Sentencia de interés
|
|
- Dolores Rico Mora
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 BOE de 31/10/2016 PÁG.2 Consulta de la DGT El importe neto de la cifra de negocios a efectos de la exención en el IAE será el de todo el grupo horizontal con un mismo administrador si además hay identidad de socios o partícipes en las sociedades. PÁG.5 Sentencia de interés La venta de apartamentos turísticos ha de tributar al tipo general y no al reducido del IVA, al no poder calificarse como vivienda PÁG.6 1
2 Boletín Oficial del Estado de 01/11/2016 JEFATURA DEL ESTADO Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera Ley Orgánica 1/2016, de 31 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. PDF (BOE-A págs KB) Modifica con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de la disposición adicional quinta de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. «Disposición adicional quinta. Incidencia del Régimen Económico Fiscal de Canarias y de la bonificación por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla en el cálculo de los pagos fraccionados. 1. A efectos de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 40 de esta Ley, podrá reducirse de la base imponible el importe de la reserva para inversiones en Canarias, regulada en el artículo 27 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, que prevea realizarse, prorrateada en cada uno de los períodos de los 3, 9 u 11 primeros meses del período impositivo y con el límite máximo del 90 por ciento de la base imponible de cada uno de ellos. Si el importe de la reserva que efectivamente se dote fuera inferior en más de un 20 por ciento del importe de la reducción en la base imponible realizada para calcular la cuantía de cada uno de los pagos fraccionados elevados al año, la entidad estará obligada a regularizar dichos pagos por la diferencia entre la previsión inicial y la dotación efectiva, sin perjuicio de la liquidación de los intereses y recargos que, en su caso, resulten procedentes. 2. A efectos de lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 de la Disposición adicional decimocuarta de esta Ley, el resultado positivo allí referido se minorará en el importe de la reserva para inversiones en Canarias que prevea realizarse de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior. Asimismo, ese resultado positivo se minorará en el 50 por ciento de los rendimientos que tengan derecho a la bonificación prevista en el artículo 26 de la Ley 19/1994. Introduce modificaciones en la Ley 27/2014 de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades en relación con el cálculo de los pagos fraccionados para entidades a las que son de aplicación el Régimen Económico Fiscal de Canarias o a las que sea de aplicación la bonificación por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla Con efectos para el cálculo del pago mínimo del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, afectando al correspondiente al 2P cuyo plazo voluntario de presentación ya ha finalizado 3. En el caso de entidades que apliquen el régimen fiscal de la Zona Especial Canaria, regulado en el Título V de la Ley 19/1994, a efectos de lo dispuesto en la letra a) de la Disposición adicional decimocuarta de esta Ley, no se computará aquella parte del resultado positivo que se corresponda con el porcentaje señalado en el apartado 4 del artículo 44 de la Ley 19/1994, salvo que proceda aplicar lo dispuesto en la letra b) del apartado 6 de dicho artículo, en cuyo caso el resultado positivo a computar se minorará en el importe que resulte de aplicar lo dispuesto en esa letra. 2
3 4. A efectos de lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 de la Disposición adicional decimocuarta de esta Ley, el resultado positivo allí referido se minorará en el 50 por ciento de aquella parte del resultado positivo que se corresponda con rentas que tengan derecho a la bonificación prevista en el artículo 33 de esta Ley. 5. Lo dispuesto en los apartados 2, 3 y 4 de esta disposición resultará de aplicación a los pagos fraccionados cuyo plazo de declaración haya comenzado a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público.»[ 1 ] Con esta modificación se permite reducir el Resultado positivo cuenta de Pérdidas y Ganancias con carácter previo a la aplicación del tipo del 23% (25%) para el cálculo del pago mínimo del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, afectando al correspondiente al 2P cuyo plazo voluntario de presentación ya ha finalizado: Entidades del artículo 26 de la Ley 19/1994 [nuevo apartado 2.]: Artículo 26. Régimen especial de las empresas productoras de bienes corporales. 1. Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades aplicarán una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota íntegra correspondiente a los rendimientos derivados de la venta de bienes corporales producidos en Canarias por ellos mismos, propios de actividades agrícolas, ganaderas, industriales y pesqueras, siempre que, en este último caso, la pesca de altura se desembarque en los puertos canarios y se manipule o transforme en el archipiélago. Se podrán beneficiar de esta bonificación las personas o entidades domiciliadas en Canarias o en otros territorios que se dediquen a la producción de tales bienes en el archipiélago, mediante sucursal o establecimiento permanente. Reducciones aplicables: El importe de la RIC que prevea realizarse. El 50% de los rendimientos que tengan derecho a la bonificación Entidades que apliquen el régimen especial de la ZEC regulado en el Título V de la Ley 19/1994 [nuevo apartado 3.] por operaciones realizadas material y efectivamente en el ámbito de la ZEC: No se computará la parte del resultado positivo que se corresponda con el porcentaje resultante de las operaciones realizadas material y efectivamente en el ámbito de la ZEC respecto de la totalidad de ingresos y demás componentes de la entidad, de acuerdo con el método establecido en el artículo 44 de la Ley 19/1994, salvo que resulten de aplicación las reglas de la letra b) del apartado 6 del citado artículo, en cuyo caso, el resultado positivo de la cuenta de Pérdidas y Ganancias se reducirá en : Artículo 44. Impuesto sobre Sociedades. Determinación de la parte de base imponible correspondiente a operaciones realizadas efectiva y materialmente en el ámbito geográfico de la Zona Especial Canaria. 6. b) El importe que resulte de la aplicación de las siguientes reglas: euros, para aquellas entidades de la Zona Especial Canaria que cumplan el requisito de creación mínima de empleo previsto en el artículo 31.2.e) de esta Ley euros adicionales por cada puesto de trabajo que exceda del mínimo señalado, hasta alcanzar 50 puestos de trabajo. La creación de puestos de trabajo por encima de 50, así como la aludida en las dos reglas anteriores, estará sometida, en todo caso, al siguiente límite: la minoración de la cuota íntegra en cada período impositivo, tras la aplicación del tipo especial aplicable [ 1 ] Sentencia de la AN de 28/01/2016 La Inspección entiende que por los ingresos de pagos fraccionados debe solicitar una devolución derivada de la normativa del tributo lo que supone que los intereses de demora no se computan desde el ingreso sino desde los 6 meses de la solicitud. La Sala entiende que en el "ingreso indebido" existe un componente de ilegalidad que no concurre en las "devoluciones de oficio". En este caso la Sala concluye que los intereses deberán calcularse desde la fecha del ingreso de los pagos fraccionados. 3
4 en la Zona Especial Canaria, en relación con el tipo general del Impuesto sobre Sociedades no podrá ser superior al 17,5 por ciento del importe neto de la cifra de negocios de la entidad de la Zona Especial Canaria, cuando la entidad pertenezca al sector industrial, o al 10 por ciento de dicho importe, cuando la entidad corresponda a un sector distinto del antes citado.. Entidades que tengan derecho a la bonificación por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla [nuevo apartado 4] El 50% de la parte del resultado positivo que se corresponda con rentas que tengan derecho a esta bonificación. Artículo 33. Bonificación por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla. 1. Tendrá una bonificación del 50 por ciento, la parte de cuota íntegra que corresponda a las rentas obtenidas en Ceuta o Melilla por entidades que operen efectiva y materialmente en dichos territorios. 4
5 Consulta de la DGT de interés El importe neto de la cifra de negocios a efectos de la exención en el IAE será el de todo el grupo horizontal con un mismo administrador si además hay identidad de socios o partícipes en las sociedades. S Consulta V , de 1 de julio Las consultantes son dos entidades mercantiles cuyos participes son familiares entre sí, y el administrador único de ambas es la misma persona, siendo además el partícipe mayoritario de las dos mercantiles. Ninguna sociedad tiene participación en la otra. La cifra de negocios del conjunto de sociedades supera el millón de euros, pero a nivel individual, la cifra de negocios de cada una de las sociedades es inferior al límite. Por tanto, en el caso objeto de consulta, en el que el administrador único de ambas sociedades es la misma persona y además hay una identidad en los socios o partícipes de ambas sociedades, se presume la existencia de un grupo de sociedades, por lo que habrá que sumar el importe neto de la cifra de negocios de ambas sociedades y, si el resultado es superior al millón de euros, ninguna de las sociedades estará exenta del IAE por ninguna de las actividades económicas que realice. En cuanto a las obligaciones formales exigibles para la aplicación de esta exención, el apartado 3 del artículo 82 del TRLRHL dispone que: Siendo el Administrador único de ambas sociedades y si además hay identidad de socios se presume grupo por lo que habrá que sumar el importe neto de la cifra de negocios de ambas sociedades a efectos del IAE. El Ministro de Hacienda establecerá en qué supuestos la aplicación de la exención prevista en el párrafo c) del apartado 1 anterior exigirá la presentación de una