Reglamento Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA)
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- Eduardo Redondo Vázquez
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1 ESTUDIO DEL SECTOR ACUÍCOLA EN PAÍSES LATINOAMERICANOS: CHILE ANEXO 12 Reglamento Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA)
2 SISTEMA DE EVALUACIÓN N DE IMPACTO AMBIENTAL S.E.I.A.
3 DEFINICIÓN N DE LA LEY DE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE EVALUACIÓN N DE IMPACTO AMBIENTAL EL PROCEDIMIENTO, A CARGO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE O DE LA COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE RESPECTIVA, EN SU CASO, QUE EN BASE A UN ESTUDIO O DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, DETERMINA SI EL IMPACTO AMBIENTAL DE UNA ACTIVIDAD O PROYECTO SE AJUSTA A LAS NORMAS VIGENTES
4 DEFINICIÓN N DE LA LEY DE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE GOBIERNO DE CHILE IMPACTO AMBIENTAL LA ALTERACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, PROVOCADA DIRECTA O INDIRECTAMENTE POR UN PROYECTO O ACTIVIDAD EN UN ÁREA DETERMINADA
5 CRITERIOS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN N DE IMPACTO AMBIENTAL, ESTÁN N CONTENIDOS: LEY DE BASES DEL MEDIO AMBIENTE (1994) D.S. Nº N 30/98 DEL MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN N DE IMPACTO AMBIENTAL
6 DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEFINICIONES: ÓRGANO DE LA ADMINISTRACIÓN N DEL ESTADO CON COMPETENCIA AMBIENTAL DEFINICIONES Y CARACTERIZACIONES DE PROYECTOS O ACTIVIDADES QUE DEBEN SOMETERSE AL SEIA: Se acota sólo s donde existen conceptos jurídicos indeterminados DEFINE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES QUE SE OTORGAN A TRAVES DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN N DE IMPACTO AMBIENTAL
7 Para Para respuesta, respuesta, uso uso Artículo Artículo 3º 3º del del Reglamento Reglamento del del S.E.I.A. S.E.I.A. y y Artículo Artículo de de la la Ley Ley Definición n de la forma de ingreso al SEIA: La pregunta crucial del titular Debo ingresar al SEIA? SI NO Deseo ingresar voluntariamente al SEIA? Para Para respuesta, respuesta, uso uso Artículo Artículo de de la la Ley Ley y y Titulo Titulo II II del del Reglamento Reglamento del del S.E.I.A. S.E.I.A. Mediante que forma ingreso? EIA o DIA? SI NO INGRESO MEDIANTE UN E.I.A. Procedimiento del SEIA; Resolución en 120 días + 60 días ampliables INGRESO MEDIANTE UNA D.I.A. Procedimiento del SEIA; Resolución en 60 días + 30 días ampliables
8 PROYECTO INTERREGIONAL ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL PARA EL SEIA (en la calificación n del proyecto o actividad) PROYECTO REGIONAL DIRECCIÓN N EJECUTIVA Directora Ejecutiva CONSEJO CONSULTIVO DE CONAMA Integrado por: Ministro Presidente de CONAMA (quien lo preside); 2 cientificos; ; 2 representantes de ONGs; 2 rep.. de centros académicos; 2 rep.. del empresariado; 2 rep.. de los trabajadores; y un rep.. del Presidente de la República. ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN N DEL ESTADO CON COMPETENCIA AMBIENTAL RELACIONES Funcionales de consulta COMISIONES REGIONALES DEL MEDIO AMBIENTE Integradas por: Intendente Regional (quien la preside); Gobernadores Provinciales de la región; Secretarios Regionales Ministeriales de los ministerios que integran el consejo directivo; 4 Consejeros Regionales y el Director Regional de la CONAMA (quien actúa como secretario) CONSEJO CONSULTIVO REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE Integrado por: 2 científicos; 2 representantes de ONGs; 2 rep.. del empresariado; 2 rep.. de los trabajadores; y un rep. del Intendente Regional.
9 DE LA GENERACIÓN N O PRESENCIA DE EFECTOS, CARACTERÍSTICAS O CIRCUNSTANCIAS QUE DEFINEN LA PERTINENCIA DE PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. - CRITERIOS DESAGREGADOS PARA EVALUAR RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN - CRITERIOS DESAGREGADOS PARA EVALUAR LOS EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES. - REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS, O ALTERACIÓN N SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA.
10 DE LA GENERACIÓN N O PRESENCIA DE EFECTOS, CARACTERÍSTICAS O CIRCUNSTANCIAS QUE DEFINEN LA PERTINENCIA DE PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. - LOCALIZACIÓN N PRÓXIMA A POBLACIÓN, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASI COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR. - ALTERACIÓN N SIGNIFICATIVA, EN TERMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJISTICO O TURISTICO DE UNA ZONA, Y - ALTERACIÓN N DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLOGICO, ARQUEOLOGICO, HISTORICO Y EN GENERAL, LOS PERTENENCIENTES AL VALOR PATRIMONIAL.
