REGULACIÓN LEGAL DE LAS VACACIONES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGULACIÓN LEGAL DE LAS VACACIONES"

Transcripción

1 CIRCULAR JULIO (I) / 12 Página 1 de 7 I. Introducción. El marco legal REGULACIÓN LEGAL DE LAS VACACIONES El derecho a unas vacaciones periódicas retribuidas se encuentra constitucionalmente reconocido a todos los trabajadores por cuenta ajena (Art de la Constitución Española), y desarrollado en el Art. 38 Estatuto de los Trabajadores (E.T.), ver anexo al presente informe. Pero además de lo fijado en el E.T., las vacaciones encuentran frecuentemente su regulación material y de detalle en los Convenios Colectivos de aplicación a cada empresa. De hecho, existe una gran diversidad en la forma en que cada Convenio Colectivo (sectorial o empresarial) da respuesta a las distintas cuestiones que plantea el desarrollo del derecho a las vacaciones. Igualmente empresa y trabajador pueden pactar en su contrato de trabajo la regulación material del disfrute de las vacaciones, siempre con respeto a la ley y al Convenio Colectivo de obligada aplicación II. Duración y retribución de las vacaciones a) Duración: El Art E.T., reconoce el derecho al disfrute de unas vacaciones anuales retribuidas de duración no inferior a 30 días naturales, por año completo de prestación de servicios. Así por tanto, para el trabajador que no ha prestado servicios durante todo el año, las vacaciones deben tener una duración proporcional al tiempo de servicios prestados. La duración mínima legal puede ser mejorada, bien por vía de Convenio Colectivo o contrato de trabajo, pero en ningún caso se puede establecer una duración inferior a 30 días naturales por año completo de prestación de servicios. Es cada vez más frecuente que se fije la duración de las vacaciones en días laborables, lo que significa que para su disfrute no se tendrán en cuenta, a efectos del cómputo, los sábados, los domingos y los festivos. b) Retribución: Durante el periodo de disfrute de las vacaciones el trabajador queda exonerado de la obligación de prestar servicios para la empresa a la que se encuentra vinculado, si bien ésta tiene la obligación de retribuir al trabajador en dicho periodo. Ahora bien, el disfrute del periodo de vacaciones retribuidas es un derecho pero también una obligación indisponible del trabajador, hasta el extremo que el E.T. prohíbe la compensación económica por la renuncia a las vacaciones, por lo que será nulo todo pacto por el que el trabajador renuncie al disfrute de sus vacaciones a cambio de una compensación económica. El salario que devengará el trabajador durante el periodo de vacaciones debe ser aquel que venga percibiendo de forma habitual antes del inicio del periodo de vacaciones.

2 HISPAJURIS Página 2 de 7 En el cálculo de la retribución de los periodos de vacaciones, quedan excluidos los conceptos retributivos no salariales (como por ejemplo, el plus transporte ). III. Fijación del período de disfrute De conformidad con lo establecido en el artículo 38.2 del E.T., para determinar las fechas exactas en las que los trabajadores disfrutarán de su periodo vacacional, habrá que estar a lo previsto en el convenio colectivo de aplicación, las cláusulas del contrato de trabajo, o en su caso, al acuerdo entre la empresa y los trabajadores, o en su defecto, los representantes de éstos. El acuerdo debe alcanzarse en un plano de igualdad, no siendo posible la imposición por ninguna de las partes de un periodo de disfrute de las vacaciones, salvo por necesidades de producción, o por la propia actividad de la empresa, y estando en todo caso, a criterios objetivos y de buena fe, además de a lo establecido en los Convenios Colectivos de aplicación, en relación con la planificación anual de las vacaciones. En consecuencia, no cabe la determinación unilateral del ámbito temporal en el que se disfrutará el periodo vacacional, alegando imposibilidad de acuerdo, o reiteración de años anteriores. En cuanto al momento del disfrute, la ley no determina si el periodo vacacional debe ser disfrutado de forma ininterrumpida, o si es posible fraccionarlo en varias partes. Ante el silencio normativo, habrá que estar a lo dispuesto en los Convenios Colectivos, o en su defecto al acuerdo mutuo de las partes. Es principio jurisprudencial que las vacaciones tienen que disfrutarse dentro del año natural de su devengo, debido a que el derecho a dicho disfrute prescribe cuando concluye el año natural al que corresponden, y no podrán compensarse económicamente si el trabajador no las ha podido disfrutar (salvo en los supuestos de terminación del contrato, baja médica, o salvo en las situaciones de maternidad o de paternidad). Sin embargo, sí es lícito el pacto entre las partes por el que las vacaciones no disfrutadas durante el año al que correspondan se puedan disfrutar en unas fechas específicas del año siguiente. El documento en el que se plasma el acuerdo al que han llegado la empresa y los trabajadores, es el calendario de vacaciones, el cual, se ha de fijar en cada empresa, al menos con dos meses de antelación a la fecha de comienzo de su disfrute. IV. Situaciones de baja médica Tras la publicación de la reforma laboral de Febrero de 2012, se ha modificado el Art. 38 del E.T., añadiendo un nuevo párrafo (ver anexo a este informe) en el que se recoge lo establecido por la jurisprudencia reciente en cuanto a las situaciones de baja médica, que impiden total o parcialmente al trabajador el disfrute de las vacaciones en el periodo previamente establecido: a) Baja médica anterior a las vacaciones: En los supuestos en los que el trabajador esté de baja por incapacidad temporal, ya sea por contingencia común o contingencia profesional, que imposibilite total o parcialmente, el disfrute de las vacaciones durante el período previamente establecido para el disfrute de éstas, no se computará dicho periodo como vacacional, quedando en suspenso el derecho a las vacaciones, pero conservando el derecho del trabajador a disfrutarlas cuando finalice su situación de baja médica, siempre y cuando no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se han generado dichas vacaciones.

