Sesión del jueves 28 de noviembre de Panel II: La reacción penal frente a la violencia intrafamiliar: situación actual y alternativas.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Sesión del jueves 28 de noviembre de 2002. - Panel II: La reacción penal frente a la violencia intrafamiliar: situación actual y alternativas."

Transcripción

1 Comunicación presentada a las Primeras Jornadas sobre Violencia Intra-Familiar, celebradas en Zaragoza el 28 y 29 de noviembre de 2002, organizadas por el Laboratorio de Sociología Jurídica de la Universidad de Zaragoza y patrocinadas por el Instituto Aragonés de la Mujer del Gobierno de Aragón. Sesión del jueves 28 de noviembre de Panel II: La reacción penal frente a la violencia intrafamiliar: situación actual y alternativas. Título: «Nuevo marco de enjuiciamiento de delitos y faltas de violencia de género» Autor: Don Jorge-Oswaldo Cañadas Santamaría, Abogado del Real e Ilustre Colegio de Zaragoza, miembro del Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica a la Mujer - S.A.M.- y del Servicio de Asistencia a las Víctimas de la Violencia Doméstica - S.A.V.VI.D.-. Dirección completa: Bufete Cañadas Abogados. Hernán Cortés, 23-25, 8º E, Zaragoza. Teléfono Dirección electrónica: correo@despachodeabogados.info

2 NUEVO MARCO DE ENJUICIAMIENTO DE DELITOS Y FALTAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO REGULACIÓN LEGAL.- Mediante Ley 38/2002, de 24 de octubre, de reforma parcial de la LECrim., sobre procedimiento para el enjuiciamiento rápido e inmediato de determinados delitos y faltas, y de modificación del procedimiento abreviado (BOE 258 de 28 de octubre), se da una nueva redacción íntegra al procedimiento abreviado que queda ubicado en el Título II del Libro IV de la LECrim., cuyas disposiciones relativas al antejuicio necesario para exigir la responsabilidad criminal a los Jueces y Magistrados, había quedado expresamente derogado por la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, al tiempo que se regula ex novo un procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos, al que se dedica el Título III del Libro IV de la LECrim. que, hasta el momento, venía dedicado al procedimiento abreviado. Es supletoria a la regulación de este procedimiento la del procedimiento abreviado (art LECrim.) y al mismo, la del procedimiento general (art. 758 LECrim.). La reforma entrará en vigor el 28 de abril de 2003 (DF 3ª). AMBITO DE APLICACIÓN.- El art. 795 LECrim. único que conforma el capítulo I del nuevo Título III- reconduce a este procedimiento la instrucción y enjuiciamiento de delitos en los que concurran las tres circunstancias siguientes: a) Estar castigados con pena privativa de libertad que no exceda de 5 años, con pena no privativa de libertad cuya duración no exceda de 10 años o con pena de multa cualquiera que sea su cuantía -en estos dos últimos casos, bien sea única, conjunta o alternativa la pena a imponer-. b) Iniciarse el proceso penal en virtud de atestado policial, del que resulte la detención o citación del denunciado ante el Juzgado. En la práctica la víctima deberá renunciar a formular su denuncia ante el Juzgado o ante la Fiscalía al objeto de encaminar la tramitación de su causa hacia este nuevo cauce procesal. Nuevo Marco de Enjuiciamiento de Delitos y Faltas de Violencia de Género - 2

3 c) Concurrir cualquiera de las circunstancias siguientes: 1. Tratarse de delitos flagrantes, entendiendo por tales los que se estén cometiendo o se acaben de cometer cuando el delincuente sea sorprendido en el acto. Por ser sorprendido en el acto se entenderá no sólo al delincuente que fuere detenido en el momento de estar cometiendo el delito, sino también al que lo fuere tras una persecución que comience inmediatamente después de cometerlo, si en el curso de la misma el delincuente no se pone fuera del inmediato alcance de los que le persiguen. Y se considerará delincuente in fraganti aquel a quien se sorprendiere inmediatamente después de cometido un delito con efectos, instrumentos o vestigios que permitan presumir su participación en él. A nuestro juicio, una técnica legislativa más acorde con el principio constitucional de presunción de inocencia, hubiera debido llevar al legislador a hablar en este punto todavía de presunto delincuente, al no estar siquiera incoada la causa judicial. 2. Tratarse de alguno de los siguientes delitos: - Lesiones, coacciones, amenazas o violencia física o psíquica habitual cometidos sobre quien sea o haya sido cónyuge del autor o sobre persona que esté o haya estado ligada a él de forma estable por análoga relación de afectividad, o sobre los hijos propios o del cónyuge o conviviente, pupilos, ascendientes o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho de uno u otro. - Hurto. - Robo. - Hurto y robo de uso de vehículos. - Contra la seguridad del tráfico. 3. Tratarse de un hecho punible cuya instrucción sea presumible que será sencilla. Quedan al margen de la instrucción y enjuiciamiento por este nuevo cauce los procesos especiales, los conexos con otro u otros no comprendidos en su ámbito de aplicación y aquellos en los que sea procedente acordar el secreto de las actuaciones. Nuevo Marco de Enjuiciamiento de Delitos y Faltas de Violencia de Género - 3

4 FASE PREJUDICIAL: ACTUACIÓN DE LA POLICÍA JUDICIAL.- Conforme al art. 770 LECrim., la Policía Judicial acudirá de inmediato al lugar de los hechos y realizará las siguientes diligencias: 1ª. Requerir la presencia de cualquier facultativo o sanitario para prestar los oportunos auxilios al ofendido. 2ª. Dejar constancia fotográfica o por cualquier otro soporte magnético o de reproducción de la imagen del escenario de los hechos cuando sea pertinente para su esclarecimiento y exista riesgo de desaparición de sus fuentes de prueba. 3ª. Recoger los efectos, instrumentos o pruebas del delito. 4ª. En caso de fallecimiento en la vía pública, férrea u otro lugar de tránsito, trasladará el cuerpo a lugar próximo a fin de restablecer el servicio, dando cuenta inmediata al Juez de Guardia y previa reseña de la posición del cadáver, obtención de fotografías y señalamiento sobre el lugar de la posición exacta que ocupaba. 5ª. Identificar y acopiar todos los datos necesarios para la localización de los testigos del hecho. 6ª. Intervenir los vehículos implicados, en su caso, así como el permiso de circulación de los mismos y el de conducir de aquellos a quienes se atribuya responsabilidad en los hechos. El art. 796 LECrim. único que conforma el capítulo II del nuevo Título III- pormenoriza las actuaciones que debe llevar a cabo acto seguido la Policía Judicial cuando tenga noticia de la presunta comisión de un hecho delictivo ínsito en el ámbito de aplicación del nuevo procedimiento para el enjuiciamiento rápido. Dichas actuaciones deberán practicarse en el tiempo imprescindible y, en todo caso, durante el tiempo de la detención, es decir, en un plazo máximo de 72 horas. Son las siguientes: 1ª. Unir al atestado el informe facultativo del ofendido y recabar la presencia del Médico Forense cuando el mismo no pueda comparecer ante el Juzgado de Guardia en dicho plazo de 72 horas. Nuevo Marco de Enjuiciamiento de Delitos y Faltas de Violencia de Género - 4

