PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA DESCRIPCIÓN,

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1 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA DESCRIPCIÓN, ACTUALIZACIÓN Y VALORACIÓN DEL INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO DE SANTURTZI Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS 1. OBJETO 1.1.-El presente Pliego tiene como finalidad el establecimiento de las condiciones técnicas que han de regir la contratación de servicio, para la descripción, valoración y actualización del Inventario de Bienes y Derechos del Ayuntamiento de Santurtzi y de sus organismos, de conformidad con las prescripciones contenidas en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RD 1372/1986 de 13 de junio), considerándose como tales: a.- Organismo Autónomo Euskaltegi Municipal de Santurtzi b.- Organismo Autónomo Serantes Kultur Aretoa de Santurtzi. c.- Organismo Autónomo Instituto Municipal de Deportes de Santurtzi. d.- Organismo Autónomo Residencia Nuestra Señora de Begoña de Santurtzi El Inventario se realizará con sujeción a la legislación vigente, tanto estatal como autonómica en materia de régimen local y, en especial, lo dispuesto en el Real Decreto 1372/1986 por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y en lo referente a los patrimonios públicos de suelo a la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. 2. ESPECIFICACIONES GENÉRICAS Página 1 de 1

2 2.1.- Los trabajos a realizar deberán partir de la actual situación patrimonial de la Corporación, y en particular del Inventario aprobado por la Corporación, con sus actualizaciones parciales posteriores Por tanto, su realización estará basada en la información que facilite el Ayuntamiento, así como en la investigación y trabajo de campo a realizar por la empresa y que resulte necesario para la correcta inclusión en el Inventario de todos y cada uno de los bienes y derechos de esta Corporación, conforme a los requisitos establecidos en la legislación Cualquier modificación de la legislación vigente en materia de régimen local y, en especial del Reglamento de Bienes para las Entidades Locales, que se produzca durante la ejecución del contrato deberá ser tenida en cuenta en la elaboración del trabajo, adaptando éste a dicha modificación de conformidad con las instrucciones del Ayuntamiento. Si la modificación legislativa se produjera durante el plazo de garantía, obligará al adjudicatario a la actualización gratuita, que deberá realizarse en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación oficial de la normativa correspondiente La información a facilitar por el licitador en cada epígrafe de Inventario deberá ajustarse a los contenidos y formatos de la Aplicación Informática de Inventario actualmente operativa en el Ayuntamiento (detalle de contenido Anexo I), por lo que el adjudicatario deberá utilizar esta Aplicación para los trabajos de carga de datos obtenidos en.los trabajos de campo. A tal efecto, el Ayuntamiento de Santurtzi adoptará las medidas oportunas para facilitar el acceso a dicha aplicación. No obstante, cualquier formación adicional en el manejo de la aplicación correrá por cuenta del adjudicatario. 3. CONTENIDO DE LOS TRABAJOS A REALIZAR Página 2 de 2

3 El programa mínimo de trabajo mediante el cual deberá realizarse la descripción actualización y valoración del inventario municipal, será el siguiente: Trabajo de campo: Consistirá en el desplazamiento al lugar en el que se encuentra el bien, obtención de fotografías del mismo y comprobación de su estado en relación con los datos incorporados en la relación de bienes, catastro o registro de la propiedad, PGOU, planos, etc Recopilación de información : Recogida de los datos de las oficinas municipales, obtención de notas simples del Registro de la propiedad, datos catastrales y otras fuentes que se consideren necesarias Verificación, catalogación y realización de fichas Comprende esta fase la labor de sistematización de la información obtenida, la catalogación de ésta conforme al Reglamento de Bienes y el pliego de condiciones y la elaboración material de las fichas correspondientes a cada uno de los bienes Valoración Valoración de los bienes incluidos en el inventario municipal con inclusión del cuadro de amortización, valor residual etc Introducción de datos en el programa municipal de gestión del inventario. La Introducción de los datos en el programa de gestión del inventario municipal, incluidos verificación y pruebas, deberá coordinar especialmente la información introducida con la del programa de contabilidad municipal Documentación que refrenda el Inventario: Página 3 de 3