3 HISPAJURIS Página 3 de 7 b) Baja médica durante las vacaciones: Este caso es similar al supuesto anterior, con la diferencia de que el trabajador queda imposibilitado como consecuencia de su situación de baja médica, para disfrutar las vacaciones, una vez iniciadas las mismas. Igualmente, establece el Art. 38 del E.T. que se aplaza el disfrute de las vacaciones pendientes a partir del momento en el que finalice su situación de baja médica. El trabajador tendrá derecho a disfrutar el tiempo de vacaciones cuando finalice su situación de incapacidad, teniendo en cuenta que no hayan transcurrido dieciocho meses a partir del final del año en que se han generado dichas vacaciones, perdiendo el derecho en el caso de haber transcurrido dicho período. c) Cómo se acredita la situación de baja médica? Sin embargo la redacción del Art. 38 del E.T. genera dudas en su aplicación, en aquellos supuestos en los que al tiempo de producirse la baja médica, el trabajador no se encuentre dentro del territorio español, puesto que para obtener la situación de baja por incapacidad temporal, es necesario que sea emitida por un facultativo del sistema de sanidad español, o por aquellos centros o entidades autorizadas expresamente por la normativa española, como por ejemplo las mutuas de accidentes de trabajo. Por ello, entendemos que la novedad introducida en el Artículo 38 del E.T. no será de aplicación para aquellos trabajadores que se encuentren de vacaciones fuera del territorio nacional, y que durante el disfrute de las mismas incurran en situación de incapacidad temporal. Por lo tanto, en estas circunstancias no quedarán suspendidas las vacaciones y se seguirán considerando como periodo de disfrute de las mismas los días en situación de incapacidad temporal. Al ser ésta una novedad legislativa de gran importancia práctica, habrá que estar a los criterios de la jurisprudencia que se generen en los próximos años sobre esta cuestión. V. Situaciones de maternidad y paternidad Los trabajadores que se encuentren en situación de incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o lactancia natural, paternidad o suspensión del contrato de trabajo en las situaciones previstas en el Artículo 48.4 y 48 bis del E. T., verán suspendido el disfrute de las vacaciones, teniendo el trabajador derecho a disfrutarlas una vez finalizada la incapacidad temporal o a la finalización del permiso que le corresponda al trabajador (por ejemplo paternidad), así como al finalizar el periodo de suspensión del contrato de trabajo, aunque haya terminado el año natural al que corresponden las vacaciones suspendidas. Debe puntualizarse que, al igual que en las situaciones de baja médica por otras contingencias a las comentadas en el presente punto, el derecho de suspensión y aplazamiento del disfrute de las vacaciones será tanto para los casos en los que el hecho causante que impide el disfrute de las mismas sea anterior al inicio de las vacaciones ya establecidas, como para los casos en los que la situación de maternidad, u otras de las situaciones mas arriba indicadas, se produzca durante el disfrute de las vacaciones, quedando en suspensión las vacaciones pendientes de disfrutar.

4 HISPAJURIS Página 4 de 7 VI. Resolución de conflictos Si no fuera posible llegar a un acuerdo entre las partes, sobre el momento concreto en el que deben disfrutarse las vacaciones, o si una vez fijadas en el calendario laboral, cualquiera de las partes incumpliera dicho acuerdo, habría que acudir a la jurisdicción social para resolver estas diferencias. La Ley de Jurisdicción Social, ha establecido un procedimiento sumario para determinar la fecha en la que los trabajadores disfrutarán de su periodo estival: a) Cuando la fecha esté precisada en convenio colectivo, o por acuerdo entre el empresario y los representantes de los trabajadores, o hubiera sido fijada unilateralmente por aquél, el trabajador dispondrá de un plazo de veinte días, a partir de aquel en que tuviera conocimiento de dicha fecha, para presentar la demanda en el Juzgado de lo Social. b) Cuando no estuviera señalada la fecha de disfrute de las vacaciones, la demanda deberá presentarse, al menos, con dos meses de antelación a la fecha de disfrute pretendida por el trabajador. En este procedimiento especial y sumario, donde prima la urgencia y la celeridad, no es necesaria la conciliación previa, ante la jurisdicción social. La celebración del juicio oral habrá de señalarse dentro de los cinco días siguientes al de la admisión de la demanda. La sentencia deberá ser dictada en el plazo de tres días, y no podrá ser objeto de recurso. En la práctica habitual, los Jueces con anterioridad a celebrar el juicio oral, exhortan a las partes para que alcancen un acuerdo, por cuanto dicha solución amistosa será siempre mejor aceptada que la que contenga la sentencia. VII. Preguntas frecuentes 1º) Cuándo deben disfrutarse las vacaciones en una empresa? En cada empresa debe fijarse un calendario de vacaciones que debe ser publicado con al menos dos meses de antelación al comienzo del disfrute de las mismas, para el conocimiento de los trabajadores. Es discutida la opinión que establece la posibilidad a favor de la empresa para fijar unilateralmente el calendario de vacaciones. Son varias las sentencias que han dispuesto que el periodo de vacaciones debe fijarse de conformidad entre el empresario y los trabajadores, o en su caso, los representantes de éstos; y no cabe su determinación unilateral alegando imposibilidad de acuerdo, o reiteración de años anteriores. Las vacaciones tienen que disfrutarse dentro del año natural de su devengo, y no podrán compensarse económicamente si el trabajador no las ha podido disfrutar (salvo en los supuestos de terminación del contrato, I.T., o situaciones derivadas de la maternidad o paternidad). 2º) Existe alguna ley en España que conceda prioridad a los trabajadores/as que tengan hijos en edad escolar, para elegir unas fechas de disfrute de sus vacaciones? No existe normativa específica a tal efecto, a excepción de lo que dispongan de forma concreta los Convenios Colectivos de aplicación a cada empresa.

5 HISPAJURIS Página 5 de 7 3º) Es sancionable la conducta de un empresario por incumplir el pacto al que ha llegado con sus trabajadores sobre el periodo en el que tendrá lugar el disfrute de las vacaciones? La transgresión de las normas y límites legales o pactados en materia de vacaciones se considera infracción grave, y puede ser sancionada con multa de 626 a euros (arts. 7.5 y 40.1 (b), del R.D. Leg. 5/2000). 4º) Puede el trabajador imponer a la empresa el período vacacional? El período concreto en el que los trabajadores van a disfrutar de sus vacaciones, debe ser fruto de la negociación entre el empresario y los trabajadores, salvo que exista una previsión específica en el contrato de trabajo o en el Convenio Colectivo de aplicación a la empresa. Las negociaciones se producen en un plano de igualdad, no siendo posible la imposición por ninguna de las partes de un periodo de disfrute de las vacaciones, salvo por necesidades de producción, o por la propia actividad de la empresa, y estando en todo caso, a criterios objetivos y de buena fe, además de a lo establecido en los Convenios Colectivos de aplicación, o en el contrato de trabajo en relación con la planificación anual de las vacaciones. En consecuencia, el trabajador no puede imponer unilateralmente a la empresa el periodo vacacional que desea disfrutar. 5º) Solución judicial de conflictos sobre vacaciones: Qué ocurre en caso de desacuerdo entre empresa y trabajadores con respecto a las fecha de disfrute de las vacaciones? Para la determinación de la fecha de disfrute se ha establecido de forma expresa un procedimiento especial y sumario, sin necesidad de conciliación previa, ante la jurisdicción social, contra cuya sentencia no cabe recurso. En el supuesto de que la fecha de disfrute de las vacaciones estuviese fijada con anterioridad, el trabajador tiene un plazo de 20 días para presentar la demanda; en caso contrario, es decir, cuando no hay fecha señalada, el plazo para presentar la demanda es indeterminado. En la práctica habitual los Jueces con anterioridad a dictar sentencia, exhortan a las partes a que alcancen un acuerdo. 6º) Cómo se determinan las vacaciones de los trabajadores contratados por Empresas de Trabajo Temporal? Los trabajadores contratados mediante E.T.T estarán a lo dispuesto en el Convenio Colectivo de la empresa usuaria. 7º) Duración mínima de las vacaciones y periodo de prestación de servicios Según lo establecido en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores la duración de las vacaciones es de 30 días naturales por año completo de prestación de servicios. Mediante Convenio Colectivo o contrato de trabajo, se puede aumentar el periodo vacacional, incluso establecer su disfrute mediante el computo de días laborables, siempre que dicho sistema de cómputo equivalga, como mínimo, a 30 días naturales. Existe una regla de proporcionalidad, según el cual cuando el trabajador no ha prestado servicios durante todo el año, las vacaciones deben tener una duración proporcional al tiempo de servicios prestados. 8º) Cómo se computan los días de vacaciones, días naturales o sólo laborables?