5 2ª. Remitir al Instituto de Toxicología, al Instituto de Medicina Legal o al laboratorio correspondiente las substancias aprehendidas cuyo análisis resulte pertinente, para que remitan su resultado al Juzgado de Guardia con anterioridad al momento en que los implicados en el hecho deban comparecer ante el mismo; en caso de imposibilidad de cumplimiento de dicho plazo, la Policía podrá practicar por sí dicho análisis. La previsión legal obliga a que los análisis de sangre o análogos que se practiquen con motivo de controles de alcoholemia, sean remitidos al Juez de Guardia con anterioridad al momento en que los implicados en el hecho deban comparecer ante el mismo; si bien no se prevé la delegación de facultades en la Policía que opera para el resto de las substancias. 3ª. Recabar la presencia de perito apto para tasar algún objeto que no se pueda remitir al Juzgado de Guardia. La emisión del informe, podrá ser oral ante el Juzgado. 4ª. Citar ante el Juzgado de Guardia el día y hora que se le señale, utilizando para ello cualquier medio de comunicación e incluso verbalmente, sin perjuicio de dejar constancia en la pertinente acta: a) Al presunto autor que no resulte detenido, asistido de Abogado de su elección o, de no verificarlo, del de oficio que se recabará inmediatamente del Colegio de Abogados. b) A los testigos, a quienes se les apercibirá de las consecuencias de no comparecer a la citación policial en el Juzgado de Guardia. Dichas consecuencias se concretan en la posible imposición de una multa de 200 a y si se persistiere en la resistencia, a poder ser conducido a presencia judicial por la Policía y perseguido por el delito de obstrucción a la Justicia. c) A los ofendidos y perjudicados. d) A los aseguradores que hubieren asumido el riesgo de las responsabilidades pecuniarias derivadas del uso de cualquier bien, empresa, industria o actividad, cuando como consecuencia de la infracción penal, se produzca el evento que determine el riesgo asegurado. e) Aunque la Ley no lo prevea expresamente, entendemos que habrá que citar igualmente a los peritos tasadores, por lo menos en el caso de que vayan a emitir su informe oralmente ante el propio Juez de Guardia. Nuevo Marco de Enjuiciamiento de Delitos y Faltas de Violencia de Género - 5

6 FASE DE INVESTIGACIÓN: DILIGENCIAS URGENTES ANTE EL JUZGADO DE GUARDIA.- El Juez de Guardia, tras recibir el atestado policial, incoará diligencias urgentes que tramitará con la participación activa del Ministerio Fiscal durante el propio servicio de guardia, salvo en aquellos partidos judiciales en que dicho servicio no sea permanente y tenga una duración superior a 24 horas, en cuyo caso el plazo podrá prorrogarse por otras 72 horas si el atestado se hubiera recibido dentro de las 48 horas anteriores a la finalización del servicio de guardia. Acto seguido practicará, cuando resulten pertinentes, las siguientes diligencias: 1ª. Recabará por el medio más rápido los antecedentes penales del imputado. 2ª. Tomará declaración al imputado, cuya inasistencia, podrá tornar su citación en orden de detención. Consideramos que el espíritu de la reforma, que tiene por objeto la concentración en el tiempo de los trámites procesales, hubiera aconsejado que la ausencia del imputado, debidamente citado por la Policía para ante el Juzgado y apercibido de las consecuencias de su inasistencia, diera lugar imperativamente a la orden de su búsqueda, captura y detención. 3ª. Tomará declaración a los testigos, a quienes podrá multar en caso de incomparecencia, en los términos en que fueron advertidos al tiempo de ser citados por la Policía. Cuando por el lugar de residencia de testigos o víctimas o por cualquier otro motivo, se tema razonablemente que no podrán comparecer en el acto del juicio, con la posible suspensión del mismo, el Juez de Guardia practicará anticipadamente dicha prueba, documentándola en soporte apto para la grabación y reproducción del sonido y de la imagen o por medio de acta autorizada por el Secretario Judicial. La parte a quien interese la prueba deberá instar en el juicio oral la reproducción de la grabación o la lectura literal de la diligencia. 4ª. Efectuará la información de derechos y ofrecimiento de acciones a ofendidos y perjudicados. 5ª. Ordenará, incluso verbalmente, la citación de cualquier persona que considere necesario que comparezca ante él. Nuevo Marco de Enjuiciamiento de Delitos y Faltas de Violencia de Género - 6

7 6ª. Cuando resulte necesario para la calificación jurídica de los hechos o pertinente a esta fase procesal, el Juez además: a) Recabará, de no haberlos recibido, los informes periciales solicitados por la Policía Judicial. b) Ordenará los exámenes médico forenses que resulten proporcionados. c) Ordenará la tasación pericial de bienes y objetos aprehendidos, si no se hubiese hecho con anterioridad. d) Practicará el reconocimiento en rueda del imputado. e) Ordenará el careo entre testigos, testigos e imputados o imputados entre sí. f) Ordenará la práctica de cualquier otra diligencia pertinente que pueda llevarse a cabo durante la guardia o en las 72 horas siguientes. Verificado lo anterior, el Juez oirá a las partes personadas y al Ministerio Fiscal sobre el curso a dar a las actuaciones y medidas cautelares -si no se hubiesen adoptado anteriormente- y resolverá: 1º. Si considera suficientes las diligencias practicadas, podrá a) Dictar auto de forma oral, aunque documentada, que será irrecurrible, ordenando continuar para preparar el juicio oral. b) Dictar auto con alguno de los siguientes pronunciamientos: - Sobreseer la causa por no ser el hecho constitutivo de delito, no aparecer suficientemente justificada su perpetración o no haber autor conocido. - Reputar falta los hechos. - Inhibirse a favor de la jurisdicción militar o dar traslado al Fiscal de Menores en los casos de sus respectivas competencias. En estos tres casos cabrá el sistema general de recursos respecto a las medidas cautelares que se adopten. 2º. Si considera insuficientes las diligencias practicadas, ordenará que el procedimiento continúe como diligencias previas del procedimiento abreviado, debiendo señalar motivadamente cuáles son las diligencias cuya práctica resulta necesaria para concluir la instrucción de la causa o las circunstancias que lo hacen imposible. Nuevo Marco de Enjuiciamiento de Delitos y Faltas de Violencia de Género - 7

8 FASE INTERMEDIA: PREPARACIÓN DEL JUICIO ORAL.- Acordada la continuación del procedimiento para la preparación del juicio oral, el Juez en el mismo acto, oirá al Ministerio Fiscal y las partes personadas para que se pronuncien sobre si procede abrir juicio oral o el sobreseimiento e igualmente sobre medidas cautelares. a) Si el Ministerio Fiscal y el acusador particular solicitan el sobreseimiento, lo acordará el Juez, salvo en los supuestos de trastorno mental, alcoholismo o drogadicción plena, disminución psíquica, estado de necesidad y miedo insuperable, en que devolverá las actuaciones a las acusaciones para calificación, continuando el juicio hasta sentencia, a los efectos de la imposición de medidas de seguridad y del enjuiciamiento de la acción civil. b) En ausencia de acusación particular y ante la solicitud de sobreseimiento por parte del Ministerio Fiscal el Juez podrá: - Acordar que se haga saber la pretensión del Fiscal a los directamente ofendidos para que en 15 días puedan comparecer a defender su acción. - Remitir la causa al superior jerárquico del Fiscal para que se pronuncie en 10 días sobre si procede o no sostener acusación. c) Si el Fiscal o la acusación particular solicitan la apertura del juicio oral, la acordará el Juez mediante auto de forma oral, aunque documentada, que será irrecurrible, salvo que proceda sobreseer la causa si el hecho no es constitutivo de delito o no existen indicios racionales de criminalidad contra el acusado. Cuando se decrete la apertura del juicio oral sólo a instancia del Ministerio Fiscal o de la acusación particular, se dará nuevo traslado a quien hubiese solicitado el sobreseimiento por plazo de 3 días para que formule escrito de acusación, salvo que hubiere renunciado a ello. Nuevo Marco de Enjuiciamiento de Delitos y Faltas de Violencia de Género - 8

