Lección 10 Funcionarios Públicos.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Lección 10 Funcionarios Públicos."

Transcripción

1 Lección 10 Funcionarios Públicos. Índice 1. Introducción. 2. Ordenación de la función pública española. 3. La relación de servicio de los funcionarios públicos. 4. Derechos de los funcionarios públicos. 5. Deberes de los funcionarios públicos. I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 1

2 LECCIÓN 10 FUNCIONARIOS PÚBLICOS. 1. INTRODUCCIÓN. Las Administraciones Públicas pueden ser consideradas, en general, como una gran empresa, para cuyo funcionamiento precisa de los oportunos Recursos Humanos. En general, a los trabajadores de la Administración Pública se les denomina funcionarios públicos que son los que desarrollan la función pública. La actividad de los funcionarios, dado el carácter público de la función que desempeñan, tiene que estar sometida a la ley. Así pues, la Ley de Funcionarios Civiles del Estado define a los funcionarios como las personas incorporadas a la misma por una relación de servicios profesionales y retribuidos, regulada por el Derecho Administrativo. No obstante lo dicho hasta aquí, del total de Recursos Humanos con que cuentan las Administraciones Públicas, no todos entran dentro de la definición de funcionario. El total de los empleados públicos (que es así como se denomina a toda persona que trabaja para la Administración Pública), se distribuye en dos grandes bloques en función del régimen jurídico que les es de aplicación: régimen estatutario y régimen laboral. Régimen estatutario/personal funcionario: El personal funcionario está sometido al denominado régimen estatutario, esto es, a normas de derecho público que delimitan sus derechos y obligaciones. No les es de aplicación pues, el mismo régimen jurídico que a cualquier trabajador de la empresa privada. Régimen laboral/personal laboral: Es todo aquel trabajador al servicio de la Administración contratado por ésta con dicho carácter de acuerdo con la legislación laboral. A este personal le es de aplicación el régimen laboral general, al igual que a cualquier otro trabajador de la empresa privada. 2. ORDENACIÓN DE LA FUNCIÓN PÚLBICA ESPAÑOLA. Concepto de funcionario público A la Administración Pública le sirven infinidad de personas, pero no todas ellas tienen la condición de funcionarios públicos. Entre las muchas que sirven a la Administración, las hay que prestan sus servicios en virtud de una relación política, pudiéndose distinguir a este respecto entre los denominados Altos Cargos y el Personal Eventual. Los primeros son los miembros del Gobierno y Secretarios de Estado y todos aquellos titulares de puestos de libre designación que impliquen especial confianza o responsabilidad, incluidos, asimismo los altos cargos de las Comunidades Autónomas. El Personal eventual, por su parte, solo desarrollará funciones expresamente calificadas de confianza o asesoramiento especial y su nombramiento y cese, que serán libres, corresponden exclusivamente a los Ministros y a los Secretarios de Estado, y, en su caso, a los Consejeros de Gobierno de las Comunidades Autónomas y al los Presidentes de las Corporaciones Locales. El personal eventual cesará automáticamente cuando cese I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 2

3 la autoridad a la que preste su función de confianza o asesoramiento. En ninguno de estos dos supuestos estamos ante funcionarios públicos. Por otro lado, también existe un buen número de personas que prestan sus servicios a la Administración a través de un contrato laboral, estando sometido su status profesional al Derecho del Trabajo (Estatuto de los Trabajadores), y no al Derecho Administrativo (Función Pública). Tales personas tampoco son funcionarios públicos, aunque sus funciones puedan eventualmente ser las mismas que las que realizan algunos funcionarios. Por último, la Ley de Funcionarios Civiles del Estado establece que "Los funcionarios de la Administración pública son las personas incorporadas a la misma por una relación de servicios profesionales y retribuidos, regulada por el Derecho Administrativo". El funcionario se encuentra en una situación de naturaleza legal y reglamentaria o estatutaria cuyas notas características se centra en que los derechos y deberes del funcionario son los establecidos en las leyes y reglamentos que regulan la función pública, subsistiendo tales derechos y deberes en tanto no se modifiquen las normas que los establecen. El nombramiento del funcionario constituye un acto administrativo unilateral, sometido a la condición de su aceptación por el destinatario, lo que se efectuará a través de la toma de posesión. Radicalmente distinto por tanto del contrato laboral, en el que las partes, empresario y trabajador, prestan su consentimiento como acuerdo bilateral que da origen a la relación jurídica laboral. Clases de funcionarios públicos Los funcionarios públicos se pueden clasificar atendiendo a tres criterios distintos: En base a la permanencia o no del funcionario en su relación de servicios con la Administración. Se clasifican en dos categorías FUNCIONARIOS DE CARRERA: Que son aquellos que, en virtud de un nombramiento legal, sirven a la Administración ocupando una plaza de plantilla de forma permanente y percibiendo las retribuciones básicas y complementarias que le corresponden según la citada relación FUNCIONARIOS DE EMPLEO: Que son aquellos que ocasional y transitoriamente sirven a la Administración, ocupando una plaza de plantilla en tanto está vacante y se celebran las pruebas de selección correspondientes para cubrirla en propiedad. Estos funcionarios deberán reunir los requisitos generales de titulación y demás condiciones exigidas para participar en las pruebas de acceso a las plazas que ocupan. Se denominan Funcionarios Interinos. I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 3

4 En base a la pertenencia del funcionario a Cuerpos Generales o Especiales. Se clasifican en dos categorías FUNCIONARIOS DE CUERPOS GENERALES: Los Cuerpos Generales están constituidos por funcionarios a los que corresponde el desempeño de las funciones comunes al ejercicio de la actividad administrativa. Los Cuerpos Generales son los siguientes: Cuerpo Superior de Administradores Civiles. Cuerpo de la Administración Civil (Gestión). Cuerpo Administrativo. Cuerpo Auxiliar. Cuerpo Subalterno. FUNCIONARIOS DE CUERPOS ESPECIALES: Los Cuerpos Especiales están constituidos por funcionarios que ejercen actividades que constituyen el objeto peculiar de una carrera o profesión. Son Cuerpos Especiales, a modo de ejemplo: Diplomáticos. Archiveros. Bibliotecarios. Ingenieros aeronáuticos. Ingenieros de caminos, minas, etc. Profesores. Inspectores de Trabajo. Etc. De acuerdo con la diferente titulación exigida para el acceso a la función pública. Los funcionarios al servicio de TODAS las Administraciones Públicas se clasifican en alguno de los siguientes grupos, atendiendo a la titulación exigida para su ingreso en los Cuerpos o Escalas a que pertenezcan. Grupo A: Titulo de Doctor, licenciado o equivalente. Grupo B: Título de Diplomado o equivalente. Grupo C: Titulo de Bachiller o equivalente. Grupo D: Título de Graduado escolar o equivalente. Grupo E: Título de Escolaridad. I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 4

5 EMPLEADOS PÚBLICOS FUNCIONARIOS LABORALES Personal Eventual De Carrera De Empleo Interinos Estructura y programación de la Función Pública Plantillas de personal: La Ley (LMRFP) establece que las plantillas de los diferentes Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado, así como las del personal laboral, serán las que resulten de los créditos establecidos en la Ley de Presupuestos del Estado, señalando que las Comunidades Autónomas y las Administraciones Locales deberán fijar anualmente en sus respectivos Presupuestos las plantillas de todo su personal. Relaciones de puestos de trabajo: Todas las Administraciones Públicas deben tener aprobadas las relaciones de puestos de trabajo existentes en cada una de ellas. Tales relaciones deberán precisar para cada puesto de trabajo "su denominación y características esenciales, las retribuciones complementarias que tengan asignadas y los requisitos exigidos para su desempeño". Una vez aprobadas las relaciones de puestos de trabajo, serán públicas. Estas relaciones servirán para determinar las plazas que estando vacantes podrán ser objeto de provisión entre funcionarios o de acceso a la función pública. Oferta Pública de Empleo: Regulada también por la LMRFP, dicha oferta deberá necesariamente contener todas las plazas dotadas presupuestariamente que se hallen vacantes. La aprobación anual de la oferta de empleo público en la Administración del Estado compete al Gobierno, a propuesta del Ministerio para las Administraciones Públicas, tras la aprobación de la Ley de Presupuestos. Una vez publicada, las convocatorias de pruebas selectivas deberán efectuarse dentro del primer trimestre del año natural y estar concluidas antes del primero de Octubre del mismo año. La ley prohíbe que puedan resultar en dichas convocatorias más aprobados que plazas convocadas. En la Comunidad Autónoma de Andalucía, la oferta de empleo público está regulada en la Ley de Ordenación. En la Administración Local habrá de estarse a lo dispuesto en el R.D. que establece los criterios de coordinación de la oferta de empleo público de las Corporaciones Locales. Registros de personal: En todas las Administraciones Públicas existirá un Registro de Personal, con unos contenidos mínimos homogéneos aprobados por el Gobierno. Todos los Registros de personal estarán coordinados entre sí. En ellos se anotarán todos I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 5

