PARA EL FUNCIONAMIENTO Y USO DE LOS LABORATORIOS DE INFORMÁTICA
|
|
- Tomás Álvaro García Mendoza
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y USO DE LOS LABORATORIOS DE INFORMÁTICA JEFATURA DE LOS LABORATORIOS DE INFORMÁTICA Noviembre, 2011 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA PEDRO EMILIO COLL
2 INDICE GENERAL Pp. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DEL JEFE, SU PERFIL Y SUS FUNCIONES CAPÍTULO III LOS USUARIOS CAPÍTULO IV DEL ACCESO A LOS LABORATORIOS CAPÍTULO V DEL USO DE LOS LABORATORIOS CAPÍTULO VI DEL PERSONAL DOCENTE/ADMINISTRATIVO CAPÍTULO VII DE LAS IMPRESIONES CAPÍTULO VIII DE LOS RECURSOS AUDIOVISUALES DIGITALES CAPÍTULO IX DISPOSICIONES FINALES
3 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Se denominan Laboratorios de Informática, a unidades potenciales de aprendizaje, búsqueda de información, y de apoyo, a las actividades académicas de investigación, docencia y extensión del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA PEDRO EMILIO COLL, para ello están dotados tecnológicamente con equipos de computación, recursos audiovisuales, entre otros. Artículo 2.- Serán funciones de los Laboratorios de Informática: 1) Dar soporte técnico a las redes institucionales LAN y WAN 2) Apoyar las labores de investigación, académicas, educacionales, y docentes del IUTPEC. 3) Llevar a cabo las reparaciones y mantenimiento de los equipos de computación del área administrativa y de los Laboratorios de Informática del IUTPEC. 4) Normar el uso de los Laboratorios, colaborando así al aprovechamiento y conservación de sus recursos e instalaciones. 5) Colaborar en la capacitación del personal académico en el uso de recursos y herramientas tecnológicas, necesarias para su desarrollo profesional. Artículo 3.- Los Laboratorios de Informática ofrecen los siguientes servicios: 1) Conexión a Internet. 2) Digitalización 3) Grabación de información en Discos Compactos. 4) Impresión 5) Recursos Audiovisuales Digitales (Video Beam, Laptop) CAPÍTULO II DEL JEFE, SU PERFIL Y SUS FUNCIONES Artículo 4.- Los Laboratorios de Informática estarán adscritos a la 3 3
4 Coordinación de la Especialidad de Informática, de quien recibirá el apoyo institucional y técnico para el logro de sus funciones planteadas en el Artículo 2 del presente reglamento. Artículo 5.- Los Laboratorios estarán bajo la tutela y responsabilidad de un Jefe de Laboratorio, quien será un Profesional Universitario de alta calificación y experiencia en el área de la Informática, designado por el Director Nacional, a proposición y recomendación del Subdirector Académico. Artículo 6.- El Jefe de los Laboratorios estará en la capacidad de elaborar manuales de normas y procedimientos para la instalación de los sistemas adecuados al ambiente informático de los laboratorios. Artículo 7.- Es responsabilidad del Jefe de los Laboratorios: 1) Supervisar al personal de los Laboratorios de Informática. 2) Velar porque el Reglamento de uso interno de los laboratorios se cumplan; y reportar a las autoridades superiores cualquier incumplimiento de las mismas. Así como sugerir cambios y actualizaciones que lo ameriten. 3) Establecer los procedimientos para la solicitud y control de uso del Laboratorio. 4) Evitar que se obtengan copias no autorizadas del software, datos y manuales originales que sean propiedad de los Laboratorios. 5) Solicitar al Personal de los Laboratorios de Informática, la presentación de informes y reportes cuando así se amerite. 6) Presentar anualmente a instancias superiores, un informe contentivo de los aspectos académicos, administrativos y técnicos de las actividades desarrolladas durante el período que culmina e incluirá en él, un plan de desarrollo e inversiones para el año siguiente. Artículo 8.- El Jefe de los Laboratorios es responsable de la custodia de los Video Beams y laptops. Así como de supervisar su servicio en cátedras, reuniones y eventos que lo requieran. Artículo 9.- La Jefatura de los Laboratorios de Informática se reserva el derecho de: 4 4
5 1) Solicitar equipos, repuestos, accesorios y consumibles necesarios para el buen funcionamiento de los laboratorios. 2) Planificar la instalación de actualizaciones tanto de hardware como de software en los equipos de los laboratorios. 3) Custodiar de las licencias del software y programas adquiridos por el instituto, utilizados en los laboratorios. 4) Servir y mantener el enlace en las actualizaciones tecnológicas entre los proveedores de software y el instituto. 5) Velar porque el servicio de internet este operativo la mayor parte del tiempo, reportando las fallas a tiempo y que las contingencias implementadas estén 100% operativas. 6) Recomendar configuraciones y tecnologías para la adquisición de nuevos equipos que desea adquirir el Instituto. 7) Concebir la ejecución del mantenimiento preventivo y predictivo a los equipos instalados. Artículo 10.- El horario de clases y funcionamiento de los Laboratorios de Informática será determinado por el Jefe de los Laboratorios. CAPÍTULO III LOS USUARIOS Artículo 11.- Se entenderá por usuario, a todo aquel que requiera de los servicios prestados por los laboratorios. El usuario deberá ajustarse a la normativa establecida. Toda falta será sancionada. Artículo 12.- Los usuarios son responsables del material y de los equipos que utilizan en los Laboratorios. Cualquier daño, por uso o negligencia al equipo o material, correrá por cuenta del usuario. Parágrafo Primero Parágrafo Segundo En caso de daño total o desaparición del mismo del equipo, el usuario deberá asumir el costo total de reposición. En caso de daño parcial del equipo o material, el usuario debe responder por los costos de reparación. De no poder repararse se aplicará como caso de daño total o desaparición. 5 5
