Reglamento del Consell Municipal D Acció Social del Ayuntamiento de València
|
|
- Ángeles Caballero Rivas
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 Reglamento del Consell Municipal D Acció Social del Ayuntamiento de València Fecha Aprobación: Acuerdo Plenario 27/04/2017. Publicación BOP: Nº 155, de 11/08/2017.
2 Reglamento del Consell Municipal D Acció Social del Ayuntamiento de Valencia. Artículo 1º. NATURALEZA DEL CONSELL MUNICIPAL D ACCIÓ SOCIAL 1.-Se crea el Consell Municipal d Acció Social del Ayuntamiento de Valencia, como órgano de participación social, asesoramiento y colaboración en aquellas actividades que incidan en el campo de los Servicios Sociales dentro del ámbito competencial y territorial del Ayuntamiento de Valencia, con las funciones, composición, órganos y procedimiento regulador que se establecen en el presente Reglamento. 2.-Las propuestas e informes del Consell, se remitirán a los órganos competentes del Ayuntamiento, según el ámbito de competencias de cada órgano municipal, requiriendo resolución motivada, cuando los actos de éstos se aparten del criterio contenido en aquellas propuestas e informes. Artículo 2º.AMBITO COMPETENCIAL El Consell Municipal d Acció Social, carece de personalidad jurídica propia, teniendo carácter meramente informativo y de asesoramiento con relación a las iniciativas municipales de los sectores de actividad representados en el Consell. Artículo 3º.ADSCRIPCIÓN El Consell Municipal D Acció Social, se adscribe al Área de Desarrollo Humano. Artículo 4º.FUNCIONES Son Funciones del Consell Municipal D Acció Social dentro del ámbito de los Servicios Sociales Municipales las siguientes: a) Asesorar a los órganos del Ayuntamiento de Valencia en materia de Servicios Sociales, formulando propuestas destinadas a mejorar los Servicios Sociales que sean competencia del Ayuntamiento y, en general, proponiendo cuantas medidas tengan relación directa con el ámbito de las funciones del Consell. b) Conocer, valorar los proyectos de la Delegación de Servicios Sociales y de planificación sectorial, relativos a los diversos ámbitos de los Servicios Sociales. c) Promover y apoyar el asociacionismo y las iniciativas de solidaridad de carácter social. d) Recoger las demandas sociales emanadas de los distintos sectores y colectivos sociales. e) Fomentar las actividades de prevención, promoción y desarrollo social y cultural de los sectores sociales a los que sirve. f) Fomentar la participación de los distintos sectores sociales y de las restantes administraciones públicas. g) Realizar propuestas, actuaciones de información, divulgación y sensibilización ciudadana. h) Cooperar con las entidades públicas y privadas que actúan en el ámbito del bienestar social i) Facilitar la coordinación de las entidades públicas y privadas, que actúan en el campo del bienestar social. j) Conocer y valorar el presupuesto anual del Área de Desarrollo Humano. Artículo 5º.ÓRGANOS DEL CONSELL El Consell Municipal d Acció Social tendrá como órganos de funcionamiento: 1.- El Pleno. 2.- Comisiones Especializadas de Trabajo.
3 Artículo 6º.- ESTRUCTURA DEL CONSELL El Pleno estará integrado por la Presidencia, Vicepresidencia y vocalías 1.-Será Presidente/a, el/la Concejal/a Delegado/a del Área de Desarrollo Humano del Ayuntamiento de Valencia. 2.-Será vicepresidente/a, el/la Concejal/a que designe la Presidencia del Consell, oído el Pleno del mismo. 3.-Serán vocales: En representación del Ayuntamiento de Valencia: - Concejal/a de Sanidad. - Concejal/a de Participación, Derechos e Innovación Democràtica - Concejal/a de Educación. - Concejal/a de Juventud. - Concejal/a de Deportes - Un/a Concejal/a de cada uno de los grupos municipales. - Tres representantes técnicos de los servicios sociales municipales. -Un/a representante de la Policía Local de Valencia Un/a representante de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias En representación de la Generalitat Valenciana: Las Direcciones Generales o Centros Directivos con competencia en las siguientes materias: - Servicios Sociales. - Mayores. - Familia. - Mujer. - Personas con discapacidad. - Menor. - Inmigración. - Justicia. -Vivienda En representación de la sociedad civil - El/la Defensor/a del Mayor. - Dos representantes de los sindicatos más representativos. - Dos representantes de las organizaciones empresariales. - Un/a representante de la Universitat de Valencia-Estudi General. - Un /a representante de la Universitat Politècnica de València. - Un/a representante de la Diputación Provincial. - Dos representantes de la Federación de Asociaciones de Vecinos. - Un/a representante de las asociaciones de defensa de la infancia. - Dos representantes del colectivo de Personas Mayores - Un/a representante del colectivo de personas con discapacidad física. - Un/a representante del colectivo de mujeres con discapacidad. - Un/a representante del colectivo de personas con discapacidad psíquica. - Un/a representante del colectivo de personas con enfermedad mental - Un/a representante del colectivo de personas con discapacidades sensoriales.
