UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA DE GRADO DE LA COCHABAMBA-BOLIVIA. PDF created with pdffactory Pro trial version
|
|
- María Luz Salazar Toro
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO DE LA CARRERA DE MEDICINA COCHABAMBA-BOLIVIA
2 REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO DE LA CARRERA DE MEDICINA DISPOCIONES GENERALES El presente reglamento ha sido elaborado en concordancia con lo establecido en la Resolución Administrativa N. 166/01 del 23 de Abril de 2001, emanado del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes donde se aprueba el REGLAMENTO PARA LA RECEPCIÓN DE EXÁMENES DE GRADO A ESTUDIANTES DE LA CARRERA DE MEDICINA EN LAS UNIVERSIDADES PRIVADAS. CAPÍTULO PRIMERO: MARCO Y DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- (Marco Jurídico) El artículo 188 de la Constitución Política del Estado reconoce el funcionamiento de universidades privadas, bajo la regulación del Poder Ejecutivo. El artículo 190 de la Constitución Política del Estado, la ley N 1565 de 7 de julio de 1994 de la Reforma Educativa, la ley N 1788 de 16 de septiembre de 1997 de Organización del Poder Ejecutivo, establecen que el Ministerio de Educación Culturas, es el órgano Rector de Poder Ejecutivo encargado de la institución que ejerce el estado sobre las universidades privadas. La resolución Suprema N de 12 de marzo de 1998 establece la designación de 2
3 examinador externo del Ministerio de Educación, cultura y Deportes. La resolución Administrativa N 114/98 de 12 de mayo de 1998 establece la designación de examinador del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, en los exámenes de grado de las universidades privadas. El Reglamento específico para apertura y funcionamiento de carreras de Medicina en universidades privadas, el mismo que norma y regula el funcionamiento de las carreras o programas de Medicina con la finalidad de garantizar una Educación Superior de calidad y que en su artículo 40 establece que la modalidad de graduación será a través de: internado Rotatorio y Examen de Grado. Artículo 2.- (Alcance) El presente reglamento se aplica a la carrera de Medicina, debiendo acogerse a esta disposición todos aquellos estudiantes que fueran habilitados a examen de grado, a partir de la puesta en vigencia del presente reglamento. Artículo 3.- (Objetivos) Los objetivos del presente Reglamento para la recepción de Exámenes de las carreras de Medicina de las Universidades privadas son: Grado en Uniformar los procedimientos de examen de grado para las carreras de Medicina a nivel nacional en todo el Sistema Privado de Educación Superior. Mejorar los procedimientos de recepción de éstos exámenes de grado, dentro de un marco de legitimidad y transparencia con la finalidad de asegurar una competencia profesional de calidad de los nuevos profesionales en ciencias de la Salud. Artículo 4.- (Composición del examen de grado). 3
4 El examen de Grado consistirá en la aplicación de un Examen Práctico Oral. CAPÍTULO SEGUNDO: EXAMEN PRÁCTICO ORAL Artículo 5.- (Tribunal examinador para el examen práctico oral) El tribunal para la recepción de examen de grado deberá estar conformado por dos miembros delegados de la universidad Pública, dos miembros delegados de la Universidad Privada y un miembro delegado del Colegio Médico en representación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. El tribunal podrá habilitarse con la asistencia de tres miembros. El tribunal estará presidido por el delegado del Ministerio de Educación, Cultura deportes. y Todos los miembros del tribunal, incluido e presidente tendrán derecho a emitir su calificación. Los tribunales deberán respetar las siguientes condiciones de delegado: Condiciones para el Delegado que conforma el tribunal examinador del examen de grado práctico oral para estudiantes de la carrera de Medicina en las universidades privadas. El tribunal examinador para la recepción de exámenes de grado a estudiantes de Medicina de las universidades privadas, estará conformado por profesionales médicos que deben cumplir las siguientes condiciones: 4
5 Primero.- Tener Título Académico, Título en Provisión Nacional y Matrícula Profesional en el Ministerio de Salud y Previsión Social. Segundo.- Estar inscrito en el Colegio Médico de Bolivia. Tercero.- No estar sometida a sumario disciplinario o a sanción vigente alguna del Tribunal de Honor del Colegio Médico. Cuarta.- Tener una antigüedad mínima en el ejercicio de la profesión de 5 años. Quinto.- Tener experiencia en docencia de 2 años mínimo. Sexto.- No tener relación contractual o parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el postulante. Séptimo.- El delegado en el día de la recepción de examen deberá ser puntual y respetuoso, tanto con los demás integrantes del Tribunal como con el postulante. Exigir que durante el examen clínico o instrumental que realice el postulante se otorgue al paciente un trato diferente y una consideración humana ponderada. Octava.- Durante el examen, cumplirá estrictamente lo establecido en el Código de Ética del Colegio Médico. Los miembros del tribunal deberán realizar su actividad de examinadores con guardapolvo blanco. Los que deberán ser provistos por la universidad a la que pertenece al postulante. Artículo 6.- (Modalidad) El examen práctico oral se realizará sobre el análisis de un caso clínico con paciente, el mismo que deberá sortearse minutos antes de la recepción del examen. El postulante contará con un tiempo de 1 hora la preparación y de 1 hora para la presentación y de defensa del caso, frente al Tribunal Examinador. Artículo 7.- (Tiempo de duración) El tiempo de duración del examen por postulantes es de 2 horas. Artículo 8.- (Lugar de recepción) El lugar de recepción del examen práctico oral un establecimiento de salud de 1 y 2 Nivel 5
