El futuro de la fiscalización internacional a las personas físicas

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "El futuro de la fiscalización internacional a las personas físicas"

Transcripción

1 TEMAS DE ACTUALIDAD El futuro de la fiscalización internacional a las personas físicas En este mundo no hay nada cierto, excepto la muerte y los impuestos. Benjamin Franklin (1789) 50 Lic. Sergio A. Ramírez, Autor Los procedimientos que incluirá este nuevo tipo de fiscalización están proyectados para consolidarse en el transcurso de esta década. De ahí que sea necesario el estudio de los mismos con el fin de planificar y reconocer las ventajas e implicaciones de tan importante reestructuración para los contribuyentes

2 INTRODUCCIÓN En un futuro inmediato,1 los contribuyentes personas físicas de las diferentes jurisdicciones fiscales del mundo, con cuentas y activos en el extranjero, para evitar sufrir la aplicación de medidas sorpresivas por parte de las administraciones tributarias de las diferentes naciones, deberán conocer y estar muy pendientes de la aplicación de: 1. Tratados para Evitar la Doble Tributación. 2. Acuerdos de intercambio de información fiscal con países con Regímenes Fiscales Preferentes (REFIPRES), ahora conocidos como Países Cooperantes. 3. La Convención multilateral de Asistencia Administrativa en Materia Fiscal (Convención de Estrasburgo y Protocolo de París). 4. Acuerdos FATCA para el intercambio de información automática. ANTECEDENTES La fiscalidad internacional se encuentra en una encrucijada entre el intercambio de información y la retención anónima de impuestos, para garantizar que los Estados puedan gravar las cuentas foráneas (offshore) y por tanto obligar a sus contribuyentes personas físicas a tributar real y voluntariamente sobre todos sus ingresos mundiales (capacidad contributiva global). El creciente consenso de que las instituciones financieras deban actuar como intermediarios fiscales representa un cambio notable en las normas internacionales para que las Foreign Financial Institutions del FATCA 2 deban informar sobre las operaciones transfronterizas (cross border operations) a todos los países que necesiten de esa información y que sobre todo estén dispuestos a reciprocar. 3 El círculo se cerrará con acuerdos para el intercambio automático de información fiscal por medio de un sistema multilateral eficaz. 4 Así, quienes alguna vez se sintieron seguros ocultando su dinero y activos en el extranjero, están ahora en una posición cada vez más riesgosa. El Foro de Administración Tributaria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) de enero de 2012, en Buenos Aires, el cual reunió a los jefes de las administraciones tributarias de 43 países, concluyó con un compromiso unificado y fortalecido para combatir abusos fiscales en el extranjero (offshore) e intercambiar información, así como una acción coordinada para identificar mejor y perseguir incansablemente a los promotores y usuarios de regímenes abusivos offshore. LA FISCALIZACIÓN INTERNACIONAL DE LAS PERSONAS FÍSICAS EN LOS EUA 1. Revelación voluntaria de inversiones En otra parte del mundo, ciertos acontecimientos en los EUA han provocado que el Internal Revenue Service (IRS) busque presionar a contribuyentes personas físicas, para que revelen voluntariamente sus cuentas y sus activos offshore: a) Nacionales de ese Estado. b) Ciudadanos con doble nacionalidad (una de ellas la de los EUA). c) Expatriados. d) Extranjeros residentes fiscales en los EUA (ejemplo: una persona con green card holder). 2. Acontecimientos preocupantes a) El banco suizo UBS AG celebró un convenio para diferir su enjuiciamiento en los EUA y pagó 780 millones de dólares al gobierno estadounidense para mantener las cuentas offshore no declaradas de contribuyentes de los EUA. b) Durante mucho tiempo, Suiza ha eludido acusaciones de los EUA de esconder dinero de estadounidenses adinerados. Pero ahora, 11 bancos suizos están siendo investigados en los EUA y existe una presión muy fuerte en Europa, cuyos contribuyentes cumplidos, agobiados por la crisis, desean cabelleras después de tantos escándalos bancarios. Los suizos se han manifestado por 51 1 Inmediato: muy cercano. Real Academia Española de la Lengua 2 La Ley FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act), conocida en español como Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas en el Extranjero, es parte de la Ley HIRE, o Hiring Incentives to Restore Employment Act, y busca obtener información acerca de las cuentas financieras mantenidas por los contribuyentes de los Estados Unidos de América (EUA), o en entidades extranjeras, en las cuales los contribuyentes americanos mantengan un interés substancial 3 Responder a una acción con otra semejante. Real Academia Española de la Lengua 4 Grinberg, Itai. Beyond FATCA: An Evolutionary Moment for the International Tax System. Georgetown University Law Center, 2012

3 52 firmar un acuerdo con los EUA para quitar el mal sabor dejado por su sector financiero. 5 c) Más de una docena de contribuyentes de los EUA han sido acusados y resultado culpables de defraudación fiscal, por mantener cuentas no reveladas (non disclosure accounts), y otros muchos otros se encuentran todavía bajo investigación criminal. d) Observadores del medio financiero recibieron con sorpresa la fuerte reacción del IRS: pena de cárcel hasta por cinco años contra Michel Schiavo, 6 gerente de un grupo consultor de Boston, quien mantuvo una cuenta a su nombre en un banco de Bermudas de 2003 a Debido a que Schiavo prefirió hacer una autocorrección y por tanto una revelación callada (quiet disclosure 7 ), y no una revelación abierta, el IRS decidió aplicar sanciones contra su libertad, 8 a pesar los relativamente bajos montos de ingresos e impuestos involucrados en la operación y el reducido tamaño de la cuenta (entre 65,000 y 150,000 dólares). e) Finalmente, el gobierno de los EUA logró la promulgación del FATCA, que probablemente sea la ley de mayor alcance para combatir la evasión fiscal a nivel mundial en la historia reciente. 3. Principales obligaciones de los contribuyentes de los EUA Un contribuyente persona física de los EUA debe cumplir con las siguientes obligaciones, en relación con sus cuentas mantenidas en el extranjero: a) Reportar sus ingresos de todo el mundo, tanto los de fuente en los EUA como los de fuente en países extranjeros (acumulación mundial) en su declaración anual de ingresos Forma 1040, (U.S. Individual Income Tax Return). Lo anterior, incluso si vive fuera de los EUA y/o paga impuestos en su país de residencia sobre el ingreso extranjero. Esa declaración debe presentarse cada año en abril, pudiéndose solicitar una prórroga hasta octubre. 9 Además, el contribuyente deberá señalar (SI/NO) en la Cédula b (Schedule b) si posee una cuenta extranjera (Foreign Account Box). b) Todas las personas físicas, contribuyentes de los EUA, con cuentas en bancos extranjeros, con un monto superior a 10,000 USD en cualquier momento durante el año, deben presentar un reporte FBAR (Report of Foreign Bank and Financial Accounts) a más tardar el 30 de junio de cada año (Forma TD F ). c) Puede ser que el contribuyente también deba acompañar a su declaración anual de impuestos una nueva forma 8938 (Statement of Specified Foreign Financial Assets) para informar de sus cuentas en el extranjero y activos, por 50,000 USD en el último día del año fiscal, o 75,000 USD en cualquier momento durante el año fiscal. d) No presentar alguna declaración puede considerarse fraude y evasión fiscal. 4. Otros programas del IRS a) Los Programas de Revelación Foránea Voluntaria (Offshore Voluntary Disclosure Iniciative, OVDI) representan una opción importante para el contribuyente y son parte de un esfuerzo más amplio del IRS para detener la evasión fiscal en el extranjero y asegurar el cumplimiento tributario. Ello incluye reforzar la ejecución, procesamiento criminal y la implementación del reporte de terceros mediante la Ley FATCA. 10 En ese sentido, han existido tres programas: 2009, 2011 y el actual, en vigor a partir de enero de 2012, el cual en principio no tiene una fecha de terminación, al ser abierto. Los dos primeros programas, hasta el 26 de junio de 2012, han dado como resultado una recaudación de más de 5,000 millones de dólares en impuestos atrasados (back taxes), intereses y multas de 33,000 declaraciones voluntarias. Al mismo tiempo, se han hecho otras 1,500 declaraciones bajo el nuevo programa (OVDI III), bajo el cual la multa se ha elevado del 25 al 27.5% respecto del OVDI II de Las categorías de multas reducidas del 5 y 12.5% aún están disponibles en el OVDI III. b) El programa Whistleblower y otros programas secretos de denunciantes han sido 5 Joint Statement from the United States and Switzerland, regarding a framework for cooperation to facilitate the implementation of FATCA. U.S. Treasury Department. 21 de junio de Voreacos, David. HSBC Client Schiavo Accused of Failing to Report Offshore Account to U.S.. 19 de mayo de Una quiet disclosure es una corrección de las declaraciones de impuestos pasadas y de Reportes FBARs, sin informar al IRS de lo que se está haciendo 8 U.S. v. Schiavo, U.S. District Court, District of Massachusetts (Boston) 9 Para el ejercicio 2011, las fechas son lunes 17 de abril y 15 de octubre de Instructions, IRS 10 IRS says offshore effort tops $5 billion, announces new details on the voluntary disclosure program and closing of offshore loophole. IR , June 26, Información actualizada al 16 de julio de 2012