4 Todos los documentos que refrenden los datos de inventario y, en especial, las fichas catastrales, los títulos de dominio, actas de deslinde y ocupación, planos y fotografías de los bienes inventariados, se archivarán con separación del resto de documentación municipal formando una carpeta de cada uno de los bienes. Además, esta documentación deberá ser escaneada, tipificada y asociada a las fichas de cada uno de los bienes correspondientes a los epígrafes de Bienes Inmuebles, Vías Públicas y Bienes y Derechos Revertibles. Si un documento afecta a varios bienes, la documentación se asociará a uno de los bienes y será referenciada desde el resto de bienes sin necesidad de escanearla más de una vez. Deberá existir un soporte fotográfico asociado a la aplicación informática instalada en el Ayuntamiento, de todos los Bienes correspondientes a los epígrafes de Inmuebles, Derechos Reales, Muebles de carácter históricoartístico, Vehículos, Otro mobiliario y Enseres y Vías Públicas. Mínimo 2 fotografías por elemento, excepto en el mobiliario en el cual 1 resulta suficiente. En los inmuebles deberán existir fotografías del interior. A título meramente orientativo para la presente licitación y según datos del Inventario Municipal se estiman las siguientes unidades: Edificios y terrenos : Viviendas sociales y VPO Viales Muebles Histórico Artísticos Vehículos Estructuración de los trabajos: Página 4 de 4

5 El inventario actualizado se realizará en función de la titularidad de bienes y derechos del Ayuntamiento y de cada una de sus entidades dependientes a fecha de 31 de diciembre de 2010 y se estructurará de conformidad con la legislación vigente, de la forma siguiente: A. BIENES INMUEBLES. Nombre con que es conocida la finca, si tiene alguno especial. Naturaleza del inmueble. Situación, con indicación concreta del lugar en que radica la finca, vía pública a que diere frente y números que en ella le correspondiera, en las urbanas, y el paraje en las rústicas. Linderos. Superficie. Datos catastrales: Referencia Catastral, comprendiendo en los bienes de naturaleza rústica el Polígono, Parcela y Subparcela, y el Polígono, Parcela, Manzana y en su caso Edifico, para los de naturaleza urbana. En los terrenos, características (Obras y Estructuras, Tipificación, Infraestructuras, Equipamiento, Situación y Superficie, ) En los edificios, características (superficie construida, usos y características constructivas, Tipología, Instalaciones y estado de las mismas, noticia sobre su construcción, estado de conservación, distribución en plantas y locales, ) Clase de aprovechamiento en las fincas rústicas. Naturaleza de dominio público o patrimonial, con expresión de si se trata de bienes de uso o de servicio público, patrimoniales o comunales. Título en virtud del cual se atribuye a la entidad. Autoridad autorizante (notario, ) Nº protocolo Signatura de inscripción en el Registro de la propiedad, en caso de que fuere inscribible. Destino y acuerdo que lo hubiere dispuesto. Página 5 de 5

6 Derechos reales constituidos a su favor. Derechos reales que gravaren la finca. Derechos personales constituidos en relación con la misma. Fecha de adquisición. Costo adquisición, si hubiera sido a título oneroso, e inversiones efectuadas y mejoras. Valor que correspondería en venta al inmueble. Frutos y rentas que produjere Fotografías y Planos. B. DERECHOS REALES Naturaleza. Inmueble sobre el que recayere. Contenido del derecho. Título de adquisición. Autoridad autorizante (notario, ) Nº protocolo Signatura de la inscripción en el Registro de la Propiedad. Costo de la adquisición, si hubiera sido onerosa. Valor actual. Frutos y rentas que produjere. Fotografías C. MUEBLES DE CARÁCTER HISTÓRICO, ARTÍSTICO O DE CONSIDERABLE VALOR ECONÓMICO. Denominación del bien (título o descripción y catalogación). Tipología (Pintura, escultura, ) Indicación de la razón de su valor artístico, histórico o económico. Lugar en que se encuentra situado y persona bajo cuya responsabilidad se custodia. Forma de adquisición. Fecha de adquisición. Fecha de realización. Página 6 de 6

