BOLETÍN OFICIAL DE LA GUARDIA CIVIL

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "BOLETÍN OFICIAL DE LA GUARDIA CIVIL"

Transcripción

1 Núm. 53 Martes 31 de diciembre de 2013 Sección I Pág Sección I: Disposiciones Generales Disposiciones de la Guardia Civil 4756 Orden General número 8, dada en Madrid a 27 de diciembre de Asunto: Aprobación de las normas de ejecución y desarrollo para determinar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil. La Orden PRE/2900/2011, de 25 de octubre, por la que se regulan los procedimientos para evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil, establece las normas generales por las que han de regirse los citados procedimientos. La disposición final primera de la citada Orden PRE/2900/2011, de 25 de octubre, faculta al Director General de la Guardia Civil para dictar cuantas disposiciones estime necesarias para la ejecución y desarrollo de la misma, disponiendo en el artículo 3 que sea el Director General de la Guardia Civil quien establezca los criterios con arreglo a los cuales se efectuarán las acreditaciones y revalidaciones del grado de capacidad lingüística en idiomas. Asimismo, se hace necesario establecer las circunstancias relacionadas con los resultados de cada una de las pruebas, las condiciones de la reválida y la consolidación de cada una de las pruebas de los niveles funcional, profesional y experto, así como del fin del ciclo de evaluación, los plazos para poder realizar la prueba para el nivel experto con carácter de mejora y los efectos que suponen la pérdida de nivel o la finalización del periodo de vigencia de un perfil. Por otra parte, en cumplimiento a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Orden PRE/2900/2011, de 25 de octubre, la Jefatura de Enseñanza solicitó del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la correspondencia, en su caso, entre los niveles descritos en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y los definidos en el STANAG 6001, a efectos de poder concurrir a las pruebas de nivel previstas en dicha orden, para obtener los perfiles lingüísticos previstos en la misma. Una vez cumplido dicho mandato normativo, y habiéndose pronunciado al respecto el citado ministerio, en el sentido de que compete al órgano convocante establecer las citadas correspondencias, se contempla en la presente orden general la correspondencia y el mecanismo de reconocimiento de niveles a los efectos referidos. En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la Subdirección General de Personal y habiendo sido informada por el Consejo de la Guardia Civil, dispongo: Artículo único. Aprobación. Se aprueban las normas de ejecución y desarrollo para determinar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil, cuyo texto se inserta a continuación. Disposición adicional primera. Consolidación de nivel a quienes tuvieran acreditado anteriormente un perfil lingüístico con carácter permanente. Según lo establecido en la disposición transitoria primera de la Orden PRE/2900/2011, de 25 de octubre, por la que se regulan los procedimientos para evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil, les será

2 Núm. 53 Martes 31 de diciembre de 2013 Sección I Pág reconocida la consolidación de su nivel, con su perfil actual, y en las mismas condiciones que gozaban, a quienes tuvieran acreditado un perfil lingüístico con carácter permanente en ese idioma a la fecha de entrada en vigor de dicha orden ministerial. El personal que posea en esas condiciones un perfil SLP de nivel profesional con carácter permanente, y que voluntariamente lo desee, podrá solicitar tomar parte en pruebas de mejora de perfil lingüístico con arreglo a lo dispuesto en la presente orden general. En este caso, su perfil SLP será modificado como consecuencia del resultado de dichas pruebas. El resultado final puede determinar la obtención de un perfil lingüístico más bajo del que inicialmente se poseía, sin que en ningún caso pueda ser inferior al perfil mínimo del nivel profesional, el SLP El personal que en análogas condiciones poseyera un perfil SLP de nivel funcional permanente, y que solicite tomar parte en las pruebas de acreditación de nivel profesional, podrá hacerlo con arreglo a lo dispuesto en la presente orden general. En este caso, su perfil SLP será modificado como consecuencia del resultado de dichas pruebas. El resultado final puede determinar la obtención de un perfil lingüístico más bajo del que inicialmente se poseía sin que en ningún caso pueda ser inferior al perfil mínimo del nivel funcional, el SLP Disposición adicional segunda. Revalidación del antiguo nivel de conocimiento superior. El personal que disponga de un perfil SLP del antiguo nivel de conocimiento superior que, de acuerdo con la disposición transitoria segunda de la Orden PRE/2900/2011, de 25 de octubre, haya realizado o deba realizar la revalidación correspondiente, podrá optar por la realización de una prueba de nivel profesional o una prueba de nivel experto. El resultado de la prueba será considerado como obtenido en prueba de reválida del nivel elegido. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente orden general. Disposición final única. Entrada en vigor. La presente orden general entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Guardia Civil. Madrid, 27 de diciembre de El Director General de la Guardia Civil, Arsenio Fernández de Mesa Díaz del Río.

3 Núm. 53 Martes 31 de diciembre de 2013 Sección I Pág Normas de ejecución y desarrollo para determinar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil. Primera. Normas generales, niveles de competencia lingüística y pruebas de acreditación/revalidación; otras pruebas. 1. Los niveles de competencia lingüística objeto de evaluación en la Guardia Civil son los siguientes: a. Experto, cuando se posee un perfil SLP b. Profesional, cuando se posee un perfil SLP en el que cada uno de sus rasgos lingüísticos tiene un grado de capacidad lingüística 3 o más elevado y no se tiene reconocido el nivel experto. c. Funcional, cuando se posee un perfil SLP en el que cada uno de sus rasgos lingüísticos tiene un grado de capacidad lingüística 2 o más elevado y no se tiene reconocido el nivel profesional o el experto. d. Supervivencia, cuando se posee un perfil SLP en el que cada uno de sus rasgos lingüísticos tiene un grado de capacidad lingüística 1 o más elevado y no se tiene reconocido el nivel funcional, el profesional o el experto. e. Sin aptitud, resto de perfiles desde el perfil SLP 0000 sin tener reconocido el nivel supervivencia. 2. El periodo máximo de vigencia de un perfil lingüístico finaliza el 31 de diciembre del quinto año, tomando como origen el año en que fueron realizadas las pruebas en las que se obtuvo dicho perfil. 3. Los períodos de tiempo establecidos en la presente orden general, y que habilitan para presentarse a las diferentes pruebas, consolidación de niveles, finalización del ciclo de evaluación y en los que se mantiene la vigencia de los perfiles, se entenderá que son contabilizados de forma continuada y siempre que durante dicho plazo no se haya producido pérdida del nivel que da origen al derecho. 4. Durante el periodo de vigencia de un perfil, el interesado podrá someterse a posteriores pruebas de acreditación o revalidación, según corresponda, con arreglo a las limitaciones establecidas en la presente orden. Cada nuevo perfil SLP obtenido anulará al anterior en vigor y tendrá desde entonces un nuevo periodo de vigencia. En ningún caso se producirá la pérdida del perfil mínimo del nivel de competencia consolidado, pudiendo modificarse dicho perfil como consecuencia de la realización de una prueba posterior de la siguiente forma: a. El personal que tenga consolidado el nivel funcional y que obtenga en una prueba de nivel profesional o experto un perfil lingüístico con un grado de capacidad lingüística inferior a 2 en alguno de sus rasgos, obtendrá un perfil SLP 2222 como resultado de la misma. b. El personal que tenga consolidado el nivel profesional y que obtenga en una prueba de nivel experto un perfil lingüístico con un grado de capacidad lingüística inferior a 3 en alguno de sus rasgos, obtendrá un perfil SLP 3333 como resultado de la misma. 5. En las pruebas de acreditación o revalidación, el interesado sólo podrá examinarse, cada año, de un solo nivel y una sola vez por idioma. No obstante, se realizarán, sin sujeción a periodicidad alguna, las pruebas que puedan exigirse para el desempeño de una determinada actividad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 8 de esta norma.