4 - Dos representantes de minorías étnicas. - Una persona experta en tema de racismo. - Dos representantes de ONGs con implantación en la ciudad de Valencia, entre cuyos fines figure con carácter principal los servicios sociales. - Una persona experta en drogadicción. - Una persona experta en enfermos mentales. - Una persona experta en SIDA. - Dos representantes de asociaciones de mujeres. 4.-Actuará de Secretario el general del Pleno o Secretario, en quien delegue con voz pero sin voto. Artículo 7º. DESIGNACION DE REPRESENTANTES DEL CONSELL La designación de las vocalías se efectuará de la siguiente forma: 1.-Las Vocalías que representen a la Generalitat, Diputación, Federación Valenciana de Municipios y Provincias y del Ayuntamiento, se nombraran por el órgano competente de cada administración. 2.-Las vocalías restantes serán designadas de acuerdo con las normas de funcionamiento de sus respectivas corporaciones y organizaciones, las cuales efectuarán la correspondiente propuesta de nombramiento para su posterior ratificación por la Presidencia del Consell. 3.- Las Asociaciones mencionadas en el artículo anterior, deberán estar válidamente inscritas en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana y en el del Ayuntamiento de Valencia. El nombramiento irá acompañado de la designación de las posibles personas sustitutas. 4.-Las personas expertas, serán designadas por la Presidencia. Artículo 8º.GRUPOS DE TRABAJO Se constituirán Comisiones Especializadas de trabajo por acuerdo del Pleno, para aquellos asuntos que por su importancia requieran un especial seguimiento. Estos grupos estarán compuestos como mínimo de tres personas, siendo su cometido de carácter temporal. Sus funciones serán las de asesorar al Pleno en las materias que le sean propias. Artículo 9º.LA PRESIDENCIA. FUNCIONES Serán Funciones y competencias: 1.- De la Presidencia: -Presidir y convocar las reuniones de todos los órganos del Consell. Podrá delegar la presidencia de las Comisiones Especializadas de Trabajo en una persona integrante del Consell. -Representar al Consell Municipal d Acció Social. -Nombrar y cesar a las personas integrantes de las Comisiones de Trabajo, a propuesta del Consell. -Convocar y presidir las sesiones y decidir los empates con su voto de calidad. -Velar por el cumplimiento de las Resoluciones del Consell. 2.- De la Vicepresidencia: - Sustituir a la Presidencia.
5 Artículo 10º. DURACIÓN DEL CARGO La duración del cargo de todas las vocalías integrantes del plenario será de cuatro años, pudiendo ser tanto reelegidas al término de su mandato, como sustituidas antes de finalizarlo por la autoridad o instituciones y asociaciones que les hubieren designado, previo conocimiento del Consell Municipal d Acció Social. Artículo 11º.PERÍODO DE SESIONES El Plenario del Consell se reunirá con carácter ordinario dos veces al año, y con carácter extraordinario cuando la importancia o urgencia de los asuntos así lo requiera por iniciativa de la Presidencia, o cuando lo solicite un tercio de las personas integrantes del Pleno. Artículo 12º.PARTICIPACIÓN DE PERSONAS EXPERTAS Podrán asistir a las reuniones del plenario del Consell y a las de las Comisiones Especializadas, aquellas personas que por sus conocimientos u otras circunstancias, se considere conveniente su presencia y opinión, siendo convocadas al efecto por la Presidencia, y asistiendo con voz, y sin voto. Artículo 13º. RÉGIMEN DE CONVOCATORIA DE LAS SESIONES Las sesiones habrán de anunciarse con una antelación mínima, de 15 días naturales para las ordinarias, y 7 días naturales para las extraordinarias. En el Orden del Día, figurarán los extremos siguientes: 1º.- Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior. 2º.- Asuntos a debatir en la sesión. 3º.- Ruegos y preguntas. Se remitirá el Orden del día y la documentación necesaria sobre los asuntos a tratar al menos 3 días naturales antes de la celebración de la reunión, plazo en el que finalizará la posibilidad de realizar propuestas para su posible inclusión en el orden del día, por parte del resto de quienes componen el Consell. Artículo 14º.SUSTITUCIONES DE LAS PERSONAS INTEGRANTES DEL CONSELL Las personas que componen el Consell podrán ser sustituidas: a) Opcionalmente: Podrán serlo en todo momento por las Entidades u organizaciones que representan, previa notificación a la Presidencia. b) Obligatoriamente: Tras la toma de posesión de cada nueva Corporación Municipal. Artículo 15º. DISOLUCIÓN El Consejo podrá ser disuelto, por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento cuando lo estime conveniente, siempre que existan razones fundadas para ello.
