicio de la práctica (dd/mm/aaaa): Fecha de renuncia de la práctica (dd/mm/aaaa): Total horas realizadas: Indique los motivos de la renuncia a la práctica 1. Contrato laboral en la misma empresa 2. Contrato laboral en otra empresa 3. Obtención de otra práctica más interesante 4. Cambio en las condiciones de la práctica 5. Falta de tiempo para estudios 6. Enfermedad del estudiante 7. El estudiante no está a gusto en la empresa Descripción detallada de los motivos de la renuncia: 8. Prácticas no interesante 9. La empresa incumple las condiciones 10. Restructuración en la empresa 11. Motivos personales 12. Obtención del título 13. Otros. Indicar: Por el estudiante Fdo. Fecha: Entregar esta solicitud personalmente en el Departamento de Prácticas y Empleo del Centro Universitario EUSA REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 10 1 de 1

43 SOLICITUD DE RESCISIÓN DE LAS PRÁCTICAS POR PARTE DE LA EMPRESA A cumplimentar por el Departamento de Prácticas y Empleo del Centro Universitario EUSA Referencia oferta: Revisado por: Fecha revisión: DATOS DE LA ENTIDAD COLABORADORA Empresa: Domicilio: Municipio: Provincia: C.P.: Persona responsable de solicitar la recisión NIF: Nombre: Cargo: Teléfono 1: Fax: DATOS DE LA PRÁCTICA A RESCINDIR CIF: Ref. Convocatoria: (Indicado en el anexo al convenio de colaboración) Nombre del estudiante: NIF/NIE/Pasaporte: Fecha inicio de la práctica (dd/mm/aaaa): Fecha de rescisión de la práctica (dd/mm/aaaa): Total horas realizadas: Indique los motivos de la rescisión de la práctica 1. Contrato laboral en la misma empresa 2. Contrato laboral en otra empresa 3. Finalización de la actividad en la empresa 4. Cambio en las condiciones de la práctica 5. Enfermedad del estudiante Descripción detallada de los motivos de la rescisión: 6. La empresa está descontenta con estudiante 7. El estudiante no está a gusto en la empresa 8. Restructuración en la empresa 9. Otros. Indicar: Por la Entidad colaboradora (Firma y sello) Fecha: Fdo. Cargo ENVIAR ESTA SOLICITUD AL CENTRO UNIVERSITARIO EUSA PREFERENTEMENTE VÍA EMPRESATE@EUSA.ES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 11 1 de 1

44 ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS ENTRE EL CENTRO UNIVERSITARIO EUSA Y En Sevilla, a REUNIDOS DE UNA PARTE, el Sr. D. de, (en adelante la Empresa/Institución) con domicilio en, de, en nombre y representación de ésta y de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas. Y, DE OTRA PARTE, el Sr. D. Francisco Guerrero Díaz, Director de Centro Universitario EUSA, (en adelante EUSA), con domicilio en C/Plácido Fernández Viagas 4 de Sevilla, en nombre y representación del mismo y conforme a las atribuciones que tiene conferidas. Ambas partes se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad de representación con la que comparecen en este acto y la necesaria para suscribir el presente documento, a cuyos efectos, MANIFIESTAN Su interés de suscribir el presente Acuerdo Marco al amparo del Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios con el objetivo fundamental de permitir a tales estudiantes aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que le preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento. EUSA es un centro universitario, adscrito a la Universidad de Sevilla, cuyo objetivo principal es la formación de profesionales altamente cualificados en respuesta a la demanda del mercado laboral y del entorno socioeconómico. EUSA tiene, por ello, un gran interés en complementar su actividad formativa ofreciendo a los estudiantes la posibilidad de poner en práctica en empresas e instituciones los conocimientos adquiridos durante su formación académica en el Centro. Por su parte, la Empresa/Institución está interesada en recibir estudiantes de EUSA para la realización de prácticas en sus instalaciones y colaborar, así, en la formación de los futuros profesionales para que adquieran una visión real de los procesos y relaciones de su organización como institución comprometida con el desarrollo económico y profesional de su entorno. Por todo lo expuesto, siendo de interés para ambas partes establecer un marco de colaboración que redunde en una mejor cualificación de los futuros titulados egresados de EUSA y de los profesionales en general, las partes, ACUERDAN Suscribir el presente Acuerdo-Marco de Cooperación Educativa para la realización de prácticas formativas de los estudiantes de EUSA, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre y el Reglamento de Prácticas del Centro Universitario EUSA, que ambas partes conocen y acatan, para facilitar a los estudiantes su acceso al conocimiento de las técnicas y procesos de la Empresa/Institución como complemento práctico de su formación en EUSA y contribuir a mejorar sus posibilidades futuras de integración laboral. Este Acuerdo se desarrollará conforme a las siguientes REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 12 1 de 5