9 Abierto el juicio oral, se procederá según hubiese o no personada en la causa acusación particular. a) En ausencia de la misma, el Fiscal presentará de inmediato su escrito de acusación o la formulará oralmente. El acusado podrá conformarse, o presentar inmediatamente su escrito de defensa o formularla oralmente, o solicitar la concesión de un plazo a tal fin que el Juez fijará prudencialmente dentro de los cinco días siguientes, pero ya para que sea presentado dicho escrito de defensa ante el órgano de enjuiciamiento. Especial interés presenta la institución de la conformidad del acusado en este momento procesal, regulada por Ley Orgánica 8/2002, de 24 de octubre, complementaria de la Ley 38/2002, de igual fecha. Los requisitos para poder conformarse son los siguientes: - Que los hechos objeto de acusación hayan sido calificados como delito castigado con pena de hasta 3 años de prisión, multa cualquiera que sea su cuantía u otra pena de distinta naturaleza cuya duración no exceda de 10 años. - Que, tratándose de pena privativa de libertad, la suma de las penas solicitadas, reducida en un tercio, no supere los dos años de prisión. Concurriendo los anteriores presupuestos, ante la conformidad del acusado y siempre que el Juez de Guardia considere que la calificación de los hechos es correcta y la pena solicitada procedente conforme a la misma, dictará sentencia de conformidad imponiendo la pena más grave solicitada reducida en un tercio y, si es privativa de libertad, resolverá sobre su suspensión o sustitución. Nuevo Marco de Enjuiciamiento de Delitos y Faltas de Violencia de Género - 9

10 Para acordar la suspensión bastará: - A los efectos de la exigencia legal de tener satisfechas las responsabilidades civiles, el compromiso del condenado -la Ley habla impropiamente de acusado- de satisfacerlas en el plazo prudencial que el Juzgado de Guardia fije. - A los efectos de la exigencia legal de contar con certificado suficiente por centro o servicio público o privado debidamente acreditado, de que el condenado se encuentra deshabituado o sometido a tratamiento para tal fin, cuando el delito se haya cometido a causa de la adicción del delincuente a las drogas, el compromiso del condenado -la Ley habla impropiamente de acusado- de obtenerla en el plazo prudencial que el Juzgado de Guardia fije. Echamos de menos una regulación precisa sobre las consecuencias del incumplimiento por el condenado de los antedichos compromisos, en orden a la revocación de la suspensión de la ejecución de la condena. En caso de que las acusaciones formuladas no sean consideradas jurídicamente correctas por el Juez de Guardia tanto en su calificación como en la solicitud de pena a imponer, se requerirá a las partes su modificación y, de no verificarse, se ordenará la continuación de la causa para enjuiciamiento. b) Existiendo acusación particular que haya solicitado la apertura del juicio oral, se le emplazará juntamente con el Fiscal para presentar escrito de acusación en plazo improrrogable de dos días. En ambos casos, si el Fiscal no formula acusación en el momento establecido, se emplazará a los directamente ofendidos o perjudicados para que en plazo máximo de 15 días puedan comparecer a ejercer su acción y se requerirá del superior jerárquico de dicho Fiscal que en 2 días presente el escrito que proceda, entendiéndose un nuevo silencio como consideración de que procede el sobreseimiento libre. En todo caso, el Juez de Guardia hará el señalamiento para la celebración del juicio oral en los días y horas predeterminados a tal fin por los órganos de enjuiciamiento, en la fecha más próxima posible y, en cualquier caso, dentro de los 15 días siguientes. Igualmente citará ante el órgano de enjuiciamiento a cuantos deban intervenir ante él, a petición del Fiscal y las demás partes, pero sin perjuicio de la decisión sobre la admisión de pruebas que adopte dicho órgano de enjuiciamiento. Nuevo Marco de Enjuiciamiento de Delitos y Faltas de Violencia de Género - 10

11 FASE DE ENJUICIAMIENTO: JUICIO ORAL, SENTENCIA Y SU IMPUGNACIÓN.- El juicio oral se desarrollará conforme a las normas establecidas para el procedimiento abreviado, con la salvedad de reducir a la mitad los plazos procesales establecidos para los siguientes trámites: a) El juicio que no pueda celebrarse en la fecha señalada o haya de suspenderse, se celebrará o reanudará en los siguientes 15 días. b) La sentencia se dictará dentro de los 3 días siguientes a la terminación de la vista. c) El recurso de apelación podrá interponerse en el plazo de 5 días desde el siguiente a la notificación de la Sentencia. d) Igual plazo de 5 días se dará a las demás partes para alegaciones al recurso presentado. e) La Sentencia de la Audiencia Provincial deberá dictarse en los 5 días siguientes a la recepción de las actuaciones o en los 3 siguientes al de la celebración de la vista, en caso de que la misma tuviera lugar, teniendo la tramitación y resolución de estos recursos carácter preferente. LAS FALTAS.- Las lesiones no constitutivas de delito, los golpes o malos tratos de obra que no causen lesión, las amenazas leves con armas o su exhibición durante una riña, siempre que la conducta no sea constitutiva de delito, las amenazas, coacciones, injurias o vejaciones injustas de carácter leve, cometidas sobre quien sea o haya sido cónyuge del autor o sobre persona que esté o haya estado ligada a él de forma estable por análoga relación de afectividad, o sobre los hijos propios o del cónyuge o conviviente, pupilos, ascendientes o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho de uno u otro, serán inmediatamente enjuiciados por el propio Juez de Guardia. A tal efecto, la Policía Judicial citará ante el Juzgado al denunciado, testigos, ofendidos y perjudicados, apercibiéndoles de las consecuencias de su inasistencia, de que el juicio de faltas podrá celebrarse aun en su ausencia, y de que habrán de comparecer con los medios de prueba de que intenten valerse. Al denunciado se le informará por escrito de sus derechos y de la posibilidad de asistirse de Abogado y a los ofendidos y perjudicados se les hará información de derechos y ofrecimiento de acciones. Nuevo Marco de Enjuiciamiento de Delitos y Faltas de Violencia de Género - 11

12 Se exceptúan de la posibilidad de enjuiciamiento inmediato: a) Los casos en que faltando alguno de los intervinientes, el Juez considere necesaria su presencia. b) Que haya de resultar imposible la práctica de algún medio de prueba que se considere imprescindible. c) Que el Juez de Guardia no sea competente conforme a las normas generales o de reparto para el conocimiento del asunto. En tales casos de imposibilidad de enjuiciamiento inmediato, si la competencia es del propio Juzgado o de otro del mismo partido judicial, señalará vista en un plazo no superior a 2 días. La imposibilidad de celebrar la vista en el día señalado o la necesidad de continuarla en caso de suspensión, supondrán nuevo señalamiento dentro de los 7 días siguientes. La sentencia se dictará en el acto de finalizar el juicio y, a no ser posible, dentro de los 3 días siguientes, siendo apelable en el plazo de 5 días. Tanto la Sentencia de primera instancia como la de apelación, en su caso, se notificarán a los ofendidos y perjudicados por la falta aunque no se hubiesen mostrado parte en el procedimiento. Nuevo Marco de Enjuiciamiento de Delitos y Faltas de Violencia de Género - 12

GAJ: Curso CERO MI PRIMER JUICIO RÁPIDO. ELENA VALLEJO GARCÍA evallejo@aequoadvocats.com

GAJ: Curso CERO MI PRIMER JUICIO RÁPIDO. ELENA VALLEJO GARCÍA evallejo@aequoadvocats.com GAJ: Curso CERO MI PRIMER JUICIO RÁPIDO ELENA VALLEJO GARCÍA evallejo@aequoadvocats.com DÓNDE SE ENCUENTRA REGULADO? LIBRO IV, TITULO III, ARTS. 795 A 803 LECRIM. REGULACIÓN SUPLETORIA: Procedimiento Abreviado.