6 de atención del sector público o la seguridad social, previamente designado por el Servicio Departamental de Salud del lugar al que pertenece la universidad privada. O en su decreto un establecimiento de salud de 2 Nivel de atención perteneciente a las Universidades Privadas, previamente acreditada para el efecto por el SEDES. En este último caso, el estudiante rendirá examen en un establecimiento que no pertenezca a su propia universidad. La designación del servicio se realizará un día antes del examen por el SEDES. El establecimiento deberá contar con las condiciones adecuadas. Alta frecuencia de paciente. Infraestructura física adecuada. Varias aulas o ambientes de enseñanza. Artículo 9.- (Pacientes sobre los cuales se desarrollarán los exámenes). Para procederse al sorteo de los pacientes sobre los cuales se tomarán los exámenes, éstos serán previamente elegidos por el tribunal, bajo los siguientes criterios: Para el caso de pacientes hospitalizados, éstos deberán ser pacientes con patología prevalerte y común, no podrán ser pacientes cuya valoración requerida de alta complejidad o subespecialidad, ni podrán ser pacientes post-quirúrgicos. Para el caso de pacientes ambulatorios, estos deberán ser pacientes nuevos, no deberán ser pacientes de reconsulta. Artículo 10.- (Procedimientos) En el examen práctico oral deberán seguirse los siguientes procedimientos: En cada lugar de reopción de exámenes se sorteará, para el primer postulante, un caso de los pacientes ambulatorios que se encuentren en la sala de espera del 6
7 servicio o de los pacientes hospitalizados del servicio; el sorteo se realizará minutos antes del examen. De igual manera se procederá para el segundo postulante y así sucesivamente. Una vez que se haya sorteado el paciente, en caso de que se tratase de un paciente internado-el tribunal, previo al ingreso del estudiante, recabará la historia clínica del paciente y la revisará a objeto de tener conocimiento sobre el caso. Posteriormente ingresará el alumno y seguirá los siguientes pasos: A) El postulante procederá a la preparación del caso, disponiendo de 60 minutos para el efecto. B) En los primeros 30 minutos, el postulante realizará: A. Anamnesis B. Examen físico general C) En los restantes 30 minutos, el postulante procederá a preparar la presentación del caso debiendo elaborar. A. Historia Clínica B. Diagnóstico presuntivo y diagnósticos diferenciales C. Definición de análisis clínicos, exámenes complementarios u otros métodos y técnicas de apoyo diagnóstico. D. Plan de tratamiento: manejo terapéutico, farmacológico, preventivo y orientaciones al paciente. E. Pronóstico Durante los pasos A y B, el tribunal estará presente para evaluar el modo de actuación y la competencia del postulante con relación a estos procedimientos. Durante esta primera fase los miembros del tribunal no podrán interrumpir las acciones realizadas por el postulante. 7
8 Para la realización de los procedimientos C.D.E.F y G., el tribunal con el postulante deberá realizar la preparación de la presentación con vigilancia de los miembros del tribunal y sin la intervención de los mismos. Posteriormente, el postulante presentará el caso clínico debiendo exponer todos los aspectos mencionados para la preparación del caso. La preparación se realizará en el tiempo de 15 minutos. El tribunal no podrá interrumpir durante este tiempo. El estudiante podrá hacer uso de todo medio didáctico para la exposición. Concluida la presentación, se procederá a la defensa del caso, disponiéndose para el efecto de 30 minutos, tiempo en el que el tribunal formulará al postulante las preguntas que considere necesarias. Posteriormente, se procederá a la calificación reservada por los miembros del tribunal. Artículo 11.- (Calificación del examen práctico-oral) El tribunal deberá calificar en reunión reservada. Cada miembro del tribunal otorgará una calificación individual y secreta en una boleta oficial. La boleta oficial incluirá los criterios de calificación, los mismos que deberán ser tomados en cuenta por el tribunal, otro tipo de planillas son nulas. Las universidades deberán preparar las boletas de calificación. Cada miembro del tribunal realizará su calificación en forma global, tomando en cuenta los criterios de la boleta oficial, los mismos que no tienen porcentaje de ponderación. Las calificaciones individuales de los miembros del tribunal serán promediadas para obtenerse la calificación final. 8