4 implementados 11 por el IRS (Whistleblower Office), el cual recompensa a la gente que denuncie a personas que han fallado en cubrir los impuestos que adeudan. Si el IRS utiliza la información proporcionada por el denunciante, éste puede recibir una recompensa hasta del 30% del impuesto, las multas y otros conceptos que se recauden. Si los impuestos, sanciones, intereses y otras cantidades en controversia exceden dos millones de dólares, y algunos otros requisitos se cumplen, el IRS pagará del 15 al 30% de la cantidad recaudada. Si el caso se refiere a un individuo, su ingreso bruto anual debe de ser más de 200,000 dólares. Si el denunciante no está de acuerdo con el resultado de la reclamación, él o ella pueden apelar en la Corte Fiscal. 5. FATCA a) Razón del FATCA A pesar de los reportes y amnistías comentados en los puntos anteriores, los residentes de los EUA no reportan sus activos y cuentas en el extranjero, por lo cual surge el FATCA, para obligar a las instituciones del sistema financiero de otros países (FFI) a dar información al IRS para fiscalizar a sus residentes (Third Party Reporting). El IRS manifiesta que FATCA no persigue la recaudación vía las retenciones del 30%, sino la obtención de información de residentes/nacionales de los EUA en el extranjero. b) Aspectos controvertidos Sin embargo, FATCA establece importantes y controvertidos requerimientos de reportes para las FFI en relación con ciertas cuentas, lo cual ha levantado numerosas críticas en todos los países, principalmente en relación con no poder cumplir fundamentalmente por restricciones legales con lo siguiente: Los reportes. Las retenciones. La clausura de cuentas de clientes recalcitrantes. c) Los EUA logran apoyo Por medio de Comunicados Conjuntos, diversos países se han pronunciado por un enfoque intergubernamental del FATCA, el cual permitirá Los EUA han declarado que están abiertos a la adopción de un enfoque intergubernamental para implementar FATCA y mejorar el cumplimiento tributario internacional solucionar los impedimentos legales para el cumplimiento, así como una simplificación práctica y una reducción significativa de los costos para las FFI, principalmente. Los EUA han declarado que están abiertos a la adopción de un enfoque intergubernamental para implementar FATCA y mejorar el cumplimiento tributario internacional, y que están dispuestos a reciprocar en la recolección e intercambio de información sobre una base automática de cuentas mantenidas en instituciones financieras estadounidenses por residentes de Francia, Alemania, Italia, España y el Reino Unido. El enfoque de la discusión, por tanto, sería mejorar el cumplimiento y facilitar la ejecución en beneficio de todas las partes, acordando explorar un enfoque común para la implementación de FATCA mediante informes nacionales y el intercambio automático, basado en los Tratados fiscales bilaterales existentes. d) Comunicados conjuntos logrados d1) Reino Unido, España, Italia, Alemania y Francia (Febrero 2012). 12 En este caso, el objetivo del posible acuerdo será el intercambio de información por medio de los fiscos de los diferentes países con el IRS. d2) Japón (junio de 2012) 13 y Suiza (junio de 2012) Internal Revenue Code, Sección 7623(b) 12 Joint Statement from the United States, France, Germany, Italy, Spain and the United Kingdom, regarding an Intergovermental approach to improving international tax compliance and implementing FATCA. U.S. Treasury Department. 8 de febrero de Joint Statement from the United States and Japan, regarding a framework for cooperation to facilitate the implementation of FATCA. U.S. Treasury Department. 21 de junio de 2012

5 54 En ese caso, el objetivo del posible acuerdo será el intercambio de información de manera directa de las FFI de cada país con el IRS. Por lo que se refiere a Japón, se señala que este país y los EUA desearían trabajar en el mediano plazo, junto a otros socios FATCA y de la OCDE, en el desarrollo de un modelo común para el intercambio automático de información. En el caso de Suiza, se hace mención a que las instituciones financieras suizas cumplirán con las reglas establecidas en FATCA, entregando la información al IRS, mediante una excepción al Artículo 27 del Código Penal Suizo (Swiss Criminal Code). d3) Otros posibles países cooperantes son los siguientes: México. Canadá (1.5 millones de canadienses con doble nacionalidad: americana y canadiense). Israel (150,000 judíos con doble nacionalidad). Irlanda. e) Enfoque intergubernamental El enfoque intergubernamental permitiría que: e1) Un país socio (FATCA Partner) estuviera de acuerdo en: Requerir, a través de la legislación aplicable, a las FFI en su jurisdicción, a recopilar e informar a las autoridades del socio FATCA por ejemplo al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el caso de México la información requerida. Habilitar a las FFI establecidas en el país para aplicar la diligencia necesaria (due diligence) para identificar las cuentas de contribuyentes de los EUA (US Accounts). Transferir a los EUA, de forma automática, la información reportada por las FFI. e2) En consideración de lo anterior, los EUA estarían de acuerdo en: Eliminar la obligación de cada FFI establecida en el país del socio FATCA para entrar en un acuerdo separado de FFI directamente con el IRS. Permitir a las FFI establecidas en el país del socio FATCA, cumplir con sus obligaciones del FATCA con el socio FATCA (ejemplo: con el SAT en el caso de México) en lugar de hacerlo directamente al IRS. Eliminar la retención sobre pagos a FFI establecidas en el país del socio FATCA. Comprometerse a reciprocar con respecto a la recopilación y presentación de informes de forma automática a las autoridades del país del socio FATCA (ejemplo: al SAT en el caso de México) sobre las cuentas en los EUA de residentes fiscales del socio FATCA. e3) Como resultado del acuerdo con el socio FATCA, no será necesario: Cancelar la cuenta de un titular recalcitrante. Imponer retenciones sobre los pagos a los cuentahabientes recalcitrantes. Imponer retenciones sobre pagos a otras FFI del país socio en el Tratado FATCA o en otra jurisdicción con la cual los EUA mantengan un acuerdo de implementación FATCA. f) Nuevo Modelo de Acuerdo Intergubernamental El Departamento del Tesoro de los EUA publicó el 26 de julio de 2012 el Nuevo Modelo de Acuerdo Intergubernamental que servirá de marco para aplicar las disposiciones relativas a los reportes e intercambio de información de FATCA, cuyo objetivo es combatir el incumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes de los EUA con cuentas y activos en el extranjero. El modelo fue desarrollado en consulta con Francia, Alemania, Italia, España y el Reino Unido, y marca un paso importante en el establecimiento de un enfoque común para la lucha contra la evasión fiscal, basada en un intercambio automático de información. Esos cinco países, junto con los EUA, desean, en estrecha cooperación con otros países socios, la OCDE y cuando proceda la Comisión Europea, desarrollar normas para el reporte y el cumplimiento debido (due diligence) de información, en apoyo a un enfoque más global y eficaz en la lucha contra la evasión fiscal, y al mismo tiempo minimizar las cargas para su cumplimiento. Se espera concluir rápidamente acuerdos bilaterales basados en el Modelo de Acuerdo Intergubernamental. g) Versiones del Modelo de Acuerdo Intergubernamental Existen dos versiones del Modelo de Acuerdo: una recíproca 14 y una no-recíproca. Ambas versiones establecen un marco para la presentación de reportes de información actualizada, contenida en cuentas mantenidas en FFI de los EUA por residentes de los países socios de FATCA, e 14 Reciprocar: Responder a una acción con otra semejante. Real Academia Española de la Lengua