4 Núm. 53 Martes 31 de diciembre de 2013 Sección I Pág Las pruebas de acreditación/revalidación serán diferentes de acuerdo con el nivel que se pretenda alcanzar y se estructurarán en: 6.1. Tipos de Pruebas: a. Prueba de Nivel Funcional: Para evaluar la competencia lingüística hasta un perfil SLP b. Prueba de Nivel Profesional: Para evaluar la competencia lingüística hasta un perfil SLP Para presentarse a esta prueba se deberá estar en posesión de un perfil lingüístico en vigor de nivel funcional. c. Prueba de Nivel Experto: Para evaluar la competencia lingüística hasta un perfil SLP Para presentarse a esta prueba se deberá estar en posesión de un perfil lingüístico en vigor de nivel profesional El personal que disponga de un perfil SLP en vigor en el quinto año de su periodo de vigencia, podrá realizar, con carácter de reválida, las pruebas a que se refiere el párrafo anterior correspondientes al nivel del perfil que tuviera acreditado, salvo que tuviese consolidado el nivel correspondiente a dicho perfil o concedida la prórroga de su vigencia por alguna de las causas previstas en el artículo 9 de la Orden PRE/2900/2011, de 25 de octubre. No obstante, quienes pretendan revalidar un nivel profesional, podrán optar por la realización de una prueba de nivel profesional o una prueba de nivel experto; y quienes pretendan revalidar un nivel funcional, podrán optar por la realización de una prueba de nivel funcional o una prueba de nivel profesional. Las pruebas a que se someta el interesado antes del quinto año de vigencia de su perfil en vigor no tendrán el carácter de reválida. 7. La obtención, en una prueba de nivel funcional, de un perfil lingüístico con un grado de capacidad lingüística inferior a 1 en alguno de los rasgos, impedirá que el interesado pueda volver a examinarse del idioma en cuestión en los dos años siguientes, contados a partir del año en que se realizó la citada prueba. 8. La prueba que se realice cuando el desempeño de una determinada actividad así lo requiera al amparo de la Disposición Adicional primera de la Orden PRE/2900/2011, de 25 de octubre, así como el resultado obtenido en la misma, no tendrán repercusión alguna a efectos de acreditación, revalidación o mejora ni tendrán por qué ajustarse al formato de las demás pruebas previstas en esta orden general. Segunda. Modificación de los perfiles en caso de finalización del periodo de vigencia o por pérdida de nivel. Se modificarán los perfiles bien como consecuencia de la finalización del periodo de vigencia o como consecuencia de la pérdida de un nivel. Dicha modificación del perfil producirá los siguientes efectos: a. Si el perfil lingüístico corresponde a un nivel funcional no consolidado, a un nivel supervivencia o a un nivel sin aptitud, la anulación del perfil en el idioma en cuestión. b. Si el perfil lingüístico corresponde a un nivel funcional consolidado, un nuevo perfil SLP c. Si el perfil lingüístico corresponde a un nivel profesional no consolidado, un nuevo perfil SLP d. Si el perfil lingüístico corresponde a un nivel profesional consolidado, un nuevo perfil SLP 3333.

5 Núm. 53 Martes 31 de diciembre de 2013 Sección I Pág e. Si el perfil lingüístico corresponde a un nivel experto no consolidado, un nuevo perfil SLP Tercera. Consolidación de niveles. 1. Consolidación es la prolongación indefinida de la validez de un nivel de competencia lingüística, que exime de la obligatoriedad de realizar revalidaciones periódicas, salvo que circunstancias objetivas así lo requieran. 2. Los niveles se consolidarán de acuerdo con lo siguiente: a. Consolidación del nivel funcional: El nivel funcional se consolidará en los siguientes casos: i. Tras la superación en la correspondiente prueba idiomática, de la segunda reválida del nivel funcional. Cuando el interesado hubiera acreditado el nivel funcional tras el reconocimiento obtenido según el procedimiento establecido en la norma quinta, la consolidación se producirá tras la superación de una reválida a través de una prueba de nivel funcional o profesional con un resultado de un perfil SLP de nivel funcional. ii. Tras la acreditación, en la correspondiente prueba idiomática, de un perfil de nivel profesional. iii. Si a partir del décimo año desde la acreditación del nivel funcional concurren simultáneamente las siguientes circunstancias: tiempo el nivel funcional. un perfil de nivel funcional. Cuando el interesado hubiera acreditado el nivel funcional tras el reconocimiento obtenido según el procedimiento establecido en la norma quinta, la consolidación se producirá si a partir del quinto año desde la acreditación del nivel funcional concurren simultáneamente las mismas circunstancias anteriores. b. Consolidación del nivel profesional: El nivel profesional se consolidará en los siguientes casos: i. Tras la superación de una reválida, a través de una prueba de nivel profesional o experto, con un resultado de un perfil SLP de nivel profesional. ii. Tras la acreditación, en la correspondiente prueba idiomática, del nivel experto. iii. Si a partir del quinto año desde la acreditación del nivel profesional concurren simultáneamente las siguientes circunstancias: tiempo el nivel profesional. un perfil de nivel profesional. c. Consolidación del nivel experto: El nivel experto se consolidará cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: i. Tras la superación de una prueba de reválida de nivel experto con el resultado de un perfil SLP ii. Tras la obtención de un perfil SLP 4444 en alguna prueba de mejora de las previstas en la norma Cuarta.

6 Núm. 53 Martes 31 de diciembre de 2013 Sección I Pág Cuarta. Fin del ciclo de evaluación y pruebas de mejora de perfil lingüístico. 1. Dará por finalizado el ciclo de evaluación, la consolidación como consecuencia de una reválida, del nivel profesional o experto. También se dará por finalizado el ciclo de evaluación de aquéllos en quienes concurran las circunstancias contempladas en la norma Segunda, letra e) o en la norma Tercera, apartado 2, letra b), punto iii. 2. Una vez finalizado el ciclo de evaluación, el interesado no podrá realizar una prueba de nivel experto con carácter de mejora ni en el año de finalización del ciclo ni en el siguiente año. 3. De no alcanzarse el nivel experto en una prueba de mejora, el interesado no podrá realizar una nueva prueba de mejora ni en el año de realización de aquélla ni en el siguiente año. 4. El perfil lingüístico de nivel profesional en vigor en el momento de realizar una prueba de mejora podrá modificarse tras su resultado, de la siguiente forma: a. Si se ha obtenido un grado de capacidad lingüística inferior a 3 en alguno de los rasgos, el nuevo perfil en vigor será SLP b. Si se ha obtenido un perfil intermedio correspondiente al nivel profesional en el que alguno de sus rasgos sea superior a 3, se mantendrá la vigencia del perfil obtenido hasta el 31 de diciembre del quinto año, contado desde el que se realizó la prueba de mejora o, en su caso, hasta que se realice otra prueba de mejora antes de transcurrir dicho plazo. Quinta. Procedimiento de solicitud y efectos de los reconocimientos de nivel en los idiomas de interés para la Guardia Civil. 1. Como resolución del procedimiento de consulta previsto en la disposición adicional cuarta de la Orden PRE/2900/2011, de 25 de octubre, se establecen las correspondencias que figuran en el apartado 1 del anexo, a efectos de concurrir a las pruebas para evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil. Se considerarán, a los mismos efectos, los niveles cursados en otros centros educativos siempre que hayan sido reconocidos expresamente por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y que permitan el acceso a las enseñanzas de las escuelas oficiales de idiomas en el idioma correspondiente. 2. Por otro lado, se establecen las correspondencias que figuran en el apartado 2 del anexo, a efectos de concurrir a las pruebas para evaluar la competencia lingüística en los idiomas que específicamente se indican, al personal que acredite con respecto a los mismos, los certificados en vigor no nacionales que para cada uno se señalan. 3. El personal que acredite tener alguna de las titulaciones contempladas en el anexo o en el párrafo segundo del apartado primero de esta norma, podrá solicitar, por una sola vez en el idioma correspondiente, el reconocimiento del nivel pertinente (supervivencia, funcional, profesional o experto según proceda) conforme a dicha correspondencia, a los solos efectos de concurrencia a las pruebas de acreditación que se convoquen, pudiendo realizar las pruebas del nivel que se le reconozcan excepto cuando se reconozca el nivel supervivencia en cuyo caso podrán realizar las pruebas del nivel funcional.