6 aquellos actos que afecten a la vida administrativa del funcionario, sin que puedan referirse a datos relativos a su raza, religión u opinión. Los funcionarios son titulares de un derecho de acceso a su expediente individual. 3. LA RELACIÓN DE SERVICIO DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS. Adquisición de la condición de funcionario La condición de funcionario público solamente se adquiere por la superación de las pruebas de selección de personal y posterior nombramiento y toma de posesión; sólo a partir de la toma de posesión se es funcionario y en consecuencia surge la relación de servicio con la Administración. Vemos en el siguiente cuadro el proceso para la adquisición de la condición de funcionario: a) Ser español. b) Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad que se establezca para cada Cuerpo. c) Estar en posesión del título requerido o estar en disposición de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las C.C.A.A., o a las entidades locales ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Las Administraciones Públicas seleccionarán su personal, ya sea funcionario ya laboral, de acuerdo con su oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición o concursooposición libre en los que se garanticen en todo caso los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad. La oferta de empleo público deberá contener todas las plazas dotadas y que se hallan vacantes. La publicación de la oferta obliga a los órganos competentes a proceder cada año a la convocatoria de las pruebas selectivas de acceso para las plazas vacantes comprometidas en la misma. El procedimiento de selección de personal ha de transcurrir por el siguiente itinerario: FASE DE SELECCIÓN Convocatoria pública: Las convocatorias juntamente con sus bases deberán publicarse en los boletines oficiales de las correspondientes Administraciones Públicas (B.O.E., B.O.J.A., B.O.P.). Sistemas de Selección: Los procedimientos de selección cuidarán especialmente la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación a los puestos de trabajo que se hayan de desempeñar. En tal sentido se distinguen los siguientes sistemas: a) Oposición: Celebración de una o más pruebas de capacidad para determinar la aptitud de los aspirantes y fijar el orden de prelación de los mismos en la selección. b) Concurso: Consiste exclusivamente en la calificación de los méritos de los aspirantes y la prelación de los mismos en la selección. c) Concurso-Oposición: Que consiste en la sucesiva celebración como parte del procedimiento de selección de los sistemas anteriores. Actuación de las Comisiones o Tribunales: Concluida la calificación de los aspirantes, se hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar aquélla el número de plazas convocadas, y se procederá a elevar dicha relación a la autoridad competente. Periodo de prácticas o Curso selectivo, en su caso: Para la selección de funcionarios de determinados Cuerpos, exigen a veces las Convocatorias la superación asimismo de un periodo de prácticas o un Curso selectivo, como requisito sine qua non para el nombramiento de los aspirantes como funcionarios de carrera. Durante este periodo los candidatos aprobados en las pruebas selectivas son nombrados funcionarios en prácticas. De no superar el correspondiente periodo de prácticas en los términos de la Convocatoria, perderán todos sus derechos al nombramiento de funcionarios de carrera. I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 6

7 FASE DE NOMBRAMIENTO Concluido el proceso selectivo y finalizado, en su caso, el periodo de prácticas o el Curso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera hasta el límite de las plazas anunciadas, previa presentación ante la Administración correspondiente y dentro del plazo indicado en la Convocatoria, de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la respectiva Convocatoria. Quienes no puedan ser nombrados funcionarios de carrera por falta de vacante presupuestaria, quedarán en situación de expectativa de nombramiento y serán nombrados funcionarios de carrera con ocasión de vacantes. Es un requisito legal de obligada observancia para que se constituya válidamente la relación funcionarial y se adquiera la condición de funcionario. La toma de posesión se ha de efectuar dentro del plazo reglamentario a contar desde la publicación del nombramiento. En el acto de toma de posesión y como requisito, el candidato ha de prestar juramento o promesa en la forma legalmente establecida. FASE DE TOMA DE POSESIÓN La falta de toma de posesión dentro del plazo reglamentario, salvo cuando medien causas de fuerza mayor debidamente justificadas, equivale a una renuncia tácita y al cumplimiento de la condición resolutoria del acto de nombramiento, con la pérdida de todos los derechos por parte del candidato. Por el contrario, la fecha de toma de posesión es de gran interés; a partir de ella se entiende constituida la relación de servicio y plenamente adquirida la condición de funcionario. El conjunto de tiempo a efectos de trienios, derechos pasivos, consolidación del grado correspondiente, etc., se hace depender de la fecha de toma de posesión del funcionario. En consecuencia, y como hemos podido comprobar en los cuadros explicativos anteriores, la condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos: a) Superar las pruebas de selección y, en su caso, el curso selectivo o periodo de prácticas preceptivo. b) Nombramiento conferido por la autoridad competente. c) Prestar juramento o promesa en la forma legalmente establecida. d) Tomar posesión dentro del plazo señalado reglamentariamente. Pérdida de la condición de funcionario La condición de funcionario de carrera se pierde en virtud de alguna de las causas que se señalan en el siguiente cuadro: I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 7

8 Renuncia Pérdida de la nacionalidad española Sanción disciplinaria de separación del servicio Pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público La pérdida de la condición de funcionario por renuncia expresa no inhabilita para un nuevo ingreso en la función pública. En caso de recuperación de la nacionalidad española se podrá solicitar la rehabilitación de la cualidad de funcionario. La pérdida de la condición de funcionario por separación o por condena judicial a la pena de inhabilitación para cargo público, tiene carácter definitivo, sin perjuicio de los supuestos de rehabilitación que contempla el ordenamiento jurídico. La relación funcionarial cesa durante el tiempo de cumplimiento de la sanción o de la pena de suspensión de cargo público; durante ese periodo el funcionario queda privado de todos los derechos inherentes a su condición. Por jubilación forzosa o voluntaria La jubilación forzosa se declarará de oficio al cumplir el funcionario los sesenta y cinco años de edad. Situaciones de los funcionarios públicos Los funcionarios de carrera pueden hallarse en alguna de las siguientes situaciones administrativas: a) Servicio activo. b) Servicios especiales. c) Servicio en Comunidades Autónomas. d) Excedencia (forzosa o voluntaria). e) Suspensión de funciones. a) Servicio activo: La situación de servicio activo es la situación normal del funcionario y en la que éste goza de todas las prerrogativas y derechos, estando al propio tiempo sometido a todas las obligaciones y responsabilidades de su status. Es una situación en la que la relación orgánica y de servicio del funcionario se desenvuelven en plenitud; las demás situaciones administrativas no son sino alteraciones o modificaciones, por razones diversas, de la situación de servicio activo. El disfrute de licencias o permisos reglamentarios no altera la situación de servicio activo. Como una variedad de la situación de servicio activo, se regula la Comisión de servicios, en la que el funcionario en casos excepcionales y con reserva del puesto de trabajo pasa a desempeñar temporalmente puestos o funciones distintas de las específicas del puesto de trabajo a que se halla adscrito. I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 8