Más detalles

EL JUICIO FALTAS ATENCIÓN AL CIUDADANO CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

EL JUICIO FALTAS ATENCIÓN AL CIUDADANO CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL ATENCIÓN AL CIUDADANO EL JUICIO DE FALTAS Qué es el juicio de faltas Trámites del juicio inmediato Trámites del juicio ordinario Derechos de denunciantes Derechos de denunciados Fases principales del juicio

Más detalles

guía práctica del Guías DE PROCEDIMIENTOS JUDICIALES PARA CIUDADANOS

guía práctica del Guías DE PROCEDIMIENTOS JUDICIALES PARA CIUDADANOS guía práctica del Procedimiento JUICIO DE FALTAS Nº4 COLECCIÓN PAJ Guías DE PROCEDIMIENTOS JUDICIALES PARA CIUDADANOS SECRETARÍA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 1ª Qué es el juicio de faltas?

Más detalles

EL JUICIO RÁPIDO ATENCIÓN AL CIUDADANO DE DELITOS CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

EL JUICIO RÁPIDO ATENCIÓN AL CIUDADANO DE DELITOS CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL ATENCIÓN AL CIUDADANO EL JUICIO RÁPIDO DE DELITOS Qué delitos se pueden enjuiciar Trámites del juicio rápido Derechos y obligaciones de víctimas y perjudicados La citación y modos de citación CONSEJO GENERAL

Más detalles

ESQUEMA PARA LA RESOLUCIÓN DE CASOS PRÁCTICOS DE COMPETENCIA.

ESQUEMA PARA LA RESOLUCIÓN DE CASOS PRÁCTICOS DE COMPETENCIA. UNIVERSIDAD DE SALAMANCA. DERECHO PROCESAL PENAL. TEMA 3. ESQUEMA DE LA COMPETENCIA. CISE A DISTANCIA. Profª. Dra Dª Marta del Pozo Pérez. ESQUEMA PARA LA RESOLUCIÓN DE CASOS PRÁCTICOS DE COMPETENCIA.

Más detalles

«Mi primer Juicio Rápido» Il lustre Col legi d Advocats de Barcelona 20/11/14

«Mi primer Juicio Rápido» Il lustre Col legi d Advocats de Barcelona 20/11/14 «Mi primer Juicio Rápido» Il lustre Col legi d Advocats de Barcelona 20/11/14 Etapas de la Exposición Descripción de las etapas del procedimiento penal español Situación del procedimiento de «Juicio Rápido»

Más detalles

guía práctica del Guías DE PROCEDIMIENTOS JUDICIALES PARA CIUDADANOS

guía práctica del Guías DE PROCEDIMIENTOS JUDICIALES PARA CIUDADANOS guía práctica del Procedimiento JUICIO RÁPIDO PENAL Nº3 (Procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos) COLECCIÓN PAJ Guías DE PROCEDIMIENTOS JUDICIALES PARA CIUDADANOS SECRETARÍA

Más detalles

Ilustre Colegio de Abogados Gijón

Ilustre Colegio de Abogados Gijón Ilustre Colegio de Abogados Gijón REGLAMENTO DEL TURNO DE OFICIO PENAL La vigente Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita determina, en su artículo 11, la competencia colegial, a través de su Junta

Más detalles

Órganos jurisdiccionales penales

Órganos jurisdiccionales penales Órganos jurisdiccionales penales AMBITO NACIONAL AMBITO COM. AUTÓNOMA AMBITO PROVINCIAL AMBITO PARTIDO JUDICIAL AMBITO MUNICIPAL TRIBUNAL SUPREMO AUDIENCIA NACIONAL JUZGADO CENTRAL DE LO PENAL JUZGADO

Más detalles

PROGRAMA DE DERECHO PROCESAL PENAL (6 créditos) INTRODUCCIÓN

PROGRAMA DE DERECHO PROCESAL PENAL (6 créditos) INTRODUCCIÓN PROGRAMA DE DERECHO PROCESAL PENAL (6 créditos) INTRODUCCIÓN LECCIÓN 1.El proceso penal. 1. Derecho penal y Derecho procesal penal.- 2. El enjuiciamiento de los hechos punibles: sistema acusatorio, sistema

Más detalles

INSTRUCCIÓN 3/2011 SOBRE LA FORMA DE CELEBRAR LAS DILIGENCIAS URGENTES DE JUICIO RÁPIDO ANTE EL JUZGADO DE GUARDIA

INSTRUCCIÓN 3/2011 SOBRE LA FORMA DE CELEBRAR LAS DILIGENCIAS URGENTES DE JUICIO RÁPIDO ANTE EL JUZGADO DE GUARDIA Fiscalía Provincial de Madrid El Fiscal Jefe INSTRUCCIÓN 3/2011 SOBRE LA FORMA DE CELEBRACIÓN DE LOS JUICIOS RÁPIDOS POR DELITO ANTE EL JUZGADO DE GUARDIA Y A LA TRAMITACIÓN DE DILIGENCIAS URGENTES POR

Más detalles

TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL

TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL Mónica-Galdana Pérez Morales Profesora Titular de Derecho Procesal Universidad de Murcia. 1 Lección 23. El procedimiento abreviado (cont.).- Desarrollo del juicio oral.- La

Más detalles

http://www.westlaw.es/westlaw/verficheroimpresion.do;jsessionid=a06b6443817f4a3b8ad99f8b958...

http://www.westlaw.es/westlaw/verficheroimpresion.do;jsessionid=a06b6443817f4a3b8ad99f8b958... Página 1 de 5 RCL 2003\1048 Legislación (Disposición Vigente a 9/2/2006) Instrucción 3/2003, de 9 abril CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL BOE 15 abril 2003, núm. 90, [pág. 14756]; ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Más detalles

OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS FICHA ÁREA PROCESAL PENAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE DECOMISO AUTÓNOMO Y ESQUEMA

OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS FICHA ÁREA PROCESAL PENAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE DECOMISO AUTÓNOMO Y ESQUEMA OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS FICHA ÁREA PROCESAL PENAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE DECOMISO AUTÓNOMO ÍNDICE CONTEMPLADO EN EL ART.188.1 DEL CÓDIGO PENAL I. INTRODUCCIÓN.... 3 II. NOVEDADES.

Más detalles

LECCIÓN 11. LOS DISTINTOS PROCEDIMIENTOS PENALES Y SUS FASES.

LECCIÓN 11. LOS DISTINTOS PROCEDIMIENTOS PENALES Y SUS FASES. LECCIÓN 11. LOS DISTINTOS PROCEDIMIENTOS PENALES Y SUS FASES. INTRODUCCIÓN. El proceso penal tipo responde a una estructura compleja en la que pueden identificarse hasta tres fases, de las que, como consecuencia

Más detalles

SENTENCIA 88/2015 EN TERUEL, EL CINCO DE AGOSTO DOS MIL QUINCE.

SENTENCIA 88/2015 EN TERUEL, EL CINCO DE AGOSTO DOS MIL QUINCE. JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 TERUEL SENTENCIA: 00088/2015 DILIGENCIAS URGENTES - JUICIO RÁPIDO 45/2015 SENTENCIA 88/2015 EN TERUEL, EL CINCO DE AGOSTO DOS MIL QUINCE. Vistos por el Ilmo. Sr. D. Jorge-Oswaldo

Más detalles

Centro de Capacitación y Gestión Judicial Dr. Mario Dei Castelli

Centro de Capacitación y Gestión Judicial Dr. Mario Dei Castelli Centro de Capacitación y Gestión Judicial Dr. Mario Dei Castelli Taller Sobre Justicia de Paz. Actividades del Juzgado de Paz en lo Contravencional Posadas, 30 de Septiembre de 2011.- RECEPCIÓN DEL SUMARIO

Más detalles

LA MEDIDA CAUTELAR DE PRISION PREVENTIVA EN EL NUEVO SISTEMA PENAL.

