Seminario Internacional Regulación de la Contratación de Seguros

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1 Seminario Internacional Regulación de la Contratación de Seguros LA CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO DE SEGURO Fernando Pérez Jiménez, Abogado Perú, Lima. Abril, 2015.

2 CONTENIDOS Marco Regulatorio. Claves del nuevo Régimen Normativo. Principales Contenidos Normativos del Contrato de Seguro. Consensualidad en el Contrato de Seguro. Modalidades de Contratación. Seguros colectivos y a distancia. 12/05/2015 Fernando Pérez Jiménez 2

3 Marco Regulatorio. Claves del Nuevo Régimen Normativo. Modernización y nuevas tendencias en el Derecho de Seguros y realidad contractual. Distinción entre Seguros Masivos y de Grandes Riesgos. Imperatividad, Normas de Orden Público. Normativa tutelar y protectora de los derechos de los asegurados. 12/05/2015 Fernando Pérez Jiménez 3

4 MARCO REGULATORIO DEL CONTRATO DE SEGURO Aspectos Normativos del Contrato de Seguro. Código de Comercio y Ley de Seguros. Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros. Normas sobre Protección a los Derechos de los Consumidores. Regulación sobre Seguros Colectivos de Créditos Hipotecarios. Normativa Administrativa. Régimen de las Condiciones Generales y Condiciones Particulares de las Pólizas de Seguros. Tipificación del Fraude del Seguro. 12/05/2015 Fernando Pérez Jiménez 4

5 PRINCIPALES CONTENIDOS NORMATIVOS DEL CONTRATO DE SEGURO Fortalecimiento del equilibrio relación asegurado-asegurador Consensualidad vs. Solemnidad. El seguro como contrato de adhesión (sin libre discusión). Seguros masivos (pequeños asegurados): Autonomía de la voluntad vs. imperatividad de las normas y depósito pólizas. Seguro de Grandes Riesgos Libre discusión entre las partes Normas dispositivas 12/05/2015 Fernando Pérez Jiménez 5

6 PRINCIPALES CONTENIDOS NORMATIVOS DEL CONTRATO DE SEGURO Fortalecimiento del equilibrio relación asegurado-asegurador Nuevas obligaciones para el asegurador: Seguro directo. Contratación Colectiva Fenómeno seguro masivo, volúmenes de prima, bajos costos de administración, canales no tradicionales de distribución. Voluntariedad y libre contratación. Transparencia en la contratación: Imperfecciones y asimetrías de información. Responsabilidades de los intervinientes. 12/05/2015 Fernando Pérez Jiménez 6

7 PRINCIPALES CONTENIDOS NORMATIVOS DEL CONTRATO DE SEGURO Fortalecimiento del equilibrio relación asegurado-asegurador Mejorar la certeza y seguridad jurídica del contrato Deber de información precontractual. Selección de riesgo y declaración sobre el estado de riesgo. Derechos sobre la prima y terminación. Divisibilidad. Terminación anticipada del contrato. 12/05/2015 Fernando Pérez Jiménez 7

8 LA CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO DE SEGURO

9 PRINCIPALES CONTENIDOS NORMATIVOS DEL CONTRATO DE SEGURO Autonomía contractual y contratos dirigidos Régimen de las Condiciones Generales. Fuente legal. Normativa administrativa: Sistema de Depósito de Pólizas y Disposiciones Mínimas del Contrato de Seguro. Condiciones Generales: Contenido obligatorio: Reglas aplicables al contrato. Imperatividad normas del Código de Comercio. Imperatividad relativa: Validez de estipulaciones contractuales más beneficiosas para el asegurado o beneficiario.

10 PRINCIPALES CONTENIDOS NORMATIVOS DEL CONTRATO DE SEGURO Control Administrativo Función pública, mandato legal, órgano público. Objetivos: Claridad, comprensión y legalidad de los textos. No inducción a error o confusión a los asegurados. Potestades Autoridad: Prohibición. Condiciones particulares: No puede modificar, condición más favorable al asegurado. salvo Casos Especiales: Aprobación de pólizas

11 CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO Redacción clara y entendible de las pólizas. Principio de interpretación más favorable al asegurado. Responsabilidad del asegurador por uso de pólizas. Prohibición de comercialización con modelos no depositados, salvo excepciones legales. Deber de incorporar las exigencias de la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores.