45 CLÁUSULAS PRIMERA.- Organización de las prácticas. a) La Empresa/Institución comunicará periódicamente a EUSA las plazas de prácticas vacantes indicando el perfil requerido en el estudiante, el proyecto formativo, periodo y horario de realización de las prácticas. b) EUSA remitirá a la Empresa/Institución el candidato más idóneo atendiendo a criterios académicos (nº de créditos aprobados y calificación media), de entre los estudiantes que se hayan interesado por la plaza. En cado de que la entidad colaboradora desee participar en la selección del estudiante, será ésta quien efectuará la selección final entre los candidatos propuestos. c) La Empresa/Institución y EUSA, establecerán, por escrito, un Convenio Específico de prácticas para cada estudiante, conforme al modelo anexo al presente Acuerdo Marco, en el que se especificarán, al menos, los siguientes datos: 1. Referencia al presente Acuerdo Marco de Cooperación Educativa por el que se regularán las prácticas del estudiante. 2. Proyecto Formativo objeto de las prácticas. 3. Datos del estudiante en prácticas. 4. Enseñanza en el que se encuentre matriculado el estudiante en prácticas que ha de ser conducente para la obtención de un título universitario oficial de grado, con indicación de si se trata de prácticas curriculares, extracurriculares o extraoficiales. 5. Localización del centro de trabajo en el que el estudiante realizará las prácticas. 6. Datos del tutor laboral designado en el centro de trabajo y del tutor de prácticas de EUSA. 7. Fechas de inicio y fin previstas para el periodo de prácticas, duración y jornada en la que desarrollarán las prácticas del estudiante y régimen de permisos. 8. Persona o entidad responsable de la contratación y abono del seguro que cubra los riesgos de atención sanitaria del estudiante en caso de accidente o enfermedad, fallecimiento o invalidez acaecidos durante la estancia del estudiante en la Empresa/Institución, así como el riesgo de responsabilidad civil del estudiante en el que pudiera incurrir con ocasión el desempeño de las prácticas. 9. La causas justificadas por las que la Empresa/Institución podrá dar por terminadas anticipadamente las prácticas, previa comunicación de su decisión por escrito a EUSA, indicando los hechos que la motivan. 10. En su caso, bolsa o ayuda al estudio para el estudiante en prácticas establecida por la Empresa/Institución para compensarle de posibles gastos originados por el desarrollo de las prácticas y que en ningún caso implicará la percepción de salario por parte del estudiante, así como el procedimiento de como se hará efectiva la bolsa o ayuda. 11. Deberá incluirse una Cláusula para hacer constar de manera clara y fehaciente que el desarrollo de las prácticas, en ningún caso, implicará el establecimiento de relaciones laborales entre la Empresa/Institución y el estudiante. 12. Cualesquiera otras condiciones particulares que las partes estimen preciso establecer en atención a la naturaleza de las prácticas a realizar. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 12 2 de 5