LA MEDIDA CAUTELAR DE PRISION PREVENTIVA EN EL NUEVO SISTEMA PENAL. LA MEDIDA CAUTELAR DE PRISION PREVENTIVA EN EL NUEVO SISTEMA PENAL. Con la reforma a los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo

Más detalles

ACADEMIA GALEGA DE SEGURIDADE 1

ACADEMIA GALEGA DE SEGURIDADE 1 ACADEMIA GALEGA DE SEGURIDADE 1 Normas Comunes de Actuación Manual de Procedimiento Normas aplicables a todos los precedimientos: Art. 770-771 LECr - Requerimiento de facultativo - Acta de constancia de

Más detalles

Medidas que protegen a la víctima de violencia de género

Medidas que protegen a la víctima de violencia de género MEDIDAS CAUTELARES PENALES Medidas que protegen a la víctima de violencia de género MEDIDAS CAUTELAR ES PENALES Orden de protección Orden de alejamiento Suspensión de las comunicaciones, Salida del domicilio

Más detalles

A ENUNCIA CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL

A ENUNCIA CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL Este folleto tiene carácter orientativo e informativo. No prejuzga las decisiones que en el curso de los procesos puedan adoptar los Juzgados y Tribunales en su función de interpretación y aplicación de

Más detalles

TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL

TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL Mónica-Galdana Pérez Morales Profesora Titular de Derecho Procesal Universidad de Murcia. 1 TÍTULO III. PROCESO ORDINARIO POR DELITOS GRAVES. CAPÍTULO 1º. EL SUMARIO O FASE

Más detalles

ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES

ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES Conceptos y definiciones v. 1.0 Elaboración y edición:

Más detalles

TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL

TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL TEMAS DERECHO PROCESAL PENAL Mónica-Galdana Pérez Morales Profesora Titular de Derecho Procesal Universidad de Murcia. 1 CAPÍTULO 4º. LOS RECURSOS. Lección 19. Recursos ordinarios no devolutivos: reforma

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS

Más detalles

ANEXO II Guía para determinación de unidad de destino de expedientes judiciales

ANEXO II Guía para determinación de unidad de destino de expedientes judiciales ANEXO II Guía para determinación de unidad de destino de expedientes judiciales Ceuta Pág. 1 Con carácter previo, conviene realizar algunas observaciones de interés que influyen, sin lugar a dudas, en

Más detalles

EFECTOS DE LA SENTENCIA: B.4) DICTADAS EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO POR LA AUDIENCIA PROVINCIAL O LA SALA DE LO PENAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL

EFECTOS DE LA SENTENCIA: B.4) DICTADAS EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO POR LA AUDIENCIA PROVINCIAL O LA SALA DE LO PENAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL EFECTOS DE LA SENTENCIA: En caso de error en la apreciación de la prueba o infracción de norma sustantiva, la Audiencia Provincial, anulará la Sentencia y dictará nuevo fallo, entrando a conocer sobre

Más detalles

I. JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DATOS DENUNCIAS RECIBIDAS EN EL AÑO 2012. Atestados policiales. Con denuncia familiar.

I. JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DATOS DENUNCIAS RECIBIDAS EN EL AÑO 2012. Atestados policiales. Con denuncia familiar. DATOS DE DENUNCIAS, PROCEDIMIENTOS PENALES Y CIVILES REGISTRADOS, ÓRDENES DE PROTECCIÓN SOLICITADAS EN LOS JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER (JVM) 1 Y SENTENCIAS DICTADAS POR LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES

Más detalles

CAPITULO I. Objeto Artículo 1.

CAPITULO I. Objeto Artículo 1. Acuerdo de 18 de junio de 1996, del Pleno del Tribunal Constitucional, sobre asistencia jurídica gratuita en los procesos de amparo constitucional (BOE núm. 174, de 19 de julio) El artículo 80 de la Ley

Más detalles

PROTOCOLO DE SUSPENSIÓN DE ACTOS JUDICIALES POR COINCIDENCIA DE SEÑALAMIENTOS DE LOS ABOGADOS Y POR MATERNIDAD.

PROTOCOLO DE SUSPENSIÓN DE ACTOS JUDICIALES POR COINCIDENCIA DE SEÑALAMIENTOS DE LOS ABOGADOS Y POR MATERNIDAD. PROTOCOLO DE SUSPENSIÓN DE ACTOS JUDICIALES POR COINCIDENCIA DE SEÑALAMIENTOS DE LOS ABOGADOS Y POR MATERNIDAD. El presente protocolo se circunscribe a la suspensión de actos judiciales por coincidencia

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL NUEVO DESPACHO Y DE LAS CAUSAS PARA JUZGADOS Y SALAS PENALES

REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL NUEVO DESPACHO Y DE LAS CAUSAS PARA JUZGADOS Y SALAS PENALES REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL NUEVO DESPACHO Y DE LAS CAUSAS PARA JUZGADOS Y SALAS PENALES Junio 2006 ÍNDICE REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL NUEVO DESPACHO Y DE LAS CAUSAS PARA JUZGADOS Y SALAS PENALES

Más detalles

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS 1. Qué es la mediación? la mediación es aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en EL que dos o más

Más detalles

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO DE INCAPACITACIÓN

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO DE INCAPACITACIÓN C.P. EDUCACIÓN ESPECIAL CASTIELLO GIJÓN INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO DE INCAPACITACIÓN Información facilitada por el profesor de Servicios a la Comunidad, y reproducida textualmente de la web del Ministerio

Más detalles

Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad

Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad en todos los temas relacionados con el derecho matrimonial- separaciones y divorcios. Además de contar con una solida formación

Más detalles

RESOLUCIÓN: R/01408/2011

RESOLUCIÓN: R/01408/2011 1/5 Procedimiento Nº: A/00052/2011 RESOLUCIÓN: R/01408/2011 De conformidad con lo establecido en el artículo 45.6 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13/12, de Protección de Datos de Carácter Personal, (en

Más detalles

INFORME DEL CENTRO DE DEFENSA DE LA DEFENSA EL DERECHO DE ASISTENCIA LETRADA AL DETENIDO IMPUTADO EN LAS DILIGENCIAS POLICIALES

INFORME DEL CENTRO DE DEFENSA DE LA DEFENSA EL DERECHO DE ASISTENCIA LETRADA AL DETENIDO IMPUTADO EN LAS DILIGENCIAS POLICIALES INFORME DEL CENTRO DE DEFENSA DE LA DEFENSA EL DERECHO DE ASISTENCIA LETRADA AL DETENIDO IMPUTADO EN LAS DILIGENCIAS POLICIALES 1.- Ámbitos objetivo y subjetivo. a) Ámbito objetivo: el presente informe

Más detalles

profesorado o el personal no docente

profesorado o el personal no docente Protocolo de actuación en caso de agresión hacia el profesorado o el personal no docente Caracterización página 103 Este protocolo se aplicará cuando un profesor o profesora, o algún miembro del personal

Más detalles

ANEXO: CONTENIDOS MÍNIMOS DEL ATESTADO

ANEXO: CONTENIDOS MÍNIMOS DEL ATESTADO ANEXO: CONTENIDOS MÍNIMOS DEL ATESTADO 1.- MANIFESTACIÓN DE LA VÍCTIMA Con antelación al inicio de las declaraciones, se informará a la víctima del derecho a la asistencia letrada bien mediante un abogado

Más detalles

Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros

Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de Denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros

Más detalles

Aparece regulado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a continuación recogemos algunos de los puntos mas importantes de su tramitación.