9 La Comisión de Servicios podrá acordarse y ser desempeñada voluntariamente, aunque existe un caso con carácter forzoso por urgente e inaplazable necesidad. b) Servicios especiales: Los funcionarios públicos de carrera pasarán a la situación de servicios especiales por los siguientes motivos: Prestación de servicios en Organismos Internacionales. Desempeño de cargos políticos. Desempeño de cargos al servicio de Órganos Constitucionales. Desempeño de cargos en las Organizaciones Sindicales más representativas. c) Servicios en Comunidades Autónomas: Los funcionarios transferidos a las Comunidades Autónomas y los funcionarios de la Administración del Estado que, mediante los sistemas de concurso o de libre designación, pasan a ocupar puestos de trabajo en las Comunidades Autónomas, se integran plenamente en la organización de la Función Pública de las mismas. Son funcionarios en situación administrativa de servicio activo en la Función Pública de la Comunidad Autónoma en la que se integran, pero conservan respecto de sus Cuerpos o Escalas de origen la condición de funcionarios de la Administración del Estado en situación de Servicio en Comunidades Autónomas, lo que les permite mantener respecto de aquellos todos sus derechos, como si se hallaran en servicio activo. d) Excedencia forzosa: La excedencia forzosa se produce en los siguientes casos: Cuando en virtud de norma de rango legal se lleva a cabo una reducción de puestos de trabajo que supongan el cese obligado en el servicio activo de los funcionarios afectados por la misma. Cuando el funcionario que hubiese perdido su puesto de trabajo como consecuencia de una pena o sanción de suspensión firme, solicite el reingreso una vez transcurrido el tiempo de privación del ejercicio de sus funciones y derechos, y no fuera posible concedérsela por falta de puesto vacante con dotación presupuestaria. Cuando, un a vez concluido el periodo de excedencia voluntaria concedida para atender el cuidado de hijos, el funcionario solicite el reingreso y no lo pueda obtener por falta de puesto vacante con dotación presupuestaria. Los excedentes forzosos deberán participar en todos los concursos que se convoquen, solicitando los puestos de trabajo que les puedan corresponder. Si no lo hiciesen serán declarados en situación de excedencia voluntaria por interés particular. Los excedentes forzosos tienen derecho a la percepción del sueldo, trienios y pagas extraordinarias, así como al cómputo del tiempo en dicha situación a efectos pasivos y de trienios. Asimismo, gozan del derecho preferente a obtener, por una sola vez, destino en la localidad donde servían cuando se produjo su cese en el servicio activo. e) Excedencia voluntaria: La situación de excedencia voluntaria será declarada en los siguientes supuestos: I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 9

10 Cuando los funcionarios se encuentren en servicio activo en otro Cuerpo o Escala de cualquiera de las Administraciones Públicas salvo que hubieran obtenido la oportuna compatibilidad o pasen a prestar servicios en Organismos o Entidades del sector público y no les corresponda quedar en las situaciones de Servicio activo o Servicios especiales. Para atender el cuidado de hijos a contar desde el nacimiento de éste. También existirá idéntico derecho para los supuestos de adopción conforme a la Ley. Por interés particular de los funcionarios que lo soliciten, siempre que hayan completado tres años de servicio efectivo desde que se accedió al Cuerpo o Escala o desde su reingreso al servicio activo. En esta situación no se podrá permanecer más de diez años continuados ni menos de dos. f) Suspensión de funciones: El funcionario declarado en la situación de suspensión quedará privado temporalmente del ejercicio de sus funciones y parcialmente, de los derechos inherentes a su condición de funcionario. La suspensión de funcionarios podrá ser provisional o firme. La suspensión provisional podrá acordarse previamente durante la tramitación de un procedimiento judicial o disciplinario. El suspenso provisional tendrá derecho a percibir el 75 % de su sueldo, trienios y pagas extraordinarias así como la totalidad de la ayuda familiar, excepto en caso de paralización del procedimiento imputable al interesado, que comportará la pérdida de toda retribución mientras se mantenga dicha paralización. La suspensión tendrá carácter firme cuando se imponga en virtud de condena criminal o sanción disciplinaria. La condena y la sanción determinarán la pérdida del puesto de trabajo excepto cuando la suspensión firme no exceda del periodo durante el que funcionario en suspensión provisional. Sistema de promoción profesional Se configura como el derecho de todo funcionario a consolidar el grado personal que le corresponda por el desempeño de puestos de trabajo de un determinado nivel durante dos años continuados o tres con interrupción, así como por la adquisición directa de un grado superior mediante la superación de cursos de formación u otros requisitos objetivos establecidos al efecto. Para ello todos los puestos de trabajo se clasifican en 30 niveles, determinándose de entre ellos los intervalos que correspondan cada uno de los distintos Grupos de titulación en que se clasifican los diferentes Cuerpos o Escalas de Funcionario. Así, en la Administración del Estado, los grados que pueden consolidar los funcionarios, en atención al grupo en que se encuentra clasificado su Cuerpo Escala, serán los correspondientes a los niveles incluidos en los intervalos que se describen en las siguientes tablas: I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 10

11 Grupos de titulación en que se clasifican los Cuerpos o Escalas A Título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente. B Título de ingeniero técnico, diplomado universitario, formación profesional de tercer grado o equivalente. C Título de bachiller, formación profesional de 2º grado o equivalente. D Título de graduado escolar, F.P. 1er. grado o equivalente. E Certificado de escolaridad. Grados que pueden consolidar los funcionarios en la Admón. del Estado Cuerpos o Escalas Nivel mínimo Nivel máximo GRUPO A GRUPO B GRUPO C GRUPO D 9 18 GRUPO E 7 14 Por su parte, la Junta de Andalucía, regula los niveles correspondientes a los distintos Grupos de titulación de sus respectivos funcionarios en el Decreto 2/2002 de 9 de Enero por el que se establece el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Junta de Andalucía. Los intervalos que establece la Norma Andaluza para sus funcionarios don los siguientes: Grados que pueden consolidar los funcionarios en la Junta de Andalucía Cuerpos o Escalas Nivel mínimo Nivel máximo GRUPO A GRUPO B GRUPO C GRUPO D GRUPO E El desempeño por el funcionario de uno o más puestos de trabajo del mismo nivel durante dos años continuados o durante tres con interrupción, le atribuye un grado personal que le viene a garantizar un determinado nivel de puesto de trabajo, comportando ello el derecho a percibir como mínimo el complemento de destino de los puestos del nivel correspondiente consolidado. En ningún caso podrá consolidarse un grado personal superior al nivel máximo que corresponda al funcionario en razón del Grupo a que pertenezca. Por el contrario, la ocupación de un puesto de trabajo determinado no constituye un derecho adquirido para los funcionarios. I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 11

12 La adquisición de los grados superiores de los funcionarios de los Cuerpos y Escalas de cada grupo podrá realizarse también mediante la superación de los cursos de formación u otros requisitos objetivos, que se determinen por el gobierno de las Comunidades Autónomas y el Pleno de las Corporaciones Locales. 4. DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS. Por derechos de los funcionarios hemos de entender las facultades del funcionario de querer y obrar reconocidas en el ordenamiento jurídico. Estos derechos se pueden clasificar de la siguiente manera: ECONÓMICOS DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS NO ECONÓMICOS SINDICALES SOCIALES DERECHOS Retribuciones Básicas Retribuciones Complementarias I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 12

13 ECONÓMICOS Sueldo: Corresponde al índice de proporcionalidad asignado a cada uno de los Grupos en que se organizan los Cuerpos y Escalas, esto es, a cada uno de los cinco Grupos que hemos estudiado más arriba. Trienios: Los trienios consisten en una cantidad igual para cada Grupo de los referidos, por cada tres años de servicio en el Cuerpo o Escala. Pagas Extraordinarias: Las pagas extraordinarias serán dos al año por un importe mínimo, cada una de ellas, de una mensualidad del sueldo y trienios y se devengarán los meses de junio y diciembre. Complemento de Destino: Correspondiente al nivel del puesto que se desempeñe. Complemento Específico: Destinado a retribuir las condiciones particulares de algunos puestos de trabajo en atención a su especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad, etc. Complemento de productividad: Destinado a retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que el funcionario desempeñe su trabajo. Gratificaciones por servicios extraordinarios: Fuera de la jornada normal, que en ningún caso podrán ser fijas en su cuantía y periódicas en su devengo. Derechos Derecho al cargo: Significa el derecho de permanencia en la función pública y, siempre que el servicio lo permita, la inmovilidad en la residencia, salvo sanción impuesta por falta muy grave. DERECHOS NO ECONÓMICOS Derecho a la promoción profesional: El funcionario tiene derecho a participar en pruebas de promoción interna para el ascenso desde Cuerpos o Escalas de un Grupo a otro inmediato superior, siempre que se tenga una antigüedad de, al menos dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezca y los demás requisitos que, con carácter general, se establezcan. También existe el derecho a la consolidación de un grado personal por el desempeño de uno o mas puestos del nivel correspondiente durante dos años continuados, o tres con interrupción. Derecho a vacaciones, licencias y permisos: Vacaciones: El funcionario tiene derecho al disfrute de 30 días de vacaciones anuales retribuidas. Licencias: El funcionario tiene derecho a disfrutar de licencias por enfermedad, por estudios sobre materias relacionadas con la función pública, por asuntos propios, etc. Permisos: El funcionario, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a retribución, por nacimiento de un hijo o muerte o enfermedad grave de un familiar, traslado de domicilio, exámenes finales, etc. DERECHOS SINDICALES Derechos I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 13