46 d) La Empresa/Institución garantizará la utilización de sus instalaciones y los recursos necesarios para la realización de las prácticas, así como el contenido de las mismas en lo referente a la realización de tareas y actividades que permitan al estudiante el desarrollo de las competencias profesionales. e) La Empresa/Institución designará un tutor laboral para cada estudiante, cuyas funciones serán, al menos, las siguientes: 1. Acoger al estudiante. 2. Organizar la actividad del estudiante durante su estancia en la Empresa/Institución. 3. Informar al estudiante sobre la organización y el funcionamiento de la Empresa/Institución (objetivos, procesos, funciones, imagen corporativa, implicaciones deontológicas, etc.). 4. Impartir la docencia práctica correspondiente. 5. Supervisar la realización de las actividades del estudiante. 6. Coordinar con el profesor tutor designado por EUSA el desarrollo de las actividades establecidas en el programa. 7. Informar al profesor tutor de EUSA sobre las incidencias que pudieran ocurrir durante el desarrollo de las prácticas y facilitar al profesor tutor de EUSA la información que éste le requiera para la evaluación del estudiante, en su caso. 8. Conforme a lo estipulado en el artículo 13 del Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, realizará y remitirá al profesor tutor de EUSA un informe final, a la conclusión de las prácticas, que recogerá el número de horas realizadas por el estudiante y en el cual podrá valorar los aspectos referidos, en su caso, tanto a las competencias genéricas como a las específicas, previstas en el correspondiente proyecto formativo 9. EUSA, a petición de los interesados, certificará la actividad de tutela desarrollada por las personas de la entidad colaboradora que realicen las funciones de tutor laboral. f) Los horarios de prácticas se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la Empresa/Institución para que la actividad se realice con normalidad. Estos horarios serán, en todo caso, compatibles con la actividad lectiva desarrollada por el estudiante en EUSA. SEGUNDA.- Evaluación de las prácticas. a) Los estudiantes desarrollarán las prácticas bajo el control y supervisión del tutor laboral designado por la Empresa/Institución y del profesor tutor designado por EUSA. b) Sólo aquellos estudiantes que realicen prácticas curriculares en empresas en virtud de lo establecido en el plan oficial de los estudios en los que se encuentren matriculados en EUSA, serán objeto de evaluación oficial durante sus prácticas. c) El profesor tutor designado por EUSA para el seguimiento de cada estudiante durante su estancia en la Empresa/Institución, en coordinación con el tutor laboral nombrado por la Empresa/Institución, será responsable de la función evaluadora del estudiante, cuando corresponda. d) Con la finalidad de evaluar la calidad de las prácticas, EUSA recabará las valoraciones que los estudiantes y los tutores laborales realicen sobre las prácticas efectuadas. e) EUSA, a petición del interesado, certificará la actividad de tutela desarrollada por las personas de la entidad colaboradora que realicen las funciones de tutor laboral. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 12 3 de 5

47 TERCERA.- Relaciones entre la EMPRESA/INSTITUCIÓN y los estudiantes en prácticas. a) Los estudiantes que participen en los programas de prácticas regulados por el presente Acuerdo-Marco, en ningún caso tendrán vinculación o relación laboral con la Empresa/Institución, no pudiendo formalizarse entre los estudiantes y la Empresa/Institución contrato de trabajo alguno durante dicho periodo de formación práctica. En caso de que así fuera, este Acuerdo-Marco dejará de tener validez para el estudiante contratado. b) Los estudiantes en prácticas podrán realizar actividades formativas en fines de semana, festivos, horarios nocturnos y en cualquier provincia del territorio nacional donde se lleve a cabo la actividad empresarial siempre que empresa y alumno lo acuerden previamente y no se interfiera con la actividad académica del estudiante. c) Al no existir una relación de carácter laboral entre el estudiante y la Empresa/Institución durante el período de prácticas, si al término del mismo el estudiante se incorporase a la plantilla de la empresa o institución, el tiempo de estancia en la Empresa/Institución no se computaría a efectos de antigüedad, ni le eximiría del periodo de prueba. d) Los estudiantes en prácticas no percibirán un salario por la actividad desarrollada, si bien, el convenio podrá prever alguna aportación a los estudiantes por parte de la Empresa/Institución en concepto de bolsa o ayuda para gastos de los estudiantes e) Los estudiantes en prácticas quedarán sometidos, en todo momento, a las normas de funcionamiento de la Empresa/Institución. Asimismo, deberán guardar sigilo sobre cuantas informaciones pudieran conocer relacionadas con la actividad desarrollada durante el periodo de prácticas, tanto durante su realización como después de finalizadas las prácticas. f) Las faltas cometidas por los estudiantes, como impuntualidad, inasistencia, inadaptación a la Empresa/Institución o a las tareas en que consistan las prácticas, etc. serán causas justificadas por las que la Empresa/Institución podrá dar por terminadas anticipadamente las mismas. Previamente deberá comunicar por escrito al profesor tutor designado por EUSA los hechos que motiven la terminación de las prácticas. CUARTA.- Seguro de Enfermedad, Accidente y Responsabilidad Civil. a) EUSA será responsable de la contratación y abono del seguro escolar o equivalente que cubra los riesgos de atención sanitaria, fallecimiento o invalidez del estudiantes en caso de accidente o enfermedad, acaecidos durante su estancia en la Empresa/Institución, así como el riesgo de responsabilidad civil en la que pudiera incurrir el estudiante con ocasión de la realización de las prácticas. b) Ni EUSA ni el estudiante en prácticas serán responsables de los eventuales daños causados cuando éstos se deriven de órdenes o instrucciones dadas por el personal de la Empresa/Institución. QUINTA.- Confidencialidad de la información. EUSA como responsable de la realización de esta actividad, se compromete a tratar de forma absolutamente confidencial la información obtenida durante la realización de la misma. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 12 4 de 5

