PLATAFORMAS DE NEGOCIACIÓN

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "PLATAFORMAS DE NEGOCIACIÓN"

Transcripción

1 PLATAFORMAS DE NEGOCIACIÓN Contenido mínimo según TRET Art y 85.3: Partes: determinación de las partes que los conciertan. Ámbito: personal, funcional, territorial y temporal. Cláusula de Descuelgue (convenio sectorial) Denuncia: forma y condiciones de denuncia del convenio, así como plazo de preaviso para dicha denuncia. Comisión Mixta de Interpretación: designación/creación. Planes de Igualdad: deber de negociar a concretar en la negociación colectiva. Contenido posible: Disposiciones Generales: Ámbito temporal, funcional, territorial, Coordinación Normativa, Articulación de la Negociación Colectiva, etc. Clasificación Profesional y Promoción. Contratación. Movilidad Geográfica. Movilidad Funcional. Retribuciones: Salarios Base, Complementos, Pluses, Pagas Extraordinarias, Condiciones económicas años de vigencia (subida salarial anual y cláusula de revisión), Dietas y Gastos de Locomoción, etc. Sistemas de retribución variable: Introducción de criterios objetivos y medibles, en igualdad de condiciones. Beneficios Sociales: Seguro de Vida, Ayudas, etc. Anual, Distribución, Trabajo a Turnos y Nocturno, Horarios especiales, Vacaciones, Permisos, Excedencias, Licencias, etc. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y CONCILIACIÓN: Flexibilidad Horaria: Art.34.8 TRET. Flexibilidad horaria en relación al tiempo de trabajo, a quienes tengan bajo su responsabilidad hijos menores de 8 años, familiares con discapacidad o mayores de 65 años. Flexibilidad en la hora de entrada y en la hora de salida, para quienes tengan menores y personas con discapacidad Posibilidad cambio a jornada continuada para personas con hijos menores, mayores de 65 o discapacitados. Reducción de jornada: Art.37.5 TRET. Aumentar de la edad protegida del menor hasta 10 años Reducción de jornada retribuida de 2 horas para nacimiento de hijos prematuros, o que requieran hospitalización, o familiares que requieran hospitalización o enfermedad grave Negociar la jornada reducida acumulada (descuento mensual del % y disfrute en días de libranza en periodos concretos a elegir). Permisos de lactancia: Art TRET.

2 Acumulación de 15 laborables ( mínimo) Aumento proporcional en partos múltiples, cada hijo genera su propio derecho ( 15días el primero, 15 días el segundo) Derecho a disfrutarlo por parte del padre. Incremento del periodo de lactancia 6 semanas más. Extensión del permiso de lactancia en los casos de adopción o acogimiento. Permiso por paternidad: Art. 48 bis TRET. Incorporar los 7 días de permiso retribuido ( mínimo, teniendo en cuenta que se ha retrasado la entrada en vigor del permiso de 4 semanas de paternidad hasta el 2011) Posibilidad de disfrutarlo a tiempo parcial Descanso por maternidad: Art. 48 TRET. Incorporar texto íntegro en los convenios, a modo didáctico y de consulta, Traslados En lo referido a la política de traslados, se tendrá en cuenta como uno de los criterios a seguir las diferentes situaciones familiares, con la finalidad de una mejor conciliación entre la vida familiar y laboral. Limitación medidas de traslado a otro municipio durante la situación de embarazo y el periodo de lactancia de la mujer trabajadora. Limitación medidas de traslado de la persona que esté disfrutando de una reducción de jornada. Tener en cuenta la reunificación familiar Vacaciones: Art TRET. Incorporar texto íntegro en los convenios, a modo didáctico y de consulta. Licencias no retribuidas de hasta 1 mes dentro del año natural Ampliación de los supuestos establecidos en convenio (adopción extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada por enfermedad grave del cónyuge o de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, acompañamiento en la asistencia médica de familiares hasta el segundo grado en consanguinidad y afinidad, etc). En supuestos excepcionales, por razones de orden familiar podrá estudiarse la ampliación del citado mes de licencia. Bolsas de horas, a recuperar en el año. Permisos de hasta tres meses por fallecimiento de cónyuge, hijos o enfermedad grave de familiares de grado. Permisos de hasta 6 meses por traslado del cónyuge Licencias retribuidas: Ampliación del descanso por maternidad mínimo 2 semanas. Reducción de jornada retribuida de 1 hora ó 2 horas por el plazo de 2 meses en caso de enfermedad grave de parientes hasta segundo grado.

3 Excedencias retribuidas hasta que el menor cumpla un año para progenitores de trillizos o hijos con discapacidades. Permiso de 15 días naturales en caso de hospitalización. Excedencias: Art y 3 TRET. Mejora del tratamiento de excedencia para el cuidado de personas dependientes. El anteproyecto de Ley habla de dos años, pero nosotros debemos extenderlo a tres. Mejora del derecho a la reserva de puesto de trabajo hasta los tres años. Nuevos supuestos de excedencias: solidarias y formativas de un año con reserva de puesto de trabajo Formación: Facilitar la participación de los empleados/as con un contrato de trabajo suspendido por excedencia por motivos familiares, permiso por maternidad/paternidad y bajas de larga duración. Promoción: en situación de excedencia o permiso por maternidad/paternidad y bajas de larga duración, se podrá participar en convocatoria de exámenes por capacitación. Enmarcar la formación dentro del horario laboral. Recuperación del tiempo de formación fuera del horario laboral por días de descanso. Compensación económica para cubrir gastos de contratación de servicios de terceros cuando la formación se realice fuera del horario laboral. Nuevas tecnologías: Potenciación de la video conferencia como vía para reducir los viajes de trabajo. Violencia de genero: Inclusión de las medidas laborales de la Ley Integral Flexibilización de los criterios de concesión de prestamos o anticipos a las mujeres víctimas de violencia de genero. Posibilidad de solicitar permiso no retribuido dependiendo de las circunstancias personales Mejoras sociales: Art. 48 TRET. Los trabajadores se beneficiarán de cualquier mejora en las condiciones de trabajo a la que hubieran podido tener derecho durante la suspensión del contrato por maternidad y paternidad. No-reducción del limite de prestamos por la disminución salarial proporcional a la reducción de jornada Medidas económicas como cheques guardería No pérdida de beneficios sociales en épocas de excedencia o períodos de permisos paternidad/maternidad Cuota cero en préstamos para vivienda habitual en el primer año de excedencia Acoso sexual: Introducción de la definición de acoso según articulo 7 Ley Igualdad. Protocolos de prevención y actuación en caso de acoso sexual.