7 Calificación del bien. Estado de conservación. Autor. Signatura del Archivo. Observaciones. Fecha de incorporación al inventario. Fecha de valoración. Valor real del seguro. Fotografías D. VALORES MOBILIARIOS. Número de los títulos. Clase. Organismo o entidad emisora. Serie y numeración. Fecha de adquisición. Precio de la misma. Capital nominal. Valor efectivo. Frutos y rentas que produjera. Lugar en que se encuentren depositados. E. CRÉDITOS Y DERECHOS. Concepto. Nombre del deudor. Valor. Título de adquisición. Vencimiento, en su caso. F. VEHÍCULOS. Clase y modelo del vehículo. Tracción mecánica, animal o manual. Página 7 de 7

8 Matrícula, número de bastidor o cualquier otro elemento identificador. Número de Puertas Potencia, Cilindros, Tara Título de adquisición. Destino funcional del mismo. Costo de adquisición. Valor actualizado. Seguros (descripción de la entidad aseguradora, fecha y cobertura). Ubicación y nombre de la persona responsable del mismo. Fotografías G. SEMOVIENTES. Especie. Número de cabezas. Marcas. Raza Persona encargada de la custodia. Destino funcional del mismo Costo de adquisición. Valor actualizado. Seguros (descripción de la entidad aseguradora, fecha y cobertura). Fotografías H. BIENES MUEBLES. Se inventariará el mobiliario y los enseres situados en todas las dependencias municipales, salvo los adscritos a los Organismos Autónomos descritos en el apartado I (Objeto ) del presente Pliego, que se excluyen de la presente licitación, haciendo constar sus características en la medida necesaria para su individualización, mediante el recuento físico, valoración y posterior etiquetado de los mismos. Descripción Tipo de Mobiliario Página 8 de 8

9 Ubicación Física del Mueble ( Edificio/Planta/Local, ) Proveedor Factura Marca y Modelo Color Número de Serie Valoración y Cuenta Contable Fotografías. Estos bienes deberán ser etiquetados, siempre que su naturaleza lo permita, con códigos de barra que permitan su posterior identificación y recuento mediante procedimientos mecanizados. La nomenclatura de los códigos de barra y su estructura se realizará siguiendo las especificaciones que dicte el Ayuntamiento. I. BIENES Y DERECHOS REVERTIBLES. Bajo este epígrafe se reseñarán con el detalle suficiente, según su naturaleza y sin perjuicio de las remisiones a otros epígrafes y números de inventario, todos aquellos cuyo dominio o disfrute hubiere de revertir o consolidarse en la Entidad llegado cierto día o al cumplirse, o no, determinada condición, de modo que sirva de recordatorio constante para que la Corporación ejercite oportunamente las facultades que le correspondieran en relación con los mismos. Se relacionarán en esta parte del inventario, entre otros bienes, los cedidos por la Corporación condicionalmente o a plazo, las concesiones y los arrendamientos otorgados sobre bienes municipales o cuyo uso y disfrute corresponda a la Administración Local por cualquier título. La información que debe conformar la ficha de inventario de cualquiera de estos bienes, será la correspondiente a las fichas de la misma naturaleza designadas en epígrafes anteriores, a excepción de la valoración, que por no ser un patrimonio cierto y de plena disposición por parte de la Corporación, no será necesario realizar su tasación de mercado actualizada. Página 9 de 9

10 En este epígrafe se deberán inventariar además las concesiones de viviendas de protección oficial propiedad del Ayuntamiento. Descripción del Derecho Datos de la Propiedad obtenidos del Epígrafe de Inmuebles Descripción Localización,... Nº de habitáculos Instalaciones Datos del cedatario y de su unidad convivencial Fecha de Inicio de la Concesión Duración Acuerdo Renta y periodicidad (mensual, anual) Contrato (fecha, intervinientes) Fotografías Documentación También se incluirán las concesiones de parcelas de parking propiedad del Ayuntamiento. Descripción del Derecho Datos de la Propiedad obtenidos del Epígrafe de Inmuebles Descripción Localización,... Características de la Parcela Características del Vehículo aparcado en la Parcela Datos del cedatario Fecha de Inicio de la Concesión Duración Acuerdo Renta y periodicidad (mensual, anual) Página 10 de 10