48 SEXTA.- Vigencia y publicidad del presente Acuerdo de Cooperación Educativa. El presente Acuerdo tendrá una vigencia indefinida, si bien podrá ser denunciado por cualquiera de las partes suscribientes por incumplimiento de alguna de las partes o por mutuo acuerdo entre las mismas. Los problemas de interpretación que pudieran surgir en relación con el cumplimiento del Convenio serán sometidos a la consideración de las partes. La denuncia del convenio deberá comunicarse a la otra parte por escrito con, al menos, tres meses de antelación y no afectará a las prácticas que ya se vinieran realizando o ya hubieran sido concertadas en el momento de recibirse el escrito de denuncia del presente Acuerdo. Las partes firmantes podrán dar la publicidad que estimen conveniente al presente Acuerdo de Cooperación en sus informes, memorias de actividades, soportes de promoción externa, etc. Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes intervinientes firman el presente Acuerdo Marco de Cooperación Educativa, para la realización de prácticas formativas, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento. POR LA EMPRESA/INSTITUCIÓN POR EL CENTRO UNIVERSITARIO EUSA Fdo.: Fdo.: Francisco Guerrero Díaz REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 12 5 de 5

49 ANEXO AL ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS ENTRE EL CENTRO UNIVERSITARIO EUSA Y En Sevilla a, de de DATOS DEL ESTUDIANTE SELECCIONADO Nombre y Apellidos: DNI/NIE/Pasaporte: Titulación que cursa: Domicilio: Municipio: Provincia: C.P.: Teléfono móvil: Teléfono 2: DATOS DE LA ENTIDAD COLABORADORA Nombre de la entidad: CIF: DESCRIPCIÓN DE LA PRÁCTICA Código Plaza: Centro universitario gestor: Centro Universitario EUSA Fecha inicio: Fecha final: Total horas: Horario: Tipo de prácticas: Bolsa o ayuda al estudio: Domicilio de la práctica: Municipio de la práctica: Provincia de la práctica: Tutor de la Entidad: Teléfono: Tutor de la Universidad: Teléfono: Proyecto formativo: REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 13 1 de 2

50 Como estudiante del Centro Universitario EUSA, centro adscrito a la Universidad de Sevilla conozco su Normativa de Prácticas Externas (Reglamento de Prácticas Externas del Centro Universitario EUSA) y el convenio de cooperación educativa suscrito con la Entidad colaboradora y, que en base a lo dispuesto en la mencionada Normativa y convenio, me adhiero en su totalidad, prestando mi conformidad a las siguientes indicaciones: PRIMERO: La finalidad de estas prácticas es permitir a los estudiantes de la UNIVERSIDAD aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento. SEGUNDO: La realización de prácticas no constituye ninguna vinculación o relación laboral, contractual o estatutaria de ningún tipo ni con la UNIVERSIDAD ni con la ENTIDAD COLABORADORA. TERCERO: Si la realización de la práctica académica externa asignada no contribuye a mejorar la formación del estudiante, éste deberá comunicárselo a su tutor/a del Centro Universitario EUSA. CUARTO: La supervisión de las prácticas se realizará por los tutores designados por la ENTIDAD COLABORADORA y por el Centro Universitario EUSA. QUINTO: El estudiante en prácticas quedará cubierto en caso de accidente por el Seguro Escolar. En el caso de estudiantes mayores de 28 años deberán formalizar un seguro de accidente, cuya cuantía correrá a cargo de EUSA, debiendo aportar una copia del mismo a la ENTIDAD COLABORADORA previo al inicio de la práctica. La responsabilidad civil de daños a terceros que pueda ocasionar el estudiante en prácticas, quedará cubierta por la póliza que EUSA tiene suscrita a tales efectos. SEXTO: Los estudiantes en prácticas podrán realizar actividades formativas en fines de semana, festivos, horarios nocturnos y en cualquier provincia del territorio nacional donde se lleve a cabo la actividad empresarial siempre que empresa y alumno lo acuerden previamente y no se interfiera con la actividad académica del estudiante. SÉPTIMO: La ENTIDAD COLABORADORA podrá interrumpir la realización de las prácticas si el estudiante incumple sus deberes, o por otras circunstancias que lo hicieran necesario. OCTAVO: La renunciar de la práctica por parte del estudiante supone un perjuicio para el funcionamiento de las mismas en la EUSA. Si la causa de la renuncia fuese injustificada, el Centro aplicará las medidas que estime convenientes. Por todo ello, como estudiante en prácticas externas ME COMPROMETO A: 1. Cumplir la Normativa de Prácticas Externas establecida por el Centro Universitario EUSA. 2. Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor académico de la universidad. 3. Mantener contacto con el tutor académico del Centro Universitario EUSA durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo. 4. Incorporarse a la entidad colaboradora en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el Proyecto Formativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma. 5. Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la entidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo. 6. Elaboración de la memoria y encuesta final de las prácticas, según modelo, que deberá entregar al tutor académico en los plazos máximos fijados. 7. Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la entidad colaboradora y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta, así como la confidencialidad y reservas que se derivan de la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, asumiendo las responsabilidades que se pudieran derivar del incumplimiento de esta norma. 8. Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la entidad colaboradora, salvaguardando el buen nombre de la universidad a la que pertenezco. 9. Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en el correspondiente convenio de cooperación educativa suscrito por el Centro Universitario EUSA y la Entidad colaboradora. Por parte del Centro Universitario EUSA (Firma y sello) Por parte del estudiante Por parte de la Entidad colaboradora (Firma y sello) Fdo:.Francisco Guerrero Díaz Cargo: Director Fdo.: Irene del Río Delgado Fdo.: Cargo: REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 13 2 de 2