7 Núm. 53 Martes 31 de diciembre de 2013 Sección I Pág El nivel que se le reconozca mediante esta correspondencia no surtirá efecto alguno en el expediente académico del interesado. Tampoco supondrá la convalidación de perfil SLP alguno ni será válido dicho reconocimiento a efectos de consolidación de nivel. Simplemente facultará al interesado para realizar, previa solicitud, las pruebas de nivel correspondiente que se convoquen con carácter general. El nivel reconocido permitirá al interesado participar, por una sola vez, en las pruebas de acreditación que se convoquen en alguna de las dos convocatorias que se publiquen después de la fecha del reconocimiento, para evaluar la competencia lingüística en el idioma reconocido. De no realizar dicha prueba en los plazos señalados, quedará sin efecto el reconocimiento y sometido el afectado, desde entonces, a las normas generales de acreditación. No obstante, caso de concurrir causas excepcionales, debidamente justificadas, que impidieran al interesado asistir a las pruebas de acreditación en alguna de las dos convocatorias citadas, podrá solicitar mediante instancia dirigida al General Jefe de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil la participación en una convocatoria posterior tras haber cesado dichas causas. 4. La solicitud del reconocimiento de un nivel en un idioma determinado, de los previstos en la norma primera, se hará mediante instancia dirigida al General Jefe de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, y deberá estar acompañada del título o certificación académica oficial original o su respectiva copia compulsada, no siendo válidas las papeletas de calificaciones o documentos análogos. En su caso, deberán aportar copia del convenio por el que se reconozca expresamente por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte los niveles referidos en el párrafo segundo del apartado primero de esta norma.

8 Núm. 53 Martes 31 de diciembre de 2013 Sección I Pág Anexo 1. Se establecen las siguientes correspondencias a efectos de concurrir a las pruebas para evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil: a. El Certificado de Nivel Intermedio del Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, obtenido en una escuela oficial de idiomas, por el nivel funcional en el idioma correspondiente. b. El Certificado de Nivel Avanzado del Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o Ciclo Superior del Real Decreto 967/1988, de 2 de septiembre, sobre Ordenación de las Enseñanzas correspondientes al primer nivel de las enseñanzas especializadas de idiomas, obtenidos en una Escuela Oficial de Idiomas, por el nivel profesional en el idioma correspondiente. c. El certificado de Nivel C1 al que hace referencia el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su disposición adicional segunda, obtenido en una escuela oficial de idiomas, por el nivel profesional en el idioma correspondiente. d. Titulación universitaria de Licenciatura o de Grado en el ámbito de la Filología o de las Lenguas, por el nivel experto en el idioma correspondiente. e. Titulación universitaria de Licenciatura o de Grado en el ámbito de la Traducción o la Interpretación, por el nivel experto en la Lengua B (primera Lengua Extranjera). 2. Se establecen las siguientes correspondencias, a efectos de concurrir a las pruebas para evaluar la competencia lingüística en los idiomas que específicamente se indican, al personal que acredite con respecto a los mismos, los certificados en vigor no nacionales que para cada uno se señalan: 2.1. En el idioma ingles: a) Trinity College London (ESOL): exámenes ISE (Integrated Skills in English): 1.º ISE II («pass with merit» o «distinction» en los dos bloques) por el nivel supervivencia. 2.º ISE III (pass with merit» o «distinction» en los dos bloques) por el nivel funcional. 3.º ISE IV (pass with merit» o «distinction» en los dos bloques) por el nivel profesional. b) International English Language Testing System (IELTS): 1.º La obtención de una puntuación mínima de 5.5 puntos en uno de los rasgos de comprensión y en uno de los rasgos de expresión, y, una puntuación mínima de 6 puntos en los otros dos rasgos, por el nivel supervivencia. 2.º La obtención de una puntuación mínima de 6 puntos en los rasgos de expresión oral y escrita, y, mínima de 6,5 puntos en los de comprensión oral y escrita, por el nivel funcional. 3.º La obtención de una puntuación mínima de 6,5 puntos en cada uno de los rasgos, por el nivel profesional. c) Test of English as a Foreign Language (TOEFL), prueba TOEFL-IBT Test: 1.º La obtención de una puntuación comprendida entre 13 y 20 en el rasgo de comprensión oral, 19 y 22 en el rasgo de expresión oral, 8 y 21 en el rasgo de

9 Núm. 53 Martes 31 de diciembre de 2013 Sección I Pág comprensión escrita y 17 y 20 en el rasgo de expresión escrita, por el nivel supervivencia. 2.º La obtención de una puntuación comprendida entre 21 y 25 en el rasgo de comprensión oral, 23 y 27 en el rasgo de expresión oral, 22 y 27 en el rasgo de comprensión escrita y 21 y 27 en el rasgo de expresión escrita, por el nivel funcional. 3.º La obtención de una puntuación igual o superior a 26 en el rasgo de comprensión oral e igual o superior a 28 en los rasgos de expresión oral, comprensión escrita y expresión escrita, por el nivel profesional. d) Test of English for International Communication (TOEIC): se deberán realizar obligatoriamente las pruebas TOEIC Listening and Reading Test y TOEIC Speaking and Writing Test: 1.º La obtención de las siguientes puntuaciones por el nivel supervivencia: i) TOEIC Listening: igual o superior a 275 ii) TOEIC Reading: igual o superior a 275 iii) TOEIC Speaking: igual o superior a 120 iv) TOEIC Writing: igual o superior a º La obtención de las siguientes puntuaciones por el nivel funcional: i) TOEIC Listening: igual o superior a 400 ii) TOEIC Reading: igual o superior a 385 iii) TOEIC Speaking: igual o superior a 160 iv) TOEIC Writing: igual o superior a º La obtención de las siguientes puntuaciones por el nivel profesional: i) TOEIC Listening: igual o superior a 468 ii) TOEIC Reading: igual o superior a 438 iii) TOEIC Speaking: igual o superior a 178 iv) TOEIC Writing: igual o superior a 174 e) University of Cambridge-ESOL Examinations (Cambridge-ESOL): Certificate of Proficiency in English (CPE) con un grado «A», «B» y «C», o Certificate in Advanced English(CAE) con un grado «A» y «B», por el nivel profesional. Certificate in Advanced English (CAE) con un grado «C», o First Certificate in English (FCE) con un grado «A», por el nivel funcional En el idioma francés: Diplomas DELF (Diplôme d Etudes en Langue Française) y DALF (Diplôme Approfondi de Langue Française): 1.º Diploma DELF B1, por el nivel supervivencia. 2.º Diploma DELF B2, por el nivel funcional. 3.º Diploma DALF C1 o C2, por el nivel profesional En el idioma alemán: a) Certificados Goethe-Institut: 1.º Goethe-Zertifikat B1: Zertifikat Deutsch (ZD), por el nivel supervivencia. 2.º Goethe-Zertifikat B2, por el nivel funcional. 3.º Goethe-Zertifikat C1 o Goethe-Zertifikat C2: Grosses Deutsches Sprachdiplom (GDS), por el nivel profesional. b) Österreichisches Sprachdiplom Deutsch (ÖSD): 1.º ÖSD B1 Zertifikat Deutsch (ZD), por el nivel supervivencia. 2.º ÖSD B2 Mittelstufe Deutsch (MD), por el nivel funcional. 3.º ÖSD C1 Oberstufe Deutsch (OD), por el nivel profesional En el idioma italiano: a) Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana, CELI (Università per Stranieri di Perugia): 1.º Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana, Livello 2 (CELI 2), por el nivel supervivencia.

