HISTORIA DE LA EDUCACIÓN MUNDIAL Y EN COLOMBIA. EDUCACIÓN EN ESPAÑA

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1 1 HISTORIA DE LA EDUCACIÓN MUNDIAL Y EN COLOMBIA.

2 2 Aspectos Históricos De comienzos de siglo hasta final de la Segunda República. ( ). En el periodo que va de comienzos de siglo hasta 1931 la enseñanza en España tiene un marcado cariz religioso. En este tiempo se mantiene vivo el espíritu de tres grandes pedagogos cristianos, los cuales son: San Juan Bosco ( ). A pesar de no ser español y de haber muerto antes de comenzar el siglo XX, puede ser incluido en esta relación por su gran influencia a través de las Escuelas Salesianas, de gran raigambre en nuestro país. La innovación de su pedagogía se basa en el sistema preventivo (es mejor prevenir que reprimir). Pretende perfeccionar al hombre en todos sus estratos: cuerpo, alma, inteligencia y corazón. Andrés Manjón ( ). Pasa por ser uno de los principales didactas en la España de comienzos del siglo XX, con sus Escuelas del Ave María, dedicadas principalmente a población humilde y marginal. Para él, educar es intentar hacer hombres perfectos. San Pedro Poveda ( ). Fundador de la Institución Teresiana, dedicada a la formación de las Maestras y al gobierno de los internados femeninos para estudiantes de Enseñanza Media y Universitaria. Introduce nuevos elementos en la concepción educativa, que rompen los moldes de la tradición al uso y alcanza la categoría de síntesis creadora. El panorama educativo, que domina este periodo de la historia de España, en la que se exaltan los valores católicos tradicionales, se ve salpicada por la aparición de un pensamiento más liberal, que viene personificado por el espíritu de la llamada Generación del 98, en la que es obligado destacar la figura de Miguel de Unamuno, entre otros, y también por las nuevas corrientes que van apareciendo en Europa, como es la llamada Escuela Nueva, que supone una verdadera revolución copernicana. Las ideas pedagógicas de la Escuela Nueva no arraigarían en España sino en los años en que la enseñanza estatal se hace aconfesional. Digna de mención es también la Institución Libre de Enseñanza, fundada en 1876 por Giner de los Ríos, basada en las ideas del krausismo, que defiende la libertad de cátedra y se rebela contra el dogmatismo religioso, político o moral. Desde 1876, en que fue fundado, hasta la Guerra Civil, el Instituto Libre de Enseñanza se convirtió en el centro de gravedad de una época de la cultura española, y fue cauce para la introducción en España de las más avanzadas teorías pedagógicas y científicas que se estaban desarrollando fuera de las fronteras españolas. Entre los personajes que sobresalen en esta época son: Bertrand Russell, Henri Bergson, Charles Darwin, John Dewey, Ramón y Cajal, Unamuno, Montessori y León Tolstoi. El Instituto Libre de Enseñanza buscó promover la fusión de las Escuelas Primarias y Secundarias, por considerar que eran sólo distintos momentos de un único proceso. La educación para su fundador constituye una función que debe abarcar toda la vida de la persona, es decir, debe ser integral. La legislación por la que se rige la educación española en este primer tercio del siglo XX, puede quedar resumido así: Desde 1857, hasta bien avanzado el siglo XX (1970), el sistema educativo español se rige por la Ley Moyano. Según esta Ley, la enseñanza queda estructurada en varios niveles: Escuelas Primarias, Escuelas Normales, Institutos de Segunda Enseñanza, Facultades Universitarias y Escuelas Especiales. La Enseñanza Superior quedaba a cargo del Estado. La Segunda Enseñanza era competencia de las provincias y la Primaria, competencia de los Municipios. En 1926, el entonces Ministro de Instrucción Pública, Eduardo Callejo, establece reformas en el Bachillerato, conocidas con el nombre de Plan Callejo.