6 incluye el compromiso de continuar con las disposiciones y el soporte legislativo para obtener niveles equivalentes de intercambio de información por parte de los EUA. g1) La versión recíproca del Acuerdo Modelo estará disponible sólo en jurisdicciones con las cuales los EUA tiene en vigor: Un Tratado para evitar la Doble Tributación. Un Acuerdo de Intercambio de Información Fiscal. Respecto de tales Acuerdos y Tratados, el Departamento del Tesoro y el IRS han determinado que el gobierno receptor tiene protecciones sólidas y prácticas vigentes para asegurar que la información se mantenga confidencial y que se utilizará únicamente para propósitos fiscales. Los EUA harán esa determinación sobre una base de caso por caso. g2) La versión no recíproca es aquélla en la cual los EUA no darán información a su contraparte, pero a cambio de la información recibida se abstendrán de imponer sanciones a las FFI de ese país. EL PRIMER ACUERDO FATCA: EUA Y EL REINO UNIDO DEL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2012 El Departamento del Tesoro de los EUA anunció la firma del primer acuerdo bilateral para aplicar las disposiciones de la Ley FATCA, con el Reino Unido (RU), uno de sus aliados más cercanos, y esperando concluir rápidamente otros acuerdos basados en este modelo con otras jurisdicciones. El acuerdo bilateral firmado el 14 de septiembre de 2012 se basa en el modelo desarrollado, en consulta con Francia, Alemania, Italia, España y el Reino Unido y marca un paso importante en el establecimiento de un enfoque común para la lucha contra la evasión fiscal con base en el intercambio automático de información y publicado en julio de este año. El Departamento del Tesoro mantiene comunicación con otros gobiernos que han expresado interés en concluir un acuerdo bilateral similar para implementar FATCA y espera firmar acuerdos bilaterales adicionales en un futuro próximo. Por otra parte, el Departamento del Tesoro y el IRS continúan trabajando para ultimar los reglamentos de aplicación de FATCA en el corto plazo. Véase el Anexo Único: Es importante señalar que este Acuerdo celebrado entre los EUA y el RU, sigue fielmente el Modelo de Acuerdo Recíproco, que el Departamento del Tesoro de los EUA publicó el 26 de julio de LA FISCALIZACIÓN INTERNACIONAL DE LAS PERSONAS FÍSICAS EN MÉXICO En México, las personas físicas con operaciones y activos en el extranjero, que sean: Residentes fiscales en México. Ciudadanos con doble o múltiple nacionalidad (una de ellas la de México). Expatriados a México (Asignados de empresas multinacionales). Extranjeros residentes fiscales en México. Deberán conocer y estar muy pendientes de la aplicación de: Más de 45 Tratados para Evitar la Doble Tributación vigentes. Diversos Acuerdos de Intercambio de Información Fiscal con países cooperantes. La Convención Multilateral de Asistencia Administrativa en Materia Fiscal. En su caso, el Acuerdo Intergubernamental de FATCA para el intercambio de información automática que llegue a darse entre los EUA y México. 1. Beneficios del Enfoque intergubernamental En principio, México podría estar de acuerdo en el enfoque intergubernamental pues éste permitiría a los países participantes: a) Salvar los impedimentos legales. b) Permitir su cumplimiento. c) Simplificar de manera práctica su implementación. d) Reducir los costos para las FFI. 2. Facultades de los países firmantes de Acuerdos FATCA para el intercambio de información automática a) Por lo que se refiere a los EUA, cabe recordar que FATCA ya es una ley aprobada por su Congreso, promulgada el 18 de marzo de 2010, e incluye nuevas reglas para que los bancos foráneos informen al IRS de sus cuentahabientes residentes de los EUA. Así, FATCA introduce un nuevo Capítulo 4 al Título A del Código de Rentas Internas de los EUA (Internal Revenue Code, o IRC), el cual entrará en vigor el 1 de enero de b) En el caso de México, ya está previsto ese intercambio de información en el seno de los Tratados para Evitar la Doble Tributación y en la 55

7 56 Convención Multilateral sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de Estrasburgo, 15 ratificada por México ante la OCDE, previa aprobación por el Senado de la República, y que entró en vigor el 1 de septiembre de 2012, aplicable a partir del 1 de enero de POSICIÓN DE LA OCDE RESPECTO DE FATCA 1. Comunicado del 26 de julio de 2012 La OCDE vio con agrado el nuevo proyecto de Modelo de Acuerdo Intergubernamental para Mejorar el Cumplimiento Fiscal e Implementar FATCA, desarrollado por los EUA, Francia, Alemania, Italia, España y el Reino Unido, el cual permitirá la aplicación de la Ley FATCA, mediante el intercambio automático de información entre gobiernos, reduciendo sensiblemente los costos de su implementación para las instituciones financieras y previendo la reciprocidad por parte de los EUA. 2. Reportes recientes a) El 18 de julio de 2012, la OCDE publicó la Actualización del artículo 26 del Modelo de Convenio Fiscal de la OCDE y su Comentario. Ese artículo 26 establece la norma sobre el intercambio de información. La principal actualización consiste en permitir que las autoridades fiscales soliciten información de un grupo de contribuyentes sin necesidad de nombrarlos individualmente, siempre que la información solicitada sea previsiblemente relevante. Esta actualización se encuentra disponible en la siguiente liga: tion/latestdocuments/120718_article%2026- ENG_no%20cover%20(2).pdf b) La OCDE publicó el 24 de julio de 2012 el Reporte sobre el Intercambio automático de información. Ese Reporte fue presentado a los líderes del Grupo de los Veinte (G20) en junio de 2012, en Los Cabos, Baja California, México, y fue bienvenido en el comunicado oficial del evento. El reporte describe los aspectos esenciales del intercambio automático y da respuesta a las siguientes preguntas clave: Qué es el intercambio automático de información? Cómo funciona? Cuáles son sus fundamentos legales? Cuál es su estado actual? Funciona el intercambio automático de información? Qué está haciendo la OCDE en esa área y qué más se requiere hacer? El reporte se encuentra disponible en la siguiente liga: c) La OCDE publicó el 24 de julio de 2012 el Reporte sobre la confidencialidad en la Información Intercambiada. Para comprometerse en este tipo de intercambio de información, y en particular en el intercambio automático, los países requieren contar con un alto nivel de confianza en que la información será mantenida confidencial y que será solamente utilizada para los propósitos permitidos en el instrumento o acuerdo aplicable. El reporte se encuentra disponible en la siguiente liga: cover_web.pdf CONCLUSIONES Por lo antes comentado, concluyo lo siguiente: 1. El resto de esta década se caracterizará por la fiscalización conjunta y coordinada de las administraciones tributarias de todo el mundo a las personas físicas. 2. La relación mejorada (enhanced relationship) preconizada por la OCDE, se concentrará en la relación directa entre el fisco y el contribuyente, quien dejará de ser considerado peyorativamente como súbdito, y a quien se le dará realmente la calidad de cliente. Respecto a la relación mejorada conviene recordar la frase del francés Alfred Sauvy: Bien informados, los hombres son ciudadanos; mal informados devienen en súbditos. Parafraseando a Alfred Sauvy, yo agregaría: Bien apreciados los contribuyentes son clientes; mal apreciados devienen en vasallos La participación de los asesores fiscales en la promoción de prácticas fiscales indebidas será 15 Véase de agosto de Véase Tratados en materia fiscal y cuestiones relacionadas. Página del SAT ( Rubro: Información y Servicios, Legislación y Normatividad. Agosto de Vasallo: En la antigüedad, obligado a pagar feudo o tributo. Real Academia Española de la Lengua

8 observada muy de cerca por los fiscos mundiales, por lo cual se concentrarán en su rol de asesores para el cumplimiento adecuado de las obligaciones tributarias de sus clientes, sin perder de vista la búsqueda de la vía menos gravada, pero siempre dentro de un marco ético. 4. Las personas físicas con más de una nacionalidad serán cada día más; por tanto deberán conocer sus obligaciones fiscales, pues en algún momento podrían estar sujetas a más de un fisco, enfrentando problemas de doble o múltiple tributación, por lo cual es recomendable contar oportunamente con la asesoría fiscal adecuada. 5. Las personas físicas comunes y corrientes tendrán operaciones electrónicas, cuentas y activos en diversas jurisdicciones fiscales, por lo cual deberán recibir asesoría y capacitación regularmente en materia de fiscalidad doméstica e internacional. 6. Los comprobantes fiscales digitales y los estados de cuenta electrónicos serán la única forma reconocida por los fiscos para efectos de comprobación de ingresos, deducibilidad y acreditamiento, por lo cual el intercambio de información fiscal será mucho más ágil. 7. Las declaraciones de impuestos serán totalmente automáticas y prellenadas. 8. Al final del día, los dueños de las corporaciones serán siempre personas físicas, cuya fiscalización, por medio de las áreas de grandes contribuyentes de las administraciones tributarias del mundo, se hará mediante controles de signos exteriores de riqueza y de tren de vida, de manera instantánea y automática. 9. En todos los casos, el consejo profesional es altamente recomendable para los contribuyentes, para evitar y en su caso resolver los diferentes problemas fiscales que se puedan presentar. En fin, se recomienda a los inversionistas que vean a la brevedad a algún fiscalista y se pongan en regla Finalmente, la firma del primer Acuerdo FAT- CA, marca el inicio de una era en el intercambio recíproco y automático de información entre países desarrollados, proporcionada por terceros, voluntaria o involuntariamente, principalmente por las instituciones financieras de cada uno de ellos y a través de sus Fiscos, en la lucha por mejorar el cumplimiento fiscal internacional y la asistencia mutua en materia tributaria. No cabe duda, que el compromiso de reciprocar asumido por los EUA servirá de catalizador para que muchos países, desarrollados y en desarrollo, busquen conseguir la información que les permita combatir la evasión fiscal de sus residentes y obtener los impuestos que requieren para aliviar o mejorar su situación financiera, mediante la recaudación sana de recursos tributarios. ANEXO ÚNICO ACUERDO INTERGUBERNAMENTAL VERSION RECÍPROCA (Traducción libre y simplificada) ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (EUA) Y EL GOBIERNO DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE (RU) PARA MEJORAR EL CUMPLIMIENTO FISCAL INTERNACIONAL E IMPLEMENTAR FATCA 19 Considerando que, el artículo 27 del Convenio entre el Gobierno de los EUA y el Gobierno del RU para evitar la doble imposición y prevenir la Evasión Fiscal autoriza el intercambio de información automático para propósitos fiscales. Considerando que el Gobierno de los EUA recolecta información de cuentas mantenidas en instituciones financieras de los EUA, mantenidas en instituciones financieras de los EUA por residentes del RU y que se ha comprometido a intercambiar dicha información con el Gobierno de RU y en buscar niveles equivalentes de intercambio. Considerando que las Partes desean concluir un acuerdo para mejorar el cumplimiento fiscal internacional y para la implementación de FATCA, basado en reportes domésticos y el intercambio recíproco y automático de acuerdo al Convenio 20 y sujeto a la confidencialidad y a otras protecciones señaladas en él, incluyendo las disposiciones que limitan el uso de la información intercambiada bajo el Convenio. Entonces, para ello, las Partes han convenido lo siguiente: Somoza, Manuel. El gobierno estadounidense fiscalizará las cuentas de mexicanos en ese país. Periódico Excélsior, Sección Dinero. Pág. 12, jueves 23 de agosto de 2012, y Noticiero Milenio, del miércoles 22 de agosto de 2012 a las 21 horas 19 Véase la liga de este convenio: UK pdf 20 Convenio para evitar la Doble Imposición entre los Estados Unidos de América y el Reino Unido