comunicación dirigida a la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la que se haga constar que se cumplen los requisitos establecidos en dicho párrafo para la aplicación de la exención. Dicha obligación no se exigirá, en ningún caso, cuando se trate de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. ( ). A estos efectos, el Ministro de Hacienda establecerá el contenido, el plazo y la forma de presentación de dicha comunicación, así como los supuestos en que habrá de presentarse por vía telemática.. El último párrafo del apartado 2 del artículo 90 del TRLRHL establece que los sujetos pasivos a los que no resulte de aplicación la exención del artículo 82.1.c), deberán comunicar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria el importe neto de su cifra de negocios. Asimismo, los sujetos pasivos deberán comunicar las variaciones que se produzcan en dicho importe, cuando tal variación suponga la modificación de la aplicación o no de dicha exención. La Orden HAC/85/2003 de 23 de enero, por la que se determinan los supuestos en los que los sujetos pasivos del Impuesto sobre Actividades Económicas deben presentar una comunicación en relación con el importe neto de su cifra de negocio y se aprueba el modelo de dicha comunicación (Modelo 848), desarrolla lo dispuesto en los artículos 82.3 y 90.2 del TRLRHL relativos a la comunicación del importe neto de la cifra de negocios. 5
6 Por tanto, la Orden HAC/85/2203 exonera de la obligación de presentar el modelo 848, entre otros casos, cuando se haya hecho constar dicho importe neto en la última declaración del Impuesto sobre Sociedades presentada antes del 1 de enero del año en que dicha cifra haya de surtir efecto en el IAE. En el caso de que al sujeto pasivo no le sean de aplicación ninguno de los supuestos de exoneración anteriores, deberá presentar la comunicación del importe neto de la cifra de negocios en el modelo 848 en el plazo comprendido entre los días 1 de enero y 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efectos dicha comunicación en el IAE. 6
7 Sentencia de interés La venta de apartamentos turísticos ha de tributar al tipo general y no al reducido del IVA, al no poder calificarse como vivienda Sentencia del TS de 25/04/2016 núm. 2870/2014 Así, pues, para la aplicación del tipo reducido en relación con los "edificios aptos para la su utilización como vivienda" es necesario que concurran los siguientes requisitos: 1º) Ha de tratarse de vivienda terminada, ya que la entrega de la edificación, en tanto no esté concluida, sigue el régimen del suelo sobre el que se asienta. 2º) El tipo se aplica a todas las operaciones que, conforme al artículo 8 LIVA, tengan la consideración de entrega de vivienda, y no a las operaciones relativas a vivienda que tengan la consideración de prestación de servicios. Venta de apartamentos turísticos: no puede tributar al tipo reducido de IVA 3º) Conforme a la noción usual del término es preciso que se trate de aptitud para el destino "a habitación o moradas de una persona física o familia, constituyendo su hogar o sede de su vivienda doméstica". 4º) No es suficiente que concurra dicha aptitud en función de las características objetivas de diseño y construcción del edificio, sino que ha de tenerse en cuenta el destino legal posible. Y, así, la venta de apartamentos turísticos ha de tributar al 16%, no al tipo reducido del 7%, cuando no pueden calificarse como vivienda porque su destino, en ningún caso, puede ser la residencia habitual de una familia o persona física. Y esto es lo que ocurre en el presente caso en que, por disposición legal, los apartamentos turísticos construidos en la Comunidad de Madrid han de ser destinados por sus propietarios al alojamiento turístico ocasional sin carácter de residencia permanente. 7
del Impuesto sobre Actividades Económicas no consigne el importe neto de su cifra de negocios en declaración tributaria alguna.
ORDEN HAC/85/2003, de 23 de enero, por la que se determinan los supuestos en los que los sujetos pasivos del Impuesto sobre Actividades Económicas deben presentar una comunicación en relación con el importe
Más detallesPágina 1 de 2 Nueva Consulta Ver Consulta.EN NUM-CONSULTA (V0853-13) NUM-CONSULTA V0853-13 ORGANO SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas FECHA-SALIDA 19/03/2013 NORMATIVA RDLey 12/2012 art. 1.Primero.Cuatro
Más detallesImprimir documento. Ficha. Ficha:
Imprimir documento Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no
Más detalles: BOMEH: PUBLICADO EN:
TÍTULO: Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes
Más detallesEstán obligados a realizar el pago fraccionado, siempre que resulte cantidad a ingresar, las siguientes entidades:
Resumen Pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades (art. 40 LIS) 1. Introducción. Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, deben efectuar 3 pagos a cuenta de la liquidación correspondiente
Más detallesen los mismos supuestos y condiciones que los establecidos en la normativa reguladora del Impuesto sobre Sociedades.