6 HISPAJURIS Página 6 de 7 Para establecer el computo de los días de vacaciones naturales disfrutados por los trabajadores, salvo pacto en contrario, se cuentan los domingos y festivos. En el supuesto que el trabajador decida comenzar a disfrutar su periodo vacacional en domingo, este no se computa como día de vacaciones, debido a que se trata del descanso devengado por el trabajador durante la semana. Por ejemplo, aquellos trabajadores que disfruten de sus vacaciones del 1 al 31 de Julio de 2012, el cómputo de las mismas empezaría desde el lunes 2 de Julio, con lo que el día 31 de dicho mes habrán completado los 30 días naturales de vacaciones anuales. 9º) Para determinar el periodo devengado por vacaciones en los casos de extinción de la relación laboral, se computa el tiempo transcurrido en el año natural en el que han de disfrutarse las vacaciones, o desde la terminación del disfrute anterior? Es correcto el criterio de empezar el devengo el 1 de enero del año, y no desde que finaliza el periodo de disfrute anterior, incluso en los casos de terminación del contrato de trabajo. Por ejemplo, si el trabajador ha sido contratado el 1 de Julio, y su contrato vence el 31 de Diciembre del mismo año, tendrá derecho a disfrutar de la mitad de vacaciones que sus compañeros. 10º) Es legal la compensación económica del período vacacional devengado y no disfrutado en caso de extinción de la relación contractual? El disfrute de las vacaciones no puede sustituirse por prestación económica alguna, y únicamente es legal la compensación económica, cuando se produce el cese de la relación laboral y no ha sido posible disfrutar las vacaciones devengadas pendientes. (STS de 17 de Septiembre de 2002) El disfrute de las vacaciones no puede sustituirse por prestación económica alguna, y únicamente es legal la compensación económica cuando se produce el cese de la relación laboral y no ha sido posible disfrutar las vacaciones pendientes a la fecha de terminación del contrato. Esta es la única situación en la que es posible la compensación económica, que será proporcional a la duración del tiempo trabajado, estando sujeta esta retribución a cotización a la Seguridad Social. 11º) Cómo se cotizan de las vacaciones en supuestos de extinción de la relación laboral? El período vacacional retribuido por extinción de la relación laboral, ha de ser objeto de cotización complementaria a la del mes de finalización del contrato, periodo en el cual el trabajador se encuentra en situación asimilada al alta. La cotización se realizará de la totalidad de los días de duración de las vacaciones devengadas y no disfrutadas, aun cuando alcancen también el siguiente mes natural o se inicie una nueva relación laboral durante los mismos, y con aplicación, en su caso, del tope máximo de cotización correspondiente al mes o meses que resulten afectados. 12º) Es posible compatibilizar el disfrute del periodo de vacaciones y el cobro de la prestación por desempleo? No es posible puesto que el desempleado se encuentra en situación asimilada al alta por igual número de días de vacaciones que le quedaban pendientes de devengar, y deberá solicitar su prestación por desempleo una vez haya finalizado este periodo. 13º) Cómo se retribuye el periodo vacacional disfrutado por los trabajadores?

7 HISPAJURIS Página 7 de 7 Durante el periodo de vacaciones el trabajador deberá percibir igual remuneración salarial que la que viene percibiendo de forma ordinaria. En consecuencia, deben tenerse en cuenta para el cálculo de la retribución en periodo de vacaciones, la totalidad de los conceptos salariales ordinarios, quedando excluidos los no salariales (como por ejemplo, el plus de transporte). No deben incluirse en el cálculo de dicha retribución las pagas extraordinarias y bonus anuales. 14º) Es posible trabajar para otras empresas o por cuenta propia durante las vacaciones? El apartado 1 del artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores establece la imposibilidad de prestar servicios para el mismo empresario que nos retribuye el periodo de vacaciones. Pero nada establece sobre la prestación de servicios para otro empresario. En consecuencia con lo dispuesto en el precepto citado, la jurisprudencia y la doctrina prohibían la prestación de servicios durante el periodo de disfrute de vacaciones, considerándose causa de despido disciplinario. Sin embargo esta interpretación sufrió un cambio de 180 grados en la Sentencia del Tribunal Constitucional de 27 de octubre de 2003, que establece el derecho a favor del trabajador de prestar servicios para otra empresa, durante su periodo de vacaciones. El Tribunal Constitucional considera que de no ser así, se estaría vulnerando la dignidad de los trabajadores, ya que supondría negar la libertad durante el periodo de vacaciones para que el trabajador despliegue su personalidad del modo que considere más conveniente. El debate que se plantea con esta sentencia es que si se permite a los trabajadores que puedan prestar sus servicios durante las vacaciones retribuidas para otro empresario, por qué no puede trabajar para el empresario que retribuye las vacaciones? ANEXO - Estatuto de los Trabajadores, Artículo 38. Vacaciones Anuales (Nota: versión del Art. 38 del E.T. vigente el 31 de Mayo de 2012) 1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales. 2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones. En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente. 3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute. Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 y 48.bis de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan. En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado. Circular redactada por Ignacio Sampere. Departamento Laboral Hispajuris

CNT AIT Asesoria FL Madrid

CNT AIT Asesoria FL Madrid MATERNIDAD CNT 2009 La Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres amplió la acción protectora de la Seguridad Social, introduciendo importantes modificaciones en las prestaciones

Más detalles

COINCIDENCIA DE VACACIONES E INCAPACIDAD TEMPORAL: TRATAMIENTO LEGAL Y JURISPRUDENCIAL

COINCIDENCIA DE VACACIONES E INCAPACIDAD TEMPORAL: TRATAMIENTO LEGAL Y JURISPRUDENCIAL COINCIDENCIA DE VACACIONES E INCAPACIDAD TEMPORAL: TRATAMIENTO LEGAL Y JURISPRUDENCIAL Antonio Pedrajas Quiles Socio- Director Organización Abdón Pedrajas & Molero Abogado Septiembre, 2012 COINCIDENCIA

Más detalles

Novedad sobre cotización al Régimen General de la Seguridad Social

Novedad sobre cotización al Régimen General de la Seguridad Social LS-07-14 Novedad sobre cotización al Régimen General de la Seguridad Social La publicación del Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar

Más detalles

LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACLARA LA COTIZACIÓN DE DETERMINADOS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS.

LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACLARA LA COTIZACIÓN DE DETERMINADOS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS. LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACLARA LA COTIZACIÓN DE DETERMINADOS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS. 14/04/2014 LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACLARA LA COTIZACIÓN DE DETERMINADOS CONCEPTOS

Más detalles

Tiempo de trabajo y descansos

Tiempo de trabajo y descansos 1. La jornada de trabajo 1.1. Cálculo de la jornada laboral. La jornada es el tiempo de trabajo que fija la Ley (máximo de 1826 horas y 27 minutos anuales) o el Convenio Colectivo de aplicación, que suele

Más detalles

GUIA LABORAL Y FISCAL 2012: TRABAJAR COMO INGENIERO

GUIA LABORAL Y FISCAL 2012: TRABAJAR COMO INGENIERO PRIMERA PARTE CAPÍTULO IV TRABAJAR CUMPLIDOS LOS 65 AÑOS Cumplir 65 años implica alcanzar la edad de jubilación. Llegado este momento, el ingeniero analizará la posibilidad de continuar realizando su actividad

Más detalles

MÍNIMO EXENTO DE COTIZACIÓN. Preguntas frecuentes

MÍNIMO EXENTO DE COTIZACIÓN. Preguntas frecuentes Preguntas frecuentes Qué es el mínimo exento de cotización para la contratación indefinida? El mínimo exento de cotización es un beneficio en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por contingencias

Más detalles

BÉLGICA EL TRATAMIENTO FISCAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO 17

BÉLGICA EL TRATAMIENTO FISCAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO 17 60 BÉLGICA EL TRATAMIENTO FISCAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO 17 Las indemnizaciones ordinarias de ruptura del contrato de trabajo La normativa

Más detalles

BUFETE ESCURA 1905. La Reforma Laboral: modificaciones destacables

BUFETE ESCURA 1905. La Reforma Laboral: modificaciones destacables BUFETE ESCURA 1905 Circular nº 30/10 - Julio 2010 www.escura.com Pagina 1/5 La Reforma Laboral: modificaciones destacables La publicación en el BOE del Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas

Más detalles

Estoy embarazada, cuándo tengo que comunicar a la empresa el embarazo?

Estoy embarazada, cuándo tengo que comunicar a la empresa el embarazo? Consultas frecuentes sobre el permiso de maternidad Estoy embarazada, cuándo tengo que comunicar a la empresa el embarazo? La Ley no establece la obligación de comunicar el embarazo en una fecha concreta.

Más detalles

II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Régimen General y Regímenes Especiales de la S. Social 18.- En mi empresa vamos a contratar a un trabajador de 16 años. Existe alguna peculiaridad respecto a la cotización

Más detalles

PROTECCIÓN LEGAL DE LA MATERNIDAD

PROTECCIÓN LEGAL DE LA MATERNIDAD PROTECCIÓN LEGAL DE LA MATERNIDAD A continuación os resumimos las principales prestaciones y derechos a los que tienen derecho las madres y padres de acuerdo con la legislación española, y en especial

Más detalles

Circular fiscal agosto 2012 Reforma Laboral 2012. Rentas exentas en el IRPF. Indemnizaciones por despido o cese del trabajador

Circular fiscal agosto 2012 Reforma Laboral 2012. Rentas exentas en el IRPF. Indemnizaciones por despido o cese del trabajador Reforma Laboral 2012. Rentas exentas en el IRPF. Indemnizaciones por despido o cese del trabajador La reforma laboral ha introducido una importante modificación tanto en la cuantía de las indemnizaciones

Más detalles

Dossier. 1.5.1. Cuándo será declarado procedente? 1.5.2. Cuándo será declarado improcedente?

Dossier. 1.5.1. Cuándo será declarado procedente? 1.5.2. Cuándo será declarado improcedente? Prescripción. En cuanto a las faltas muy graves de sus empleados que puedan ser objeto de sanción (entre ellas el despido), recuerde que hay establecido un plazo de prescripción equivalente a 60 días,

Más detalles

EL CONTROL DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO EN LOS CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL

EL CONTROL DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO EN LOS CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL EL CONTROL DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO EN LOS CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL Cada vez existe un mayor uso en España del contrato a tiempo parcial, según se desprende de las estadísticas del Ministerio de Trabajo

Más detalles

REFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN

REFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN REFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN La aprobación definitiva de la Reforma Laboral, mediante la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, ha introducido alguna

Más detalles

NOTA INFORMATIVA NOVEDADES PARA AUTÓNOMOS

NOTA INFORMATIVA NOVEDADES PARA AUTÓNOMOS NOTA INFORMATIVA NOVEDADES PARA AUTÓNOMOS Órgano de Gobierno: Circular general asociados FEHR Fecha: 14.09.2015 La semana pasada el BOE dio a luz a la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica

Más detalles

El derecho fundamental de huelga

El derecho fundamental de huelga AUTONOMÍA SUR SCA El derecho fundamental de huelga Documento de trabajo 03. Área jurídica [Septiembre 2014] Disposiciones legales y artículos básicos sobre el derecho fundamental de huelga de la legislación

Más detalles

REBES&FERRER ADVOCATS

REBES&FERRER ADVOCATS Apreciados clientes, El pasado 28 de febrero de 2015 se publicó en el B.O.E. el Real decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero de mecanismos de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas

Más detalles

NÓMINA 1 Contrato indefinido de trabajador

NÓMINA 1 Contrato indefinido de trabajador NÓMINA 1 Contrato indefinido de trabajador Un trabajador con la categoría profesional de licenciado, grupo 1 de cotización a la Seguridad Social, presta sus servicios en una empresa desde el 1-1-2006 mediante

Más detalles

IMPACTO ECONOMICO EMPRESARIAL ÚLTIMAS MEDIDAS APROBADAS POR EL GOBIERNO RESPECTO A LA COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL.

IMPACTO ECONOMICO EMPRESARIAL ÚLTIMAS MEDIDAS APROBADAS POR EL GOBIERNO RESPECTO A LA COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL. IMPACTO ECONOMICO EMPRESARIAL ÚLTIMAS MEDIDAS APROBADAS POR EL GOBIERNO RESPECTO A LA COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL. Los costes empresariales por cotizaciones a la Seguridad Social en 2014 sufren un

Más detalles

U N I Ó PATRONAL METAL.LÚRGICA

U N I Ó PATRONAL METAL.LÚRGICA U N I Ó PATRONAL METAL.LÚRGICA 20.01.2010 Ref: LAB10006 Dept: Juridic-Laboral UPM C I R C U L A R L A B O R A L MEDIDAS PARA EL MANTENIMIENTO Y FOMENTO DEL EMPLEO Mediante la Ley 27/2009, de 30 de diciembre,

Más detalles

LEGISLACION PRÁCTICA PARA EMPRESARIOS NUEVA REGULACION DE EMPLEADOS DE HOGAR AL SERVICIO DEL HOGAR FAMILIAR

LEGISLACION PRÁCTICA PARA EMPRESARIOS NUEVA REGULACION DE EMPLEADOS DE HOGAR AL SERVICIO DEL HOGAR FAMILIAR Sergio León Navarro ABOGADO C/Francisco Silvela nº 27 1ºA 28028 MADRID EMPLEADOS DE HOGAR NUEVA REGULACION PARA EL 2012 Ha entrado en vigor una nueva regulación laboral y de seguridad social de las personas

Más detalles

MANUAL DE JORNADA. Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo X).