6 Artículo 13.- Los usuarios podrán disponer de una cuenta para la realización de sus prácticas, mediante la solicitud por parte del profesor de la cátedra, la misma debe contener C.I. y el nombre completo del alumno. Artículo 14.- Se les asignará una cuenta a aquellos usuarios autorizados para acceder a los sistemas, y así desarrollar sus prácticas. Estas cuentas son personales e intransferibles. Artículo 15.- El usuario se hace responsable del uso indebido de su cuenta, cualquier acceso no autorizado a una cuenta de usuario deberá ser comunicado de forma inmediata por el afectado al Personal de los Laboratorios. Artículo 16.- Las cuentas asignadas a los usuarios tendrán la duración del semestre correspondiente y se cancelarán una vez concluido el mismo. Los Laboratorios no se hacen responsables por la información contenida en ella. Artículo 17.- Son derechos del usuario de los Laboratorios de Informática: 1) Reportar cualquier inconformidad con los equipos o de algún Auxiliar con el Jefe de los Laboratorios. 2) Hacer uso de los servicios ofrecidos por los Laboratorios, respetando las disposiciones contempladas en el presente reglamento. Artículo 18.- Son deberes del usuario de los Laboratorios de Informática: 1) Cumplir con el presente reglamento. 2) Estar solvente con el Instituto cuando se soliciten los servicios de los Laboratorios de Informática. 3) Informar de cualquier irregularidad encontrada en los equipos y materiales de los Laboratorios. 4) Dejar las instalaciones y equipos de los Laboratorios de Informática en las mismas condiciones de limpieza y orden en que los recibió al inicio de su jornada. 6 6
7 CAPÍTULO IV DEL ACCESO A LOS LABORATORIOS Artículo 19.- El acceso de los usuarios a los laboratorios de Informática estará sujeto a la asignación de horarios de clases y servicio, así como a la disponibilidad de equipos. Artículo 20.- El acceso a los Laboratorios será permitido a los alumnos que presente su carnet vigente del IUTPEC. Artículo 21.- Por ningún motivo se aceptarán usuarios con carnets de terceros. Artículo 23.- Para ingresar a los Laboratorios, el usuario deberá: 1) Presentarse por la ventanilla ante el personal, para verificar si hay estaciones de trabajo disponibles y si es autorizado su ingreso. 2) El usuario deberá entregar su carnet estudiantil vigente. 3) El personal verificará el carnet en la base de datos del IUTPEC; para luego, asignarle y entregarle la identificación con la estación de trabajo disponible. Artículo 24.- Los alumnos que tengan clase en el Laboratorio, deberán esperar hasta que el Personal les autorice la entrada al mismo. Artículo 25.- Antes de iniciar la clase, el personal de los Laboratorios dispone de cinco (5) minutos para asignar las estaciones de trabajo disponibles, siempre que el profesor de cátedra lo autorice. Artículo 26.- No se permitirá el ingreso a los Laboratorios de alumnos externos a la sección cuando el profesor realice evaluaciones de su cátedra. Artículo 27.- No se permitirá el acceso a los Laboratorios, a los alumnos de una sección hasta tanto el profesor de la cátedra correspondiente, esté presente. 7 7
8 CAPÍTULO V DEL USO DE LOS LABORATORIOS Artículo 28.- Los servicios ofrecidos por los Laboratorios de Informática, se reservarán exclusivamente para el uso académico-institucional y el correspondiente aprendizaje de las herramientas contempladas en el diseño curricular. Artículo 29.- El servicio del Internet debe ser utilizado solo con fines académicos en los siguientes horarios: De lunes a Viernes de: 9:00AM a 1:00PM 5:00PM a 10:00PM Artículo 30.- Se permite el uso de Internet en páginas de contenido no académico, con excepción de páginas pornográficas y juegos en el siguiente horario: De lunes a Viernes de: 1:00AM a 5:00PM Artículo 31.- Con el fin de conservar tanto los equipos como mantener el ambiente de los Laboratorios, queda terminantemente prohibido: 1) Ingerir cualquier tipo de alimento o bebida. 2) El acceso a los Laboratorios por persona no autorizadas. 3) Fumar. 4) Desconectar los equipos o cualquiera de sus componentes. 5) El uso de los Laboratorios como salas de estudio, tertulia o juegos. 6) Permanecer en el uso del equipo más allá de la hora fijada. 7) Botar desperdicios en los Laboratorios. 8) Cambiar de sitio los equipos, sus componentes, las sillas y mesas que se encuentren en los Laboratorios. 9) Dejar ropa u otros objetos sobre en las estaciones de trabajo. Artículo 32.- El área de impresión, servidores y escritorio, será de uso exclusivo del Personal de los Laboratorios. 8 8
9 Artículo 33.- Sólo se permitirá una persona por estación de trabajo, con lo cual queda prohibido el trabajo en grupo dentro del Laboratorio. Artículo 34.- Cualquier necesidad durante el uso del laboratorio deberá manifestarla primero al personal de los Laboratorios. El usuario no podrá tomarse ninguna atribución sin antes consultarlo. Artículo 35.- Los usuarios al salir del área del Laboratorio perderán el derecho al uso de la computadora asignada. Salvo casos excepcionales, autorizados por el Personal de los Laboratorios. Artículo 36.- El usuario para abandonar los Laboratorios, deben entregar la identificación de la estación de trabajo que le fue asignada. A su vez, el personal le entregará su identificación correspondiente. Artículo 37.- Los usuarios deberán desalojar los laboratorios cinco (05) minutos antes de finalizar cada clase, con el objeto de permitir el inicio de la siguiente clase. Artículo 38.- Los usuarios tienen uso limitado de los servicios de los Laboratorios de Informática, de acuerdo a las siguientes prohibiciones: 1) Instalar, desinstalar, eliminar, modificar o alterar en cualquier forma los contenidos en los discos duros de las computadoras o en la red. 2) Navegar en páginas de contenido moralmente ofensivo y que atenten contra las normas de los Laboratorios. 3) Realizar copias del software y licencias comerciales utilizadas en los equipos de los Laboratorios. 4) Usar una cuenta de usuario distinta a la propia. 5) Desconectar o intercambiar computadoras, teclados, mouses o periféricos entre los distintos equipos de computación instalados dentro de los Laboratorios de Informática. 6) Utilizar CD s y disquetes de juegos, y cualquier otro programa no autorizado por el personal responsable de los Laboratorios de Informática. Artículo 39.- Los medios de reproducción (impresoras, scanners, Video Beams, 9 9