ORDEN HAP/523/2015, DE 25 DE MARZO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EHA/1721/2011, DE 16 DE JUNIO, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 222 PARA EFECTUAR LOS PAGOS FRACCIONADOS A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Más detallesGTA VILLAMAGNA ALERTA TRIBUTARIA MAYO 2017
GTA VILLAMAGNA ALERTA TRIBUTARIA MAYO 2017 GTA Villamagna - mayo de 2017 CONTENIDOS GTA VILLAMAGNA ALERTA TRIBUTARIA MAYO 2017 I. NORMATIVA TRIBUTARIA RELEVANTE... 4 1. Orden HFP/399/2017, de 5 de mayo,
Más detallesREAL DECRETO-LEY 13/2011, DE 16 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE RESTABLECE EL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO, CON CARÁCTER TEMPORAL (BOE ).
REAL DECRETO-LEY 13/2011, DE 16 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE RESTABLECE EL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO, CON CARÁCTER TEMPORAL (BOE 17.09.11). ENTRADA EN VIGOR (Disposición final segunda): el día siguiente
Más detallesRÉGIMEN DE CONSOLIDACIÓN FISCAL ESTABLECIÉNDOSE LAS CONDICIONES GENERALES Y EL PROCEDIMIENTO PARA SU PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA Y EL
Departamento de Gestión Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 222 PARA EFECTUAR LOS PAGOS FRACCIONADOS A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES EN RÉGIMEN DE CONSOLIDACIÓN FISCAL ESTABLECIÉNDOSE
Más detallesPROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 222 PARA EFECTUAR
PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 222 PARA EFECTUAR LOS PAGOS FRACCIONADOS A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES EN RÉGIMEN DE CONSOLIDACIÓN FISCAL ESTABLECIÉNDOSE LAS CONDICIONES GENERALES
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES DE LA REFORMA FISCAL Las principales modificaciones de la Ley 35/2006 del IRPF, de forma esquemática, son las siguientes:
PRINCIPALES NOVEDADES DE LA REFORMA FISCAL 2015 Las principales modificaciones de la Ley 35/2006 del IRPF, de forma esquemática, son las siguientes: - Se modifica la tributación de las indemnizaciones
Más detallesIVA- AUTOLIQUIDACIÓN AYUDA - PRESENTACIÓN 303 Instrucciones del modelo 303
IVA- AUTOLIQUIDACIÓN AYUDA - PRESENTACIÓN 303 Instrucciones del modelo 303 Obligados a declarar en el modelo 303 Declararán por el modelo 303: - Los sujetos pasivos que realicen actividades a las que apliquen
Más detallesNovedades,Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público.
5/10/2016 Novedades,Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público. A partir del 30 de Septiembre, el tipo mínimo
Más detallesÍNDICE DE MATERIAS MODIFICADAS
ÍNDICE DE MATERIAS MODIFICADAS 2011 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES IRPF IVA IRNR LGT 1 www.mibufete.com MODIFICACIÓN IS Grupos fiscales. Régimen de consolidación fiscal, con efectos para los períodos impositivos
Más detallesIMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Ordenanza fiscal nº 6 72 AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) Ordenanza Fiscal nº 6 IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS Artículo 1.- Hecho imponible El Impuesto
Más detallesA) Medidas de carácter temporal aplicables a los ejercicios iniciados en 2012 y 2013.
LAS MEDIDAS FISCALES CONTRA EL DEFICIT. Real Decreto-Ley 12/2012 de 30 marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público (en adelante
Más detallesConsulta Vinculante D.G.T. de 28 de octubre de 2009
Portal jurídico > Doctrina Administrativa > Resultados > Consulta Vinculante D.G.T. de 28 de octubre de 2009. IRPF. Lonja agropecuaria. Ganancias y pérdidas patrimoniales. Base... Doctrina Administrativa
Más detallesGRANDES EMPRESAS INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO 218 CUANDO SE EJERCITE LA OPCIÓN REGULADA EN EL ART DE LA L.I.S.
MODELO 218 PAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES Y ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO
Más detallesPrincipales novedades liquidación del Impuesto sobre Sociedades 2016
Principales novedades liquidación del Impuesto sobre Sociedades 2016 1. Sociedades civiles En los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2016, las sociedades civiles que tengan personalidad
Más detallesRD Ley 13/2010 fomento de la inversión y del empleo. FOMENTO INVERSION Real Decreto-ley 13/2010, para fomentar la inversión y la creación de empleo.