4 Tipificación como falta muy grave. Asegurar la participación de la RLT en todo el proceso. Comisión para la Igualdad de Oportunidades (competencias): Recibir información anual de las medidas implementadas en las diferentes empresas del sector así como información anual sectorial de plantillas, disgregadas por categorías profesionales y género. Con capacidad propositiva hacia aquellas empresas que no cumplan con los deberes establecidos en la Ley de Igualdad y en las disposiciones del presente Convenio Colectivo Asesoramiento a las empresas sobre cualquier duda que tengan a la hora de implementar los planes Arbitrar soluciones ante las discrepancias que puedan surgir a la hora de implantar las medidas de I.O Planes de Igualdad Necesariamente los Planes de Igualdad deberán contener medidas referentes a las siguientes materias: a) Acceso al empleo. b) Clasificación profesional. c) Promoción y formación. d) Retribución. e) Ordenación del tiempo de trabajo. f) Prevención del acoso sexual y acoso por razón de género. Además los Planes de Igualdad deberán contener: a) Objetivos y plazos a alcanzar para erradicar cualquier tipo de discriminación detectada. b) Acciones a desarrollar para cumplir los objetivos marcados. c) Evaluación anual del Plan. Inaplicación salarial: garantizar que se mantienen las políticas acordadas en relación con la supresión de las diferencias salariales por razón de género. SALUD LABORAL: Organización del trabajo: intentar adaptar a la LPRL Art en la que la RLT a través de los Comités de Seguridad y Salud. Legislación vigente: Dependiendo del sector de actividad, se debe incluir la legislación específica correspondiente (ver anexo 1). En todos los convenios de nuestra Federación es de aplicación la normativa sobre Pantallas de Visualización, pero también habrán de tenerse en cuenta: 1. Las tareas de ciertos colectivos dentro de cada convenio, como trabajadores de los departamentos de correspondencia, almacén, mantenimiento, etc., en cuanto a la manipulación manual de cargas, los equipos de trabajo y los equipos de protección individual. 2. El Convenio de Oficinas y Despachos que se aplica en empresas de muy distinta actividad, desde oficinas hasta comunidades de propietarios, clubes

5 deportivos, empresas de mantenimiento, cooperativas de taxis, mensajeríaspaqueterías, etc. 3. El Convenio de Ingenierías y Estudios Técnicos, cuyas empresas pueden ser simples estudios de arquitectura, tener también trabajadores a pie de obra, o realizar asimismo actividades muy variadas que abarcan incluso la inspección de sistemas y componentes en las centrales eléctricas, térmicas y nucleares, petroquímicas, refinerías, etc. Pantallas de visualización: aplicación del RD 488/97 14 de Abril y de la Guía Técnica que lo desarrolla, Art. 3 Obligaciones Generales del Empresario. Según esta norma, en los convenios colectivos deberán acordarse las pausas según los criterios establecidos en la misma. Ver recomendaciones de pausas en la Guía Técnica del INS. Ver criterio técnico del Ministerio de Trabajo que para los trabajadores del sector financiero señala que a partir de dos horas de uso diario deben de ser considerados como usuarios y, en tal calidad protegidos con la aplicación por los médicos laborales del Protocolo especifico de Vigilancia de usuarios de PVD, elaborado por el Ministerio de Sanidad, y de obligado cumplimiento, que establece la obligación de pausas y de reconocimientos médicos cada vez que el trabajador lo solicite. Violencia sobre las personas: En el sector financiero hay que intentar aplicar bien el criterio técnico del Ministerio de Trabajo sobre atracos, trasladándolo a todo tipo de violencia externa, y acabar con la protección prioritaria del dinero y la versión patronal de que protegiendo bien al dinero, las personas están suficientemente protegidas. Evaluación de Riesgos: dejando aparte los factores de riesgo ambientales y de seguridad, de los que se ocupan las empresas, centraremos la Negociación Colectiva en asegurar que se contemplen los factores psicosociales, de organización y los ergonómicos, éstos mediante la aplicación efectiva de la legislación específica relacionada en el Anexo 1. Vigilancia de la Salud: está condicionada por la Evaluación de Riesgos, ya que debe hacerse en función de los riesgos específicos detectados en la misma, a que esté expuesto el trabajador. Dadas las deficiencias de las Evaluaciones de Riesgos, y en previsión de que la negociación en esta materia no resulte todo lo satisfactoria que desearíamos, es decir, no recoja riesgos específicos, es necesario establecer cómo debe hacerse la Vigilancia de la Salud, en base a las tareas que se desarrollen según cada Convenio. Acoso Laboral, mobbing: establecimiento de unos criterios mínimos de actuación o protocolo en los convenios sectoriales. Ver Convenio de Seguros D.A.Séptima. Elección Mutua de AA.TT y EE.PP: La "Cláusula de Codecisión" en la elección de los órganos externos que asuman la cobertura de Contingencias Comunes o Profesionales, largamente reivindicada, es un factor importante a introducir en la Negociación Colectiva. Comisión Paritaria Sectorial de Seguridad y Salud: homogenización del desarrollo de la prevención en cada Sector. Codecision y establecimiento de Comisión Paritaria de Seguimiento sobre satisfacción de lso trabajadores/as en la organización preventiiva, con especial hincapié en el nombramiento de los Servicios de Prevención Ajenos.

6 Codecisión en la creación de Servicios de Prevención Mancomunados, sobre medios, técnicas a emplear. Etcétera. Codecision y establecimiento de Comisión Paritaria de Seguimiento sobre satisfacción de trabajadores/as para el nombramiento de las empresas de control de Absentismo. Codecision y establecimiento de Comisión Paritaria de Seguimiento sobre satisfacción de los trabajadores/as en la elección y cambio de la Mutua de Accidentes de Trabajo. Faltas y Sanciones: tipificación muy grave del Acoso Laboral, mobbing y del abuso de autoridad FORMACIÓN: CONVENIOS SECTORIALES: Constitución de la Comisión Paritaria Sectorial de Formación o renovación de la misma en base a las funciones recogidas en la legislación vigente relativa a la formación profesional para el empleo. Establecimiento de la obligatoriedad de generar comisiones paritarias en el ámbito de la empresa donde se regule la participación de la RLT en los planes de formación de la empresa. Determinación de un tiempo mínimo de formación anual para cada trabajador/a. Incluir a los delegados/as sindicales. Intentar regular que la formación se desarrolle en horario laboral, independientemente de la modalidad formativa. En caso de que tenga que ser fuera de la jornada laboral, establecer tiempos de descanso adicionales. Regular el uso de los contratos formativos, en prácticas o becas que se realicen en el sector, estableciendo mecanismos de control para asegurar que se cumple la función formativa de los mismos. Establecer ayudas adicionales para la formación certificada de empleados. Establecer ayudas adicionales para la formación de los descendientes de los empleados. Establecer criterios de promoción que valoren la formación de los trabajadores con la finalidad de minimizar el impacto de criterios más subjetivos. CONVENIOS DE EMPRESA (Revisar si los criterios establecidos en el convenio sectorial o territorial se cumplen en el sector por si es necesario incluirlos en la negociación del convenio de empresa): Recomendación para la constitución de Comisiones Paritarias de Formación a nivel de Empresa con el objeto de fomentar el estudio y seguimiento de la formación profesional ya que la normativa de formación se limita a regular la información previa exclusivamente para la bonificada.: Aclarar los términos de participación de la RLT en la empresa así como la calidad de la información que la normativa reguladora establece.

7 Potenciar, facilitar y clarificar el uso de los permisos individuales de formación en la empresa. Facilitar los mecanismos de control por parte de la RLT en el seguimiento de la formación que realizan personal ajeno a la empresa que desarrolla su actividad en la misma: personal ETT, empresas de servicios, consultoría, contact center, etc. Utilización de medios y recursos de la empresa para poder realizar la formación. Cubrir costes de desplazamiento de la formación. DERECHOS SINDICALES: Reconocimiento expreso de las Secciones Sindicales como interlocutores válidos (importante: ámbito y derecho a información). Ver ejemplo en el Convenio de Servicios de Prevención Ajeno Art. 88 y en el Convenio de Seguros Art. 77. Asambleas: intentar número mínimo en horario laboral. Local: ampliar derecho a Secciones Sindicales, estableciendo criterios. Comunicación: tablón virtual, criterios para el uso del correo electrónico por parte de las Secciones Sindicales (el derecho es del sindicato no de la representación unitaria). Elecciones delegados de personal: mejorar condiciones agrupaciones de centro. Ver ejemplo en el Convenio de Contact Center Art. 80. Ampliación derecho información: concretar el derecho a la información para Secciones Sindicales, según el ámbito en el que estén constituidas e intentar ampliarlo (Ej: copias básicas con independencia de la tenemos representación, censos electorales, etc). Principio de igualdad y no discriminación: garantías de promoción para sindicalistas con dedicación importante al sindicato (criterios mínimos de años de dedicación o porcentajes de horas). Ver ejemplo en el Convenio de Seguros Art. 79. PRESTACIÓN SOCIAL COMPLEMENTARIA (Propuestas en función de la existencia o no de compromisos por pensiones previos): Previsión Social Complementaria básica: Complementos en caso de incapacidad o fallecimiento. Instrumento.- Póliza de seguros que contemple estos complementos, en forma de capital o renta. Mayores coberturas para el caso de incapacidad que el de fallecimiento, en la medida que los gastos derivados de una incapacidad son mayores. Previsión Social Complementaria completa: Complementos en caso de jubilación, incapacidad o fallecimiento. Instrumento.- Preferentemente en Plan de Pensiones. En caso de no ser posible, garantía de derechos económicos sobre las provisiones para jubilación, en caso de extinción de la relación laboral antes de la contingencia. Otros criterios:

8 Universalización del derecho a todos los trabajadores. Externalización de los compromisos por pensiones, en aquellas empresas que mantengan todavía fondo interno. Derechos económicos en caso de extinción de la relación laboral antes de la jubilación, en los casos de los premios de jubilación y otros, que normalmente estarán en pólizas de seguros. Financiación compartida empresa y trabajador para el complemento de jubilación sólo en el caso de que sea condición imprescindible para establecer el derecho, limitada en el importe y con mayor proporción de la empresa que el trabajador. Establecer criterios de Inversión Socialmente Responsable (ISR) en los planes de pensiones donde tengamos representación. RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS: Reconocimiento de los sindicatos como representantes del grupo de interés trabajadora/es en los procesos de RSE, fundamentalmente en torno a la elaboración de las Memorias de RSE Consulta al sindicato sobre las encuestas de RSE que se realicen a las plantillas. Participación en los resultados (procesos de corrección y mejoras). Participación del sindicato en los planes transversales de RSE (o planes directores de RSE) y/o en los Comités de RSE. En los convenios sectoriales, creación de Observatorios Sectoriales de RSE (o de sostenibilidad) o bien inclusión de la RSE en los existentes. Serán el foro de debate, reflexión y de elaboración de propuestas frente a los problemas sectoriales relacionados con la Sostenibilidad. En conexión directa con las recomendaciones del Consejo Estatal de RSE (CERSE) En las empresas de más de 1000 trabajadore/as se creará la figura del delegado/a de RSE (o de Sostenibilidad), que deberán ser dotados de medios, formación e información para poder realizar su trabajo. Los delegados de RSE asumirán las competencias relativas a los procesos de RSE o de sostenibilidad en su triple dimensión: económica, social y medioambiental Entre las labores del delgado/a de RSE estará la elaboración de un informe sindical 1 sobre la Memoria de RSE de la empresa, que podrá formar parte de la misma Incluir Inversión Socialmente Responsable en los planes pensiones (previsión social complementaria) Consulta y participación del sindicato para la elaboración de códigos éticos, (que deberán tener un apartado de reporte o rendición de cuentas) Utilización de medios y recursos de la empresa para poder realizar la tareas de RSE (Consultar e incluir las Recomendaciones sobre RSE -Pág. 60- y negociación colectiva aprobadas por la Comisión Ejecutiva de CCOO del 21 de Diciembre de 2010) 1 La Ley de RSE de Extremadura exige un informe de la representación sindical para que una empresa consiga el reconocimiento del gobierno extremeño como empresa RSE. En Cataluña se ha creado un órgano (con participación de CCOO) que también valora la existencia o no de este informe para ese reconocimiento.

9 PROFESIONALES: Comportamiento Responsable de los Profesionales: Hacer objeto de la negociación colectiva, la acción responsable (que cada persona actúe de manera responsable con respecto al género humano) y, en caso de conflicto, proporcionar protección contra el despido, o cualquier tipo de represalia. Velar para que los profesionales, en el desempeño de sus actividades no se limiten a tomar en cuenta las consideraciones científicas, técnicas y económicas, sino también las consecuencias sociales, ecológicas y éticas de su trabajo. Los profesionales adoptarán todas las medidas requeridas para mantener sistemas de trabajo viables, y evitar peligros que puedan ser causa de muerte, lesiones o mala salud. Los profesionales respetarán y defenderán los derechos humanos, incluidos los derechos sindicales. Los profesionales tomarán todas las medidas necesarias para que los acuerdos económicos sean claros y justos, incluidas las cláusulas sociales. Los profesionales apoyarán el proceso democrático en el sector, especialmente la negociación colectiva. Los profesionales garantizarán que la protección de los datos y la vida privada sea efectiva, observando especialmente la legislación y normas nacionales o internacionales del caso. Los profesionales tomarán medidas, tanto para mantener como para desarrollar su competencia y conocimientos profesionales, y fomentarán la educación y la formación de sus subordinados. Los profesionales no darán a conocer, ni autorizarán la divulgación de información cubierta por el secreto profesional, que hayan obtenido en el transcurso de sus actividades profesionales y que aún no sea de conocimiento público, sin el consentimiento previo por escrito. Sin embargo, los profesionales darán a conocer al público información cuya divulgación vaya en el interés público, y estarán protegidos contra el despido, y no serán objeto de otros inconvenientes en el lugar del trabajo. Instar la regulación legal, de los casos en los que se pueda ejercer la objeción de conciencia, en el ámbito laboral o profesional. Profesionales Expatriados: TIEMPO DE TRABAJO: Velar por un buen equilibrio entre el tiempo de trabajo, y las demás categorías de la vida. Desarrollar herramientas para medir y limitar la carga de trabajo, y para garantizar el tiempo libre. El tiempo como un recurso, seguirá siendo la base, incluso si no se cuenta en horas, y será completado con otros indicadores. Teniendo en cuenta los medios técnicos, el trabajo se puede realizar en cualquier lugar, y en cualquier momento, de modo que el tiempo de viaje se convierte en el tiempo de trabajo, el tiempo de conducción se convierte en el tiempo de trabajo con teléfonos móviles, incluso en tiempo de atención en el hogar, puede convertirse en tiempo de trabajo activo, con las herramientas de tele-servicio. En este contexto, cualquier tiempo dedicado a la empresa, se puede clasificar como tiempo de trabajo. En cuanto a los límites y el tiempo de descanso, se deben definir con los interlocutores sociales, para encontrar soluciones adecuadas y prácticas.