9 58 Artículo 1 Definiciones 1. (Ejemplos) EUA, Territorio de los EUA, IRS (Internal Revenue Service), RU, Jurisdicción de Socio, Autoridad Competente; Institución Financiera de los EUA/RU que reporta, Institución Financiera que No reporta, Institución Financiera que No participa. Cuenta Financiera, Cuenta de Depósitos, Cuenta de Custodia de instrumentos financieros. Contrato de Seguro, Anualidad del Contrato, Contrato de Seguro con Valor en Efectivo. Cuenta Preexistente, Cuenta Reportable, Cuenta Reportable de los EUA/RU, Cuentahabiente Persona de los EUA, Persona Específica de los EUA, Entidad, Entidad No Relacionada. Número de Identificación Fiscal de los EUA. Personas que ejercen control sobre una entidad. Artículo 2 Obligaciones para obtener e intercambiar información con respecto a las Cuentas a Reportar 1. Con sujeción a las disposiciones del artículo 3, cada parte obtendrá la información especificada en el párrafo 2 de este artículo respecto de todas las cuentas a reportar y deberá anualmente intercambiar esta información con la otra parte de manera automática, de conformidad con las disposiciones del artículo 27 de la Convención. 2. La información a obtener e intercambiar es: a) en el caso del RU, con respecto a cada cuenta Reportable de los EUA, de cada institución financiera del RU: (1) El nombre, la dirección y el Número de Identificación Fiscal de los EUA de cada persona de los EUA que sea titular de dicha cuenta. (2) El número de la Cuenta (o su equivalente). (3) El nombre y el número identificador de la Institución Financiera del RU que efectúa el reporte. (4) El balance o valor de la Cuenta (incluyendo el valor en efectivo del Contrato de Seguro o Anualidad, al final del año calendario relevante o si la cuenta fue cerrada durante dicho año, su valor inmediatamente antes de dicha clausura. Se enumeran (5 a 7) otros tipos de cuentas (de custodia, de depósito, etc.). b) En el caso de los EUA, con respecto a cada cuenta reportable de cada institución financiera de RU: (1) el nombre, la dirección y la fecha de nacimiento de cualquier persona específica de los EUA que sea residente del RU y que sea cuentahabiente de la Cuenta (sic). (2) El número de la Cuenta (o su función equivalente en ausencia de un número de cuenta). (3) El nombre y el número identificador de la Institución Financiera de los EUA que efectúa el reporte. (4) El monto bruto del interés pagado en una Cuenta de Depósito. Artículo 3 Tiempo y Forma del Intercambio de Información 1. Para efectos de la obligación de intercambio en el artículo 2, la cantidad y caracterización de los pagos efectuados con respecto a una cuenta reportable de los EUA podrá determinarse con arreglo a los principios de las leyes fiscales del RU, y la cantidad y caracterización de los pagos efectuados con respecto a una cuenta reportable del RU podrá determinarse con arreglo a los principios de la Ley Federal del Impuesto sobre la Renta de los EUA. 2. Para efectos de la obligación de intercambio en el artículo 2, la información intercambiada deberá identificar la moneda en la que cada cantidad relevante esté denominada. 3. Con respecto al párrafo 2 del artículo 2, la información a obtener y a intercambiar con respecto a 2013 y a los años subsecuentes, salvo que: a) en el caso de RU: (1) la información a obtener y a intercambiar con respecto a 2013 y 2014 es solamente la información de los números 1 a 4 del número 2, inciso a). (2) la información a obtener y a intercambiar con respecto a 2015 es la información descrita en los apartados a) (1) a a)(7), excepto los ingresos brutos descritos en el subpárrafo (a)(5)(b). (3) la información a obtener y a intercambiar con respecto a 2016 y los años subsecuentes es la información descrita en el subpárrafo a) (1) a a)(7). b) en el caso de los EUA, la información a obtener y a intercambiar con respecto a 2013 y los años subsecuentes es toda la información identificada en el subpárrafo (b). (numerales 1 a 4) Se enlistan otros tres numerales.

10 Artículo 4 Aplicación de FATCA a las Instituciones Financieras del RU 1. Tratamiento de las Instituciones Financieras del RU que reportan. Cada institución financiera del RU que reporta será considerará que está cumpliendo y no estará sujeta a retención según, la sección 1471 del Código de Rentas internas de los EUA, si el RU cumple con sus obligaciones bajo los artículos 2 y 3, con respecto a dicha Institución Financiera del RU que reporte y cumpla con las obligaciones contenidas en Incisos a) a e). 2. Suspensión de las Reglas relativas a las Cuentas Recalcitrantes. Los EUA no requerirán a una Institución Financiera del RU que reporta a retener impuesto a una cuenta mantenida por un cuentahabiente recalcitrante, o a cerrar dicha cuenta, si la Autoridad Competente de los EUA recibe la información establecida en el subpárrafo 2(a) del Artículo 2, con respecto a dicha cuenta. 3. Tratamiento específico de los Planes de Retiro. 4. Identificación y Tratamiento de otras Instituciones Financieras consideradas como que están cumpliendo y Beneficiarios Efectivos Exentos Los EUA tratarán a cada Institución financiera del RU No obligada a reportar o a un Beneficiario Efectivo Exento, como No Obligados, según corresponda, para efectos de la sección 1471 del Código de Rentas Internas de los EUA. 5. Normas especiales para entidades relacionadas que son Instituciones Financieras No Participantes. Artículo 5 Colaboración en el Cumplimiento y Ejecución 1. Errores menores y administrativos. 2. Incumplimiento importante. Una autoridad competente deberá notificar a la autoridad competente de la otra Parte, cuando la primera haya determinado que existe un importante incumplimiento de las obligaciones bajo este acuerdo con respecto a una institución financiera de la otra jurisdicción. 3. Confiabilidad en Terceros Proveedores de Servicios. Cada Parte puede permitir a las instituciones financieras que reportan a utilizar a terceros proveedores de servicios para cumplir las obligaciones impuestas a ellas por una Parte, pero estas obligaciones permanecerán bajo la responsabilidad de estas Instituciones. 4. Prevención de Excusarse. Las Partes aplicarán según sea necesario, los requisitos para impedir que las instituciones financieras adopten prácticas destinadas a eludir los informes requeridos conforme a este acuerdo. Artículo 6 Compromiso Mutuo para continuar en la Mejora de la Efectividad del Intercambio de Información y su Transparencia 1. Reciprocidad. El Gobierno de los EUA conoce la necesidad de alcanzar niveles equivalentes en el intercambio automático y recíproco de información con el RU. El Gobierno de los EUA se compromete a mejorar la transparencia y la relación de intercambio con el RU, persiguiendo la adopción de reglamentos y promoviendo y apoyando la legislación pertinente para lograr niveles equivalentes de intercambio recíproco y automático. 2. Tratamiento de Pagos Transparentes (passthru payments) e Ingresos Brutos. Las Partes están comprometidas a trabajar juntas, junto con otros socios, para desarrollar una retención práctica y efectiva para alcanzar los objetivos de los pagos transparentes y los ingresos brutos que minimicen la carga. 3. Desarrollo de un Modelo Común de Reporte e Intercambio. Las Partes están comprometidas a trabajar con otros socios, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y la Unión Europea, en la adaptación de los términos de este Acuerdo a un modelo común para el intercambio automático de información, incluyendo el desarrollo de reportes y de estándares debidos (due diligence) para las instituciones financieras. 4. Documentación de las cuentas mantenidas a partir del 1 de enero de Con respecto a cuentas reportables, preexistentes, que son Cuentas Preexistentes mantenidas en una Institución Financiera que reporta: a) Los EUA se comprometen a establecer, a partir del 1 de enero de 2017, para informar respecto de 2017 y años subsecuentes, las reglas requiriendo Informes de instituciones financieras de los EUA, para obtener e informar la fecha de nacimiento de cada titular de una cuenta Reportable del RU. b) El RU compromete a establecer, a partir del 1 de enero de 2017, para informar respecto de 2017 y años subsecuentes, las reglas requiriendo Informes de instituciones financieras de RU que reportan, para obtener el Número de Identificación Fiscal (TIN) de cada persona especificada de los EUA. 59

