Capacitación Escritura Electrónica (Condiciones Generales de Contratación) SGC/GCC/240408
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- Luz Herrero Pereyra
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1 Capacitación Escritura Electrónica (Condiciones Generales de Contratación) SGC/GCC/240408
2 Objetivos Dado el creciente número de créditos que a la fecha otorga el Instituto y que seguirá otorgando en el futuro próximo, por una parte, y ante las crecientes expectativas de los Derechohabientes para que el Instituto avance en la transparencia de su proceso de originación de crédito, se propone la adopción de las Condiciones Generales de Contratación. Éstas son una solución satisfactoria a las necesidades y expectativas de los Derechohabientes y una respuesta idónea del interés del Instituto por mejorar su operación en el otorgamiento de créditos.
3 Planteamiento de necesidades I. Del derechohabiente: 1. Conocer con anticipación las condiciones económicas y jurídicas del crédito y contrato. 2. Ejercer de manera libre y razonada el derecho a obtener un crédito. 3. Reforzar la confianza en el proceso del otorgamiento de crédito hasta la escrituración.
4 II. Planteamiento de necesidades Del Infonavit: 1. Promover y arraigar la confianza de los DHS en la transparencia y lealtad del Infonavit. 2. Reducir el tamaño de las escrituras. 3. Simplificar el proceso de operación y control de la escrituración de créditos. 4. Eficientizar el proceso de firma de escrituras.
5 Oportunidades futuras Beneficiar a un número mayor de derechohabientes con la escrituración masiva. Obtener apoyos y facilidades en la gestión de la escrituración masiva.
6 Qué son las Condiciones Generales de Contratación y cómo funcionan? 1. Son las cláusulas contractuales que propone el Infonavit al DH para otorgarle el crédito. 2. Se ofrecen públicamente al DH (constituyen una oferta) y éste las acepta en la escritura (aceptación de la oferta): así se forma el contrato.
7 Solución jurídica y operativa Publicación de las Condiciones Generales de Contratación en: Diario Oficial de la Federación Sitio de Internet del Infonavit
8 Reglas de Otorgamiento de Crédito Regla 33a. de las Reglas de Crédito
9 Regla 33 CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN TRIGÉSIMA TERCERA. El Director General publicará en el Diario Oficial de la Federación y en el sitio de Internet del Instituto las condiciones generales de contratación que éste ofrezca a sus derechohabientes que, de acuerdo con la Ley del Instituto y estas Reglas, tengan derecho a recibir un crédito. Las condiciones generales de contratación, que serán las estipulaciones, cláusulas y pactos que deban integrar los contratos por los que el Instituto otorgue crédito a sus derechohabientes y que, consiguientemente, rijan los derechos y obligaciones del Instituto y de los derechohabientes que sean acreditados, deberán ser aceptadas expresamente por los derechohabientes al celebrar los respectivos contratos con el Instituto. Las condiciones generales de contratación que se propongan deberán observar lo dispuesto en la ley del Instituto, las presentes reglas y las políticas de crédito expedidas por la Asamblea General y el Consejo de Administración. El instituto podrá proponer a los derechohabientes condiciones particulares de contratación que correspondan específicamente al tipo o modalidad de crédito que les otorgue, en cuyo caso se establecerán las condiciones particulares de contratación de que se trate, incluyendo en lo aplicable las cláusulas establecidas en las condiciones generales de contratación.
10 Ventajas (1) I. Para el DH: a) Le permite conocer con anticipación las condiciones económicas y el clausulado del contrato que celebrará. b) Se garantiza en el proceso de escrituración la intervención notarial en su beneficio.
11 Ventajas (2) II. Para el Infonavit: a) Favorece la transparencia en la originación y administración de créditos. b) Elimina la probabilidad de que se produzcan errores en la trascripción de los datos de la operación de crédito de que se trate y del clausulado pertinente en el cuerpo de la escritura. c) Simplifica el proceso de verificación de la escritura por su apoderado, como subproceso previo a la firma de ésta. d) Simplifica y facilita el proceso de administración y control de la escrituración.
12 Ventajas (3) f) Se mantiene la seguridad y certidumbre jurídicas. g) Se minimizan los riesgos legales y riesgos financieros en la recuperación judicial. h) Se obtienen ventajas operativas y de costo.
13 Ventajas (4) III. Para el notario: a) Simplifica el proceso de escrituración. c) Disminuye el número de folios o fojas del protocolo empleados en la escritura.