9 La escala de calificación será de 1 a 100, con el mínimo establecido en el artículo siguiente. El postulante ingresará al examen práctico-oral con nota de 0, sin tomar en cuenta la nota obtenida durante el internado rotatorio en el entendido que el internado rotatorio forma parte del plan de estudios y su promoción habilita al estudiante para el examen de grado. El tribunal dispondrá de 5 minutos para calificar. Artículo 12.- (Aprobación) Para aprobar el examen de grado el postulante deberá tener la nota mínima de 51. Artículo 13.- (Asistencia de Público) Al examen practico-oral solamente podrá asistir público, durante la presentación y defensa del caso, es decir durante la segunda parte del examen o segunda hora. En caso de que el público asistente no guarde la compostura y seriedad que reviste este caso, éste será invitado a desalojar los ambientes. Artículo 14.- (Remuneración a los delegados) Sin embargo de que la representación como delegado es honrosa, el tribunal delegado por el colegio profesional pertinente, que asiste en representación del estado y los delegados de la Universidad Pública Boliviana podrán ser remunerados por la actividad, con la suma de 50 dólares americanos (50 $us) por examen, monto que debe ser erogado por la Universidad Privada a la cual pertenece el postulante. 9
10 CAPITULO TERCERO REPROBACIÓN Artículo 15.- (Revisión y reprobación) El postulante no podrá objetar ni solicitar revisión, porque la decisión del tribunal es única, invariable e inapelable, en caso de reprobar deberá esperar un segundo turno y sujetarse al cronograma del próximo trimestre. Artículo 16.- (Reprobación en la segunda oportunidad) En caso de reprobar en la segunda oportunidad, el postulante deberá repetir el internado rotatorio. Artículo 17.- (Reprobación en la tercera oportunidad) En caso de reprobar en la tercera oportunidad, el postulante deberá repetir todo el ciclo clínico. CAPÍTULO CUARTO NOTA FINAL DE PROMOCIÓN Artículo 18.- (Obtención de la nota final de promoción) Cuando el estudiante haya aprobado el examen de grado con 51 o más, la nota de examen de grado será promediada con la calificación del Internado Rotatorio para obtenerse la nota final de promoción. Artículo 19.- (Escala de Promoción) Habrá la siguiente escala de promoción: De 51 a 69 Aprobado De 70 a 85 Aprobado satisfactoriamente 10
11 De 86 a 100 Aprobado con excelencia y distinción CAPÍTULO QUINTO REQUISITOS Artículo 20.- Para rendir el examen de grado el postulante debe cumplir los siguientes requisitos: Haber aprobado todas las asignaturas del plan de estudios de la carrera. Haber aprobado el Internado Rotatorio. No tener deuda con ninguna dependencia de los hospitales donde ha realizado Internado Rotatorio. No tener deudas con la Universidad Latinoamericana, relativas al examen de grado y su habilitación. Artículo 21.- El postulante debe solicitar expresamente fecha y hora de verificación del examen de grado a la dirección de la carrera de medicina. Artículo 22.- El director de la carrera solicita al rectorado la designación del tribunal de examen de grado, lugar, fecha y hora del acto. Artículo 23.- Revisados los antecedentes, a través del vicerrectorado Académico, el rectorado nombrará a los delegados de la universidad, fijando el lugar, fecha y hora del acto. Artículo 24.- Verificados los antecedentes y en mérito al artículo 188 de la Constitución Política del Estado y la Resolución Administrativa Nº 166/01, el rectorado mediante carta notariada, invitada al rector de la universidad pública y al colegio profesional respectivo para que realicen la nómina de los delegados previsto por ley. 11
12 Artículo 25.- Los asuntos no considerados en el presente reglamento deben ser resueltos por el tribunal o en su caso, por las autoridades universitarias competentes. La Universidad Latinoamericana asume en su totalidad los enunciados del presente reglamento y los incorpora como parte de su normatividad interna. 12
REGLAMENTO DE TITULACIÓN CARRERA DE ENFERMERÍA
REGLAMENTO DE TITULACIÓN CARRERA DE ENFERMERÍA Actualizado 2015 Página 1 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD SEK 1. El siguiente reglamento de Proceso de Titulación de la Carrera de Enfermería
Más detallesREGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos
REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos TITULO I DEL REGLAMENTO Y OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE MAGISTER DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y ESTUDIOS URBANOS
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE Escuela de Ingeniería
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSTGRADO EN INGENIERIA Septiembre, 2007 TITULO I DEFINICIÓN Art. 1: El Programa de Postgrado en Ingeniería depende de la Escuela de Ingeniería y es conducente a los grados académicos
Más detallesOrientaciones para la elaboración de las memorias de verificación de los títulos de Máster vinculados al acceso a las profesiones de abogado y
Orientaciones para la elaboración de las memorias de verificación de los títulos de Máster vinculados al acceso a las profesiones de abogado y procurador V. 0.1 27/12/2011 Objeto Este documento tiene como
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Son estudios de posgrado los que se realizan después de licenciatura, conforme a las disposiciones
Más detallesNORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA
38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA (Normativa adaptada a las Normas de Organización y Funcionamiento UCAV: Acuerdo de JCyL 64/2009, de 11 de junio, BOCyL 17/06/2009) FECHAS
