EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CHUNCHI

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1 EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CHUNCHI PROYECTO DE REFORMA A LA ORDENANZA ESTRUCTURA ORGANICO FUNCIONAL, DE POSICION POR PROCESOS Y MANUAL DE FUNCIONES DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CHUNCHI OCTUBRE

2 PROYECTO DE REFORMA A LA ORDENANZA DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL, DE POSICIÓN POR PROCESOS Y MANUAL DE FUNCIONES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CHUNCHI. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política de la República del ecuador en el capítulo VI sección primera del sector publico art Manifiesta: el sector público comprende: 1. Los Organismos y dependencias de las funciones ejecutiva como legislativa, judicial, electoral de transparencia y control social. 2. Las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado. 3. Los organismos y entidades creados por Constitución o ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado. 4. Las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de servicios públicos. Que, el art. 229, inciso cuarto de este mismo cuerpo legal manifiesta: La remuneración de las servidoras y servidores públicos será justa y equitativa, con relación a sus funciones, y valorará la profesionalización, capacitación, responsabilidad y experiencia. Que el Art. 53 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, establece que los gobiernos autónomos descentralizados municipales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera. Que en la sección segunda del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, Art 57.- Atribuciones del Concejo municipal, literal f, le corresponde conocer la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno autónomo descentralizado Municipal de Chunchi Que, el Art. 59 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, manifiesta: el Alcalde o Alcaldesa es la primera autoridad del ejecutivo del GAD municipal elegido por votación popular, de acuerdo con los requisitos y regulaciones previstas en la ley de la materia electoral. Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, en su art clasificación.- indica, los gobiernos autónomos descentralizados, dentro de su normativa correspondiente y en concordancia con la normativa vigente en finanzas públicas, clasificaran sus gastos. Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, autonomía y descentralización, en su art eliminación de programas.- establece los gobiernos autónomos descentralizados de conformidad con sus necesidades podrán prescindir de cualquier programa o crear uno nuevo; Que, el capítulo V, de la Estructura administrativa de los Gobiernos autónomos descentralizado, Art Estructura Administrativa.- indica: Cada Gobierno Regional, 2

3 Provincial, Metropolitano y Municipal tendrá la estructura administrativa que requiera para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus competencias y funcionará de manera desconcentrada. La Estructura Administrativa será la mínima indispensable para la gestión eficiente, eficaz, económica de las competencias de cada nivel de gobierno. Cada nivel de gobierno autónomo descentralizado elaborará la normativa pertinente según las condiciones específicas de su circunscripción territorial, en el marco de la constitución y la ley. Que, es necesario contar con una herramienta administrativa de clasificación de puestos, que concilie las funciones, deberes y responsabilidades de los puestos, como el esfuerzo personal y mérito de quienes lo ocupan; Que, la implementación de estos procedimientos, pretenden mejorar las relaciones de trabajo y el concurso efectivo del personal en la participación del cumplimiento de metas y objetivos institucionales, Que las acciones de trabajo a determinarse en el Plan de Desarrollo Estratégico Participativo del Cantón, requerirá del apoyo de una adecuada organización interna, que oriente de manera precisa las diferentes actividades y procesos de gestión hacia la consecución de los objetivos institucionales; Y en uso de sus atribuciones, conforme el literal a) del Art. 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, ACUERDA: ART. 1.- Expedir la siguiente Reforma a la Ordenanza de la Estructura Orgánico Funcional, de Posición por Procesos y Manual de Funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Chunchi. OBJETIVOS ESTRATEGICOS. a) Diseñar currículos de formación y capacitación coherentes con las demandas de desarrollo económico y humano. b) Conformar organizaciones de base, de segundo y tercer grado a nivel urbano y rural. c) Estructurar una red de salud integral. d) Elevar los niveles de rendimiento productivo agropecuario, mediante mecanismos de recuperación sostenida recurso agua. 3

4 MISION INSTITUCIONAL. Ser un gobierno local innovador, trasparente y sostenible, que impulse equitativamente el desarrollo del cantón, brinda calidad, excelencia, y eficacia en sus servicios formando un equipo humano comprometido, capacitado y proactivo; institucionaliza la participación ciudadana en la gestión y optimiza sus recursos para el mejoramiento de la calidad de vida de todos sus habitantes VISION En el año 2011 el Gobierno Municipal del Cantón CHUNCHI se ha consolidado como una organización autónoma, altamente competitiva y sostenible con un permanente mejoramiento de sus talentos humanos, capacidad de gestión y tecnología, que facilita el desarrollo social, económico y medioambiental con equidad. Dispone de recursos financieros y capta recursos externos; formula y ejecuta políticas públicas concertadas, promoviendo la participación ciudadana en la toma de decisiones. Art. 2.- DEFINICIÓN DE LOS PROCESOS. a) PROCESO: Conjunto de actividades dinámicamente interrelacionadas, que toman insumos del medio interno y externo, agregando valor para transformar en servicios y productos finales para satisfacer las demandas de los clientes. b) PROCESO LEGISLATIVO, que determina las políticas en las que se sustentarán los demás procesos institucionales para el logro de objetivos. Su competencia se traduce en los actos normativos, resolutivos y fiscalizadores. c) PROCESO GOBERNANTE, que orienta y ejecuta la política trazada por el proceso legislativo; le compete tomar las decisiones, impartir las instrucciones para que los demás procesos bajo su cargo se cumplan. Es el encargado de coordinar y supervisar el cumplimiento eficiente y oportuno de las diferentes acciones y productos. d) PROCESO ASESOR, que corresponde al consultivo, de ayuda o de consejo a los demás procesos. Su relación es indirecta con respecto a los procesos sustantivos u operativos. Sus acciones se perfeccionan a través del Proceso Gobernante (Alcaldía) quien podrá asumir, aprobar, modificar los proyectos, estudios o informes presentados por el Proceso Asesor. e) PROCESOS HABILITANTES O DE APOYO, es el que presta asistencia técnica y administrativa de tipo complementario a los demás Procesos. f) PROCESOS SUSTANTIVOS O PRODUCTIVOS; GENERADOR DE VALOR, que es el encargado de la ejecución directa de las acciones de las diferentes gerencias de productos y de servicios hacia el cliente; encargado de cumplir directamente con los objetivos y finalidades de la municipalidad, ejecuta los planes, programas, proyectos y demás políticas y decisiones del Proceso Gobernante. Los Productos 4