3 3 En 1931 aparecieron sendos decretos referidos a la enseñanza primaria y la Escuela Normal, y en 1932 un decreto referente a la escuela laica. De 1931 a 1939 (periodo correspondiente a la Segunda República) el panorama educativo cambia en España. El 22 de mayo de 1931 se dio el primer paso para establecer las polémicas reformas que afectaban a la educación católica en las escuelas. El gobierno se pronunció a favor de la libertad religiosa total y al desarrollo de un plan para introducir un sistema de educación laico y estatal. Por último, en 1934 se aprobó el nuevo plan de Bachillerato. La Ley General de Educación de 1970 En 1970, con el influjo y el interés de grupos de poder y de Organismos Internacionales (UNESCO, Banco mundial) la Ley General del Sistema Educativo pretendió lo siguiente: a) Superar la dicotomía del sistema, que fortalecía y ahondaba las diferencias socio económicas, al mantener a los niños de las áreas rurales en la escuela primaria como único medio de formación/educación, que terminaba a los 14 años, y permitir a una minoría, urbana y burguesa, desligarse a los 11 años de esa escuela primaria, y pasar a un instituto de bachillerato para preparar el paso a la universidad. En esta Ley se establecía la EGB, Educación General Básica, que desde los 6 a los 14 años señalaba el período de educación obligatoria y gratuita para todos los niños y niñas. b) Generalizar y potenciar dentro del sistema escolar la Formación Profesional, necesaria respuesta a las exigencias del mercado laboral y a las expectativas del mercado industrial. Esta promoción nunca maduró de manera satisfactoria por un conjunto de factores: carencia de medios financieros, relativa escasez de centros en el conjunto del Estado y en comparación con la proliferación de centros de currículos más académicos y abstractos, ligados al nivel del Bachillerato, y la relativa inhibición social respecto de la demanda de este tipo de centros. c) Extensión universitaria, que en un proceso inacabado ha sembrado toda la geografía estatal de universidades, muchas veces puestas en entredicho por la rápida emergencia y la presumible escasez de medios humanos y materiales, que podían hacer de la universidad un ítem de relevancia estadística en los informes comparados, pero una institución siempre a debate. Finalmente, la Ley de 1970, permitió movimientos de renovación pedagógica y el aumento de la sensibilidad social. La Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo del año 1990: LOGSE En la Ley de Ordenación General (del Sistema Educativo) "el objetivo fundamental de la educación es el de proporcionar a los niños y a las niñas, a los jóvenes de uno y otro sexo, una formación plena que les permita conformar su propia y esencial identidad, así como construir una concepción de la realidad que integre a la vez el conocimiento y la valoración ética y moral de la misma. Tal formación plena ha de ir dirigida al desarrollo de su capacidad para ejercer, de manera crítica y en una sociedad axiológicamente plural, la libertad, la tolerancia y la solidaridad". En el artículo 1 de la Ley, Carta Magna dentro del conjunto, se enumeran los objetivos de la pretendida reforma: "1. El sistema educativo español, configurado con los principios y valores de la Constitución y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella y en la Ley Orgánica 1985, de 3 de julio. Reguladora del Derecho a la Educación, se orientará a la consecución de los siguientes fines previstos en dicha Ley:

4 4 a)el pleno desarrollo de la personalidad del alumno. b) La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad, dentro de los principios democráticos de convivencia. c) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y estéticos. d) La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales. e) La formación en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural de España. f) La preparación para participar activamente en la vida social y cultural. g) La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos". En resumen, se trataba, por un lado, de ajustar el sistema escolar a las proclamas de la Constitución de 1978, y al mismo tiempo actuar en los planteamientos y realizaciones del sistema educativo en cuanto tal, en las líneas y procedimientos de trasfondo pedagógico, que aún no eran una realidad en la enseñanza española. Además, tampoco había que olvidar las exigencias de la dinámica económica y social que requerían otras respuestas del sistema escolar dominante. Niveles del sistema educativo Se prolonga la enseñanza obligatoria y gratuita hasta los 16 años, anteriormente hasta los 14 e impedía la entrada en el mercado laboral hasta los 16. Las enseñanzas de régimen general se establecen en los siguientes niveles: a) Educación infantil (de 0 a 6 años), es la primera vez que dicho tramo de edad queda recogido por la regulación del sistema educativo. Hay una pretensión de hacer de los centros de atención a la infancia, no sólo centros de guardería, de asistencia y vigilancia, sino realmente centros educativos: conocer el propio cuerpo, relacionarse con los demás, explorar el entorno, adquirir progresivamente autonomía. Se divide en dos ciclos. (El planteamiento de la ciclicidad es central en el horizonte de todos los niveles de la Ley: más que articulada en cuanto a años, cursos académicos, como unidades estancas, se consideran unidades de tiempo más abiertas y flexibles, relacionadas con la variable experiencia y maduración de las personas: ciclos). b) El primer ciclo hasta los tres años. El segundo de tres a seis años de edad. c) Educación primaria (de 6 a 12 años), dividida en tres ciclos: 1º, 2º y 3º. La propuesta curricular: Conocimiento de medio natural, social, cultural; Educación artística; Educación física; Lengua castellana, Lenguas extranjeras; Matemáticas. La evaluación de los alumnos será continua y global, y se dará menor relevancia a los exámenes puntuales. d) Educación secundaria (de 12 a 16 años), dividida en dos ciclos. El currículo: Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales, Geografía e Historia, Educación Física, Educación Plástica y Visual, Lengua castellana, Lenguas extranjeras, Matemáticas, Música, Tecnología. Además se cursan asignaturas optativas. Es un planteamiento curricular integrado adaptado a los niveles de conocimiento de los alumnos. Los equipos de apoyo y los psicopedagogos, en el papel de orientadores de los alumnos y colaboradores de los padres y de los profesores, ayudan a mejorar los niveles de aprendizaje que presenten mayores dificultades.