Más detalles[Aprobado por Acuerdo 231/2012, de 30 de Octubre de 2012, del Consell de Govern de la Universitat de València]
REGLAMENTO REGULADOR DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER Y DE LA CONCESIÓN DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE MÁSTER EN LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA PREÁMBULO El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el
Más detalles1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.3. CONSEJO DE GOBIERNO 1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior Reglamento de reconocimiento
Más detallesTítulo I. Ámbito de aplicación y autoridades
UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA CONTROL PREVIO DE LEGAL APROSADO 2014 FIJA TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN DERECHO PENAL. VISTOS: Las facultades que me confieren los decretos con
Más detallesREGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR
REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR SAN SALVADOR, ABRIL DE 2013 1 REGLAMENTO DE GRADUACION DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE EL SALVADOR. CAPITULO I OBJETO Art. 1.- El presente
Más detallesNORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR
NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR Aprobada en Junta de Escuela de fecha 4 de noviembre de 2009, modificada en Junta de Escuela de
Más detallesNORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LAS TITULACIONES DE GRADO UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LAS TITULACIONES DE GRADO UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Ámbito de aplicación La presente Normativa Específica
Más detallesI. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.2 Consejo de Gobierno 1.2.5. Vicerrectorado de Estudios de Grado Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de julio
Más detallesNORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
Acuerdo de aprobación de la Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de los Títulos Oficiales de Grado y Máster de la Universidad Miguel Hernández. Con el objeto de adecuar la Normativa
Más detallesREGULACIÓN DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER EN LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER DE LA UNED.
Vicerrectorado de Investigación Aprobado en Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2010 (Derogado por Comisión Permanente y Asuntos Generales del 10 de Junio de 2013 el artículo 4.5) REGULACIÓN DE LOS TRABAJOS
Más detallesREGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente reglamento tiene por objeto regular
Más detallesREGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO DE LOS ALUMNOS DE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE MAGALLANES
REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO DE LOS ALUMNOS DE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE MAGALLANES Articulo 1º : NORMAS APLICABLES : El Examen de Grado, como requisito esencial para obtener el Grado
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE TÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y AUTORIDADES DEL PROGRAMA Artículo 1. El presente Reglamento se aplicará a todas las
Más detallesT Í T U L O V I DEL CICLO DE VERANO NIVELACIÓN Y AVANCE ACADÉMICO CAPÍTULO I DEL OBJETIVO, REQUISITOS E INSCRIPCIÓN
T Í T U L O V I DEL CICLO DE VERANO NIVELACIÓN Y AVANCE ACADÉMICO CAPÍTULO I DEL OBJETIVO, REQUISITOS E INSCRIPCIÓN Art.216º Art.217º Art.218º Art.219º Art.220º Art.221º Art.222º OBJETIVO La Universidad
Más detallesArtículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de máster universitario
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesUNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS
Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas
Más detallesREGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO
REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO Exposición de motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL. Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México
Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México CAPÍTULO PRIMERO LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la prestación del
Más detallesArtículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE CIENCIAS DE LA SALUD DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA
FELIPE CUAMEA VELÁZQUEZ, Rector de la Universidad Autónoma de Baja California, con fundamento en los artículos 24, fracción I, de su Ley Orgánica, y 41, fracción I, y 72, fracción XXVIII, de su Estatuto
Más detallesReglamentación sobre Homologación y Validación de Materias. Universidad de los Andes
Reglamentación sobre Homologación y Validación de Materias Universidad de los Andes Aprobado por el Comité Directivo, en su sesión N 84-14 del 12 de febrero de 2014. 1. Objetivo. Este reglamento tiene
Más detallesUNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE SAN LUIS POTOSÍ Ciencia, Tecnología y Cultura al Servicio del Ser Humano REGLAMENTO DE TITULACIÓN TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El presente reglamento,
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO El Consejo Universitario en sesión del 18 de mayo de 1967, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO
Más detallesANTEPROYECTO DE LEY DE ACCESO AL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR.