5 y servicios que entrega al cliente, lo perfeccionan con el uso eficiente de recursos y al más bajo costo, y forma parte del proceso agregado de valor. Art. 3.- Apruébese el siguiente Orgánico Estructural Funcional y Organigrama de Posición del GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DEL MUNICIPIO DE CHUNCHI, a partir del cual se diseñarán los procesos y subprocesos de la estructura organizacional, así como las competencias de cada uno de los puestos de trabajo. 5

6 6

7 ORGANIGRAMA DE POSICIÓN DEL GAD MUNICIPAL DE CHUNCHI 7

8 Art Apruébese la siguiente Lista de Asignaciones para el personal de empleados del GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CHUNCHI. CLASIFICACION DE PUESTOS GRUPO OCUPACIONAL Y GRADO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CHUNCHI. LISTA DE ASIGNACIONES REGMEN REGMEN NRO PUESTO GRUPO GRADO OBSERVACIONES LABORAL LABORAL ACTUAL PROPUESTO OCUPACIONAL ACTUAL ACTUAL ADMINISTRACION GENERAL 1 PROCURADOR SINDICO PROCURADOR SINDICO 2 ASISTENTE DE ABOGACIA SECRETARIA 3 GENERAL SECRETARIA DEL CONCEJO PROSECRETARIA VACANTE ASISTENTE DE LA ALCALDIA JEFE DE TALENTO HUMANO ASISTENTE ADMINISTRATIVO B ASISTENTE DE ALCALDIA JEFATURA DE TALENTO HUMANO PUBLICO 8 14 LIBRE NOMBRABIENTO PUBLICO 1 7 PRESUPUESTADO LIBRE PUBICO 4 10 NOMBRABIENTO PUBICO DE APOYO 2 4 PUBICO 1 6 LIBRE PUBLICO 4 10 NOMBRABIENTO JUSTICIA POLICIA Y VIGILANCIA 7 COMISARIO COMISARIO PUBLICO 5 8

9 8 POLICIA POLICIA 1 VACANTE ANALISTA DE HH RR. ASISTENTE ADMINISTRATIVO A OFICINISTA DE COMISARIAVACANTE ASISTENTE ADMINISTRATIVO B DE APOYO 3 PUBLICO DE APOYO 1 3 PUBLICO DE APOYO 1 3 PUBLICO DE APOYO 1 3 PUBLICO DE APOYO 2 4 ADMINISTRACION FINANCIERA 13 JEFA FINANCIERA JEFE DE CONTABILIDAD 14 TESORERO TESORERO OFICINISTA TESORERIA OFICINISTA FINANCIERO DE DE ASISTENTE ADMINISTRATIVO B ASISTENTE ADMINISTRATIVO B PUBLICO 3 9 PUBLICO 4 10 PUBLICO DE APOYO 2 4 PUBLICO DE APOYO 2 4 LIBRE NOMBRABIENTO 9

10 CODIGO AUXILIAR DE ASISTENTE ADMINISTRATIVO PUBLICO DE DE 17 SERVICIOS B ANEXOS APOYO 2 4 TRABAJO PUBLICO DE 18 GUARDALMACEN GUARDALMACEN APOYO 4 6 ASISTENTE ADMINISTRATIVO PUBLICO DE 19 CREACION B APOYO 2 4 PUBLICO DE 20 RECAUDADOR 1 RECAUDADOR 1 APOYO 4 6 PUBLICO DE 21 RECAUDADOR 2 RECAUDADOR 2 APOYO 4 6 PUBLICO DE 22 CONTADOR CONTADOR APOYO 4 6 AUXILIAR DE PUBLICO DE 23 CONTABILIDAD AUXILIAR DE CONTABILIDAD APOYO 4 6 OFICINISTA DE PUBLICO DE 24 RENTAS AUXILIAR DE RENTAS APOYO 4 6 CODIGO AUXILIAR DE ASISTENTE ADMINISTRATIVO PUBLICO DE DE 25 SERVICIOS B (RENTAS) APOYO 2 4 TRABAJO ADMINISTRADOR DE PUBLICO DE 26 SISTEMAS TECNICO EN SISTEMAS APOYO PROVEEDOR 6 10

11 28 CREACION AUXILIAR SERVICIOS AUXILIAR SERVICIOS DE DE PUBLICO DE APOYO 4 ASISTENTE ADMINISTRATIVO PUBLICO DE B (AUDITORIA) APOYO 2 4 HIGIENE AMBIENTAL CAMBIO DE REGIMEN LABORAL SEGÚN REGISTRO OFICAL 171 DEL 14 DE ABRIL 2010 TRABAJADOR TRABAJADOR MARIANA CISNEROS SEGUNDO ZUMBA GUARDIAN VACANTE TRABAJADOR José Zárate CODIGO DE TRABAJO CODIGO DE TRABAJO CODIGO DE TRABAJO ADMINISTRACION GENERAL 32 GUARDIAN TRABAJADOR AVELINO CRUZ SERVICIOS COMUNALES ART. 1 REGISTRO OFICIAL 171 Plazo para el cambio hasta el 5 de diciembre CODIGO DE TRABAJO 33 JEFE DE OO. PP 34 CREACION DIRECTOR DE OBRAS PUBLICAS ASISTENTE ADMINISTRATIVO B PUBLICO 8 14 PUBLICO DE 4 11

12 35 COORDINADOR DESECHOS SOLIDOS 36 PLANIFICADOR 37 CREACION FISCALIZADOR 38 AVALUADORA 39 AUXILIAR SERVICIOS DE INSPECTOR DE GESTION AMBIENTAL AUXILIAR DE AVALUOS Y CATASTROS TRABAJADOR SERVICIO MERCADOS APOYO 2 PUBLICO DE APOYO 3 5 PUBLICO 4 10 PUBLICO 4 10 PUBLICO DE APOYO 4 6 SEGUNDO YAUCAN Código de Trabajo 40 ADMINISTRADOR DE MERCADOS ASISTENTE ADMINISTRATIVO B DE MERCADOS SERVICIO CEMENTERIOS PUBLICO DE APOYO ADMINISTRADOR DEL CEMENTERIO ASISTENTE ADMINISTRATIVO B.DE CEMENTERIOS PUBLICO DE APOYO 2 4 EDUCACION 42 CREACION PROMOTORA DE EDUCACION. ASISTENTE ADMINISTRATIVO 43 CREACION B (COMEDORES ESCOLARES) PUBLICO DE APOYO 4 6 PUBLICO DE 4 12