10 Instar para que, tanto el tiempo dedicado a tareas de trabajo real, como el tiempo de atención continuada, se cuenten como tiempo de trabajo, porque los trabajadores están continuamente a disposición del empleador, sin poder gestionar su propio tiempo. Por ejemplo los médicos, especialistas, ingenieros, trabajadores sociales, y demás personal profesional y de gestión, están a menudo de guardia, y esto debe ser regulado por la Directiva. Regular los puestos de trabajo de los centros de llamadas, o de tratamiento de datos, en aras a proteger la salud y la seguridad de los trabajadores, ya que implican tareas repetitivas, bajo supervisión estrecha. En estos casos, hay altos niveles de intensidad del trabajo y de estrés. Las jornadas prolongadas de trabajo, no sólo reducen la calidad del trabajo, y aumentan los riesgos, si no que también son contraproducentes ya que disminuyen la productividad y la creatividad. El descanso compensatorio, debe ser regulado para los profesionales, ya que no tienen jornadas laborales normales. La determinación de la longitud del descanso compensatorio debe ser regulada por la negociación con los interlocutores sociales. Por ejemplo a través de un derecho extra en las vacaciones, que podrían ser negociados a nivel de la empresa. EXPATRIACIÓN: Fortalecer el respeto de los derechos fundamentales, para facilitar la libre circulación de los trabajadores. Desarrollo de las normas de los derechos sindicales transnacionales (huelga, acciones de solidaridad, etc.). Promover el reconocimiento mutuo de las cualificaciones profesionales, ya que es un gran impedimento para la libre circulación de los trabajadores y, en particular, de los profesionales. Regulación del Derecho a estar desconectado, porque los profesionales están sometidos al trabajo de una manera continuada, veinticuatros horas al día, mediante la recepción de correos electrónicos, llamadas telefónicas, etc. Esto significaría que todos los profesionales, deberían tener derecho a estar desconectados durante su tiempo de descanso. Iniciar el proceso de Diálogo Social sobre la Negociación Colectiva Transnacional. Que se consideren vinculantes por las empresas, la aplicación de los acuerdos bilaterales con los interlocutores sociales, ya que los empleadores no consideran estos acuerdos como instrumentos vinculantes. Establecer unas normas mínimas vinculantes, únicamente a los movimientos de personal directivo y técnico, de las sucursales y filiales de empresas multinacionales, trasladados temporalmente para misiones cortas, a otras unidades de la empresa (los traslados deben ser de tres meses, a un máximo de tres años, para gerentes y especialistas, y un año para los alumnos de posgrado). En las empresas transnacionales, es necesario que el Comité de Empresa Europeo, obtenga información y consulta. Regulación de la Movilidad Virtual (especialmente en los investigadores). Ofrecer un período de prueba en el nuevo puesto de trabajo, y de país a los empleados antes de tomar una decisión final, para permanecer en la nueva empresa en el extranjero. Tiempo de suplemento para aquellos que quieren viajar, lo que daría a los trabajadores móviles la posibilidad de permanecer conectados a su entorno social. Garantía de volver al trabajo anterior, al regresar a su país de origen (en caso de movilidad dentro de una empresa).

11 Posibilidad de tele-trabajo, para una empresa que tiene sus oficinas en el extranjero. CONDICIONES LABORALES: En las condiciones de empleo, incluida la remuneración, se deben aplicar las condiciones de empleo y de remuneración, del país de acogida. Debido a que las Pensiones Complementarias son móviles, se ha de adoptar la Directiva sobre sistemas complementarios de pensiones, porque los profesionales tienen derechos de pensión complementaria. Homogenización de los sistemas de participación financiera de los empleados en la empresa para la que trabajan, a través de la distribución de acciones, opciones, etc., porque varían entre los Estados miembros, y entre los empleadores. Regulación de las normas sobre Asistencia Sanitaria a los pacientes con movilidad.

12 ANEXO 1. Legislación en Materia de Salud Laboral: Se entiende que son normativa específica del sector: El R.D. 488/97 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud, relativas al trabajo con equipos que incluyen Pantallas de Visualización, y su correspondiente Guía Técnica. El R.D. 487/97 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud, relativas a la Manipulación Manual de Cargas, y su correspondiente Guía Técnica. (CUANDO PROCEDA, SEGÚN PUNTOS 1, 2, 3) El R.D. 1215/97 de 18 de julio, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de Equipos de Trabajo, y su correspondiente Guía Técnica. (CUANDO PROCEDA, SEGÚN PUNTOS 1, 2, 3) El R.D. 773/97 de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud, relativas a la utilización por los trabajadores de Equipos de Protección Individual, y su correspondiente Guía Técnica. (CUANDO PROCEDA, SEGÚN PUNTOS 1, 2, 3) El R.D. 665/97 de 12 de mayo, modificado por el R.D. 1124/200 de 16 de Junio y el R.D. 349/03 de 21 de marzo, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a Agentes Cancerígenos durante el trabajo, y su correspondiente Guía Técnica. (CUANDO PROCEDA, SEGÚN PUNTO 3) (*) El R.D. 1627/97 de 24 de octubre, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las Obras de Construcción, y su correspondiente Guía Técnica. (CUANDO PROCEDA SEGÚN PUNTO 3) (*) El R.D. 374/2001 de 6 de abril, sobre protección de la salud y seguridad de los trabajadores, contra los riesgos relacionados con los Agentes Químicos durante el Trabajo, y su correspondiente Guía Técnica (CUANDO PROCEDA, SEGÚN PUNTO 3) El R.D. 614/2001 de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al Riesgos Eléctrico, y su correspondiente Guía Técnica. (CUANDO PROCEDA SEGÚN PUNTO 3) El R.D. 783/2001 de 6 de julio, sobre protección sanitaria contra Radiaciones Ionizantes. (CUANDO PROCEDA SEGÚN PUNTO 3)

Banesto: Conciliación de la Vida Laboral y Familiar

Banesto: Conciliación de la Vida Laboral y Familiar Banesto: Conciliación de la Vida Laboral y Familiar Firmado el acuerdo para conciliar vida laboral y familiar. El texto agrupa los documentos en los que se han ido desarrollando a través del tiempo las

Más detalles

NUEVAS MEDIDAS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL

NUEVAS MEDIDAS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL El día 8 de Noviembre el Gobierno de Canarias aprobó la propuesta de ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE CANARIAS Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES PRESENTES EN LA MESA GENERAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS DE CANARIAS

Más detalles

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA Un elemento fundamental en la acción preventiva en la empresa es la obligación que tiene el empresario de estructurar dicha acción a través de la actuación de

Más detalles

LEY ORGÁNICA PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES

LEY ORGÁNICA PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES LEY ORGÁNICA PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES Resumen de los aspectos laborables más destacados La Ley de Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, que entró en vigor el 24 de marzo de

Más detalles

LICENCIAS. c) Por fallecimiento de hermanos políticos e hijos políticos: dos días naturales.

LICENCIAS. c) Por fallecimiento de hermanos políticos e hijos políticos: dos días naturales. LICENCIAS POR CONVENIO COLECTIVO a) Por matrimonio: quince días naturales b) Por fallecimiento de padres, padres políticos, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, hermanos, pareja de hecho ó padres ó hijos de

Más detalles

4.4.1 Servicio de Prevención Propio.

4.4.1 Servicio de Prevención Propio. 1 Si se trata de una empresa entre 250 y 500 trabajadores que desarrolla actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, o de una empresa de más de 500 trabajadores con

Más detalles

PERMISOS Y LICENCIAS APLICABLES AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS (16 DE FEBRERO DE 2009)

PERMISOS Y LICENCIAS APLICABLES AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS (16 DE FEBRERO DE 2009) PERMISOS Y LICENCIAS APLICABLES AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA (16 DE FEBRERO DE 2009) RÉGIMEN DE LOS PERMISOS Y LICENCIAS APLICABLES AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA El artículo

Más detalles

Conciliación de la vida personal y laboral

Conciliación de la vida personal y laboral Conciliación de la vida personal y laboral Qué entiendo por conciliación? Existen distintos enfoques de qué es conciliar. Desde nuestro punto de vista, y basándonos en el concepto utilizado por la consultora

Más detalles

ABCÉ DEL DECRETO REGLAMENTARIO DE TELETRABAJO

ABCÉ DEL DECRETO REGLAMENTARIO DE TELETRABAJO ABCÉ DEL DECRETO REGLAMENTARIO DE TELETRABAJO GENERALIDADES DEL DECRETO DE TELETRABAJO QUÉ ES EL TELETRABAJO? El Teletrabajo es una forma de organización laboral, que se da en el marco de un contrato de

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 274 Lunes 16 de noviembre de 2015 Sec. III. Pág. 107884 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 12394 Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de

Más detalles

La Conciliación es un asunto de toda la sociedad

La Conciliación es un asunto de toda la sociedad La Conciliación es un asunto de toda la sociedad concilia_a5.indd 1 21/10/2008 11:39:17 La conciliacion es un asunto de toda la sociedad Qué es la conciliación de la vida familiar y laboral? Es el EQUILIBRIO

Más detalles

ORGANIZACIÓN de TRABAJADORES de ENSEÑANZA CONCERTADA de ASTURIAS. 1.- Quienes son los Delegados de Prevención... 2

ORGANIZACIÓN de TRABAJADORES de ENSEÑANZA CONCERTADA de ASTURIAS. 1.- Quienes son los Delegados de Prevención... 2 SUMARIO 1.- Quienes son los Delegados de Prevención... 2 2.- Número de Delegados de Prevención... 3 3.- Competencias de los Delegados de Prevención... 3 4.- Facultades de los Delegados de Prevención...