ANTEPROYECTO DE LEY DE ACCESO AL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR. Artículo 1. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación. 1. La presente Ley tiene por objeto regular el acceso a las profesiones
Más detallesREGLAMENTO DE INGRESO ESPECIAL PARA CARRERAS DE INGRESO REGULAR PSU TITULO I DE LA DEFINICION
REGLAMENTO DE INGRESO ESPECIAL PARA CARRERAS DE INGRESO REGULAR PSU TITULO I DE LA DEFINICION Articulo 1º Se entenderá por Ingreso Especial aquella modalidad alternativa paralela al Sistema de Selección
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES NUEVO EXAMEN DE GRADO 2015 FACULTAD DE DERECHO. 1. A quiénes se aplica el nuevo Reglamento de Examen de Grado? Desde cuándo rige?
PREGUNTAS FRECUENTES NUEVO EXAMEN DE GRADO 2015 FACULTAD DE DERECHO 1. A quiénes se aplica el nuevo Reglamento de Examen de Grado? Desde cuándo rige? A todos los alumnos egresados de la Facultad de Derecho
Más detallesNORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS MASTER
NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS MASTER PREÁMBULO El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establecía la ordenación de las enseñanzas
Más detallesCAPÍTULO XIV RECONOCIMIENTO MUTUO DE CERTIFICADOS, TÍTULOS Y/O GRADOS ACADÉMICOS
CAPÍTULO XIV RECONOCIMIENTO MUTUO DE CERTIFICADOS, TÍTULOS Y/O GRADOS ACADÉMICOS Artículo 14.1: Relación con otros acuerdos 1. Las Partes reconocen: a) el Convenio Regional de Convalidación de Estudios,
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTÍN REGLAMENTO GENERAL DE ADMISIÓN DE ALUMNOS
UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTÍN REGLAMENTO GENERAL DE ADMISIÓN DE ALUMNOS Artículo 1 Para inscribirse como alumno aspirante en la Universidad Nacional de General San Martín se requiere: a) Completar
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS
Más detallesArtículo 4.- El proceso de Titulación de Arquitecto se estructura en 2 etapas sucesivas: 1. Taller de Anteproyecto
REGLAMENTO DE TITULACION Plan vigente 2011 PROCESO DE TITULACIÓN ESCUELA DE ARQUITECTURA El presente reglamento constituye el instrumento oficial para la realización y control de la Actividad de Titulación
Más detallesEstado Plurinacional de Bolivia Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda
ANEXO N 4 INSTRUCTIVO N 001/2013 PARA CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO POR PARTE DE TODO POSTULANTE El presente Instructivo debe ser considerado como una Notificación de la Unidad Técnica de Transporte por Cable,
Más detallesQue la Comisión de Enseñanza e Investigación elevó el mismo a los Departamentos y a Secretaría Académica para que emitieran su opinión al respecto;
1 ORDENANZA Nº 26-00 SANTA ROSA, 3 de julio de 2000 VISTO: necesidad de modificar la Ordenanza 21/97 del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Humanas, Reglamento de Categorías de Alumnos y Sistemas
Más detallesUniversidad Arturo Michelena Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fisioterapia
Universidad Arturo Michelena Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fisioterapia PROPUESTA DE NORMATIVA PARA PRÁCTICAS CLÍNICAS EN LA CARRERA DE FISIOTERAPIA Aprobado en Consejo Universitario N CUO-2011-56/31.1.11
Más detallesREGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS
REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS CAPITULO I : DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto Artículo 2.- Unidad responsable Artículo 3.- Nivel de conocimiento
Más detallesNORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. de 26 de julio de 2012 y modificada por el Consejo de Gobierno num. 30 de
Más detallesEste proyecto de decreto presenta una estructura que consta de las siguientes partes:
DOCUMENTO DE TRABAJO PARA LA COMISIÓN DE DICTÁMENES E INFORMES (CDI 2/2015) SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN DEL PRÁCTICUM DE LOS ALUMNOS DE
Más detallesFecha/Hora: 24/06/2013 19:05:56. Firmante: Q3018001B - SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD DE MURCIA. Código seguro de verificación: QVJDMUFBQUxJUQ==
Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos en las Enseñanzas de Grado y Máster conducentes a la obtención de los correspondientes títulos oficiales de la Universidad de Murcia (Aprobado
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL
REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL (Aprobado por el Consejo de Gobierno, sesión de 29 de abril de 2010 y modificado en
Más detallesUniversidad Nacional de Ingeniería
Universidad Nacional de Ingeniería Reglamento de Estudios de Postgrado y de Especialización (Aprobado: Consejo Universitario Sesión Ordinaria Nº 7 del 05-04-2006) BASE LEGAL Constituye base legal del Presente
Más detallesPREÁMBULO CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Acuerdo de 11 de septiembre de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba el Reglamento de los trabajos de fin de grado y de fin de máster en la Universidad de Zaragoza. PREÁMBULO
Más detalles- EXPRESIÓN, EN SU CASO DE LOS CRÉDITOS OTORGADOS: VER PUNTOS A, B, C Y D -EXPRESIÓN DEL REFERENTE DE LA EQUIVALENCIA (8)
REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE LOS CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN OTORGADOS POR EQUIVALENCIA EN EL PLAN DE ESTUDIOS DE ARQUITECTO TÉCNICO (BOE 01.12.1999) El plan de estudios de Arquitecto Técnico de la
Más detallesEn su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO:
13734 RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2015, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por el alumnado
Más detallesREGLAMENTO DE INTERNADO PARA ESTUDIANTES DE MEDICINA HUMANA
REGLAMENTO DE INTERNADO PARA ESTUDIANTES DE MEDICINA HUMANA G. I DE SU NATURALEZA ARTICULO 1. El presente Reglamento contiene las disposiciones académicas y administrativas del internado de medicina de
Más detalles1.2 La normativa mencionada en el apartado anterior será de aplicación a las cuestiones no previstas expresamente en este documento.