10 Núm. 53 Martes 31 de diciembre de 2013 Sección I Pág º Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana, Livello 3 (CELI 3), por el nivel funcional. 3.º Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana, Livello 4 y Livello 5 (CELI 4 y 5), por el nivel profesional. b) Certificazione di Italiano come Lingua Straniera, CILS (Università per Stranieri di Siena): 1.º CILS Uno B1, por el nivel supervivencia. 2.º CILS Due B2, por el nivel funcional. 3.º CILS Tre C1 y CILS Quattro C2, por el nivel profesional. c) Progetto Lingua Italiana Dante Alighieri, PLIDA (Società Dante Alighieri): 1.º PLIDA B1, por el nivel supervivencia. 2.º PLIDA B2, por el nivel funcional. 3.º PLIDA C1 y PLIDA C2, por el nivel profesional. d) Certificazione dell italiano come Lingua Straniera L2 (Università degli Studi di Roma Tre): 1.º Ele. IT, Certificato di Competenza Elementare in Italiano come Lingua Straniera, por el nivel supervivencia. 2.º Int. IT, Certificato di Competenza Intermedia in Italiano come Lingua Straniera, por el nivel funcional. 3.º IT, Certificato di Italiano come Lingua Straniera, por el nivel profesional En el idioma portugués: 1.º Diploma Elementar de Português Língua Estrangeira (DEPLE), por el nivel supervivencia. 2.º Diploma Intermédio de Português Língua Estrangeira (DIPLE), por el nivel funcional. 3.º Diploma Avançado de Português Língua Estrangeira (DAPLE) y Diploma Universitário de Português Língua Estrangeira (DUPLE), por el nivel profesional En el idioma ruso: Test of Russian as Foreign Language (TORFL o TRKI, transcripción latina de las siglas en ruso): 1.º TRKI 1, por el nivel supervivencia. 2.º TRKI 2, por el nivel funcional. 3.º TRKI 3 y 4, por el nivel profesional. BOLETÍN OFICIAL DE LA GUARDIA CIVIL

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Orden PRE/2900/2011, de 25 de octubre, por la que se regulan los procedimientos para evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil. Ministerio

Más detalles

3. El momento en que deberá acreditarse el nivel B1 de idioma extranjero será aquel determinado en la memoria de verificación de cada título.

3. El momento en que deberá acreditarse el nivel B1 de idioma extranjero será aquel determinado en la memoria de verificación de cada título. Nº de Anuncio: Reglamento por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la Acreditación de la Competencia Lingüística para la obtención de los Títulos de Grado en la Universidad de Córdoba

Más detalles

Decanato Facultad de Filología 20 de julio de 2011 (Actualizado con fecha 10/11/2015)

Decanato Facultad de Filología 20 de julio de 2011 (Actualizado con fecha 10/11/2015) Reconocimiento de créditos ECTS de las asignaturas de lenguas extranjeras de los Grados de la Facultad de Filología según el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER) del Consejo de Europa

Más detalles

CAPÍTULO 1. Disposiciones generales. Artículo 1. Ámbito de aplicación.

CAPÍTULO 1. Disposiciones generales. Artículo 1. Ámbito de aplicación. NORMA POR LA QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS LINGÜÍSTICAS EN LOS ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA (Aprobada en Consejo de Gobierno de 22 de enero

Más detalles

TABLA DE EQUIVALENCIAS PARA EL NIVEL B1 Idioma Alemán

TABLA DE EQUIVALENCIAS PARA EL NIVEL B1 Idioma Alemán TABLA DE EQUIVALENCIAS PARA EL NIVEL B1 Idioma Alemán Las certificaciones que se presenten deberán contemplar las 4 destrezas ligadas al nivel de competencias B1 del MERC o superiores. Es necesario que

Más detalles

II.- AUTORIDADES Y PERSONAL

II.- AUTORIDADES Y PERSONAL AÑO XXXIV Núm. 121 23 de junio de 2015 20503 II.- AUTORIDADES Y PERSONAL SITUACIONES E INCIDENCIAS Consejería de Educación, Cultura y Deportes Orden de 11/06/2015, de la Consejería de Educación, Cultura

Más detalles

Certificación de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas

Certificación de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas Certificación de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas INGLÉS Oficina Relaciones Internacionales-UMH:.4 University of Cambridge: Preliminary English Test (PET) o Council of Europe

Más detalles

(Aprobado en Consejo de Gobierno el 2 de marzo de 2010)

(Aprobado en Consejo de Gobierno el 2 de marzo de 2010) ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE UNA LENGUA EXTRANJERA PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Y PARA EL ACCESO AL MÁSTER DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO DE ENSEÑANZA

Más detalles

Vicerrectorado de Docencia y Relaciones Internacionales Universidad de Castilla-La Mancha

Vicerrectorado de Docencia y Relaciones Internacionales Universidad de Castilla-La Mancha ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE UNA LENGUA EXTRANJERA PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Y PARA EL ACCESO A DETERMINADOS ESTUDIOS DE MÁSTER UNIVERSITARIO (Aprobado

Más detalles

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PROTOCOLO DE EVALUACIÓN AYUDAS DESTINADAS A FINANCIAR LA CONTRATACIÓN PREDOCTORAL DE PERSONAL INVESTIGADOR DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, COFINANCIADAS POR EL FONDOS SOCIAL

Más detalles

1) Relación de equivalencias entre las asignaturas de lenguas extranjeras del Grado de Turismo y los niveles del MCERL (Tabla 1).