14 Derecho a la libre sindicación: Este derecho está reconocido en el artículo 28.1 de la Constitución Española y se regula, al igual que para los demás trabajadores, en la Ley Orgánica de Libertad Sindical, que reconoce el derecho del funcionario a fundar sindicatos y afiliarse al de su libre elección. Derecho a la huelga: Este derecho está igualmente reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución. Durante la huelga el funcionario no tendrá derecho a percibir las retribuciones correspondientes al periodo en que haya permanecido en esta situación. Sin embargo, estará sujeto a las garantías necesarias para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales. Derecho de participación y representación: El artículo de la Constitución Española remite a una ley posterior que regulará las características del ejercicio del derecho de sindicación. Esta ley es la 9/87, donde se regulan las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Prestaciones Básicas Prestaciones Complementarias DERECHOS SOCIALES Asistencia sanitaria. Subsidio temporal de incapacidad transitoria. Prestaciones recuperadoras por incapacidad permanente. Prestaciones para la remuneración de la persona encargada de la asistencia del gran inválido. Indemnizaciones por lesiones, mutilaciones o deformaciones causadas por enfermedad profesional o en acto de servicio como consecuencia de él. Servicios Sociales. Asistencia social. Pensión complementaria de jubilación. Subsidio de viudedad. Orfandad. Pensiones o subsidios a favor de familiares. Cualesquiera otras prestaciones que pudieran acordarse. 5. DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS. DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS Los funcionarios en servicio activo están obligados moralmente a: DEBERES DE CARÁCTER MORAL Guardar secreto de los asuntos que conozcan por razón de su cargo. Desempeñar fielmente la función o cargo. I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 14

15 Los funcionarios tienen los siguientes deberes de carácter profesional: DEBERES DE CARÁCTER PROFESIONAL Deber de asistencia puntual y permanencia en el puesto de trabajo. Deber de residencia: Deberán residir en el término municipal donde prestan sus servicios, pudiendo residir en cualquier otro lugar siempre que lo permita el estricto cumplimiento del horario de trabajo. Deber de colaboración leal con jefes y compañeros. Deber de respeto y obediencia a los superiores jerárquicos, salvo en el caso de ilegalidad manifiesta de sus órdenes. Cooperación para el mejoramiento de los servicios y para la consecución de los fines de la unidad administrativa en que s encuentren destinados. Trato con corrección al público y a los funcionarios subordinados. Sometimiento al Reglamento de Incompatibilidades. Se consideran deberes de carácter político los siguientes: DEBERES DE CARÁCTER POLÍTICO Deber de fidelidad a la Constitución Española. Deber de neutralidad política. Deber de abstenerse de toda actuación discriminatoria por razón de raza, sexo, religión etc. Deber de respeto al ejercicio por los particulares de sus libertades públicas y derechos sindicales. I.E.S. Heliópolis -Sevilla- Lección 10 15

LOS FUNCIONARIOS : LA LEY DE LA FUNCION PUBLICA

LOS FUNCIONARIOS : LA LEY DE LA FUNCION PUBLICA LOS FUNCIONARIOS : LA LEY DE LA FUNCION PUBLICA LEY 30/1984, de 2 de agosto para la REFORMA DE LA Función Pública. Supone el desarrollo del art. 149..1.18 de la Constitución y afecta a todos los funcionarios

Más detalles

QUIÉN EMPLEA? 1. Administración General del Estado 2. Administración Autonómica Estatutos 3. Administración Local 4. Administración Institucional

QUIÉN EMPLEA? 1. Administración General del Estado 2. Administración Autonómica Estatutos 3. Administración Local 4. Administración Institucional QUIÉN EMPLEA? 1. Administración General del Estado La Administración General del Estado integra el conjunto de órganos administrativos que ejercen sobre todo el territorio nacional las competencias que

Más detalles

Fecha: 06/10/04. Tema 7: Perdida de la condición de funcionario. Autor: Andrés Morey Juan

Fecha: 06/10/04. Tema 7: Perdida de la condición de funcionario. Autor: Andrés Morey Juan Fecha: 06/10/04 Tema 7: Perdida de la condición de funcionario. Autor: Tema VII Pérdida de la condición de funcionario. 7.1 Régimen disciplinario. 7.2 Pérdida de la condición de funcionario. Página 1 1

Más detalles

Como cuestiones de carácter general se hace preciso dejar constancia de los siguientes extremos:

Como cuestiones de carácter general se hace preciso dejar constancia de los siguientes extremos: GESTION DE LAS SITUACIONES ADMINISTRATIVAS EN EL PERSONAL ESTATUTARIO APROBADO POR RESOLUCIÓN DE FECHA 21/05/04 (R. 410/04 ) DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL Y DESARROLLO PROFESIONAL Como cuestiones

Más detalles

PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES DE FUNCIONARIOS

PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES DE FUNCIONARIOS Federación de Servicios y Administraciones Públicas de Ciudad Real Alarcos, 24, 6ª planta. 13002 Ciudad Real Tfno: 926 210173 Móvil: 659 925154 Fax: 926 213289 www.ccoofsapciudadreal.es PERMISOS, LICENCIAS

Más detalles

2 Plazas de Licenciado en Derecho para cubrir el puesto de letrado de la Sección Jurídica

2 Plazas de Licenciado en Derecho para cubrir el puesto de letrado de la Sección Jurídica 2 Plazas de Licenciado en Derecho para cubrir el puesto de letrado de la Sección Jurídica BASES DE LA CONVOCATORIA QUE REGIRAN EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR, MEDIANTE CONTRATACION TEMPORAL, UNA PLAZA

Más detalles

1.-ASPECTOS A DESTACAR DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2013

1.-ASPECTOS A DESTACAR DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2013 1.-ASPECTOS A DESTACAR DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2013 1.1 OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO Se fija una tasa de reposición de efectivos como límite del 10% en las Administraciones públicas

Más detalles

Oposiciones UNIVERSIDAD DE GRANADA Escala AUXILIAR ADMINISTRATIVA. Abierto Plazo de Matrícula Grupos reducidos. Inicio el próximo día 3 de abril.

Oposiciones UNIVERSIDAD DE GRANADA Escala AUXILIAR ADMINISTRATIVA. Abierto Plazo de Matrícula Grupos reducidos. Inicio el próximo día 3 de abril. Oposiciones UNIVERSIDAD DE GRANADA Escala AUXILIAR ADMINISTRATIVA Abierto Plazo de Matrícula Grupos reducidos. Inicio el próximo día 3 de abril. Horario: Miércoles clase de Informática: 17:00h a 20:00h

Más detalles

BASES QUE HAN DE REGIR EN EL CONCURSO - OPOSICION LIBRE A CONVOCAR PARA PROVISIÓN TEMPORAL UNA PLAZA DE OPERARIO DE PUNTO LIMPIO

BASES QUE HAN DE REGIR EN EL CONCURSO - OPOSICION LIBRE A CONVOCAR PARA PROVISIÓN TEMPORAL UNA PLAZA DE OPERARIO DE PUNTO LIMPIO BASES QUE HAN DE REGIR EN EL CONCURSO - OPOSICION LIBRE A CONVOCAR PARA PROVISIÓN TEMPORAL UNA PLAZA DE OPERARIO DE PUNTO LIMPIO 1 º OBJETO Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante

Más detalles

Situaciones administrativas de los funcionarios

Situaciones administrativas de los funcionarios Situaciones administrativas de los funcionarios 15 En esta Unidad aprenderás a: 1. Diferenciar las distintas situaciones administrativas en las que se pueden encontrar los funcionarios. 2. Analizar los

Más detalles

RECURSOS HUMANS Exp... SG2215CP0054

RECURSOS HUMANS Exp... SG2215CP0054 BASES DEL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL DE TÉCNICOS SUPERIORES DEL AYUNTAMIENTO DE MAHÓN PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Es objeto de esta