6 Artículo 16º.MARCO NORMATIVO El Consell Municipal d Acció Social se establece como un Consejo Sectorial de los previstos en el artículo 130 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real-Decreto 2568/86, de 28 de Noviembre. Artículo 17º.LEGISLACIÓN SUPLETORIA En todo aquello no previsto por este Reglamento de funcionamiento del Consell Municipal d Acció Social del Ayuntamiento de Valencia, se regirá por lo dispuesto para el funcionamiento del Pleno en la legislación vigente en materia de régimen local y en el Reglamento Orgánico Municipal del Pleno y demás normativa de aplicación. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Quedan suprimidos los anteriores Consejos Municipales sectoriales Minusválidos y Tercera Edad.
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COOPERACION INTERNACIONAL AL DESARROLLO.
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COOPERACION INTERNACIONAL AL DESARROLLO. 1 Articulo 1.- Definición. El Consejo Municipal de Cooperación Internacional al Desarrollo es el órgano de participación, de
Más detallesREGLAMENTO MUNICIPAL DEL CONSEJO MUNICIPAL DE BIENESTAR SOCIAL DE ASPE CAPITULO PRIMERO: CARÁCTER Y FUNCIONES.
DILIGENCIAS: Dictaminado por Comisión Informativa de Servicios Generales, en sesión 3/2005, de 21 de marzo. Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión 6/2005 de 31 de marzo. Definitivamente
Más detallesREGLAME TO REGULADOR DEL CO SEJO LOCAL DE LA MUJER DE TALAVERA DE LA REI A. ARTICULO PRIMERO. DISPOSICIÓN GENERAL. RÉGIMEN JURÍDICO.
CE TRO ASESOR LA MUJER TALAVERA LA REINA REGLAME TO REGULADOR L CO SEJO LOCAL LA MUJER TALAVERA LA REI A. ARTICULO PRIMERO. DISPOSICIÓN GENERAL. RÉGIMEN JURÍDICO. El Consejo Sectorial de la Mujer tiene
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO
1 Fecha Aprobación Pleno: 13.04.2000 Fecha Publicación BOP: 17.05.2000 REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO Artículo 1 El Consejo Municipal de Cooperación Internacional
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1 CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
1 REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1 ARTÍCULO 1.- CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES 1.- El Consejo Municipal de Personas con Discapacidad es el órgano máximo de participación
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE JAÉN DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Fecha de Aprobación Consejo Rector del Patronato: 22-09-2008. Fecha de Aprobación Sesión Ordinaria del Excmo. Ayuntamiento Pleno: 09-10- 2008. Fecha de Publicación en el BOP: 24-12-2008. Fecha de Entrada
Más detallesREGLAMENTO DEL FORO DE LA DISCAPACIDAD
REGLAMENTO DEL FORO DE LA DISCAPACIDAD Artículo 1. Definición y finalidad 1. El Foro Municipal de Discapacidad es el órgano de carácter consultivo para la participación y representación en el ámbito de
Más detallesREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y AYUDA AL DESARROLLO
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y AYUDA AL DESARROLLO Capítulo I. NATURALEZA JURÍDICA Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico 1. El Consejo
Más detallesI.- DISPOSICIONES GENERALES
AÑO XXXIII Núm. 13 21 de enero de 2014 1076 I.- DISPOSICIONES GENERALES Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales Decreto 4/2014, de 16/01/2014, del Consejo Asesor de Servicios Sociales. [2014/679] La Ley
Más detallesREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DEL MUSEO MUNICIPAL DE JIJONA
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DEL MUSEO MUNICIPAL DE JIJONA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DEL MUSEO MUNICIPAL DE JIJONA CAPÍTULO I Naturaleza y Régimen
Más detallesREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DEPORTES DE TORRELODONES
FG/em. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DEPORTES DE TORRELODONES ARTÍCULO 1. CREACIÓN Se crea el Consejo municipal de Deportes de Torrelodones como órgano sectorial
Más detallesPROPUESTA DE ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE COMERCIO.
PROPUESTA ESTATUTOS L CONSEJO MUNICIPAL. EXPOSICIÓN MOTIVOS. El sector comercial de Paterna, se encuentra ante nuevos e ineludibles retos de futuro, y la creación de un consejo sectorial de comercio es
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE MEDIO AMBIENTE.