MANUAL DE JORNADA. Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo X). MANUAL DE JORNADA Marco normativo: Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo X). Decreto 175/1992, DE 29 DE Septiembre, Sobre Condiciones

Más detalles

Nueva regulación para las trabajadoras del hogar

Nueva regulación para las trabajadoras del hogar Nueva regulación para las trabajadoras del hogar A partir del día 1 de enero de 2012, el hasta ahora Régimen Especial de Trabajadoras de Hogar, pasa a integrarse en el Régimen General de la Seguridad Social,

Más detalles

DESEMPLEO DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS EN LA LEY 32_2010

DESEMPLEO DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS EN LA LEY 32_2010 DESEMPLEO DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS EN LA LEY 32_2010 La propuesta de homogeneización de los sistemas de Seguridad Social y la llamada convergencia de los regímenes especiales hacia el régimen general

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0299/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0299/2009 Informe 0299/2009 La consulta plantea, si la Mutua para las que trabaja la consultante tiene la consideración de responsable o encargadas del tratamiento conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre

Más detalles

JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Comisiones Obreras de Aragón Sector de la Administración de Justicia JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. VERSIÓN

Más detalles

1. ORDEN ESS/106/2014, DE 31 DE ENERO, POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS NORMAS LEGALES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2014

1. ORDEN ESS/106/2014, DE 31 DE ENERO, POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS NORMAS LEGALES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2014 3-2014 Enero, 2014 ORDEN DE COTIZACIÓN PARA 2014 Y NORMAS ESPECIALES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PREVIAS A LA JUBILACIÓN ORDINARIA A TRABAJADORES AFECTADOS POR PROCESOS DE REESTRUCTURACIÓN En el presente

Más detalles

Información básica sobre normativa laboral

Información básica sobre normativa laboral Información básica sobre normativa laboral ÍNDICE 1. Gestión de contratación 2. Gestión de Incapacidad Temporal 3. Extinción y Suspensión del contrato 4. Gestión Del fin de contrato 3 1. gestión de

Más detalles

NOTAS PRÁCTICAS REFERIDAS A LA INCORPORACIÓN AL NUEVO SISTEMA DE EMPLEADOS DE HOGAR FAMILIAR

NOTAS PRÁCTICAS REFERIDAS A LA INCORPORACIÓN AL NUEVO SISTEMA DE EMPLEADOS DE HOGAR FAMILIAR NOTAS PRÁCTICAS REFERIDAS A LA INCORPORACIÓN AL NUEVO SISTEMA DE EMPLEADOS DE HOGAR FAMILIAR (Normativa básica: Ley 27/2011 Modernización Seguridad Social, Real Decreto 1620/2011 Regulador del Servicio

Más detalles

Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de la Seguridad Social Deducción

Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de la Seguridad Social Deducción CONCEPTOS BÁSICOS PARA ENTENDER UNA NOMINA El recibo salarial o nomina se puede dividir en cuatro partes: Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de

Más detalles

Permite a la empresa la incorporación y formación de una plantilla joven y su posterior consolidación en la empresa con la debida formación.

Permite a la empresa la incorporación y formación de una plantilla joven y su posterior consolidación en la empresa con la debida formación. Formación Formación Profesional Dual y el aprendizaje_ Ventajas para la empresa y el trabajador Esta modalidad contractual se configura como un instrumento destinado a favorecer la inserción laboral y

Más detalles

guía práctica de servicio del hogar familiar

guía práctica de servicio del hogar familiar guía práctica de servicio del hogar familiar Relaciones laborales que tienen este carácter Aquellas que se concierten por el/la titular de un hogar familiar, como empleador/a, con personas que, dependientes

Más detalles

Integración del Régimen Especial Agrario dentro del Régimen General de la Seguridad Social. Ley 28/2011 de 22 de septiembre 20 de diciembre de 2011.

Integración del Régimen Especial Agrario dentro del Régimen General de la Seguridad Social. Ley 28/2011 de 22 de septiembre 20 de diciembre de 2011. Integración del Régimen Especial Agrario dentro del Régimen General de la Seguridad Social. Ley 28/2011 de 22 de septiembre 20 de diciembre de 2011. La Ley 28/2011 de 22 de septiembre (BOE del 23) procede

Más detalles

6.3 RECIBO DE SALARIOS: NÓMINA

6.3 RECIBO DE SALARIOS: NÓMINA 6.3 RECIBO DE SALARIOS: NÓMINA El salario es la percepción económica de los/as trabajadores/as producto de su prestación laboral. Existe un salario base para cada categoría profesional. Hay que distinguir

Más detalles

COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2014 2. RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS (R.E.T.A.

COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2014 2. RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS (R.E.T.A. Telf. +34 93 494 01 31 escura@escura.com www.escura.com Circular nº 3/14 - Enero 2014 Pagina 1/7 COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2014 1. RÉGIMEN GENERAL 1.1. BASES DE COTIZACIÓN a) y máxima

Más detalles

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL CASOS PRÁCTICOS CASOS PRÁCTICOS

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL CASOS PRÁCTICOS CASOS PRÁCTICOS CASOS PRÁCTICOS 139 SUPUESTO 1 Trabajador con contrato por tiempo indefinido, perteneciente al grupo de cotización 1, durante el mes de enero 2002 percibe las remuneraciones siguientes: Salario Antigüedad

Más detalles

BASE DE COTIZACIÓN PARA EL EJERCICIO 2013

BASE DE COTIZACIÓN PARA EL EJERCICIO 2013 BASE DE COTIZACIÓN PARA EL EJERCICIO 2013 1 Determinación de la base de cotización: No experimenta cambios respecto al ejercicio 2012 Tope máximo y mínimo de cotización: El tope máximo de la base de cotización

Más detalles

DEPARTAMENTO LABORAL JULIO 2012 EMPLEADOS DE HOGAR

DEPARTAMENTO LABORAL JULIO 2012 EMPLEADOS DE HOGAR ACTUALIDAD INFORMATIVA DEPARTAMENTO LABORAL JULIO 2012 EMPLEADOS DE HOGAR Ley 27 de 2011, de 1 de Agosto sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (disposición adicional

Más detalles

NOVEDADES EN EL ÁMBITO LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL PARA 2015

NOVEDADES EN EL ÁMBITO LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL PARA 2015 NOVEDADES EN EL ÁMBITO LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL PARA 2015 Como todos los años, el nuevo ejercicio nos trae novedades legislativas en diversas materias a través de la publicación de los presupuestos

Más detalles

NOTA MONOGRÁFICA I ÁREA LABORAL

NOTA MONOGRÁFICA I ÁREA LABORAL NOTA MONOGRÁFICA I ÁREA LABORAL Marzo de 2013 MODIFICACIONES LEGISLATIVAS INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO-LEY 5/2013, DE 15 DE MARZO, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS

Más detalles

DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS, POR DESPIDO COLECTIVO Y OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN.

DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS, POR DESPIDO COLECTIVO Y OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN. Arts. 120 a 124 de la Ley de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social CAPÍTULO IV. DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS, POR DESPIDO COLECTIVO Y OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN. SECCIÓN I. EXTINCIÓN

Más detalles

IRPF- rentas exentas: indemnizaciones despido (Ley 35/2006):

IRPF- rentas exentas: indemnizaciones despido (Ley 35/2006): MEDIDAS FISCALES INCLUIDAS EN LA LEY 3/2012 DE MEDIDAS URGENTES DE REFORMA LABORAL LEY 3/2012 BOE 07-07-2012 LA LEY 3/2012 ENTRA EN VIGOR: 08-07-2012 IRPF- rentas exentas: indemnizaciones despido (Ley

Más detalles

MODIFICACIÓN DE LA LOPJ

MODIFICACIÓN DE LA LOPJ MODIFICACIÓN DE LA LOPJ - Asuntos propios y vacaciones. Recogido en el art. 503 LOPJ, y en el art. 8 R.D. 20/2012 de 14 Redacción actual 503 LOPJ Nueva redacción 503 LOPJ 1. Por causas justificadas, los

Más detalles

PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS

PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS AUTORES: GRUPO DE INVESTIGACIÓN EN PENSIONES Y PROTECCIÓN SOCIAL: E. DEVESA, M. DEVESA, I. DOMÍNGUEZ,

Más detalles

3. Exclusiones: Fuera del ámbito de la relación del servicio del hogar familiar quedan los siguientes supuestos:

3. Exclusiones: Fuera del ámbito de la relación del servicio del hogar familiar quedan los siguientes supuestos: El Régimen especial de las empleadas de hogar El Régimen especial de las empleadas de hogar 1- introducción La relación laboral de empleada del hogar la encontramos, tipificada en el artículo 21b) del

Más detalles

Guía Jubilación 2015. Secretaría de Política Social

Guía Jubilación 2015. Secretaría de Política Social Guía Jubilación 2015 Secretaría de Política Social PUEDO JUBILARME EN EL 2015? CÓMO SE CALCULARÁ LA CUANTÍA DE MI PENSIÓN EN ESTE AÑO 2015? EXISTE UNA PENSIÓN MÍNIMA DE JUBILACIÓN? A QUIÉN TENGO QUE COMUNICAR

Más detalles

LA OBLIGACION DE REGISTRO Y COMUNICACIÓN DE LA JORNADA DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL

LA OBLIGACION DE REGISTRO Y COMUNICACIÓN DE LA JORNADA DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL LA OBLIGACION DE REGISTRO Y COMUNICACIÓN DE LA JORNADA DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL El Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la

Más detalles

PRINCIPALES MODIFICACIONES

PRINCIPALES MODIFICACIONES Comisión Ejecutiva Regional REAL DECRETO 625/2014, DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA GESTION Y CONTROL DE LOS PROCESOS POR INCAPCIDAD TEMPROAL EN LOS PRIMEROS 365 PRINCIPALES

Más detalles

CARACTERISTICAS Y VENTAJAS DE LA LEGISLACIÓN LABORAL DE MATERNIDAD, PATERNIDAD Y CONCILIACIÓN

CARACTERISTICAS Y VENTAJAS DE LA LEGISLACIÓN LABORAL DE MATERNIDAD, PATERNIDAD Y CONCILIACIÓN CARACTERISTICAS Y VENTAJAS DE LA LEGISLACIÓN LABORAL DE MATERNIDAD, PATERNIDAD Y CONCILIACIÓN C/ Veneras nº 9, 3º Dcha. 28013 MADRID csica@csica.es www.csica.es // Permiso de maternidad El Estatuto de

Más detalles

LEY ORGÁNICA PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES

LEY ORGÁNICA PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES LEY ORGÁNICA PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES Resumen de los aspectos laborables más destacados La Ley de Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, que entró en vigor el 24 de marzo de

Más detalles

B) Disposiciones y Actos

B) Disposiciones y Actos B) Disposiciones y Actos Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid 1910 Acuerdo de 11 de octubre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se adapta la regulación sobre la prestación

Más detalles

PRIMERAS VALORACIONES DE LA REFORMA LABORAL OPERADA POR EL RDL 3/2012 DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL.

PRIMERAS VALORACIONES DE LA REFORMA LABORAL OPERADA POR EL RDL 3/2012 DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL. PRIMERAS VALORACIONES DE LA REFORMA LABORAL OPERADA POR EL RDL 3/2012 DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL. Introducción. Barcelona, 12 de Febrero de 2.012 En el día de ayer fue publicado

Más detalles

EJERCICIOS PRÁCTICOS CALCULA EL SUBSIDIO POR IT

EJERCICIOS PRÁCTICOS CALCULA EL SUBSIDIO POR IT EJERCICIOS PRÁCTICOS CALCULA EL SUBSIDIO POR IT Vamos a calcular el Subsidio por Incapacidad Temporal con arreglo a los siguientes datos: Datos del trabajador Edad 30 años Trabajando en la empresa en cuestión

Más detalles

Sobre los permisos de maternidad y de paternidad.

Sobre los permisos de maternidad y de paternidad. Sobre los permisos de maternidad y de paternidad. Estoy embarazada Cuándo tengo que comunicar a la empresa mi embarazo? La Ley no establece la obligación de comunicar el embarazo en una fecha concreta.

Más detalles

CIRCULAR GENERAL Nº 1

CIRCULAR GENERAL Nº 1 CIRCULAR GENERAL Nº 1 I. S A L A R I O M Í N I M O I N T E R P R O F E S I O N A L ( S M I ). I I. C O T I Z A C I Ó N A L R É G I M E N G E N E R A L D E L A S E G U R I D A D S O C I A L. I I I. C O

Más detalles

PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO LEY 5/2013 DE 15 DE MARZO

PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO LEY 5/2013 DE 15 DE MARZO PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO LEY 5/2013 DE 15 DE MARZO Madrid, 19 de Marzo de 2013 SUMARIO: 1. COMPATIBILIDAD EN LA PERCEPCION DE LA PENSION DE JUBILACION Y EL TRABAJO POR CUENTA

Más detalles

NUEVA REGULACIÓN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS PERSONAS QUE TRABAJAN EN EL SERVICIO DOMÉSTICO

NUEVA REGULACIÓN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS PERSONAS QUE TRABAJAN EN EL SERVICIO DOMÉSTICO Definición. Cuándo hay relación laboral de servicio del hogar?: Se considera relación laboral especial del servicio del hogar familiar la que conciertan el titular del mismo, como empleador, y el empleado

Más detalles

NOVEDADES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL 2014.