1) Relación de equivalencias entre las asignaturas de lenguas extranjeras del Grado de Turismo y los niveles del MCERL (Tabla 1). Reconocimiento de créditos de las asignaturas de lenguas extranjeras del Grado en Turismo por estudios de idiomas en centros acreditados, de acuerdo con los niveles establecidos en el Marco Común Europeo

Más detalles

ACREDITACIÓN DEL NIVEL DEL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS

ACREDITACIÓN DEL NIVEL DEL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS CONVOCATORIA DE FECHA 6 DE MAYO DE 2011 DEL VICERRECTORADO DE ORDENACIÓN ACADÉMICA Y ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, RELATIVA A LA ACREDITACIÓN DE

Más detalles

AUXILIARES DE CONVERSACIÓN ESPAÑOLES EN EL EXTRANJERO

AUXILIARES DE CONVERSACIÓN ESPAÑOLES EN EL EXTRANJERO AUXILIARES DE CONVERSACIÓN ESPAÑOLES EN EL EXTRANJERO CRITERIOS DE AUTOBAREMACIÓN DE MÉRITOS. CURSO 2016/17 1. Calificación media del expediente académico sobre 10 1... Calificación sobre 15 Fórmula: calificación

Más detalles

CONVOCATORIA ERASMUS+ 2016-2017 PRUEBAS DE IDIOMAS. comprensión (30%) -Redacción (70%) comprensión(30%)

CONVOCATORIA ERASMUS+ 2016-2017 PRUEBAS DE IDIOMAS. comprensión (30%) -Redacción (70%) comprensión(30%) CONVOCATORIA ERASMUS+ 2016-2017 PRUEBAS DE IDIOMAS IDIOMA NIVEL FECHA HORA AULA TIPO DE PRUEBA INFORMACIÓN INGLÉS (escrito) INGLÉS (oral) FRANCÉS (escrito) FRANCÉS (oral) B2 9-NOVIEMBRE 9:30h 001 Parte

Más detalles

CONVOCATORIA DE MONITORES PARA LA UNIVERSIDAD POPULAR BASES

CONVOCATORIA DE MONITORES PARA LA UNIVERSIDAD POPULAR BASES CONVOCATORIA DE MONITORES PARA LA UNIVERSIDAD POPULAR El Ayuntamiento de Calzada de Calatrava convoca UNA plaza para MONITOR/A DE INGLÉS. BASES Primera. Objeto. Se convoca una plaza de Monitor/ a para

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Núm. 270 Miércoles 9 de noviembre de 2011 Sec. I. Pág. 116652 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 17630 Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades

Más detalles

Sincelejo Colombia Ordenanza 01 de 1977, Resolución MEN 1064 de 1995. Anexo de la Resolución N 05 de 2015 INSTITUCIÓN FUENTE. ETS Educational Testing

Sincelejo Colombia Ordenanza 01 de 1977, Resolución MEN 1064 de 1995. Anexo de la Resolución N 05 de 2015 INSTITUCIÓN FUENTE. ETS Educational Testing INGLÉS FCE First Certificate in University of Cambridge English ESOL examinations CAE Certificate in University of Cambridge Advanced English ESOL examinations CPE Certificate of University of Cambridge

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 167 Sábado 13 de julio de 2013 Sec. I. Pág. 52150 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 7708 Real Decreto 476/2013, de 21 de junio, por el que se regulan las condiciones

Más detalles

ACREDITACIÓN DEL NIVEL B1 DEL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS

ACREDITACIÓN DEL NIVEL B1 DEL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS ANUNCIO DEL VICERRECTORADO DE ORDENACIÓN ACADÉMICA Y ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, POR EL QUE SE HACE PÚBLICA LA INSTRUCCIÓN RELATIVA A LA ACREDITACIÓN

Más detalles

La Laguna, a 23 de mayo de 2011. El Secretario General, Juan M. Rodríguez Calero.

La Laguna, a 23 de mayo de 2011. El Secretario General, Juan M. Rodríguez Calero. INSTRUCCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA EN RELACIÓN A LA MATRÍCULA DE MASTERES OFICIALES PARA EL CURSO ACADÉMICO 2011-12 DE ESTA UNIVERSDIDAD EN RELACIÓN A LA ACREDITACIÓN DE

Más detalles

Certificados válidos para la acreditación del nivel de idioma extranjero en estudios de Grado y Máster. INGLÉS - Tabla 1

Certificados válidos para la acreditación del nivel de idioma extranjero en estudios de Grado y Máster. INGLÉS - Tabla 1 INGLÉS - Tabla 1 Escuela Oficial de Idiomas APTIS (British Council / UAH Cambridge English Language Assessment ESOL Examinations General 1 BEC ICFE / ILEC IELTS BULATS (Four skills) Educational Testing

Más detalles

DISPONGO: Artículo 1. Objeto del real decreto.

DISPONGO: Artículo 1. Objeto del real decreto. PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES DE CUALIFICACIÓN Y FORMACIÓN QUE DEBEN POSEER LOS MAESTROS DE LOS CENTROS PRIVADOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y DE EDUCACIÓN PRIMARIA. El artículo

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 126 de 2-vi-2014 1/6 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Universidad de Oviedo Acuerdo de 23 de mayo de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se establece

Más detalles

Conocimientos de una lengua extranjera equivalentes al nivel B1 TABLA DE REQUISITOS

Conocimientos de una lengua extranjera equivalentes al nivel B1 TABLA DE REQUISITOS Conocimientos de una lengua extranjera equivalentes al nivel B1 TABLA DE REQUISITOS Centro de Idiomas, Universidad de León (CURSO ACADÉMICO 2014/2015) i) Lista de certificados oficiales admitidos para

Más detalles

REGLAMENTO DE IDIOMAS

REGLAMENTO DE IDIOMAS Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino Centro de Estudios de Filosofía y Teología de la Orden de Predicadores Artículo 1: Finalidad REGLAMENTO DE IDIOMAS El presente Reglamento define y regula la

Más detalles

Habilitación lingüística

Habilitación lingüística Habilitación lingüística Guía práctica 2015 ANPE, el sindicato de la enseñanza pública Docentes como tú C/ O'Donnell, 42-1.º A 28009 Madrid Tels.: 915 213 111 y 915 214 348 Fax: 915 230 404 anpe@anpe-madrid.com

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Acuerdo de 27 de mayo de 2014, de Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por la que se establece el procedimiento de admisión, los criterios de valoración y el orden de prelación en la adjudicación

Más detalles

ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9

ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9 ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9 ACUERDO DE CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA Y DEL GRUPO G-9 DE UNIVERSIDADES, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, LOS

Más detalles

ACUERDO. Tercero.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra

ACUERDO. Tercero.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN Y EL ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO PARA DETERMINADAS

Más detalles

NORMAS REGULADORAS DE LA CAPACITACIÓN LINGÜÍSTICA EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

NORMAS REGULADORAS DE LA CAPACITACIÓN LINGÜÍSTICA EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA ACUERDO DE NORMATIVA QUE REGULA LA CAPACITACIÓN LINGÜÍSTICA EN LOS ESTUDIOS DE GRADO Las normas reguladoras de los estudios de grado de la Universidad Pública de Navarra, aprobadas mediante acuerdo del

Más detalles

ANEXO I ESPECIALIDADES (ENSEÑANZAS SUPERIORES DE MÚSICA) TITULACIONES

ANEXO I ESPECIALIDADES (ENSEÑANZAS SUPERIORES DE MÚSICA) TITULACIONES ANEXO I ESPECIALIDADES (ENSEÑANZAS SUPERIORES DE MÚSICA) - Lengua Alemana TITULACIONES Licenciado en Filología Alemana o grado Licenciado en Traducción e Interpretación de alemán o grado Certificado de

Más detalles

TOEFL ibt. TOEIC (4 destrezas) 3 Créditos ECTS. 3 Créditos ECTS ECTS ACT 7. Listening 490-495 Reading 455-495 Speaking 200 Writing 200 1345

TOEFL ibt. TOEIC (4 destrezas) 3 Créditos ECTS. 3 Créditos ECTS ECTS ACT 7. Listening 490-495 Reading 455-495 Speaking 200 Writing 200 1345 EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (GRADOS) CREDITOS. Nivel mínimo de acreditación (siempre y cuando este requisito no esté ya incluido en el propio plan de estudios o haya sido alcanzado

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Pág. 43416 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/493/2013, de 20 de junio, por la que se modifican las Órdenes EDU/1061/2008, de 19 de junio, por

Más detalles

Artículo 2. Procedimiento de admisión de estudiantes con el título de Bachillerato Europeo.