Más detalles

BOLSA DE EMPLEO ÁREA 6 FISIOTERAPIA, AUXILIAR DE ENFERMERÍA E HIGIENISTA DENTAL

BOLSA DE EMPLEO ÁREA 6 FISIOTERAPIA, AUXILIAR DE ENFERMERÍA E HIGIENISTA DENTAL BOLSA DE EMPLEO ÁREA 6 FISIOTERAPIA, AUXILIAR DE ENFERMERÍA E HIGIENISTA DENTAL 1. Objetivo: Creación una bolsa de contratación de personal eventual o interino de las categorías de fisioterapia, auxiliar

Más detalles

LAS CONSEJERIAS DE EDUCACIÓN: FUNCIONES DESEMPEÑADAS

LAS CONSEJERIAS DE EDUCACIÓN: FUNCIONES DESEMPEÑADAS ACCIÓN EDUCATIVA EN EL EXTERIOR LAS CONSEJERIAS DE EDUCACIÓN: FUNCIONES DESEMPEÑADAS El Ministerio de Educación y Ciencia de España está presente en 17 países a través de las Consejerías de Educación en

Más detalles

BASES PARA LA FORMACIÓN DE BOLSA DE EMPLEO PARA NOMBRAMIENTOS COMO FUNCIONARIO INTERINO DE TÉCNICOS DE DEPORTES PARA CUBRIR NECESIDADES TEMPORALES

BASES PARA LA FORMACIÓN DE BOLSA DE EMPLEO PARA NOMBRAMIENTOS COMO FUNCIONARIO INTERINO DE TÉCNICOS DE DEPORTES PARA CUBRIR NECESIDADES TEMPORALES BASES PARA LA FORMACIÓN DE BOLSA DE EMPLEO PARA NOMBRAMIENTOS COMO FUNCIONARIO INTERINO DE TÉCNICOS DE DEPORTES PARA CUBRIR NECESIDADES TEMPORALES 1.- OBJETO Es objeto de las presentes bases la regulación

Más detalles

Estado de los Recursos Humanos en la UNED.

Estado de los Recursos Humanos en la UNED. Estado de los Recursos Humanos en la UNED. Estado de los Recursos Humanos en la UNED.... 1 RPT... 1 Provisión y Promoción... 2 Provisión...2 Promoción... 2 Formación... 3 Comisión gestora para la implantación

Más detalles

LA SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL DEL MAGISTERIO DE EMPLEO Y CONTRATADO * 1. INTRODUCCIÓN

LA SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL DEL MAGISTERIO DE EMPLEO Y CONTRATADO * 1. INTRODUCCIÓN NOTAS LA SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL DEL MAGISTERIO DE EMPLEO Y CONTRATADO * 35.088.36(46) Por MANUEL LÓPEZ RODRÍGUEZ Sumario: 1. Introducción. 2. Maestros interinos y Maestros sustitutos. 3. Configuración,

Más detalles

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y GESTIÓN DE LISTAS DE ESPERA Y BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA CAPITULO I NORMAS GENERALES

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y GESTIÓN DE LISTAS DE ESPERA Y BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA CAPITULO I NORMAS GENERALES NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y GESTIÓN DE LISTAS DE ESPERA Y BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA Artículo 1.- Objeto CAPITULO I NORMAS GENERALES Las presentes normas tienen por

Más detalles

PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS

PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS AUTORES: GRUPO DE INVESTIGACIÓN EN PENSIONES Y PROTECCIÓN SOCIAL: E. DEVESA, M. DEVESA, I. DOMÍNGUEZ,

Más detalles

NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DE DEBAGOIENEKO MANKOMUNITATEA

NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DE DEBAGOIENEKO MANKOMUNITATEA NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DE DEBAGOIENEKO MANKOMUNITATEA El artículo 33 de la Ley 6/89 de la Función Pública Vasca establece que la selección del personal funcionario interino

Más detalles

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL BASES PARA LA CONVOCATORIA DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL 1) UN/A MONITOR/A DE TIEMPO LIBRE PARA EL CAMPO DE TRABAJO ARQUEOLÓGICO. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. La presente convocatoria, con

Más detalles

Sobre la JUBILACIÓN. Los derechos pasivos son imprescriptibles, inembargables e irrenunciables.

Sobre la JUBILACIÓN. Los derechos pasivos son imprescriptibles, inembargables e irrenunciables. Sobre la JUBILACIÓN Los funcionarios de carrera de la Admón. de justicia están incluidos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado, menos los que provienen de las antiguas Magistraturas de Trabajo, que

Más detalles

enseñanza Pensiones de jubilación del profesorado de la enseñanza pública de España en abril de 2012

enseñanza Pensiones de jubilación del profesorado de la enseñanza pública de España en abril de 2012 Pensiones de jubilación del profesorado de la enseñanza de España en abril de 2012 Los trabajadores y trabajadoras españolas tienen cubiertas sus necesidades en materia de Pensiones por medio del llamado

Más detalles

ANUNCIO. A continuación se inserta el texto íntegro de las mismas: 16 H 42,67. Número de plazas: 2, una por cada una de las especialidades indicadas.

ANUNCIO. A continuación se inserta el texto íntegro de las mismas: 16 H 42,67. Número de plazas: 2, una por cada una de las especialidades indicadas. ANUNCIO La Junta de Gobierno local en sesión ordinaria celebrada el 24 de Septiembre 2015, acordó aprobar las Bases que se insertan a continuación para la selección, a través de Oferta Genérica del S.A.E.

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Pág. 45308 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ORDEN FAM/585/2015, de 1 de julio, por la que se regulan los contenidos, duración,

Más detalles

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y SECTOR PÚBLICO VICECONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Dirección General de la Función Pública EL PERSONAL DIRECTIVO

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y SECTOR PÚBLICO VICECONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Dirección General de la Función Pública EL PERSONAL DIRECTIVO EL PERSONAL DIRECTIVO I.Antecedentes El personal directivo profesional es una de las manifestaciones de la necesidad de cambio en la función pública. El EBEP fue precedido de un informe elaborado por una

Más detalles

INFORME SOBRE LA POLÍTICA DE RETRIBUCIÓN DE CONSEJEROS EN CUMPLIMIENTO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29

INFORME SOBRE LA POLÍTICA DE RETRIBUCIÓN DE CONSEJEROS EN CUMPLIMIENTO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 INFORME SOBRE LA POLÍTICA DE RETRIBUCIÓN DE CONSEJEROS EN CUMPLIMIENTO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29.3 DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE BME El artículo 29.3 del Reglamento del Consejo

Más detalles

INFORME SOBRE EL NUEVO RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, ESTABLECIDO EN LA LEY

INFORME SOBRE EL NUEVO RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, ESTABLECIDO EN LA LEY INFORME SOBRE EL NUEVO RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, ESTABLECIDO EN LA LEY 27/2013, de 27 de DICIEMBRE. 1.- REGULACIÓN La Ley 27/2013,

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014 Informe 0076/2014 La consulta plantea el procedimiento a seguir en aplicación de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su Reglamento

Más detalles

Excel.lentíssim Ajuntament d Ibi C/. Les Eres, 48 03440 IBI (Alacant) CIF: P-0307900-A Tfno: 96 555 2450 / 2804 / 2904 Fax: 965552935

Excel.lentíssim Ajuntament d Ibi C/. Les Eres, 48 03440 IBI (Alacant) CIF: P-0307900-A Tfno: 96 555 2450 / 2804 / 2904 Fax: 965552935 REGULACIÓN DE BOLSA DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE IBI. Exposición de motivos. El sistema de bolsas de trabajo suele utilizarse tanto en la Administración Estatal, Autonómica, como en la Local, los motivos

Más detalles

Código de Deontología del Col legi Oficial de Detectius Privats de Catalunya

Código de Deontología del Col legi Oficial de Detectius Privats de Catalunya Código de Deontología del Col legi Oficial de Detectius Privats de Catalunya 1.- Introducción 1.1 Las presentes normas Deontológicas están destinadas a garantizar por parte de todos los Detectives Colegiados

Más detalles

PROPUESTA DE LA JUNTA DE PERSONAL DEL BORRADOR DEL PROTOCOLO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS COMISIONES DE SERVICIO