12 BILATERALIDAD DEL CONTRATO CONTRATO: ACTO JURÍDICO BILATERAL O CONVENCIÓN QUE CREA DERECHOS. REQUIERE ACUERDO DE VOLUNTADES. MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD: EXTERIORIZARSE POR MEDIO DE UNA DECLARACIÓN O COMPORTAMIENTO. CONTRATO BILATERAL: LAS PARTES SE OBLIGAN RECÍPROCAMENTE. PRODUCE EFECTOS QUERIDOS POR AUTOR O LAS PARTES Y QUE EL DERECHO SANCIONA.

13 LA VOLUNTAD Actitud o disposición moral para querer algo. Intención decidida de hacer o no algo. REQUISITOS: Ser seria: Persona capaz, y con intención de producir efecto jurídico reconocido por el Derecho. Manifestarse: Expresa: Declaración clara. Tácita: Comportamiento o conducta concluyente. (Hacer algo). Presunta: No se manifiesta voluntad, la ley da por manifestada o presume de ciertos hechos (No hacer algo). Silencio: Excepcionalmente puede tener valor. EFICACIA JURÍDICA: Voluntad debe ser consiente y no estar viciada.

14 FORMACIÓN DEL CONSENTIMIENTO Acuerdo de voluntades encaminada a un mismo fin jurídico. CONSENTIMIENTO VOLUNTAD A VOLUNTAD B

15 FORMACIÓN DEL CONSENTIMIENTO OFERTA Y ACEPTACIÓN OFERTA OFERTA DESTINATARIO ACEPTACIÓN

16 FORMACIÓN DEL CONSENTIMIENTO OFERTA: ACTO JURÍDICO UNILATERAL POR EL CUAL UNA PERSONA PROPONE A OTRA CELEBRAR UNA DETERMINADA CONVENCIÓN CLASES DE OFERTA EXPRESA TÁCITA COMPLETA INCOMPLETA CONTRAOFERTA A PERSONA DETERMINADA A PERSONA INDETERMINADA

17 FORMACIÓN DEL CONSENTIMIENTO ACEPTACIÓN: ACTO JURÍDICO UNILATERAL POR EL CUAL LA PERSONA A QUIEN VA DIRIGIDA LA OFERTA MANIFIESTA SU CONFORMIDAD. CLASES DE ACEPTACIÓN VERBAL ESCRITA OPORTUNA : VIGENTE LA PROPUESTA PURA Y SIMPLE CONDICIONAL: NUEVA PROPUESTA EXTERIORIZARSE VERBAL O ESCRITA PURA Y SIMPLE O CONDICIONAL

18 FORMACIÓN DEL CONSENTIMIENTO ACEPTACIÓN OFERTA VIGENTE PROPONENTE DESTINATARIO ACEPTACIÓN OPORTUNA PURA Y SIMPLE EXTERIORIZARSE

19 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Perfeccionamiento del contrato El contrato de seguro es consensual La existencia y estipulaciones del contrato se podrán acreditar por todos los medios de prueba que contemplen las leyes, siempre que exista un principio de prueba por escrito que emane de cualquier documento que conste en télex, fax, mensajes de correo electrónico y, en general, cualquier sistema de transmisión y registro digital o electrónico de la palabra escrita o verbal.

20 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Perfeccionamiento del contrato Acreditación y prueba del contrato Medios de prueba legal, principio de prueba por escrito. Póliza es el documento justificativo del seguro ad probationem. Inadmisibilidad de prueba del asegurador en contra de la póliza (perfección del contrato).

21 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Formación del consentimiento Definiciones Cotización: oferta escrita del asegurador para celebrar un contrato de seguro. Propuesta: oferta escrita de contratar el seguro, formulada al asegurador por el contratante, el asegurado o por un tercero a su nombre. Póliza: documento justificativo del seguro. Otras definiciones: certificado de cobertura o certificado definitivo, certificado provisorio, endoso, póliza de seguro flotante.

22 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Formación del consentimiento Propuesta informada : Contenido y alcance Expresar la cobertura, antecedentes y circunstancias necesarios para apreciar la extensión de los riesgos. Se contempla deber de entrega, por escrito, de información precontractual al tomador. Comprende toda la información relativa al contenido del contrato que se celebrará.

23 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Perfeccionamiento del contrato Propuesta. Información mínima. Tipo de seguro Riesgos cubiertos Exclusiones Cantidad asegurada, forma de determinarla y los deducibles Prima o método para su cálculo Período de duración del contrato Fecha de inicio y término de la cobertura.

24 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Perfeccionamiento del contrato Propuestas intermediadas por corredor Leyenda obligatoria Con la emisión de la presente propuesta, no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comienza a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la póliza.