11 Contrato (fecha, intervinientes) Fotografías Documentación J. VÍAS PÚBLICAS. De cada Vía Pública se recogerá la siguiente información: Descripción Calificación Jurídica Estado de Conservación Tipo de Vial: Calle, Plaza, Jardín... Localización y Linderos Ubicación Cartográfica Características Físicas Infraestructuras Datos Regístrales Valoración y Cuenta Contable Fotografías y Planos Documentación K. PATRIMONIO MUNICIPAL DEL SUELO. El Patrimonio Municipal del Suelo es una institución jurídico-administrativa que constituye un patrimonio separado de los restantes bienes municipales y que debe ser recogido en el inventario de bienes como patrimonio separado. En todo caso, se incluirán como Patrimonio Municipal del Suelo todos los bienes adquiridos por la Corporación con alguna de las siguientes finalidades: Los bienes patrimoniales municipales situados en terrenos que el planeamiento urbanístico general clasifique como suelo urbano y urbanizable, excepto aquellos que, en virtud del título de su adquisición, estén afectados o vinculados a un fin específico, distinto o incompatible con los legales del patrimonio público de suelo. Página 11 de 11

12 Los terrenos y los derechos obtenidos en la ejecución del planeamiento urbanístico y en concepto de cesión gratuita de edificabilidad urbanística y para las dotaciones públicas, en especial los correspondientes a la participación municipal en las plusvalías generadas por la acción urbanística conforme a esta ley. Los terrenos adquiridos, cualquiera que fuese su clasificación urbanística, para constituir, mantener o incrementar el patrimonio municipal de suelo. Los terrenos adquiridos mediante expropiación, no afectados al uso o servicio público. Los terrenos adquiridos por permuta con otros bienes del patrimonio público de suelo. Los bienes adquiridos mediante el ejercicio de los derechos de tanteo y retracto regulados en este título. Las viviendas públicas de titularidad municipal o de cualquier entidad dependiente del ayuntamiento. Se deberán de recoger todos los bienes que constituyen el Patrimonio Municipal del Suelo. 4.VALORACIÓN DEL PATRIMONIO Consistirá en la valoración económica actualizada de todos los elementos contenidos en el Inventario y que contemplará el coste de reposición a nuevo, la depreciación acumulada y el valor real de mercado y otros valores necesarios a efectos de seguros y las vidas remanentes, a tal efecto el adjudicatario deberá utilizar la forma adecuada a cada elemento o situación del elemento entre los métodos de Coste, método de Comparación, método de Actualización de Rentas o método Residual, reflejados en la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y determinados derechos para ciertas finalidades financieras, modificada por la Orden EHA/3011/2007, de 4 de octubre (BOE n.º 249, de 17 de octubre de 2007) o la que resulte de aplicación. Página 12 de 12

13 5. CONDICIONES DE EJECUCIÓN El Ayuntamiento de Santurtzi facilitará a la empresa adjudicataria toda la documentación precisa acerca del proyecto de elaboración del Inventario de Bienes necesaria para su desarrollo, incluyendo toda la información alfanumérica estructurada y normalizada, así como la información cartográfica y catastral disponible El Ayuntamiento de Santurtzi designará el equipo de trabajo municipal que participará en el Proyecto, realizando las tareas de control El Ayuntamiento de Santurtzi llevará a cabo el seguimiento continuo de las acciones objeto de este contrato y se reserva el derecho de comprobar en todo momento el correcto cumplimiento, por parte de la empresa adjudicataria, de todas las obligaciones que ésta asume a través de la presente contratación, para lo que podrá recabar la documentación que estime oportuna. 6.PLAZO DE EJECUCIÓN El contrato deberá ejecutarse en un PLAZO MÁXIMO DE DOCE MESES contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, o en el señalado por el adjudicatario en su oferta, si fuere menor. 7. ENTREGA DE LOS TRABAJOS Toda la información obtenida en la ejecución de estos trabajos se cargará en la Aplicación Informática instalada actualmente en el Ayuntamiento. Esta información deberá ajustarse al formato y estructura de dicha aplicación y se codificará en campos independientes que faciliten las búsquedas de Bienes. Además, el adjudicatario entregará la información resultante del Inventario en Página 13 de 13

14 soporte papel debidamente encarpetada y organizada por epígrafes conforme se detallan en el Inventario de Bienes. 8. PLAZO DE GARANTÍA Dada la naturaleza del contrato y la necesidad de comprobar la fiabilidad de los datos proporcionados por el adjudicatario y su adecuada inserción en la aplicación instalada en el Ayuntamiento, se establece un PLAZO DE GARANTÍA DE UN AÑO desde la entrega de los trabajos. ANEXO I Página 14 de 14