PROPUESTA DE LA JUNTA DE PERSONAL DEL BORRADOR DEL PROTOCOLO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS COMISIONES DE SERVICIO PROPUESTA DE LA JUNTA DE PERSONAL DEL BORRADOR DEL PROTOCOLO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS COMISIONES DE SERVICIO FEBRERO 2015 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La gestión de los recursos humanos constituye un factor

Más detalles

3. Jornada de trabajo: La que resulte según el contrato que se sustituya

3. Jornada de trabajo: La que resulte según el contrato que se sustituya BASES QUE RIGIRÁN LA BOLSA DE TRABAJO PARA SUSTITUCIONES POR NECESIDADES DEL SERVICIO DEL PUESTO DE LIMPIADORA DE LA ESCUELA INFANTIL DEL AYUNTAMIENTO DE LA CABRERA Bases de selección para la realización

Más detalles

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCION DE LA BOLSA DE TRABAJO PARA AUXILIARES DEL SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCION DE LA BOLSA DE TRABAJO PARA AUXILIARES DEL SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO BASES LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCION LA BOLSA TRABAJO PARA AUXILIARES L SERVICIOS AYUDA A DOMICILIO PRIMERA.- Es objeto de la presente convocatoria la constitución de la bolsa de trabajo para el

Más detalles

B A S E S. a) Médicos Forenses, con un número máximo de integrantes de 12, de los que 1 será reservado para personas con minusvalía.

B A S E S. a) Médicos Forenses, con un número máximo de integrantes de 12, de los que 1 será reservado para personas con minusvalía. CONVOCATORIA PUBLICA PARA LA FORMACION DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DE CANDIDATOS PARA PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE MURCIA. De conformidad con

Más detalles

Requisitos que deben cumplir los aspirantes. Los aspirantes para ser admitidos deberán reunir todos y cada uno de los siguientes requisitos:

Requisitos que deben cumplir los aspirantes. Los aspirantes para ser admitidos deberán reunir todos y cada uno de los siguientes requisitos: CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CREACION DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PEONES DE SERVICIOS MULTIPLES EN REGIMEN DE CONTRATACION LABORAL TEMPORAL A TIEMPO COMPLETO PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA El Ayuntamiento

Más detalles

PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL DE LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES

PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL DE LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL DE LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES 1. Motivación. Salvo para los municipios incluidos dentro del régimen jurídico de los municipios de gran población y para las Diputaciones

Más detalles

Art. 1 CARACTERÍSTICAS GENERALES.

Art. 1 CARACTERÍSTICAS GENERALES. REGLAMENTO DE LAS NORMAS DE CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSAS DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAL LABORAL / FUNCIONARIO INTERINO DEL AYUNTAMIENTO DE COCENTAINA.- Art. 1 CARACTERÍSTICAS

Más detalles

Qué se entiende por Incapacidad Permanente?

Qué se entiende por Incapacidad Permanente? Qué se entiende por Incapacidad Permanente? La incapacidad supone una alteración continuada de la salud que imposibilita o limita a quien la padece para la realización de una actividad profesional. Se

Más detalles

B) Disposiciones y Actos

B) Disposiciones y Actos B) Disposiciones y Actos Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid 1910 Acuerdo de 11 de octubre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se adapta la regulación sobre la prestación

Más detalles

Sistema de Seguridad Social Régimen de Clases Pasivas

Sistema de Seguridad Social Régimen de Clases Pasivas 1 Sistema de Seguridad Social Régimen de Clases Pasivas LA JUBILACIÓN A PARTIR DE 2013 A c t u a l i z a d o a 4 d e a b r i l d e 2 0 1 3 Información previa El régimen de clases pasivas se halla en una

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Economía y Hacienda

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Economía y Hacienda Pág. 143 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía y Hacienda 19 ORDEN de 28 de enero de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda, relativa a la gestión de los gastos de

Más detalles

PROGRAMA : PROMOCIÓN EDUCATIVA PRESUPUESTO 2014 PRESUPUESTO 2015 Consignación Comprometido Disponible Previsión Comprometido Disponible

PROGRAMA : PROMOCIÓN EDUCATIVA PRESUPUESTO 2014 PRESUPUESTO 2015 Consignación Comprometido Disponible Previsión Comprometido Disponible BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CONSTITUIR UNA BOLSA DE EMPLEO, CON LA FINALIDAD DE CUBRIR, MEDIANTE CONTRATO TEMPORAL, 1 PLAZA DE DIRECTOR/A ADSCRITO/A AL SERVICIO DE EDUCACI ÓN PERMANENTE DE ADULTOS, CURSO

Más detalles

Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada.

Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada. Pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada. El SOVI es un régimen residual que se aplica a aquellos trabajadores

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES De conformidad con lo establecido en la Ley del Mercado de Valores, TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. comunica el siguiente HECHO RELEVANTE En cumplimiento de lo previsto

Más detalles

CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE COORDINADOR DE ACTIVIDADES FORMATIVAS EN LA EMPRESA PUBLICA CENTRO ALTO RENDIMIENTO REGIÓN DE MURCIA, SAU

CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE COORDINADOR DE ACTIVIDADES FORMATIVAS EN LA EMPRESA PUBLICA CENTRO ALTO RENDIMIENTO REGIÓN DE MURCIA, SAU CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE COORDINADOR DE ACTIVIDADES FORMATIVAS EN LA EMPRESA PUBLICA CENTRO ALTO RENDIMIENTO REGIÓN DE MURCIA, SAU La Ley 7/2002, de 25 de junio, creó la empresa pública CENTRO

Más detalles

PERMISOS (artículos 48 y 49 ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO) Y LICENCIAS

PERMISOS (artículos 48 y 49 ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO) Y LICENCIAS INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS PARA LA APLICACIÓN DE PERMISOS Y LICENCIAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, SUS ORGANISMOS Y ENTES PÚBLICOS. PERMISOS (artículos 48 y 49 ESTATUTO

Más detalles

REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET. Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET. Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET Aprobada inicialmente, por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día catorce de diciembre

Más detalles

BASES AGENTE DE POLICÍA LOCAL INTERINOS-ESTACIÓNALES

BASES AGENTE DE POLICÍA LOCAL INTERINOS-ESTACIÓNALES BASES AGENTE DE POLICÍA LOCAL INTERINOS-ESTACIÓNALES 1.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de un puesto de trabajo de carácter interino estacional de Agente

Más detalles

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO IBI 9521 APROBACIÓN BASES Y CONVOCATORIA BOLSA DE TRABAJO CONDUCTOR OPERARIO MEDIO AMBIENTE Por resolución de esta Tenencia de Alcaldía de fecha 20 de mayo de 2015,

Más detalles

BASES CONVOCATORIA BOLSA DE TRABAJO AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO

BASES CONVOCATORIA BOLSA DE TRABAJO AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO AYUNTAMIENTO DE ABARÁN BASES CONVOCATORIA BOLSA DE TRABAJO AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO 21/ABRIL/2010 PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA La Empresa Municipal de Servicios del Ayuntamiento de Abarán convoca

Más detalles

PERSONAL. MARQUÉS DE ARNEVA, 1 TLFNO. 96 673 68 64 Fax. 96 674 32 39 A N U N C I O

PERSONAL. MARQUÉS DE ARNEVA, 1 TLFNO. 96 673 68 64 Fax. 96 674 32 39 A N U N C I O EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA PERSONAL MARQUÉS DE ARNEVA, 1 TLFNO. 96 673 68 64 Fax. 96 674 32 39 A N U N C I O El Ayuntamiento de Orihuela convoca pruebas selectivas para la constitución de una bolsa

Más detalles

Promotor: CONCELLO DE O VALADOURO. Disposición 1ª. Modificaciones y especialidades relativas al CAPITULO II: AMBITO PERSONAL

Promotor: CONCELLO DE O VALADOURO. Disposición 1ª. Modificaciones y especialidades relativas al CAPITULO II: AMBITO PERSONAL Promotor: CONCELLO DE O VALADOURO Disposición 1ª Modificaciones y especialidades relativas al CAPITULO II: AMBITO PERSONAL Artículo 7: Tendrán acceso al plan todos los funcionarios y personal laboral al

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CONTRATACIÓN

BASES REGULADORAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CONTRATACIÓN BASES REGULADORAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CONTRATACIÓN CON CARÁCTER TEMPORAL DE UNA PLAZA DE TERAPEUTA OCUPACIONAL A JORNADA COMPLETA EN LA PLANTILLA DE PERSONAL DE LA FUNDACIÓN ELVIRA OTAL.