Artículo 2. Procedimiento de admisión de estudiantes con el título de Bachillerato Europeo. NORMATIVA QUE REGULA LOS PRINCIPIOS GENERALES PARA LA ADMISIÓN, LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN Y EL ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO PARA DETERMINADAS

Más detalles

(CURSO ACADÉMICO 2013/2014)

(CURSO ACADÉMICO 2013/2014) Lista de certificados oficiales admitidos para acreditar tener conocimiento de una lengua extranjera equivalente al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas: aprendizaje, enseñanza

Más detalles

EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (PLAN ANTIGUO)

EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (PLAN ANTIGUO) EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (PLAN ANTIGUO) C2 C1 Idioma Inglés Nivel 11 Nivel 10 Nivel 9 Nivel 8 ON-LINE Idioma Inglés (10 créditos) Solo por 1 curso al año On-line 10 AULA MULTIMEDIA

Más detalles

INFORMACIÓN ASIGNATURA DE IDIOMA MODERNO EN LOS TÍTULOS DE GRADO Curso Académico 2010-2011

INFORMACIÓN ASIGNATURA DE IDIOMA MODERNO EN LOS TÍTULOS DE GRADO Curso Académico 2010-2011 INFORMACIÓN ASIGNATURA DE IDIOMA MODERNO EN LOS TÍTULOS DE GRADO Curso Académico 2010-2011 Centro Universitario de Idiomas Universidad Rey Juan Carlos ÍNDICE 1. OBJETIVOS DE LA ASIGNATURA...pag. 2-3 2.

Más detalles

EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (GRADOS) CREDITOS ECTS

EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (GRADOS) CREDITOS ECTS EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (GRADOS) CREDITOS C2 Idioma Inglés (5 créditos ) ON-LINE Idioma Inglés 4 créditos Solo por 1 curso al año AULA MULTIME DIA (2,5 Créditos por dos niveles)

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones TÍTULO PRIMERO:

Más detalles

Conocimientos de una lengua extranjera equivalentes al nivel B1 para la preinscripción en el Máster Universitario Oficial en Profesorado de Educación

Conocimientos de una lengua extranjera equivalentes al nivel B1 para la preinscripción en el Máster Universitario Oficial en Profesorado de Educación Conocimientos de una lengua extranjera equivalentes al nivel B1 para la preinscripción en el Máster Universitario Oficial en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional y Enseñanza

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 34505 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación y Universidades 4686 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 2 de diciembre de 2016, por la que se determina

Más detalles

A) HISTORIAL ACADÉMICO: (MÁX. 12 PUNTOS)

A) HISTORIAL ACADÉMICO: (MÁX. 12 PUNTOS) MINISTERIO DE JUSTICIA TRIBUNAL CALIFICADOR UNICO CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA -PROMOCIÓN INTERNA- (Orden JUS/1959/2013, de 17 de octubre) ACUERDO DE 4 DE JUNIO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS CAPITULO I : DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto Artículo 2.- Unidad responsable Artículo 3.- Nivel de conocimiento

Más detalles

(Publicada en el Boletín Oficial de Navarra de 26 de marzo de 2013)

(Publicada en el Boletín Oficial de Navarra de 26 de marzo de 2013) ORDEN FORAL 32/2013, DE 11 DE MARZO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE DETERMINAN LOS PERFILES ESPECÍFICOS QUE PUEDE ACREDITAR EL PERSONAL DOCENTE Y SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA ACREDITACIÓN

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS CONSEJO ACADÉMICO ACUERDO ACADÉMICO N 014 DE 2014 (Agosto 14)

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS CONSEJO ACADÉMICO ACUERDO ACADÉMICO N 014 DE 2014 (Agosto 14) EL En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, especialmente las conferidas por la Ley 30 de 1992 y el Acuerdo Superior N 004 de 2009, y CONSIDERANDO 1. Que el Plan Decenal de Educación 2006-2015,

Más detalles

REGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS

REGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS REGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), en el ejercicio

Más detalles

II.- AUTORIDADES Y PERSONAL

II.- AUTORIDADES Y PERSONAL AÑO XXX Núm. 224 16 de noviembre de 2011 38257 II.- AUTORIDADES Y PERSONAL SITUACIONES E INCIDENCIAS Consejería de Educación, Cultura y Deportes Resolución de 03/11/2011, de la Viceconsejería de Educación,

Más detalles

ALEMÁN. Certificado de Ciclo Elemental expedido por cualquier Escuela Oficial de Idiomas (con fecha igual o anterior a 2008)

ALEMÁN. Certificado de Ciclo Elemental expedido por cualquier Escuela Oficial de Idiomas (con fecha igual o anterior a 2008) ALEMÁN igual o anterior a 2008) Goethe Institut TestDaf-Institut Certificado ZD (Zertifikat Deutsch) Certificado ZDj (Zertifikat Deutsch für Jugendliche) Goethe-Zertifikat B2 Certificado ZDfB (Zertifikat

Más detalles

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS.

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. Esta guía trata de resumir la nueva normativa (Orden 2694/2009 de

Más detalles

Artículo 2. Procedimiento de admisión de estudiantes con el título de Bachillerato Europeo.

Artículo 2. Procedimiento de admisión de estudiantes con el título de Bachillerato Europeo. NORMATIVA DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN Y EL ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE

Más detalles

EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (PLAN ANTIGUO)

EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (PLAN ANTIGUO) EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (PLAN ANTIGUO) C2 C1 Idioma Inglés Nivel 11 Nivel 10 Nivel 9 Nivel 8 ON-LINE Idioma Inglés (10 créditos) Solo por 1 curso al año On-line 10 AULA MULTIMEDIA

Más detalles

EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (PLAN ANTIGUO)

EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (PLAN ANTIGUO) C2 CURSO GENERAL Idioma Inglés Nivel 11 Nivel 10 CURSO ON-LINE Idioma Inglés (10 créditos) Solo por 1 curso al año EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (PLAN ANTIGUO) AULA MULTIMEDIA CURSOS

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE LOS CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN PREÁMBULO

REGLAMENTO SOBRE LOS CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN PREÁMBULO REGLAMENTO SOBRE LOS CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN (Aprobado en Junta de Gobierno de 18 de abril de 2000, modificado en Junta de Gobierno de 30 de enero de 2001 y 18 de diciembre de 2001, modificado

Más detalles

INFORMACIÓN ADICIONAL

INFORMACIÓN ADICIONAL INFORMACIÓN ADICIONAL Requisitos académicos para estudios de nivel no universitario. 7.1. Para obtener beca o ayuda en los estudios de Enseñanzas Medias es preciso para el curso 2011-2012 haber promocionado

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 45 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 10 ORDEN 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejeria de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula

Más detalles

NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PREÁMBULO. SECCIÓN 1ª. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 1. Objeto. El presente reglamento tiene como

Más detalles

SERVICIO CENTRAL DE IDIOMAS UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

SERVICIO CENTRAL DE IDIOMAS UNIVERSIDAD DE SALAMANCA EQUIVALENCIAS CERTIFICADOS EN IDIOMAS: MECR A1 A2 B1 B2 C1 C2 ALEMÁN Start Deutsch 1 Start Deutsch 2 SCI: Alemán 2B/Ciclo Zertifikat Deutsch (ZD) EOI SCI: Alemán 4B/Ciclo Superior Goethe-Zertifikat B2

Más detalles

Lo indicado en los dos párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los demás supuestos de jubilación voluntaria legalmente previstos.