5 5 Finalización de la ESO (Educación Secundaria Obligatoria) otorga el título de Graduado en Educación Secundaria, paso para la Formación Profesional; bachillerato: dos cursos académicos, equivalentes a los cursos de 3º de Bachillerato Unificado y Polivalente y al Curso de Orientación Universitaria del sistema sustituido de la Ley del año Hay cuatro modalidades de Bachillerato: Artístico; Ciencias de la Naturaleza y de la Salud; Humanidades y Ciencias Sociales; y Tecnología. El currículo bastante diversificado en función de las modalidades tiene como asignaturas comunes: Educación Física, Filosofía, Historia, Lengua castellana y autonómica y Lengua extranjera. El título de Bachiller permite el acceso a la Formación Profesional de grado superior y a los estudios universitarios. Las enseñanzas de régimen especial son: las enseñanzas artísticas y de idiomas: Las enseñanzas artísticas están divididas en tres secciones: 1ª sección: de la Música y de la Danza, dividas en tres grados, elemental, medio y superior. Los alumnos que terminen el tercer ciclo del grado superior obtendrán el título de Bachiller si superan las materias comunes del bachillerato. Es un intento de facilitar y, en consecuencia, extender las posibilidades de seguir estos estudios/profesiones, sin estar centrado en el esfuerzo del sistema educativo base, que impediría tiempo y dedicación para el buen logro de estas enseñanzas; 2ª sección: del Arte dramático: con un solo grado de carácter superior, con duración adaptada a las características de estas enseñanzas. Superadas estas enseñanzas se tiene derecho al título superior de Arte Dramático equivalente al título de Licenciado Universitario; 3ª sección: de la enseñanza de las Artes plásticas y del Diseño. Estas enseñanzas se organizan en ciclos de formación específica. Las enseñanzas de idiomas, éstas se imparten en las Escuelas Oficiales de Idiomas. Para acceder a dichos estudios es requisito haber superado el primer ciclo de la ESO. A su vez, estas escuelas impartirán cursos para la actualización de conocimientos y perfeccionamiento profesional de las personas adultas. e) La Formación Profesional, comprende dos conjuntos: el de la formación inicial dentro del sistema escolar y el de la formación en servicio, o permanente, realizable en las empresas, en el puesto de trabajo. Además de los específicos módulos de la Formación Profesional, en la Educación Secundaria Obligatoria y en el bachillerato todos los alumnos reciben una formación básica de carácter obligatorio. El título de Bachiller permite el acceso a la Formación Profesional específica de grado superior. El currículo de este nivel refuerza la integración de los contenidos científicos, tecnológicos y organizativos. Además, la formación buscará que el alumno aprenda a trabajar por sí mismo y a ser eficaz en equipo. Los alumnos que superan las enseñanzas de Formación Profesional específica de grado medio y de grado superior recibirán respectivamente el título de Técnico y Técnico Superior de la correspondiente profesión. f) La educación especial: La LOGSE atiende significativamente esta realidad humana de las personas con necesidades educativas especiales. Esta atención se plantea desde los principios de normalización y de integración escolar. La integración de las personas con deficiencias entre los grupos de alumnos del sistema general ha sido tema de debate. Hoy prácticamente es aceptado como el método más adecuado, en líneas generales, para conseguir los objetivos deseados: normalizar la experiencia social de las personas con dificultades, socializar a los otros alumnos con respecto a las personas con dificultades y servirse de apoyo y de estímulo para mejorar en las diferentes y potenciales habilidades. g) La educación de las personas adultas: Se integra también en el conjunto del sistema escolar el interés por realizar y concretar la educación permanente y, en su caso, recuperar a personas que por cualquier excepcionalidad pudieran estar en el límite del analfabetismo. Este desarrollo pretende: actualizar la formación básica, mejorar la cualificación profesional, desarrollar la capacidad de participación en la vida social. Las actividades educativas propuestas se centrarán en el desarrollo de la habilidad del autoaprendizaje, en conexión con las propias experiencias, necesidades e intereses, por medio de la enseñanza presencial, en centros ordinarios o específicos, y el uso de los medios de educación a distancia. Estas enseñanzas pueden realizarse a partir de convenios con las universidades, corporaciones locales y otras entidades, públicas o privadas, siempre bajo el prisma de la específica y ya muy elaborada pedagogía de la educación de adultos.