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE MEDIO AMBIENTE. Aprobada por acuerdo de: 28 de septiembre de 2017 Publicación B.O.P.: 12 de enero de 2018 Aplicable a partir de: 2 de febrero de 2018 REGLAMENTO DEL
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PALENCIA DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PALENCIA DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno 18/03/2004 TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. NATURALEZA. El
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
REGLAMENTO DEL CONSEJO GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución, en su art. 9.2º. obliga a los poderes públicos a facilitar la participación de todos los ciudadanos en la
Más detallesREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO LOCAL DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE VELEZ MALAGA.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO LOCAL DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE VELEZ MALAGA. CAPITULO I : DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO PRIMERO. RÉGIMEN JURÍDICO. Se crea el CONSEJO
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL PARA LA IGUALDAD Y LA NO VIOLENCIA DE ILLESCAS
REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL PARA LA IGUALDAD Y LA NO VIOLENCIA DE ILLESCAS PREÁMBULO La Constitución Española de 1978, consagra el principio de igualdad como valor superior del ordenamiento jurídico,
Más detallesPROPUESTA DE REGLAMENTO DE CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE DISTRITO
PROPUESTA DE REGLAMENTO DE CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE DISTRITO ANTECEDENTES La Constitución Española refleja en su artículo 9. Que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones
Más detallesCONSEJO MUNICIPAL DE PERSONAS MAYORES DE AVILÉS ESTATUTOS
CONSEJO MUNICIPAL DE PERSONAS MAYORES DE AVILÉS ESTATUTOS PREÁMBULO Uno de los principales objetivos de las políticas sociales es favorecer la creación de mecanismos de participación ciudadana. La Constitución
Más detallesReglamento del Consejo Municipal de Turismo
Reglamento del Consejo Municipal de Turismo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución, en su art. 9.2º. obliga a los poderes públicos a facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política,
Más detallesCAPITULO I: DENOMINACION, NATURALEZA Y OBJETIVOS.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO PROVINCIAL DE PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES DE LA EXCELENTISIMA DIPUTACION PROVINCIAL DE AVILA EXPOSICION DE MOTIVOS La base para crear el
Más detallesCONSEJO LOCAL DE PERSONAS MAYORES REGLAMENTO
DGFMSS.004.01 FUNDACIÓN MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES Ayuntamiento de Gijón/Xixón Referencia: 017071/2009 Presidencia de la FMSS CONSEJO LOCAL DE PERSONAS MAYORES REGLAMENTO PREÁMBULO El creciente peso
Más detallesREGLAMENTO DE LA MESA LOCAL POR EL EMPLEO
REGLAMENTO DE LA MESA LOCAL POR EL EMPLEO Artículo 1 La Mesa Local por el Empleo se constituye como órgano de carácter consultivo y de consenso que tiene por objeto canalizar y favorecer la participación
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LAS PERSONAS MAYORES
Aprobado por el Pleno 15-04-1999 Publicado en BOP 2-06-1999 REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LAS PERSONAS MAYORES Artículo 1º CAPÍTULO I El Consejo Municipal de las Personas Mayores es un órgano de
Más detallesREGLAMENTO POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL CONSEJO MUNICIPAL DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA, DE CUENCA
REGLAMENTO POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL CONSEJO MUNICIPAL DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA, DE CUENCA (ESTE TEXTO INCLUYE LA MODIFICACIÓN PRODUCIDA EN MAYO DE 2013) La concepción social de la infancia se ha
Más detallesReglamento Interno del Observatorio Ciudadano
Reglamento Interno del Observatorio Ciudadano Preámbulo La realidad de nuestra sociedad, nos muestra importantes cambios en las relaciones que se establecen entre la ciudadanía y las Administraciones,
Más detallesEXCMO AYUNTAMIENTO CALZADA DE CALATRAVA ORDENANZA REGULADORA DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES DE CALZADA DE CALATRAVA
EXCMO AYUNTAMIENTO DE CALZADA DE CALATRAVA ORDENANZA REGULADORA DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES DE CALZADA DE CALATRAVA ORDENANZA REGULADORA DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES INTRODUCCIÓN Con el presente reglamento
Más detallesESTATUTOS DEL CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE BENICÀSSIM (CASTELLÓN)
-979- ESTATUTOS DEL CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE BENICÀSSIM (CASTELLÓN) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Ayuntamiento de Benicàssim ha tenido la experiencia de una empresa mixta integrada por
Más detallesESTATUTOS. El Consejo Municipal de la Mujer se compondrá de los siguientes órganos:
ESTATUTOS ARTICULO 1.- NATURALEZA Y FINES.- El Consejo Municipal de la Mujer es el órgano de consulta y participación de las mujeres en la vida municipal, que integrado por representantes de las asociaciones
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
ÍNDICE CAPÍTULO I. Denominación. Ámbito de Actuación CAPÍTULO II. Objetivos y Funciones CAPÍTULO III. Composición y estructura CAPÍTULO IV CAPÍTULO V. Organización y competencias CAPÍTULO VI. Régimen de
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE TRÁFICO EXPOSICION DE MOTIVOS
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE TRÁFICO EXPOSICION DE MOTIVOS El Excmo. Ayuntamiento de La Laguna desarrollando las competencias de autoorganización que le atribuye el artículo 4.1 apartado a) de la
Más detallesNOTA. El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada.