CIRCULAR Nº -514 RD Ley 13/2010 fomento de la inversión y del empleo FOMENTO INVERSION Real Decreto-ley 13/2010, para fomentar la inversión y la creación de empleo. Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre,
Más detallesNovedades en el Impuesto de Sociedades
Novedades en el Impuesto de Sociedades Deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. Orden ECC/2326/2015, de 30 de octubre, por la que se modifican los anexos
Más detallesCALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE DICIEMBRE ALTA, BAJA, MODIFICACIONES Y EXENCIONES EN EL IAE. 2.- PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
B E C E R R A A D V O C A T S Còrsega, 299, 1 er. 08008 BARCELONA TEL. (93) 317 04 20 - FAX: (93) 318 61 07 - Circular 19/2015 CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE DICIEMBRE 2.015 Detallamos las declaraciones
Más detallesNUEVOS TIPOS DE RETENCION APLICABLES 2012 Y 2013
NUEVOS TIPOS DE RETENCION APLICABLES 2012 Y 2013 NUEVOS TIPOS DE RETENCION APLICABLES 2012 Y 2013 De acuerdo con lo recogido en el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia
Más detallesOrdenanza Fiscal del Impuesto sobre Actividades Económicas
Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Actividades Económicas Artículo 1. De conformidad con lo previsto en el artículo 88 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, sobre las cuotas mínimas fijadas en las Tarifas
Más detallesDe encontrarse no sujeta al IGIC, se consulta la forma de subsanar la facturación realizada con repercusión del IGIC.
CONSULTA TRIBUTOS REF CONSULTA NÚM. 1573 (15/05/2013) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario DOMICILIO NORMATIVA APLICABLE Art. 17.Uno.1 Ley 20/1991 Art. 20.Dos.5
Más detallesSe va a alquilar una vivienda por habitaciones, temporalmente a diferentes personas. Necesidad de darse de alta en el censo
Tributación de la actividad de alquiler temporal de habitaciones a diferentes personas. Fecha: 20 de noviembre de 2017 DA5ª L.G.T. (L58/2003) Art. 3.2 R.G.A.T. (RD1065/2007) RDLeg. 1175/1990 Nº Consulta:
Más detallesResumen de novedades fiscales para 2018
Resumen de novedades fiscales para 2018 Febrero 2018 Índice 1. Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) 2 El régimen de estimación objetiva para módulos para el año 2018 Nuevas deducciones
Más detallesReal Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad
Comunicación 5/2012 APUNTE INFORMATIVO Julio 2012 Área Fiscal Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad En fecha
Más detallesLEY 20/1990, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE RÉGIMEN FISCAL DE LAS COOPERATIVAS (BOE DE 20 DE DICIEMBRE)
Cuadro comparativo de la REFORMA FISCAL. Modificaciones realizadas por la nueva Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE 28-11-2014) LEY 20/1990, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE RÉGIMEN
Más detallesBRUGUERAS, ALCÁNTARA A & GARCÍA-BRAGADO ABOGADOS. La AEAT informa en la página web de la
La AEAT informa en la página web de la Consulta vinculante de la Dirección General de Tributos nº V1588-17, de 20 de junio de 2017, sobre la obligatoriedad de los Libros registro de IVA en el caso de entidades
Más detallesConsulta Vinculante V , de 20 de junio de 2017 de la Subdireccion General de Impuestos sobre el Consumo
Consulta Vinculante V1588-17, de 20 de junio de 2017 de la Subdireccion General de Impuestos sobre el Consumo LA LEY 1474/2017 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Obligaciones formales. Llevanza de los libros
Más detallesIMPUESTO SOBRE PATRIMONIO
IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO Exposición motivos: - El restablecimiento del impuesto tiene carácter temporal ya que se contempla exclusivamente en 2011 y 2012, debiéndose presentar las consiguientes declaraciones,
Más detallesIMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Artículo 1.- HECHO IMPONIBLE. 1.- El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el mero
Más detallesentidad vinculada) en cuyo cómputo no se tienen en consideración las operaciones
Real Decreto 897/2010, de 9 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, en materia de las obligaciones de documentación
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES INDICE Preámbulo... 2 Artículo 1.Tipo de gravamen.... 2 Artículo. 2.Exenciones.... 2 Artículo. 3.Bonificaciones.... 2 Artículo 4.Fraccionamientos
Más detallesGTA VILLAMAGNA ALERTA TRIBUTARIA ENERO 2017
GTA VILLAMAGNA ALERTA TRIBUTARIA ENERO 2017 GTA Villamagna - enero de 2017 CONTENIDOS GTA VILLAMAGNA ALERTA TRIBUTARIA ENERO 2017 I. NORMATIVA TRIBUTARIA RELEVANTE... 3 1. Orden HFP/1978/2016, de 28 de
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.