51 SOLICITUD DE CONVALIDACIÓN DE PRÁCTICAS CURRICULARES DATOS DEL ESTUDIANTE Nombre y Apellidos del estudiante: NIF/NIE: Grado Cursado: Teléfono de contacto 1 Teléfono de contacto 2 E mail de contacto 1: E mail de contacto 2: SOLICITA: La convalidación para la asignatura de Prácticas Curriculares Para lo cual APORTA: A) Documentos acreditativos de al menos un año de experiencia laboral o profesional en actividades relacionadas con el título. a. Resumen de vida laboral expedido por la Seguridad Social. b. Contratos de trabajo. c. Certificados de Empresa. B) Documentos acreditativos de haber realizado prácticas extracurriculares. a. Copia de anexo al convenio. Nota: Se podrá convalidar la asignatura de Prácticas Curriculares por la realización de prácticas extracurriculares (aquellas realizadas una vez superados el 50% de los créditos para la obtención del título de grado) siempre que éstas tengan una duración mínima de 150 horas y el solicitante haya presentado los documentos de evaluación establecidos al efecto en el del Centro. En caso de no haber presentado esta documentación el alumno podrá incorporarla a este expediente de en el plazo de 30 días naturales desde la presentación de esta solicitud. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 14 1 de 1

52 ACTA DE CONCESIÓN DE PRÁCTICA En Sevilla a, Por el presente documento, la empresa referida en este acta concede una plaza de práctica al alumno cuyos datos se indican a continuación: DATOS DEL ESTUDIANTE SELECCIONADO Nombre y Apellidos: DNI/NIE/Pasaporte: Titulación que cursa: Domicilio: Municipio: Provincia: C.P.: Teléfono móvil: Teléfono 2: DATOS DE LA ENTIDAD COLABORADORA Nombre de la entidad: Dirección: Municipio: Provincia: CIF: C.P.: Teléfono: Nombre y apellidos de la persona que firmará el acuerdo: Cargo que ocupa en la empresa: DESCRIPCIÓN DE LA PRÁCTICA Fecha inicio: Fecha final: Total horas: Horario: Domicilio de la práctica: Municipio de la práctica: Tutor de la Entidad: Teléfono: Proyecto formativo: Por parte del estudiante Por parte de la Entidad colaboradora (Firma y sello) Fdo. Fdo. Cargo REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 15 1 de 1