Reglamento común de organización de la asignatura Trabajo Fin de Grado en los Grados y los Dobles Grados de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de la Universidad Carlos III de Madrid 1. Objeto
Más detalles1. Objeto. La normativa mencionada en el apartado anterior será de aplicación a las cuestiones no previstas expresamente en este documento.
Reglamento de organización de la asignatura Trabajo Fin de Grado en el Grado en Ingeniería Eléctrica de la Escuela Politécnica Superior de la Universidad Carlos III de Madrid 1. Objeto El presente reglamento
Más detallesREGLAMENTO DE GRADO Y TITULACIÓN ESCUELA DE PERIODISMO FACULTAD DE COMUNICACIÓN Y LETRAS UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES
REGLAMENTO DE GRADO Y TITULACIÓN ESCUELA DE PERIODISMO FACULTAD DE COMUNICACIÓN Y LETRAS UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento regula las actividades y requisitos
Más detallesNORMAS DE EVALUACIÓN DEL MANEJO INSTRUMENTAL DE UN IDIOMA EXTRANJERO.
Universidad de Margarita Alma Mater del Caribe NORMAS DE EVALUACIÓN DEL MANEJO INSTRUMENTAL DE UN IDIOMA EXTRANJERO. El Valle del Espíritu Santo, 05 de Octubre de 2011 Modificado y Aprobado en CUSO # 09-2013,
Más detallesFUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES
Introducción FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales, en su artículo
Más detallesNORMATIVA PARA LA REALIZACIÓN DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PREVIOS A LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR.
NORMATIVA PARA LA REALIZACIÓN DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PREVIOS A LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR. La Orden ECI1519/2006 de 11 de mayo (BOE 19.05.06),
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES II CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL PERÚ
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES II CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL PERÚ LIMA, 2013 REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES II CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO UNIVERSIDAD
Más detallesNORMATIVA PARA LA SUPERACIÓN DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR
NORMATIVA PARA LA SUPERACIÓN DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR Página 1 de 11 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. De los
Más detallesFACULTAD DE INGENIERIA Y NEGOCIOS UDLA ESCUELA DE INGENIERIA COMERCIAL CARRERA INGENIERIA EJECUCIÓN EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
FACULTAD DE INGENIERIA Y NEGOCIOS UDLA ESCUELA DE INGENIERIA COMERCIAL CARRERA INGENIERIA EJECUCIÓN EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Proceso de Término de Carrera y Examen de Título 2015 Este documento constituye
Más detallesREGLAMENTO DE LA CARRERA DE PSICOLOGÍA PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE LICENCIADO EN PSICOLOGÍA Y DEL TÍTULO PROFESIONAL DE PSICÓLOGO
REGLAMENTO DE LA CARRERA DE PSICOLOGÍA PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE LICENCIADO EN PSICOLOGÍA Y DEL TÍTULO PROFESIONAL DE PSICÓLOGO TÍTULO I OBTENCIÓN DEL GRADO DE LICENCIADO EN PSICOLOGÍA ART.