10 etc.) habilitados para los usuarios de los Laboratorios de Informática, deben usarse sólo para reproducir material relacionado con el ambiente académico y tendrán un costo previamente establecido en la tabla indicadora de precios. CAPÍTULO VI DEL PERSONAL DOCENTE/ADMINISTRATIVO Artículo 40.- El primer día de clases el docente deberá recordarles a sus alumnos las normas establecidas en los Laboratorios. Artículo 41.- Solo se permitirá un docente con su respectiva sección por Laboratorio, de acuerdo al horario asignado por las Coordinaciones de Especialidades. Artículo 42.- En caso de no utilizar los Laboratorios asignados, el docente deberá notificarlo a la Coordinación de su Especialidad con 48 horas de anticipación. Artículo 43.- El docente deberá dictar en los Laboratorios solo clases y/o exámenes prácticos. Las clases teóricas deben ser dictadas en las aulas. Artículo 44.- El docente dispone de quince (15) minutos para el acceso a los Laboratorios en caso de no presentarse, el Personal del mismo permitirá el ingreso de los estudiantes que lo requieren. Artículo 45.- El(los) docente es responsable del uso académico de los equipos informáticos durante el dictado de la clase. Artículo 46.- La clase debe terminar diez (10) minutos antes de la hora señalada, para que el Laboratorio utilizado pueda ser ordenado. Artículo 47.- De ser necesaria la adquisición e instalación de cualquier software u equipo, para el dictado de clases o actividad extraordinarias, se debe tramitar las solicitudes de: Instalación o Actualización de Programas y Préstamo del Laboratorio de Informática ante la Coordinación de Informática
11 CAPÍTULO VII DE LAS IMPRESIONES Artículo 48.- Los usuarios que necesitan utilizar las impresoras de los Laboratorios, deben adquirir en Caja, un recibo de Servicios de Laboratorio. Artículo 49.- Para realizar impresiones los usuarios deben entregar el recibo de Servicios de Laboratorio al Personal de los Laboratorios. Artículo 49.- Para realizar cualquier impresión, el personal docente/ administrativo debe presentar al personal de los laboratorios la Orden de Impresión. Artículo 50.- Bajo la supervisión del Personal de los Laboratorios, el usuario debe configurar la página, seleccionando la orientación y el tamaño del papel, antes de enviar su(s) trabajo(s) a imprimir. Artículo 51.- El Personal de los Laboratorios calculará el costo de las impresiones realizadas y descontará este monto en el recibo de Servicios de Laboratorio recibido. Artículo 52.- Las impresiones en matriz de punto quedan suspendidas, durante las clases, solo serán permitidas si el docente de cátedra lo autoriza. CAPÍTULO VIII DE LOS RECURSOS AUDIOVISUALES DIGITALES Artículo 53.- El laboratorio es responsable del resguardo y el óptimo funcionamiento de las laptop y Video Beams. Artículo 54.- La secretaria de las Coordinaciones de Escuela es la encargada de llevar las solicitudes de los docentes para el uso de los Recursos Audiovisuales Digitales, dichas solicitudes son comunicadas al personal del laboratorio. Artículo 55.- El personal de los laboratorios son los encargados de instalar los Recursos Audiovisuales Digitales en los salones de clases
12 Artículo 57.- Para que el auxiliar instale los Recursos Audiovisuales Digitales debe estar el presente el profesor en el aula o salón de clase. Una vez instalados el profesor es el responsable de los mismos y de su uso adecuado. Artículo 58.- El profesor debe avisar a con antelación al personal de los laboratorios para desconectar los Recursos Audiovisuales Digitales y trasladarlos de nuevo al laboratorio. Artículo 59.- Los laboratorios de Informática son los encargados de llevar el control de entrada/salida, lugar de instalación y profesor solicitante del servicio de los Recursos Audiovisuales Digitales. Artículo 60.- El profesor o usuario de los Recursos Audiovisuales Digitales, deben reportar al laboratorio cualquier anomalía detectada en los mismos. CAPÍTULO IX DISPOSICIONES FINALES Artículo 61.- Cualquier violación del Reglamento anteriormente descrito será causa suficiente para la aplicación de las sanciones correspondiente, durante un período que se fijará en función de la gravedad de la falta cometida, en extrema gravedad se sancionará de acuerdo a lo previsto en el Reglamento Interno del IUTPEC. Artículo 62.- Lo no previsto y las dudas que surjan en la aplicación de este Reglamento serán resueltos por el Jefe de los Laboratorios, Subdirección Académica, y en última instancia por el Consejo Universitario. Artículo 63.- Los auxiliares de los Laboratorios no están en la obligación de realizar trabajos a los estudiantes. Solo aclaran dudas y brindan soporte técnico para el buen uso de los equipos. Artículo 64.- Los Laboratorios no se hace responsable de los perjuicios ocasionados al usuario por la acción de terceros
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DEL CARIBE CECAR Personería jurídica No. 7786 MEN - ICFES - Nit 892.201.263-1
CONSEJO ACADEMICO ACUERDO No. 01B de 2008 ACTA No. 01-08 Por la cual se establece el Reglamento de los Laboratorios de Informática El Consejo Académico de la Corporación Universitaria del Caribe, en ejercicio
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE COMPUTO DEL INSTITUTO AMERICANO
REGLAMENTO DEL CENTRO DE COMPUTO DEL INSTITUTO AMERICANO DEL OBJETIVO GENERAL Art. 1. El Reglamento del Centro de Computo del Instituto Americano tiene como objetivo primordial normar el uso y el funcionamiento
Más detallesReglamento del Laboratorio de Bolsa de Valores
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento del Laboratorio de Bolsa de Valores Coordinación de Laboratorios!" Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO
Más detallesINSTITUTO TECNOLOGICO DEL PUTUMAYO REGLAMENTO SALA DE COMPUTO
INSTITUTO TECNOLOGICO DEL PUTUMAYO REGLAMENTO SALA DE COMPUTO ACUERDO No.011 JUNIO 05 DE 2006 1 ACUERDO No. 011 (Junio 5 de 2006) Por medio del cual se expide el reglamento de las salas de cómputo para
Más detallesLINEAMIENTOS PARA EL ACCESO Y USO DEL LABORATORIO DE PERCEPCIÓN REMOTA Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA
LINEAMIENTOS PARA EL ACCESO Y USO DEL LABORATORIO DE PERCEPCIÓN REMOTA Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA 1. Propósito Estos lineamientos, de observancia obligatoria para todos los usuarios del Laboratorio
Más detallesUniversidad de Guanajuato
Universidad de Guanajuato Departamento de Astronomía Reglas para el uso de los servicios de cómputo del Departamento de Astronomía de la Universidad de Guanajuato Agosto 2007 Guanajuato, Gto. Índice página
Más detallesGuía para Control del Uso
Estimado Sostenedor y Director, Dirigida al Sostenedor y al Establecimiento Educacional El Ministerio de Educación se encuentra implementando el plan Tecnologías para una Educación de Calidad (TEC), que
Más detallesReglamento Interno del Centro de Cómputo
Reglamento Interno del Centro de Cómputo Objetivo Administrar de forma, eficiente los servicios que ofrece el centro de cómputo, manteniendo la integridad física de los equipos y normar políticas y procedimientos.