11 60 Artículo 7 Consistencia en la aplicación de FATCA a jurisdicciones de un Socio 1. Al RU se le concederá el beneficio más favorable en términos del artículo 4 o del Anexo 1 del presente Acuerdo, en relación a la aplicación de FATCA a las instituciones financieras de RU, concedido a otra jurisdicción bajo otro acuerdo bilateral. 2. Los EUA notificarán al RU de cualquiera de los términos más favorables y se aplicarán automáticamente bajo este Acuerdo, como si fueran especificados en este acuerdo con vigencia a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo donde se incorporan los términos más favorables. Artículo 8 Consultas y enmiendas 1. En caso de surgir dificultades en la aplicación de este Acuerdo, cualquiera de las Partes podrá solicitar consultas para desarrollar las medidas apropiadas para asegurar el cumplimiento de este Acuerdo. 2. El presente Acuerdo puede ser modificado por mutuo consentimiento por escrito de las Partes. A menos que se acuerde un tratamiento, dicha enmienda entrará en vigor a través de los mismos procedimientos establecidos en el párrafo 1 del artículo 10. Artículo 19 Anexos Los anexos forman parte integral de este Acuerdo. Artículo 10 Terminación del Acuerdo 1. Las Partes se notificarán mutuamente una a otra por escrito cuando sus procedimientos internos necesarios para la entrada en vigor hayan sido completados. El Acuerdo entrará en vigor en la fecha de la última de dichas notificaciones y continuará en vigor hasta su terminación. 2. Cada Parte podrá denunciar el Acuerdo mediante notificación de terminación por escrito a la otra Parte. Dicha terminación entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la expiración de un periodo de 12 meses después de la fecha del aviso de terminación. 3. Las Partes, antes del 31 de diciembre de 2016, deberán consultar de buena fe para modificar este Acuerdo según sea necesario para reflejar los avances de los compromisos establecidos en el Artículo 6. ANEXO I OBLIGACIONES DE DEBIDA OBSERVANCIA (DUE DILIGENCE) PARA IDENTIFICAR Y REPORTAR CUENTAS REPORTABLES DE LOS EUA Y EN PAGOS A CIERTAS INSTITUCIONES FINANCIERAS NO PARTICIPANTES El RU podrá requerir que las Instituciones Financieras del RU que reportan, apliquen los procedimientos de la Debida Observancia (Due Diligence) contenidos en este Anexo I, para identificar las cuentas reportables de los EUA y las cuentas mantenidas por las Instituciones Financieras No Participantes. ANEXO II INSTITUCIONES FINANCIERAS DEL RU QUE NO REPORTAN Y PRODUCTOS Este Anexo II puede ser actualizado por mutuo acuerdo concertado entre las autoridades competentes del RU y los EUA: (1) Para incluir entidades adicionales, cuentas y productos que presenten un bajo riesgo de ser usados por personas de los EUA para evadir impuestos de los EUA y que tienen características similares a las entidades, cuentas y productos identificados en este Anexo II, a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo. (2) Para eliminar entidades, cuentas y productos que, debido a cambios en las circunstancias, no presentan ya un riesgo bajo de ser utilizados por personas de los EUA para evadir impuestos de los EUA. Los Procedimientos para llegar a dicho Mutuo Acuerdo podrán incluirse en el párrafo 6 del artículo 3 del Acuerdo.

Bancos y Aseguradoras: llega la aplicación de FATCA en Argentina. por Daniel Perrotta. la ley. www.decisiola.com

Bancos y Aseguradoras: llega la aplicación de FATCA en Argentina. por Daniel Perrotta. la ley. www.decisiola.com Bancos y Aseguradoras: llega la aplicación de FATCA en Argentina por Daniel Perrotta la ley en www.decisiola.com La Comunicación A 5581 del BCRA En el marco de la Ley FATCA y los acuerdos multilaterales

Más detalles

V CONGRESO INTERNACIONAL EN TRIBUTACIÓN-CIET 2013

V CONGRESO INTERNACIONAL EN TRIBUTACIÓN-CIET 2013 V CONGRESO INTERNACIONAL EN TRIBUTACIÓN-CIET 2013 FATCA: Co-Regulador del Sistema Financiero Dominicano Jose Manuel Romero 8 de Noviembre de 2013 Introducción al régimen FATCA FATCA implica para las Instituciones

Más detalles

NewsLetter Asesoría Financiera, S.A.

NewsLetter Asesoría Financiera, S.A. NewsLetter Asesoría Financiera, S.A. NEWSLETTER Nº 9/2015 (28 de enero 2015). ACTUALIDAD FISCAL Gal.la Sánchez Vendrell. Socia Abogada. Directora General Amnistía fiscal para los ciudadanos estadounidenses

Más detalles

FOREIGN ACCOUNT TAX COMPLIANCE ACT ( FATCA ) EN CHILE.

FOREIGN ACCOUNT TAX COMPLIANCE ACT ( FATCA ) EN CHILE. FOREIGN ACCOUNT TAX COMPLIANCE ACT ( FATCA ) EN CHILE. Ministerio de Hacienda Abril 2013 Qué es FATCA? Es una ley de EE.UU. con efectos extraterritoriales del 18 de marzo de 2010. La reglamentación administrativa

Más detalles

LEY FATCA (Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras, en inglés Foreign Account Tax Compliance Act)

LEY FATCA (Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras, en inglés Foreign Account Tax Compliance Act) LEY FATCA (Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras, en inglés Foreign Account Tax Compliance Act) Preguntas frecuentes de los clientes 1. Qué es FATCA? La Ley de Cumplimiento Tributario de

Más detalles

MEMORANDO. Marteau. Abogados / Attorneys-at-Law. Exclusivo para clientes de Marteau. Abogados / Attorneys-at- Law.

MEMORANDO. Marteau. Abogados / Attorneys-at-Law. Exclusivo para clientes de Marteau. Abogados / Attorneys-at- Law. MEMORANDO Responsable: Marteau. Abogados / Attorneys-at-Law. Fecha: 15.08.2014. Destinatarios: Referencia: Exclusivo para clientes de Marteau. Abogados / Attorneys-at- Law. Comunicación A 5588 del Banco

Más detalles

FATCA: Guía informativa sobre la Ley de Fiscalización de Cuentas Extranjeras

FATCA: Guía informativa sobre la Ley de Fiscalización de Cuentas Extranjeras FATCA: Guía informativa sobre la Ley de Fiscalización de Cuentas Extranjeras 2014 1. Qué es FATCA? FATCA es el acrónimo de Foreign Account Tax Compliance Act (o, por su traducción al español, Ley de Fiscalización

Más detalles

El Gobierno del Reino de España y el Gobierno Federal de Austria (en lo sucesivo denominados «las Partes»),

El Gobierno del Reino de España y el Gobierno Federal de Austria (en lo sucesivo denominados «las Partes»), ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO FEDERAL AUSTRIACO RELATIVO AL INTERCAMBIO Y PROTECCION MUTUA DE LA INFORMACION CLASIFICADA («BOE núm. 30/2013, de 4 de febrero de 2013») Acuerdo

Más detalles

LEY 364 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000

LEY 364 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000 (P. de la C. 3339) LEY 364 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000 Para crear la Ley de Agencias de Informes de Crédito con el fin de establecer legislación en el ámbito local para promover la veracidad, justicia, privacidad

Más detalles

DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB

DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB Fonoweb se compromete a respetar su privacidad y la confidencialidad de su información personal, los datos de las comunicaciones y el contenido de las comunicaciones

Más detalles

APERTURA DE CUENTAS POR PARTE DE FFI'S COLOMBIANAS A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2015 DE CONFORMIDAD CON EL FATCA

APERTURA DE CUENTAS POR PARTE DE FFI'S COLOMBIANAS A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2015 DE CONFORMIDAD CON EL FATCA Por Timothy D. Richards APERTURA DE CUENTAS POR PARTE DE FFI'S COLOMBIANAS A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2015 DE CONFORMIDAD CON EL FATCA y Fernán Rodríguez "Debido 1 a la complejidad de la ley de FATCA y

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES

I. DISPOSICIONES GENERALES POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los

Más detalles

Capítulo Siete. Obstáculos Técnicos al Comercio

Capítulo Siete. Obstáculos Técnicos al Comercio Capítulo Siete Obstáculos Técnicos al Comercio Objetivos Los objetivos de este Capítulo son aumentar y facilitar el comercio a través de una mejor implementación del Acuerdo OTC, la eliminación de los

Más detalles

The U.S. Foreign Account Tax Compliance Act ( FATCA ) and Other Matters. Presentado por: Mark A. Chaves, CPA

The U.S. Foreign Account Tax Compliance Act ( FATCA ) and Other Matters. Presentado por: Mark A. Chaves, CPA The U.S. Foreign Account Tax Compliance Act ( FATCA ) and Other Matters Presentado por: Mark A. Chaves, CPA Ganancias de Capital vs Ordinarias Inversionistas extranjeros adquiriendo Bienes Raíces en los

Más detalles

FATCA FAQ BANCO FICOHSA PANAMÁ, S.A.