14 Principales cambios INFONAVIT, tu derecho a vivir mejor
15 Módulo Originación Procedencia de escrituración Registrar procedencia Jurídica. 1. Selecciona la opción, Si procede escrituración. 2. Selecciona Continuar. 1 2
16 Cambios en pantallas y formatos Titulación y Pago STI: Adición Después de Capturar Impuestos y Derechos y antes de recibir instrucciones, el notario podrá en su caso, adicionar o ampliar la captura de la dirección de la vivienda, conforme el antecedente registral.
17 Cambios en pantallas y formatos Titulación y Pago Nombre del notario Notaria No. XXX de P r e s e n t e CARTA DE INSTRUCCIÓN NOTARIAL Y MODIFICACIÓN DE OFERTA VINCULANTE <Parámetro 1> DD de MMMMMMM de AAAA Carta de Instrucción Notarial Solicitamos a usted otorgue escritura pública en su protocolo en la que se consigne(n) el (los) contrato(s) de apertura de crédito simple con garantía hipotecaria, cuyas características deben ser las que a continuación se indican: Modelo de escritura Variante de cláusula segunda de la compra-venta Modelo de declaraciones y cláusulas adicionales Individual (clave: XXXXX) Variante XX Número de Carta de Condiciones Financieras Definitivas Cuenta con el Seguro de Calidad NSS del Trabajador Nombre del Trabajador Nombre del <Parámetro 5> Domicilio del inmueble objeto de la garantía hipotecaria XXXXXXX (clave: XXXXXXX) Sí XXXX XXXXX XXXXX XXXXXX Diferencia del <Parámetro 2> pagada o a pagar por el Trabajador $ 2, <Parámetro 3> $ 245, Pago parcial del <Parámetro 2> de la parte vendedora CLABE de la cuenta de depósito de la parte vendedora Nombre del banco depositario Pago parcial del <Parámetro 4> de la parte acreedora CLABE de la cuenta de depósito de la parte acreedora Nombre del banco depositario Monto a entregar por el INFONAVIT al vendedor y, en su caso, al acreedor hipotecario de éste GIRASOLES NA MZ 312 LT 4 EDIF NA NIV 01, REAL DE PALMAS SECTOR JARDINES DE LAS PALMAS, C.P: 65760, GENERAL ZUAZUA, NUEVO LEON $ XXXXXXXXX $ XXXXXXXXX $ Número de Crédito del Trabajador Importe garantizado con la hipoteca en VSMMDF VSMMDF Los antecedentes, declaraciones y cláusulas de los contratos deben ser redactados por usted apegándose a los modelos de escritura y cláusulas aprobadas y a las directrices establecidas por el INFONAVIT y asimismo sujetándose a las disposiciones legales vigentes en la materia, de acuerdo con lo estipulado en el Contrato de Prestación de Servicios y sus anexos que suscribió con este Instituto. El Notario deberá agregar al apéndice de la escritura los documentos que se señalan como sus anexos en las cláusulas que se proponen en las Condiciones Generales de Contratación que ofrece el INFONAVIT a sus derechohabientes para la celebración de contratos de Crédito, publicadas en el Diario Oficial de la Federación del de de Esta carta de instrucción notarial se notifica al Notario por medio del Sistema de Titulación e Inscripción del INFONAVIT. INFONAVIT Al recibir Instrucciones se imprimirá Carta de Instrucción Notarial. Modelo de Escritura y Modelo de Declaraciones y Cláusulas Adicionales. Datos del Trabajador. Domicilio de la garantía. Diferencia a pagar por el trabajador, en su caso. Monto y CLABE con sus beneficiarios de Pago. Número de Crédito
18 Carta de Condiciones Financieras Definitivas Anexo A CARTA DE CONDICIONES FINANCIERAS DEFINITIVAS 1 DEL CRÉDITO A OTORGAR POR EL INFONAVIT Nombre del Trabajador-Derechohabiente: N.S.S.: Número de Crédito: Fecha de emisión: de de Realizado por el Notario correspondiente el cálculo de los montos de impuestos y derechos que se causarán por los actos jurídicos que se celebren en la escritura pública mediante la que se formalice el otorgamiento del Crédito solicitado por usted al INFONAVIT, los cuales serán cubiertos por usted con la suma que llegare a disponer de este Crédito, el INFONAVIT notifica y a la vez propone a usted las Condiciones Financieras Definitivas bajo las que le otorgará dicho Crédito, mismas que son las siguientes: Carta de Condiciones Financieras