Decreto Foral 1/2003, de 21 de enero, por el que se aprueba la normativa de creación del Consejo de Personas con discapacidad en el Territorio Histórico de Gipuzkoa. NOTA El presente texto es un documento
Más detallesCONSEJO SECTORIAL DE TURISMO DE ÚBEDA
CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO DE ÚBEDA NORMAS DE CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO JUSTIFICACIÓN: El Consejo Sectorial de Turismo de Úbeda se crea para dar respuesta, por una parte, al artículo 9.2 de la Constitución
Más detallesREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO. CAPÍTULO I Denominación, sede, ámbito territorial y fines Artículo 1. Denominación y objeto
Más detallesNormas de Organización y Funcionamiento de la Comisión Sectorial de Gobierno Abierto.
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCION PUBLICA SECRETARIA DE ESTADO DE FUNCION PUBLICA DIRECCION GENERAL DE GOBERNANZA PUBLICA Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión Sectorial de Gobierno Abierto.
Más detallesAYUNTAMIENTO DE AGÜIMES
CAPITULO I. OBJETO, NATURALEZA Y FUNCIONES. ARTÍCULO 1. El Ayuntamiento de la Villa de Agüimes, constituye el Consejo Municipal de Servicios Sociales al amparo de lo establecido en el artículo 18 de la
Más detalles(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA Y ) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL
(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA 30-11-2007 Y 14-12-2007) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL PARA LA COOPERACION Y LA SOLIDARIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE
Más detallesESTATUTOS REGULADORES DEL CONSEJO SECTORIAL DE LA MUJER DEL MUNICIPIO DE CALVIÀ
ESTATUTOS REGULADORES DEL CONSEJO SECTORIAL DE LA MUJER DEL MUNICIPIO DE CALVIÀ TÍTULO I.-DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Denominación. El Consejo Sectorial de la Mujer es un órgano colegiado de participación,
Más detallesArticulo 2.- El Consejo Sectorial de Deportes está constituido por el Presidente y los miembros del Consejo.
1 DEPORTES REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO SECTORIAL DE DEPORTES Articulo 1.- El Consejo Sectorial de Deportes es el órgano colegiado, a través del cual se canaliza la participación de los ciudadanos, en
Más detallesDecreto 20/2007 Consejería de Trabajo y Empleo
Decreto 20/2007, de 27-03-2007, por el que se crea y regula el Observatorio para la prevención de riesgos laborales de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha DO. Castilla-La Mancha 30 de marzo de
Más detallesREGLAMENTO ORGÁNICO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE IGUALDAD Y DE FAMILIA
REGLAMENTO ORGÁNICO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE IGUALDAD Y DE FAMILIA Fecha de aprobación Pleno: 30/07/2012 Fecha publicación BOP: 05/10/2012 Nº BOP: 192 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La familia, con toda su pluralidad,
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES PRE MBULO El Decreto 103/1989 de 16 de mayo por el que se desarrolla la creación de los Consejos de Servicios Sociales
Más detallesESTATUTOS CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER
ESTATUTOS CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER Artículo 1º.- NATURALEZA Y FINES: 1.- El Consejo Municipal de la Mujer es el Órgano de participación, Información y Propuesta de la Gestión municipal, de todos los
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE MAYORES DEL MUNICIPIO DE ALMERIA
REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE MAYORES DEL MUNICIPIO DE ALMERIA 1.- NATURALEZA Con el nombre de Consejo de Mayores (CLM en lo sucesivo), se crea en el municipio de Almería un órgano sectorial de participación
Más detallesBORRADOR DEL PROYECTO DE REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE INCLUSIÓN Y DERECHOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE ELCHE
BORRADOR DEL PROYECTO DE REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE INCLUSIÓN Y DERECHOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE ELCHE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El PLAN VALENCIANO DE INCLUSIÓN Y COHESIÓN
Más detallesAYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA. Secretaría General.
AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA. Secretaría General. DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Reglamento del Consejo Municipal de Personas Mayores de Chiclana de la Frontera, ha sido aprobado
Más detalles05 Órganos de Participación
REVISADO ENERO 2017 05 Órganos de Participación 5.1 CONSEJO ANDALUZ Y CONSEJOS PROVINCIALES DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD El Decreto 301/2000 de 13 de junio, regula el Consejo Andaluz y los
Más detallesREGLAMENTO CONSEJO LOCAL DE LA MUJER AYUNTAMIENTO DE MÉNTRIDA
2017-04-25 REGLAMENTO CONSEJO LOCAL DE LA MUJER AYUNTAMIENTO DE MÉNTRIDA PREÁMBULO La Constitución Española del 27 de Diciembre de 1978 consagra el principio de igualdad como valor superior del ordenamiento
Más detallesRM-4 REGLAMENTO DEL FORO MUNICIPAL DE MEDIO AMBIENTE DE ALAQUÀS CAPÍTULO I. Naturaleza, objeto, fines y ámbito
Secretaria general RM-4 REGLAMENTO DEL FORO MUNICIPAL DE MEDIO AMBIENTE DE ALAQUÀS CAPÍTULO I Naturaleza, objeto, fines y ámbito Artículo 1º El Foro Municipal de Medio Ambiente es un órgano complementario
Más detallesEXPOSICION DE MOTIVOS:
EXPOSICION DE MOTIVOS: El Estatuto de Autonomía de Castilla La Mancha aprobado por L.O. 9/ 1.982 de 10 de Agosto, continuando con el espíritu y contenidos de la Constitución Española de 1978, establece
Más detallesBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 25, viernes 20 de febrero de
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 25, viernes 20 de febrero de 2004 2547 Concejalía de Atención a las Drogodependencias ANUNCIO 2941 1419 El Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión
Más detallesComunidad de Madrid N.º Y AÑO DEL EXPEDIENTE 2016
Comunidad de Madrid N.º Y AÑO DEL EXPEDIENTE 2016 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE REFERENCIA NÚMERO DECRETO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE CREA EL OBSERVATORIO PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE LOS CONSEJOS SECTORIALES DEL AYUNTAMIENTO DE CARIÑENA.
REGLAMENTO GENERAL DE LOS CONSEJOS SECTORIALES DEL AYUNTAMIENTO DE CARIÑENA. CAPÍTULO I: NATURALEZA Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN. Artículo 1. 1.- Los Consejos Sectoriales Municipales del Ayuntamiento de Cariñena
Más detallesNOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada.
1 NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada. Decreto Foral 1/2003 de 21 de enero por el que se aprueba la normativa de creación
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DE PROTECCIÓN DEL PARAJE NATURAL MUNICIPAL DEL CLOT DE GALVANY
REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DE PROTECCIÓN DEL PARAJE NATURAL MUNICIPAL DEL CLOT DE GALVANY REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DE PROTECCIÓN DEL PARAJE NATURAL MUNICIPAL
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE NOVELDA
APROBACIÓN INICIAL: Pleno de fecha 12 de enero de 2016 FINAL: Pleno de fecha 12 de enero de 2016 PUBLICACIÓN BOP: nº 46 de fecha 8 de marzo de 2016 ENTRADA EN VIGOR 15 días de su publicación: 30 de marzo
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL MUNICIPIO DE LOS SILOS.
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL MUNICIPIO DE LOS SILOS. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En virtud del actual Reglamento de Participación Ciudadana, el Ayuntamiento de La Villa de los Silos quiere
Más detallesDecreto Foral 32/2009 de 27 de octubre por el que se crea y regula el Consejo Asesor para la Inclusión Social del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Decreto Foral 32/2009 de 27 de octubre por el que se crea y regula el Consejo Asesor para la Inclusión Social del Territorio Histórico de Gipuzkoa. NOTA El presente texto es un documento de divulgación
Más detallesSección 1ª Del Pleno
DECRETO 64/2001, DE 5 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CANARIO DE RESIDUOS.(BOC Nº 36, DE 21 DE MARZO DE 2001) CANARIAS. Consejería de Política
Más detallesAYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA. Secretaría General.
DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Reglamento del Consejo Local de Medio Ambiente de Chiclana de la Frontera, ha sido aprobado inicialmente en sesión plenaria de 25.02.16, no habiéndose presentado
Más detallesREGLAMENTO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES DE LA COMARCA DE LA LITERA/LA LLITERA
REGLAMENTO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES DE LA COMARCA DE LA LITERA/LA LLITERA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1.- A tenor de lo dispuesto en el Reglamento de Organización,
Más detallesAyuntamiento de Valladolid Servicio de Archivo Municipal
NÚMERO= 2 TÍTULO= REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE EDUCACIÓN APROBACIÓN= AYUNTAMIENTO PLENO: 7-2-1990 PUBLICACIÓN= BOP 10-3-1990 VOCES= CONSEJOS MUNICIPALES ; ENSEÑANZA NOTAS= TEXTO= REGLAMENTO DEL
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES DE LA CIUDAD DE ALICANTE
AYUNTAMIENTO DE ALICANTE CONCEJALÍA DE DEPORTES REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES DE LA CIUDAD DE ALICANTE APROBACIÓN: Texto definitivo aprobado por el Pleno de 28 de febrero de 2014 PUBLICACIÓN:
Más detallesPublicación Definitiva: B.O.R.M. número 86 de 16/04/2005 REGLAMENTO ORGANICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SOCIAL DE MURCIA.