FATCA FAQ BANCO FICOHSA PANAMÁ, S.A. FATCA FAQ BANCO FICOHSA PANAMÁ, S.A. Preguntas y Respuestas para Clientes sobre FATCA 1. Qué es FATCA? FATCA es un acrónimo de la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas en el Extranjero (Foreign Account

Más detalles

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS OBJETIVO Establecer los criterios de presentación y revelación relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros

Más detalles

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

DECISIÓN DE LA COMISIÓN L 15/12 Diario Oficial de la Unión Europea 20.1.2011 DECISIONES DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 19 de enero de 2011 sobre la equivalencia de los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación

Más detalles

CAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA

CAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA CAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA Artículo 25.1: Definiciones Para los efectos de este Capítulo: medida regulatoria cubierta significa la medida regulatoria determinada por cada Parte que estará sujeta

Más detalles

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES DECRETO Promulgatorio del Protocolo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte que Modifica

Más detalles

Han acordado las disposiciones siguientes que formarán parte integrante del Convenio: ARTICULO I

Han acordado las disposiciones siguientes que formarán parte integrante del Convenio: ARTICULO I SEGUNDO PROTOCOLO ADICIONAL QUE MODIFICA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION E IMPEDIR LA EVASION

Más detalles

1.1 Objetivo de la "Política de Gestión de Conflictos de Interés"

1.1 Objetivo de la Política de Gestión de Conflictos de Interés 1. INTRODUCCIÓN La amplia gama de servicios de inversión y auxiliares ofrecidos por Gestión de Patrimonios Mobiliarios, A.V. S.A., ( en adelante G.P.M.), pudiera posibilitar la existencia de situaciones

Más detalles

Enseguida se menciona en qué consisten cada una de las siguientes facilidades:

Enseguida se menciona en qué consisten cada una de las siguientes facilidades: Facilidades de pago Existen facilidades de reducción de multas, aplicación de la tasa de recargos por prórroga, así como de condonación de multas, que se otorgan a aquéllos contribuyentes que ya tienen

Más detalles

LEY DE CUMPLIMIENTO FISCAL DE CUENTAS EXTRANJERAS - FATCA

LEY DE CUMPLIMIENTO FISCAL DE CUENTAS EXTRANJERAS - FATCA LEY DE CUMPLIMIENTO FISCAL DE CUENTAS EXTRANJERAS - FATCA MAYO DE 2014 Que es FATCA? El 18 de marzo de 2010, se divulgo la ley estadounidense denominada Foreign Account Tax Compliance Act ( FATCA por sus

Más detalles

COMO SELECCIONAR LA OPCIÓN MAS APROPIADA AL ESTABLECER UNA SOCIEDAD MEXICANA PARA HACER NEGOCIOS EN MEXICO

COMO SELECCIONAR LA OPCIÓN MAS APROPIADA AL ESTABLECER UNA SOCIEDAD MEXICANA PARA HACER NEGOCIOS EN MEXICO COMO SELECCIONAR LA OPCIÓN MAS APROPIADA AL ESTABLECER UNA SOCIEDAD MEXICANA PARA HACER NEGOCIOS EN MEXICO Resumen preparado por Debido a la complejidad de las leyes que regulan las transacciones internacionales

Más detalles

CLÁUSULAS. 1. Las medidas incluidas en el presente acuerdo de entendimiento son voluntarias y no vinculan jurídicamente.

CLÁUSULAS. 1. Las medidas incluidas en el presente acuerdo de entendimiento son voluntarias y no vinculan jurídicamente. ACUERDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE CENTROS DE NEGOCIOS, PARA LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE FISCAL REUNIDOS De una parte, D. Luis Pedroche

Más detalles

Capítulo 5. Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros

Capítulo 5. Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros Capítulo 5 Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros Artículo 5.1: Alcance 1. Las Partes, por medio de sus autoridades competentes, deberán proporcionarse asistencia administrativa y técnica,

Más detalles

Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958

Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958 Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958 Artículo I 1. La presente Convención se aplicará al reconocimiento y la

Más detalles

Política Global Conflictos de Intereses

Política Global Conflictos de Intereses Política Global Conflictos de Intereses Una Pasión por Cumplir Índice 1. DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS...3 2. INTRODUCCIÓN...3 3. OBJETIVO...3 4. ALCANCE...4 5. NORMAS Y REGLAMENTOS...5 6. GUIA GENERAL...6

Más detalles

ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE SUPERVISORES DE SEGUROS

ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE SUPERVISORES DE SEGUROS Estándar de Supervisión No. 6 ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE SUPERVISORES DE SEGUROS ESTÁNDAR DE SUPERVISIÓN SOBRE EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Enero 2002 Página 2 de 8 Estándar de Información sobre el Intercambio

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

Foreign A ccount Account T a Tax C ompliance Compliance Act - FATCA

Foreign A ccount Account T a Tax C ompliance Compliance Act - FATCA Foreign Account Tax Compliance Act -FATCA L t ió b t i di iti it t d ASBANC La presentación se basa en anteriores diapositivitas presentadas por ASBANC. Este documento está elaborado con fines ilustrativos

Más detalles

Marco de Gobierno Para la Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV)

Marco de Gobierno Para la Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV) Marco de Gobierno Para la Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV) Artículo 1 Alcance La Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV) es una organización informal sin fines

Más detalles

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS ACUERDO No. 7-2003 (de 16 de octubre de 2003) LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales; y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los numerales 1

Más detalles

Iniciativa de Red Global Protegiendo y promoviendo la libertad de expresión y la privacidad en las tecnologías de información y comunicaciones

Iniciativa de Red Global Protegiendo y promoviendo la libertad de expresión y la privacidad en las tecnologías de información y comunicaciones Iniciativa de Red Global Protegiendo y promoviendo la libertad de expresión y la privacidad en las tecnologías de información y comunicaciones Marco de Gobernabilidad, Rendición de cuentas y Aprendizaje

Más detalles

ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE SUPERVISORES DE SEGUROS

ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE SUPERVISORES DE SEGUROS Principios No. 4 ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE SUPERVISORES DE SEGUROS PRINCIPIOS SOBRE LA SUPERVISIÓN DE ACTIVIDADES DE SEGUROS EN INTERNET Octubre 2000 Seguros en Internet Contenido 1. Antecedentes...

Más detalles

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones ANEXO V ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1 Definiciones Para los efectos del presente Anexo: «autoridad requerida» significa toda autoridad administrativa designada para este

Más detalles

ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA ENTRE MÉXICO Y EL REINO DE ESPAÑA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 26 DEL TEDT

ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA ENTRE MÉXICO Y EL REINO DE ESPAÑA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 26 DEL TEDT ACUERDO DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA ENTRE MÉXICO Y EL REINO DE ESPAÑA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 26 DEL TEDT 1 Acuerdo de Intercambio de Información De conformidad a lo previsto en el

Más detalles

ARTICULO 3. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

ARTICULO 3. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ley 22.509 APROBACION DE LA CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERCIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUYENDO LOS AGENTES DIPLOMATICOS, ADOPTADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE

Más detalles

Partes relacionadas: Cómo identificarlas?

Partes relacionadas: Cómo identificarlas? ANÁLISIS Y OPINIÓN Partes relacionadas: Cómo identificarlas? 82 Se da por hecho considerar que hay partes relacionadas cuando dos sociedades efectúan una operación comercial o de servicios y tienen dueños

Más detalles

La multa por no cumplir con Ley 33 equivale al 1% del monto total de las transacciones realizadas

La multa por no cumplir con Ley 33 equivale al 1% del monto total de las transacciones realizadas La multa por no cumplir con Ley 33 equivale al 1% del monto total de las transacciones realizadas El concepto de precios de transferencia surgió en Panamá con la firma de los Convenios de Doble Tributación

Más detalles

SECCIÓN II. ESTATUTO DE LA DELEGACIÓN.

SECCIÓN II. ESTATUTO DE LA DELEGACIÓN. Acuerdo entre España y la Organización de las Naciones Unidas relativo al establecimiento de una Delegación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados en Madrid 1988 El Gobierno de

Más detalles

Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006

Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006 Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006 Publicada el 28 de agosto en el Diario Oficial de la Federación En esta Cuarta Resolución, que entrará en vigor el 2 de octubre

Más detalles

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA DCI-PN-EA-01 VERSIÓN 02 Página 2 de 12 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. ROL... 3 3. PROFESIONALIDAD... 3 4. AUTORIDAD... 4 5. ORGANIZACIÓN... 4 6. INDEPENDENCIA Y OBJETIVIDAD... 5 7. ALCANCE...