ORNANZA FISCAL REGULADORA L IMPUESTO SOBRE ACTIVIDAS ECONÓMICAS. Artículo 1. El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo directo, obligatorio, municipal, de carácter real, cuyos elementos están
Más detalles1.- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Comunicación 1/2012 Enero 2012 Área Fiscal Muy Sres. nuestros: En fecha 31 de diciembre fue publicado en el BOE el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,
Más detallesAYUNTAMIENTO DE COMARES
ORDENANZA Nº-2 IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Artículo 1. Naturaleza. De conformidad con lo previsto al amparo de lo dispuesto en los artículos 60.1 apartado b), y 79 a 92, ambos inclusive, de la
Más detallesDGT: 08-02-2016 N.º CONSULTA VINCULANTE: V 0471/2016 SUMARIO:
Referencia: NFC058496 DGT: 08-02-2016 N.º CONSULTA VINCULANTE: V 0471/2016 SUMARIO: PRECEPTOS: IRPF. Hecho imponible. Rentas exentas. Indemnizaciones por despido o cese. Reducciones. Retenciones. Indemnización
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 48/2015 DE 29 DE OCTUBRE
PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 48/2015 DE 29 DE OCTUBRE PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 48/2015 DE 29 DE OCTUBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO
Más detallesIMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN Depósito fiscal
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN Depósito fiscal NUM-CONSULTA V0865-18 ORGANO Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo FECHA-SALIDA 28/03/2018 DESCRIPCION- HECHOS CUESTION- PLANTEADA CONTESTACION-
Más detallesTEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.
TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro
Más detallesMODELO 202 PAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
MODELO 202 PAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES Y ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO
Más detallesVIGENCIA: En vigor desde 16 de julio de 2014 Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
TÍTULO: Orden HAP/1222/2014, de 9 de julio, por la que se modifica la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353
Más detallesGTA VILLAMAGNA ALERTA TRIBUTARIA NOVIEMBRE 2016
GTA VILLAMAGNA ALERTA TRIBUTARIA NOVIEMBRE 2016 GTA Villamagna - noviembre de 2016 CONTENIDOS GTA VILLAMAGNA ALERTA TRIBUTARIA NOVIEMBRE 2016 I. NORMATIVA TRIBUTARIA RELEVANTE... 4 1. Ley Orgánica 1/2016,
Más detalles(B.O.E. de 24 de mayo)
REAL DECRETO 861/2008, DE 23 DE MAYO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS EN MATERIA DE PAGOS A CUENTA SOBRE LOS RENDIMIENTOS DEL TRABAJO Y DE ACTIVIDADES
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS
CIRCULAR 17/2015 LPGE 2016: NOVEDADES TRIBUTARIAS PUBLICADA LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL 2016 Les informamos que el pasado día 30 de octubre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial
Más detallesALCÁNTARA, BLAY A & DEL COSO ABOGADOS
Orden HFP/105/2017, de 6 de febrero, por la que se aprueba el modelo 121 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. Comunicación
Más detallesPAGOS FRACCIONADOS Y GRAN EMPRESA
Circular 4/2017 Valencia, 10 de enero de 2017 PAGOS FRACCIONADOS Y GRAN EMPRESA Muy Sres. nuestros: A continuación, les exponemos distintas cuestiones a tener en cuenta para el ejercicio 2017 en cuanto
Más detallesPERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE
PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario CUESTIÓN PLANTEADA NORMATIVA APLICABLE Art.4.1 Ley 20/1991 Art. 5.1 y 5.2 Ley 20/1991 Art. 7.1 Ley 20/1991
Más detalles(Nueva redacción de la letra c) apartado 3 del artículo 42 de la Ley IRPF)
PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 48/2015 DE 29 DE OCTUBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2016 (BOE 30/10/2015). IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Más detallesRECLAMACIÓN: R-2005/7. PRESIDENTE: Dña. Marta González Santa Cruz. VOCALES: D. Enrique Polo López D. Federico Isidro de Lis
Tribunal Económico-Administrativo Municipal Viera y Clavijo 46, 2ª planta 38004 S/C de Tenerife Teléfono 922 606 491 RECLAMACIÓN: R-2005/7 PRESIDENTE: Dña. Marta González Santa Cruz VOCALES: D. Enrique
Más detallesCUESTIONES A TENER EN CUENTA:
CUESTIONES A TENER EN CUENTA: 1. Exenciones Ley 19/1991. Artículo 4. Bienes y derechos exentos. Estarán exentos de este Impuesto: ( ) Nueve. La vivienda habitual del contribuyente, según se define en el
Más detalles(BOE 68, 20/03/2009, BOPA 302, 31/12/2008) TÍTULO III. MEDIDAS TRIBUTARIAS CAPÍTULO II. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
Ley del Principado de Asturias 6/2008, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2009 (BOE 68, 20/03/2009, BOPA 302,
Más detalles: BOMEH: PUBLICADO EN:
TÍTULO: Orden HAP/2178/2014, de 18 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 410 de pago a cuenta del Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito y se establecen las condiciones y el procedimiento
Más detallesIMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) EL MODELO 303: IVA
Página 1 de 6 EL MODELO 303: IVA ACTUALIZACIÓN ENERO 2014: Tener en cuenta las novedades de AEAT en el modelo 303 a partir del 1 de enero de 2014 pinchando aquí. También puedes consultar la descripción
Más detallesSe recuerda finalmente que la cumplimentación de las casillas (17) y (18) tiene carácter voluntario. OBLIGADOS A PRESENTAR EL MODELO 218
MODELO 218 PAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES Y ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO
Más detallesREQUISITOS PARA APLICAR LA REDUCCIÓN SOBRE EL RENDIMIENTO NETO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS A PARTIR DE 2010
REQUISITOS PARA APLICAR LA REDUCCIÓN SOBRE EL RENDIMIENTO NETO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS A PARTIR DE 2010 REQUISITOS PARA QUE UN TRABAJADOR AUTÓNOMO TENGA EL CARÁCTER DE ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTE
Más detallesArtículo 4.-Exenciones.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Artículo 1.-Normativa aplicable. El Impuesto sobre Actividades Económicas se regirá en este Municipio de Porzuna: a) Por las normas
Más detallesComo de costumbre, quedamos a su disposición para cualquier aclaración al respecto.
