Otorgar, renovar, modificar, revocar o declarar caducidad de derechos de uso y aprovechamiento sobre fuentes de agua para consumo humano.

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1 TÉRMINOS DE REFERENCIA CONSULTORÍA POR PRODUCTO (PERSONA NATURAL) ELABORACION DE UN MANUAL DE CONTABILIDAD REGULATORIA Y PLAN ÚNICO DE CUENTAS PARA EPSA COOPERATIVAS Y OTRAS (no públicas) 1. ANTECEDENTES La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico, fiscaliza, controla, supervisa y regula las actividades de agua potable y saneamiento básico en el marco de la Constitución Política del Estado, Ley 2066 y Decreto Supremo 071. Las competencias de la AAPS son: Otorgar, renovar, modificar, revocar o declarar caducidad de derechos de uso y aprovechamiento sobre fuentes de agua para consumo humano. Otorgar, renovar, modificar, revocar o declarar caducidad de derechos de prestación de servicios de agua potable y saneamiento básico. Asegurar el cumplimiento del derecho fundamentalísimo de acceso al agua y priorizar su uso para el consumo humano, seguridad alimentaria y conservación del medio ambiente, en el marco de sus competencias. Regular el manejo y gestión sustentable de los recursos hídricos para consumo humano y servicios de agua potable y saneamiento básico, respetando usos y costumbres de las comunidades, de sus autoridades locales y de organizaciones sociales, en el marco de la CPE. Precautelar, en el marco de la CPE y en coordinación con la Autoridad Ambiental Competente y el Servicio Nacional de Riego, que los titulares de derechos de uso y aprovechamiento de fuentes de agua actúen dentro de las políticas de conservación, protección, preservación, restauración, uso sustentable y gestión integral de las aguas fósiles, glaciares, subterráneas, minerales, medicinales; evitando acciones en las nacientes y zonas intermedias de los ríos, que ocasionan daños a los ecosistemas y disminución de caudales para el consumo humano. Imponer las servidumbres administrativas necesarias para la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico. Regular a los prestadores del servicio en lo referente a planes de operación, mantenimiento, expansión, fortalecimiento del servicio, precios, tarifas y cuotas. Recomendar las tasas que deben cobrar los Gobiernos Autónomos Municipales por los servicios de agua potable y/o saneamiento básico, cuando éstos sean prestadores en forma directa por la Municipalidad. Atender, resolver, intervenir y/o mediar en controversias y conflictos que afecten al uso de recursos hídricos para consumo humano y servicios de agua potable y saneamiento básico. TdR Contabilidad Regulatoria, EPSA Cooperativas y otras octubre 2015 Calidad Agua Potable 1

2 Requerir a las personas naturales o jurídicas y otros entes relacionados con el sector regulado, información, datos y otros aspectos que considere necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Precautelar el cumplimiento de las obligaciones y derechos de los titulares de las autorizaciones, licencias y registros. Por su parte, el Programa para Servicios Sostenibles de Agua Potable y Saneamiento en Áreas Periurbanas (PERIAGUA), de la cooperación técnica alemana GIZ, apoya actividades que fortalecen al ente regulador en el cumplimiento de sus funciones, el reporte de indicadores de gestión de las EPSA y su planificación estratégica. Esta consultoría se enmarcará en las actividades del indicador de calidad del agua potable. 2. JUSTIFICACION El marco regulatorio anterior a la promulgación de la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional, establecía mediante los contratos de concesión la autorización el uso y aprovechamiento del recurso agua y la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario; dentro de la misma se considera la aprobación por el ente regulador del sistema contable de las EPSA, sin considerar la homogenización en un Plan Único de Cuentas para un mejor seguimiento regulatorio. La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, promulgada el 7 de febrero de 2007, y el D.S. 71 de 9 de abril de 2009 de creación de la AAPS, migra los contratos de concesión a Licencias manteniendo las obligaciones establecidas en los citados documentos entre tanto no exista una nueva normativa regulatoria. Las Licencias otorgadas por la AAPS a partir de 2009 a las EPSA, consideran la operación al momento de la otorgación del documento, aprobando indirectamente la contabilidad aplicada por la entidad. Realizado el diagnóstico se ha detectado que los operadores de servicio, de gestión pública, cooperativas y mancomunidades, cuentan con planes de cuentas contables diversas, adecuadas desde las necesidades de la EPSA, o no cuentan con una herramienta informática que les permita realizar el registro económico financiero de la operación de los servicios. En consecuencia el análisis, evaluación y generación de indicadores económico financieros se dificulta y/o genera información distorsionada de la operación de los servicios, ocasionando que no se pueda realizar el análisis comparativo de la situación económica financiera de las EPSA, de acuerdo a sus características y su modelo de gestión. Proyectos como el AQUACRUZ (cofinanciado entre PERIAGUA/GIZ y el Reino de los Países Bajos), dirigido al fortalecimiento institucional de EPSA periurbanas de Santa Cruz, se beneficiarán igualmente de poder contar con un análisis comparativo de desempeño, basado en una contabilidad uniforme. La implementación de un Sistema de Contabilidad Regulatoria para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico, que contenga un Manual y un Plan Único de Cuentas coadyuvará a las EPSA a mantener un registro estructurado de las TdR Contabilidad Regulatoria, EPSA Cooperativas y otras octubre 2015 Calidad Agua Potable 2