Definitivas (nueva) Al recibir Instrucciones se imprimirá la Carta de Condiciones Financieras Definitivas. Condiciones Financieras Definitivas del Crédito: Destino (fin) del Crédito Otorgado: (a) Domicilio del inmueble (vivienda) objeto del Crédito Otorgado: Monto (en pesos) del Crédito Otorgado: (b) Equivalencia en VSMM 2 del Crédito Otorgado: Monto del Crédito Neto: Monto del Saldo de la Subcuenta de Vivienda (en su caso, más el Fondo de Ahorro INFONAVIT): Monto del Ahorro Voluntario (en su caso): Monto del Subsidio del Gobierno Federal (en su caso): (c) Monto total de los Gastos: a) Monto de impuestos y derechos: b) Monto de gastos de titulación, financieros y de operación del Crédito Otorgado: c) Monto del costo del avalúo (en su caso): Monto de la prima del Seguro de Protección de Pagos: (d) Cuota Mensual de Amortización Ordinaria (cuota inicial en VSMM): Equivalencia en VSMGD 3 de la Cuota Mensual de Amortización Ordinaria: Cuota Mensual de Amortización Especial (cuota inicial en VSMM): 1 Los términos y expresiones en negrillas son términos y expresiones definidos en el Contrato de Crédito. 2 VSMM significa número de veces el Salario Mínimo Mensual vigente en el Distrito Federal en la fecha de expedición de la Carta de Condiciones Financieras Definitivas. 3 VSMGD significa número de veces el Salario Mínimo General Diario vigente en el Distrito Federal en la fecha de expedición de la Carta de Condiciones Financieras Definitivas.
19 Condiciones Generales de Contratación Nombre del Notario Público: Nombre del Trabajador: Número de Seguridad Social: Número de Crédito: YO acepto los términos y condiciones contractuales contenidos en las cláusulas SEGUNDA a VIGÉSIMA CUARTA, VIGÉSIMA SEXTA y VIGÉSIMA SÉPTIMA que se me proponen en el capítulo III de las Condiciones Generales de Contratación que ofrece el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a sus derechohabientes para el otorgamiento de créditos destinados a la adquisición de vivienda, publicadas éstas en el Diario Oficial de la Federación del de de 200, y, por consiguiente, convengo (i) en que las antedichas cláusulas formen parte integrante del CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE CON GARANTÍA HIPOTECARIA que con esta fecha celebro con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores mediante la escritura pública que se otorga ante la fe del Notario arriba citado, y (ii) en que se tengan por reproducidas dichas cláusulas en el antes citado Contrato, como si se insertasen a la letra, siendo tales cláusulas las siguientes: Condiciones Generales de Contratación. Se imprimen al recibir Instrucciones SEGUNDA. DEFINICIONES. Para los efectos de lo estipulado en los contratos de apertura de crédito simple y de hipoteca consignados en este capítulo, los siguientes términos y expresiones escritos con mayúscula inicial, sea que se utilicen en singular o en plural, tendrán el significado que enseguida se conviene: 0. Ahorro Voluntario: es la cantidad de dinero que el Trabajador ha entregado al INFONAVIT con anterioridad a la firma de esta escritura por concepto de ahorro voluntario, la cual se señala en la Carta de Condiciones Financieras Definitivas. 1. Aviso para Retención de Descuentos: es la comunicación escrita emitida por el INFONAVIT mediante la cual notifica al patrón del Trabajador que, a partir del día siguiente al de su recepción, deberá efectuar la retención y entero de los descuentos correspondientes a las amortizaciones mensuales con que el Trabajador cubrirá al INFONAVIT el Crédito Otorgado, los intereses devengados y cualquier otro adeudo, en los términos convenidos en este contrato. 2. Beneficiario: la persona señalada como tal en la Carta de Condiciones Financieras Definitivas, a quien el INFONAVIT deba entregar, por cuenta del Trabajador y en cumplimiento del mandato que éste le otorga en esta misma escritura, el importe total o parcial del Crédito Neto, el Saldo de la Subcuenta de Vivienda y, en su caso, el Ahorro Voluntario.