6 6 Aspectos históricos actuales: Competencias educativas El ministro de educación y cultura es la máxima autoridad educativa del Estado Español. Es el responsable de la política educativa del país. El Parlamento del Estado dicta las leyes generales que constituyen la base de la Educación. El Estado tiene una inspección, "Alta Inspección", que supervisa el cumplimiento de las leyes en las autonomías. Autonomías Existen 17 autonomías en España. Cada una de ellas tiene su Parlamento y su Gobierno. Las autonomías con competencias plenas en materia de educación pueden desarrollar y promulgar, a través de sus Parlamentos, leyes y decretos, siempre respetando el "Mínimum" establecido por las leyes del Estado. En este caso se dará una muestra de la legislación educativa en Cataluña en término de su autonomía en competencias plenas en educación. Cataluña El gobierno de Cataluña está formado por el Presidente de la Generalitat y los Consellers. La Cancillería de educación ha dividido el territorio en 7 Delegaciones Territoriales. Cada Delegación está presidida por un Delegado, que representa al Conseller. Es responsable de la educación en el territorio de su delegación. Él propone la construcción de los centros escolares, asigna el profesorado, nombra los directores, administra los recursos económicos, y planifica la organización del curso escolar. En cada Delegación hay un servicio de inspección que depende del delegado y de la Subdirección General de la Inspección. La Subdirección General de la Inspección depende del Secretario General del Conseller. Los Centros Escolares En España hay tres tipos de centros escolares: La escuela pública sostenida exclusivamente con fondos públicos del Estado o de las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia de educación. Los Ayuntamientos deben proporcionar terrenos para la construcción de las escuelas públicas, y en el caso de los centros de educación primaria se ocupan de la conservación posterior de los edificios. La escuela pública de 3 a 12 años se denomina "Colegio de Educación Infantil y Primaria" (CEIP) y la escuela pública de 12 a 18 años toma el nombre de "Instituto de Enseñanza Secundaria" (IES). La escuela privada concertada, son las escuelas que han establecido un contrato con la administración y son subvencionadas económicamente con una cantidad por aula y con el pago de la nómina de los profesores. En contrapartida, la escuela debe cumplir las condiciones fijadas por la Administración, que son casi idénticas a las que rigen para la escuela pública. Otros tipos de escuelas, son las dependientes de los Ayuntamientos; son también escuelas públicas pero gestionadas por los departamentos de educación de los municipios y financiadas por el Ayuntamiento y la Generalitat. En Barcelona existe una gran tradición histórica de estas escuelas. Los municipios se ocupan también de las guarderías, que atienden niños hasta los 3 años. Evidentemente hay también escuelas totalmente privadas; la Administración controla y supervisa el cumplimiento de las normas establecidas.