Publicación Definitiva: B.O.R.M. número 86 de 16/04/2005 REGLAMENTO ORGANICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SOCIAL DE MURCIA. ARTICULO 1. Naturaleza. El Consejo Social de Murcia, CSM, es
Más detallesCreación y Funcionamiento del Foro Municipal de Comercio Justo
Decretos de Alcalde Creación y Funcionamiento del Foro Municipal de Comercio Justo Marginal: ANM 2011\13 Tipo de Disposición: Decretos de Alcalde / Órganos Colegiados Fecha de Disposición: 21/03/2011 Publicaciones:
Más detallesREGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL DE PARACUELLOS DE JARAMA. PREÁMBULO
REGLAMENTO REGULADOR L CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL. (PUBLICADO EN EL BOLETÍN OFICIAL LA COMUNIDAD MADRID. BOCM Núm. 117 de 18 de mayo de 2016) PREÁMBULO La Constitución española, en su artículo 27.5, establece
Más detallesCONSEJO SECTORIAL DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE BENISANO
CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE BENISANO EXPOSICION DEMOTIVOS El articulo 25.2.m de la Ley 7/85, del 2 de abril, de bases de régimen local, modificada por
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL OBSERVATORIO DE LA INFANCIA
MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS OBSERVATORIO DE LA INFANCIA REGLAMENTO INTERNO DEL OBSERVATORIO DE LA INFANCIA El Observatorio de la Infancia, creado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de marzo
Más detallesREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO LOCAL DE COMERCIO DE ALICANTE CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Texto aprobado, inicialmente, por el Pleno de 25 de febrero de APROBACIÓN: 2016, de cuya elevación a definitivo se dio cuenta al Pleno de 26 de mayo de 2016 PUBLICACIÓN: BOP: nº 96, de 20 de mayo de 2016
Más detallesDecreto 22/2011, de 4 de febrero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Juego de Extremadura
Decreto 22/2011, de 4 de febrero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Juego de Extremadura Artículo 1. Naturaleza y adscripción. Artículo 2. Composición.
Más detallesREGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES
REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES (Texto aprobado por la Corporación Pleno en sesión celebrada el 8 de septiembre de 2006) (Publicación del Reglamento: B.O.C.M. nº 238 de 6 de octubre de
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE PERSONAS MAYORES DE LA CIUDAD DE MÉRIDA
REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE PERSONAS MAYORES DE LA CIUDAD DE MÉRIDA B.O.P.: ANUNCIO NÚMERO 5589 - BOLETÍN NÚMERO 115 (JUEVES, 18 DE JUNIO DE 2009) Capítulo I.- Naturaleza y funciones. Artículo
Más detallesAyuntamiento de Valladolid Servicio de Archivo Municipal
NÚMERO= 085 TÍTULO= REGLAMENTO REGULADOR DE LOS CONSEJOS SOCIALES DE LAS ZONAS DE ACCIÓN SOCIAL DEL MUNICIPIO DE VALLADOLID APROBACIÓN= AYUNTAMIENTO PLENO: 8-5-2007 PUBLICACIÓN= BOP: 5-6-2007 VOCES= CONSEJOS
Más detalles(BOCyL n.º 248, de 29 de diciembre de 1998).
04 DECRETO 283/1998, DE 23 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO REGIONAL Y LOS CONSEJOS PRO- VINCIALES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. (BOCyL n.º 248, de 29 de diciembre de
Más detallesServicio de Acción Social
Reglamento Regulador del Consejo Municipal de Asociaciones de Personas con Discapacidad y Socio sanitarias. Artículo primero El Consejo Municipal de asociaciones de personas con discapacidad y socio sanitarias
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LAS MUJERES Y POR LA IGUALDAD
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LAS MUJERES Y POR LA IGUALDAD Aprobado por resolución Alcaldía: 11.07.2016 Publicación en el BOP: 3. 08. 2016 1 AYUNTAMIENTO DE VALENCIA REGLAMENTO DEL CONSELL MUNICIPAL
Más detallesCONSEJO SECTORIAL DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
Área de Desarrollo Económico Sostenible CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA R E G L A M E N T O DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. - CONSTITUCIÓN Y NATURALEZA JURÍDICA El Consejo
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE
Real Decreto 275/2007, de 23 de febrero, por el que se crea el Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar. Ministerio de Educación y Ciencia «BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2007 Referencia: BOE-A-2007-5441
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER PREÁMBULO
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER PREÁMBULO La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres introduce como novedad la creación de un Consejo de Participación
Más detallesREGLAMENTO REGULADOR DE LA COMPOSICIÓN, LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA
El Pleno del Ayuntamiento de Palma aprobó, en sesión ordinaria de 19 de abril de 2011, el Reglamento regulador de la composición, la organización y el funcionamiento del Consejo Municipal de Servicios
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSELL DE DONES I PER LA IGUALTAT DE PALMA