11 DE LA GENERACIÓN N O PRESENCIA DE EFECTOS, CARACTERÍSTICAS O CIRCUNSTANCIAS QUE DEFINEN LA PERTINENCIA DE PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. - ESTADO CUYAS NORMAS SE UTILIZARAN COMO REFERENCIA, SUIZA. LAS NORMAS DE REFERENCIA NO SON EXIGIBLES EN CHILE; SON SOLO UN CRITERIO DE COMPARACIÓN N PARA DEFINIR LA PERTINENCIA DE PRESENTARSE VÍA V A EIA O DIA
12 DEFINICIONES Y CONCEPTOS DE LA LEY DE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE CONCEPTO DE VENTANILLA ÚNICA TODOS LOS PERMISOS DE CARÁCTER CTER AMBIENTAL QUE EMITEN LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO SE OTORGARÁN N A TRAVÉS S DEL S.E.I.A. INGRESO AL S.E.I.A. EN FORMA VOLUNTARIA AQUELLOS PROYECTOS NO COMPRENDIDOS EN EL LISTADO, PODRÁN N ACOGERSE VOLUNTARIAMENTE AL S.E.I.A. PARTICIPACIÓN N CIUDADANA EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN INCORPORAN MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN N DE LA CIUDADANÍA A DIRECTA E INDIRECTAMENTE AFECTADA POR EL PROYECTO O ACTIVIDAD
13 DEFINICIONES Y CONCEPTOS DE LA LEY DE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE PROCESO CONCLUYE CON UNA CALIFICACIÓN N DEL PROYECTO O ACTIVIDAD EN CASO FAVORABLE,, LAS CONDICIONES QUE SE IMPONGAN SERÁN N DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO. LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN N DEL ESTADO CON COMPETENCIA AMBIENTAL NO PODRÁN N DENEGAR LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES, NI IMPONER CONDICIONES AMBIENTALES ADICIONALES. EN CASO DE RECHAZO,, EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO PUEDE EJECUTARSE EN TANTO SU CALIFICACIÓN N NO SEA FAVORABLE
14 PROCEDIMIENTO DEL SEIA GOBIERNO DE CHILE Participación Ciudadana Plazo máximo: 60 días hábiles (sólo para EIA) PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE EIA CIUDADANÍA HACE LLEGAR SUS OBSERVACIONES TITULAR PRESENTA ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) O DECLARACIÓN N DE IMPACTO AMBIENTAL EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DEL EIA/DIA EVALUACIÓN DE EIA/DIA Solicitud de aclaraciones sobre EIA Presentación de Aclaraciones del Titular INFORME TÉCNICO FINAL Instancia de Reclamación de la ciudadanía ante autoridad superior COREMA/CONAMA DICTA RESOLUCIÓN N DE CALIFICACIÓN N AMBIENTAL (INCLUYE PONDERACIÓN N DE OBSERVACIONES CIUDADANAS) Instancia de Reclamación del Titular Instancia de Reclamación Judicial
15 Evaluación de proyectos o actividades, que contemplen sustancias peligrosas Se consignan en la letra ñ) ) del Articulo 10 de la Ley y del Artículo 3) del Reglamento del Sistema de Evaluación n de Impacto Ambiental. ñ) ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición n o reutilización n habituales de sustancias tóxicas, t explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas. Se entenderá que estos proyectos o actividades son habituales cuando se trate de:
16 Evaluación de proyectos o actividades, que contemplen sustancias peligrosas ñ.1. Producción, almacenamiento, transporte, disposición n o reutilización n de sustancias tóxicas t con fines industriales y/o comerciales, en una cantidad igual o superior a cien kilogramos (100 kg) mensuales. ñ.2. Producción, almacenamiento, transporte, disposición n o reutilización n de sustancias explosivas, inflamables, corrosivas o reactivas, con fines industriales y/o comerciales, en una cantidad igual o superior a diez toneladas (10 t) mensuales. ñ.3. Producción, almacenamiento, transporte, disposición n o reutilización n de sustancias radioactivas.
17 Aspectos a considerar en la evaluación ambiental en estos proyectos a actividades. Impacto ambientales generados: Principalmente los referidos al impacto vial, debido al aumento del flujo vehicular. Impacto de aumento de emisión n de ruido en zonas urbanas y rurales, producidas por el aumento de trafico. Riesgo (certeza) a la salud de las personas por exposición n a sustancias declaradas tóxicas t o cancerigenas.
18 Aspectos a considerar en la evaluación ambiental en estos proyectos a actividades. Impacto ambientales generados: Posibles impactos sobre sitios con valor turístico o paisajístico, stico, o de cambio sustancial en su forma de uso. Posible alteración n de la componente biotica.
19 Aspectos a considerar en la evaluación ambiental en estos proyectos a actividades. Riesgos ambientales: Los originados ante la posible ocurrencia de una contingencia ambiental. La cual puede afectar a las personas, los recursos naturales y los bienes. Titular debe incorporar acciones de carácter cter preventivo y correctivo ante la ocurrencia de contingencias, y de reparación n o restauración del medio afectado.
20 Aspectos a considerar en la evaluación ambiental en estos proyectos a actividades. Riesgos ambientales (probabilidad de ocurrencia): Los planes de contingencias, deberán considerar previamente un levantamiento de la línea base de las áreas mas sensibles de ser afectadas, las medidas de control del accidente, con los mecanismos de coordinación con las autoridades pertinentes, y posteriormente un monitoreo que evalúe la evolución del medio ambiente afectado.
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