Más detalles

SUNEDISON, INC. Septiembre 2013 POLÍTICA DE ANTICORRUPCIÓN EN EL EXTRANJERO

SUNEDISON, INC. Septiembre 2013 POLÍTICA DE ANTICORRUPCIÓN EN EL EXTRANJERO SUNEDISON, INC. Septiembre 2013 POLÍTICA DE ANTICORRUPCIÓN EN EL EXTRANJERO Declaración de la política. Es política de la empresa que la empresa, todas sus subsidiarias y afiliados, así como todos sus

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0600/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0600/2009 Informe 0600/2009 Se plantea en primer lugar, si el consultante, centro médico privado que mantiene un concierto con la Administración de la Comunidad autónoma para asistencia a beneficiarios de la Seguridad

Más detalles

Capítulo 14 Solución de Controversias

Capítulo 14 Solución de Controversias Artículo 140: Cooperación Capítulo 14 Solución de Controversias Las Partes procurarán en todo momento llegar a un acuerdo sobre la interpretación y aplicación de este Tratado y realizarán todos los esfuerzos,

Más detalles

CAPÍTULO 4 PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y FACILITACIÓN DE COMERCIO

CAPÍTULO 4 PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y FACILITACIÓN DE COMERCIO CAPÍTULO 4 PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y FACILITACIÓN DE COMERCIO Artículo 51: Definiciones Para efectos de este Capítulo: administración aduanera significa: para Perú, la Superintendencia Nacional de Administración

Más detalles

MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO

MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Tal y como se anunciábamos en nuestra circular del mes de noviembre, el pasado 30 de octubre de 2012 se publicó la Ley

Más detalles

Sistema de Control Interno

Sistema de Control Interno Empresas Inarco Sistema de Control Interno Auditoría Interna 2014 Objetivo del Sistema El siguiente sistema tiene como propósito establecer la metodología de trabajo a seguir en cada proceso de revisión

Más detalles

Capítulo 2 Tratamiento Contable de los Impuestos. 2.1 Normas Internacionales de Contabilidad

Capítulo 2 Tratamiento Contable de los Impuestos. 2.1 Normas Internacionales de Contabilidad Capítulo 2 Tratamiento Contable de los Impuestos 2.1 Normas Internacionales de Contabilidad Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) o International Financial Reporting Standard (IFRS) son los

Más detalles

CONVENIO RELATIVO A LA PREVENCION DE LOS ACCIDENTES DEL TRABAJO DE LA GENTE DE MAR*

CONVENIO RELATIVO A LA PREVENCION DE LOS ACCIDENTES DEL TRABAJO DE LA GENTE DE MAR* CONVENIO RELATIVO A LA PREVENCION DE LOS ACCIDENTES DEL TRABAJO DE LA GENTE DE MAR* La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo: Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración

Más detalles

NIF B-8 Estados Financieros. Consolidados o Combinados

NIF B-8 Estados Financieros. Consolidados o Combinados NIF B-8 Estados Financieros 1 Consolidados o Combinados NIF B-8 Estados financieros consolidados o combinados En el año 2008, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) promulgó la

Más detalles

Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios A.C. Cómo afecta al sector inmobiliario la Ley Anti Lavado de Dinero

Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios A.C. Cómo afecta al sector inmobiliario la Ley Anti Lavado de Dinero Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios A.C. Cómo afecta al sector inmobiliario la Ley Anti Lavado de Dinero Ley Federal En julio de 2013 entró en vigor la Ley Federal para la Prevención e Identificación

Más detalles

FATCA Y SU IMPACTO EN MÉXICO. C.P.C. Juan Manuel Franco Gallardo Socio del Área de Impuestos BDO México

FATCA Y SU IMPACTO EN MÉXICO. C.P.C. Juan Manuel Franco Gallardo Socio del Área de Impuestos BDO México FATCA Y SU IMPACTO EN MÉXICO C.P.C. Juan Manuel Franco Gallardo Socio del Área de Impuestos BDO México FATCA Antecedentes Tratados para evitar la doble tributación. Acuerdos de intercambio de información

Más detalles

Ley Nº 18.382. Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

Ley Nº 18.382. Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Ley Nº 18.382 Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados La República Oriental del URUGUAY en el marco del respeto y

Más detalles

Dirección de Compliance. Política de Gestión de Conflictos de Interés

Dirección de Compliance. Política de Gestión de Conflictos de Interés 1 Índice 1. INTRODUCCIÓN 2. DEFINICION Y TIPOS DE CONFLICTOS DE INTERES 3. AMBITO DE APLICACION 4. MEDIDAS DE PREVENCION Y GESTION DE CONFLICTOS DE INTERES 5. INFORMACION A CLIENTES 6. REGISTRO DE CONFLICTOS

Más detalles

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS

Más detalles

CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMÁTICOS

CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMÁTICOS CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMÁTICOS Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución

Más detalles

Preguntas Frecuentes sobre la Ley de Cumplimiento Tributario para Cuentas en el Extranjero (FATCA)

Preguntas Frecuentes sobre la Ley de Cumplimiento Tributario para Cuentas en el Extranjero (FATCA) FATCA Información Básica (sinopsis) 1. Qué es FATCA? FATCA es un acrónimo que se refiere a la Ley de Cumplimiento Tributaria para Cuentas en el Extranjero. La ley FATCA, que entró en vigencia a partir

Más detalles

Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios

Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios P.1 Qué es un intermediario en el área de banca privada? P.2 Qué referencias podemos encontrar sobre los intermediarios en los Principios Wolfsberg? P.3 Qué es

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 312 Viernes 26 de diciembre de 2014 Sec. I. Pág. 105463 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 13470 Acuerdo entre el Reino de España y la República de Serbia

Más detalles

ANEXO VII REFERIDO EN EL ARTICULO 2.4 (FACILITACIÓN DEL COMERCIO) RESPECTO A PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y FACILITACIÓN DEL COMERCIO

ANEXO VII REFERIDO EN EL ARTICULO 2.4 (FACILITACIÓN DEL COMERCIO) RESPECTO A PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y FACILITACIÓN DEL COMERCIO ANEXO VII REFERIDO EN EL ARTICULO 2.4 (FACILITACIÓN DEL COMERCIO) RESPECTO A PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y FACILITACIÓN DEL COMERCIO ANEXO VII REFERIDO EN EL ARTICULO 2.4 (FACILITACIÓN DEL COMERCIO) RESPECTO

Más detalles

POLITICA DE NEGOCIACION DE VALORES

POLITICA DE NEGOCIACION DE VALORES POLITICA DE NEGOCIACION DE VALORES (Adoptada por el Consejo de Administración de First Majestic Silver Corp. (la Compañía ) con efecto inmediato el 6 de marzo de 2015) DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA Los directores,

Más detalles

Capítulo Cinco. Administración Aduanera y Facilitación del Comercio

Capítulo Cinco. Administración Aduanera y Facilitación del Comercio Capítulo Cinco Administración Aduanera y Facilitación del Comercio Artículo 5.1: Publicación 1. Cada Parte publicará, incluyendo en el Internet, su legislación, regulaciones y procedimientos administrativos

Más detalles

El Internal Revenue Service (IRS) define al Tax. Los programas de fiscalización en los EUA: El OVDI III y las nuevas reglas de la FATCA

El Internal Revenue Service (IRS) define al Tax. Los programas de fiscalización en los EUA: El OVDI III y las nuevas reglas de la FATCA ANÁLISIS Y OPINIÓN Los programas de fiscalización en los EUA: El OVDI III y las nuevas reglas de la FATCA ANTECEDENTES El Internal Revenue Service (IRS) define al Tax Gap (Boquete fiscal) como la diferencia

Más detalles

ACUERDO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION TRIBUTARIA

ACUERDO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION TRIBUTARIA ACUERDO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION TRIBUTARIA Los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, deseando concertar

Más detalles

Equipos a Presión. Condiciones de Seguridad Industrial y Laboral. Marco Normativo. Calderas. Lugo, 25 de octubre de 2011 1 CAMPAÑA EUROPEA SOBRE MANTENIMIENTO SEGURO Principales Objetivos: Sensibilizar

Más detalles

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE RIESGO OPERACIONAL

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE RIESGO OPERACIONAL DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE RIESGO Julio 10, de 2012 INDICE Proceso Riesgo Operacional... 1 Objetivo General... 1 Objetivos Específicos... 1 I. Identificación del Riesgo.... 1 II. Medición y Mitigación

Más detalles

ANEXO II. Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional.