13 44 DIRECTORA ESCUELA ESPECIAL 45 BIBLIOTECARIA DIRECTORA ESCUELA ESPECIAL COORDINADOR TURISMO RELACIONADOR PUBLICO VACANTE DE PARBULARIA ASISTENTE ADMINISTRATIVO B PARBULARIA TURISMO PROMOTOR DE TURISMO RELACIONADOR PUBLICO 49 CREACION ASISTENTE ADMINISTRATIVO B (Piscina) DESARROLLO COMUNITARIO COORDINADOR DE DESARROLLO COORDINADORDE 50 COMUNITARO DESARROLLO COMUNITARIO 51 OFICINISTA DESARROLLO AGRICOLA ASISTENTE ADMINISTRATIVO B (SG) APOYO 2 PUBLICO DE APOYO 3 5 PUBLICO DE APOYO 2 4 PUBLICO DE APOYO 3 5 PUBLICO DE APOYO 4 6 PUBLICO DE APOYO 3 5 PUBLICO E APOYO 2 4 PUBLICO DE APOYO 4 6 PUBLICO DE APOYO ASESOR PECUARIO PUBLICO ASESOR AGRICOLA 7 13

14 PUBLICO 1 14

15 CUADRO DE COMISIONES PERMANENTES Y ESPECIALES DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN. COMISIONES PERMANENTES: DE LAS COMISIONES PERMANENTES.- Serán aquellas cuyo funcionamiento es continuo y de acuerdo con las atribuciones del Concejo, funciones y competencias exclusivas del GAD Municipal de Chunchi, es así que se determinan las siguientes: a) Comisión de Mesa, Excusas y Calificaciones.- Estará integrada por el Alcalde, Vicealcalde y un Concejal designado por el Concejo en Pleno. Son deberes y atribuciones de la Comisión de Mesa, Excusas y Calificaciones: 1. Informar acerca de la calificación de los Concejales, dentro de los diez días siguientes a la posesión de los mismos, o respecto de sus excusas, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la presentación; 2. Organizar las comisiones permanentes y especiales que sean indispensables y designar sus miembros, cuando no lo hubiere hecho el Concejo; 3. Decidir, en caso de conflicto sobre la comisión que debe informar respecto de asuntos que ofrezcan dudas y sobre cuestiones que deban elevarse a conocimiento del Concejo; y, 4. Repartir a las distintas comisiones permanentes los asuntos de los cuales deben conocer, cuando tal distribución no hubiere sido hecha por el Alcalde. b) Comisión de Planificación y Presupuesto.- Servicios Financieros.- (COOTAD.- Art. 54 a) e) h) i) Art. 55 a) e) i) n)) c) Comisión de Servicios Económicos.- (COOTAD.- Art. 54 a) e) h) l) p) Art. 55 a) e) n)) d) Comisión de Servicios Sociales.- Educación, Cultura, Deporte, Igualdad y Género.- (COOTAD.- Art. 54 a) b) e) h) i) j) k) q) Art. 55 a) e) g) h) n) e) Comisión de Planeamiento, Urbanismo y Obras Públicas.- (COOTAD.- Art. 54 a) c) e) h) i) o) m) Art. 55 a) b) c) e) j) l) n)) f) Comisión de Servicios Públicos.- (COOTAD.- Art. 54 a) e) h) l) m) p) Art. 55 a) b) d) e) f) i) m) n)) g) Comisión de Ambiente y Desarrollo Agropecuario.- (COOTAD.- Art. 54 a) e) h) k) r) Art. 55 a) b) e) k) l) n)) h) Comisión de Turismo.- (COOTAD.- Art. 54 a) e) g) h) p) Art. 55 a) e) h) n)) i) Comisión de Participación Ciudadana.- (COOTAD.- Art. 54 a) d) e) n) Art. 55 a) e) f) i) n)). 15

16 Cada una de las Comisiones Permanentes estará integrada por Tres Señores Concejales de tal forma que cada Señor Concejal presida al menos una e integre al menos tres. DE LAS COMISIONES ESPECIALES.- Las comisiones especiales podrán organizarse para tratar asuntos concretos, para la investigación de situaciones o hechos determinados, para estudios de asuntos excepcionales o para recomendar soluciones que convengan a problemas no comunes que requieran conocimiento, técnica y especializaciones singulares. Las comisiones especiales se integrarán con tres concejales y además, según las circunstancias, con los funcionarios competentes y con expertos, según el asunto que se trate, debiendo presentar su informe en un plazo no mayor a quince días o de acuerdo a la naturaleza del encargo según el requerimiento del caso. Se consideran comisiones especiales las siguientes: Comisión de Límites y Defensa Territorial. DE LAS COMISIONES TÉCNICAS.- Aquellas que se conformarán por casos y necesidades específicas debiendo estar integradas por tres miembros del órgano legislativo y el o los profesionales que según el caso deban integrarlos. DE LAS COMISIONES OCASIONALES.- Son las que en su oportunidad y para casos concretos sugiera su creación el ejecutivo. DE LAS FUNCIONES DE LAS COMISIONES.- Son funciones de las comisiones, sean éstas permanentes, especiales, técnicas u ocasionales, presentar proyectos de ordenanza y reglamentos tendientes a ser efectivos y garantizar el cumplimiento de cada uno de sus ámbitos de competencia; del mismo modo, presentarán informes en los casos en que el ejecutivo u otro integrante del órgano legislativo presentaren proyectos en el ámbito concerniente a dicha comisión. Cada una de las Comisiones cumplirá sus funciones de acuerdo a las disposiciones legales constantes en el COOTAD y agregadas a cada una de las mismas en la presente ordenanza. COMPETENCIAS: Art.5.- Para el cumplimiento de las diferentes actividades, apruébese las siguientes Especificaciones de Clase, contenidas en los artículos 6 y siguientes, señalándose de modo genérico, los diferentes niveles de tareas y responsabilidades, a partir de las cuales, los Directores, Jefes de Departamentos, y más personal con nivel de supervisión, dispondrán en sus áreas de gestión las tareas de detalle. Art.6.- Se establecerá adicionalmente el manual de funciones de cada puesto con las correspondientes interrelaciones entre las diferentes acciones de trabajo, así como la dirección, coordinación y control correspondientes a efectos de asegurar la eficacia del servicio; debiendo además, de manera periódica por lo menos una vez al año, revisar actividades para las correcciones y mantenimiento del sistema. 16