Por acuerdo del Pleno de día 29 de octubre de 2009 fue aprobado definitivamente el Reglamento del Consell de Dones i per la Igualtat de Palma, publicado en el BOIB núm. 170, de 22.11.09, entró en vigor
Más detallesREGLAMENTO DE CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PATRONATO DE TURISMO TITULO PRELIMINAR
REGLAMENTO DE CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PATRONATO DE TURISMO TITULO PRELIMINAR DE LA CONSTITUCIÓN DEL PATRONATO LOCAL DE TURISMO. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. El Patronato Local de Turismo,
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL POR LA IGUALDAD DE TUDELA
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL POR LA IGUALDAD DE TUDELA Artículo 1.-NATURALEZA CAPÍTULO I : DISPOSICIONES GENERALES El Consejo por la Igualdad entre mujeres y hombres de Tudela se constituye como un
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO PUERTO REAL REGLAMENTO DE LA JUNTA LOCAL DE SEGURIDAD
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL REGLAMENTO DE LA JUNTA LOCAL DE SEGURIDAD CONSTITUCION 1À.- Se constituye bajo la denominaci6n de Junta Local de Seguridad de Puerto Real un Łrgano Colegiado para promover
Más detallesCONSEJO LOCAL DE CULTURA DE UMBRETE
JUSTIFICACIÓN. CONSEJO LOCAL DE CULTURA DE UMBRETE El ámbito cultural abarca áreas de muy diversas índoles: artes plásticas, música, teatro, cine, historia..., tienen cabida dentro de la misma, de manera
Más detallesREGLAMENTO MESA DE EMPLEO Y FORMACION
REGLAMENTO MESA DE EMPLEO Y FORMACION Artículo 1. Denominación. La Mesa de Formación y Empleo Local, en adelante MEFEM, se constituye como la herramienta que permite coordinar a los distintos agentes públicos
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL MODIFICACIÓN - BOC 14/07/2015
La Constitución española, en su artículo 27.5 establece "los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante la programación general de la enseñanza, con participación efectiva
Más detallesDECRETO FORAL 7/2016, de 12 de abril, por el que se crea y regula la Mesa de Turismo de Gipuzkoa. (BOG de 25 de abril de 2016)
DECRETO FORAL 7/2016, de 12 de abril, por el que se crea y regula la Mesa de Turismo de (BOG de 25 de abril de 2016) NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que
Más detallesCONSEJO ASESOR MUNICIPAL DE BIENESTAR SOCIAL DE MURCIA. ESTATUTOS.
CONSEJO ASESOR MUNICIPAL DE BIENESTAR SOCIAL DE MURCIA. ESTATUTOS. Preámbulo La Constitución Española de 1978 instaura un Estado Social y Democrático de Derecho, enfatizando su compromiso e intervención
Más detallesAPROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO SECTORIAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Concejalía de Participación Ciudadana participacion@segovia.es APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO SECTORIAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Aprobado inicialmente en Pleno de 1 de julio
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER. Aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el 15/2/1996.
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER Aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el 15/2/1996. Publicado en el B.O.P., Nº 249 el 31/12/1996. CAPÍTULO I. Disposiciones Generales Artículo 1º El Consejo
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE PATRIMONIO DE LA CIUDAD DE ISLA CRISTINA.-
REGLAMENTO L CONSEJO LOCAL PATRIMONIO LA CIUDAD.- ARTÍCULO 1.- Definición El Consejo Local de Patrimonio es el órgano colegiado del Excmo. Ayuntamiento de que tiene como objeto informar y asesorar ante
Más detallesAYUNTAMIENTO DE LINARES (JAÉN)
Número 23 Viernes, 03 de Febrero de 2017 Pág. 1530 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE LINARES (JAÉN) ÁREA DE JUVENTUD 222 Publicación Estatutos Mesa Local de la Juventud. Anuncio Don Juan Fernández Gutiérrez,
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
12580 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA DECRETO 94/2009, de 30 de abril, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Comisión de Protección Civil
Más detallesESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA DISCAPACIDAD ÍNDICE
ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA DISCAPACIDAD ÍNDICE Exposición de motivos... pág. 1 Título I. Disposiciones generales... pág. 1 Título II. Objeto, fines y competencias... pág. 2 Título III. Composición...
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SALUD PREAMBULO La Constitución Española establece en su art. 51 que: 1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores
Más detalles3. Para el cumplimiento de sus fines y objetivos, este Consejo se servirá de los medios personales y materiales que el Ayuntamiento le asigne.
REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE MEDIOAMBIENTE Título I- Disposiciones generales Art.1- Naturaleza del Consejo 1. El Consejo Sectorial de Medioambiente es un órgano de participación sectorial que tiene
Más detalles