NOVEDADES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL 2014. NOVEDADES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL 2014. Para este año, las principales novedades laborales y de Seguridad Social, son las siguientes: - Salario Mínimo Interprofesional: Se fija en 21,51 euros/día,

Más detalles

GUIA PRÁCTICA PARA LA CONTRATACION DE SERVICIO EN EL HOGAR FAMILIAR

GUIA PRÁCTICA PARA LA CONTRATACION DE SERVICIO EN EL HOGAR FAMILIAR Introducción GUIA PRÁCTICA PARA LA CONTRATACION DE SERVICIO EN EL HOGAR FAMILIAR Desde el Centro de la Mujer de La Roda, hemos detectado la necesidad de conocer cuales son las fórmulas y las condiciones

Más detalles

2014 Guía de derechos laborales en materia de conciliación de la vida laboral y familiar 4.- EXCEDENCIAS POR CUIDADO DE MENORES Y FAMILIARES...

2014 Guía de derechos laborales en materia de conciliación de la vida laboral y familiar 4.- EXCEDENCIAS POR CUIDADO DE MENORES Y FAMILIARES... Í n d i c e 2014 Guía de derechos laborales en materia de conciliación de la vida laboral y familiar 1.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO POR MATERNIDAD (PERMISO DE MATERNIDAD) Parto, adopción o acogimiento familiar...

Más detalles

5. Suspensión de contratos en el marco de un ERE

5. Suspensión de contratos en el marco de un ERE 3 5. Suspensión de contratos en el marco de un ERE 5.1. Causas y procedimiento Las causas por las que puede procederse a esta suspensión de contratos son las mismas que justifican la adopción de medidas

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0360/2013

Gabinete Jur?dico. Informe 0360/2013 Gabinete Jur?dico Informe 0360/2013 La consulta plantea si los centros sanitarios privados con los que conciertan las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales la prestación

Más detalles

1. Creamos una nómina de tipo Especial desde Definición de nóminas.

1. Creamos una nómina de tipo Especial desde Definición de nóminas. 4. ANEXOS. 4.1. NÓMINA DE ATRASOS. 1. Creamos una nómina de tipo Especial desde Definición de nóminas. 2. Comprobamos que tengamos creado un concepto Atrasos desde Convenios/Conceptos. Si no existe lo

Más detalles

A) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley:

A) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley: SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE TARIFA PLANA (Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero) Se ha elaborado una lista con las preguntas

Más detalles

LICENCIAS. c) Por fallecimiento de hermanos políticos e hijos políticos: dos días naturales.

LICENCIAS. c) Por fallecimiento de hermanos políticos e hijos políticos: dos días naturales. LICENCIAS POR CONVENIO COLECTIVO a) Por matrimonio: quince días naturales b) Por fallecimiento de padres, padres políticos, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, hermanos, pareja de hecho ó padres ó hijos de

Más detalles

PERMISOS Y LICENCIAS CONVENIO. Artículo 27º.- Licencias.

PERMISOS Y LICENCIAS CONVENIO. Artículo 27º.- Licencias. PERMISOS Y LICENCIAS Os informamos a modo de guía orientativa de los permisos y licencias a los que podéis recurrir según vuestras necesidades. Es una recopilación de lo recogido en el convenio, ampliado

Más detalles

UNIÓ PATRONAL METAL LÚRGICA

UNIÓ PATRONAL METAL LÚRGICA UNIÓ PATRONAL METAL LÚRGICA 31.07.2012 Ref: LAB12015 Dept: Juridic-Laboral UPM CIRCULAR LABORAL LEY 3/2012 REFORMA DEL MERCADO LABORAL Mediante la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la

Más detalles

CASOS PRÁCTICOS CASOS PRÁCTICOS

CASOS PRÁCTICOS CASOS PRÁCTICOS CASOS PRÁCTICOS 139 SUPUESTO 1 Trabajador con contrato por tiempo indefinido, director económico ( grupo de cotización 1), durante el mes de enero 2004 percibe las remuneraciones siguientes: Salario Antigüedad

Más detalles

I. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DEL EMPLEO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Fomento del empleo: la Tarifa reducida

I. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DEL EMPLEO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Fomento del empleo: la Tarifa reducida I. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DEL EMPLEO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL Fomento del empleo: la Tarifa reducida CARACTERÍSTICAS Mínimo exento de 500 euros mensuales en la cotización a la Seguridad Social para favorecer

Más detalles

NUM-CONSULTA V1424-14 ORGANO

NUM-CONSULTA V1424-14 ORGANO NUM-CONSULTA V1424-14 ORGANO SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas FECHA-SALIDA 29/05/2014 NORMATIVA LIRPF, 35/2006, Arts. 7.e) y 18. RIRPF, RD/2007, Art. 11. DESCRIPCION-HECHOS El 31

Más detalles

HECHOS. 23 de julio de 2009

HECHOS. 23 de julio de 2009 Informe sobre la incidencia de los Presupuestos Generales del Estado en el régimen de aportaciones a los Planes de Pensiones de Empleo de la Función Pública 23 de julio de 2009 El presente informe tiene

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO

PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO (Artículos 1 a 15 del R.D. 1483/2012, según redacción dada por el Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y

Más detalles

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS.

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. Esta guía trata de resumir la nueva normativa (Orden 2694/2009 de

Más detalles

En el presente artículo realizamos un resumen de dichas modificaciones a fin de facilitar su mejor comprensión:

En el presente artículo realizamos un resumen de dichas modificaciones a fin de facilitar su mejor comprensión: Cambios en materia laboral años 2013 y 2014 A lo largo del año 2013 se han ido produciendo diversos cambios en la normativa laboral de gran transcendencia para la empresa, los más importantes han sido

Más detalles

PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES DE FUNCIONARIOS

PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES DE FUNCIONARIOS Federación de Servicios y Administraciones Públicas de Ciudad Real Alarcos, 24, 6ª planta. 13002 Ciudad Real Tfno: 926 210173 Móvil: 659 925154 Fax: 926 213289 www.ccoofsapciudadreal.es PERMISOS, LICENCIAS

Más detalles

Información básica NIPO 270-13-045-5

Información básica NIPO 270-13-045-5 servicio del hogar familiar 2013 Información básica NIPO 270-13-045-5 Régimen Laboral laboral Se considera relación laboral especial del servicio del hogar familiar la que conciertan el titular del mismo,

Más detalles

1. Observaciones para la cumplimentación de los ficheros XML del Certific@... 3

1. Observaciones para la cumplimentación de los ficheros XML del Certific@... 3 OBSERVACIONES A DIVERSOS TRÁMITES QUE TIENEN CAUSA EN PROCEDIMIENTOS O ERE DE SUSPENSIÓN/REDUCCIÓN DE JORNADA: LA CUMPLIMENTACIÓN DE LOS FICHEROS XML DEL Certific@2 EL PAGO Y CONSUMO DE PRESTACIÓN EN SUPUESTOS

Más detalles

LEGAL FLASH I ÁREA LABORAL

LEGAL FLASH I ÁREA LABORAL LEGAL FLASH I ÁREA LABORAL Marzo de 2014 REAL DECRETO-LEY 3/2014, DE 28 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA (BOE 1 DE MARZO DE 2014) ÍNDICE INTRODUCCIÓN