7 7 El proyecto educativo. Autonomía de los centros. Participación democrática En todos los centros escolares no universitarios es el consejo escolar del centro el que toma las decisiones sobre su organización. El consejo escolar es un órgano de gobierno presidido por el director y formado por representantes de los profesores, de los alumnos, de los padres de los alumnos, del personal de la administración y servicios, y también por un representante del ayuntamiento. El consejo escolar debe elaborar el proyecto educativo del centro y establecer las ideas pedagógicas que quiere ofrecer. Tiene el poder de elegir al director del centro entre los profesores que presentan candidatura al cargo. El director es elegido por un periodo de cuatro años. La composición del consejo escolar depende de la magnitud del centro, por ejemplo, en un instituto de enseñanza media secundaria de 500 alumnos y 40 profesores está formado por 7 profesores (incluido el director), 4 alumnos, 4 padres, 1 representante del personal administrativo y un representante del ayuntamiento. Órganos de gobierno de los Institutos de Enseñanza Secundaria El director. Es un profesor del centro que debe reunir los siguientes requisitos: a) Ser funcionario con un mínimo de cinco años de servicio y haber sido profesor de un centro del mismo nivel durante un periodo mínimo de cinco años. b) Tener destino definitivo en el centro desde hace un año por lo menos. c) Estar acreditado por la administración educativa para el ejercicio de la dirección. La elección del director por el consejo escolar ha de ser por mayoría de sus miembros. De no ser así, es el delegado territorial quien designa al director. El jefe de estudios, el coordinador pedagógico y el secretario, son propuestos por el director al delegado para su nombramiento. El personal de los centros escolares La comunidad educativa en los centros escolares está formada por: Los profesores. En los centros públicos son funcionarios que han obtenido su puesto de trabajo mediante un concurso convocado por las administraciones educativas. En los centros privados son contratados por la dirección del centro, escuchado el consejo escolar. El personal de la administración y servicios. Este personal se compone de auxiliares administrativos, conserjes y personal de limpieza. Personal colaborador. Formado por psicólogos especialistas en el tratamiento de la diversidad y por consejeros pedagógicos. Las escuelas tienen como referencia un centro de recursos, dependiente de la Conselleria, donde se encuentra el personal especializado.

8 8 La coordinación escuela primaria secundaria universidad La coordinación de la escuela primaria y secundaria se realiza a través de los centros de recursos. Cuando un alumno pasa de la escuela primaria a la secundaria se adjunta un dossier del alumno con toda la información académica y psicopedagógica de éste. La coordinación de la escuela secundaria con la universidad es menor y depende, sobre todo, de la información que las universidades quieran dar y que normalmente contempla explicaciones sobre las distintas facultades. Finalmente, la Ley de 1970, permitió movimientos de renovación pedagógica y el aumento de la sensibilidad social. Evaluación del sistema educativo La evaluación del sistema educativo compete a la inspección y a los directores de los centros. El proceso de participación democrática abierto después de la ley del derecho a la educación (LODE) del año 1985 pretende evaluar el sistema educativo más eficazmente. Para ello se ha promulgado la ley orgánica de la participación y evaluación de los centros de enseñanza, y en este proceso participa toda la comunidad educativa, aplicando indicadores objetivos y reales. Ver Tabla Del Sistema educativo Organización Escolar La Ley Orgánica General del Sistema Educativo del año 1990, fija la organización del sistema educativo que comprenderá enseñanzas de régimen especial y enseñanzas de régimen general. Las enseñanzas de régimen general son: a) Educación infantil b) Educación primaria c) Educación secundaria: Educación secundaria obligatoria Bachillerato Formación profesional de grado medio d) Formación profesional de grado superior e) Educación universitaria Las enseñanzas especiales son: a) Enseñanza artística b) Enseñanza de lenguas extranjeras La educación primaria y la educación secundaria obligatoria constituyen la enseñanza básica, de seis a dieciséis años. Los alumnos pueden repetir en las escuelas ordinarias hasta los dieciocho años. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita. Educación Infantil, se divide en dos ciclos: a) Primer ciclo hasta los 3 años b) Segundo ciclo de 3 a 6 años No es obligatoria, pero la Administración Educativa debe garantizar un número de plazas escolares suficiente para asegurar la escolarización. Educación Primaria, ésta abarca de los seis a los doce años, se divide en tres ciclos de dos años y los conocimientos obligatorios se estructuran en: a) Conocimiento de la naturaleza, social y cultural b) Educación artística c) Educación física d) Lengua española y lengua catalana (lengua oficial de Cataluña) e) Lenguas extranjeras f) Matemáticas