Más detallesINFRAESTRUCTURA E INTERCONECTIVIDAD Reglamento General del Centro de Cómputo CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
INFRAESTRUCTURA E INTERCONECTIVIDAD Reglamento General del Centro de Cómputo CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El Centro de Cómputo de la Universidad Del Pedregal tiene la finalidad de brindar
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO DE ATITALAQUIA
Subsecretaría de Educación Superior Dirección General de Educación Superior Tecnológica REGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ATITALAQUIA Contenido CAPITULO I. DE LAS
Más detallesEL COLEGIO DE MICHOACÁN A.C. MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE CÓMPUTO
EL COLEGIO DE MICHOACÁN A.C. MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE CÓMPUTO CONTENIDO 1. Prefacio... 3 2. Misión... 3 3. Visión... 3 4. Planeación... 3 5. Inventario y adquisiciones...
Más detallesInstituto Tecnológico Superior de Nochistlán REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO
Instituto Tecnológico Superior de Nochistlán REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO OBJETIVO El presente reglamento tiene como objetivo lograr que los usuarios de este centro de cómputo lleven a cabo un eficiente
Más detallesREGLAMENTO DE ACCESO Y USO DE LA SALA DE ORDENADORES Y DEL SERVICIO DE INFORMÁTICA DE LA FACULTAD DE VETERINARIA DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA.
REGLAMENTO DE ACCESO Y USO DE LA SALA DE ORDENADORES Y DEL SERVICIO DE INFORMÁTICA DE LA FACULTAD DE VETERINARIA DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA. Capítulo I DE LOS USUARIOS Artículo 1.- Se consideran
Más detallesMinisterio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda Normas y Políticas de Uso de Hardware y Software
Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda Normas y Políticas de Uso de Hardware y Software Preliminares Para efectos del presente documento, a la Entidad de Tecnología e Informática (Dirección
Más detallesLINEAMIENTOS PARA EL USO DE BIENES INFORMATICOS EN LA DIVISIÓN DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES
LINEAMIENTOS PARA EL USO DE BIENES INFORMATICOS EN LA DIVISIÓN DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES 1. INTRODUCCION El presente documento establece los lineamientos divisionales para la adquisición y uso
Más detallesREGLAMENTO DE USO DE RECURSOS INFORMÁTICOS DOCUMENTO N. o 4600
09/12/2012 REGLAMENTO DE USO DE RECURSOS INFORMÁTICOS DOCUMENTO N. o 4600 1) INTRODUCCIÓN Todos los estudiantes de la tienen acceso a una serie de recursos informáticos, como por ejemplo: Laboratorios
Más detallesReglamento para uso de Laboratorios de cómputo y accesos a la red de Internet en Campus
Reglamento para uso de Laboratorios de cómputo y accesos a la red de Internet en Campus El presente documento tiene como objetivo establecer las reglas y procedimientos a seguir por parte de estudiantes,
Más detallesDENOMINACIÓN, UBICACIÓN, DEPENDENCIA y PRESUPUESTO. Art. 1. Denominación
DENOMINACIÓN, UBICACIÓN, DEPENDENCIA y PRESUPUESTO Art. 1. Denominación Con la denominación del Laboratorio de Nuevas Tecnologías de la Facultad de Ciencias de la Educación, se hace referencia a aquel
Más detallesREGLAMENTO PARA USO DEL LABORATORIO DE INFORMATICA (CENTRO DE COMPUTO PARA ALUMNOS)
REGLAMENTO PARA USO DEL LABORATORIO DE INFORMATICA (CENTRO DE COMPUTO PARA ALUMNOS) 1. El horario de atención a usuarios del laboratorio es de 9:00 a 16:00 hrs. de lunes a viernes. 2. Usar el equipo del
Más detallesREGLAMENTO PARA EL USO DE LABORATORIOS Y TALLERES CAPITULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO PARA EL USO DE LABORATORIOS Y TALLERES CAPITULO I GENERALIDADES Artículo 1. El presente reglamento establece las bases generales para el uso de los laboratorios y talleres de la Universidad
Más detallesReglamento de Uso de Laboratorios de Software Operaciones & Soporte
Reglamento de Uso de Laboratorios de Software Operaciones & Soporte Dirigido a: Estudiantes Aprobado por: Edmundo Leiva Lobos Edición: Juan Ignacio Iturbe A., Coordinador de Recursos Computacionales. Colaboradores:
Más detallesUNIVERSIDAD DEL NORTE CENTRO DE INFORMÁTICA REGLAMENTO DE SERVICIOS Y RECURSOS ...
. UNIVERSIDAD DEL NORTE CENTRO DE INFORMÁTICA REGLAMENTO DE SERVICIOS Y RECURSOS INFORMATICOS PARA PROFESORES Y FUNCIONARIOS ADMINISTRATIVOS AÑO 2006............................ INTRODUCCION El presente
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA FACULTAD DE INFORMÁTICA MAZATLÁN Reglamento Interno de Sala Audiovisual ÍNDICE CAPÍTULO I.DE SU FINALIDAD, ALCANCES Y FUNCIONES. CAPÍTULO II.DE LAS ACTIVIDADES QUE AHÍ SE
Más detallesTribunal Registral Administrativo
Tribunal Registral Administrativo MANUAL DE USO E INSTALACIÓN DE PROGRAMAS DE CÓMPUTO 18 JUNIO 2015 (APROBADO EN SESIÓN N. 26-2015 DEL 1 DE JULIO DE 2015) Contenido 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. ALCANCE... 3
Más detallesPolíticas de uso de software, equipos y servicios de cómputo en el Instituto Nacional de Medicina Genómica
Políticas de uso de software, equipos y servicios de cómputo en el Instituto Nacional de Medicina Genómica 2007 Políticas de uso de software, equipos y servicios de cómputo en el INMEGEN Objetivo Las presentes
Más detallesPROCEDIMIENTO MANTENIMIENTO A BIENES INFORMÁTICOS Y REPORTE DE FALLAS
P-06-04 Marzo 2009 03 1 de 6 1. OBJETIVO Administrar el mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes informáticos de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI). 2. ALCANCE Atender a
Más detallesReglamento de Uso de Laboratorios de la Escuela de Informática.