3 operaciones económico financieras de la prestación de los servicios y permitirá al regulador realizar la fiscalización y regulación económico financiera de manera oportuna y transparente. Este proceso está planificado para ser implementado de forma gradual, consensuada y participativamente con los actores involucrados y particularmente con las EPSA. El Manual de Contabilidad Regulatoria y el Plan Único de Cuentas, permitirá a las EPSA generar Balances por Servicios, informes contables, financieros y de gestión, necesarios a fin de transparentar y garantizar el buen funcionamiento de los procesos y que sirva para una buena toma de decisiones. Este Manual tiene que estar diseñado para que las EPSA puedan registrar contablemente cada una de sus operaciones de acuerdo con cada actividad específica. El registro de operaciones por actividades permitirá a la AAPS realizar un seguimiento regulatorio por cada actividad que desarrollan las EPSA. Este documento, en el proceso de su construcción, recogerá insumos de las EPSA, para su posterior implementación plena. Asimismo la facilidad de generación de las variables e indicadores de desempeño. Considerando que existen EPSA de modelo público, mancomunitario, cooperativo y otros, se ha visto por conveniente contratar a dos consultores para que se dividan el trabajo. Los presentes TdR están dirigidos a EPSA Cooperativas y otras (no públicas, ni mancomunitarias). Sin embargo, ambos consultores coordinarán estrechamente el desarrollo del marco conceptual, de los productos y la organización/sincronización de talleres. 3. OBJETIVO GENERAL Contar con un Manual de Contabilidad Regulatoria y un Plan Único de Cuentas (PUC) para el sector de Agua potable y Saneamiento en Bolivia, que uniformice el registro de las operaciones financieras realizadas por las EPSA y permita armonizar y homogenizar cuentas de los Estados Financieros presentados a la AAPS a fin de contar con información transparente, confiable y comparable que responda a las normativas contables y sean la base para el seguimiento regulatorio a las EPSA. Esta consultoría se enfocará en las EPSA con modelo de gestión Cooperativo y otros no públicos y se complementará con el trabajo del (de la ) consultor(a) de las EPSA municipales y mancomunitarias. 4. OBJETIVOS ESPECIFICOS Desarrollar la revisión y análisis de procedimientos, planes de cuentas, estructura y asignación de ingresos costos, gastos e inversiones, formas de reporte y sistemas de información, a fin de elaborar el documento Marco Conceptual del Sistema de Contabilidad Regulatoria para el Sector de Agua Potable y Saneamiento en Bolivia, a las EPSA con seguimiento regulatorio y con modelo de gestión Cooperativo y otros (no público, ni mancomunitario). Realizar el reconocimiento y evaluación del sistema contable aplicado actualmente por las EPSA con modelo de gestión Cooperativo y otros según su nivel y/o naturaleza. Definir los niveles y subniveles de desagregación/subdivisión de presentación de la información a utilizar en el Sistema de Contabilidad Regulatoria propuesto. TdR Contabilidad Regulatoria, EPSA Cooperativas y otras octubre 2015 Calidad Agua Potable 3