15 Inmuebles: En este epígrafe 1 se recoge los bienes inmuebles propiedad del Ayuntamiento. Dentro de los inmuebles se contemplan los siguientes apartados: a) Inmuebles - Terrenos - Edificios b) Vías Públicas a) Inmuebles Un inmueble puede estar compuesto por varios terrenos, edificios o instalaciones. De cada inmueble se recogerá la siguiente información: - Tipo, Naturaleza - Superficie: Inventario, Catastral... - Localización: Zona, Calle, Número, Linderos... - Calificación Jurídica: Servicio Público, Uso Público, Patrimonial... - Datos catastrales: Referencia Catastral, Nº Finca... La información que se recogerá de los Terrenos será relativa a: - Estado de Conservación - Obras y Estructuras - Tipificación - Infraestructuras - Equipamiento - Situación y Superficie - Información Registral - Derechos Reales y Derechos Personales - Frutos y Rentas - Valoración y Cuenta Contable - Fotografías y Planos - Documentación (Escrituras, Contratos, Actas de Registro) Página 15 de 15

16 La información que se recogerá de los Edificios e Instalaciones será relativa a: - Estado de Conservación - Tipología - Datos Constructivos - Instalaciones - Estado de las mismas - Situación y Superficies - Datos Jurídicos - Datos Registrales - Derechos Reales y Derechos Personales - Valoración y Cuenta Contable - Distribución en Plantas y Locales (para posterior ubicación del Mobiliario) - Fotografías y Planos - Documentación b) Vías Públicas De cada Vía Pública se recogerá la siguiente información: - Calificación Jurídica - Estado de Conservación - Tipo de Vial: Calle, Plaza, Jardín... - Localización y Linderos - Ubicación Cartográfica - Características Físicas - Infraestructuras - Datos Regístrales - Valoración y Cuenta Contable - Fotografías y Planos Página 16 de 16

17 - Documentación Derechos Reales: En este epígrafe 2 se recogen los Derechos Reales y otro inmovilizado inmaterial propiedad del Ayuntamiento. De los Derechos Reales se recogerán los siguientes datos: - Calificación Jurídica - Contenido del Derecho - Bien sobre el que recayere - Naturaleza - Título de Adquisición - Frutos y Rentas - Datos Registrales - Valoración y Cuenta Contable - Fotografías - Documentación Muebles de carácter histórico, artístico o de considerable valor económico: En este epígrafe 3 se registran los bienes muebles de carácter histórico, artístico o de considerable valor económico. De cada mueble se recogerá la siguiente información: - Calificación Jurídica - Estado de Conservación - Tipo de Mueble Histórico Artístico: Pintura, Escultura,... - Dimensiones y Técnica - Razón de su valor - Autor - Lugar en que obra - Responsable - Fotografías Página 17 de 17

18 - Documentación (Restauración, Exposiciones,...) Valores Mobiliarios, Créditos y Derechos de Carácter Personal de la Corporación: En este epígrafe 4 se diferencian los siguientes apartados: a) Valores Mobiliarios b) Créditos Personales de la Corporación a) Valores Mobiliarios De los Valores Mobiliarios se recogerá la siguiente información: - Calificación Jurídica - Tipo de Valor Mobiliario - Clase - Entidad Emisora - Serie y Numeración - Capital Nominal - Valore Efectivo - Frutos y Rentas - Lugar de Depósito - Valoración y Cuenta Contable - Documentación b) Créditos y Derechos De los Créditos y Derechos se recogerá la siguiente información: - Calificación Jurídica - Concepto - Deudor - Título de Adquisición - Fecha Vencimiento Página 18 de 18

19 - Documentación Vehículos: En el Epígrafe 5 se registran los vehículos, de los que se deben recoger los siguientes datos: - Calificación Jurídica - Clase - Marca y Modelo - Matrícula y Año de Matriculación - Tipo de Tracción - Número de Puertas - Potencia, Cilindros, Tara - Numero de Bastidor - Departamento al que esta destinado - Valoración y Cuenta Contable - Fotografías - Documentación Semovientes: En el epígrafe 6 se registran los bienes semovientes o animales de los que se deben recoger los siguientes datos: - Especie - Raza - Número de Cabezas - Departamento al que está destinado - Valoración y Cuenta Contable - Fotografías Muebles no comprendidos en el apartado (Histórico, Artísticos ) Dentro de los Bienes Muebles se diferencian los siguientes apartados: Página 19 de 19