Reglamento de Uso de Laboratorios de la Escuela de Informática. Preparado para: Alumnos de Escuela de Informática Santo Tomás, Concepción Preparado por: Pedro Pablo Pinacho Davidson, Jefe de Carrera Escuela
Más detallesREGLAMENTO PARA EL USO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE CÓMPUTO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA
REGLAMENTO PARA EL USO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE CÓMPUTO DE LA CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1. El presente reglamento tiene como objetivo regular la organización, disciplina y servicio
Más detallesAdministración de Servidores Comerciales
Administración de Servidores Comerciales 1 Administración de Servidores Comerciales, Guía 1 2 Introducción Este manual ha sido elaborado para orientar al estudiante de Administración de Servidores Comerciales
Más detallesREGLAMENTO DE LABORATORIO DE PRÁCTICAS DE LA FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN. Capitulo Primero.
REGLAMENTO DE LABORATORIO DE PRÁCTICAS DE LA FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN Capitulo Primero. Objetivo del Laboratorio de Prácticas y Salas Multimedia e Interactiva. Artículo 1. El objeto es garantizar
Más detallesInstructivo Servicios de Celular
1. Objeto Dar a conocer las políticas de manejo de la comunicación móvil en la SOCIEDAD NACIONAL DE LA CRUZ ROJA para los usuarios que por razón de su función, cargos o lineamientos de la Institución requieren
Más detalles1.8 TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN
Objetivo General: 1.8 TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Establecer una infraestructura y plataforma tecnológica y de sistemas de información, y definir las políticas, estrategias y directrices para su implantación
Más detallesNormativa de Seguridad de los Usuarios de los Recursos Informáticos de la EUSS
Normativa de Seguridad de los Usuarios de los Recursos Informáticos de la EUSS Aprobada por el Consejo Mixto en la reunión del 17 de diciembre de 1997 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Los recursos informáticos
Más detallesMANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Biblioteca Servicio de Préstamo de Sala de Conferencias Planta Baja y/o Sala de Reuniones Primer Piso
Servicio de Préstamo de Sala de Conferencias Planta Baja y/o Sala de Reuniones Primer Piso DIRECCIÓN DE BIBLIOTECA Aprobada en Comité Técnico CONTENIDO I. ASPECTOS GENERALES I.1.Objetivo General I.2. Objetivo
Más detallesHOSPITAL NAZARETH I NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO NIT: 800.217.641-6
POLÍTICAS DE USO DE HARDWARE Y SOFTWARE OBJETO Establecer las características del Hardware y Software Estándar a utilizar en la red, computadores personales (Desktop), portátiles (Laptops) y servidores.
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE Escuela de Ingeniería
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSTGRADO EN INGENIERIA Septiembre, 2007 TITULO I DEFINICIÓN Art. 1: El Programa de Postgrado en Ingeniería depende de la Escuela de Ingeniería y es conducente a los grados académicos
Más detallesNORMATIVA PARA LA UTILIZACIÓN ACADÉMICA E INSTITUCIONAL DEL MEDIALAB DE LA UNIVERSIDAD CAMILO JOSÉ CELA
NORMATIVA PARA LA UTILIZACIÓN ACADÉMICA E INSTITUCIONAL DEL MEDIALAB NORMATIVA PARA LA UTILIZACIÓN ACADÉMICA E INSTITUCIONAL DEL MEDIALAB DE LA UNIVERSIDAD CAMILO JOSÉ CELA (PA-006: Gestión de los Recursos
Más detallesIBERO PUEBLA REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y USO DEL CENTRO DE CÓMPUTO
IBERO PUEBLA REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y USO DEL CENTRO DE CÓMPUTO I. Sobre la Administración. II. Sobre el Mantenimiento. III. Sobre el Acceso. IV. Normas Sobre Uso de los Servicios y Acceso a Internet.
Más detallesNORMAS USUARIOS. Podrán acceder a los servicios prestados por el Telecentro las siguientes personas:
NORMAS USUARIOS Podrán acceder a los servicios prestados por el Telecentro las siguientes personas: a) Socios: Podrán tener condición de socios todas las personas que así lo soliciten mayores de 16 años.
Más detallesSERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE- SENA PROCESO GESTIÓN DE COMUNICACIONES INSTRUCTIVO SISTEMA INTERACTIVO DE VIDEOCONFERENCIA EDUCATIVA (SIVE)
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE- SENA PROCESO GESTIÓN DE COMUNICACIONES INSTRUCTIVO SISTEMA INTERACTIVO DE VIDEOCONFERENCIA EDUCATIVA (SIVE) 2014 GC-I-002 Versión 02 01/12/2014 CONTENIDO Pág. OBJETIVO
Más detallesPolíticas: Servicio de Computo de Alto Rendimiento
Políticas: Servicio de Computo de Alto Rendimiento La Coordinación General de Tecnologías de Información a través de la Unidad de Apoyo a la Academia y la Investigación, ha definido políticas para el servicio
Más detallesReglamento Interno para el uso de las tecnologías de la información
Reglamento Interno para el uso de las tecnologías de la información Capítulo I. Disposiciones generales Artículo 1. Las faltas disciplinarias que se cometan por los usuarios de la RedUH serán juzgadas
Más detallesHospital Nacional de Maternidad UNIDAD DE INFORMATICA
Hospital Nacional de Maternidad UNIDAD DE INFORMATICA 87 Introducción Página: I INTRODUCCION Para el propósito de este manual el Hospital Nacional de Maternidad puede ser referido también como El Hospital,
Más detallesCOL-ADM-011 PROCEDIMIENTO DE SISTEMAS
PROCEDIMIENTO DE SISTEMAS Edna Yineth Claudia Claudia 1 28/07/2015 Piquetero Romero Romero REV. PREPARO REVISO APROBO FECHA HOJA 2 de 6 PROCEDIMIENTO DE SISTEMAS 1. OBJETIVO Establecer la metodología para
Más detallesResumen General del Manual de Organización y Funciones
Gerencia de Tecnologías de Información Resumen General del Manual de Organización y Funciones (El Manual de Organización y Funciones fue aprobado por Resolución Administrativa SBS N 354-2011, del 17 de
Más detallesCondiciones de servicio de Portal Expreso RSA
Condiciones de servicio de Portal Expreso RSA Le damos la bienvenida a Portal Expreso RSA 1. Su relación con Portal Expreso RSA 1.1 El uso que el usuario haga de la información, software, servicios prestados
Más detallesREGLAMENTO PARA EL USO DE VEHICULOS PROPIEDAD DEL INSTITUTO EDUCATIVO DEL NOROESTE, A.C.