Más detalles

PROPUESTA DE REGULACIÓN DE LOS CRÉDITOS Y PERMISOS SINDICALES EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

PROPUESTA DE REGULACIÓN DE LOS CRÉDITOS Y PERMISOS SINDICALES EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA PROPUESTA DE REGULACIÓN DE LOS CRÉDITOS Y PERMISOS SINDICALES EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA El Real Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento

Más detalles

a) La autoridad y responsabilidad relativas a la SST en la organización se desprende de :

a) La autoridad y responsabilidad relativas a la SST en la organización se desprende de : La implantación y desarrollo de la actividad preventiva en la empresa requiere la definición de las responsabilidades y funciones en el ámbito de los distintos niveles jerárquicos de la organización. a)

Más detalles

De la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se han de resaltar tres aspectos fundamentales:

De la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se han de resaltar tres aspectos fundamentales: 1.- ANTECEDENTES Y MARCO NORMATIVO La CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA establece en el Capítulo 3º del Título I, los principios rectores de la política social y económica, señalando en el artículo 40.2 que...los

Más detalles

PLAN CONCILIA. Plan Integral Para La Conciliación De La Vida Personal Y Laboral En La Administración

PLAN CONCILIA. Plan Integral Para La Conciliación De La Vida Personal Y Laboral En La Administración PLAN CONCILIA Plan Integral Para La Conciliación De La Vida Personal Y Laboral En La Administración Concilia es el plan integral de conciliación de la vida personal y laboral en la Administración General

Más detalles

II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Régimen General y Regímenes Especiales de la S. Social 18.- En mi empresa vamos a contratar a un trabajador de 16 años. Existe alguna peculiaridad respecto a la cotización

Más detalles

PROPUESTA ARMONIZACIÓN CONDICIONES DE TRABAJO BMN

PROPUESTA ARMONIZACIÓN CONDICIONES DE TRABAJO BMN PROPUESTA ARMONIZACIÓN CONDICIONES DE TRABAJO BMN JORNADA Y HORARIO Horario. 35 horas semanales de 8 a 15 horas, de lunes a viernes. BMN: Manteniendo las 1680 horas (incluidas 15 horas de formación). Jornadas

Más detalles

En este sentido, el Estatuto de los trabajadores establece en su artículo 37.3.b) como supuesto de concesión de permiso retribuido que:

En este sentido, el Estatuto de los trabajadores establece en su artículo 37.3.b) como supuesto de concesión de permiso retribuido que: Instrucción 2/2009, de 21 de diciembre de 2009, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre el tratamiento de datos personales en la emisión de justificantes médicos. I La Ley

Más detalles

INFORESTUDIO ASESORIA JURIDICO LABORAL, S.L.

INFORESTUDIO ASESORIA JURIDICO LABORAL, S.L. CIRCULAR: REAL DECRETO LEY 3/2012 MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL MEDIDAS PARA FAVORECER LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES: Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje

Más detalles

Artículo 11.- Absorción y compensación (Sustituir el párrafo actual) Los pluses individuales no pueden ser compensados ni absorbidos

Artículo 11.- Absorción y compensación (Sustituir el párrafo actual) Los pluses individuales no pueden ser compensados ni absorbidos PLATAFORMA CONVENIO MARCO ESTATAL DE EMPRESAS ORGANIZADORAS DE BINGOS PARA EL AÑO 2014-2016 1 Artículo 6.- Ámbito temporal y denuncia del Convenio Marco (Sustituir en el primer párrafo) [ ] Al día 1 de

Más detalles

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 4525 REAL DECRETO 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal El

Más detalles

Protección de los trabajadores contra los riesgos de la exposición a campos electromagnéticos 2

Protección de los trabajadores contra los riesgos de la exposición a campos electromagnéticos 2 CONTENIDO: 1 Protección de los trabajadores contra los riesgos de la exposición a campos electromagnéticos 2 1 Se prohíbe la reproducción total o parcial del contenido de este "Boletín Europa al Día" sin

Más detalles

Nº Delegados de Prevención

Nº Delegados de Prevención NOTAS 1.1 1 Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado

Más detalles

LA OBLIGACION DE REGISTRO Y COMUNICACIÓN DE LA JORNADA DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL

LA OBLIGACION DE REGISTRO Y COMUNICACIÓN DE LA JORNADA DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL LA OBLIGACION DE REGISTRO Y COMUNICACIÓN DE LA JORNADA DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL El Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la

Más detalles

CONCEPTOS JURÍDICOS. El permiso también puede utilizarse como argumento negociador, en ausencia de otro tipo de contraprestaciones.

CONCEPTOS JURÍDICOS. El permiso también puede utilizarse como argumento negociador, en ausencia de otro tipo de contraprestaciones. CONCEPTOS JURÍDICOS Antes de pasar a clarificar las condiciones que rigen en la actualidad para la plantilla de Bankia, es necesario distinguir entre vacaciones y permisos, pues no tienen la misma naturaleza

Más detalles

MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm. 140 [pág. 25368](castellano)

MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm. 140 [pág. 25368](castellano) RCL 2007\951 Legislación (Disposición Vigente a 2/10/2008) Real Decreto 615/2007, de 11 mayo MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm.

Más detalles

Descanso entre jornadas Descanso durante la jornada. Tabla de ponderación horaria para el turno rotatorio.

Descanso entre jornadas Descanso durante la jornada. Tabla de ponderación horaria para el turno rotatorio. 1 ÍNDICE: Página 3: Página 4: Página 5: Página 6: Página 7: Jornada anual Descanso entre jornadas Descanso durante la jornada Tabla de ponderación horaria para el turno rotatorio. Vacaciones Días de libre

Más detalles

DIÁLOGO SOCIAL EUROPEO: DIRECTRICES MULTISECTORIALES PARA SOLUCIONAR LA VIOLENCIA Y EL ACOSO DE TERCEROS RELACIONADOS CON EL TRABAJO

DIÁLOGO SOCIAL EUROPEO: DIRECTRICES MULTISECTORIALES PARA SOLUCIONAR LA VIOLENCIA Y EL ACOSO DE TERCEROS RELACIONADOS CON EL TRABAJO DIRECTRICES MULTISECTORIALES PARA SOLUCIONAR LA VIOLENCIA Y EL ACOSO DE I. INTRODUCCIÓN 1. El objetivo de las directrices es garantizar que en cada lugar de trabajo existe una política orientada a los

Más detalles

Extracto de medidas de conciliación del Acuerdo sobre régimen de vacaciones del PAS de la Universidad Pública de Navarra

Extracto de medidas de conciliación del Acuerdo sobre régimen de vacaciones del PAS de la Universidad Pública de Navarra MEDIDAS DE CONCILIACIÓN INCLUIDAS EN EL ACUERDO SOBRE REGIMEN DE VACACIONES DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS ( de 2003 y modificaciones de 2007 y 2008) VACACIONES: 1.2.2. Inicio del

Más detalles

COMPARATIVA DE LAS REFORMAS LABORALES

COMPARATIVA DE LAS REFORMAS LABORALES R.D. Ley 35/2010 con R.D. Ley 3/2012 AGENCIAS DE COLOCACIÓN Eran las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro dedicadas a realizar actividades de intermediación laboral Ahora pueden ser privadas