ANEXO II. Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional. ANEXO II Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional Introducción 1. El Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones

Más detalles

SENTENCING GUIDELINES FOR ORGANIZATIONS

SENTENCING GUIDELINES FOR ORGANIZATIONS APÉNDICE H EXTRACTOS DE U.S. FEDERAL SENTENCING GUIDELINES FOR ORGANIZATIONS Estas pautas de sentencia para demandados de la organización se publicaron como Capítulo 8, Sentencing of Organizations, en

Más detalles

Instructivo Servicios de Celular

Instructivo Servicios de Celular 1. Objeto Dar a conocer las políticas de manejo de la comunicación móvil en la SOCIEDAD NACIONAL DE LA CRUZ ROJA para los usuarios que por razón de su función, cargos o lineamientos de la Institución requieren

Más detalles

Condiciones de servicio de Portal Expreso RSA

Condiciones de servicio de Portal Expreso RSA Condiciones de servicio de Portal Expreso RSA Le damos la bienvenida a Portal Expreso RSA 1. Su relación con Portal Expreso RSA 1.1 El uso que el usuario haga de la información, software, servicios prestados

Más detalles

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano 2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano México D.F. 13 de junio de 2013 PREGUNTAS Y RESPUESTAS RELEVANTES DEL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN CUMPLAMOS JUNTOS DEL INSTITUTO

Más detalles

ANEXO VIII MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS. Disposiciones generales

ANEXO VIII MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS. Disposiciones generales ANEXO VIII MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS Disposiciones generales Artículo 1.- En la adopción y aplicación de sus medidas sanitarias y fitosanitarias las Partes Signatarias se regirán por lo establecido

Más detalles

Código IFPA de buenas prácticas en relaciones con la Industria Farmacéutica

Código IFPA de buenas prácticas en relaciones con la Industria Farmacéutica Código IFPA de buenas prácticas en relaciones con la Industria Farmacéutica Introducción La Federación Internacional de Asociaciones de Psoriasis (IFPA) es el órgano de representativo de sus miembros,

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA SECRETARIA, DE ESTADO DE ECONOMIA Y En relación con su consulta sobre adaptación de las normas de funcionamiento de los fondos de pensiones a las modificaciones del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA TOMAS EVANS SALAZAR MAYO DEL 2014

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA TOMAS EVANS SALAZAR MAYO DEL 2014 COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA TOMAS EVANS SALAZAR MAYO DEL 2014 Alcance La Norma Internacional de Auditoría (NIA) 220, Control de calidad para auditorías de información financiera histórica

Más detalles

Adopción SÍ NO PRÁCTICA. 1.- Del funcionamiento del Directorio.

Adopción SÍ NO PRÁCTICA. 1.- Del funcionamiento del Directorio. 1.- Del funcionamiento del Directorio. A. De la adecuada y oportuna información del Directorio, acerca de los negocios y riesgos de la sociedad, así como de sus principales políticas, controles y procedimientos.

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 238

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 238 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 16 ta Asamblea 1 ra Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 238 15 de enero de 2009 Presentado por el señor Dalmau Santiago Referido a las Comisiones

Más detalles

Máster Ingeniería del Agua. Módulo V. Construcción. Tema: MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Máster Ingeniería del Agua. Módulo V. Construcción. Tema: MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Máster Ingeniería del Agua. Módulo V. Construcción. Tema: MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Más detalles

Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA):

Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Artículo 1 El Instituto de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid, tiene por objeto organizar

Más detalles

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida Apéndice P Seguros y Riesgo por Pérdida El Gestor, bajo su exclusivo costo y de conformidad con los términos, condiciones, coberturas, sumas y/o deducibles definidos por el CETAC, deberá suscribir, contratar

Más detalles

Norma ISO 14001: 2004

Norma ISO 14001: 2004 Norma ISO 14001: 2004 Sistema de Gestión Ambiental El presente documento es la versión impresa de la página www.grupoacms.com Si desea más información sobre la Norma ISO 14001 u otras normas relacionadas

Más detalles

INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011

INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011 INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011 CONTENIDO RESUMEN EJECUTIVO... 01 OBJETIVOS Y ALCANCE... 03 1. Objetivos de la auto-evaluación. 03 2. Alcance 03 RESULTADOS...

Más detalles

FLASH INFORMATIVO CONSULTORIA FISCAL 2010-9. Anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010

FLASH INFORMATIVO CONSULTORIA FISCAL 2010-9. Anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 FLASH INFORMATIVO CONSULTORIA FISCAL 2010-9 Anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 El 3 de septiembre de 2010 se publicó en la página de Internet

Más detalles

Nuevo Reglamento de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

Nuevo Reglamento de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo Nuevo Reglamento de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo El pasado día 6 de Mayo, se publicó en el BOE, el Real Decreto 304/2014, por el que se aprueba el Reglamento

Más detalles

POLÍTICA DE PRIVACIDAD PARA APLICACIONES MÓVILES GRUPOCOPESA. 1. información que se obtiene la aplicación y su utilización

POLÍTICA DE PRIVACIDAD PARA APLICACIONES MÓVILES GRUPOCOPESA. 1. información que se obtiene la aplicación y su utilización POLÍTICA DE PRIVACIDAD PARA APLICACIONES MÓVILES GRUPOCOPESA Nuestra política de privacidad se aplica al uso de las aplicaciones informáticas de los siguientes medios de comunicación: LaTercera, LaCuarta,

Más detalles

3. Acuerdo de relación entre la Corte Penal Internacional y las Naciones Unidas *

3. Acuerdo de relación entre la Corte Penal Internacional y las Naciones Unidas * 3. Acuerdo de relación entre la Corte Penal Internacional y las Naciones Unidas * Índice Artículo Página PREÁMBULO... 100 I. DISPOSICIONES GENERALES 1. Propósito del acuerdo... 100 2. Principios... 101

Más detalles

ANEXO INFORMACION RESPECTO DE LA ADOPCION DE PRACTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO

ANEXO INFORMACION RESPECTO DE LA ADOPCION DE PRACTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO ANEO INFORMACION RESPECTO DE LA ADOPCION DE PRACTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO Práctica ADOPCION SI NO 1. Del funcionamiento del Directorio A. De la adecuada y oportuna información del directorio, acerca

Más detalles

PREGUNTAS Y REPUESTAS

PREGUNTAS Y REPUESTAS PREGUNTAS Y REPUESTAS Qué es FATCA? El Foreign Account Tax Compliance Act (FATCA, por sus siglas en inglés) o Ley De Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras, es una normativa estadounidense, incluida

Más detalles

C134 Convenio sobre la prevención de accidentes (gente de mar), 1970

C134 Convenio sobre la prevención de accidentes (gente de mar), 1970 C134 Convenio sobre la prevención de accidentes (gente de mar), 1970 Convenio relativo a la prevención de los accidentes del trabajo de la gente de mar (Nota: Fecha de entrada en vigor: 17:02:1973.) Lugar:

Más detalles

Adopción SÍ NO PRÁCTICA. 1.- Del funcionamiento del Directorio.

Adopción SÍ NO PRÁCTICA. 1.- Del funcionamiento del Directorio. 1.- Del funcionamiento del Directorio. A. De la adecuada y oportuna información del Directorio, acerca de los negocios y riesgos de la sociedad, así como de sus principales políticas, controles y procedimientos.

Más detalles

Para que la legislación modelo propuesta ofrezca mayor certidumbre y previsión, será necesario que aborde los siguientes temas:

Para que la legislación modelo propuesta ofrezca mayor certidumbre y previsión, será necesario que aborde los siguientes temas: DESCRIPCION DE LA PROPUESTA DEL CANADA SOBRE LA ELABORACION DE UNA LEGISLACION MODELO SOBRE JURISDICCION Y NORMAS SOBRE CONFLICTO DE LEYES, APLICABLES EN FORMA UNIFORME EN MATERIA DE CONTRATOS CON EL CONSUMIDOR

Más detalles

PREFIN S.A. ANTECEDENTES NORMATIVA: PERSONAS NATURALES SIN GIRO COMERCIAL

PREFIN S.A. ANTECEDENTES NORMATIVA: PERSONAS NATURALES SIN GIRO COMERCIAL ANTECEDENTES NORMATIVA: Definiciones: FATCA: Significa «Foreign Account Tax Compliance Act» y es una ley aprobada el 18 de marzo de 2010 por el Gobierno de Estados Unidos. US PERSON - PERSONA NATURAL:

Más detalles

Política Tributaria 2015

Política Tributaria 2015 Política Tributaria 2015 Preguntas Frecuentes Qué está cambiando? A partir del 1 de enero de 2015. TTS exigirá que el Formulario W-8 sea presentado por los titulares de cuentas no estadounidenses al momento

Más detalles

FACULTAD DE CONTADURIA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS FINANZAS I NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA

FACULTAD DE CONTADURIA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS FINANZAS I NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA Normas de Información Financiera Durante más de 30 años, la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos A. C. (IMCP) fue la encargada de emitir la normatividad

Más detalles

Disposición complementaria modificada en Sesión de Directorio N 967.14 del 15 de diciembre de 2014.

Disposición complementaria modificada en Sesión de Directorio N 967.14 del 15 de diciembre de 2014. Normas Complementarias Artículo 21 Disposición complementaria modificada en Sesión de Directorio N 967.14 del 15 de diciembre de 2014. VENTAS DESCUBIERTAS AL CONTADO CON ACCIONES Y VALORES REPRESENTATIVOS

Más detalles

SECCIÓN CORTES GENERALES

SECCIÓN CORTES GENERALES BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES X LEGISLATURA Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS 17 de enero de 2014 Núm. 241 Pág. 1 Autorización de Tratados y Convenios Internacionales 110/000114 (CD) Convenio

Más detalles

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010)

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Santiago de Chile, julio 2014 Este documento contiene una serie de consultas y respuestas relacionadas con el proceso de implementación de la

Más detalles

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS)

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) RESPECTO A ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO

Más detalles