REGLAMENTO PARA EL USO DE VEHICULOS PROPIEDAD DEL INSTITUTO EDUCATIVO DEL NOROESTE, A.C. ABRIL DE 2002 REGLAMENTO PARA EL USO DE VEHICULOS PROPIEDAD DEL INSTITUTO EDUCATIVO DEL NOROESTE, A.C. OBJETIVO
Más detalles[VPN] [Políticas de Uso]
[VPN] [Políticas de Uso] [I] ÍNDICE [1] CONTEXTO GENERAL [1.1] ÁMBITO DEL SERVICIO [1.2] DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO [2] NORMAS DE USO VPN [2.1] ALCANCE CONEXIÓN VPN PUCV [2.2] ACCESO A LAN PUCV [2.2.1]
Más detallesCONTRATO DE MANTENIMIENTO
Bogotá DC, 00 de Mes de Año Señores: CLIENTE Sr.: Representante Legal Atn. CONTRATO DE MANTENIMIENTO Un mundo de soluciones empresa dedicada a prestar soluciones inmediatas para su empresa con servicios
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN DE HUANUCO DIRECCION DE INFORMATICA
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN DE HUANUCO DIRECCION DE INFORMATICA DIRECTIVA PARA EL USO DE LAS TECNOLOGIAS DE INFORMACION Y DE COMUNICACIONES CAYHUAYNA, 2011 UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN
Más detallesTécnico y sus funciones. 5. Función de los líderes. 6 Función del analista de datos. 6. Metas del Help Desk. 7 Definir el alcance del Help Desk.
3 Qué es un Help Desk? 3 Cómo trabaja un Help Desk? 3 Cómo se mide el éxito de un Help Desk? 5 Funciones de los miembros del equipo del Help Desk. 5 Técnico y sus funciones. 5 Función de los líderes. 6
Más detallesReglamento Laboratorio de Psicología Facultad de Psicología y Ciencias Sociales Programa de Psicología Fundación Universitaria Luis Amigó
Reglamento Programa de Psicología 1. Usuarios FUNLAM 1.1 El laboratorio de Psicología es un espacio académico por lo que exige un comportamiento respetuoso, ético y consecuente con los principios de convivencia
Más detallesCÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA DOCUMENTO DE SEGURIDAD
CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA DOCUMENTO DE SEGURIDAD BUCARAMANGA - COLOMBIA 2013 INTRODUCCIÓN El presente Documento, ha sido redactado en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto
Más detallesINSTRUCTIVO NORMAS DE MANEJO DEL SOFTWARE
SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD INSTRUCTIVO NORMAS DE MANEJO DEL SOFTWARE Código: I-INF-04 Versión 2 22 de Abril de 2014 Bogotá, D.C., 03 de Noviembre de 2009 Código: I-INF-04 Versión: 2 Página 2 de 6
Más detallesSoporte y mantenimiento. Generalidades
Soporte y mantenimiento Generalidades 2014 Tabla de Contenido 1 Introducción... 3 2 Objetivos generales... 3 3 Caso de soporte... 3 4 Condiciones... 4 5 Restricciones... 5 6 Sistema de soporte... 5 Página
Más detallesSISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD MANUAL DE INSTRUCTIVOS
Código P-6.3-UI-01 Fecha de emisión: 03-10-2013 Versión Nº 2 Reemplaza a: Página 1 de 7 SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD GERENCIA TÉCNICA PROCEDIMIENTO RESPONSABILIDAD CON EQUIPOS INFORMÁTICOS, MANTENIMIENTO
Más detallesREGLAMENTO DE CENTRO DE CÓMPUTO
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA REGLAMENTO DE CENTRO DE CÓMPUTO FACULTAD DE CIENCIAS DE LA TIERRA Y EL ESPACIO 1 REGLAMENTO INTERNO Julio de 2012 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA FACULTAD DE CIENCIAS DE
Más detallesLineamientos del Aula Virtual de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos del Aula Virtual de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DEL AULA VIRTUAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN DE INCIDENTES Y REQUERIMIENTOS PARA EQUIPOS DE CÓMUPUTO Y/O PERIFÉRICOS GESTIÓN INFORMÁTICA
Página: 1/5 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE INCIDENTES Y REQUERIMIENTOS PARA EQUIPOS DE CÓMUPUTO Y/O GESTIÓN INFORMÁTICA Página: 2/5 1. OBJETO Satisfacer los requerimientos que hagan los usuarios para
Más detallesESCUELA SUPERIOR FRANCISCANA ESPECIALIZADA/AGAPE
Página 1 de 5 ESCUELA SUPERIOR FRANCISCANA ESPECIALIZADA/AGAPE NORMATIVO DE LABORATORIOS Y TALLERES Página 2 de 5 DESCRIPCIÓN El presente normativo tiene como propósito regular la utilización de los diferentes
Más detallesCONSEJO UNIVERSITARIO CUO-003-2012 RESOLUCIÓN CUO-003-029-II-2012
CONSEJO UNIVERSITARIO CUO-003-2012 RESOLUCIÓN CUO-003-029-II-2012 El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental Marítima del Caribe, actuando en Sesión Ordinaria Nº CUO-003-2012, de
Más detallesPROCEDIMIENTO DEL ÁREA DE INFORMÁTICA PARA MANTENIMIENTO
PROCEDIMIENTO DEL ÁREA DE INFORMÁTICA PARA MANTENIMIENTO DE A U T O R I Z A C I Ó N ELABORÓ: APROBÓ: AUTORIZÓ: RÚBRICA SALVADOR BARBOSA RAMÍREZ ENCARGADO DEL ÁREA DE INFORMÁTICA RÚBRICA LAE JORGE ADRIÁN
Más detallesPOLÍTICAS Y RECOMENDACIONES PARA EL USO DE LOS LABORATORIOS CON FINES ACADÉMICOS FIA - DATA
POLÍTICAS Y RECOMENDACIONES PARA EL USO DE LOS LABORATORIOS CON FINES ACADÉMICOS FIA - DATA La Molina, Febrero de 2013 1. OBJETIVO Normar el uso de los Laboratorios Académicos para garantizar el correcto
Más detallesPolítica de Activos Fijos
AGEXPORT CT-PL-003 Política de Activos Fijos Versión: 01 Fecha: 09-10-2015 Nombre Puesto Firma ELABORADO Marvin Colindres Analista Contable REVISADO Henry Cruz Héctor Morán Coordinador de Contabilidad
Más detallesAnexo I. Politicas Generales de Seguridad del proyecto CAT
Anexo I Politicas Generales de Seguridad del proyecto CAT 1 Del Puesto de Servicio. Se requiere mantener el Puesto de Servicio: a) Disponible, entendiendo por ello que el Puesto de Servicio debe estar
Más detallesGUÍA DE ADMINISTRACIÓN SALA DE SISTEMAS
2013 GUÍA DE ADMINISTRACIÓN SALA DE SISTEMAS Universidad del Valle Sede Yumbo GA 02 REGYU V 02-2013 Elaborado por: Tecnología Sistemas Sede Yumbo Revisado por: José Luis López Marín Jesús Alberto González
Más detallesDIRECTIVA SOBRE LA ATENCIÓN PREFERENCIAL A MUJERES EMBARAZADAS, LAS NIÑAS, NIÑOS, LOS ADULTOS MAYORES EN LOS LUGARES DE ATENCIÓN AL PÚBLICO
DIRECTIVA SOBRE LA ATENCIÓN PREFERENCIAL A MUJERES EMBARAZADAS, LAS NIÑAS, NIÑOS, LOS ADULTOS MAYORES EN LOS LUGARES DE ATENCIÓN AL PÚBLICO Junio 2009 INDICE I. PRESENTACIÓN.... 3 II. OBJETIVO... 4 III.