Más detalles

INTEGRACIÓN EFECTIVA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS ENTIDADES LOCALES

INTEGRACIÓN EFECTIVA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS ENTIDADES LOCALES . INTEGRACIÓN EFECTIVA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS ENTIDADES LOCALES Campaña de promoción de la PRL por parte de la ITSS Contenidos del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales

Más detalles

CNT AIT Asesoria FL Madrid

CNT AIT Asesoria FL Madrid MATERNIDAD CNT 2009 La Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres amplió la acción protectora de la Seguridad Social, introduciendo importantes modificaciones en las prestaciones

Más detalles

PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO LEY 5/2013 DE 15 DE MARZO

PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO LEY 5/2013 DE 15 DE MARZO PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO LEY 5/2013 DE 15 DE MARZO Madrid, 19 de Marzo de 2013 SUMARIO: 1. COMPATIBILIDAD EN LA PERCEPCION DE LA PENSION DE JUBILACION Y EL TRABAJO POR CUENTA

Más detalles

Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales. Organismos Centrales relacionados con la salud laboral

Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales. Organismos Centrales relacionados con la salud laboral Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales. La competencia de proteger y velar por la salud seguridad en el trabajo mencionada en la CE, se encuentra distribuida, dentro de

Más detalles

Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006

Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006 Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006 La consulta plantea dudas sobre el tratamiento y comunicación de datos entre entidades que desarrollan

Más detalles

PERMISOS (artículos 48 y 49 ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO) Y LICENCIAS

PERMISOS (artículos 48 y 49 ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO) Y LICENCIAS INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS PARA LA APLICACIÓN DE PERMISOS Y LICENCIAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, SUS ORGANISMOS Y ENTES PÚBLICOS. PERMISOS (artículos 48 y 49 ESTATUTO

Más detalles

VOTA GAS NATURAL FENOSA. gas natural fenosa. 16 de abril de 2015. ccoo, tu garantía en gas natural fenosa

VOTA GAS NATURAL FENOSA. gas natural fenosa. 16 de abril de 2015. ccoo, tu garantía en gas natural fenosa 16 de abril de 2015 GAS NATURAL FENOSA Estamos ante un nuevo proceso de elecciones sindicales que determinará la representación de cada sindicato en el grupo Gas Natural Fenosa durante el próximo periodo.

Más detalles

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad Página: 1/17 Procedimiento para la para la coordinación Índice 1. OBJETO... 2 2. CLIENTES / ALCANCE... 2 3. NORMATIVA... 2 4. RESPONSABLES... 3 5. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO... 3 6. DIAGRAMA DE FLUJO... 13

Más detalles

PROTECCIÓN LEGAL DE LA MATERNIDAD

PROTECCIÓN LEGAL DE LA MATERNIDAD PROTECCIÓN LEGAL DE LA MATERNIDAD A continuación os resumimos las principales prestaciones y derechos a los que tienen derecho las madres y padres de acuerdo con la legislación española, y en especial

Más detalles

Estado de los Recursos Humanos en la UNED.

Estado de los Recursos Humanos en la UNED. Estado de los Recursos Humanos en la UNED. Estado de los Recursos Humanos en la UNED.... 1 RPT... 1 Provisión y Promoción... 2 Provisión...2 Promoción... 2 Formación... 3 Comisión gestora para la implantación

Más detalles

RESUMEN DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESUMEN DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES RESUMEN DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La Constitución Española encomienda a los poderes públicos velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Bajo este mandato constitucional y como transposición

Más detalles

FUNDACIÓN MAPFRE 2015 PENSIONES. Previsión Social Pública 1o Seguridad Social

FUNDACIÓN MAPFRE 2015 PENSIONES. Previsión Social Pública 1o Seguridad Social PENSIONES Previsión Social Pública 1o Seguridad Social Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas. Los contenidos

Más detalles

TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS

TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS La coordinación de actividades empresariales regulada en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales

Más detalles

CARACTERISTICAS Y VENTAJAS DE LA LEGISLACIÓN LABORAL DE MATERNIDAD, PATERNIDAD Y CONCILIACIÓN

CARACTERISTICAS Y VENTAJAS DE LA LEGISLACIÓN LABORAL DE MATERNIDAD, PATERNIDAD Y CONCILIACIÓN CARACTERISTICAS Y VENTAJAS DE LA LEGISLACIÓN LABORAL DE MATERNIDAD, PATERNIDAD Y CONCILIACIÓN C/ Veneras nº 9, 3º Dcha. 28013 MADRID csica@csica.es www.csica.es // Permiso de maternidad El Estatuto de

Más detalles

En el test nº 9, se han cometido una serie de erratas, debiendo quedar como sigue:

En el test nº 9, se han cometido una serie de erratas, debiendo quedar como sigue: FE DE ERRATAS AUXILIARES ADMINISTRATIVOS DEL SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD. TEST. ISBN: 9788466590822 DEPÓSITO LEGAL: SE-0472-2008 EDICIÓN FEBRERO DE 2008 En el test nº 9, se han cometido una serie de erratas,

Más detalles

Simuladores de cálculo. Estimación de las prestaciones de la Seguridad Social (viudedad, orfandad e invalidez) y complemento por seguro de vida

Simuladores de cálculo. Estimación de las prestaciones de la Seguridad Social (viudedad, orfandad e invalidez) y complemento por seguro de vida Simuladores de cálculo Estimación de las prestaciones de la Seguridad Social (viudedad, orfandad e invalidez) y complemento por seguro de vida Año 2014 INICIO TOMA DE DATOS: OBJETIVO DEL SIMULADOR: Determinar

Más detalles

Engloban tanto los convenios que afectan a toda la plantilla de una empresa como a parte de la misma.

Engloban tanto los convenios que afectan a toda la plantilla de una empresa como a parte de la misma. RELACIONES LABORALES La fuente de información es la Estadística de Convenios Colectivos, que elabora la Subdirección General de Estadística del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, para los datos referidos

Más detalles

PERMISOS Y LICENCIAS CONVENIO. Artículo 27º.- Licencias.

PERMISOS Y LICENCIAS CONVENIO. Artículo 27º.- Licencias. PERMISOS Y LICENCIAS Os informamos a modo de guía orientativa de los permisos y licencias a los que podéis recurrir según vuestras necesidades. Es una recopilación de lo recogido en el convenio, ampliado

Más detalles

MANUAL DE JORNADA. Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo X).

MANUAL DE JORNADA. Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo X). MANUAL DE JORNADA Marco normativo: Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo X). Decreto 175/1992, DE 29 DE Septiembre, Sobre Condiciones

Más detalles

Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes.

Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes. ARTÍCULO 13: CALENDARIO LABORAL: Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes. Serán fiestas las señaladas en el Calendario laboral

Más detalles

REBES&FERRER ADVOCATS

REBES&FERRER ADVOCATS Apreciados clientes, El pasado 28 de febrero de 2015 se publicó en el B.O.E. el Real decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero de mecanismos de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas

Más detalles

Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de la Seguridad Social Deducción

Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de la Seguridad Social Deducción CONCEPTOS BÁSICOS PARA ENTENDER UNA NOMINA El recibo salarial o nomina se puede dividir en cuatro partes: Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de

Más detalles

1. Gestión Prevención

1. Gestión Prevención 1. Gestión Prevención 1.3 Guía de Actuación Inspectora para la integración de la actividad preventiva SUBSECRETARIA 1. EL PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS 1.1 Con carácter general debe proponerse que el inicio

Más detalles

Novedad sobre cotización al Régimen General de la Seguridad Social

Novedad sobre cotización al Régimen General de la Seguridad Social LS-07-14 Novedad sobre cotización al Régimen General de la Seguridad Social La publicación del Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar

Más detalles

Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1

Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1 UNIDAD Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1 FICHA 1. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. FICHA 2. EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. FICHA 3. MODALIDAD

Más detalles

RESUMEN EMPLEO-SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS

RESUMEN EMPLEO-SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS RESUMEN EMPLEO-SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS Una Asociación de ámbito nacional, representando los intereses de los Servicios de Prevención Ajenos (SPA), informa de un requisito recogido en la normativa

Más detalles

Guía para la Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal

Guía para la Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal Protección frente al despido Nulidad de despidos discriminatorios Despido improcedente Embarazo y Parto: Permisos, Licencias y Excedencias Exámenes Prenatales y Técnicas de Preparación al Parto Situación

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

Máster Ingeniería del Agua. Módulo V. Construcción. Tema: MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Máster Ingeniería del Agua. Módulo V. Construcción. Tema: MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Máster Ingeniería del Agua. Módulo V. Construcción. Tema: MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Más detalles

REFORMA DEL MARCO NORMATIVO DE LAS MUTUAS. VISIÓN SINDICAL

REFORMA DEL MARCO NORMATIVO DE LAS MUTUAS. VISIÓN SINDICAL REFORMA DEL MARCO NORMATIVO DE LAS MUTUAS. VISIÓN SINDICAL Sergio Álvarez Camino Técnico Superior en PRL Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial UGT-Madrid 04/03/2015 - ALCOBENDAS EVOLUCIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL HORARIO PARA LOS/AS EMPLEADOS/AS DEL AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL HORARIO PARA LOS/AS EMPLEADOS/AS DEL AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL HORARIO PARA LOS/AS EMPLEADOS/AS DEL AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA 1. Objeto Este procedimiento operativo tiene como finalidad la regulación del sistema de control

Más detalles

Observatorio Permanente Negociación Colectiva INFORME SEMANAL Nº 30

Observatorio Permanente Negociación Colectiva INFORME SEMANAL Nº 30 Consejo de Relaciones Laborales de Extremadura 2012 Observatorio Permanente Negociación Colectiva INFORME SEMANAL Nº 30 Consejo de Relaciones Laborales de Extremadura 2 AÑO 2012 CONSEJO DE RELACIONES LABORALES

Más detalles

Autoridad Portuaria de Avilés ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4

Autoridad Portuaria de Avilés ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4 ÍNDICE 1. OBJETO 2 2. ALCANCE 2 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 3 4. DEFINICIONES 4 5. DESARROLLO 4 5.1. Explicación previa 4 5.2. Medios de Coordinación 5 5.3. Instrucciones de actuación 6 5.3.1. De la

Más detalles

LA LEY DE IGUALDAD. A continuación procedemos a exponer las novedades más importantes:

LA LEY DE IGUALDAD. A continuación procedemos a exponer las novedades más importantes: LA LEY DE IGUALDAD Recientemente ha entrado en vigor la LEY ORGANICA 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, conocida popularmente como la Ley de Igualdad, que introduce

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS

Más detalles

NUEVAS REDUCCIONES Y BONIFICACIONES

NUEVAS REDUCCIONES Y BONIFICACIONES NUEVAS REDUCCIONES Y BONIFICACIONES OCT. 2015 PARA AUTÓNOMOS Desde el pasado 10 de octubre de 2015, de acuerdo con la Ley 31/2015 de 9 de Septiembre, de medidas de Fomento y promoción del trabajo autónomo

Más detalles

ANÁLISIS DE LA MEMORIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA (RSC) DE CAJAGRANADA 2008

ANÁLISIS DE LA MEMORIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA (RSC) DE CAJAGRANADA 2008 ANÁLISIS DE LA MEMORIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA (RSC) DE CAJAGRANADA 2008 Evaluación informe RSC CajaGRANADA 2008 ÍNDICE CONSIDERACIONES PREVIAS AL INFORME 1.- EMPLEO Y CADENA PRODUCTIVA 1.1

Más detalles

STEE-EILAS SINDIKATUA-STEE-EILAS SINDIKATUA-STEE-EILAS SINDIKATUA-STEE-EILAS SINDIKATUA

STEE-EILAS SINDIKATUA-STEE-EILAS SINDIKATUA-STEE-EILAS SINDIKATUA-STEE-EILAS SINDIKATUA 1.- Licencia por enfermedad o accidente. (Art. 41) Los tres primeros meses en situación de Incapacidad Transitoria (IT) se cobra el 100% del salario, incluyendo pagas extras y los incrementos salariales

Más detalles

EL FUTURO DE LA ATENCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES EN ESPAÑA. Madrid, 19 de mayo de 2014 José María Alonso Seco

EL FUTURO DE LA ATENCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES EN ESPAÑA. Madrid, 19 de mayo de 2014 José María Alonso Seco EL FUTURO DE LA ATENCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES EN ESPAÑA Madrid, 19 de mayo de 2014 José María Alonso Seco ESQUEMA DE LA EXPOSICIÓN 1. UNA POBLACIÓN MÁS ENVEJECIDA Y DEPENDIENTE 2. PUNTO

Más detalles

Marco Normativo para la Implementación de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido al Sector Público

Marco Normativo para la Implementación de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido al Sector Público Marco Normativo para la Implementación de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido al Sector Público Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo

Más detalles

GLOBAL. Nota 2 GRUPO DE TRABAJO CIOSL-FSI SOBRE EMPRESAS MULTINACIONALES CODIGO BÁSICO DE PRACTICAS LABORALES PARA EMN 1997

GLOBAL. Nota 2 GRUPO DE TRABAJO CIOSL-FSI SOBRE EMPRESAS MULTINACIONALES CODIGO BÁSICO DE PRACTICAS LABORALES PARA EMN 1997 Eje Democratización de las Relaciones Laborales Empresas Multinacionales: RSE e Inversión regulada GLOBAL Nota 2 GRUPO DE TRABAJO CIOSL-FSI SOBRE EMPRESAS MULTINACIONALES CODIGO BÁSICO DE PRACTICAS LABORALES

Más detalles

MATERNIDAD Derechos Antes de la Ley de Igualdad Con la Ley de Igualdad

MATERNIDAD Derechos Antes de la Ley de Igualdad Con la Ley de Igualdad LEY ORGÁNICA PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES (Ley 3/2007, de 22 de marzo; BOE, 23 marzo) MATERNIDAD Duración del permiso y prestación Partos prematuros Disfrute por el padre Cotización necesaria

Más detalles

Objetivos de la lección

Objetivos de la lección Objetivos de la lección 1. Explicar las modalidades de prevención n de riesgos laborales en la empresa 2. Describir los órganos de consulta y participación: Comités s de empresa, delegados de prevención

Más detalles

INFORME AL PROYECTO DE REAL DECRETO DE ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA

INFORME AL PROYECTO DE REAL DECRETO DE ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA INFORME AL PROYECTO DE REAL DECRETO DE ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA La primera conclusión derivada de la contrastar el contenido del proyecto de Real Decreto y la Directiva 2011/24 relativa a la

Más detalles

www.jlexpertosenrecursoshumanos.com

www.jlexpertosenrecursoshumanos.com La integración de los minusválidos en el mundo laboral es uno de los principales retos que se plantea actualmente la sociedad española. En nuestra sociedad el empleo constituye el elemento clave para la

Más detalles

PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES DE FUNCIONARIOS

PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES DE FUNCIONARIOS Federación de Servicios y Administraciones Públicas de Ciudad Real Alarcos, 24, 6ª planta. 13002 Ciudad Real Tfno: 926 210173 Móvil: 659 925154 Fax: 926 213289 www.ccoofsapciudadreal.es PERMISOS, LICENCIAS