17 ADMINISTRACION GENERAL ADMINISTRACION GENERAL PROCURADOR SÍNDICO MUNICIPAL Art.7.- Son competencias del Procurador Síndico Municipal SUBORDINACION: Sus acciones son supervisadas por la Alcaldía. AREAS DE TRABAJO DEPENDIENTES: Asistente de Abogacía NIVEL FUNCIONAL: ASESOR ROL: Brindar asesoramiento legal a la municipalidad y patrocinar ante los jueces y tribunales competentes, la defensa legal del Municipio; y participación activa en el Plan de Desarrollo Cantonal. Consolidar y fortalecer la acción de los diferentes procesos y subprocesos organizacionales, a través de su asesoramiento y consejo que permita la operatividad de los mismos, con el respaldo de políticas, normas y estrategias para lograr el cumplimiento de los objetivos frente a las expectativas de los clientes internos y externos. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES: a) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades del área; b) Asesorar a la Alcaldía, Concejo y demás dependencias de la municipalidad en asuntos de carácter jurídico; c) Estudiar y emitir dictámenes de carácter legal que fueren sometidos a su consideración, por el Concejo, Alcaldía y las Direcciones; d) Elaborar proyectos de contratos o convenios que deba suscribir la Municipalidad con personas naturales o jurídicas así como los proyectos de ordenanzas que requiera la Municipalidad; e) Preparar estudios o proyectos específicos que solicitare la Alcaldía o el Concejo; f) Analizar, interpretar y emitir criterio sobre aspectos jurídicos-legales que normen la marcha administrativa de la municipalidad; así como vigilar el cumplimiento de la ley en la aprobación de lotizaciones en coordinación con Planificación y Avalúos y Catastros; g) Recopilar y dirigir la edición de boletines que contenga la legislación municipal, provincial y otros de interés institucional y mantener actualizada la legislación de las materias que competen a la Corporación; 17

18 h) Patrocinar ante los jueces y tribunales competentes, la defensa judicial de la municipalidad y en general, realizar cualquier diligencia judicial y extrajudicial de interés institucional; i) Dirigir y tramitar los procesos coactivos de la municipalidad, en Coordinación con la Oficina de Rentas y Tesorería; j) Asesorar en materia de contratación y trámites a los Comités de Adquisiciones y Concurso Privado de precios de la municipalidad; k) Emitir informes periódicos a la Alcaldía con respecto a las actividades cumplidas; l) Delegar atribuciones y deberes al personal bajo su cargo y garantizar con ellos los compromisos institucionales; m) Vigilar el cumplimiento de Ordenanzas, Reglamentos, relativos a las actividades de su área y demás dependencias municipales, especialmente en el campo financiero-tributario; n) Coordinar los planeamientos y actividades de trabajo con las demás dependencias, especialmente con la Dirección de Planificación; o) Las demás actividades señaladas en el COOTAD y las que podría señalar la Alcaldía en el ramo de su competencia; p) Organizar y dirigir los trámites de legalización de tierras en coordinación con Planificación y Avalúos y Catastros; y, q) Las demás actividades que le pueda asignar el Sr. Alcalde o el Concejo. CARACTERISTICAS DE LA FUNCION: Responsabilidad por la representación legal de la Municipalidad y en la organización y supervisión de labores jurídicas, que requieren de gran iniciativa y conocimientos profesionales de primera línea. RELACIONES Y COMUNICACIONES: Mantiene relación con los responsables de procesos de trabajo para coordinar acciones de asesoramiento como en la determinación de políticas y estrategias organizacionales, que hagan posible la operatividad eficiente de los procesos y subprocesos. Mantiene relación con clientes internos y externos, para identificar los requerimientos y conceder el asesoramiento correspondiente, que permita la optimización de los servicios. REQUISITOS MINIMOS: Título profesional de Doctor en Jurisprudencia o Abogado. 18

19 ASISTENTE DE ABOGACIA Art.8.- Son competencias del Asistente de Abogacía SUBORDINACION: Sus acciones están subordinadas al Procurador Síndico. DEPENDENCIAS BAJO SU CARGO: Ninguna NIVEL FUNCIONAL: Asesor y apoyo Administrativo ROL: Ejecutar actividades de apoyo en la preparación de trámites administrativos y procesos judiciales; por otro lado brindar asesoría legal interna. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES: a) Seguimiento, control y Asistencia, dentro de las acciones coactivas; b) Asistir al Departamento Jurídico, en todo lo concerniente a la elaboración de contratos; c) Conocer el manejo de los archivos y control de las causas que maneja el Departamento en caso de falta o renuncia del principal; d) Formará parte también de la Junta Cantonal de Protección de Derechos. e) Suplir al principal en caso de falta temporal, como Procurador encargado. CARACTERISTICAS DE LA FUNCION: Amplia responsabilidad y discrecionalidad por el manejo de la información. RELACIONES Y COMUNICACIONES: Mantiene relación directa con el Procurador Sindico y coordinación con los diferentes directivos de la municipalidad. Mantiene relación con usuarios internos así como externos, tales como organismos públicos, privados y ciudadanía. REQUISITOS MINIMOS: Título de Licenciado en Derecho o abogado. SECRETARIO/A DE CONCEJO Art.9.- Son competencias del Secretario General del Concejo. SUBORDINACION: Sus acciones están subordinadas a la Alcaldía. DEPENDENCIAS BAJO SU CARGO: Secretario Asistente Administrativo, Documentación y Archivo, Recepción e Información. 19

20 NIVEL FUNCIONAL: Apoyo Administrativo. ROL: Organizar y tramitar los asuntos que deba conocer el Concejo o sus comisiones y dar fe de sus actos y los de la Alcaldía; y participación activa en el Plan de Desarrollo Cantonal. Consolidar y fortalecer la acción de los diferentes procesos de trabajo, mediante el respaldo de normas, políticas y estrategias, que garanticen la generación de servicios frente a la expectativa de las demandas de los clientes internos y externos. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES: a) Planear, organizar, dirigir y controlar las actividades administrativas de secretaría; b) Dar fe de los actos del Concejo, de las Comisiones y de la Alcaldía y suscribir los documentos públicos que por Ley, Ordenanza o Reglamento sea de su competencia; c) Tramitar los asuntos que deba conocer el Concejo, las Comisiones y la Alcaldía y demás trámites propios del despacho diario resueltos por la Corporación Municipal; d) Receptar, registrar y distribuir la correspondencia del Alcalde y del Concejo y controlar su oportuno despacho; así como encargarse de la contestación de documentos que sean de su competencia; e) Efectuar la tramitación conducente a la promulgación de las Ordenanzas dictadas por el Concejo y colaborar en la preparación de proyectos de Ordenanza que sean de utilidad Municipal; f) Organizar, dirigir y controlar el sistema de documentación y archivo del Concejo, y de la Alcaldía; formar un protocolo encuadernado y sellado con sus respectivos índices de los actos decisorios; y coordinar con las demás dependencias la formulación y mantenimiento de procesos adecuados y uniformes de correspondencia; g) Preparar documentación para el Concejo y asistir a sus reuniones y redactar sus actas; h) Conferir copias y certificaciones de documentos que sean de su competencia; i) Organizar y dirigir las actividades del personal bajo su cargo y efectuar permanentemente las evaluaciones de su rendimiento; j) Coordinar su trabajo con las demás dependencias municipales; k) Apoyar en la organización y realización de las festividades de cantonización y otros actos conmemorativos que pueda prever la municipalidad, así como el apoyo relativo a la organización de las Asambleas Cantonales; 20