Aparece regulado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a continuación recogemos algunos de los puntos mas importantes de su tramitación. VI. DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO Aparece regulado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a continuación recogemos algunos de los puntos mas importantes de su tramitación. A. ÁMBITO DE APLICACIÓN: El procedimiento

Más detalles

ACTUACIONES DE LA POLICÍA ANTE LA COMISIÓN DE DELITOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO. EL ATESTADO POLICIAL

ACTUACIONES DE LA POLICÍA ANTE LA COMISIÓN DE DELITOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO. EL ATESTADO POLICIAL ACTUACIONES DE LA POLICÍA ANTE LA COMISIÓN DE DELITOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO. EL ATESTADO POLICIAL PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN Protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de coordinación

Más detalles

I. ÍNDICE LEGAL ALFABÉTICO (1)

I. ÍNDICE LEGAL ALFABÉTICO (1) I. ÍNDICE LEGAL ALFABÉTICO (1) A Abogados Ver Letrado del menor Acción Civil, arts. 22.3, 61 y 64 Imprudente, art. 9.6 Particular, art. 25 Actividades formativas, art. 7.1.a), b) y f) Agresión sexual,

Más detalles

INSTRUCCIÓN 14/S-135

INSTRUCCIÓN 14/S-135 Asunto: Protocolo de actuación para tratamiento de posibles delitos de exceso de velocidad captados por cinemómetros y de carreras ilegales INSTRUCCIÓN 14/S-135 1.- Introducción. El artículo 379.1 del

Más detalles

EN EL ORDEN PENAL. Los actos procesales deben ser realizados, con carácter general en castellano, al ser este el idioma oficial del Estado.

EN EL ORDEN PENAL. Los actos procesales deben ser realizados, con carácter general en castellano, al ser este el idioma oficial del Estado. EN EL ORDEN PENAL Las actuaciones judiciales Los actos del proceso penal, como todas las actuaciones judiciales, están sometidas a una serie de formalidades legales, como por ejemplo, deben practicarse,

Más detalles

El juicio de conformidad en el proceso penal español y

El juicio de conformidad en el proceso penal español y El juicio de conformidad en el proceso penal español y el juicio sumarísimo en el proceso penal mexicano Edgar Humberto Muñoz Grajales Coordinador de Magistrados del Cuarto Circuito Sumario: Introducción

Más detalles

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL LICENCIADA MARÍA CRISTINA BALDERAS SALAZAR. JUEZ PENAL DE PARTIDO.

Más detalles

SEGUNDO.- Las diligencias están declaradas secretas desde el 21 de junio del presente año.

SEGUNDO.- Las diligencias están declaradas secretas desde el 21 de junio del presente año. JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCION Nº 003 MADRID C/GENOVA Nº 22 1ªPLANTA MADRID Tfno: 913973303 Fax: 913083024 NIG: 28079 27 2 1995 0001610 GUB11 SUMARIO (PROC. ORDINARIO) 0000006/1995 AUTO En Madrid, a veintiuno

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 56 Viernes 6 de marzo de 2015 Sec. I. Pág. 20485 REGISTRO CENTRAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO: ANEXO A ANOTACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA

Más detalles

LA DETENCION PRELIMINAR JUDICIAL EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL PERUANO

LA DETENCION PRELIMINAR JUDICIAL EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL PERUANO LA DETENCION PRELIMINAR JUDICIAL EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL PERUANO ABOG. ROBERT CHAVEZ HURTADO DIRECTOR DISTRITAL DE LA DEFENSA PUBLICA EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO INTRODUCCIÓN La idea de enfocar

Más detalles

DOCUMENTO DE TRABAJO ELABORADO POR EL

DOCUMENTO DE TRABAJO ELABORADO POR EL OIRET SINIM DOCUMENTO DE TRABAJO ELABORADO POR EL DE JUSTICIA SOBRE LA POSIBLE REFORMA DEL CÓDIGO CIVIL, DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL MINISTERIO FISCAL Y DE LA LEY 1/2000 DE ENJUICIAMIENTO CIVIL EN MATERIA

Más detalles

L P L A RIVACIÓN IBERTAD CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL

L P L A RIVACIÓN IBERTAD CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL Este folleto tiene carácter orientativo e informativo. No prejuzga las decisiones que en el curso de los procesos puedan adoptar los Juzgados y Tribunales en su función de interpretación y aplicación de

Más detalles

DERECHO PROCESAL CIVIL A) RECURSO DE REPOSICIÓN.

DERECHO PROCESAL CIVIL A) RECURSO DE REPOSICIÓN. DERECHO PROCESAL CIVIL ESTUDIO DE LA REFORMA EN LOS RECURSOS CIVILES A) RECURSO DE REPOSICIÓN. RESOLUCIONES RECURRIBLES EN REPOSICIÓN (ART. 451) 1. Contra las diligencias de ordenación y decretos no definitivos

Más detalles

DECRETO NÚMERO: 164 LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A:

DECRETO NÚMERO: 164 LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A: DECRETO NÚMERO: 164 POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 997-BIS DEL CÓDIGO CIVIL; SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 882-BIS, 882-TER, LOS PÁRRAFOS SEGUNDO Y TERCERO AL ARTÍCULO 884, 886-BIS, 886-TER, Y SE REFORMA

Más detalles

I.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS DECISIONES DE RETORNO FUNDADAS EN EL CONVENIO DE LA HAYA.

I.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS DECISIONES DE RETORNO FUNDADAS EN EL CONVENIO DE LA HAYA. CUESTIONARIO SOBRE LA EJECUCIÓN DE LAS DECISIONES DE RETORNO DE MENORES EN APLICACIÓN DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 1980 Y LAS DECISIONES SOBRE DERECHO DE VISITAS. MINISTERIO DE JUSTICIA. I.- FUNDAMENTOS

Más detalles

Informativo sobre la forma como usted puede hacer valer sus derechos ante la Justicia Local

Informativo sobre la forma como usted puede hacer valer sus derechos ante la Justicia Local Informativo sobre la forma como usted puede hacer valer sus derechos ante la Justicia Local Estimado vecino El presente informativo tiene por objeto dar a conocer en primer lugar qué materias conoce un

Más detalles

www.civil-mercantil.com

www.civil-mercantil.com Artículo 23. REDACCION ANTERIOR 1. En el orden penal corresponderá a la jurisdicción española el conocimiento de las causas por delitos y faltas cometidos en territorio español o cometidos a bordo de buques

Más detalles

Antecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko.

Antecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko. Resolución del Ararteko, de 1 de febrero de 2012, por la que se recomienda al Ayuntamiento de Donostia/San Sebastián que deje sin efecto una sanción por infracción de la normativa urbanística. Antecedentes

Más detalles

DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS, POR DESPIDO COLECTIVO Y OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN.

DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS, POR DESPIDO COLECTIVO Y OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN. Arts. 120 a 124 de la Ley de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social CAPÍTULO IV. DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS, POR DESPIDO COLECTIVO Y OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN. SECCIÓN I. EXTINCIÓN

Más detalles

Diez años de juicios rápidos. Introducción:

Diez años de juicios rápidos. Introducción: Datos de Justicia Boletín Información Estadística Nº 32 - marzo 2013 Diez años de juicios Introducción: El pacto de Estado para la reforma de la Justicia de 28 de mayo de 2001, con el objetivo de conseguir

Más detalles

DISTRIBUCIÓN Y COMPETENCIAS DE LOS DISTINTOS LETRADOS DE GUARDIAS DIARIAS.