Más detallesNORMATIVA SOBRE EL TRABAJO DE FIN DE GRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA (Aprobada por Junta de Facultad el 6 de julio de 2012)
NORMATIVA SOBRE EL TRABAJO DE FIN DE GRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA (Aprobada por Junta de Facultad el 6 de julio de 2012) 1. Objeto 1.1 El objetivo de esta normativa es desarrollar
Más detallesREGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION
REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION CAPITULO I GRADOS Y TITULOS Art. 1.- La Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación de la Universidad
Más detallesACUERDO No. 2011-001 MANUEL E. BALDEÓN SECRETARIO NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN. Considerando:
ACUERDO No. 2011-001 MANUEL E. BALDEÓN SECRETARIO NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN Considerando: el Art. 350 de la Constitución de la República del Ecuador señala que: el
Más detallesREGLAMENTO DE EXÁMEN DE GRADO CARRERA DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA
REGLAMENTO DE EXÁMEN DE GRADO CARRERA DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO DE LA CARRERA DE NUTRICION Y DIETETICA DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE LA SANTISIMA CONCEPCION 1.- Disposiciones
Más detallesDiputado Prov. La Vega Bloque PLD. "Año de la Atención Integral a la Primera Infancia"
m^^'^csr^k GENERAL Diputado Prov. La Vega Bloque PLD o«w Santo Domingo de Guzmán, D.N. 29dejuliode2015 "Año de la Atención Integral a la Primera Infancia" Licenciado Abel Martínez Duran Presidente de la
Más detallesGrado en Enfermería. 4.1.1. Vías y requisitos de acceso al título y perfil de ingreso recomendado
4. ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES 4.1. Sistemas de información previa a la matriculación y procedimientos accesibles de acogida y orientación de los estudiantes de nuevo ingreso para facilitar su incorporación
Más detalles(NORMA CONSOLIDADA) Consejo de Gobierno Fecha Aprobación: 28 de junio de 2013 Publicación: 3 de julio de 2013
REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE (NORMA CONSOLIDADA)
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesBuenos Aires, 06 de septiembre de 2012. Carrera Nº 3.886/09
1 RESOLUCIÓN N : 842/12 ASUNTO: Hacer lugar al recurso de reconsideración de la Resolución N 658 - CONEAU 11 y Acreditar con compromiso de mejoramiento la carrera de Maestría en Relaciones Comerciales
Más detallesRESUELVO. Primero. Elección de área de conocimiento y profesores responsables del Prácticum
RESOLUCIÓN DEL DECANO DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA DE 13 DE JULIO DE 2015, SOBRE NORMAS PARA EL DESARROLLO DE LA ASIGNATURA PRÁCTICUM DE LA LICENCIATURA EN DERECHO
Más detallesRespuestas a preguntas frecuentes sobre el reconocimiento de créditos en titulaciones de Grado (FAQ).
Respuestas a preguntas frecuentes sobre el reconocimiento de créditos en titulaciones de Grado (FAQ). Preguntas: 1. Qué es el reconocimiento de créditos? 2. En qué consiste el reconocimiento de créditos?
Más detallesNORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I
NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I (Acuerdo de Consejo de Gobierno núm. 8 de 23 de febrero de
Más detallesPROCESO ADMISONES PROCEDIMIENTO ADMISIONES PROGRAMAS ACADÉMICOS DE POSGRADO ESPECIALIZACIONES MEDICO - QUIRÚRGICAS
PROCESO ADMISONES Revisó: Director de Admisiones y Registro Académico Profesional de Planeación. Coordinador de cada Posgrados Aprobó: Rector Fecha de aprobación: Abril 17 de 2009 Resolución N 642 Página
Más detalles(Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de junio de 2015)
NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN MIGRACIONES INTERNACIONALES Y DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO, DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE ESTUDIOS SOBRE MIGRACIONES
Más detallesTÍTULO VI: TRABAJO FIN DE GRADO
TÍTULO VI: TRABAJO FIN DE GRADO 1 TRABAJO FIN DE GRADO 1.1 Objeto y ámbito de aplicación 1. Esta normativa contiene las directrices relativas a la definición, realización, defensa, calificación y tramitación
Más detalles1. DE LA ESCUELA DE INGENIERIA COMERCIAL Y SUS CARRERAS
FACULTAD DE INGENIERIA Y NEGOCIOS UDLA ESCUELA DE INGENIERIA COMERCIAL CARRERA INGENIERIA COMERCIAL CARRERA INGENIERIA EJECUCIÓN EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Proceso de Término de Carrera y Examen de
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
13112 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación
Más detallesREGLAMENTO BENEFICIOS DE BECAS O DESCUENTOS
Pág. 1 de 9 Elaborado por Lic. Oscar Contreras Ballesteros Coordinador Adm. y Financiero Revisado por M.Sc. Liliana Antelo Enc. Planificación y Seguimiento Académico Aprobado por M.Sc. Teófilo Caballero
Más detallesUniversidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Escuela de Cultura Física y Deporte Licenciatura en Entrenamiento Deportivo REGLAMENTO.
Licenciatura en Entrenamiento Deportivo REGLAMENTO de Academias Julio del 2015 Elaborado por: Lic. Luis Abel Solano Santiago Director Encargado L.C.E. Luis Enrique Ramírez López Coordinador Académico 2
Más detallesCONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 030-2014
CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION Página: 1 de 6 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 030-2014 I CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN (01) ESPECIALISTA SÉNIOR EN ORGANIZACIÓN Y PROYECTOS CÓDIGO:
Más detallesBASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA.
BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA. PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y T ITULOS DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y T ITULOS DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA (Aprobado por Res-037-99-UPT-CU; Modificado por Res. Nº 056-99-UPT-CU, 170-2000- UPT-CU, 174-2000-UPT-CU, 060-2001-UPT-CU, 008-2004-UPT-CU,
Más detallesNORMATIVA DE LA ASIGNATURA TRABAJO FIN DE GRADO DE LA TITULACIÓN DE GRADO EN MEDICINA
NORMATIVA DE LA ASIGNATURA TRABAJO FIN DE GRADO DE LA TITULACIÓN DE GRADO EN MEDICINA 1. DESCRIPCIÓN Y OBJETIVOS DEL TRABAJO FIN DE GRADO (TFG) Consiste en el desarrollo de un trabajo autónomo e individual
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892)
REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892) PAUTAS GENERALES: Artículo Primero: Todo aquel aspirante a la titularidad y/o adscripción a un registro notarial deberá
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE MODIFICACIONES EN LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO
PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE MODIFICACIONES EN LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO Versión 01. - Diciembre de 2014 - ÍNDICE 1. Introducción 3 2. Proceso de evaluación de las modificaciones 4 3. Modificaciones
Más detallesUNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES
REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS (Aprobado por Resolución Rectoral Nro. 1180-2001-CU-R-USMP de 27 de setiembre de 2001) LIMA PERÚ 2 0 0 1 Artículo 1. REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS
Más detallesREGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO
REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Art.1o. Art.2o. Art.3o. La aprobación del grado de especialidad, maestría y doctorado en la Universidad La Salle Victoria para
Más detallesCon fundamento en el artículo 13, inciso V del Decreto de creación del Tecnológico de Estudios Superiores de Huixquilucan.
REGLAMENTO DE CURSOS DE VERANO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con fundamento en el artículo 13, inciso V del Decreto de creación del Tecnológico de Estudios El ámbito de difusión y aplicación del presente documento
Más detallesREGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID. RD 1393/2007.
REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID. RD 1393/2007. Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que
Más detalles2.- Apruébase el siguiente Reglamento y Plan de Estudios: A. REGLAMENTO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
MODIFICA GRADO DE MAGISTER EN FILOSOFIA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0032257 de 10 de noviembre de 2009 1.- Apruébase la modificación al Grado de Magíster
Más detallesTÍTULO I MATRICULACIÓN EN LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA. La Universidad de Córdoba permite dos tipos de matrícula en los estudios de Grado o Máster:
Normas de permanencia y tipos de matrícula para los estudios de Grado y Máster de la Universidad de Córdoba Aprobado en Consejo de Gobierno de 04/03/2011 y Consejo Social de 14/04/2011 La Ley Orgánica
Más detallesRESOLUCIÓN DIRECCIÓN CARRERA DERECHO 6/2014. Establece versión actualizada del Reglamento de Evaluación de la Carrera de Derecho.
Universidad Católica de Temuco Facultad de Ciencias Jurídicas Carrera de Derecho Dirección RESOLUCIÓN DIRECCIÓN CARRERA DERECHO 6/2014 Establece versión actualizada del Reglamento de Evaluación de la Carrera
Más detallesREGLAMENTO DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNHEVAL
1 UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN RECTORADO REGLAMENTO DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNHEVAL HUANUCO PERU 2010 2 REGLAMENTO DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN
Más detallesCONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/01/2014
CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/01/2014 ÍNDICE 1. Aspectos generales. 3 2. Convalidación y exención LOGSE-LOE de módulos profesionales. 5 3. Convalidación
Más detallesREGLAMENTO DE EDUCACIÓN NO PRESENCIAL Y A DISTANCIA CONSIDERANDOS
1 REGLAMENTO DE EDUCACIÓN NO PRESENCIAL Y A DISTANCIA CONSIDERANDOS EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO, CONSIDERANDO QUE: I. Los Estatutos de la Universidad son la base orgánica y jurídica
Más detallesProceso para el Trabajo de Grado
Página 1 de 6 1. Objetivo y Alcance Describir los criterios requeridos para la graduación de estudiantes que han cumplido con los requisitos definidos por la Universidad de Pamplona. Inicia con la Aprobación
Más detallesREGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO, REVALIDACION Y CONVALIDACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS EN EL EXTRANJERO
REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO, REVALIDACION Y CONVALIDACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS EN EL EXTRANJERO DECRETO UNIVERSITARIO EXENTO Nº 006895, DE 22 DE OCTUBRE DE 1993 Artículo
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación)
CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación) El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales
Más detallesREGLAMENTO DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO DE LA ESCUELA DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA
Res. Nº 17 de C.D.C. de 9/XII/2008 Distr. Nº 670/08 D.O. 19/II/2009 REGLAMENTO DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO DE LA ESCUELA DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA I METAS Y FINES Art. 1o.- La Escuela de Nutrición y
Más detallesNormas Académicas de la UP
Normas Académicas de la UP 14. DEL RÉGIMEN DE EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS EN EL NIVEL DE GRADO 14.1. Equivalencias de estudios aprobados antes de ingresar 14.1.1. La Universidad puede reconocer, para completar
Más detalles