4 Establecer los rubros que se presentarán para cada nivel o subnivel, considerando los requerimientos del regulador y la práctica contable actual de las EPSA del país. Analizar, evaluar e incluir al menos en forma agregada, servicios no regulados de las EPSA. Analizar, evaluar e incluir cuentas de orden o complementarias, para registrar inversiones adicionales de infraestructura realizadas con financiamiento por terceros pero que son operados y mantenidos por la EPSA. Definir los procedimientos que deberá seguir la AAPS para reglamentar, implementar y hacer exigible el Sistema de Contabilidad Regulatoria del Sector de Agua Potable y Saneamiento a todas las EPSA. Desarrollar el Manual de Contabilidad Regulatoria, el cual debe incluir, entre otros aspectos, lo siguiente: Principios contables generales de la Contabilidad Regulatoria del Sector, relacionados con los principios de contabilidad generalmente aceptados. Glosario de Definiciones, incluyendo la identificación de servicios regulados y no regulados. Plan de cuentas, que defina la estructura, agrupación, y códigos para la clasificación de las empresas y cuentas de la contabilidad regulatoria. Base de datos en Excel con el PUC. Criterios de Imputación: Para cada cuenta se deberá establecer los criterios de identificación, imputación y asiento de transacciones y, con ejemplos, donde se considere conveniente. Realizar la simulación en Excel que muestre que el sistema permite obtener presentaciones alternativas y resumidas del PUC y en especial de resultados de la contabilidad tradicional y de ejercicios alternativos de análisis del desempeño de las EPSA, incluyendo los reportes utilizados rutinariamente por la AAPS para fines de regulación y supervisión. Capacitar a los funcionarios de la AAPS en el manejo de los conceptos involucrados en el establecimiento del Sistema de Contabilidad Regulatoria propuesto. Recoger información de las EPSA, mediante 3 talleres regionales distribuidos geográficamente para lograr la mayor cobertura del País, para evaluar la modalidad de implementación gradual del Manual de Contabilidad Regulatoria y del PUC, en un proceso de adecuación. Definir un cronograma de implementación del nuevo Sistema de Contabilidad Regulatoria de Agua Potable y Saneamiento. Contar con un Plan de Cuentas clasificado por Rubro Contables, con sus respectivos códigos de imputación, que posibilite habilitar Altas de cuentas en la medida de la necesidad y que contemple el saldo de todas las cuentas que lo componen. 5. ALCANCE DE TRABAJO El diseño de marco conceptual del Manual de Contabilidad Regulatoria de Agua Potable y Saneamiento debe realizarse de acuerdo a los procedimientos establecidos en la normativa vigente y en coordinación con el (la) otro(a) consultor(a). El Manual de Contabilidad Regulatoria debe homogenizar las cuentas de los Estados Financieros a fin de contar con información comparable que responda a las normativas contables que sean la base para el seguimiento TdR Contabilidad Regulatoria, EPSA Cooperativas y otras octubre 2015 Calidad Agua Potable 4

5 regulatorio ejercido por la AAPS. El (la) consultor(a) agrupará las Cuentas de Gastos con el fin de obtener los costos por Servicio, por Áreas, por Gerencias, los Gastos Administrativos, Financieros y Generales y sus respectivos Balances, que sirva a las autoridades como herramienta para la tomas de decisiones. El Manual y el Plan de Cuentas deberá ser aplicable a las EPSA con Modelo de gestión Cooperativo y otros (no públicos), que cuenten con Seguimiento Regulatorio, de acuerdo al contexto contenido en la presente consultoría. El Manual de Contabilidad deberá constar la forma de Registro de la cuenta contable mencionada. 6. METODOLOGÍA Para la revisión de la documentación sobre la información requerida (Planes de Cuentas, Estados de Resultados y otros), la AAPS dispondrá de un espacio de trabajo. El personal contraparte facilitará al consultor la información que solicite relacionada a la consultoría. A los cinco días calendario de la fecha de inicio de contrato, el (la) consultor(a) presentará un Plan de Trabajo que contendrá las actividades a realizar a lo largo de la consultoría, y cronograma de trabajo para crear el nuevo Plan de Cuentas y el Manual de Cuentas Contable. Las contrapartes de la AAPS y PERIAGUA/GIZ realizarán sus observaciones en un máximo de dos días hábiles, y una vez aprobado se procederá con el Plan de Trabajo, según cronograma. Al menos una vez cada dos semanas, el consultor informará a los encargados del seguimiento de la AAPS / DER (dos funcionarios) sobre sus avances, dificultades y enfoque del trabajo, en reuniones que se acordarán previamente. En estas reuniones las contrapartes designadas orientarán el trabajo de la consultoría, harán sugerencias sobre el enfoque y recomendaciones. El (La) consultor(a) trabajará en coordinación con los funcionarios del Departamento de Contabilidad de las EPSA, con el fin de que el Plan de Cuentas se adecue a las prácticas contables de las mismas y al modelo de gestión. La coordinación se realizara en tres niveles: 1) documental 2) video llamadas, correo electrónicos, reuniones técnicas y 3) en los talleres de recojo de información. Este proceso se realizará con las EPSAS seleccionadas en el muestreo. El (La) consultor(a) coordinará su trabajo continuamente con el (la) consultor(a) de EPSA municipales y mancomunitarias, retroalimentándose mutuamente y dando coherencia a ambos trabajos. El (La) responsable de seguimiento de la AAPS orientará esta coordinación. Tres semanas antes de la finalización de la consultoría, entregará los borradores preliminares del Plan Único de Cuentas y del Manual de Contabilidad Regulatoria para su discusión y revisión, a fin de que las contrapartes técnicas evalúen los mismos. El (La) consultor(a) realizará una Presentación y Capacitación a los funcionarios de la AAPS, para el manejo y correcta aplicación del Plan de Cuentas y Manual de Contabilidad Regulatoria. La organización de los talleres para recojo de información de las EPSA (preparación de presentaciones, moderación y metodología) estará a cargo del (de TdR Contabilidad Regulatoria, EPSA Cooperativas y otras octubre 2015 Calidad Agua Potable 5