25 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Perfeccionamiento del contrato Seguro intermediado por corredor Deber de asesoría y asistencia al cliente. Ofrecer las coberturas más convenientes a sus necesidades e intereses. Informar sobre las condiciones del contrato, y en general, toda la información necesaria para ilustrar mejor la decisión. Asesoría al asegurador: contratantes, bienes, información del riesgo, primas. Hacer constar por escrito las propuestas. Firmar toda propuesta o cotización y verificar que cumplan con las exigencias legales y reglamentarias.

26 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Perfeccionamiento del contrato Venta directa por el asegurador Prestar asesoría al asegurado, ofrecer las coberturas más convenientes a sus necesidades e intereses, ilustrarlo sobre las condiciones, y asistirlo durante la vigencia. Responsabilidad del asegurador por infracciones, errores, omisiones y perjuicios.

27 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Perfeccionamiento del contrato Deberes de información precontractual Reticencias, errores e inexactitudes en la información. Métodos de evaluación. Selección de riesgo y declaración sobre el estado de riesgo. Cambio en el enfoque tradicional: Deber de declaración espontánea / Deber de respuesta en base a cuestionario. Responsabilidad del asegurador profesional. 12/05/2015 Fernando Pérez Jiménez 27

28 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Perfeccionamiento del contrato Tratamiento de preexistencias. Enfermedades, dolencias o situaciones de salud diagnosticadas o conocidas por el asegurado o por quien contrata en su favor. Importancia de la suscripción y evaluación del riesgo al momento de la contratación. Exigencia especial de información en seguros de salud. Relevancia especial en seguros masivos y de aceptación de riesgo inmediata.

29 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Perfeccionamiento del contrato Emisión y entrega de la póliza Perfeccionado el contrato se debe emitir la póliza, con las menciones mínimas exigidas por la ley. Deber de entrega al contratante o corredor, dentro del plazo de 5 días contado de desde la perfección del contrato. Responsabilidad del asegurador o corredor por incumplimiento.

30 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Modalidades especiales de contratación Contratación colectiva Mediante una sola póliza se cubre a un grupo determinado o determinable de personas. Deber del asegurador de entregar, a través del tomador, a cada asegurado copia de la póliza o certificado de cobertura. Modificaciones: Notificación a los asegurados a través del tomador. Rige a partir de la siguiente renovación. Inoponibilidad de modificaciones no informadas. Derecho de renuncia del asegurado (10 días).

31 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Modalidades especiales de contratación Contratación colectiva Reglas especiales para seguros contratados en forma colectiva. Regulación relativa a la propuesta, solicitud de incorporación y certificado de cobertura. Propuesta de aceptación inmediata: Certificado de cobertura definitiva. Propuesta de aceptación diferida: Deber de informar rechazo o aceptación. Deberes de asesoría del corredor y compañía

32 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Modalidades especiales de contratación Seguros colectivos de créditos hipotecarios Licitación pública con bases preestablecidas. Entidades crediticias por operaciones hipotecarias con personas naturales. Seguros de desgravamen por muerte o invalidez e incendio y coberturas complementarias, protección de bienes en garantía o pago de la deuda. Superintendencias: Fijan condiciones y coberturas mínimas de los seguros asociados a los créditos hipotecarios y bases de licitación.

33 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Modalidades especiales de contratación Seguro celebrado a distancia. Convenido mediante cualquier sistema de transmisión y registro digital o electrónico de la palabra escrita o verbal. Requisitos y contenido de información precontractual. Reglas especiales de la aceptación de la oferta. Manifestación expresa e inequívoca de la voluntad. Derecho de retracto del asegurado. Exigencias de seguridad del sistema de oferta y promoción y autenticación de la información.

34 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Regulación penal del fraude de seguros Se agrega en el artículo 470 del Código Penal el siguiente numeral 10, nuevo: "10 A los que maliciosamente obtuvieren para sí, o para un tercero, el pago total o parcialmente indebido de un seguro, sea simulando la existencia de un siniestro, provocándolo intencionalmente, presentándolo ante el asegurador como ocurrido por causas o en circunstancias distintas a las verdaderas, ocultando la cosa asegurada o aumentando fraudulentamente las pérdidas efectivamente sufridas. Si no se verifica el pago indebido por causas independientes de su voluntad, se aplicará el mínimo o, en su caso, el grado mínimo de la pena. La pena se determinará de acuerdo con el monto de lo indebidamente solicitado.".

35 CONSENSUALIDAD DEL CONTRATO Aplicación y práctica

36 MUCHAS GRACIAS 12/05/2015 Fernando Pérez Jiménez 36

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