Más detalles

ACUERDO DE LA MESA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA SOBRE CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS

ACUERDO DE LA MESA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA SOBRE CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS ACUERDO DE LA MESA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA SOBRE CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS La incorporación de la mujer al mundo laboral ha motivado uno de los cambios

Más detalles

BENEFICIOS SOCIALES Y MEDIDAS DE CONCILIACIÓN

BENEFICIOS SOCIALES Y MEDIDAS DE CONCILIACIÓN BENEFICIOS SOCIALES Y MEDIDAS DE CONCILIACIÓN En el ámbito de las relaciones laborales, Mediaset España ha mantenido el amplio abanico de medidas que aportan flexibilidad y facilitan la adaptación de las

Más detalles

Política de Seguridad y Salud Ocupacional. Recursos. Humanos. Abril 2006

Política de Seguridad y Salud Ocupacional. Recursos. Humanos. Abril 2006 Endesa Chile Políticas de Índice 1. PRINCIPIOS 2. LINEAMIENTOS GENERALES 2.1 Organización 2.2 Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos 2.3 Planificación Preventiva 2.4 Control de la acción preventiva

Más detalles

EL DELEGADO DE PREVENCIÓN

EL DELEGADO DE PREVENCIÓN EL DELEGADO DE PREVENCIÓN Y OTRAS CUESTIONES DE PREVENCIÓN DE RIESGOS QUE ME INTERESAN www.osalan/euskadi.net Indice.: Quién es el Delegado de Prevención? 2.: A quién le corresponde la representación

Más detalles

Primera.- Objeto y ámbito de aplicación.

Primera.- Objeto y ámbito de aplicación. ACUERDO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN COMÚN DEL PERSONAL FUNCIONARIO, ESTATUTARIO Y LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, EN MATERIA DE JORNADA LABORAL, AUSENCIAS Y PERMISOS. En Sevilla,

Más detalles

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS MARCO DE REFERENCIAS LEGALES LEY 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). LEY 50/1998, de 30 de diciembre; Ley 54/2003, de 12 de diciembre; Ley 31/2006, de 18 de octubre. R.D.

Más detalles

PROGRAMA DE CONCILIACIÓN VIDA LABORAL, PERSONAL Y FAMILIAR.

PROGRAMA DE CONCILIACIÓN VIDA LABORAL, PERSONAL Y FAMILIAR. Dirección de Recursos Humanos PROGRAMA DE CONCILIACIÓN VIDA LABORAL, PERSONAL Y FAMILIAR. Junio 2014 Por qué Indra apuesta por un programa que facilite la relación trabajo-familia? Consideramos la diversidad

Más detalles

Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015

Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 Se acaba de publicar el día 30 de diciembre de 2014, la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015

Más detalles

PONENCIA DE ESTUDIO DE LAS NECESIDADDES DE RECURSOS HUMANOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

PONENCIA DE ESTUDIO DE LAS NECESIDADDES DE RECURSOS HUMANOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD PONENCIA DE ESTUDIO DE LAS NECESIDADDES DE RECURSOS HUMANOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD COMPARECENCIA ANTE LA COMISION DE SANIDAD Y CONSUMO DEL SENADO Francisco Vte. Fornés Ubeda Presidente de la Sociedad

Más detalles

NUEVAS REDUCCIONES Y BONIFICACIONES PARA LOS AUTÓNOMOS

NUEVAS REDUCCIONES Y BONIFICACIONES PARA LOS AUTÓNOMOS NUEVAS REDUCCIONES Y BONIFICACIONES PARA LOS AUTÓNOMOS Desde el pasado 10 de octubre de 2015, los autónomos podrán aplicar nuevas reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social. Así por ejemplo, respecto

Más detalles

la lactancia materna de madre a madre 13. Conoce tus derechos

la lactancia materna de madre a madre 13. Conoce tus derechos la lactancia materna de madre a madre 13. Conoce tus derechos José Mª Herrera Fernández 75 13.conoce tus derechos El proceso de incorporación de la mujer al trabajo está marcado, históricamente, por la

Más detalles

QUÉ CENTROS PUEDEN PARTICIPAR EN LA FORMACIÓN DUAL?

QUÉ CENTROS PUEDEN PARTICIPAR EN LA FORMACIÓN DUAL? Organiza: Financian: Organiza: Financian: El 9 de noviembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el Real DECRETO 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para

Más detalles

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER)

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER) PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER) V.01.02/12/10 Página 2 de 17 Para facilitar la labor que desarrollan los evaluadores, nombrados por AGAE, en el proceso

Más detalles

STEE-EILAS SINDIKATUA-STEE-EILAS SINDIKATUA-STEE-EILAS SINDIKATUA

STEE-EILAS SINDIKATUA-STEE-EILAS SINDIKATUA-STEE-EILAS SINDIKATUA 1.- Licencia por enfermedad o accidente. (Art. 41) Los tres primeros meses en situación de Incapacidad Transitoria (IT) se cobra el 100% del salario, incluyendo pagas extras y los incrementos salariales

Más detalles

Acuerdo social y económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones

Acuerdo social y económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones Acuerdo social y económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones El Acuerdo Social y Económico, firmado el 2 de febrero, entre los sindicatos UGT y CCOO, las organizaciones patronales

Más detalles

Normativa básica (II)

Normativa básica (II) TEMA 3 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos, derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo. Organización de la prevención de riesgos laborales

Más detalles

5.Marco Jurídico de la Prevención.

5.Marco Jurídico de la Prevención. PRIMER BLOQUE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 1. Introducción a la siniestrabilidad laboral. 2. Administración de riesgos. 3. Técnicas de seguridad. 4. Ciencias auxiliares de la seguridad. 5. Marco jurídico

Más detalles

15 Agenda Escolar Federación STECyL intersindical STECyL-i

15 Agenda Escolar Federación STECyL intersindical STECyL-i INFORMACIÓN 1. GRADOS DE CONSANGUINIDAD. GRADOS TITULAR/CÓNyUGE 1º Padre/ Madre Suegro/ suegra Hijo/ hija 2º Abuelo/ Hermano/ Cuñado/ Abuela Hermana Cuñada 3º Bisabuelo/ Tío/ Sobrino/ Bisabuela Tía Sobrina

Más detalles

SEMINARIO - TALLER REGULACIONES SOBRE RIESGOS LABORALES CONFEDERACION PATRONAL DOMINICANA

SEMINARIO - TALLER REGULACIONES SOBRE RIESGOS LABORALES CONFEDERACION PATRONAL DOMINICANA Julio 04, 2014 SEMINARIO - TALLER REGULACIONES SOBRE RIESGOS LABORALES CONFEDERACION PATRONAL DOMINICANA Autor: Ing. Rafael Marranzini Especialista en Seguridad e Higiene Industrial, Gestion de Riesgos

Más detalles

NUEVAS REDUCCIONES Y BONIFICACIONES PARA LOS AUTÓNOMOS

NUEVAS REDUCCIONES Y BONIFICACIONES PARA LOS AUTÓNOMOS NUEVAS REDUCCIONES Y BONIFICACIONES PARA LOS AUTÓNOMOS Desde el pasado 10 de octubre de 2015, los autónomos podrán aplicar nuevas reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social. Así por ejemplo, respecto

Más detalles

REFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN

REFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN REFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN La aprobación definitiva de la Reforma Laboral, mediante la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, ha introducido alguna

Más detalles

TITULO V ÁREA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS EN JUNJI

TITULO V ÁREA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS EN JUNJI TITULO V ÁREA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS EN JUNJI V.1 PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES Considerando las regulaciones que en materia laboral rigen para el sector público, el objetivo fundamental

Más detalles

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Más detalles