21 l) Participar conjuntamente con Relaciones Públicas, Coordinación Interinstitucional, en la implementación y mantenimiento de sistemas de relación adecuada entre el Concejo, organismos públicos y ciudadanía; m) Colaborar en la formulación de planes de desarrollo institucional y apoyar en las acciones de participación ciudadana en los programas de trabajo establecidos por la municipalidad; y, n) Las demás actividades que le señale el COOTAD y las que por requerimientos del servicio lo establezca la Alcaldía y que sean afines con el área. CARACTERISTICAS DE LA FUNCION: Amplia responsabilidad y discrecionalidad por el manejo de la información de l. Concejo y de la Alcaldía. Es responsable por la entrega oportuna y de la mayor eficiencia de las acciones de apoyo administrativo y manejo de documentación de soporte y registros especializados. Responsabilidad por dar fe de los actos del Concejo y de la Alcaldía y por la suscripción de documentos públicos de su competencia y el requerimiento de conocimientos de normas legales y procedimientos administrativos. RELACIONES Y COMUNICACIONES: Mantiene relación con los diferentes directivos de la municipalidad para coordinar acciones conducentes a la participación de la formulación de políticas, planes y programas de trabajo estratégico para el desarrollo institucional; así como para la colaboración de procedimientos, manuales, metodologías de trabajo y formas de monitoreo y evaluación de las acciones y resultados. Mantiene relación con clientes internos así como externos, tales como organismos públicos, privados y ciudadanía para determinar las demandas prioritarias de la población y establecer procesos y su control que conlleve a la prestación óptima de los servicios. REQUISITOS MINIMOS: Título Universitario de Abogado o Doctor en Jurisprudencia, Licenciado en Ciencias Políticas y Sociales, Licenciado en Secretariado Gerencial. ASISTENTE ADMINISTRATIVO B DE SECRETARIA DE CONCEJO Art Asistente Administrativo B: SUBORDINACION: Sus acciones de Asistente Administrativo de trabajo están bajo la supervisión del Secretario General. AREAS DE TRABAJO DEPENDIENTES: Ninguna. NIVEL FUNCIONAL: Apoyo ROL: Colaboración en labores administrativas de documentación y archivo del Concejo y de la Alcaldía. 21

22 Facilitar la operatividad de los procesos y subprocesos, mediante la ejecución de labores de apoyo administrativo a la gestión. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES: a) Colaborar con el Secretario General de I. Concejo, en las actividades y en la solución de problemas administrativos del Concejo y de la Alcaldía; b) Preparar material y documentación necesaria para los miembros del Concejo; c) Mantener actualizado los archivos y las actas de sesión del Concejo; d) Apoyo en la redacción de las actas de las sesiones del Concejo; e) Revisar y participar en las propuestas de reformas al sistema y a las técnicas de información y correspondencia; f) Puede corresponderle manejar el fondo de Caja Chica de la Secretaría General de Concejo; g) Llevar los registros de ingreso y salida de la documentación; y redactar Oficios y Memorandos de acuerdo con los lineamientos determinados por el Secretario General; h) Manejar la agenda de reuniones y visitas del señor Alcalde y del Secretario General; i) Reemplazar al Secretario General en su ausencia; j) Administrar el uso del Salón Auditórium; y, k) Las demás actividades afines, que le pueda señalar el Alcalde o el Secretario General del I. Concejo. CARACTERISTICAS DE LA FUNCION: Maneja información y documentación requiere de gran iniciativa para su ejecución y buena dosis de discrecionalidad. que RELACIONES Y COMUNICACIONES: Mantiene relación directa con el Secretario General para la recepción de guías de trabajo. Con equipos de trabajo, para la coordinación de actividades de apoyo; y con usuarios internos y externos como medio de identificación de requerimientos. REQUISITOS MINIMOS: Bachiller. Conocimientos Básicos de Secretariado. ASISTENTE DE ALCADIA Art. 11.-Son competencias del Asistente de Alcaldía: 22

23 SUBORDINACION: Sus acciones de Asistente de Alcaldía, está bajo supervisión del señor Alcalde y coordinación directa con Secretaría del Concejo. AREAS DE TRABAJO DEPENDIENTES: Ninguna. NIVEL FUNCIONAL: Apoyo- ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES: a) Llevar un registro actualizado en la agenda del Señor Alcalde; b) Asistirle al Señor Alcalde en sus reuniones de trabajo, elaborará actas y resoluciones; c) Asistir con documentación pertinente para los distintos eventos; d) Registro, archivo y control de la documentación relacionada con las gestiones ejecutas; e) Elaborar documentación para trámites de inherentes de Alcaldía; f) Asignar citas de acuerdo a la Agenda del Señor Alcalde; g) Llevar los registros de ingreso y salida de la documentación; y redactar Oficios y Memorandos de acuerdo con los lineamientos determinados por el Señor Alcalde; h) Manejar la agenda de reuniones y visitas del señor Alcalde; i) Brindar apoyo en el seguimiento de los trámites y gestiones en proceso; j) Coordinar actividades con el secretario de Concejo; y, k) Las demás actividades afines, que le pueda señalar el señor Alcalde o Secretaría General del Concejo. CARACTERISTICAS DE LA FUNCION: Maneja información y documentación requiere de gran iniciativa para su ejecución y buena dosis de discrecionalidad. que RELACIONES Y COMUNICACIONES: Mantiene relación directa con el Señor alcalde para la recepción de guías de trabajo. Con usuarios internos y externos, como medio de identificación de requerimientos. REQUISITOS MINIMOS: Título de Secretaria Ejecutiva o Gerencial. Haber aprobado el tercer año de una Escuela de Derecho o Administración. JEFATURA DE TALENTO HUMANO Art.12.- Son competencias del Jefe de Talento Humano 23