9 9 Educación Secundaria: Esta comprende la Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.): cuatro años escolares, de doce a dieciséis años: La Educación Secundaria Obligatoria, se divide en dos ciclos de dos años cada uno y las áreas de conocimientos obligatorios de esta etapa son: a) Ciencias de la naturaleza b) Ciencias sociales c) Educación física d) Educación plástica y visual e) Lenguas: española y catalana f) Idiomas extranjeros g) Matemáticas h) Música i) Tecnología En todas estas áreas el currículum contempla materias optativas que tienen mayor peso a medida que se avanza en la etapa. Entre las materias optativas se debe incluir la cultura clásica y una segunda lengua extranjera. El Bachillerato: Tiene una duración de dos años. Para acceder al Bachillerato es necesario tener el título de Educación Secundaria. Existen cuatro modalidades: a) Artística b) Ciencias de la Naturaleza y de la Salud c) Humanidades y Ciencias Sociales d) Tecnología El Bachillerato comprende materias comunes, materias propias de cada modalidad y materias optativas. Las materias comunes son: Educación física, Filosofía, Historia, Lengua española, Lengua catalana y Lengua extranjera. La formación profesional de grado medio, con una duración de a horas. Formación Profesional La formación profesional específica se divide en ciclos formativos de organización modular, de duración variable, con áreas de conocimientos técnico prácticos en función de los diversos campos profesionales. La programación de cada ciclo formativo ha de tener en cuenta el entorno socioeconómico del centro escolar, las necesidades y las posibilidades de desarrollar el programa. El currículum comprende una fase de formación práctica en un centro de trabajo. Los ciclos formativos son de dos niveles: grado medio y grado superior. Su duración varia entre un curso escolar (1.200 horas) o dos cursos (2.000 horas), incluidas en estas horas la formación en el centro de trabajo. Para acceder a un ciclo formativo de grado medio es necesario tener el título de Educación Secundaria. Para acceder a un ciclo formativo de grado superior se ha de tener el título de Bachiller. No obstante, también puede accederse a los ciclos formativos sin tener la titulación académica requerida, superando una prueba de acceso propuesta por la Administración Educativa y teniendo una edad determinada normativamente de aprendizaje. Los centros realizarán las adaptaciones curriculares necesarias para facilitar a los alumnos la adquisición de los objetivos establecidos.

10 10 La escolarización en unidades o centros de educación especial se llevará a cabo si las necesidades del alumno no pueden ser asumidas por un centro ordinario. En relación a las personas y grupos marginados, la Administración tomará medidas de compensación y reforzará la acción del sistema educativo para evitar las desigualdades sociales, económicas, geográficas, étnicas o de cualquier orden. La Evaluación La evaluación del proceso de aprendizaje de los alumnos a lo largo de la educación obligatoria será continua y global. Los alumnos accederán al ciclo siguiente cuando alcancen los objetivos generales. Se puede repetir un año en un ciclo, pero no se puede superar la edad de 18 años en la educación obligatoria escolarizada. Los alumnos que al terminar la enseñanza obligatoria alcancen los objetivos establecidos obtendrán el título de Educación Secundaria, que les permitirá acceder al Bachillerato o a la Formación Profesional específica de grado medio. Los alumnos que no obtengan el título recibirán un certificado del centro escolar que reflejará sus años de escolarización y las notas obtenidas en las diferentes áreas. Los alumnos de Bachillerato deben tener una evaluación positiva en todas las materias para obtener el título de bachiller, que les permitirá acceder a la Formación Profesional específica de grado superior y a la Universidad. En este caso, han de superar las pruebas de acceso a la Universidad. Legislación España Bibliografía FORNELLS, Miquel, Nello Marta. El sistema educativo español. Reunión de Barcelona: 5 8 de febrero de GUTIÉRREZ, Sanz Ángel. Repaso a cien años de educación en España (I). Revista Arbil nº 73. Inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones. N.I.F. G Zaragoza, España

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