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL
Lineamientos para la Asignación, Uso, Mantenimiento y Resguardo de los Vehículos Asignados a Funcionarios y Servicios de la Universidad Autónoma del Estado de México. Lineamientos para la Asignación, Uso,
Más detallesNORMAS Y POLITICAS PARA EL USO Y CUIDADO DE LAS TECNOLOGIAS DE INFORMACIÓN DE LA SECRETARIA DE FOMENTO AGROPECUARIO
NORMAS Y POLITICAS PARA EL USO Y CUIDADO DE LAS TECNOLOGIAS DE INFORMACIÓN DE LA SECRETARIA DE FOMENTO AGROPECUARIO Objetivo: Establecer los lineamientos para el buen uso del equipo de cómputo, de telecomunicaciones,
Más detallesNORMAS PARA EL USO DE RECURSOS COMPUTACIONALES E INTERNET
NORMAS PARA EL USO DE RECURSOS COMPUTACIONALES E INTERNET Objetivo Regular el uso tanto de los servicios de sistemas como de los computadores, de la internet y del correo electrónico, con el fin de racionalizar
Más detallesReglamentación del Centro de Producción Multimedia C.P.M.
Reglamentación del Centro de Producción Multimedia C.P.M. Campus Universitario Puente del Común Facultad de Comunicación Septiembre de 2015 TABLA DE CONTENIDO PRESENTACIÓN... 3 Capítulo 1: Requisitos para
Más detallesNombre del Procedimiento: 05.087.- Atención de solicitudes de servicios y apoyos informáticos. OBJETIVO
PAG. 1 OBJETIVO Proporcionar y agilizar la atención informática a través del Sistema Call Center, mediante la recepción de servicios y apoyos informáticos vía telefónica, en sitio y/o por escrito. POLÍTICAS
Más detalles23. INVENTARIO FíSICO DE EXISTENCIAS DE ALMACÉN
Página: 249 23. INVENTARIO FíSICO DE EXISTENCIAS DE ALMACÉN JUNIO 2007 Página: 250 OBJETIVO GENERAL: Establecer la secuencia de operaciones a seguir para conocer las existencias físicas de los artículos
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA
UNIVERSIDAD JUÁREZ DEL ESTADO DE DURANGO FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS GÓMEZ PALACIO, DGO. REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA CAPÍTULO I FUNDAMENTOS CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTUO
Más detallesReservación de. Salas Audiovisuales. en línea. http://biblioteca.ajusco.upn.mx
Reservación de Salas Audiovisuales en línea http://biblioteca.ajusco.upn.mx ajusco upn Universidad Pedagógica Nacional Dirección de Biblioteca y Apoyo Académico 2010 Estimado Usuario: Con la finalidad
Más detallesReglamento de las Tecnologías y las Comunicaciones de la Universidad Autónoma del Estado de México
Reglamento de las Tecnologías y las Comunicaciones de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL REGLAMENTO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES DE LA UAEM
Más detallesREGLAMENTO DEL USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS SEDE CENTRAL INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA
REGLAMENTO DEL USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS SEDE CENTRAL INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA Capítulo 1 DEL OBJETIVO Y DEFINICION Artículo 1 Se establece el presente reglamento para regular el uso y
Más detallesCÓDIGO: VGT-ST002-2009 ELABORÓ: FIRMA: APROBÓ: FIRMA: POLÍTICAS RELACIONADAS:
1 / 11 Procedimiento para el préstamo de CÓDIGO: VGT-ST002-2009 ELABORÓ: FIRMA: APROBÓ: FIRMA: FECHA DE APROBACIÓN/REVISIÓN: POLÍTICAS RELACIONADAS: 1.0 PROPÓSITO... 2 2.0 ALCANCE... 2 3.0 RESPONSABILIDADES...
Más detallesReglamento Interno Computación
Página 1 de 5 Reglamento Interno Índice Tecnologías en la educación 2 Reglamento del laboratorio 2 Norma del laboratorio 3 Uso del laboratorio y material tecnológico 3-4 Responsabilidad de los usuarios
Más detallesLineamientos del Departamento de Psicometría y Medición de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos del Departamento de Psicometría y Medición de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DEL DEPARTAMENTO
Más detallesOBSERVACIÓNES PRESENTADAS POR INDRA REMITIDA AL CORREO ELECTRÓNICO DEL ICETEX: contratos@icetex.gov.co EL DÍA LUNES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2012
1. OBSERVACIONES AL PROCESO DE SELECCIÓN PÚBLICA DEL CONTRATISTA No. 003 DE 2012 OBSERVACIÓNES PRESENTADAS POR INDRA REMITIDA AL CORREO ELECTRÓNICO DEL ICETEX: contratos@icetex.gov.co EL DÍA LUNES 10 DE
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN VIRTUAL
REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN VIRTUAL CAPÍTULO I CAPÍTULO II CAPÍTULO III CAPÍTULO IV CAPÍTULO V CAPÍTULO VI CAPÍTULO VII CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES GENERALES DE LA AUTORIDAD DE LOS USUARIOS DE
Más detallesNormativa para Trabajos Fin de Grado. Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica. Universidad de Sevilla
Normativa para Trabajos Fin de Grado Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica Universidad de Sevilla Contenido 1. Propósito... 3 2. Naturaleza... 3 3. Comisión de Centro... 3 4. Coordinador...