DISTRIBUCIÓN Y COMPETENCIAS DE LOS DISTINTOS LETRADOS DE GUARDIAS DIARIAS. DISTRIBUCIÓN Y COMPETENCIAS DE LOS DISTINTOS LETRADOS DE GUARDIAS DIARIAS. LETRADOS DE GUARDIA DIARIOS EN EL PARTIDO JUDICIAL DE ALICANTE 1.- Letrado de Guardia en Comisaría Centro: Su función será la

Más detalles

LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO TITULO V DE LA FUNCION MEDIADORA-CONCILIADORA Y DE LA CALIFICADORA DE LOS AYUNTAMIENTOS CAPITULO PRIMERO

LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO TITULO V DE LA FUNCION MEDIADORA-CONCILIADORA Y DE LA CALIFICADORA DE LOS AYUNTAMIENTOS CAPITULO PRIMERO LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO TITULO V DE LA FUNCION MEDIADORA-CONCILIADORA Y DE LA CALIFICADORA DE LOS AYUNTAMIENTOS CAPITULO PRIMERO DE LAS OFICIALIAS MEDIADORA-CONCILIADORAS Y DE LAS OFICIALIAS

Más detalles

ESTATUTOS DEL DEFENSOR DEL COLEGIADO DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JAÉN

ESTATUTOS DEL DEFENSOR DEL COLEGIADO DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JAÉN ESTATUTOS DEL DEFENSOR DEL COLEGIADO DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JAÉN 1. DEFINICIÓN El Defensor del Colegiado es una Institución Colegial que actúa con plena independencia y autonomía funcional;

Más detalles

III REUNION SOBRE INSPECCION Y VIGILANCIA DE MERCADOS Y ENTIDADES

III REUNION SOBRE INSPECCION Y VIGILANCIA DE MERCADOS Y ENTIDADES III REUNION SOBRE INSPECCION Y VIGILANCIA DE MERCADOS Y ENTIDADES Mayte de Miguel Ruiz Subdirectora de la Dirección del Servicio Contencioso y del Régimen Sancionador de la CNMV La Antigua, Guatemala,

Más detalles

ANTEPROYECTO DE LEY DE ACCESO AL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR.

ANTEPROYECTO DE LEY DE ACCESO AL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR. ANTEPROYECTO DE LEY DE ACCESO AL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR. Artículo 1. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación. 1. La presente Ley tiene por objeto regular el acceso a las profesiones

Más detalles

Ley 13/2009, de 3 de noviembre EXTRACTO DE REFORMA DE LEGISLACION CIVIL

Ley 13/2009, de 3 de noviembre EXTRACTO DE REFORMA DE LEGISLACION CIVIL Ley 13/2009, de 3 de noviembre EXTRACTO DE REFORMA DE LEGISLACION CIVIL Nuevo modelo Secretario judicial para impulsar el procedimiento, el Juez o Tribunal dictar las resoluciones de fondo en tiempo y

Más detalles

JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Comisiones Obreras de Aragón Sector de la Administración de Justicia JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. VERSIÓN

Más detalles

ATESTADO INSTRUIDO POR SUPUESTO DELITO DE VIOLENCIA DE GENERO.-(Lesiones Impropias)

ATESTADO INSTRUIDO POR SUPUESTO DELITO DE VIOLENCIA DE GENERO.-(Lesiones Impropias) 1 ATESTADO INSTRUIDO POR SUPUESTO DELITO DE VIOLENCIA DE GENERO.-(Lesiones Impropias) - En ******* (**********), y en su reten de la Policía Local, siendo las ** horas del día **, ante el **, C O M P A

Más detalles

NUEVO PROCEDIMIENTO LA BORAL

NUEVO PROCEDIMIENTO LA BORAL NUEVO PROCEDIMIENTO LA BORAL Procedimientos a) Procedimiento general, donde el sujeto activo son los trabajadores; b) Procedimiento de tutela de derechos fundamentales, donde el sujeto es el trabajador

Más detalles

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES. DEPARTAMENTO DE DERECHO Y RELACIONES INTERNACIONALES

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES. DEPARTAMENTO DE DERECHO Y RELACIONES INTERNACIONALES Práctica Sesión 1 1) El tribunal competente sería el del domicilio del demandado (fuero general, artículo 50 y siguientes LEC). La demanda se debe interponer contra el deudor, es decir, contra Juanito

Más detalles

Reglas de Procedimiento y Prueba

Reglas de Procedimiento y Prueba Reglas de Procedimiento y Prueba Las Reglas de Procedimiento y Prueba constituyen un instrumento para la aplicación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, al cual están subordinadas en todos

Más detalles

PLAZOS PROCESALES DURANTE EL MES DE AGOSTO 2012

PLAZOS PROCESALES DURANTE EL MES DE AGOSTO 2012 PLAZOS PROCESALES DURANTE EL MES DE AGOSTO 2012 OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREAS PROCESALES ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID El artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Más detalles

Precisamente la cuestión planteada deberá ser objeto de análisis, en primer lugar, desde la perspectiva de la Ley últimamente mencionada.

Precisamente la cuestión planteada deberá ser objeto de análisis, en primer lugar, desde la perspectiva de la Ley últimamente mencionada. Informe Jurídico 0308/2008 La consulta se refiere a la reclamación planteada ante la Institución consultante, referida a la queja de un ciudadano que manifiesta que su hija menor de edad recibe SMS en

Más detalles

DECRETO DEL 8 DE SEPTIEMBRE DE 1954, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DISCIPLINA ACEDÉMICA. (BOE de 12 de octubre)

DECRETO DEL 8 DE SEPTIEMBRE DE 1954, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DISCIPLINA ACEDÉMICA. (BOE de 12 de octubre) DECRETO DEL 8 DE SEPTIEMBRE DE 1954, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DISCIPLINA ACEDÉMICA (BOE de 12 de octubre) El presente Reglamento mantiene su vigencia una vez aprobada la Constitución Española

Más detalles

Id. Cendoj: 28079270052015200013 Organo: Audiencia Nacional. Juzgado Central de Instrucción Sede: Madrid Sección: 5 Tipo de Resolución: Auto

Id. Cendoj: 28079270052015200013 Organo: Audiencia Nacional. Juzgado Central de Instrucción Sede: Madrid Sección: 5 Tipo de Resolución: Auto Id. Cendoj: 28079270052015200013 Organo: Audiencia Nacional. Juzgado Central de Instrucción Sede: Madrid Sección: 5 Tipo de Resolución: Auto Fecha de resolución: 26/05/2015 Nº Recurso: 19/1997 Ponente:

Más detalles

Id. Cendoj: 28079270032015200028 Organo: Audiencia Nacional. Juzgado Central de Instrucción Sede: Madrid Sección: 3 Tipo de Resolución: Auto

Id. Cendoj: 28079270032015200028 Organo: Audiencia Nacional. Juzgado Central de Instrucción Sede: Madrid Sección: 3 Tipo de Resolución: Auto Id. Cendoj: 28079270032015200028 Organo: Audiencia Nacional. Juzgado Central de Instrucción Sede: Madrid Sección: 3 Tipo de Resolución: Auto Fecha de resolución: 29/12/2015 Nº Recurso: 110/2015 Ponente:

Más detalles

Procedimiento de Valoración del grado y nivel de dependencia. Obtener el reconocimiento del grado y nivel de dependencia.

Procedimiento de Valoración del grado y nivel de dependencia. Obtener el reconocimiento del grado y nivel de dependencia. Procedimiento de Valoración del grado y nivel de dependencia Código Descripción 200750241 Obtener el reconocimiento del grado y nivel de dependencia. Tipo de servicio Certificados Quién lo puede solicitar?