53 Sistema de Evaluación de Prácticas Externas Presentación La realización de prácticas en empresas es una experiencia que permite a los estudiantes acercarse a la realidad laboral y empresarial para la que se están formando. Esta experiencia está destinada a propiciar que se alcancen objetivos de aprendizaje relacionados con: Adquisición, desarrollo y consolidación de competencias (conocimientos y habilidades) propios del desempeño de una actividad profesional determinada, así como de aquellas otras competencias que están relacionadas con cualquier entorno laboral y que son determinantes para el buen desempeño profesional (responsabilidad, iniciativa, colaboración, capacidad de comunicación, etc.) Adaptación a un entorno social y productivo caracterizado por unas normas, valores, procedimientos, estructuras jerárquicas y funcionales que determinan un sistema de roles y formas de comportamiento propios. Para lo cual se hace necesario que el estudiante actúe con disciplina y respete las normas, asuma su rol con responsabilidad y sea capaz de adaptarse a los cambios y a nuevas situaciones. Desde estos presupuestos, la evaluación del desempeño de un estudiante durante su periodo de prácticas en una empresa debe estar dirigida a determinar el grado en que ha sido capaz de adaptarse al entorno socio laboral de la empresa, así como de su pericia técnica y profesional. Sistema de Evaluación De acuerdo con lo anteriormente expuesto, el sistema de evaluación de las prácticas estará compuesto por los siguientes elementos: 1.- Datos. A partir de los cuales se realizará el proceso de evaluación y calificación. Estos datos serán obtenidos por los tutores académicos de prácticas con las siguientes herramientas: a) Entrevistas con los tutores laborales. b) Entrevistas con los alumnos. c) Informe final de evaluación del tutor laboral. d) Autoevaluación y memoria final del estudiante. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 16 1 de 11

54 2.- Criterios de Evaluación previstos por EUSA para las Prácticas Curriculares, Extracurriculares y Extraoficiales. Estos criterios estarán vinculados con los objetivos de aprendizaje anteriormente expuestos y servirán para ayudar a traducir el desempeño del alumno en una calificación final. Los criterios están organizados en un sistema bifactorial que contempla y distingue factores necesarios (aquellos que son imprescindibles demostrar para superar la asignatura) y factores deseables (aquellos que servirán para identificar un desempeño destacado o excelente). De este modo, para la superación, por parte del alumno, del módulo prácticas externas no sólo se evaluará el desempeño técnico que demuestra el alumno en el transcurso de sus prácticas. Además del desempeño técnico, debemos evaluar competencias básicas como: la capacidad de adaptación al entorno social y productivo en un medio laboral, que son los que consideramos factores necesarios. La evaluación se completa con la valoración de la Memoria de Prácticas que deberá entregar el estudiante de manera obligatoria para ser evaluado (la no presentación de la Memoria Final supondría la calificación de No Presentado). Mediante la medición de los factores necesarios el alumno podrá obtener una puntuación máxima de 6 puntos y mínima de 0 puntos. Si no se alcanzara una puntuación mínima de 5 puntos en este grupo de factores el alumno no será evaluado en los factores deseables. Una vez puntuados los factores necesarios, y habiendo llegado el alumno a la puntuación mínima de 5, se comenzarán a medir los factores deseables: Iniciativa, trabajo en equipo, capacidad de aprendizaje, de organización... etc. evaluados por la propia organización donde se están realizando dichas prácticas, y tendrán una puntuación máxima de 2 puntos, que junto a la valoración de la memoria (con un máximo de 2 puntos), se podrá obtener una puntuación de excelencia. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 16 2 de 11

55 Elementos Factores Necesarios Adaptación a Normas (Disciplina, puntualidad y asistencia) Actitud (Autocontrol, Responsabilidad, Flexibilidad) Factores Deseables Relaciones Interpersonales (Trabajo en Equipo, capacidad de comunicación) Ejecución de Tareas (Orientación a logro, resolución de problemas, Organización y planificación, orientación al cliente, orientación a resultados, Capacidad de aprendizaje e iniciativa). Puntuación Máxima De 0 a 6 puntos De 0 a 2 puntos. Evidencias Datos aportados por el tutor laboral en el informe de evaluación. Datos recogidos de las entrevistas con tutores laborales y alumnos. Datos recogidos de las entrevistas con los tutores laborales y alumnos. Informe final de evaluación del tutor laboral. Observaciones El alumno debe alcanzar la calificación mínima de 5 puntos, para sumar la puntuación de los factores deseables y la memoria final. Dependen principalmente del alumno, se medirán capacidades, habilidades, actitudes, aptitudes, la evolución de las mismas y la implicación del alumno por mejorarlas. Sólo suman, si previamente se ha obtenido cinco puntos en los factores necesarios. Memoria Final De 0 a 2 puntos Deberá entregarse dentro de los plazos establecidos. Se valorarán aspectos de contenido y de presentación. Debe estar estructurada siguiendo los puntos establecidos La presentación de la misma será imprescindible para la superación de la asignatura, de no ser entregada el alumno/a aparecerá como NO APTO. Sólo suman, si previamente se ha obtenido cinco puntos en los factores necesarios. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 16 3 de 11