C I R C U L A R 0 9 / 2 0 1 7 PAGOS FRACCIONADOS DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES PARA 2017 Oviedo, 20 de febrero de 2017 Muy señores nuestros: A lo largo del mes de febrero, los sujetos pasivos del IS obligados
Más detallesLEY 2/2004, DE 27 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO (BOE 28 DE DICIEMBRE DE 2004) TÍTULO VI. Normas Tributarias
LEY 2/2004, DE 27 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2005. (BOE 28 DE DICIEMBRE DE 2004) TÍTULO VI Normas Tributarias CAPÍTULO I Impuestos Directos SECCIÓN 2.ª IMPUESTO SOBRE
Más detallesGabinete Orfila Assessors sl
El pasado 25 de julio se aprobó por la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, con competencia legislativa plena, el Proyecto de ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Queda
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Real Decreto 410/2014, de 6 de junio, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y el Reglamento General de las
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS 2016 Enero 2016
NOVEDADES TRIBUTARIAS 2016 Enero 2016 Elena Morales Sánchez Abogado Javier Grávalos Olivella Abogado El 30 de octubre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 48/2015, de 29 de octubre,
Más detallesORDENANZA FISCAL Nº 34 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO MUNICIPAL DE AYUDA A DOMICILIO
ORDENANZA FISCAL Nº 34 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO MUNICIPAL DE AYUDA A DOMICILIO Artículo 1.- Fundamento y Naturaleza.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 106 de
Más detallesEntrada en vigor: 11 de febrero de Los modelos 121 y 122 se utilizarán en los plazos establecidos.
TÍTULO: Orden HFP/105/2017, de 6 de febrero, por la que se aprueba el modelo 121 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo.
Más detalles*Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del IAE.
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS Normativa básica: *Arts. 78 a 91 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), aprobado por R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Más detallesPAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES MODELO 202 Y 222. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA ORDEN HAC/941/2018, DE 5 DE SEPTIEMBRE
C I R C U L A R 1 7 / 2 0 1 8 PAGO FRACCIONADO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES MODELO 202 Y 222. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA ORDEN HAC/941/2018, DE 5 DE SEPTIEMBRE Muy señores nuestros: Oviedo, 26 de
Más detallesSOLUCIONES EJERCICIOS FISCALIDAD INTERNACIONAL II
SOLUCIONES EJERCICIOS FISCALIDAD INTERNACIONAL II Supuesto 1 1. Tributación en el IS Los servicios prestados, tienen la consideración de asistencia técnica, por lo que habrá que acudir al Convenio entre
Más detallesPagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades - ejercicios iniciados durante /3
Boletín FISCAL diario - lunes, 2 de octubre de 2017 Pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades - ejercicios iniciados durante 2017-1/3 Normativa: Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo por la que se aprueba
Más detallesviernes, 10 de abril de 2015 Sentencia de interés pág 2 Consulta de interés pág 3 Recuerda que. pág 7 Boletines Oficiales consultados:
Sentencia de interés pág 2 Consulta de interés pág 3 Recuerda que. pág 7 Boletines Oficiales consultados: 1 Sentencia de interés Exención de la ganancia patrimonial por reinversión en la adquisición de
Más detallesNOVEDADES FISCALES EN EL REAL DECRETO LEY 20/2011
NOVEDADES FISCALES EN EL REAL DECRETO LEY 20/2011 El Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2011 ha aprobado el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,
Más detallesORDENANZA FISCAL Nº 34 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO MUNICIPAL DE AYUDA A DOMICILIO
ORDENANZA FISCAL Nº 34 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO MUNICIPAL DE AYUDA A DOMICILIO Artículo 1.- Fundamento y Naturaleza.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 106 de
Más detallesORDENANZA FISCAL Nº 3 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS. I.- FUNDAMENTO LEGAL II.- CUOTA TRIBUTARIA Y COEFICIENTES DE PONDERACIÓN.