Lo indicado en los dos párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los demás supuestos de jubilación voluntaria legalmente previstos. ÁREA DE (Disposición Vigente a 18/11/2008, en todo lo que no se oponga al Estatuto Básico del Empleado Público ni a la Ley Orgánica de Universidades.) Ley 27/1994, de 29 septiembre BOE 30 septiembre 1994,

Más detalles

ANGLÈS. Institució/Organisme B1 B2 C1 C2. Certificats de nivell B2 propis de les universitats catalanes

ANGLÈS. Institució/Organisme B1 B2 C1 C2. Certificats de nivell B2 propis de les universitats catalanes Taula de certificats i diplomes que acrediten els coneixements d una tercera llengua (anglès, francès, alemany i italià) de nivell B1 o superior, segons el Marc europeu comú de referència per a les llengües

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO 2660 RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2014, de la Vicerrectora de Estudios de Grado e Innovación de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea,

Más detalles

I. Disposiciones Generales

I. Disposiciones Generales I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE ORDEN de 22 de agosto de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establecen

Más detalles

NORMATIVA PARA LA PERMANENCIA DE ESTUDIANTES EN LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

NORMATIVA PARA LA PERMANENCIA DE ESTUDIANTES EN LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID NORMATIVA PARA LA PERMANENCIA DE ESTUDIANTES EN LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID Preámbulo Desde la aprobación de la última normativa sobre permanencia de estudiantes por el Consejo Social, mediante Acuerdo

Más detalles

NORMATIVA CEP-CEU A) CALIFICACIONES

NORMATIVA CEP-CEU A) CALIFICACIONES NORMATIVA CEP-CEU A) CALIFICACIONES La calificación de los módulos de Formación en Centro Educativo se expresará en valores numéricos de 1 a 10 sin decimales. Se considerarán positivas las calificaciones

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 19310 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 12 de julio de 2010 por la que se regula el procedimiento de convalidación entre las enseñanzas profesionales de música y danza y la Educación Secundaria Obligatoria

Más detalles

(Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de junio de 2015)

(Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de junio de 2015) NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN MIGRACIONES INTERNACIONALES Y DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO, DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE ESTUDIOS SOBRE MIGRACIONES

Más detalles

DECRETO RECTORAL No. 1093 (23 de noviembre de 2009)

DECRETO RECTORAL No. 1093 (23 de noviembre de 2009) DECRETO RECTORAL No. 1093 (23 de noviembre de 2009) Por el cual se reglamentan la segunda y tercera lengua para los programas académicos de pregrado del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. El

Más detalles

FCE (First Certificate in English) BEC Preliminary BEC Vantage BEC Higher. ICFE Vantage. ILEC Vantage

FCE (First Certificate in English) BEC Preliminary BEC Vantage BEC Higher. ICFE Vantage. ILEC Vantage Página 12919 INGLÉS Cambridge University General English Exams Cambridge: Business English Certificates Cambridge: International Certificate in financial English Cambridge: International Legal English

Más detalles

EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (GRADOS) CREDITOS ECTS

EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (GRADOS) CREDITOS ECTS EQUIVALENCIAS NIVELES / EXÁMENES OFICIALES DE INGLES (GRADOS) CREDITOS C2 CURSO GENERAL Idioma Inglés (5 créditos CURSO ON-LINE Idioma Inglés 4 créditos Solo por 1 curso al año AULA MULTIMEDI A (2,5 Créditos

Más detalles

ANEXO II CERTIFICADOS DE IDIOMAS RECOÑECIDOS POLA USC. Inglés

ANEXO II CERTIFICADOS DE IDIOMAS RECOÑECIDOS POLA USC. Inglés ANEXO II CERTIFICADOS DE IDIOMAS RECOÑECIDOS POLA USC Inglés CLM (Centro de Linguas Modernas da USC): nivel /.2 Anglia Ascentis ESOL examinations, Intermediate (general, business) APTIS (British Council)

Más detalles

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO:

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO: 13734 RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2015, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por el alumnado

Más detalles

Teléfono de Información 012 www.gva.es

Teléfono de Información 012 www.gva.es Qué se puede solicitar? Nombre del trámite Proceso de preinscripción y matrícula para el curso académico 2014-2015 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana. Objeto del trámite El

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 13112 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación

Más detalles

Orden de 26 de abril 2011

Orden de 26 de abril 2011 (Disposición Vigente) Orden de 26 de abril 2011 LIB 2011\145 LENGUA CATALANA. Regula la homologación de los estudios de lengua catalana de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato con los

Más detalles

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA 1 NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS: Exposición de Motivos. El Real Decreto 1393/2007,

Más detalles

TIPO CERTIFICADO A1 A2 B1 B2 C1 C2 ACLES A1 CERT A2 CERT B1 CERT B2 CERT C1 CERT C2 CERT BUSINESS LANGUAGE

TIPO CERTIFICADO A1 A2 B1 B2 C1 C2 ACLES A1 CERT A2 CERT B1 CERT B2 CERT C1 CERT C2 CERT BUSINESS LANGUAGE Idioma Inglés TIPO CERTIFICADO A1 A2 B1 B2 C1 C2 ACLES A1 CERT A2 CERT B1 CERT B2 CERT C1 CERT C2 CERT BUSINESS LANGUAGE 20-39 40-59 60-74 75-89 90-100 TESTING SERVICE (BULATS) CAMARA DE COMERCIO LONDRES

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 253 de 31-x-2014 1/6 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Universidad de Oviedo Acuerdo de 14 de octubre de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se aprueba

Más detalles

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y COOPERACION TERRITORIAL

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y COOPERACION TERRITORIAL Proyecto de REAL DECRETO.. /, de de, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñará sus funciones en las Etapas de Educación infantil y de Educación primaria

Más detalles

ACREDITACIÓN DE UN SEGUNDO IDIOMA PARA PODER OBTENER EL TÍTULO DE GRADO

ACREDITACIÓN DE UN SEGUNDO IDIOMA PARA PODER OBTENER EL TÍTULO DE GRADO ALUMNOS QUE INICIARION LOS ESTUDIOS DE GRADO EN LA FACULTAD EN EL CURSO ACADÉMICO 2010/11, 2011/12 ó 2012/13 Podrán efectuar la acreditación del conocimiento de un idioma distinto del castellano y de las