20 Tabla de Tasas de Interés TABLA DE TASAS DE INTERÉS ORDINARIO Las tasas anuales de interés ordinario que se aplicarán al Crédito que se otorgue al Trabajador serán las que a continuación se indican, mismas que se determinarán según el monto del salario mensual integrado de éste: Monto del salario integrado en VSMM* Tasa anual de interés ordinario en % Monto del salario integrado en VSMM* Tasa anual de interés ordinario en % 1.0 a % % % % % % % % % % % % % % % % % % % % % % % % % % % % % 5.0 a % % % % % % % % % % 6.5 a % % 10.1 y más 10.00% Tabla de Tasas de Interés Ordinario Se imprime al recibir Instrucciones * La sigla VSMM significa veces el salario mínimo mensual, según se define la expresión salario mínimo mensual en la cláusula segunda del Contrato. Yo acepto la aplicación de las Tasas Anuales de Interés Ordinario que correspondan conforme a la cláusula décima del Contrato y a la anterior Tabla de Tasas de Interés Ordinario, para determinar los intereses ordinarios del Crédito Otorgado al suscrito por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. De aceptación y conformidad: Ante mí: Firma: [Nombre del Notario]
21 Publicación de Modelos en el STI MODELO DE ESCRITURA QUE CONSIGNA CONTRATOS DE COMPRAVENTA Y DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE CON GARANTÍA HIPOTECARIA TIPO DE CRÉDITO: INDIVIDUAL EN LÍNEA II CLAVE DE MODELO DE ESCRITURA: En la ciudad de, a los días del mes de del año, Yo, Licenciado, titular de la Notaría número de esta ciudad, hago constar: I. La CANCELACIÓN DE HIPOTECA EN PRIMER LUGAR que otorga, en lo sucesivo el, representado por el señor (Anotar nombre completo del apoderado), a favor del señor (Anotar nombre completo del acreditado-vendedor). II. El CONTRATO DE COMPRAVENTA que celebran, de una parte, (Anotar nombre del comprador), en lo sucesivo la PARTE COMPRADORA, y, de otra,, en lo sucesivo la PARTE VENDEDORA, con la concurrencia del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES sólo para efectos de lo estipulado en la cláusula segunda de este capítulo, en lo sucesivo mencionado como INFONAVIT, representado por el señor (Anotar nombre completo del apoderado). (Incluir además la comparecencia del acreedor hipotecario, en el caso de que el INFONAVIT entregue a éste por cuenta del vendedor el monto dispuesto del Crédito Otorgado, anotando la denominación o razón social del acreedor hipotecario y los nombres completos de sus apoderados.) III. El CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE CON GARANTÍA HIPOTECARIA que celebran, por una parte, el INFONAVIT, representado por el señor (Anotar nombre completo del apoderado), y, por otra parte, (Anotar nombre completo del acreditado), en lo sucesivo el Trabajador, [con el consentimiento de su cónyuge, señor(a) (Anotar nombre completo del (de la) cónyuge, en el caso de que el TRABAJADOR esté casado bajo el régimen de sociedad conyugal)], al tenor de los siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas: A N T E C E D E N T E S PRIMERO. TÍTULO DE PROPIEDAD. Modelos de Escritura Dependiendo de cada modelo de contrato es la clave que se asigna Nombre Modelo Clave Contratos 6 Escritura para crédito INDIVIDUAL en Línea II con CGC Escritura para crédito CONYUGAL en Línea II con CGC Escritura para crédito INDIVIDUAL en Línea III con CGC Escritura para crédito CONYUGAL en Línea III con CGC Escritura para crédito INDIVIDUAL en Línea IV con CGC Escritura para crédito CONYUGAL en Línea IV con CGC Escritura para crédito INDIVIDUAL en Línea V con CGC Escritura para crédito CONYUGAL en Línea V con CGC SEGUNDO. CONTRATO DE (Anotar el nombre del contrato mediante el que se constituyó la hipoteca que se cancela).
22 Publicación de Modelos en el STI EL Notario elabora escritura de acuerdo al tipo de variante Se incorporan los Modelos de Escritura con Condiciones Generales de Contratación, de acuerdo con el tipo de línea. Nombre Modelo Clave Contratos 6 Escritura para crédito INDIVIDUAL en Línea II con CGC Escritura para crédito CONYUGAL en Línea II con CGC Escritura para crédito INDIVIDUAL en Línea III con CGC Escritura para crédito CONYUGAL en Línea III con CGC Escritura para crédito INDIVIDUAL en Línea IV con CGC Escritura para crédito CONYUGAL en Línea IV con CGC Escritura para crédito INDIVIDUAL en Línea V con CGC Escritura para crédito CONYUGAL en Línea V con CGC 04.08
23 Guía de uso de los modelos de escritura Con base en las condiciones generales de contratación GUÍA DE USO DE LOS MODELOS DE ESCRITURA CON BASE EN LAS CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN SECCIÓN 1: CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN. El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) ha publicado en el Diario Oficial de la Federación del 24 de abril de 2008 las siguientes Condiciones Generales de Contratación (CGC): Clave: Condiciones Generales de Contratación para créditos destinados a: Inicio de aplicación: 01 Adquisición de vivienda (línea 2) 30 de abril de Construcción de vivienda (línea 3) 30 de abril de Reparación, ampliación y remodelación (línea 4) 30 de abril de Pago de adeudos contraídos por créditos por los conceptos anteriores (línea 5) 30 de abril de 2008 Para identificar las cuatro diferentes CGC que el INFONAVIT ha expedido y publicado, se emplea convencionalmente un número de clave, el cual servirá asimismo para facilitar la correspondencia de los diversos modelos de escritura y addenda que deben utilizarse por los notarios con estas CGC. Con base en esta lógica, los números de clave de las CGC que en el futuro expida y publique el INFONAVIT serán siempre consecutivos.