24 SUBORDINACION: Sus acciones son supervisadas por la Alcaldía. AREAS DE TRABAJO DEPENDIENTES: Todas las áreas (Control de personal) NIVEL FUNCIONAL: Nivel Asesor. ROL: Asesorar, dinamizar y armonizar las actividades de recursos humanos, tendientes a conseguir el cumplimiento óptimo y oportuno de los productos y servicios frente a las demandas de los clientes internos y externos, dentro de un ambiente de trabajo grato y estimulante,que busque paralelamente el bienestar y desarrollo personal y profesional de los integrantes. Consolidar, reforzar y dar asistencia técnica a los diferentes procesos y subprocesos, incluidos aquellos bajo su supervisión, que haga posible la operatividad de los mismos, juntamente con el respaldo de normas políticas y estrategias. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES: Determinar las políticas, actividades y orientación de trabajo para los diferentes equipos de gestión y relativos a los siguientes subsistemas de Administración de Talento Humanos: a) Subsistema de Clasificación de puestos: aplicar el conjunto de normas estandarizadas para analizar, describir, valorar y clasificar los puestos en la Institución; b) Subsistema de Evaluación del desempeño: planificar y proceder con la evaluación del desempeño en conjunto con los jefes inmediatos, con la aplicación de normas preestablecidas, técnicas, métodos y procedimientos armonizados, justos, transparentes, imparciales, encaminados a impulsar la consecución de los fines y propósitos institucionales. Las evaluaciones a las y los servidores públicos se realizaran dos veces al año, en los meses de Junio y Diciembre, a excepción de los que han obtenido la calificación de regular, que deberán ser evaluados nuevamente en el plazo de tres meses de acuerdo al art. 80 de la. ESCALA DE CALIFICACION a) Excelente b) Muy Buena c) Satisfactorio d) Regular e) Insuficiente 24

25 Los resultados de la evaluación deberán ser notificados a la servidora o servidor evaluado en un plazo de ocho días. El proceso de recalificación será realizado por un tribunal integrado por tres servidores incluidos a la escala del nivel Jerárquico superior que no hayan intervenido en la calificación. Objetivos de la evaluación art. 79 de la. a. Ascenso y cesación b. concesión de otros estímulos, capacitación e instrucción c). Subsistema de planificación del talento humano-planificar y aplicar las normas, técnicas y procedimientos orientados a determinar la situación histórica, actual y futura del talento humano, a fin de garantizar la cantidad y calidad de este recurso, en función de la estructura administrativa y actualizar con el plan de desarrollo cantonal. La planificación institucional del talento humano será remitida y será sometida a su respectivo órgano legislativo; d). Subsistema de selección de personal.- aplicará las normas, políticas, métodos y procedimientos, tendientes a evaluar competitivamente la idoneidad de las y los aspirantes que reúnan los requerimientos establecidos para el puesto vacante; e).elaborar los proyectos de estatuto, normativa interna, manuales e indicadores de gestión del talento humano; f) Realizar bajo su responsabilidad los procesos de movimientos de personal y aplicar el régimen disciplinario, con sujeción a esta ley, su reglamento general, normas conexas y resoluciones emitidas por el Ministerio de Relaciones Laborales; g) Poner en conocimiento del Contraloría General del Estado, los casos de incumplimiento de la, su reglamento y normas conexas, por parte de las autoridades, servidoras y servidores de la institución; h) Participar en equipos de trabajo para la preparación de planes, programas y proyectos institucionales como responsable del desarrollo institucional, talento humano y remuneraciones; i) Receptar las quejas y denuncias realizadas por la ciudadanía en contra de servidores públicos, elevar un informe a la autoridad nominadora y realizar el seguimiento oportuno; j). Coordinar las acciones de trabajo con los diferentes procesos de la municipalidad; 25

26 k). Elaborar los manuales de administración y procedimientos en materia de Recursos Humanos; así como los proyectos de Ordenanza sobre la materia; l). Asesorar a los diferentes procesos en materia administrativa, y legal sobre el manejo de los recursos humanos a la autoridad nominadora; m). Participar como Miembro, juntamente con el Alcalde, o su delegado, con el Director Financiero, y Asesor Jurídico en la Comisión Negociadora de la Contratación Colectiva; n) Absolver las consultas que se formulen de los diferentes clientes internos, con respecto a la aplicación de la, Código del Trabajo y más normativa de recursos humanos; o). Organizar y dirigir la tramitación de las diferentes acciones de personal, a través de los formularios y procedimientos internos establecidos, tales como vacaciones, permisos, licencias, traslados, nombramientos, ascensos, renuncias, sanciones, subrogaciones, encargos, comisiones, es decir todos aquellos asuntos derivados de las relaciones de trabajo entre el GAD y sus servidores; p). Administrar el Régimen disciplinario, esto es organizar y mantener registros de control de asistencia y determinar de conformidad con la norma interna la aplicación de los medios correctivos; q). Administrar sistemas estadísticos de información de su área de trabajo; r) Realizar un control permanente sobre el mantenimiento de vehículos livianos; s) Elaborar manuales de procedimiento, para el uso y mantenimiento de los vehículos del Municipio; t) Organizar y distribuir los vehículos livianos a fin de satisfacer los requerimientos priorizando necesidades; r). Organizar y dirigir la prestación de servicios generales, instalaciones, equipos y otros bienes de la municipalidad. s) Coordinar anualmente la capacitación de las y los servidores; y, t) Las demás establecidas en la ley, su reglamento y el ordenamiento jurídico vigente. CARACTERISTICAS DE LA FUNCION: Trabajo Técnico profesional, de asistencia y asesoramiento a los diferentes procesos y subprocesos de la municipalidad en el establecimiento de políticas y soportes técnicos para el desarrollo de la administración de recursos humanos, que requiere de gran iniciativa, formación profesional especializada y alta experiencia. 26