ORDENANZA FISCAL Nº 3 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS. Articulo 1º I.- FUNDAMENTO LEGAL El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo directo de carácter real establecido
Más detallesRETENCIONES SOBRE RENDIMIENTOS DE TRABAJO
Goya, 77 Esc. Dcha. 2º 28001-Madrid Teléfono: 91 436 21 99 Fax.: 91 435 79 45 N.I.F.: B85696235 RETENCIONES SOBRE RENDIMIENTOS DE TRABAJO (Julio 2015) Fecha: 23/07/2015 NOTA INFORMATIVA AEAT RELATIVA AL
Más detalles[ Quantor ]fiscal. [1] Norma incluida en la obra por ser modificadora de la. Su redacción es la original.
[ Quantor ]fiscal Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, por el que se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, con carácter temporal. (BOE de 17 de septiembre) BOE 224/2011, de 17 de septiembre
Más detallesPágina 1 de 5 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 Boletín Fiscal, Editorial CISS Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 ( BOCG 1 de octubre
Más detallesREGISTRO BOMEH: 25/2005 PUBLICADO EN: BOE n.º 139 de 11 de junio de 2005 Disponible en: VIGENCIA: En vigor desde 12 de junio de 2005.
TÍTULO: REAL DECRETO 687/2005, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, para regular
Más detalles1.1 ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
1.1 ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1º. - Fundamento. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2 y 59.1, en relación con los artículo 60 a 77 del R.D. Legislativo
Más detallesDatos identificativos
Declaración Censal de alta, modificación y baja en el Censo de obligados tributarios Modelo 036 1 Delegación de 2 Administración de 3 Código de Administración Datos identificativos Pág. 1A 0367318281251
Más detallesORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CUOTA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
ORDENANZA FISCAL NÚM. 1.1. ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CUOTA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS ÍNDICE I.- Fundamento y Régimen... 2 II.- Exenciones... 3 III.- Bonificaciones...
Más detallesEl Real Decreto se estructura en un único artículo, dos disposiciones transitorias y una disposición final.
REAL DECRETO 861/2008. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en materia de pagos a cuenta sobre los rendimientos del
Más detallesSEPARACION MATRIMONIAL: ADQUISICIÓN 50% VIVIENDA DEL OTRO CONYUGE SEPARACION MATRIMONIAL: ADQUISICIÓN 50% VIVIENDA DEL OTRO CONYUGE
NUEVAS REFERENCIAS INCLUIDAS EN EL PROGRAMA IRPF -CAPÍTULO IRPF- DURANTE EL MES DE ABRIL DE 2016 (NUEVAS REFERENCIAS O NUEVAS REDACCIONES A REFERENCIAS PREEXISTENTES) 1.- LISTADO Y ACCESO POR Nº Y REFERENCIA
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Artículo 1º. Hecho imponible. 1. El impuesto sobre actividades económicas es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible
Más detallesDERECHO A LA DEDUCCIÓN POR CONTRIBUYENTES NO OBLIGADOS A PRESENTAR DISCAPACIDAD A CARGO O POR ASCENDIENTE SEPARADO LEGALMENTE O SIN
Departamento de Gestión Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 121 «IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. DEDUCCIONES POR FAMILIA NUMEROSA O POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Más detallesLey 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003).
Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003). Artículo 11. Naturaleza. TÍTULO II. TRIBUTOS PROPIOS. CAPÍTULO I.
Más detallesIMPUESTO S/ SOCIEDADES PAGOS FRACCIONADOS 2016
Goya, 77 Esc. Dcha. 2º 28001-Madrid Teléfono: 91 436 21 99 Fax.: 91 435 79 45 N.I.F.: B85696235 IMPUESTO S/ SOCIEDADES PAGOS FRACCIONADOS 2016 (Octubre 2016) Fecha: 04/10/2016 PAGOS FRACCIONADOS OCTUBRE/DICIEMBRE
Más detallesSECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA SECRETARIA GENERAL DE HACIENDA DIRECCION GENERAL DE TRIBUTOS
DE ECONOMIA SECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS SECRETARIA GENERAL DE HACIENDA DIRECCION PROYECTO DE REAL DECRETO XX/2010, DE XX DE XX, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE
Más detalles