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO Y SERVICIOS TELEMÁTICOS
REGLAMENTO INTERNO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO Y SERVICIOS TELEMÁTICOS TICOS UNIVERSIDAD POLITECNICA DE PACHUCA Organismo descentralizado de la Administración pública del Estado de Hidalgo. Una Universidad
Más detallesLINEAMIENTOS PARA LA CANCELACIÓN TOTAL DE SISTEMAS DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
LINEAMIENTOS PARA LA CANCELACIÓN TOTAL DE SISTEMAS DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Los presentes Lineamientos tienen por
Más detallesTecnologías para una Educación de Calidad Cierre de Brecha Digital Estándar de Coordinación Informática Ámbito de Mantenimiento.
Cierre de Brecha Digital Estimado Sostenedor y Director, Dirigida al Sostenedor y al Establecimiento Educacional El Ministerio de Educación se encuentra implementando el plan Tecnologías para una Educación
Más detallesReglamento de las Salas de Informática de la Facultad de Ciencias Sociales
Reglamento de las Salas de Informática de la Facultad de Ciencias Sociales CAPÍTULO I Aspectos generales ART. 1 - OFERTA: Las Salas de Informática (SI) ofrecen, a quien lo requiera y dentro de los preceptos
Más detallesCOMUNICADO REGLAMENTO DEL USO DE LAS PISCINAS
COMUNICADO REGLAMENTO DEL USO DE LAS PISCINAS De conformidad con lo establecido en el Documento de Condominio protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio
Más detallesDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS. Dirección de Informática. Políticas de uso y conservación de bienes informáticos.
Pagina 1 de 5 INTRODUCCIÓN Dentro del FONAES, se tienen instalados un conjunto de recursos informáticos (computadoras personales, servidores, impresoras, programas, etc.) que son de gran importancia para
Más detallesCONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 03 de 2010. (Abril 29 de 2010)
CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN No. 03 de 2010 (Abril 29 de 2010) Por la cual se reglamenta el servicio del Centro de Cómputo Académico, se crea el Comité del Centro de Cómputo Académico y se establecen sus
Más detallesTecnologías para una Educación de Calidad Laboratorio Móvil Computacional
Laboratorio Móvil Computacional Pauta para la Creación del Plan de Coordinación Informática para Laboratorio Móvil Computacional Dirigida al Sostenedor y al Establecimiento Educacional Estimado Sostenedor
Más detallesPROCEDIMIENTO N 012 EGASA Revisión N 4 PROCEDIMIENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE CAPACITACIÓN DE EGASA
PROCEDIMIENTO N 012 EGASA Revisión N 4 PROCEDIMIENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE CAPACITACIÓN DE EGASA 1. OBJETIVO El presente procedimiento establece los pasos a seguir para la formulación, aprobación,
Más detallesCAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 2.- Para efectos de estos Lineamientos se presentan las siguientes definiciones: CAPÍTULO II
LINEAMIENTOS PARA EL USO DEL SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA 5 DE MAYO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA. MOTIVOS: Estos lineamientos tienen el objetivo de
Más detallesDOCUMENTO NO CONTROLADO POR EL SISTEMA DE CALIDAD NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE ALMACEN CÓDIGO: JRM-PCAL-2
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: CÓDIGO: PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE ALMACEN JRM-PCAL-2 ÁREAS DE APLICACIÓN: TODAS LAS AREAS DEL ITST ALUMNOS DEL ITST REPRESENTANTES DE INSTITUCIONES EXTERNAS Manual de Procedimientos
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Número de revisión: 1
Control: PR-DI-07 Página:1 de 3 OBJETIVO Proporcionar mantenimiento correctivo a los equipos de cómputo asignados a las áreas de FONAES en Oficinas Centrales, que se encuentran dañados. DESCRIPCIÓN Subdirección
Más detallesCAPÍTULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO DE CONTROL DE ACTIVIDADES LECTIVAS Y NO LECTIVAS DE PERSONAL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO (Aprobado mediante Resolución N 884-2014-R de fecha 11 de diciembre de 2014) CAPÍTULO
Más detallesPO-CSC/ESPOL/01 GESTIÓN DE LABORATORIOS. Revisión: 5
ADVERTENCIA: Este documento es propiedad de la ESPOL y no puede ser reproducido, en todo o en parte, ni facilitado a terceros sin el consentimiento por escrito de su propietario. Realizado Anl. José Espín
Más detallesREGLAMENTO PARA APLICACIÓN DE EXAMENES EN LÍNEA
REGLAMENTO PARA APLICACIÓN DE EXAMENES EN LÍNEA Aprobado por Sesión de Consejo Técnico Según consta en el acta de fecha: 27 de Marzo de 2012. DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN VIRTUAL Ante la necesidad de modernizar
Más detallesREGLAMENTO PARA PRESTAMO Y USO DEL ÁREA DE USOS MÚLTIPLES (AUDITORIO Y SALAS AUDIOVISUALES 3 Y 4).
REGLAMENTO PARA PRESTAMO Y USO DEL ÁREA DE USOS MÚLTIPLES (AUDITORIO Y SALAS AUDIOVISUALES 3 Y 4). Las salas audiovisuales del Centro de Investigaciones Regionales Dr. Hideyo Noguchi de la Universidad
Más detallesCOLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO LABORATORIO DE CÓMPUTO LABORATORIO DE IDIOMAS TALLER DE REDES Y MANTENIMIENTO
COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO LABORATORIO DE CÓMPUTO LABORATORIO DE TALLER DE REDES Y MANTENIMIENTO 1 1. OBJETIVO GENERAL: Establecer las condiciones necesarias
Más detalles