Más detalles

LICENCIAS POSIBLES EN EL SERVICIO MURCIANO DE SALUD

LICENCIAS POSIBLES EN EL SERVICIO MURCIANO DE SALUD LICENCIAS POSIBLES EN EL SERVICIO MURCIANO DE SALUD REDUCCION O FLEXIBILIZACION DE JORNADA Reducción de Jornada por guarda legal o por cuidado de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Más detalles

Excmo. Ayuntamiento de Navia

Excmo. Ayuntamiento de Navia BASES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL TEMPORAL POR LAS QUE SE REGIRAN LAS PRUEBAS PARA LA SELECCIÓN DE 4 AUXILIARES DE POLICÍA. 1º- OBJETO.- La contratación de 4 auxiliares de Policía como personal

Más detalles

El acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública

El acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública El acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública 1.- Elementos fácticos: objeto de la nota y antecedentes normativos. a) Objeto de la nota. La presente nota analiza el acceso al Subgrupo

Más detalles

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN DEL REY AURELIO (ASTURIAS)

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN DEL REY AURELIO (ASTURIAS) BASES PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO TECNICO RESPONSABLE DEL AREA DE SERVICIOS EXTERIORES COMO FUNCIONARIO INTERINO Primera. Objeto de la convocatoria. 1. El objeto de la convocatoria consiste

Más detalles

DESARROLLO PROFESIONAL / CARRERA PROFESIONAL

DESARROLLO PROFESIONAL / CARRERA PROFESIONAL DESARROLLO PROFESIONAL / CARRERA PROFESIONAL CATEGORÍA PROFESIONAL: AUXILIAR DE ENFERMERÍA / TECNICO EN CUIDADOS DE ENFERMERÍA 1. Ámbito de aplicación. 1.1. Ámbito de aplicación del desarrollo profesional

Más detalles

1. Gestión Prevención

1. Gestión Prevención 1. Gestión Prevención 1.2 Guía de Actuación Inspectora en la coordinación de Actividades Empresariales SUBSECRETARIA 1. CONCURRENCIA DE TRABAJADORES DE VARIAS EMPRESAS EN UN CENTRO DE TRABAJO El artículo

Más detalles

(Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 2/03/2005. Modificado por Consejo de Gobierno en sesión de 4/05/2005 y 6/04/2009)

(Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 2/03/2005. Modificado por Consejo de Gobierno en sesión de 4/05/2005 y 6/04/2009) (Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 2/03/2005. Modificado por Consejo de Gobierno en sesión de 4/05/2005 y 6/04/2009) PROCEDIMIENTO QUE REGULA LOS SISTEMAS DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL Y CREACIÓN

Más detalles

COMPLEMENTOS DE DESTINO APLICABLES A LA POLICÍA LOCAL

COMPLEMENTOS DE DESTINO APLICABLES A LA POLICÍA LOCAL ASUNTO: COMPLEMENTOS DE DESTINO APLICABLES A LA POLICÍA LOCAL FECHA: 16 ABRIL 2009 NORMATIVA UTILIZADA Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora

Más detalles

Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de la Seguridad Social Deducción

Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de la Seguridad Social Deducción CONCEPTOS BÁSICOS PARA ENTENDER UNA NOMINA El recibo salarial o nomina se puede dividir en cuatro partes: Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de

Más detalles

Conforme a lo previsto en las disposiciones citadas y finalizado el trámite de información y consulta a los representantes de los trabajadores,

Conforme a lo previsto en las disposiciones citadas y finalizado el trámite de información y consulta a los representantes de los trabajadores, RESOLUCIÓN RECTORAL DE ----- DE ENERO DE 2013, POR LA QUE SE DETERMINA EL COMPLEMENTO DE LAS PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA El artículo 9 del Real Decreto-ley

Más detalles

15 Agenda Escolar Federación STECyL intersindical STECyL-i

15 Agenda Escolar Federación STECyL intersindical STECyL-i INFORMACIÓN 1. GRADOS DE CONSANGUINIDAD. GRADOS TITULAR/CÓNyUGE 1º Padre/ Madre Suegro/ suegra Hijo/ hija 2º Abuelo/ Hermano/ Cuñado/ Abuela Hermana Cuñada 3º Bisabuelo/ Tío/ Sobrino/ Bisabuela Tía Sobrina

Más detalles

ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE MADRID

ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE MADRID ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE MADRID NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO COLEGIAL DE SOCIEDADES PROFESIONALES APROBADAS POR ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO DE 4 DE MARZO DE 2008 * Modificadas por Acuerdo

Más detalles

ANEXO IV. 2.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado.

ANEXO IV. 2.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado. ANEXO IV Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo, al Cuerpo de Gestión de la Administración Civil

Más detalles

TÍTULO II. Estatuto de los concejales. Capítulo I Derechos y deberes

TÍTULO II. Estatuto de los concejales. Capítulo I Derechos y deberes Artículo 5. Organización. El órgano de dirección del Pleno es su presidente, que en el desarrollo de sus funciones contará con la asistencia de la Secretaría General del Pleno y la Junta de Portavoces.

Más detalles

CONCELLO DE PARADELA

CONCELLO DE PARADELA REGLAMENTO DE LA BOLSA MUNICIPAL DE EMPLEGO DEL AYUNTAMIENTO DE PARADELA - BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL 1.- OBJETO La bolsa municipal de empleo tiene como objetivo principal

Más detalles

Primera.- Objeto de la convocatoria.

Primera.- Objeto de la convocatoria. BASES REGULADORAS DEL CONCURSO PARA LA CREACION DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA CATEGORIA DE ENFERMEROS/AS, PARA CUBRIR NECESIDADES TEMPORALES DE LA PLANTILLA DE LA RESIDENCIA MUNICIPAL DE PERSONAS MAYORES

Más detalles

SEGUNDA. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS/AS ASPIRANTES

SEGUNDA. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS/AS ASPIRANTES AYUNTAMIENTO DE BURGUILLOS PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1 41220 BURGUILLOS (SEVILLA) NIF: P4101900A Tel: 95 573 81 25 EMAIL: burguillos@dipusevilla.es BASES PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE DINAMIZADOR

Más detalles

BASES PARA PROCESO SELECTIVO MONITOR/A DE GIMNASIA PARA CURSO 2010/2011.

BASES PARA PROCESO SELECTIVO MONITOR/A DE GIMNASIA PARA CURSO 2010/2011. CONTRATACIÓN CO 16/10 BASES PARA PROCESO SELECTIVO MONITOR/A DE GIMNASIA PARA CURSO 2010/2011. PUESTO: Monitor/a DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO (tareas y funciones asociadas al puesto): Programación

Más detalles

Debe incorporarse el supuesto de Horarios especiales de Biblioteca

Debe incorporarse el supuesto de Horarios especiales de Biblioteca Bases de la convocatoria pública para la formación de la lista de espera de personal funcionario interino de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos y de la Escala de Auxiliares Administrativos

Más detalles

BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA.

BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA. BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA. PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es

Más detalles

ANUNCIO. A continuación se inserta el texto íntegro de las mismas:

ANUNCIO. A continuación se inserta el texto íntegro de las mismas: ANUNCIO La Junta de Gobierno local en sesión ordinaria celebrada el 14 de Agosto 2015, acordó aprobar las Bases que se insertan a continuación para la selección, a través de Oferta Genérica del S.A.E.,

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CENES DE LA VEGA

AYUNTAMIENTO DE CENES DE LA VEGA BOLSA DE TRABAJO COMPLEMENTARIA PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL DE AUXILIARES DE AYUDA A DOMICILIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CENES DE LA VEGA (GRANADA) 1. PREVISIÓN DE NECESIDADES La Bolsa de Trabajo

Más detalles

BASES PARA LA CREACIÓN DEL PLAN DE EMPLEO LOCAL 2013

BASES PARA LA CREACIÓN DEL PLAN DE EMPLEO LOCAL 2013 1. CONVOCATORIA: BASES PARA LA CREACIÓN DEL PLAN DE EMPLEO LOCAL 2013 Se anuncia convocatoria para PLAN DE EMPLEO LOCAL 2013 Se crearán tres listas de aspirantes según pertenezcan a alguno de los siguientes

Más detalles

NUEVAS MEDIDAS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL

NUEVAS MEDIDAS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL El día 8 de Noviembre el Gobierno de Canarias aprobó la propuesta de ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE CANARIAS Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES PRESENTES EN LA MESA GENERAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS DE CANARIAS

Más detalles

Ayuntamiento de Alicante

Ayuntamiento de Alicante Indice Organización de la Introducción Presentación Misión Organigrama Localización, Telefonos, web, etc Relación con resto Ayuntamiento Compromiso Personal del Responsable del Organo Procedimiento de

Más detalles

Derechos y libertades de los extranjeros

Derechos y libertades de los extranjeros Derechos y libertades de los extranjeros Artículo 3. Derechos de los extranjeros e interpretación de las normas. 1. Los extranjeros gozarán en España de los derechos y libertades reconocidos en el Título

Más detalles

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006 Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006 La consulta se refiere al mantenimiento, conservación y cancelación del número de

Más detalles

Normativa. Periodo de referencia de la información

Normativa. Periodo de referencia de la información INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LOS MODELOS DE FORMULARIO DE UNIDADES SOMETIDAS AL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA (MODELOS A50, B50, C50, E50, F50). EJECUCIÓN MENSUAL DE LA LIQUIDACIÓN DEL

Más detalles

PUEDE REALIZAR UN PROFESOR ACOGIDO AL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN A TIEMPO COMPLETO ALGÚN TIPO DE ACTIVIDAD EXTERNA A LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA?

PUEDE REALIZAR UN PROFESOR ACOGIDO AL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN A TIEMPO COMPLETO ALGÚN TIPO DE ACTIVIDAD EXTERNA A LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA? INCOMPATIBILIDADES PUEDE REALIZAR UN PROFESOR ACOGIDO AL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN A TIEMPO COMPLETO ALGÚN TIPO DE ACTIVIDAD EXTERNA A LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA? La Ley 53/1984 de Incompatibilidades, que incluye

Más detalles

INCOMPATIBILIDADES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS

INCOMPATIBILIDADES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS INCOMPATIBILIDADES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS 1. Regulación y principios generales. La regulación de las incompatibilidades está integrada dentro del régimen estatutario de los funcionarios públicos. Se

Más detalles

En este sentido, el Estatuto de los trabajadores establece en su artículo 37.3.b) como supuesto de concesión de permiso retribuido que:

En este sentido, el Estatuto de los trabajadores establece en su artículo 37.3.b) como supuesto de concesión de permiso retribuido que: Instrucción 2/2009, de 21 de diciembre de 2009, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre el tratamiento de datos personales en la emisión de justificantes médicos. I La Ley

Más detalles

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Reglamentos REGLAMENTO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DEL CONSORCIO MADROÑO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º. OBJETO DEL REGLAMENTO El presente Reglamento regula las prácticas académicas que convoque

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 14578 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 12 de junio de 2012 por la que se convoca el proceso de admisión en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de programas de cualificación profesional

Más detalles

II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Régimen General y Regímenes Especiales de la S. Social 18.- En mi empresa vamos a contratar a un trabajador de 16 años. Existe alguna peculiaridad respecto a la cotización

Más detalles

BASES PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO PARA LOS SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS DEL MUNICIPIO DE EL GARROBO.

BASES PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO PARA LOS SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS DEL MUNICIPIO DE EL GARROBO. BASES PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO PARA LOS SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS DEL MUNICIPIO DE EL GARROBO. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria

Más detalles

Primera.- Objeto. Segunda.- Régimen Jurídico.

Primera.- Objeto. Segunda.- Régimen Jurídico. Resolución, de 17 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Gestión de Personal, por la que se convoca en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, procedimiento especial

Más detalles

REGLAMENTO DE INCAPACIDAD PROFESIONAL ABSOLUTA Y TRANSITORIA: N O R M A S

REGLAMENTO DE INCAPACIDAD PROFESIONAL ABSOLUTA Y TRANSITORIA: N O R M A S REGLAMENTO DE INCAPACIDAD PROFESIONAL ABSOLUTA Y TRANSITORIA: N O R M A S 1ª) Se establece en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid el servicio de ayudas por Incapacidad ABSOLUTA y TRANSITORIA para

Más detalles

NORMATIVA PROPIA Universidad de Castilla-La Mancha XV BOE Y DOCM. B) Boletín Oficial de Castilla-La Mancha

NORMATIVA PROPIA Universidad de Castilla-La Mancha XV BOE Y DOCM. B) Boletín Oficial de Castilla-La Mancha 3.- DECRETO 303/2003, DE 11-11-2003, SOBRE RÉGIMEN DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR CONTRATADO DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA- LA MANCHA. (publicado en D.O.C.M. de 14 de noviembre de 2003) El Estatuto

Más detalles

SECRETARÍA NACIONAL DE ASESORIA JURÍDICA

SECRETARÍA NACIONAL DE ASESORIA JURÍDICA DICTAMEN: Se realiza por propia iniciativa de esta Secretaría Nacional de Asesoría Jurídica de CSI-F, sobre la pensión máxima de los Funcionarios sometidos al régimen de Clases Pasivas a partir del uno

Más detalles

ANUNCIO. A continuación se inserta el texto íntegro de las mismas:

ANUNCIO. A continuación se inserta el texto íntegro de las mismas: ANUNCIO La Junta de Gobierno local en sesión ordinaria celebrada el 11 de diciembre 2015, acordó aprobar las Bases que se insertan a continuación para la selección, a través de Oferta Genérica del S.A.E.,

Más detalles

Las contrataciones, atendiendo al orden de puntuación, se realizarán con carácter rotatorio y tendrán una duración de dos meses.

Las contrataciones, atendiendo al orden de puntuación, se realizarán con carácter rotatorio y tendrán una duración de dos meses. BASES PARA LA CREACION DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE PERSONAL DE LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE ARAS DE LOS OLMOS 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto

Más detalles

DECRETO DE ALCALDIA. 1-.Objeto

DECRETO DE ALCALDIA. 1-.Objeto DECRETO DE ALCALDIA Visto el informe preceptivo de Secretaría que entiende conforme a Derecho la propuesta de Bases y Convocatoria de pruebas selectivas para la provisión mediante concurso- oposición de

Más detalles

ANEXO 1º) DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL, COMITÉS DE EMPRESA Y JUNTAS DE PERSONAL.

ANEXO 1º) DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL, COMITÉS DE EMPRESA Y JUNTAS DE PERSONAL. ANEXO 1º) DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL, COMITÉS DE EMPRESA Y JUNTAS DE PERSONAL. 1. Los Delegados de Personal, miembros de Comités de Empresa y miembros de Juntas de Personal, dispondrán de tiempo retribuido

Más detalles

1 Plaza de Licenciado en Informática o equivalente para cubrir el puesto de Jefe Sección Sistemas y Calidad.

1 Plaza de Licenciado en Informática o equivalente para cubrir el puesto de Jefe Sección Sistemas y Calidad. 1 Plaza de Licenciado en Informática o equivalente para cubrir el puesto de Jefe Sección Sistemas y Calidad. BASES DE LA CONVOCATORIA QUE REGIRAN EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR, MEDIANTE CONTRATACION

Más detalles

Plan de Incentivos a largo plazo para los directivos de la compañía

Plan de Incentivos a largo plazo para los directivos de la compañía Plan de Incentivos a largo plazo para los directivos de la compañía REGLAMENTO DE LAS STOCK EQUIVALENT UNITS PLAN 1. ANTECEDENTES 1.1 En fecha 14 de febrero de 2008 el Consejo de Administración de la Empresa,

Más detalles

Instituto de Mediación Del Ilustre Colegio de Abogados de Jerez de la Frontera.

Instituto de Mediación Del Ilustre Colegio de Abogados de Jerez de la Frontera. Instituto de Mediación Del Ilustre Colegio de Abogados de Jerez de la Frontera. ESTATUTOS DEL INSTITUTO DE MEDIACIÓN DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JEREZ DE LA FRONTERA DE LA FRONTERA TÍTULO PRIMERO.

Más detalles