6 la) consultor(a). La logística (selección e invitación a las EPSA y equipo estarán a cargo de la AAPS) y la previsión de local y refrigerios será responsabilidad de PERIAGUA. Se debe considerar los siguientes hitos: Ø Clasificación de las EPSA de acuerdo a su Modelo de Gestión, Categoría, Departamento y de acuerdo al servicio que presta. Ø Diagnóstico del estado del Plan de Cuentas de 46 EPSA con seguimiento regulatorio, tomando en cuenta las observaciones del punto anterior. Ø Análisis de por lo menos 23 EPSA relacionados a su Plan de cuentas y estado de resultados. Ø Elaboración del Plan y Manual de Cuentas de acuerdo a la clasificación de las EPSA (tipos: A,B y C). 7. PRODUCTOS ESPERADOS Un Documento que contenga el Marco Conceptual que incluirá un Informe del análisis de la contabilidad aplicada por las EPSA y sus aplicaciones en servicios de agua potable y saneamiento (Producto1). Un Plan de Cuentas clasificado por Rubro Contables, con sus respectivos códigos de imputación, que posibilite habilitar Altas de cuentas en la medida de la necesidad y que contemple el saldo de todas las cuentas que lo componen, que tengan un enlace con los códigos presupuestarios para obtener información unificada a fin de satisfacer las necesidades Económicas, Financieras, Presupuestarias y de Gestión para la toma de decisiones (Producto 2). Un Manual de Cuentas clasificado en el mismo orden del Plan de Cuentas, en el deberá constar la forma de registración contable de cada una de las cuentas del sector de agua potable y saneamiento que la componen, la descripción si se Debita o se Acredita y su respectivo saldo contable (deudor o acreedor) (Producto 3). Documento que contenga el Plan de Implementación con un programa de capacitación y cronograma de simulacro (Producto 4). 8. INFORMES Nº Concepto Fecha aprox. 1 Plan de trabajo y cronograma Informe intermedio (Producto1) Informe final (Productos 2,3 y4) El Informe Intermedio deberá contener además del Producto 1: Clasificación de las EPSA de acuerdo a su Modelo de Gestión, Categoría, Departamento y de acuerdo al servicio que presta. Diagnóstico del estado del Plan de Cuentas de 46 EPSA con seguimiento regulatorio, tomando en cuenta las observaciones del punto anterior. Análisis de por lo menos 23 EPSA relacionados a su Plan de cuentas y estado de resultados. TdR Contabilidad Regulatoria, EPSA Cooperativas y otras octubre 2015 Calidad Agua Potable 6

7 El Informe final: de todo el proceso, incluyendo la capacitación y los productos como anexos. Cada informe debe entregarse en dos ejemplares impresos y dos ejemplares digitales editables en CD (uno para la AAPS y otro para PERIAGUA). 9. FORMATO DOCUMENTOS Todo informe de la consultoría debe ser presentado en formato PERIAGUA, que será proporcionado al (a la) consultor(a) a la firma del contrato en forma digital vía e- mail. 10. COORDINACION TÉCNICA El (La) consultor(a) trabajará en estrecha coordinación con el personal designado por la AAPS/DER y el (la) consultor(a) encargado(a) de las EPSA públicas. Por parte de PERIAGUA/GIZ, el seguimiento estará a cargo de una persona designada al inicio de la consultoría. 11. LUGAR DE TRABAJO La Consultoría se desarrollará en la ciudad de La Paz. 12. EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA La consultoría ser llevará a cabo por un(a) profesional que cumpla los siguientes requisitos mínimos. FACTORES DE EVALUACION a) FORMACION Y EXPERIENCIA 55 Titulado en Ciencias Económicas (imprescindible). Posgrados en el área financiera o contable (3 pts. por cada diplomado relacionado, 10 por maestría relacionada). Experiencia general de 10 años a partir del título académico 10 Experiencia específica en las siguientes áreas: Puntaje 10 Financiera, administrativa o contable en el sector privado, preferente en cooperativa de agua potable y saneamiento. Mayor a 5 años Mayor a 7 años Mayor a 10 años Conocimiento demostrable en temas contables de: - macroprocesos de instituciones de servicios públicos (agua, saneamiento, energía, otros) - elaboración de flujos de caja - manejo de información presupuestaria y programación operativa (interrelación) b) PROPUESTA TÉCNICA Análisis Objetivos y resultados Metodología de intervención Cronograma c) ENTREVISTA 25 TOTAL 100 Nota: los(as) candidatos(as) deberán especificar explícitamente cada uno de los factores de evaluación en su CV para que sean tomados en cuenta. Sólo quienes hayan superado un puntaje de 60/75 en a) + b), accederán a la entrevista. TdR Contabilidad Regulatoria, EPSA Cooperativas y otras octubre 2015 Calidad Agua Potable 7