56 Factores Necesarios I. ADAPTACIÓN A NORMAS A. Disciplina Cuidado y observación de normas, estándares y procedimientos marcados por la entidad colaboradora así como por EUSA (documentación a presentar, respeto a instrucciones, procedimientos y plazos establecidos, etc.) NOTA: El alumno, en caso de no cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos por parte de EUSA o la entidad colaboradora obtendrá una calificación de No Apto o No presentado (según corresponda) en la asignatura prácticas externas, en los siguientes casos: NO APTO - El alumno incumple con las normas, instrucciones, procedimientos y protocolos establecidos por EUSA y/o la empresa. - Rescisión de la práctica por parte de la entidad colaboradora, por causas imputables al alumno. - El alumno abandona las prácticas por causas no justificadas o no informa previamente al tutor de prácticas de EUSA. En este caso la evaluación podrá ser de 0 puntos. B. Puntualidad Es el cuidado y diligencia en cumplir con los compromisos, hacer las cosas en su debido tiempo o llegar a un lugar a la hora convenida. NO APTO (puntuación<5) Cuando: - El alumno entrega los trabajos solicitados por su responsable en la entidad colaboradora con retraso habitual e injustificadamente, - El alumno entrega al tutor académico la memoria de prácticas y los documentos requeridos fuera de los plazos establecidos. - El alumno no cumple el horario establecido en sus prácticas (llega tarde o se marcha antes de la hora pactada sin justificación o sin aviso previo). REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 16 4 de 11

57 C. Asistencia Es acudir los días acordados al centro de trabajo donde realiza las prácticas informando y justificando sus ausencias. NO APTO (puntuación<5) Cuando: - El alumno No falta a las prácticas sin justificación. - El alumno No falta a las prácticas sin aviso previo (aunque la falta esté justificada). II. ACTITUD En caso de que el tutor de la entidad colaboradora, en el informe final de evaluación de las prácticas puntúe al alumno por debajo de cinco, en UNO de los siguientes indicadores de actitudes, la calificación final del alumno para la asignatura prácticas externas será NO APTO. Se entenderá que, el alumno no ha sido capaz de demostrar las competencias básicas requeridas para un desempeño laboral adecuado y por tanto para la superación de esta asignatura. A. Autocontrol Es la capacidad de controlar los impulsos y emociones para evitar actuar de manera inapropiada. NO APTO (puntuación<5) Cuando: - El alumno actúa o responde de manera inapropiada (agresiva, irrespetuosa o despreciativa) con clientes, compañeros, proveedores, etc. - No Sopesa y tiene en cuenta las consecuencias de sus actos. - El alumno no sabe aceptar las críticas. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 16 5 de 11

58 B. Responsabilidad. Es preocuparse por la viabilidad y el cumplimiento de los compromisos adquiridos. NO APTO (puntuación<5) Cuando: - El alumno no realiza las tareas como corresponde y se espera de él cuando éstas no son de su agrado. - El alumno no se esfuerza en la realización de las tareas que se le encomiendan. - Asume compromisos que sabe que no podrá cumplir y no la consecuencia de sus errores. C. Flexibilidad. Es adaptarse a los cambios en distintas situaciones. NO APTO (puntuación<5) Cuando: - El alumno no es capaz de asumir cambios en las tareas asignadas durante su jornada. - El alumno se resiste a adaptarse a nuevas formas de trabajo, nuevas actividades, nuevos entornos de trabajo, etc. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 16 6 de 11

59 Factores Deseables Estos factores sólo podrán ser valorados si previamente el alumno ha sido APTO en los Factores Necesarios. Los factores Deseables están divididos en Relaciones Interpersonales y Ejecución de Tareas /Desempeño. I. RELACIONES INTERPERSONALES. A. Capacidad de trabajo en equipo. Es sentirse cómodo trabajando con otros, aunque sean muy distintos, anteponiendo los intereses del grupo a los personales. APTO cuando: - Sabe realizar una tarea común con otros miembros de un equipo coordinándose eficazmente. - Participa activamente en la facilitación y consecución de los objetivos grupales. - Comprende la dinámica del funcionamiento grupal e interviene adaptándose a ella. - Actúa para desbloquear situaciones de conflicto interpersonal, centrándose en el logro de los fines compartidos. - Coordina y comparte información con los miembros del equipo proactivamente. B. Capacidad de Comunicación Oral y Escrita. Trasmitir oralmente y de forma escrita con efectividad una idea o información a una audiencia. APTO cuando: - Es capaz de explicar verbalmente o por escrito sus ideas con claridad para que sean comprendidas. - Escucha las opiniones y preocupaciones de sus interlocutores estableciendo feedback en la comunicación. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 16 7 de 11