20 a) Mobiliario informático b) Mobiliario y Material de Oficina c) Maquinaria, herramientas y utillaje d) Otros bienes muebles De cada bien Mueble, que deberá ser registrado de forma unitaria e independientemente del apartado en que se encuentre, se recogerán los siguientes datos: - Tipo de Mobiliario - Ubicación Física del Mueble - Proveedor - Factura - Marca y Modelo - Número de Serie - Color - Valoración y Cuenta Contable - Fotografías - Documentación Bienes y Derechos Revertibles: En el epígrafe 8 se registran los Bienes y Derechos Revertibles, que son aquellos cuyo disfrute o dominio tiene que revertir o consolidarse en el Ayuntamiento. Dentro de los Bienes y Derechos Revertibles se diferencian los diferentes tipos: a) Cesiones de Derechos Revertibles b) Concesiones Administrativas c) Arrendamientos d) Concesiones de Viviendas de Protección Oficial e) Concesiones de Parcelas de Parking Página 20 de 20

21 a) Cesiones de Derechos Revertibles Se recogen los datos de las cesiones de los Bienes Municipales a otras entidades por un plazo. Solo se pueden ceder gratuitamente bienes patrimoniales. Se deben recoger los siguientes datos: del Derecho - Datos de la Propiedad obtenidos del Epígrafe de Inmuebles - Localización,... - Fecha de Inicio - Fecha Reversión - Fotografías - Documentación b) Concesiones Administrativas Son autorizaciones del uso de bienes de dominio público a cambio de un canon y por un tiempo no superior a 50 años. Se conceden generalmente para gestionar servicios públicos. El Ayuntamiento sigue siendo el propietario del bien pero no tiene el uso. del Derecho - Datos de la Propiedad obtenidos del Epígrafe correspondiente - Localización,... - Fecha de Inicio - Fecha Reversión - Renta Anual - Importe pagado - Importe a devolver - Fotografías - Documentación Página 21 de 21

22 c) Arrendamientos Se recogen en este epígrafe los arrendamientos de bienes patrimoniales del Ayuntamiento. Las propiedades arrendadas deben existir obligatoriamente en el Epígrafe de Inmuebles. Es necesario recoger la información siguiente: del Derecho - Datos de la Propiedad obtenidos del Epígrafe de Inmuebles, Localización,..., Nº de habitáculos, Instalaciones - Datos del arrendatario y de su unidad convivencial - Fecha de Inicio del Arrendamiento - Duración - Acuerdo - Renta y periodicidad (mensual, anual) - Contrato (fecha, intervinientes) - Fotografías - Documentación d) Concesiones de Viviendas de Protección Oficial Se recogen en este epígrafe las concesiones de viviendas de protección oficial promovidas por el Ayuntamiento. Las propiedades cedidas deben existir obligatoriamente en el Epígrafe de Inmuebles. Es necesario recoger la información siguiente: del Derecho - Datos de la Propiedad obtenidos del Epígrafe de Inmuebles, Localización,..., Nº de habitáculos, Instalaciones - Datos del cedatario y de su unidad convivencial - Fecha de Inicio de la Concesión - Duración - Acuerdo - Renta y periodicidad (mensual, anual) - Contrato (fecha, intervinientes) Página 22 de 22

23 - Fotografías - Documentación e) Concesiones de Parcelas de Parking Se recogen las concesiones de parcelas de parking promovidas por el Ayuntamiento. Las parcelas cedidas deben existir obligatoriamente en el Epígrafe de Inmuebles. Es necesario recoger la información siguiente: del Derecho - Datos de la Propiedad obtenidos del Epígrafe de Inmuebles, Localización,..., Características Parcela, Características Vehículo aparcado en Parcela - Datos del cedatario - Fecha de Inicio de la Concesión - Duración - Acuerdo - Renta y periodicidad (mensual, anual) - Contrato (fecha, intervinientes) - Fotografías - Documentación Página 23 de 23

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