8 El comité de selección será conformado por representantes de la AAPS y GIZ. Este comité llevará el proceso de entrevistas con los consultores preseleccionados y elaborará un informe final, con tabla comparativa y recomendación de contratación, las mismas que serán presentadas al Director Ejecutivo de la AAPS y al Coordinador de PERIAGUA. 13. TIEMPO DE CONTRATACIÓN El tiempo de contratación es de tres meses, del 18 de noviembre 2015 al 17 de febrero MONTO DE LA CONSULTORÍA Y FORMA DE PAGO HONORARIOS El monto total de la consultoría es de Bs (Cuarenta y dos mil 00/100 Bolivianos). Los Honorarios se cancelaran de la siguiente manera: No. pago Producto o informe a entregar Fecha Monto Bs. (aprox.) Pago 1 a la aprobación del plan de trabajo 23/11/ Pago 2 a la aprobación del informe intermedio y 11/01/ producto 1 Pago 3 a la aprobación del informe final que contengan los productos 2,3 y 4 17/02/ Los productos deberán ser entregados en doble ejemplar, físico y digital (editable), uno para la AAPS y otro para PERIAGUA. 15. VIAJES OFICIALES Se realizarán dos viajes, uno a la ciudad de Santa Cruz y otro a la ciudad de Cochabamba, los mismos serán definidos en el plan de trabajo. Los gastos de pasajes y viáticos serán cubiertos por el Programa PERIAGUA, según normativa y escala vigente de la GIZ. 16. FACTURACIÓN El/la consultor(a) deberá entregar la factura correspondiente por el total del costo de la consultoría, expedida a nombre de GIZ, sin número de NIT. 17. PROPIEDAD INTELECTUAL Los materiales producidos bajos los presentes Términos de Referencia, tales como diseños metodológicos, escritos, reportes, gráficos, fotografías, cintas magnéticas, programas de computación y demás son de propiedad exclusiva de GIZ. Este derecho propietario continuará vigente aún después de la conclusión de la relación contractual de las partes. El uso de los mismos por parte del/de la consultor/a será posible únicamente con la autorización formal de GIZ. TdR Contabilidad Regulatoria, EPSA Cooperativas y otras octubre 2015 Calidad Agua Potable 8

9 La GIZ podrá autorizar el uso con la mención de la fuente a la contraparte. 18. CONFIDENCIALIDAD El/La consultor/a deberá guardar confidencialidad sobre todo material que le sea entregado para el desempeño de su trabajo y que sea de propiedad de GIZ o de la AAPS. De igual forma no podrá dar a dicho material otro uso que no sirva al cumplimiento de objetivos de la presente consultoría, salvo autorización explícita de GIZ. Nota.- Se comunica que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 065 de 10 de diciembre de 2010 y del Decreto supremo Nº. 778 de 26 de enero de 2011 (Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 065, de Pensiones, en Materia de contribuciones y Gestión de Cobro de contribuciones en Mora), que señala textualmente: Las personas naturales que efectúen trabajo como consultores por producto y consultores, se encuentran en la obligación de efectuar contribuciones mensuales al SIP como asegurados independientes. Dentro del Proceso de Elaboración de contratos GIZ, los pagos al SIP deberán realizarse previamente a los pagos correspondientes a honorarios, inclusive del primer pago de los contratos, (el pago debe efectuarse sobre el Total Ganado). La Paz, octubre 2015 Aceptación a los términos de referencia NOMBRE:.. FIRMA:... Fecha: TdR Contabilidad Regulatoria, EPSA Cooperativas y otras octubre 2015 Calidad Agua Potable 9

Otorgar, renovar, modificar, revocar o declarar caducidad de derechos de uso y aprovechamiento sobre fuentes de agua para consumo humano.

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