27 RELACIONES Y COMUNICACIONES: Coordinar con los diferentes responsables de los procesos de la municipalidad, la planificación estratégica organizacional, y la asistencia técnica administrativa en materia recursos humanos. REQUISITOS MINIMOS: Título Universitario en una Escuela de Derecho, Administración en Talento Humano. JUSTICIA, POLICIA Y VIGILANCIA ADMINISTRACION GENERAL COMISARIO Art.13.- Son competencias del Comisario Municipal. SUBORDINACION: Sus acciones son supervisadas por el Alcalde. AREAS DE TRABAJO DEPENDIENTES: Servicios generales NIVEL FUNCIONAL: Nivel Asesor Operativo ROL: Ejecución de labores de control de higiene, saneamiento ambiental, y relativos al control de ornato; y juzgamientos de infracciones de las normas municipales sobre la materia. Consolidar y fortalecer las acciones de supervisión de normas para garantizar la operatividad de los procesos, ejecutando las políticas estratégicas determinadas por la municipalidad. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES: a) Planear, organizar, dirigir y controlar las actividades de la dependencia y del personal bajo su cargo; b) Efectuar y disponer inspecciones para el cumplimiento de las ordenanzas municipales en aspectos de la higiene y salubridad en establecimientos expendedores de alimentos, mercados públicos, camal, abacerías, bares, ferias, etc. y juzgar las infracciones cometidas; c) Organizar y dirigir un plan de concientización y educación a la población en el uso y cuidado de normas de higiene y preservación del medio ambiente, así como también el proponer recomendaciones para el establecimiento y aplicación de políticas de saneamiento ambiental; d) Efectuar y disponer inspecciones permanentes para la comprobación de la exactitud de pesas y medidas y la exhibición de los precios de los artículos de primera necesidad, y demás acciones que impidan el acaparamiento, monopolio y carestía de los productos, en coordinación con la Policía Nacional; así como las 27

28 demás inspecciones relativas al uso de ocupación de vías, ferias, y más actividades de campo en materia del Plan Regulador a efectos de que se cumplan las ordenanzas y normas técnicas establecidas por la Municipalidad; e) Organizar y dirigir el fiel cumplimiento de actividades por parte del personal Policías y la presentación diaria de partes de trabajo para evaluar su rendimiento; f) Analizar y actuar en denuncias sobre infracciones a las normas sanitarias, al ornato de la ciudad, destrucción de bienes públicos y otras, para efectos del juzgamiento y sanción; g) Participar en la Inspección del uso adecuado de los abastecimientos de agua potable; juzgar y sancionar por el uso clandestino., en coordinación con la Gerencia de Agua Potable y Alcantarillado; h) Colaborar en el diseño de ordenanzas, reglamentos que tienen que ver con las actividades del área; i) Vigilar el cumplimiento de ordenanzas reglamentos, relativos a las actividades del área; j) Participar con el Proceso de Rentas, en el control de Patentes y permisos de funcionamiento; k) Participar con la Policía Nacional, en control y funcionamiento de bares y cantinas y el cumplimiento de los horarios establecidos; así como en labores de patrullaje de seguridad en la Ciudad; l) Establecer registros estadísticos de las actividades y juzgamientos e informar a la Alcaldía sobre este tema en forma periódica; m) Colaborar en el control sanitario y más regulaciones con respecto al ingreso y faenamiento de ganado y distribución de carnes a los sitios de expendio; y, n) Las demás actividades señaladas en el COOTAD y las que por necesidades del servicio pueda establecer la Alcaldía, afines con las tareas que desempeña. CARACTERISTICAS DE LA FUNCION: Se caracteriza por la responsabilidad de administrar y verificar los sistemas de inspección de servicios públicos para el control del cumplimiento de la norma municipal y actividades de juzgamiento, que requiere de alta responsabilidad, uniformidad de criterios y ética profesional. RELACIONES Y COMUNICACIONES: Mantiene contacto con autoridades municipales, policiales y responsables de procesos, para receptar guías de trabajo, y ejecutar políticas de acción que garanticen el cumplimiento óptimo de los servicios públicos. Mantiene relación con la Ciudadanía, con organismos públicos y privados, para detectar y satisfacer requerimientos, y establecer prioridades de demandas para atención por parte de la municipalidad y de los usuarios internos y externos. 28

29 REQUISITOS MINIMOS: Licenciado en Ciencias Políticas y Sociales. POLICIA MUNICIPAL (2) Art.14.- Son competencias del Policía Municipal. SUBORDINACION: Sus acciones son supervisadas por el Comisario Municipal. DEPENDENCIAS BAJO SU CARGO: Ninguna NIVEL FUNCIONAL: operativo. ROL: Ejecución de labores de vigilancia del cumplimiento efectivo de las normas de aseo, ornato y cuidado de la vía pública, de conformidad con las disposiciones municipales. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES: a) Ejecutar las actividades a desarrollarse de conformidad con las normas municipales establecidas; b) Controlar el ornato de la ciudad y en lo que se refiere al cumplimiento de ordenanzas y demás normas municipales, en cuanto al aseo, permisos sanitarios y presentación de parques, mercados, calles, servicios higiénicos, lavanderías y más servicios públicos; así como el control sobre contaminación ambiental en el que se incluye el uso desmedido de megáfonos y música en los sitios de expendio de productos; c) Colaborar, en el control de precios de víveres de primera necesidad como en el de pesas y medidas y en el control de edificaciones y construcciones en general, a efectos de verificar que cuenten con los permisos de construcción, aprobación de planos y de habitabilidad; d) Asistir al Comisario Municipal, en las inspecciones y controles determinados por las normas municipales; e) Realizar partes y novedades de trabajo sobre los controles realizados e informar oportunamente al Comisario Municipal; f) Efectuar notificaciones a los infractores de la norma municipal y controlar el cumplimiento de las mismas; g) Prestar servicios de seguridad al Alcalde y más personeros municipales de conformidad con las órdenes recibidas; 29

30 h) Efectuar vigilancia de horarios establecidos para el funcionamiento de bares y cantinas, así como el patrullaje de seguridad en las calles de la Ciudad, y en los sitios de concentración pública; i) Controlar el taquillaje en espectáculos públicos a efectos de determinar el cobro de impuestos; j) Coordinar con sus compañeros de trabajo y demás dependencias que tengan que ver con sus servicios; k) Efectuar labores como, decomiso de productos que no reúnan las condiciones sanitarias, o de permisos, de conformidad con las normas municipales y dar parte del hecho al Comisario, especificando rubros y volúmenes; y, l) Las demás actividades que por necesidades del servicio pueda determinar el Comisario Municipal o el Sr. Alcalde. CARACTERISTICAS DE LA FUNCION: Se caracteriza por la responsabilidad de resguardar los intereses públicos, en materia de aseo, seguridad y ornato de la ciudad, que requiere de un alto grado de confianza ciudadana y de ética profesional en el desarrollo de las tareas. RELACIONES Y COMUNICACIONES: Mantiene relación con la Policía Nacional y autoridades municipales, coordinar y/o receptar las políticas y disposiciones de trabajo; con usuarios internos y externos para determinar sus requerimientos y colaborar en la satisfacción de sus demandas. REQUISITOS MINIMOS: Título de Bachiller. Curso Básico de formación ASISTENTE ADMINISTRATIVO A (JUSTICIA, POLICIA Y VIGILANCIA) Art Son competencias del Asistente Administrativo Municipal A de Comisaría y Policía. SUBORDINACIÓN: Sus acciones son supervisadas por el Comisario Municipal. AREAS DE TRABAJO DEPENDIENTES: Ninguna. NIVEL: Apoyo ROL: Prestar apoyo administrativo, de documentación para la operatividad del área. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES: 30