24 Guía de uso de los modelos de escritura Con base en las condiciones generales de contratación SECCIÓN 2: MODELOS DE ESCRITURA. Con base en las CGC, el INFONAVIT ha preparado los diferentes modelos de escritura que son necesarios para formalizar los diferentes tipos y modalidades de crédito que ofrece a sus derechohabientes. Los modelos de escritura son: Clave: Modelo de escritura para crédito: Individual en línea Conyugal en línea Individual en línea Conyugal en línea Individual en línea Conyugal en línea Individual en línea Conyugal en línea 5 El número de la clave se integra de cuatro dígitos: los dos primeros dígitos corresponden al número de clave de las CGC que son la base del respectivo modelo de escritura; y los dos últimos dígitos corresponden al número consecutivo del modelo de escritura de que se trata. Con base en esta lógica, los modelos de escritura que el INFONAVIT prepare en el futuro tendrán un número de clave formado por dos primeros dígitos que identificarán a las CGC que constituyan su fundamento y adicionalmente por dos últimos dígitos que identificarán al modelo de escritura específico, los que serán siempre el número consecutivo que le corresponda.
25 Guía de uso de los modelos de escritura Con base en las condiciones generales de contratación El modelo de escritura exige que siempre se integren al contrato de apertura de crédito simple con garantía hipotecaria los siguientes documentos: Anexo: A B C Documento: Cláusulas del contrato publicadas en las CGC Carta de Condiciones Financieras Definitivas Tabla de Tasas de Interés Ordinario Los anexos deberán ser firmados siempre por los trabajadores-acreditados ante la fe del notario, dejando constancia éste de la fecha en que los firman. Los anexos se agregarán al apéndice de la escritura bajo las letras que les corresponda. El notario sólo tendrá necesidad de asentar (i) en el proemio, (ii) en el capítulo de declaraciones, (iii) en las cláusulas de la constitución de hipoteca y de la obligación solidaria, y (iv) en las cláusulas generales de la escritura, los datos correspondientes que le sean proporcionados mediante la Carta de Instrucción Notarial.
26 Guía de uso de los modelos de escritura Con base en las condiciones generales de contratación SECCIÓN 3: ADDENDA. Los modelos de escritura requieren ser complementados con el addendum o los addenda que se indiquen en la Carta de Instrucción Notarial. El addendum es un complemento del modelo de escritura, ya que sólo contiene las declaraciones y cláusulas adicionales que deben incorporarse al respectivo modelo de escritura. En algunos casos, un modelo de escritura requiere ser complementado con dos o más addenda. Hasta el presente, los addenda que se requieren son los siguientes: Clave: Addendum para operaciones de crédito con: pago a la parte vendedora pago al acreedor hipotecario pago a la parte vendedora o al cesionario de ésta, por conducto de NAFIN (sin acreedor hipotecario) pago a la parte vendedora o al cesionario de ésta, por conducto de NAFIN (con acreedor hipotecario) pago virtual al INFONAVIT pago virtual al INFONAVIT y a la parte vendedora Addendum para operaciones de crédito con: subsidio federal y pago al vendedor subsidio federal y pago al acreedor hipotecario subsidio federal y pago al vendedor subsidio federal y pago al acreedor hipotecario Addendum para operaciones de crédito en: Cofinanciamiento Cofinanciamiento con fondeo en Pesos de SHF Cofinanciamiento con fondeo en UDIS de SHF Cofinanciamiento con ingresos adicionales Cofinanciamiento Cofinanciamiento con fondeo en Pesos de SHF Cofinanciamiento con fondeo en UDIS de SHF Cofinanciamiento con ingresos adicionales La clave de un addendum se integra de seis dígitos: los cuatro primeros dígitos representan el modelo de escritura al que complementan, y los dos últimos dígitos representan el número consecutivo de addendum. Los modelos de escritura y requieren siempre complementarse con alguno de los siguientes addenda: , , , , o a excepción de las operaciones de crédito con subsidio federal. Para el caso de las operaciones en cofinanciamiento, además de la clave de addendum a que se refiere el párrafo anterior, deberá agregarse el addendum correspondiente para este tipo de operaciones