Más detalles

DESPIDOS TEMA 6. Índice

DESPIDOS TEMA 6. Índice Índice Cálculo de la parte proporcional de pagas. Cálculo del pago de las vacaciones no disfrutadas. Cálculo de la indemnización contractual. Cartas y preavisos. (Requisitos mínimos) 1 1.- Despidos: concepto

Más detalles

Como cuestiones de carácter general se hace preciso dejar constancia de los siguientes extremos:

Como cuestiones de carácter general se hace preciso dejar constancia de los siguientes extremos: GESTION DE LAS SITUACIONES ADMINISTRATIVAS EN EL PERSONAL ESTATUTARIO APROBADO POR RESOLUCIÓN DE FECHA 21/05/04 (R. 410/04 ) DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL Y DESARROLLO PROFESIONAL Como cuestiones

Más detalles

Resumen Modificaciones Normativa Trabajadoras de Hogar Diciembre 2012

Resumen Modificaciones Normativa Trabajadoras de Hogar Diciembre 2012 Resumen Modificaciones Normativa Trabajadoras de Hogar Diciembre 2012 Real Decreto Ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar

Más detalles

I. Requisitos para el nacimiento del derecho a la protección.

I. Requisitos para el nacimiento del derecho a la protección. REAL DECRETO 1541/2011, DE 31 DE OCTUBRE, por la que se desarrolla la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores

Más detalles

A) JÓVENES MENORES DE 30 AÑOS INCORPORADOS AL RETA (LA "TARIFA PLANA")

A) JÓVENES MENORES DE 30 AÑOS INCORPORADOS AL RETA (LA TARIFA PLANA) BONIFICACIONES Y REDUCCIONES EN LA CUOTA DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS El panorama de las bonificaciones/reducciones en la cuota de los trabajadores autónomos viene sufriendo importantes novedades desde

Más detalles

1. OBJETO Y RÉGIMEN DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS 2. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

1. OBJETO Y RÉGIMEN DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS 2. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS 12-2013 Noviembre, 2013 REAL DECRETO 908/2013, DE 22 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS ESPECIALES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS EXTRAORDINARIAS A TRABAJADORES AFECTADOS POR PROCESOS DE REESTRUCTURACIÓN

Más detalles

COTIZACIONES SOCIALES 2

COTIZACIONES SOCIALES 2 LS-09-07 COTIZACIONES SOCIALES 2 NOTA: Esta CIRCULAR complementa la información laboral remitida, sobre cotización a la Seguridad Social en enero de 2.007 (LS-04-07). 1. SEGURIDAD SOCIAL La ORDEN TAS/31/2007,

Más detalles

COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2013 2. RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS (R.E.T.A.

COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2013 2. RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS (R.E.T.A. Telf. +34 93 494 01 31 escura@escura.com www.escura.com Circular nº 7/13 - Enero 2013 Pagina 1/6 COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2013 1. RÉGIMEN GENERAL 1.1. BASES DE COTIZACIÓN a) y máxima

Más detalles

CONCEPTOS JURÍDICOS. El permiso también puede utilizarse como argumento negociador, en ausencia de otro tipo de contraprestaciones.

CONCEPTOS JURÍDICOS. El permiso también puede utilizarse como argumento negociador, en ausencia de otro tipo de contraprestaciones. CONCEPTOS JURÍDICOS Antes de pasar a clarificar las condiciones que rigen en la actualidad para la plantilla de Bankia, es necesario distinguir entre vacaciones y permisos, pues no tienen la misma naturaleza

Más detalles

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Más detalles

para incoar un expediente para la reclamación de las cantidades percibidas de forma indebida.

para incoar un expediente para la reclamación de las cantidades percibidas de forma indebida. Resolución del Ararteko del 23 de mayo por la que se recomienda al Departamento de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Álava que revise una suspensión de Prestación Complementaria de Vivienda

Más detalles

La norma entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, el día 1 de septiembre de 2014.

La norma entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, el día 1 de septiembre de 2014. Núm. 29/2014 Gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración. Barcelona, miércoles, 30 de julio de 2014 Se ha publicado en el

Más detalles

La remuneración de las horas extraordinarias

La remuneración de las horas extraordinarias La remuneración de las horas extraordinarias Ante la discrepancia de puntos de vista de muchas asesorías y la preceptiva puesta en común con el cliente, nos gustaría centrarnos en la consideración normativa

Más detalles

Contabilidad. BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051331 ICAC: 01-06-2014 Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO:

Contabilidad. BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051331 ICAC: 01-06-2014 Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO: BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051331 ICAC: 01-06-2014 Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO: PRECEPTOS: Auditoría de cuentas. Contratación y rotación el auditor. Sobre determinados

Más detalles

CONTRATOS ESPECÍFICOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. BONIFICACIONES A EMPRESAS. Dónde solicitar información acerca de los tipos de contratos?

CONTRATOS ESPECÍFICOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. BONIFICACIONES A EMPRESAS. Dónde solicitar información acerca de los tipos de contratos? CONTRATOS ESPECÍFICOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. BONIFICACIONES A EMPRESAS Qué tipos de contratos existen? Contratos Indefinidos. Contratos Temporales. Contrato para la Formación. Contrato en Prácticas.

Más detalles

Beneficiarios Protección por Cese de Actividad. Régimen Especial Trabajadores Autónomos

Beneficiarios Protección por Cese de Actividad. Régimen Especial Trabajadores Autónomos Beneficiarios Protección por Cese de Actividad. Régimen Especial Trabajadores Autónomos La protección por cese de actividad se reconocerá a los trabajadores autónomos comprendidos en el RETA, incluyendo

Más detalles

EL PROCESO DE DESPIDO. Autor: Cristina Aragón Gómez

EL PROCESO DE DESPIDO. Autor: Cristina Aragón Gómez Autor: Cristina Aragón Gómez 1. INTRODUCCIÓN: Regulación: Arts. 103 a 113 LPL. Objeto del proceso: El proceso de despido está concebido como un cauce a través del cual el trabajador impugna el acto extintivo

Más detalles

PREGUNTAS MAS FRECUENTES (Año 2013)

PREGUNTAS MAS FRECUENTES (Año 2013) PREGUNTAS MAS FRECUENTES (Año 2013) ALTAS Y BAJAS DE AUTONOMO 1.- TRAMITES PARA HACERSE AUTONOMO? EN HACIENDA, DARSE DE ALTA CON EL MODELO 037 (si es persona física), Y EL MODELO 036 (si es persona jurídica),

Más detalles

Con carácter general es una reducción y en el caso de jóvenes inscritos en el SNGJ es una bonificación.

Con carácter general es una reducción y en el caso de jóvenes inscritos en el SNGJ es una bonificación. INFORME SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 1/2105, DE 27 DE FEBRERO En el BOE del sábado 28 de Febrero se ha publicado el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de Febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción

Más detalles