31 a) Entrega de notificaciones y citaciones dentro del cantón y sus parroquias; b) Colaborar en el control de las tareas que realizan los trabajadores que dependen de la Comisaría; c) Elaborar informe semanal de las notificaciones y/o citaciones entregas y cumplidas; y, d) Las demás actividades afines que le disponer el Comisario Municipal; CARACTERÍSTICAS DE LA CLASE: Trabajo de contacto variado con el público que requiere de iniciativa y de gran cuidado en las relaciones. COMUNICACIONES Y RELACIONES: Mantiene relación directa con el Comisario, con los clientes externos para facilitarles la información y satisfacer sus necesidades. REQUISITOS MINIMOS: Título de Bachiller. ASISTENTE ADMINISTRATIVO B (JUSTICIA, POLICIA Y VIGILANCIA) Art Son competencias del Asistente Administrativo Municipal B de Comisaría y Policía. SUBORDINACIÓN: Sus acciones son supervisadas por el Comisario Municipal. AREAS DE TRABAJO DEPENDIENTES: Ninguna. NIVEL: Apoyo ROL: Prestar apoyo administrativo, de documentación y archivo, para la operatividad del área. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES: a) Realizar el registro, control, clasificación, distribución y archivo de documentos y administrar el sistema de correspondencia del área de trabajo; b) Organizar y mantener registro de las actividades de la Comisaría en cuanto a notificaciones y juzgamientos tanto en el plano sanitario como en lo referente al control del ornato y Construcciones; c) Elaborar Notificaciones de acuerdo con los partes policiales y presentar a conocimiento del Comisario; d) Informar a los funcionarios y público en general sobre trámites de documentos a cargo de la Unidad; 31

32 e) Atender al público y brindar información con respecto a los diferentes trámites de la Comisaría; f) Colaborar en el control de las tareas que realizan los trabajadores que dependen de la Comisaría; g) Custodiar los activos fijos a cargo de la Comisaría Municipal; y, h) Las demás actividades afines que le disponer el Comisario Municipal; CARACTERÍSTICAS DE LA CLASE: Trabajo administrativo de contacto variado con el público que requiere de iniciativa y de gran cuidado en las relaciones. COMUNICACIONES Y RELACIONES: Mantiene relación directa con el Comisario para receptar guías de trabajo y brindarle la información precisa que se requiere. Mantiene relación formal con los clientes externos para facilitarles la información y satisfacer sus necesidades. REQUISITOS MINIMOS: Título de Bachiller. ADMINISTRACION GENERAL JEFE FINANCIERA Art Son competencias de la Jefa Financiera. SUBORDINACION: Sus acciones son supervisadas por la Alcaldía. DEPENDENCIAS BAJO SU CARGO: La Contadora, Tesorería, Recaudación, Proveeduría y Bodega. Rentas, NIVEL FUNCIONAL: Asesor Operativo. ROL: Formular e implementar esquemas de control financiero, así como las normas técnicas de control interno; Realizar estudios planes y proyectos para la racionalización administrativa y el correspondiente apoyo en materia de organización y métodos de los diferentes flujos de trabajo de la municipalidad y prestar asistencia técnica a la Alcaldía, Concejo y demás procesos operativos de la municipalidad.; y participar en el Plan de Desarrollo Cantonal. Consolidar y fortalecer las acciones de asistencia técnica administrativa financiera que permita la operatividad de los procesos, mediante el respaldo de normas, políticas y estrategias para lograr el cumplimiento de los objetivos institucionales. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES: En materia Administrativa: 32

33 a) Programar y dirigir la organización administrativa de la I. Municipalidad, a base de la formulación de manuales de procedimientos y demás regulaciones relativas al funcionamiento de los diferentes procesos y subprocesos. b) Participar con Recursos Humanos en los análisis y recomendaciones, para las acciones técnicas necesarias para la implementación de un adecuado sistema de Desarrollo Organizacional y la obtención de un óptimo clima organizacional; y, coordinar con los diferentes procesos y subprocesos para la elaboración y ejecución de programas administrativos. c) Organizar el subproceso de adquisiciones y su plan anual, en coordinación con el proveedor; d) Coordinar las relaciones de trabajo entre la Alcaldía y las diferentes Direcciones de la municipalidad y asegurar por medio de enfoques modernos de gestión la asistencia técnica administrativa para la optimización de los servicios. En materia Financiera: a) Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar la buena marcha de la Dirección y de las áreas de trabajo bajo su cargo. Diseñar, ejecutar y supervisar la administración tributaria de conformidad con las normas legales. b) Elaborar el plan anual de actividades del área, en coordinación con las dependencias de la Dirección y controlar su ejecución; así como la planificación, elaboración y ejecución del presupuesto. c) Formular e implantar esquemas de control financiero, sujetos a las disposiciones legales correspondientes en vigencia y normas técnicas de control interno. d) Comprobar la legalidad y veracidad de los informes financieros y contables, en cuanto a exactitud y procedencia de gastos y supervisar la correcta administración económica de la municipalidad; así como efectuar los análisis, interpretaciones e informes sobre los estados financieros y cualquier otro asunto relativo al campo financiero. e) Cumplir y hacer cumplir las normas y políticas que sobre la administración financiera de los recursos públicos que ha dictado o dictare la Contraloría General de la Nación. Objetar las órdenes de pago que se encontraren ilegales o contrarias a las disposiciones legales o presupuestarias. f) Administrar la gestión financiera, proponiendo programas que permitan la previsión de los fondos para cubrir las necesidades de corto y mediano plazo. g) Preparar el Presupuesto Operativo Institucional Anual, su ejecución y evaluación y sus modificaciones en coordinación con el área de contabilidad y demás dependencias de la municipalidad. 33

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