60 II. EJECUCIÓN DE TAREAS/DESEMPEÑO. A. Orientación al Logro. Orientación al logro es la preocupación por realizar bien el trabajo o sobrepasar un estándar. APTO cuando: - No pierde de vista los objetivos a lograr en su ámbito de responsabilidad. - Es eficiente, optimiza los recursos y el tiempo en la realización de su tarea. - Realiza cambios en el sistema o en sus propios métodos de trabajo para conseguir mejoras en el rendimiento sin establecer ninguna meta específica. B. Resolución de Problemas. Es saber dar soluciones a problemas considerando las distintas alternativas posibles. APTO cuando: - Analiza las consecuencias de los problemas. - Identifica alternativas posibles antes de actuar. - No se bloquea ante situaciones difíciles y actúa. - Es rápido/a y eficaz en la toma de decisiones. - Busca superar los obstáculos que se interponen en el camino para alcanzar sus objetivos. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 16 8 de 11

61 C. Capacidad de Organización y Planificación. Es prever las cosas y gestionar eficazmente los recursos necesarios, especialmente el propio tiempo. APTO cuando: - Establece prioridades. - Fija bien los pasos necesarios para alcanzar sus objetivos. - Se planifica y cumple las tareas a tiempo. - Gestiona el tiempo invertido en cada tarea. - No demora las actividades a realizar. D. Orientación al Servicio o al Cliente (interno o externo). Es la capacidad de captar y satisfacer las necesidades de los usuarios. APTO cuando: - Trata al cliente con amabilidad y eficiencia haciendo que se vaya satisfecho con la atención. - Realiza un seguimiento de las necesidades del cliente para darle respuesta. - Escucha al cliente, informa con veracidad y sabe donde derivarlo. - Se anticipa a las necesidades del cliente y actúa para satisfacerlas. E. Orientación a Resultados. Es perseguir de forma tenaz la consecución de retos y objetivos. APTO cuando: - Se siente identificado con las metas de la organización. - Trabaja hasta alcanzar las metas o retos propuestos. - Trabaja con objetivos claramente definidos y realistas. - Crea ambiente propicio para estimular la mejora continua del servicio. - Analiza sus posibilidades de éxito antes de comprometerse. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo 16 9 de 11

62 F. Capacidad de Aprendizaje. Capacidad de entender, asimilar, aplicar nuevos contenidos, conceptos y tareas. APTO cuando: - Tiene capacidad de comprender e interiorizar la metodología de trabajo propia de una organización concreta. - Demuestra que puede poner en práctica conocimientos adquiridos. - Relaciona conocimientos por sí mismo. G. Iniciativa Anticiparse y proponer acciones novedosas aunque se carezca de pautas o referencias para actuar. APTO Cuando: - Propone nuevas herramientas y métodos para trabajar de un modo más eficaz. - Aporta ideas y realiza propuestas que puedan tener un impacto positivo en los resultados. - Reacciona positivamente ante oportunidades y problemas presentes. - Disfruta con los nuevos retos. - Se involucra activamente en las tareas que realiza. - Actúa cuando se presenta la ocasión de hacerlo sin que se lo pidan u ordenen. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo de 11

63 III. MEMORIA FINAL DE LAS PRÁCTICAS. A. Presentación Presentar de manera clara, atractiva y ordenada la memoria buscando la excelencia y el aspecto profesional del trabajo. APTO Cuando: - Está encuadernada. - Contiene portada. - Marca un índice para hacer fácil el seguimiento de la misma. B. Desarrollo de Ideas Realiza de manera minuciosa, detallada y completa los temas expuestos en la memoria, con intención de que el lector quede sin dudas y con el conocimiento necesario para poder comprender en qué ha consistido su paso por las prácticas. APTO Cuando: - Describe las actividades explicando qué hace y con qué finalidad. - Sigue los puntos establecidos en la guía de memoria. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS V4 Anexo de 11

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