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA 1/11 CRITERIOS INTERPRETACIÓN COMISIÓN DE IMPUGNACION DE HONORARIOS

CIRCULAR INFORMATIVA 1/11 CRITERIOS INTERPRETACIÓN COMISIÓN DE IMPUGNACION DE HONORARIOS CIRCULAR INFORMATIVA 1/11 CRITERIOS INTERPRETACIÓN COMISIÓN DE IMPUGNACION DE HONORARIOS La Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 30 de mayo de 2011, adoptó, entre otros, el siguiente ACUERDO:

Más detalles

1. Introducción: Unificación de los periodos de vigencia de los permisos de conducción de la Unión Europea.

1. Introducción: Unificación de los periodos de vigencia de los permisos de conducción de la Unión Europea. ASUNTO: Infracción al artículo 15 del Reglamento General de Conductores, obligación de renovar el permiso comunitario de conducción para los residentes en España. INSTRUCCIÓN 15/S-136 1. Introducción:

Más detalles

La violencia de género y su evolución en los juzgados

La violencia de género y su evolución en los juzgados La violencia de género y su evolución en los juzgados by Redaccion - Viernes, enero 11, 2013 http://www.diariojuridico.com/especiales-2/la-violencia-de-genero-y-su-evolucion-en-los-juzgados.html El año

Más detalles

EL PROCESO DE DESPIDO. Autor: Cristina Aragón Gómez

EL PROCESO DE DESPIDO. Autor: Cristina Aragón Gómez Autor: Cristina Aragón Gómez 1. INTRODUCCIÓN: Regulación: Arts. 103 a 113 LPL. Objeto del proceso: El proceso de despido está concebido como un cauce a través del cual el trabajador impugna el acto extintivo

Más detalles

PLAZOS PROCESALES DURANTE EL MES DE AGOSTO OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREAS PROCESALES

PLAZOS PROCESALES DURANTE EL MES DE AGOSTO OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREAS PROCESALES PLAZOS PROCESALES DURANTE EL MES DE AGOSTO OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREAS PROCESALES 2015 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN...3 2. PENAL...3 3. SOCIAL...4 4. CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO... 6 5.

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE

REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Legislación El presente Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD Por acuerdo del Pleno de día 27 de enero de 2000 fue aprobado definitivamente el Reglamento de seguridad y salud. Publicado en el BOIB nº. 55, de 02.05.00, entró en vigor al día siguiente de la publicación.

Más detalles

Proceso Monitorio a fondo

Proceso Monitorio a fondo Proceso Monitorio a fondo Qué es? www.cobratis.es informacion@cobratis.es Ante el gran problema de cobro de los pequeños créditos que se vive en España actualmente, Cobratis pone a disposición de sus clientes

Más detalles

ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MURCIA

ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MURCIA UN EFECTO COLATERAL IMPORTANTÍSIMO DE LA REFORMA DEL CODIGO PENAL: La no preceptividad de letrado en el procedimiento de enjuiciamiento por delito leve,y las penas que se pueden imponer al condenado. De

Más detalles

INFORME DE AUDITORÍA DE LAS CUENTAS ANUALES (Gestión del Patrimonio de la Seguridad Social)

INFORME DE AUDITORÍA DE LAS CUENTAS ANUALES (Gestión del Patrimonio de la Seguridad Social) INFORME DE AUDITORÍA DE LAS CUENTAS ANUALES (Gestión del Patrimonio de la Seguridad Social) INFORME DEFINITIVO 20 13 SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL GOBIERNO DE ESPAÑA MINISTERIO DE DE EMPLEO

Más detalles

Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud GUIA PARA LA GESTIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS DE ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD

Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud GUIA PARA LA GESTIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS DE ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud GUIA PARA LA GESTIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS DE ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD Subdirección General de Formación y Acreditación Docente

Más detalles

TABLA DE HONORARIOS DE LA ASESORÍA JURÍDICA FEDERACION DE ENSEÑANZA CC.OO ARAGÓN

TABLA DE HONORARIOS DE LA ASESORÍA JURÍDICA FEDERACION DE ENSEÑANZA CC.OO ARAGÓN TABLA DE HONORARIOS DE LA ASESORÍA JURÍDICA FEDERACION DE ENSEÑANZA CC.OO ARAGÓN 1.- CONSULTA VERBAL 1.1.- SIMPLE 35,00 + 6,30 IVA = 41,30 EUROS cuando la consulta no requiera estudio de documentos 1.2.-

Más detalles

Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal. Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990

Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal. Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990 Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990 El [La] --------- y el [la] --------, Deseosos[as] de fortalecer

Más detalles

DROGAS Y SEGURIDAD VIAL ALGUNAS CUESTIONES PRÁCTICAS EN EL ÁMBITO PENAL

DROGAS Y SEGURIDAD VIAL ALGUNAS CUESTIONES PRÁCTICAS EN EL ÁMBITO PENAL DROGAS Y SEGURIDAD VIAL ALGUNAS CUESTIONES PRÁCTICAS EN EL ÁMBITO PENAL El delito de conducción n bajo la influencia de drogas El artículo 379 del C.P.. establece:.. será castigado el que condujere un

Más detalles

como medio de estafa a compañías de seguros

como medio de estafa a compañías de seguros Perspectiva policial de las simulaciones de delito Perspectiva policial de las simulaciones de delito como medio de estafa a compañías de seguros 1 PUNTO DE PARTIDA Progresivo incremento del número de

Más detalles

EL ENJUICIAMIENTO RÁPIDO DE DELITOS Y EL JUICIO DE FALTAS INME- DIATO

EL ENJUICIAMIENTO RÁPIDO DE DELITOS Y EL JUICIO DE FALTAS INME- DIATO EL ENJUICIAMIENTO RÁPIDO DE DELITOS Y EL JUICIO DE FALTAS INME- DIATO VÍCTOR MORENO CATENA Catedrático de Dereito Procesual Universidade Carlos III de Madrid EL ENJUICIAMIENTO RÁPIDO DE DELITOS 1. Consideraciones

Más detalles

Para Quienes han sido Víctimas de Actos Criminales

Para Quienes han sido Víctimas de Actos Criminales (Jefatura de Policía de la Prefectura de Aichi) Para Quienes han sido Víctimas de Actos Criminales Por medio de esta página web, informamos lo siguiente a quienes han sido víctimas de actos criminales:

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 ( ) CAPITULO III Organización de recursos para las actividades

Más detalles

Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006

Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006 Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006 La consulta plantea tres cuestiones relacionadas con la aplicación de la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, de creación del

Más detalles

Ilustre Colegio de Abogados Gijón

Ilustre Colegio de Abogados Gijón Ilustre Colegio de Abogados Gijón REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TURNO DE OFICIO PARA LA ASISTENCIA A VICTIMAS DE VIOLENCIA DOMESTICA La Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita determina, en su artículo

Más detalles

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA La incesante innovación y consecuente modificación normativa

Más detalles

PROCEDIMIENTO ABREVIADO DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO (I)

PROCEDIMIENTO ABREVIADO DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO (I) DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO (I) Ámbito de aplicación Aplicabilidad (Art. 757 LECr.):Enjuiciamiento de los delitos castigados con:(ver anexo jurisprudencial,pág nº 1). Pena privativa de libertad no superior

Más detalles

La norma entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, el día 1 de septiembre de 2014.

La norma entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, el día 1 de septiembre de 2014. Núm. 29/2014 Gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración. Barcelona, miércoles, 30 de julio de 2014 Se ha publicado en el

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL ASEGURADO DE AME ASISTENCIA MEDICA COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A.,

REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL ASEGURADO DE AME ASISTENCIA MEDICA COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A., REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL ASEGURADO DE AME ASISTENCIA MEDICA COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A., CAPITULO I Artículo 1. Objeto El presente reglamento tiene por objeto regular la actividad del Departamento

Más detalles