Más detalles

Aprobada en sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2014

Aprobada en sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2014 NORMATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN Y EL ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES

Más detalles

5.2.1. DECRETO 32/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas.

5.2.1. DECRETO 32/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas. 5.2.1. DECRETO 32/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas. El Estatuto de Autonomía para Cantabria atribuye a esta Comunidad

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL

REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL (Aprobado por el Consejo de Gobierno, sesión de 29 de abril de 2010 y modificado en

Más detalles

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS AÑO XXXII Núm. 147 31 de julio de 2013 21236 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Universidad de Castilla-La Mancha Resolución de 25/07/2013, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba

Más detalles

Fecha/Hora: 24/06/2013 19:05:56. Firmante: Q3018001B - SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD DE MURCIA. Código seguro de verificación: QVJDMUFBQUxJUQ==

Fecha/Hora: 24/06/2013 19:05:56. Firmante: Q3018001B - SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD DE MURCIA. Código seguro de verificación: QVJDMUFBQUxJUQ== Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos en las Enseñanzas de Grado y Máster conducentes a la obtención de los correspondientes títulos oficiales de la Universidad de Murcia (Aprobado

Más detalles

NORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS EN LOS ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA

NORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS EN LOS ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA NORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS EN LOS ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA (Aprobada por el Consejo de Gobierno de 28 de mayo de 2014)

Más detalles

Escuela de Ciencias de la Comunicación Colectiva

Escuela de Ciencias de la Comunicación Colectiva Escuela de Ciencias de la Comunicación Colectiva Procedimientos para la aprobación del requisito del Segundo Idioma Plan de Estudios 2012 La Universidad tiene la responsabilidad de formar profesionales

Más detalles

ANEXO I. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos.

ANEXO I. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. ANEXO I Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Más detalles

TÍTULO V: LA CAPACITACIÓN LINGÜÍSTICA EN LENGUA INGLESA

TÍTULO V: LA CAPACITACIÓN LINGÜÍSTICA EN LENGUA INGLESA TÍTULO V: LA CAPACITACIÓN LINGÜÍSTICA EN LENGUA INGLESA 1. EL PLAN DE CAPACITACIÓN LINGÜÍSTICA Como rasgo propio de los graduados de la Universidad de Cantabria, y de acuerdo a sus líneas de actuación

Más detalles

1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres

1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.3. CONSEJO DE GOBIERNO 1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior Reglamento de reconocimiento

Más detalles

-LEY ORGÁNICA 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.(BOE Núm.147, de 20 de junio) Disposición adicional cuarta

-LEY ORGÁNICA 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.(BOE Núm.147, de 20 de junio) Disposición adicional cuarta CONVALIDACIONES EN FP NORMATIVA GENERAL -LEY ORGÁNICA 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.(BOE Núm.147, de 20 de junio) Disposición adicional cuarta -Real Decreto

Más detalles

IDIOMA INGLÉS CERTIFICADOS OFICIALES ADMITIDOS POR EL CSIM Y SU CORRESPONDENCIA CON EL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS * Ver nota

IDIOMA INGLÉS CERTIFICADOS OFICIALES ADMITIDOS POR EL CSIM Y SU CORRESPONDENCIA CON EL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS * Ver nota IDIOMA INGLÉS Certificados Homologados ACLES A2 CERT B1 CERT B2 CERT C1 CERT C2 CERT CAMBRIDGE: GENERAL ENGLISH EXAMS KEY ENGLISH TEST (KET) PRELIMINARY ENGLISH TEST (PET) FIRST CERTIFICATE IN ENGLISH

Más detalles

CAPÍTULO I: REGLAS GENERALES APLICABLES AL RECONOCIMIENTO

CAPÍTULO I: REGLAS GENERALES APLICABLES AL RECONOCIMIENTO REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO DE CREDITOS POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS, QUE DESARROLLA EL REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (aprobado

Más detalles

1. Niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL)

1. Niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) ACREDITACIÓN DE NIVELES DE INGLÉS DE ACUERDO AL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS PARA ESTUDIANTES DE LA ESCUELA DE NEGOCIOS NOVACAIXAGALICIA 1. Niveles del Marco Común Europeo de Referencia

Más detalles

Ref: Solicitud de información respecto a certificaciones aceptadas por la Universidad Nacional para acreditar el idioma Inglés

Ref: Solicitud de información respecto a certificaciones aceptadas por la Universidad Nacional para acreditar el idioma Inglés OLE- 002-15 Bogotá, 28 de enero de 2015 UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS DEPARTAMENTO DE LENGUAS EXTRANJERAS DIRECCIÓN Profesor CARLOS ALBERTO ZÁRATE YEPES Secretario

Más detalles

Grado en Criminología y Seguridad

Grado en Criminología y Seguridad Grado en Criminología y Seguridad Datos del título Denominación del Título: Graduado o Graduada en Criminología y Seguridad por la Universidad de Cádiz Rama de Conocimiento: Ciencias Sociales y Jurídicas

Más detalles

NÚMERO 57 Lunes, 24 de marzo de 2014

NÚMERO 57 Lunes, 24 de marzo de 2014 9048 DECRETO 39/2014, de 18 de marzo, por el que se establecen los requisitos específicos de acreditación de la competencia lingüística en lengua extranjera para impartir áreas, materias o módulos en los

Más detalles

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL BASES PARA LA CONVOCATORIA DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL 1) UN/A MONITOR/A DE TIEMPO LIBRE PARA EL CAMPO DE TRABAJO ARQUEOLÓGICO. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. La presente convocatoria, con

Más detalles

IDIOMA INGLÉS CERTIFICADOS OFICIALES ADMITIDOS POR EL CSIM Y SU CORRESPONDENCIA CON EL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS

IDIOMA INGLÉS CERTIFICADOS OFICIALES ADMITIDOS POR EL CSIM Y SU CORRESPONDENCIA CON EL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS IDIOMA INGLÉS MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS Certificados Homologados ACLES A2 CERT B1 CERT B2 CERT C1 CERT C2 CERT CAMBRIDGE: GENERAL ENGLISH EXAMS KEY ENGLISH TEST (KET) PRELIMINARY

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Orden DEF/538/2003, de 4 de marzo, por la que se establece la estructura y funciones de la Escuela Militar de Idiomas.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Orden DEF/538/2003, de 4 de marzo, por la que se establece la estructura y funciones de la Escuela Militar de Idiomas. Orden DEF/538/2003, de 4 de marzo, por la que se establece la estructura y funciones de la Escuela Militar de Idiomas. Ministerio de Defensa «BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2003 Referencia: BOE-A-2003-5303

Más detalles

REQUISITO DE INGLÉS EN LA UPC

REQUISITO DE INGLÉS EN LA UPC REQUISITO DE INGLÉS EN LA UPC I. De la exigencia del requisito Durante sus estudios, el alumno debe estar en capacidad de comprender textos en inglés. El aprendizaje de esta lengua es progresivamente exigido

Más detalles

VICERRECTORADO DE POSGRADO Y CONVERGENCIA EUROPEA

VICERRECTORADO DE POSGRADO Y CONVERGENCIA EUROPEA homologación a títulos y grados académicos de posgrado, se ha considerado conveniente establecer el siguiente procedimiento en términos análogos al establecido por el Estado, introduciendo algunos aspectos

Más detalles