27 Guía de uso de los modelos de escritura Con base en las condiciones generales de contratación SECCIÓN 4: CLAUSULADO. Todos los modelos de escritura contienen las siguientes cláusulas del contrato de apertura de crédito simple con garantía hipotecaria: a. Una cláusula primera en la que el trabajador-acreditado celebra el contrato de apertura de crédito con el Infonavit y acepta las cláusulas del contrato propuestas en las CGC y que se transcriben literalmente en el Anexo A del propio contrato. Las cláusulas transcritas en el Anexo A deben ser aceptadas expresamente por el trabajador-acreditado, las cuales se tendrán por insertas en el cuerpo del clausulado del contrato. b. Una cláusula segunda en la que se pacta expresamente la constitución de la hipoteca a favor del Infonavit. En los modelos de escritura para créditos conyugales (en operaciones de Crédito INFONAVIT y en Cofinanciamiento), la cláusula segunda remite al capítulo correspondiente de la escritura en que se constituye la garantía hipotecaria a favor del INFONAVIT. Los datos que el notario asentarán en la cláusula segunda o en el capítulo de la constitución de hipoteca serán los que se le proporcionen en la Carta de Instrucción Notarial. c. Una cláusula tercera opcional para el caso de apertura de crédito individual, en la que se pacta la obligación solidaria del cónyuge del trabajador-acreditado, en el caso de que ambos cónyuges estén casados bajo el régimen de sociedad conyugal o sociedad legal. Así, el clausulado total del contrato quedará integrado con las cláusulas que se contienen en el modelo de escritura y las cláusulas que se contienen en el Anexo A, independientemente de los anexos B (Carta de Condiciones Financieras Definitivas) y C (Tabla de Tasas de Interés) que forman parte integrante de la escritura.
28 Modelos de escrituras y addenda Para la escrituración de operaciones de los siguientes tipos de crédito: Línea II Línea III Línea IV Línea V Infonavit Cofinanciamiento Infonavit Infonavit Infonavit TABLA DE MODELOS DE ESCRITURAS Y DE ADDENDA Se usa el modelo de escritura: Más los addenda: Características adicionales de las operaciones: Individual con subsidio del Gobierno Federal y pago al vendedor con subsidio del Gobierno Federal y pago al acreedor hipotecario Conyugal con subsidio del Gobierno Federal y pago al vendedor con subsidio del Gobierno Federal y pago al acreedor hipotecario a Cofinanciamiento Individual a Cofinanciamiento con fondeo en Pesos de SHF a Cofinanciamiento con fondeo en UDIS de SHF a Cofinanciamiento con ingresos adicionales a Cofinanciamiento Conyugal a Cofinanciamiento con fondeo en Pesos de SHF a Cofinanciamiento con fondeo en UDIS de SHF a Cofinanciamiento con ingresos adicionales Individual z Conyugal z Individual z Conyugal z Individual z Conyugal z Notas a : El addendum (relativo a la CLÁUSULA SEGUNDA ( PRECIO ) del CONTRATO DE COMPRAVENTA) que se indique en la carta de instrucción notarial para crédito Línea II Individual y Conyugal. Los addenda correspondientes a esta cláusula son los siguientes: Addendum 01: con pago a la parte vendedora Addendum 02: con pago al acreedor hipotecario Addendum 03: con pago a la parte vendedora o al cesionario de ésta, por conducto de NAFIN (sin acreedor hipotecario) Addendum 04: con pago a la parte vendedora o al cesionario de ésta, por conducto de NAFIN (con acreedor hipotecario) Addendum 05: con pago virtual al INFONAVIT (en su carácter de acreedor hipotecario de la parte vendedora) Addendum 06: con pago virtual al INFONAVIT (en su carácter de acreedor hipotecario de la parte vendedora) y a la parte vendedora z: No es necesario addendum para este tipo de crédito.
29 Gerencia Consultivo Jurídico Infonavit, tu derecho a vivir mejor
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